Fecha del boletín Junio 2012 Volumen 5
Contenido:
Convenio AEMA . Tecnologías del medio ambiente
BOLETIN AEMA-RM Creemos en un sector ambiental fuerte
Firma del Convenio AEMA-rm y la Consejería de Presidencia
Adelanto de un artículo del especial de la Ley de Residuos
Biomasa: La alternativa energética regional. Foro de Ecoemprendedores organiza CROEM y Obra Social de la CAM Planes de ahorro de agua en la industria. V Premios Desarrollo Sostenible
AEMA-rm pretende: • Elevar la voz de las empresas de medio ambiente reivindicando su papel en la participación pública y toma de decisiones de tipo ambiental. • Contribuir a la homogeneización de criterios a considerar en la aplicación de los distintos instrumentos técnicos de planificación o gestión ambienta .
• Las relaciones institucionales y la línea directa con las Administraciones públicas son la clave para que AEMA-RM dé un buen servicio a sus asociados.
AEMA-rm les desea Feliz Día Mundial del Medio Ambiente.
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La colaboración, que tendrá una vigencia de cuatro años, se desarrollará a través de unos convenios específicos, que determinarán el ámbito general de actividades de protección del medio ambiente, asesoramiento, investigación, formación e información ambiental.
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Convenio para iniciar acciones formativas y de investigación para la protección del medio ambiente entre AEMA-RM y la Consejería de Presidencia. La finalidad del acuerdo es establecer los instrumentos necesarios que faciliten la comunicación entre la Comunidad y las empresas en materia de medio ambiente y desarrollar acciones que ayuden a que las empresas de la Región se adapten a los requisitos medioambientales. La colaboración se desarrollará de acuerdo a unos convenios específicos, que contemplarán el ámbito general de actividades de protección del medio ambiente, asesoramiento, investigación, formación e información ambiental. Estos acuerdos serán aprobados y firmados por los órganos competentes de los firmantes. Entre las actuaciones previstas dentro de este convenio, que tendrá una vigencia de cuatro años, se encuentra el intercambio de información y documentación, el asesoramiento mutuo, y la realización de proyectos de investigación conjuntos. Se elaborarán guías, monografías técnicas y publicaciones de buenas prácticas para la divulgación ambiental y de los valores naturales de la Región y se organizarán cursos, jornadas, congresos, exposiciones y seminarios sobre la protección de la naturaleza y la
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conservación de la biodiversidad autonómica.
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Convenio para iniciar acciones formativas y de investigación para la protección del medio ambiente entre AEMA-RM y la Consejería de Presidencia.
Resumen del Convenio Los futuros Convenios Específicos mediante los cuales se definan los programas de colaboración establecerán alguna de las siguiente características; 1.- El intercambio de información y documentación así como el asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con las actividades propias de la Asociación de Empresas de Medio Ambiente de la Región de Murcia y la Dirección General de Medio Ambiente. 2.- La realización de ediciones conjuntas ya sean monografías técnicas, guías y cualesquiera publicaciones que respondan al interés común de ambas partes. 3.- La realización de proyectos de investigación conjuntos, sean o no en colaboración con otras entidades y organismos, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, en cualquiera de las materias de interés común para ambas partes. 4.- La celebración y organización de actividades formativas coordinadas como cursos, congresos y seminarios en materia ambiental y de protección de la naturaleza y conservación de la biodiversidad de la Región de Murcia. 5.- La organización de exposiciones, campañas de información y actividades de difusión y divulgación ambiental. Elaboración de un Programa anual
Recordarte que como Asociado estamos esperando tus sugerencias para incorporar las al programa anual de actuaciones
El programa anual será aprobado por las dos Instituciones antes del primer trimestre de cada año de vigencia. AEMA-rm está preparando su Programa anual de actuaciones de cara al próximo año, cada asociados tendrá aportación esencial para elaborar el calendario de actuaciones acorde con las necesidades del sector empresarial ambien-
Se impulsa el intercambio de información y documentación entre la Comunidad y las empresas relacionadas con el medio ambiente, quienes además recibirán el asesoramiento para su adaptación a los requisitos medioambienta les.
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Las Tecnologías del medio ambiente. Una oportunidad de desarrollo en la Región de Murcia.
Imagen de la firma del Convenio entre AEMA y la consejería de Universidades Empresas e Investigación.
AEMA-rm nace en 2001 con la vocación de convertirse en la Asociación de referencia dentro del ámbito empresarial en cuanto a medioambiente se refiere. La Asociación de Empresas de Medio Ambiente de la Región de Murcia, pretende agrupar a todas aquellas empresas cuyo objeto social esté relacionado directamente con el Medio Ambiente .
