El Derecho y la Norma Jurídica 1. El Derecho y el Ordenamiento Jurídico: - Derecho Subjetivo (facultad): Facultad de una persona de realizar determinadas acciones. - Derecho Objetivo (norma): Norma: Regla de conducta que rige a un grupo social. Ordenamiento Jurídico: Conjunto de normas que regulan la convivencia de un grupo social. Recoge las creencias, valores y condiciones del grupo social.
2. Norma Jurídica: Conceptos, estructuras y clases. a) Concepto: - Es un mandato con eficacia vinculante. - Origen: - Costumbre, Parlamento (Ley) o Principios Generales del Derecho (razón humana). - Evolución (pasó de ser la costumbre a estar por escrito). b) Estructura: (p. 44) < Norma: contenido. < Disposición: Cause a través del cual se manifiestan las normas. Documento escrito (ley, reglamento, Constitución). > Supuesto de Hecho: Hechos que concurren. > Consecuencia Jurídica: Efecto que produce la norma. c) Clases: I. Normas de Derecho Dispositivo y de Derecho Imperativo o Necesario. Derecho Dispositivo: Son en las que prima la autonomía de la voluntad (pueden o no acogerse a ella). Derecho Imperativo. II. Normas de derecho Normal y de derecho Excepcional (Privilegio). Derecho Normal: Está acorde con el tenor de la razón. Derecho Excepcional: Contraria al tenor de la razón. Privilegio: Bajo determinadas circunstacias. III. Normas de derecho General y de derecho Particular. (p.45) Derecho General: Vienen en el Código Civil. Se aplican en el territorio nacional. Derecho Particular: Se aplican en los territorios forales (que tienen derecho civil propio autonómico) (I. Baleares, Galicia, Cataluña, Aragón).