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Institucional

RESOLUCIÓN No.011 DE 2022

(16 de diciembre de 2022)

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POR LA CUAL SE CONVOCA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL DE ACORE CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023.

La Junta Directiva Nacional de la Asociación Colombiana de Oficiales en Retiro de las FuerzasMilitares, ACORE, en uso de las facultades estatutarias y reglamentarias y

Considerando

PRIMERO. - Que de conformidad con el Artículo 38 de los Estatutos de la Asociación, “La Asamblea General Ordinaria, será convocada una vez cada año dentro de los tres primeros meses. La Asamblea elegirá, dentro de los asistentes, a un Presidente, a un Vicepresidente y a un Secretario quienes la presidirán. Este último puede ser el mismo Secretario General Ejecutivo de la Asociación”.

SEGUNDO.- Que según el Artículo 39 de los Estatutos, “La convocatoria a la Asamblea General Ordinaria, se hará utilizando los medios de comunicación de ACORE o por notificación a cada uno de los Asociados, con anticipación no menor de quince (15) días calendario a la fecha de la Asamblea, indicando el orden del día, la fecha, hora y lugar de la reunión, dejando los documentos contables a disposición de los Asociados”, los cuales pueden ser consultados en el Departamento Financiero a partir del día 09 de Marzo de 2023.

TERCERO. - Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 45 literales a) y o) de los Estatutos vigentes, compete a la Junta Directiva Nacional “Determinar las directrices, políticas y objetivos específicos que deben orientar las actividades de la Asociación, en desarrollo de sus Estatutos y de las decisiones de la Asamblea General” y “Convocar la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria”.

CUARTO. - Que la Junta Directiva Nacional, en reunión ordinaria del día dieciséis (16) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), aprobó por unanimidad convocar a Asamblea General Ordinaria Anual, correspondiente al año 2023.

Resuelve

ARTÍCULO 1º. - Convocar a los Asociados de ACORE a la Asamblea General Ordinaria anual de la Asociación correspondiente al año 2023 en los siguientes términos:

Fecha: Sabado 25 de marzo de 2023.

Hora: 09:00 a.m.

Modalidad: Virtual Plataforma TIC.

ARTÍCULO 2°. - Para la realización de la Asamblea General Ordinaria se determina el siguiente Orden del día:

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACORE Sábado 25 de marzo de 2023

ORDEN DEL DÍA

Nacional para el período estatutario 2023-2026 y toma de posesión.

17. Elección de la Revisoría Fiscal Externa.

18. Propuesta y aprobación cambio activos fijos Santa Marta.

19. Propuesta y aprobación decisiones resultados estudio actuarial AVODE.

20. Informe Anual Comité Administrativo del Avode.

21. Elección Comité Administrativo del Avode vigencia 2023-2025

22. Proposiciones y asuntos varios.

23. Himno.

24. Cierre de la Asamblea.

ARTICULO 3º.- Fijar como periodo máximo para la celebración de elecciones y Asambleas Generales Ordinarias en las Seccionales de la Asociación el transcurrido dentro de los cuarenta y cinco (45) días posteriores a la celebración de la Asamblea General Ordinaria

ARTICULO 4°.-PODERES: Los Asociados que no puedan asistir virtualmente a la Asamblea General Ordinaria y que se encuentren a paz y salvo con la Asociación a corte 28 de febrero de 2023, podrán otorgar poder certificado por el Presidente de la Seccional o registrarlos en la Secretaria General Ejecutiva, los poderes deben ser radicados de manera física en la sede nacional de ACORE o al email secretaria@acore. org.co, debidamente diligenciado con las firmas del poderdante y del apoderado con los nombres y los números de los documentos de identificación claramente escritos. Los poderes se deberán radicar 48 horas antes de realizarse la Asamblea General Ordinaria, es decir el día 23 de marzo de 2023 a las 09:00 horas, para ser refrendados por la Secretaria General Ejecutiva de ACORE y remitidos oportunamente al operador virtual de la Asamblea para que sean adicionados a los apoderados en la base de datos para el control de las votaciones, después de esta fecha y hora No serán tenidos en cuenta.

PARAGRAFO PRIMERO. – Según los Estatutos de ACORE, articulo No. 37, “Ningún Asociado podrá representar a más de cinco (5) poderdantes de la Seccional sede de la Asamblea o hasta diez (10) residenciados en el resto del país.

PARAGRAFO SEGUNDO. - El poder concede a quien lo porta el derecho de voz y voto, con excepción del voto para elegir Dignatarios y Revisor Fiscal, tanto a nivel nacional como seccional.