La Región de Murcia, España y Europa vienen atravesando una situación de extraordinaria dificultad derivada de la crisis, y todos los sectores de actividad están sufriendo sus consecuencias con dureza. Añadido a esto, en la sociedad y el tejido productivo regional se encuentra cada vez mayor sensación de prolongación indeterminada de este escenario, lo que provoca elevadas dosis de incertidumbre con efectos altamente desincentivadores a la hora de acometer actuaciones, que años atrás sí se han venido afrontando de forma decidida, y que además han servido para situar a Murcia como referente en algunas materias. Obviamente, tampoco es ajeno a esta situación el sector regional de las empresas y tecnologías del medio ambiente, entendiendo como tales a las dedicadas a la gestión del agua, gestión de residuos, energías renovables y eficiencia energética, tecnologías limpias para la industria, lucha contra la contaminación y erosión de suelos, protección del medio natural, ingeniería y consultoría ambiental, agricultura y turismo sostenible, sistemas de control y seguimiento ambiental, entre otras. Estas empresas y tecnologías ambientales está demostrado que generan valor añadido y empleo cualificado allí donde se implantan. Algunas como la gestión de residuos o gestión de recursos naturales e hídricos son además intensivas en mano de obra. El fomento del medio ambiente industrial, la eco-industria, las tecnologías relacionadas y los servicios técnicos avanzados constituyen un común denominador en la política común de los países que apuestan por la competitividad y permanencia de sus empresas. Así, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), ya señaló en su informe anual de 1999 a la industria medioambiental como una de las industrias que experimentará mayor crecimiento para el siglo 21
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En el ámbito geográfico de la UE, las industrias ecológicas europeas constituyen en la actualidad un sector económico muy significativo, con una facturación anual estimada de 319.000 millones de euros, aproximadamente el 2,5 % del producto interior bruto (PIB) de la UE. Esto significa que son comparables con sectores como el siderúrgico, farmacéutico o automovilístico. Recientemente, las industrias ecológicas han tenido crecimientos en torno al 8 % anual. Los prinEl fomento del medio cipales subsectores se ocupan de la gestión de residuos (30 %), el sumiambiente industrial, la nistro de agua (21 %), la gestión de las aguas residuales (13 %) y los maeco-industria, las tecnologías teriales reciclados (13 %). El sector emplea directamente a unos 3,4 mirelacionadas y los llones de personas, alrededor del 1,5 % de todos los europeos en el merservicios técnicos avanzados constituyen cado laboral. La tasa de crecimiento anual del empleo en todos los subun común sectores entre 2000 y 2008 se situó aproximadamente en el 7%. Europa denominador en la política común de los posee actualmente una tercera parte de la cuota de mercado mundial de países que apuestan ecoindustrias. Referido al subsector de residuos, la UE prevé que, para por la competitividad y permanencia de sus 2020, el tratamiento de residuos ahorre 72.000 millones de euros anuales empresas. en costes y genere 42.000 millones en nuevos negocios. Además, se observa un crecimiento superior a la media en exportaciones en el campo de tecnologías del agua y residuos, y se está registrando una apertura a mercados estratégicos como el asiático mediante acuerdos con China y con India. En nuestra Comunidad Autónoma, en los últimos 10-15 años el sector productivo e industrial de Murcia ha venido realizando un gran esfuerzo por cumplir la normativa ambiental existente, y también por introducir elementos de sostenibilidad en su gestión empresarial
En nuestra Comunidad Autónoma, en los últimos 10-15 años el sector productivo e industrial de Murcia ha venido realizando un gran esfuerzo por cumplir la normativa ambiental existente, y también por introducir elementos de sostenibilidad en su gestión empresarial. Las empresas han invertido en tecnologías de depuración y tratamiento de desechos, así como en mejoras de proceso y fomento de la ecoeficiencia productiva, y en la implantación y certificación de sistemas normalizados de gestión medioambiental, tales como la ISO 14001 o, más exigente aún, el Reglamento EMAS, en el que algunas empresas e instituciones regionales han sido pioneras a nivel nacional y europeo, lo que ha redundado en la mejora de su imagen y competitividad.
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Sería un enorme error a nuestro juicio que, derivado de esta terrible crisis, se frenara este acervo tecnológico medioambiental en nuestra Comunidad, ya que las empresas del sector medioambiental, con su capital de conocimiento, de innovación y su desarrollo tecnológico, pueden representar una alternativa de futuro al desarrollo de la Región y a su competitividad, y también por qué no, cara a su proyección en los mercados exteriores. Mediante el fomento de las empresas y tecnologías de medio ambiente, en la Región se propiciará la diversificación de su actividad industrial, dando la posibilidad de acercarse a la cabeza de tecnologías e innovación en sectores claramente en crecimiento, y a su vez, cumplir una serie de objetivos medioambientales que se tienen en algunos de los planes sectoriales. El desarrollo de estas “nuevas industrias” dará un valor diferenciador al tejido industrial murciano con grandes expectativas de crecimiento y potencial para lograr posicionarse en puestos de cabeza a nivel nacional y competir en los mercados exteriores.
Sería un enorme error a nuestro juicio que, derivado de esta terrible crisis, se frenara este acervo tecnológico medioambiental en nuestra Comunidad, ya que las empresas del sector medioambiental, con su capital de conocimiento, de innovación y su desarrollo tecnológico, pueden representar una alternativa de futuro al desarrollo de la Región
La Asociación de Empresas de Medio Ambiente de la Región de Murcia (AEMA-RM), creada en el año 2000, está constituida por unas 50 empresas que tienen sede social y actividad productiva en la Región de Murcia y fuera de ella; algunas de ellas además pertenecen a grupos nacionales e internacionales de reconocida solvencia. El factor común de todas ellas es ofrecer soluciones eficaces para la gestión y protección de nuestro patrimonio natural, buscando su vinculación con el imprescindible desarrollo de la actividad productiva
Compartiendo la visión de que la economía sostenible constituye una posibilidad cierta de contribuir al crecimiento económico y social de la Región de Murcia, la Consejería de Universidades, Empresas e Investigación de la Región de Murcia y AEMA-RM, han suscrito un CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN, PARA EL FOMENTO DEL MEDIO AMBIENTE INDUSTRIAL, LA ECO-INDUSTRIA Y LAS TECNOLOGÍAS AMBIENTALES EN LA REGIÓN DE MURCIA.
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Este convenio, firmado en enero de 2012, está enmarcado dentro del vigente Plan Industrial de la Región de Murcia 2008-2013 que persigue el incremento del valor añadido del sector industrial y la competitividad de la industria de la Región de Murcia, así como aumentar la contribución de la industria al crecimiento económico. Para ello, se plantea una mejora constante de la protección medioambiental, la cual no sólo supone un reto que las empresas deben afrontar sino una necesidad que obliga a una búsqueda continúa de nuevos sistemas de organización, de nuevos procesos, de nuevas tecnologías aplicadas con el fin de obtener el máximo nivel de calidad y eficacia en la estrategia emCONVENIO MARCO DE presarial, y se marcan los siguientes objetivos: COLABORACIÓN, PARA EL Impulsar y fomentar el desarrollo del sector medioambiental en Murcia, como son los Gestores autorizados de residuos, las Plantas de tratamiento y reciclaje, la gestión y tecnologías del agua, los fabricantes de equipos para el medio ambiente industrial, las energías renovables, las Tecnologías y procesos de Ahorro y eficiencia energética, la Gestión de recursos y espacios naturales Proyectos y obras de saneamiento, la restauración y protección ambiental las Entidades de verificación y ensayo de tecnologías, los laboratorios de pruebas, análisis y control de parámetros de contaminación, etc. Impulsar y fomentar la participación de la ingeniería regional. Promoviendo los servicios avanzados de ámbito regional a las empresas y administraciones (ingeniería del valor) Superar los obstáculos administrativos y de mercado que puedan frenar el potencial de las tecnologías ambientales para la competitividad y el crecimiento económico de la Región
FOMENTO DEL MEDIO AMBIENTE INDUSTRIAL, LA ECO-INDUSTRIA Y LAS TECNOLOGÍAS AMBIENTALES EN LA REGIÓN DE MURCIA.
