C A R T I L L A I N F O R M AT I VA
Disposiciones sobre la
neutralidad en la labor pĂşblica durante el periodo electoral 2021
Decreto Supremo N°199-2020-PCM
Finalidad El Archivo General de la Nación pone en conocimiento las disposiciones sobre la neutralidad en la labor pública, durante el periodo electoral 2021, con la finalidad de reducir los riesgos asociados al incumplimiento y fortalecer el desempeño ético de los funcionarios y servidores públicos.
El deber de neutralidad Es la acciĂłn de los funcionarios de garantizar su imparcialidad en el ejercicio de sus funciones. Para tal ďŹ n, deben estar informados sobre los impedimentos que rigen durante el periodo electoral 2021.
ÉTICA
Principios
Todos debemos respetar los siguientes principios en el desempeño de nuestras funciones durante el periodo electoral:
Discreción Guardar reserva respecto de hechos o información de la que tengan conocimiento, sin perjuicio al acceso y la transparencia de la información pública.
Integridad
Equidad En el marco de sus funciones, otorgar a todos los ciudadanos las mismas oportunidades para el ejercicio del derecho de participación política.
Actuar con valores y principios institucionales priorizando el interés general sobre los propios.
Transparencia
Legalidad Actuar con respecto a la Constitución Política, la ley y el derecho.
Brindar información de naturaleza pública que produce y posee la entidad como consecuencia del ejercicio público.
Prohibiciones
Durante el horario de trabajo o en comisiones de servicios, dentro o fuera de la institución, los funcionarios y servidores públicos están prohibidos de:
1. Hacer propaganda y difundir encuestas de organizaciones políticas o candidaturas. 2. Insertar en los bienes de la entidad pública cualquier tipo de propaganda o signo distintivo que identifique o promueva, directa o indirectamente, intereses electorales. 3. Permitir, ceder y autorizar o facilitar el ingreso de organizaciones políticas o terceras personas al local institucional para efectuar actividades de propaganda electoral.
5. Exhibir bienes adquiridos con fondos públicos como si hubieran sido adquiridos con aportes de organizaciones políticas o candidaturas. 6. Disponer de las donaciones efectuadas a la entidad a beneficio o perjuicio de alguna organización política o candidatura. 7. Hacer uso indebido de información o eliminarla y usar datos recopilados a la que se tiene acceso en favor o perjuicio de alguna organización política o candidatura.
Prohibiciones
4. Utilizar los bienes y recursos públicos de la entidad para elaborar, almacenar o difundir instrumentos de propaganda electoral.
Prohibiciones de usar indebidamente la posición o cargo 1. Contratar, despedir u obligar a renunciar a un servidor público por afiliación política. 2. Condicionar la provisión de un servicio público y/o inducir a las personas beneficiarias de los servicios a su cargo o programas estatales a la afiliación o militancia de alguna organización política, así como orientar su voto, favorecer o perjudicar a una organización política o candidatura. 3. Insertar en los bienes propios, que porten durante el desarrollo de la función, cualquier lema, símbolo, imagen o similar que identifique o promueva, directa o indirectamente, los intereses electorales.
4. Intervenir en el acto electoral para acatar, impedir o perturbar el derecho a sufragio, utilizando la influencia de su cargo. 5. Invocar la condición de autoridad o el cargo, en cualquier actividad, a fin de influir en la intención de votos. 6. Expresar una opinión política o informar sobre las encuestas políticas a un ciudadano que acuda para un trámite administrativo, ni indagar sobre su intención de voto. 7. Realizar o participar en actividades de proselitismo político durante el ejercicio de la función pública.
PresentaciĂłn de una denuncia Todos podemos denunciar, de manera reservada o anĂłnima, cualquier acto que contravenga la neutralidad mediante la Plataforma Digital Ăšnica de Denuncias del Ciudadano:
https://denuncias.servicios.gob.pe/
Sanciones por el incumplimiento de la norma Las sanciones están establecidas por la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y en las normas afines, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar.
Encuentra la norma completa Todos podemos conocer las prohibiciones que dispone la norma, a travĂŠs del siguiente enlace:
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bit.ly/NormaNeutralidad
¡Fortalecemos el desempeño ético de la función pública en el AGN!
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