ARTÍCULO 5º.- POSTULACIONES A CARGOS: Las postulaciones a los cargos deberán hacerse con previa inscripción, según formato anexo debidamente diligenciado y tramitado ante el Secretario General Ejecutivo de Acore con al menos 24 horas de anticipación al inicio de la Asamblea, mediante correo electrónico enviado a secretaria@acore.org.co Igualmente deberán a llegar fotografía digital en fondo blanco, con buena resolución y en formato jpg.

Durante la asamblea se harán los siguientes nombramientos: a. Presidente de Asamblea. b. Vicepresidente de Asamblea. c. Secretario de Asamblea. d. Integrantes de la Comisión de revisión del acta de la Asamblea (Mínimo 3). e. Comité Administrativo AVODE.

1. Oración patria.

2. Verificación del quórum.

3. Instalación de la Asamblea.

4. Lectura y aprobación del orden del día.

5. Elección y nombramiento del Presidente, Vicepresidente de la Asamblea y Secretario, (este último podrá ser el mismo Secretario General Ejecutivo de la Asociación, artículo 38 de los estatutos).

6. Normas de procedimiento para la Asamblea.

7. Nombramiento de la Comisión de Revisión del acta de la Asamblea General Ordinaria. (Parágrafo Artículo 40).

8. Lectura y aprobación del acta de la Asamblea General Extraordinaria del 26 de marzo del 2022 o de la constancia de aprobación.

9. Lectura y aprobación del acta de la Asamblea General Ordinaria del 26 de marzo del 2022 o de la constancia de aprobación.

10. Informe de gestión del periodo estatutario del 2022 - 2023.

11. Informe de la Revisoría Fiscal Externa vigencia 2022.

12. Presentación y aprobación de los estados financieros del año 2022.

13. Justificación aumento cuotas de sostenimiento ACORE-AVODE

14. Presentación y aprobación de: a. Presupuesto de Acore y de Avode para la vigencia 2023. b. Distribución de excedentes financieros vigencia 2022.

15. Reconocimiento del Acorado de Honor.

16. Ratificación de la elección del Presidente y la Junta Directiva

ARTICULO 6 º.-. Para el punto de la agenda, Propuestas y varios, las ponencias deberán ser inscritas 24 horas antes del inicio de la asamblea, los títulos y textos deben ser precisos, concisos y claros. Deberán hacerse con previa inscripción ante el Secretario General Ejecutivo de Acore con 24 horas de anticipación al inicio de la Asamblea, mediante correo electrónico enviado a secretaria@acore.org.co, las ponencias que se reciban con posterioridad no serán incluidas en la agenda de la asamblea.

ARTÍCULO 7º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Será comunicada de inmediato a las Seccionales y publicada en los medios de comunicación digitales de Acore. Así mismo será fijada a partir de la fecha en la cartelera de la Sede Nacional y en las Seccionales de la Asociación.

Publíquese, Comuníquese y cúmplase, Dada en Bogotá, D.C. a los dieciséis (16) días del mes de Diciembre del año dos mil veintidós (2022).

RESOLUCIÓN No. 010 DE 2022

(16 de diciembre de 2022)

POR LA CUAL SE CONVOCA A ELECCIONES NACIONALES PARA PRESIDENTE NACIONAL, JUNTA DIRECTIVA NACIONAL Y REVISORIA FISCAL.

La Junta Directiva Nacional de la Asociación Colombiana de Oficiales en Retiro de las Fuerzas Militares, ACORE, en uso de las facultades estatutarias y reglamentarias y

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que la Junta Directiva Nacional, en reunión ordinaria del día 16 de diciembre del año 2022, aprobó por unanimidad convocar a Elecciones Nacionales para Presidente Nacional, Junta Directiva Nacional y Revisoría Fiscal de acuerdo a lo previsto en el Artículo 47, Artículo 58, de los Estatutos.

SEGUNDO. - Que conforme a lo establecido en el Artículo 72 literal d) de los Estatutos, el ejercicio de los actuales dignatarios Presidente Nacional, Junta Directiva Nacional y Revisoría Fiscal, vence el 26 de marzo del año 2023, por lo cual es procedente convocar a elecciones nacionales, para la designación de nuevos dignatarios.

TERCERO. - Que en desarrollo del Título VI, Capítulo I de los Estatutos de ACORE y el Reglamento de Elecciones de la Asociación para el año 2023, los dignatarios para ejercer los cargos de Presidente Nacional, Junta Directiva Nacional y Revisoría Fiscal serán elegidos por voto de conformidad con las modalidades establecidas en los Estatutos. Por convocatoria previa de conformidad con el Articulo 72, literal b).