Este convenio, firmado en enero de 2012, está enmarcado dentro del vigente Plan Industrial de la Región de Murcia 2008-2013 que persigue el incremento del valor añadido del sector industrial y la competitividad de la industria de la Región de Murcia, así como aumentar la contribución de la industria al crecimiento económico
Garantizar que en los próximos años la Región de Murcia adopte un papel dirigente en el desarrollo y la aplicación de tecnologías ambientales. Consideramos que el sector de las tecnologías de medio ambiente tiene ahora una magnífica oportunidad para posicionarse ventajosamente dentro de la Estrategia Regional de Especialización Inteligente como un área de desarrollo económico de la Región de Murcia, que se tal vez se pueda ver favorecida además por la Política Regional de incentivos de la Unión Europea. Pedro Jiménez Mompeán//Francisco Javier Hurtado Mirón
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LA NUEVA LEY 22/2011 DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS. LOS SUBPRODUCTOS Y EL FIN DE LA CONDICION DE RESIDUOS, UNA OPORTUNIDAD EMPRESARIAL Y UNA NECESIDAD SOCIAL. Carlos Pérez-Ródenas García-Balibrea Responsable del Dpto. de Industria y Medio Ambiente Cámara de Comercio, Ind. y Nav. de Murcia Desde que el pasado mes de julio se publicase la Ley objeto de este artículo, la ya conocida LRSC (casi todas la leyes notorias tienen sus siglas), está siendo generadora de un intenso debate y, aunque tardía, todos sabíamos que su aparición era obligatoria (trasposición de la DMR 2008/98/CE). Intentaré centrar la atención en los novedosos (legislativamente hablando) conceptos de subproducto y el de fin de la condición de residuo, de los que hasta hoy apenas sí se hacen referencias claras en las distintas normas legales. Pese a lo anterior, no puedo resistir la ocasión para referirme a otros aspectos y apartados, ya que la Ley aprovecha la trasposición para fijar y actualizar el marco legal básico de los residuos en nuestro país. Esperemos que los plazos de adaptación sean suficientes y que en su transcurso, se resuelvan y aclaren las áreas confusas y se desarrollen los reglamentos oportunos. En este sentido, ya que la Ley no se ha limitado sin más a trasponer, se echa de menos por parte de los legisladores el que no hayan sido más ambiciosos y que hoy tuviésemos un texto refundido (similar a lo ocurrido con la Ley de Aguas) en materia de residuos y no tengamos todavía que recurrir a reglamentos que corresponden a leyes que no están vigentes (como por ejemplo el RD 833/1988). En cuanto a los regímenes que se establecen de autorizaciones y comunicaciones para las actividades de producción y gestión, se pueden considerar en general positivos (posiblemente ahora supongan una mayor intervención administrativa sobre los productores y menor a los gestores), al igual que la creación de un Registro de producción y gestión de residuos, que permitirá conocer con más precisión los flujos reales de los mismos. Sí habría que matizar que lo que no parece oportuno es establecer el sentido negativo del silencio administrativo, más aún, cuando en muchas comunidades autónomas se ha considerado al contrario. También es fundamental para agilizar los trámites que se pongan en marcha cuanto antes los mecanismos que permitan el empleo de las TIC´s tal como se contempla AEMA-rm está en la Ley e intentar la integración con otro tipo de información ambiental autonómica preparando un especial acerca de la que las empresas ya deben suministrar periódicamente . La Ley también servirá para armonizar las relaciones y criterios entre las comunidades autónomas, a lo que contribuirá la creación de una “Comisión de coordinación en materia de residuos”, y la necesidad de alcanzar unos objetivos a nivel nacional bastante elevados en cuanto a la reducción, reutilización, reciclado y valorización.
Ley de Residuos y Suelos contaminados.
Este es el adelanto del articulo que la Camara de Comercio de Murcia ha preparado
Sí puede generarnos algo de incertidumbre, las competencias de las entidades locales en relación con las actividades comerciales e industriales y los residuos de tipo doméstico que generan éstas, siendo potestad de estas entidades locales el admitir estos residuos o no según sus ordenanzas. Sería deseable que se redujese o se acotase de forma objetiva (posiblemente mediante la Comisión de coordinación) la discrecionalidad que se puede dar. De la regulación de la responsabilidad ampliada del productor del producto podemos decir, cuanto menos, que es un tanto confusa, sobre todo a la hora de modificar la estructura de los SIG, planteando una participación exclusiva de los productores en función de la cuota de mercado (dato que difícilmente será facilitado por las empresas). Esperemos que en el periodo transitorio queden aclaradas y se establezcan fórmulas acordes con la realidad empresarial.
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Por otro lado, el plantear la imposición de sistemas de devolución y retorno (SDDR), cuando desde hace años hemos inculcado en la ciudadanía otra cultura (el hábito de tirar al contenedor que corresponde, otro cosa sería que partiéramos de cero), las distorsiones que se pueden generar en el mercado y el análisis coste/beneficio (según estudios, la implantación de estos sistemas sólo supondría un 2% de incremento en la recuperación de envases) hacen que se observe con cautela este sistema nuevo en la normativa, pero antiguo en el tiempo. En lo referente a suelos contaminados, estimamos que contribuye a precisar términos y condiciones, y solo indicar como positiva la nueva posibilidad de la recuperación voluntaria de suelos. Respecto a la sustitución de las bolsas de un solo uso y su eliminación del mercado en el 2018, manifestar que da la impresión de que estas medidas obedecen más a satisfacer las demandas de algún colectivo particular, apoyado por una campaña mediática, que a que vengan derivadas de un análisis serio del ciclo de vida de estos envases. Esta disposición debería de haber sido eliminada en su totalidad en la redacción final. Por último indicar que en el apartado relativo al régimen sancionador se aprecia por un lado un incremento en la cuantía de las sanciones con respecto a la anterior ley de residuos, lo cual podría haberse dejado para más adelante, dadas las circunstancias actuales. Por otro, también puede observarse con cierta preocupación, la potestad que se atribuye a las Comunidades Autónomas, para en función de lo que denomina “restablecimiento de la legalidad ambiental” y al margen de un procedimiento sancionador, cerrar el establecimiento, paralizar la actividad o suspenderla cuando no se cuente con las autorizaciones, declaraciones o registros que correspondan. Este término, creado en virtud del artículo 30 puede dar lugar a situaciones de inseguridad jurídica, más aún cuando en el artículo 53 se facilita la adopción de medidas provisionales similares a las anteriores, pero con las garantías del inicio de un procedimiento sancionador. Recuperando del título del artículo, es claro que para dar cumplimiento a la nueva jerarquía de gestión de residuos, la consecución de los objetivos y la reducción de los costes, se hace imprescindible el planteamiento de dos conceptos que han estado latentes legislativamente en distintas ocasiones pero siempre presentes y habituales en las prácticas industriales, y que es ahora cuando adquieren un soporte legal básico estatal: “subproducto” y “fin de la condición de residuo” (o lo que habitualmente denominamos como materia prima secundaria). Ahora ya tenemos fijadas las “reglas del juego" para identificar estos productos.
Recuperando del título del artículo, es claro que para dar cumplimiento a la nueva jerarquía de gestión de residuos, la consecución de los objetivos y la reducción de los costes, se hace imprescindible el planteamiento de dos conceptos que han estado latentes legislativamente en distintas ocasiones pero siempre presentes y habituales en las prácticas industriales, y que es ahora cuando adquieren un soporte legal básico estatal: “subproducto” y “fin de la condición de residuo” (o lo que habitualmente denominamos como materia prima secundaria). Ahora ya tenemos fijadas las “reglas del juego" para identificar estos productos.
Se convierten así estos en una oportunidad empresarial para aportar valor a cientos de productos generados en el proceso productivo y que bajo otra perspectiva podríamos considerar como residuales. Al mismo tiempo que obtenemos un beneficio económico doble, actuamos socialmente también por partida doble, ya que por un lado ahorramos costes de eliminación e introducimos materia prima en el ciclo productivo, y en ambos casos reducimos el impacto ambiental que supondría no adoptar esta alternativa. La cuestión no es baladí. Basta con mencionar como ejemplo que del total de residuos industriales que se gestionaron en la Comunidad Autónoma de Cataluña, un 7% lo hicieron bajo esta condición de subproducto. Básicamente podríamos decir que la diferencia material entre un subproducto (que en realidad en ningún momento adquiere la condición de residuo) y un residuo que deja de serlo, es que el primero se introduce directamente en el ciclo productivo, mientras que el segundo va a precisar de operaciones de valorización total.
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LA NUEVA LEY 22/2011 DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS. LOS SUBPRODUCTOS Y EL FIN DE LA CONDICION DE RESIDUOS, UNA OPORTUNIDAD EMPRESARIAL Y UNA NECESIDAD SOCIAL.
Como hemos comentado, la necesidad de diferenciar estos materiales de los residuos se había puesto de manifiesto por las distintas referencias implícitas o explicitas que en relación a estos términos aparecen en las legislaciones autonómicas, e incluso en nuestra Comunidad se estuvo trabajando en este sentido desde la Asociación de Empresas de Medio Ambiente de la Región de Murcia, CROEM y Cámara de Comercio de Murcia, llegándose a redactar unos documentos (pueden consultarse en la web de calidad ambiental de la Consejería) que no llegaron a aprobarse (entre otras cosas por la aparición de la DMR y los trámites de trasposición de la misma) en los que se creaba la Bolsa de Subproductos y Recursos de la Región de Murcia, y la instrucción técnica para la tramitación de subproductos. La Bolsa regional se planteaba no solamente como un centro de intercambio donde localizar los subproductos, pues esa función actualmente se cubre desde la Cámara de Comercio mediante la publicación de ofertas y demandas de subproductos a nivel nacional que pueden ser consultadas en internet; se pretendía que la Bolsa se convirtiese en un referente regional en lo que conocemos como el “cierre de ciclo de los materiales” y el “ciclo de vida ambiental” de los productos, fomentando el empleo de los subproductos como materia prima, dando cobertura a las empresas en la caracterización de los subproductos, colaborando con los centros tecnológicos en la búsqueda de nuevos sectores y técnicas de aprovechamiento, etc. Esperemos que en un futuro próximo podamos retomar este proyecto. Centrándonos de nuevo en la normativa es de agradecer que en la actualidad desde la Comunidad Autónoma se estén dando soluciones a las empresas en base a la instrucción técnica anterior, sin esperar a que se clarifique definitivamente el marco competencial para determinar si un determinado material es un residuo o un subproducto. A este respecto, cabe indicar que en el artículo 4 de la Ley, en su punto 2 establece que la misma compete a la Comisión de Coordinación, admitiéndose por otro lado en la disposición transitoria primera que en tanto ésta no esté en condiciones de cumplir el cometido asignado se continuaran aplicando los procedimientos vigentes hasta el momento (en clara alusión a los que ya son aplicados en algunas Comunidades Centrándonos de nuevo en la normativa es de Autónomas). A todo esto hay que añadir que es la propia Comisión Europea la que agradecer que en la actualidad desde la en la DMR se atribuye competencias señalando que será un comité de expertos el Comunidad Autónoma se que establecerá de forma armonizada los criterios. estén dando soluciones a las empresas en base a la instrucción técnica anterior, sin esperar a que se clarifique definitivamente el marco competencial para determinar si un determinado material es un residuo o un subproducto.