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Citar y convocar a los Asociados de ACORE, a elecciones nacionales, para elegir Presidente Nacional, Junta Directiva Nacional y Revisoría Fiscal de la Asociación, de conformidad con lo determinado en los Estatutos de modo virtual, de acuerdo con el siguiente calendario:

Calendario Electoral A O 2023

19 de Enero (Jueves)

Iniciación inscripción de listas de candidatos para Presidente Nacional, Junta Directiva Nacional, Revisoría Fiscal y suplentes, a partir de las 09:00 horas.

20 de Febrero (Lunes)

Cierre de inscripción de listas de candidatos, para Presidente Nacional, Junta Directiva Nacional, Revisoría Fiscal y suplentes a partir de las 16:00 horas.

23 de Marzo (Jueves) b. Para la Comisión Electoral Local Sede Nacional se nombra al señor Coronel (R) HUGO ARMANDO PRECIADO PARRA Vocal Suplente de la Junta Directiva Nacional, como Presidente de la Comisión y un representante de cada una de las listas inscritas. c. Para la Comisión Electoral Escrutadora Nacional, se nombra al señor Coronel (R) DANIEL ACOSTA SALAZAR Vocal Principal de Ejército, como Presidente de la Comisión, un representante de cada una de las listas inscritas y un delegado de la Revisoría Fiscal Externa.

Votación general a nivel Nacional e Internacional por la modalidad de voto electrónico, para Presidente Nacional y Junta Directiva Nacional, a partir de las 08:00 horas y hasta las 16:00 horas de Colombia, desarrollo de los escrutinios y elaboración de las actas respectivas.

ARTÍCULO 2º.- De acuerdo con el Parágrafo Único del Artículo 15 de los Estatutos, “Únicamente podrán ser elegidos como miembros principales para la Junta Directiva Nacional los Asociados Activos”.

ARTICULO 3°. - Solamente podrán ejercer el derecho a elegir y ser elegidos, los Asociados que se encuentren a paz y salvo con ACORE.

ARTÍCULO 4º.- Designar los miembros que integran las Comisiones Electorales, así: a. Para la Comisión Local de las Seccionales, será el Presidente de la Seccional y un representante de cada lista.

ARTÍCULO 5º.- Se fija como fecha máxima para la celebración de las Elecciones Regionales de las Seccionales el día 10 de mayo de 2023.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Será comunicada de inmediato a las Seccionales y publicada en los medios de comunicación digitales de Acore. Así mismo será fijada a partir de la fecha en la cartelera de la Sede Nacional y en las Seccionales de la Asociación.

Dada en Bogotá, D.C. a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022).

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

RESOLUCIÓN No. 002 DE 2023

(13 de enero de 2023)

POR LA CUAL SE ESTABLECE LA FECHA DE CORTE DE LOS ASOCIADOS PARA ESTAR A PAZ Y SALVO CON ACORE Y PODER EJERCER EL DERECHO AL VOTO EN LOS COMICIOS DEL 23 DE MARZO DE 2023.

La Junta Directiva Nacional de la Asociación Colombiana de Oficiales en Retiro de las Fuerzas Militares, ACORE, en uso de las facultades estatutarias y reglamentarias y

CONSIDERANDO:

PRIMERO. En atención a que el 23 de marzo de 2023 se llevarán a cabo las elecciones para Presidente y Junta Directiva Nacional se hace necesario fijar los parámetros para el ejercicio al sufragio de los asociados.

SEGUNDO. Que los Asociados que no estén a paz y salvo por todo concepto con la Asociación no pueden ejercer el derecho al voto en las elecciones de Acore.

TERCERO. Para poder hacer uso del derecho al voto, debe contarse con Paz y Salvo por todo concepto en la tesorería de la asociación.

RESUELVE:

Fijar como fecha máxima para estar a paz y salvo por todo concepto en la tesorería de la asociación el día 28 de febrero de 2023 a las 16:00Horas.

Dada en Bogotá, D.C. a los trece (13) días del mes de enero del año dos mil veintitrés (2023).

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Presupuesto De Ingresos Y Egresos A O 2023

Estados Financieros

A 31 DE DICIEMBRE DE 2022 Y 2021

CAPÍTULO V - SOLIDARIDAD Y DEFENSA DERECHOS

AVODE - APORTE VOLUNTARIO POR DEFUNCIÓN

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