Para el fin de la condición de residuo, sí que la Comisión establece que con independencia de aquellos criterios que se determinen, entre otros menciona expresamente a los áridos, el papel, el vidrio, el metal, los neumáticos y los textiles, la facultad para que los Estados miembros puedan decidir caso por caso para aquellos no establecidos a escala comunitaria. Para esta labor, la Ley echa mano de la Comisión de Coordinación.
Más allá de los aspectos competenciales, es claro que la guía que sirve para fijar criterios se encuentra en la comunicación de la Comisión Europea COM 2007(59) Final “Interpretativa sobre residuos y subproductos”. Estos condicionantes son los mismos que aparecen en la DMR y en la nueva Ley.
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Puede uno cuestionarse si estas definiciones se prestan cuanto menos a imprecisión, generando un margen para la inseguridad jurídica, pero no hemos de olvidar que hasta la aparición de la DMR de 2008, para las administraciones sólo existía la posibilidad de “ser” o “no ser” residuo sin más variaciones . Lo que se posibilita ahora es que cuando se cumplan los cuatro condicionantes (tanto para subproducto como para materia secundaria) acumulativamente, es decir, se tienen que cumplir todas, tendremos altas posibilidades de que el residuo sea elevado a categoría de subproducto o materia prima secundaria y legalmente podamos aprovechar los recursos que el mismo todavía nos puede aportar. Lo anterior va a venir dado en muchas ocasiones en función de las diferentes condiciones y situaciones técnicas, y es por esto por lo que no se ha podido establecer una “fórmula” específica de definición ya que precisamente la misma podría dar lugar a exclusiones que nos acercarían más que alejarnos a la indeseable situación de inseguridad jurídica Para finalizar un sin que ello se tradujera en una mayor seguridad para la salud o el medio ambiente. pensamiento al que creo cada vez
Surgen aquí dudas sobre si para la aplicación práctica de la normativa se van a debemos acostumbrarnos establecer “familias de subproductos” o caso a caso. Las empresas no pueden esmás: “Los residuos tar esperando que las Administraciones se manifiesten una y otra vez para casos en realidad son que son iguales y que se dan bajo las mismas condiciones y que poseen las mismas materia prima mal características. Hay que actuar de la forma más lógica por “familias” (dejando el ubicada caso por caso para los singulares), fijando unos intervalos o tolerancias dentro de las cuales se puedan clasificar y que permitan garantizar siempre la preservación de la salud y la seguridad medioambiental. Para la condipues desde la el camino mereglamento de rras férricas y
ción de fin de residuo está más claro, Comisión Europea ya se ha marcado diante la publicación en forma de cumplimiento directo para las chatade aluminio.
Como conclusión podemos decir que La Ley plantea a las distintas Administraciones la necesidad de elaborar unos programas de prevención de residuos, así como instrumentos económicos para fomentar el aprovechamiento de los residuos. En estos programas, tanto los subproductos como la materia prima secundaria son actores indispensables. Sólo con repasar el Anexo IV de ejemplos de medidas de prevención de residuos, se aprecian varias líneas en las entran de lleno estos conceptos, tanto en las relativas a la fase de diseño, producción y distribución, como a las de consumo y uso. Así pues es necesario que evaluemos e identifiquemos dentro del ámbito de nuestra Región qué residuos industriales generamos que posean el suficiente potencial tecnológico y económico necesario para mantener mercados específicos, diversificados y viables. Para que funcionen es fundamental que la intervención administrativa sea lo más ágil posible y no haga desistir a los empresarios, no olvidemos que estos productos una vez puestos en el mercado deben cumplir con plenas garantías las exigencias que se derivan de las normativas de seguridad e industrial que le pudiesen aplicar, con lo cual nunca dejan de estar bajo control. Para finalizar un pensamiento al que creo cada vez debemos acostumbrarnos más: “Los residuos en realidad son materia prima mal ubicada”.
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ADELANTO DEL ARTICULO DE ASEGRE PARA EL ESPECIAL DE LA LEY DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS El pasado mes de abril se constituyó la Comisión de Coordinación que la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados contemplaba en su preámbulo. Con esta primera reunión se iniciaba un foro de diálogo entre el Ministerio y las diferentes administraciones autonómicas competentes en materia de residuos.
ASEGRE es la asociacion nacional de referencia en materia de residuos.
En este encuentro varios directores generales solicitaron un cambio en la Ley de residuos, sobre todo en aspectos relacionados con las cargas administrativas que ralentizan algunos procesos de transporte y gestión de residuos. Días más tarde el Gobierno presentó una serie de medidas urgentes en materia de medio ambiente a través de un Real Decreto Ley, con el fin de “lograr una gestión más eficiente de los recursos y abaratar y simplificar los trámites administrativos basándose en criterios de eficiencia, eficacia, unidad, seguridad jurídica y costes”, según expresó en rueda de prensa la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. Con las peticiones de cambio de los primeros y las medidas establecidas por los segundos se están produciendo modificaciones en la legislación que, si bien mejorarán algunos aspectos de la gestión de residuos, seguirán dejando de lado otros, como la disparidad legislativa existente en las Comunidades Autónomas de nuestro país. España necesita una política común en materia de residuos. La disparidad legislativa provoca una diferenciación en los estándares medioambientales exigibles a las empresas, además de las diferencias de impuestos y costes que las empresas deben pagar según la Comunidad Autónoma donde estén localizadas. Las empresas necesitan y solicitan leyes integradoras que armonicen la normativa y los procedimientos en lo referente a la autorización y al tratamiento de los distintos tipos de residuos. Sin embargo, este no es el único problema al que nos enfrentamos. Estamos en un momento de relajación en el cumplimiento de la legislación ambiental provocado por los recortes de los presupuestos autonómicos, que han relegado a un segundo plano las cuestiones ambientales. La falta de recursos está haciendo que el control y la gestión de las leyes medioambientales no sea una prioridad. Esta situación está fomentando las malas prácticas y que algunos flujos de residuos peligrosos no reciban el tratamiento adecuado a sus características o peligrosidad. En algunas Comunidades Autónomas, plantas autorizadas para tratar aguas urbanas (EDAR) se están ocupando del tratamiento de algunos residuos peligrosos. Además del surgimiento de un sector ilegal paralelo con el que nos estamos encontrando en los últimos años que se ocupa del tratamiento de los residuos peligrosos sin ningún tipo de control, con el peligro para la salud pública y el medio ambiente que esto supone.
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Adelanto Articulo de ASEGRE El sector de la gestión de residuos necesita una legislación firme y clara, en la que queden delimitadas las competencias de las empresas autorizadas y definidos los procesos y agentes que forman parte de la actividad. De esta forma se creará un entorno de competencia leal y respeto del medio ambiente, en el que se fomentan las buenas prácticas y la creación de empleos verdes, tan necesarios en tiempos de crisis. AEMA-rm está Tampoco podemos olvidar la necesidad de agilizar los preparando un procesos administrativos, con ello promoveremos la especial acerca de la Ley de Residuos actividad industrial y económica. Pero para ello es necesay Suelos rio nuevamente que las administraciones cuenten con reContaminados con cursos para su gestión ágil y eficiente. los principales agentes del sector . La evolución de la producción de residuos y del sector en Este es el adelanto los últimos años ha dado lugar a que hoy contemos en del articulo que España con una notable sobrecapacidad para gestionar ASEGRE ha preparado todos los residuos peligrosos generados en el país, por ello como está ocurriendo en otros sectores que están trabajando para exportar sus servicios, la exportación de estas empresas sería la recepción de residuos de otros países según contempla la legislación europea y española. Esto se realiza desde el más estricto control ambiental del proceso, garantizando la seguridad y la trazabilidad del tratamiento de estos residuos, y nos permitiría evitar la sangría de empleo, generando riqueza y posibilitando la recuperación de materias primas y energía que de otra forma se perderían.. El sector necesita que las Comunidades Autónomas apoyen a las instalaciones ya existentes y que, a pesar de los recortes, pongan todos los recursos disponibles para mantener los niveles de control y gestión de las políticas ambientales alcanzados en los últimos 20 años. Los niveles que establecían un entorno de competencia leal, en el que se respetaba la legislación existente y en el que las sanciones por parte de la Unión Europea eran una parte de la legislación, no una realidad a la que enfrentarse, como ahora. Luis Palomino Secretario General
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BIOMASA: La alternativa energética regional Según la RAE y como segunda acepción más orientada hacía el sector energético podríamos definir la BIOMASA como la Materia orgánica originada en un proceso biológico, espontáneo o provocado, utilizable como fuente de energía. GETRAME es asociada a anterior definición permite incluir a toda la potencial biomasa vegetal agrícola AEMA-rm.. y/o forestal disponible en la Región Murciana que proviene principalmente del Pino, Albaricoque, Ciruelo, Melocotonero, Peral, Almendro, Olivo, Viñedo, Cítricos, etc... []La
DATOS PROVISIONALES APROVECHAMIENTOS DE LA TIERRA REGIÓN MURCIA AÑO 2011 SEGÚN CARM Erial a pastos 59.995 Espartizal . 89.015 Ríos y lagos 12.018 Superficie no agrícola 77.902 Terreno improductivo 39.139 Pastizales 14.176 Prados naturales 0 Monte abierto 65.546 Monte leñoso 118.592 Monte maderable 104.067 Barbechos y otras tierras no ocupadas 253.188 Tierras ocupadas por cultivos herbáceos(1) 100.119 197.641 Tierras ocupadas por cultivos leñosos
Total superficie regional
1.131.398 (ha)
Nota: (1) Se computa sólo la superficie en "Ocupación primera o principal". (*) Datos provisionales. Sujetos a modificaciones. No podemos dejar de nombrar en nuestra exposición, por su denodado interés, su capacidad innovadora y el pionero trabajo realizado, a la Asociación de Propietarios Forestales de la Región Murciana PROFOMUR, con Francisco Carreño al frente, cuyo ámbito de actuación inicial abarca una superficie aprox de 62.000 hectáreas. Su trabajos y proyectos tienen como objetivo obtener una visión objetiva de la Biomasa forestal así como poder disponer de datos reales adaptados a la foresta autonómica que nos permitan concretar el verdadero potencial de la Biomasa Regional
Uno de los principales usos de la Biomasa, en forma de Astillas y/o Pellets, es para suministro de calor ya que su eficiencia es muchísimo más elevada que otras energías. Para que nos hagamos una idea en las viviendas particulares cerca del 80% de la demanda energética es consumo térmico, en la actualidad ya podemos encontrar instalaciones en todo el territorio nacional que utilizan la Biomasa como fuente de energía en Hospitales, Piscinas, Explotaciones Agrícolas y Ganaderas, Mercados Municipales, Colegios, Complejos Deportivos, Edificios, etc…
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BIOMASA: La alternativa energética regional En la siguiente tabla de equivalencias energéticas se nos permite observar con más claridad los consumos necesarios para generar la misma cantidad de energía con distintas fuentes.
La energía generada por la utilización de1.000 Litros de Fuel-oil de uso doméstico equivale aproximadamente a:
10-15 m3 aparentes de astillas
2,1 tn de Pellets
Entre las principales ventajas que nos aporta la utilización de Biomasa, comparándolas con la energía generada a partir de Carbón, Gas y Gasóleo, podemos enumerar los siguientes apartados: 1.- Ahorro en las emisiones de CO2 2.- Es más barata. 3.- Disponibilidad de reservas(existencia de cultivos energéticos y aprovechamiento forestal sostenible) 4.- Favorece la independencia energética ya que se produce en nuestro territorio y podemos ser autosuficientes con correctas gestiones. 5.- Se incrementa en gran medida el número de empleos generados(se estima que se emplean 15 veces más puestos de trabajo que con los combustibles fósiles). 6.- Favorece el desarrollo sostenible del arbolado y disminuye la posibilidad de incendios.
En los últimos años la principal actividad energética de Gestión y Tratamientos Medioambientales, s.l., fruto de la colaboración con la empresa promotora Accuore Inversiones, s.l., ha sido la de dar soporte técnico, logístico y económico a proyectos relacionados con las energías renovables, y en especial, a proyectos del sector del BIOGÁSBIOMASA. Hasta bien hace poco, nos encontrábamos colaborando en la promoción de diversos proyectos regionales y nacionales de Plantas de BIOGÁS-BIOMASA mediante la utilización principalmente de residuos ganaderos, agrícolas y forestales. A raíz de la publicación del RD 1/2012 han quedado en suspenso o definitivamente anulados la gran mayoría de ellos con el consiguiente perjuicio económico y medioambiental ocasionado a todos lo agentes intervinientes (Se han eliminado las primas que hacían viables económicamente las operaciones y proyectos). En resumen, Gestión y Tratamientos Medioambientales, s.l. apuesta por una modificación del RD 1/2012 que permita favorecer claramente los proyectos energéticos regionales en base a energías renovables y podamos, entre otros aspectos, reducir considerablemente las emisiones de CO2(Gases de efecto invernadero) y que de esta manera se vea afectado también positivamente el importante Comercio de los derechos de emisión
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AEMA-rm participa en el Foro organizado por CROEM “Ecoemprendedores y Ecopymes: Retos para un Empresario Sostenible” AEMA-rm participa en el Foro Ecoemprendedores y Ecopymes: Retos para
junio, concretamente los días 11, 18 y 25 de mayo y 8 y 15 de junio. Las Jornadas se desarrollan en CEMACAM Torreguil en Sangonera la Verde. Está dirigida a empresarios y profesionales de los distintos sectores empresariales, emprendedores, colegios profesionales, técnicos de ayuntamientos, consultoun Empresario Sos- res de medio ambientenible, este evento te y personas interesadas en esta materia. organizado por CROEM y Obra AEMA-rm y sus Social de asociala CAM dos han busca dar sido para conocer te activa los requisidel Foro tos legales de Empara crear un negocio además, mostrar prendedores destacando la Jornadas celos instrumentos y herramientas ambien- lebradas el pasado día 25 de mayo bajo el tales que pueden hacer más competiti- titulo “Cambio Climático Huella de va una actividad. El Foro se esta des- Carbono y Responarrollando en cinco sabilidad ambienJornadas que se están tal” donde las empresas asociadas a celebrando durante los meses de mayo y AEMA-rm GETRA-
ME y AMYCA expusieron sus iniciativas y la próxima jornada “Sostenibilidad en la PYME: Eficiencia Energética e Hídrica. Aspectos clave de la gestión medioambiental empresarial", donde contaremos con la participación de Aguas de Murcia y Ambiental Molina
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LOS PLANES DE AHORRO DE AGUA EN LA INDUSTRIA (Una obligación normativa y una forma de ser eficiente) De todos es sabido que la Región de Murcia sufre un déficit hídrico notable, lo que le ha llevado a ser una Comunidad Autónoma que realiza un uso ejemplar de este recurso tan necesario para impulsar nuestro desarrollo socio-económico. Por este motivo, en julio de 2006, el Gobierno Regional establece una serie de medidas de ahorro y conservación en el consumo de agua, que se plasman en una novedosa Ley, denominada: “Ley 6/2006, de 21 de julio, sobre incremento de las medidas de ahorro y conservación en el consumo de agua en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia”. Esta normativa entre sus medidas de ahorro y conservación, obliga a todas las industrias de la Región
a realizar planes de ahorro de agua, de forma que en los sucesivos ejercicios se consiga reducir sus consumos en relación con un mismo volumen de producción, es decir, que disminu-
ya progresivamente lo que se denomina “agua virtual industrial”. El agua virtual, es un concepto que se maneja habitualmente cuando hablamos de hidro-eficiencia, fue introducido en el año 2.002 por expertos en la gestión del ciclo integral del agua del Instituto UNESCOIHE, con la intención de definir diversos indicadores que relacionen las necesidades de agua con el
consumo total de bienes y servicios, capaz de aportar información valida mas allá de los indicadores que hasta entonces existían. En el sector industrial, debemos entender que su agua virtual es el volumen de agua utilizada para producir un volumen determinado de producto; entendiéndose como agua utilizada en el proceso industrial, la consumida en los procesos de producción y limpieza, el agua incorporada al producto, la empleada en el cumplimiento de las normas ambientales y la utilizada en los sanitarios de las instalaciones. La planificación y ejecución de los planes de ahorro de agua no debe verse como una obligación normativa, sino como una herramienta que permite a las industrias ser más eficientes hídricamente; disminuyendo: sus consumos de agua, vertido de aguas residuales, los gastos ocasionados en la mejora de la calidad del agua empleada en los procesos productivos y consiguientemente, aminorando también los gastos energéticos principalmente en su tratamiento. Además, con estas medidas, las empresas consiguen mejorar su imagen corporativa y medioambiental, tan reclamada últimamente por la sociedad y los clientes.
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Compensación de emisiones atmosféricas de las empresas participantes por medio de la plantación de un pequeño bosque dentro de un espacio natural en colaboración con la Dirección General de Medio Ambiente y el programa RSCO2 . La empresa asociada a AEMA-rm Amyca se pone a disposición de las empresas que quieran uno o más bosques que plantaremos en Sierra Espuña. Cada bosque corresponde a 40 árboles.
los empresarios que estén interesados puedan realizar la plantación de los últimos árboles.
Es una gran iniciativa de Responsabilidad Social que las empresas participantes podrán acreditar Las empresas partici- ante clientes, proveepantes dispondrán dores, Administradel certificado ofición Pública cial de empresa re- (concursos, contrataductora de CO2 ción,…) y ante nuesy podrán hacer uso tros propios empleadel logotipo oficial dos, nuestro comRSCO2. De todo promiso voluntario ello se hará difusión como empresarios y pública y se convoca- ciudadanos concienrá un acto para que ciados con el medio
ambiente. La Plantación la realiza una empresa especializada en colaboración con los agentes medioambientales pero se destina un día para que se realice una plantación simbólica de varios ejemplares por parte de las empresas participantes. Un día de fiesta donde empleados, empresarios y agentes ambientales disfrutan haciendo algo para la sociedad para posteriormente realizar un acto de entrega de acreditaciones con las autoridades ambientales. Como la plantación hay que realizarla en una época de lluvias la acción se realizará en Octubre, está abierta a cualquier empresa es posible solicitar información visitando el Blog de AMYCA.
AEMA-rm estuvo presente en la XXV Semana de la Biología y entregó su premio de Biologia.
Imagen de la entrega del Premio AEMA de biología..
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V quinta edición de los Premios de Desarrollo Sostenible de la Región de Murcia (BORM nº 127, de 02/06/2012).
1. Los Premios de Desarrollo Sostenible tendrán las siguientes modalidades:
rán los proyectos, actividades y compromisos voluntariamente asumidos por las empresas y organizaciones empresariales en relación con el medio ambiente en el ámbito de la Responsabilidad Social Corporativa.
I. Premios de Desarrollo Sostenible. En los que se valorarán los esfuerzos en gestión ambiental sostenible, ecoeficiencia e innovación ambiental incluyendo, en cuanto a este último aspecto, tecnologías y procedimientos, productos y servicios, y métodos de gestión cuya utilización sea menos perjudicial al medio ambiente que otras alternativas disponibles, realizados por empresas y cualquier tipo de organización.
IV. Premios de educación ambiental. En los que se valoraran iniciativas, proyectos y actividades que contribuyan a la generación y disposición de información para la educación ambiental y sensibilización de empresas y ciudadanos. Quedan incluidas en esta categoría las ideas y experiencias de éxito de ciudadanos, consumidores y cualquier tipo de organización en la aplicación o la incentivación de pautas de consumo sostenible.
Estarán organizados según las siguientes categorías:
V. Mención especial. Este premio será otorgado a ciudadanos, empresas y a cualquier tipo de organización tras valorar su trayectoria.
Modalidades y características de los premios
* Premios a la ecogestión (gestión ambiental sostenible). * Premio a la ecoeficiencia. * Premio al ecodiseño. * Premio a la ecoinnovación. II. Premios a la iniciativa frente al cambio climático. En los que se valorarán las iniciativas, proyectos y actividades cuyo objetivo sea la mitigación y/o adaptación a los impactos del cambio climático. Estarán organizados según las siguientes categorías: - Premio a la reducción y/o compensación voluntaria de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). - Premio a los esfuerzos en generación y mantenimiento de sumideros. - Premio a las iniciativas de adaptación a los impactos de cambio climático. - Premio a los esfuerzos en comunicación empresarial de la contabilidad de carbono (balances y huella de carbono). III. Premios a la Responsabilidad Social Corporativa en materia de medio ambiente. Se valora-
Participantes 1. Podrán participar las personas físicas o jurídicas que se establecen para cada una de las modalidades de esta Orden. 2. Los participantes deberán tener su domicilio en la Región de Murcia. 3. En el caso de las empresas, estas deberán tener la sede social o al menos un establecimiento productivo o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 4. Podrán participar igualmente, aquellas empresas de servicios que, sin disponer de sede social ni establecimiento permanente en la Región de Murcia, acrediten una trayectoria consolidada en la planificación, gestión o desarrollo de actuaciones destinadas a la preservación, cuidado y proyección del medio ambiente y la sostenibilidad de nuestra Región. Documentación a presentar y plazos Las solicitudes deberán formularse en el plazo de 30 días (07/07/2012).
COMISIONES AEMA-RM Dirección del trabajo principal C/ Acisclo Díaz 5c. 4ª Planta 30005 Murcia. Teléfono: 968225491 Correo: aema@aema-rm.org
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AEMA-rm trabaja en Comisiones, actualmente están creadas: -Residuos-Formación-ECAS-Medio Natural Como socio de AEMA-rm la participación en estas Comisiones esta totalmente abierta a todos los asociados y son el vehiculo principal donde poder expresar vuestras quejas o sugerencias. Desde AEMA-rm os animamos a que os integréis en alguna de las comisiones creadas, o que bien si lo creéis oportuno impulsar una nueva. De dichas reuniones han salido distintos documentos de trabajo destacando entre otros las Alegaciones a la “Orden por la que se aprueban los modelos de declaraciónliquidación y autoliquidación correspondientes a los impuestos medioambientales, y se determina el lugar, forma y plazos para su pago” Para finalizar recordaros que la Gerencia de AEMA-rm esta siempre abierta a vuestras ideas y sugerencias, también a vuestro problemas. Para ello no dudéis en poneros en contacto con AEMA-rm para cualquier necesidad que os pudiera surgir..
Los Asociados podrán a utilizar el Logo de AEMA-rm El uso del logo identifica a una empresa como asociada a AEMA-rm pero en ningún caso puede implicar que la Asociación de Empresas de Medioambiente de la región de Murcia apoya o aprueba las actividades o servicios de la empresa asociada que es fuente de tal actividad. De conformidad con esta política, en general se permitirán los usos siguientes del logotipo: • En los documentos y/u otros materiales encaminados a propiciar los principios rectores de los estatutos de AEMA-rm. Puedes descargar el Cata• En los comunicados y circulares de las empresas adheridas. logo Corporativo en www.aema-rm.org •Como baner en las paginas web y firmas de los correos. De igual forma el uso logo cesará en el momento en el que la empresa asociada cause baja de la misma.