BECA-COMISIÓN Y BECA ECONÓMICA CICLO ESCOLAR 2015-2016 El Gobierno del Estado de Chihuahua, a través de la Secretaría de Educación, Cultura y Deporte y Servicios Educativos del Estado de Chihuahua, en coordinación con la Sección 8 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación:
CONVOCAN A los trabajadores y trabajadoras del subsistema federalizado en activo de Educación Básica, Normal, Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación,interesados en mejorar los procesos educativos y administrativos mediante mecanismos de acceso al desarrollo profesional y a través de proyectos para mejorar la calidad educativa, a participar en el proceso de selección para el otorgamiento de Beca económica o Beca comisión bajo las siguientes:
BASES: 1. DE LAS BECAS: 1.1 DE BECA COMISIÓN: a)
Es la autorización de movimiento lateral que se otorga para realizar estudios de Especialización, Maestría, Doctorado o Posdoctorado,a los Trabajadores (as) de la Educación en funciones docentes y de apoyo a la educación, cuando la jornada laboral sea incompatible con los horarios de los estudios de posgrado a realizar. b) PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS INSTITUCIONALES: Se concede al personal docente y de apoyo a la educación de probada calidad profesional, con el grado de Maestría, Doctorado o Posdoctorado (debidamente acreditado) e interesados en realizar proyectos de tutorías, coordinación de materias, de investigación u otras análogas que se lleven a cabo al interior de los centros escolares para brindar educación de calidad y al cumplimiento de sus fines y promuevan el máximo logro de aprendizaje de los educandos. c) Los movimientos laterales se cubrirán por el tiempo que se autorice la beca comisión con personal con nombramiento a tiempo fijo, en una sola plaza de jornada y en el caso de hora/semana/mes únicamente las horas frente a grupo. d) Los directores, supervisores y asesores técnico pedagógico no son motivo de participación de beca comisión. 1.2 DE BECA ECONÓMICA: Es un estimulo para motivar la superación profesional mediante la autorización de una aportación económica a quienes inician o están cursando estudios de posgrado compatible con su jornada laboral. El pago de la Beca Económica se realizará semestralmente previa comprobación de los estudios o avances realizados. El monto será porcentual tomando como referencia el valor de una plaza de jornada inicial de la zona económica II. Para especialización, el monto equivale al 25%, para Maestría el 33%, para Doctorado y Posdoctorado el 50%.
2. DE LA DURACIÓN DE LA BECA COMISIÓN Y BECA ECONÓMICA. a) ESPECIALIZACIÓN: Hasta un año calendario consecutivo becado. b) MAESTRÍA: Hasta dos años consecutivos becado para: cubrir el mapa curricular, o para cubrir parte del mapa curricular y elaborar el documento de investigación u otra opción para la obtención del grado; o si ya terminó el mapa curricular hasta un año consecutivo becado para elaborar y terminar el documento de investigación u otra opción para la obtención del grado. c) DOCTORADO: Hasta tres años consecutivos becado para: cubrir el mapa curricular, o para cubrir parte del mapa y elaborar el documento de investigación u otra opción para la obtención del grado; o si ya terminó el mapa curricular hasta un año seis meses consecutivos becado para elaborar y terminar el documento de investigación u otra opción para la obtención del grado. d) POSDOCTORADO: Hasta un año seis meses consecutivos becado para culminar todo el posgrado. e) PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS INSTITUCIONALES: Hasta un año seis meses consecutivos becado para el desarrollo y la conclusión del proyecto autorizado, y entregar a la Autoridad Educativa Estatal los resultados. Los tiempos establecidos en este apartado son los tiempos máximos autorizados, en caso de terminar antes de dichos periodos se dará por terminada la participación en el programa.
3. DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO. 3.1 Las Instituciones de Educación Superior nacionales en las que se realicen los estudios de posgrado deberán de contar con la autorización para la impartición de los estudios y validadas por parte de la autoridad educativa estatal. 3.2 Las becas se otorgarán únicamente cuando los planes y programas de estudio de posgrado estén orientados a satisfacer las necesidades educativas y se apeguen al Marco General de una Educación de Calidad del Servicio Profesional Docente. 3.3 Las instituciones educativas extranjeras en las que se realicen los estudios de posgrado deberán de contar con el Reconocimiento de Validez Oficial de la autoridad educativa correspondiente y las becas se otorgarán únicamente cuando los planes y programas de estudio de posgrado estén orientados a satisfacer las necesidades y al Marco General de una Educación de Calidad del Servicio Profesional Docente.
4. DEL INICIO Y PRÓRROGA DE LA BECA COMISIÓN Y ECONÓMICA. 4.1 Las becas comisión se otorgarán únicamente al inicio del ciclo escolar. 4.2 Las becas económicas se otorgarán por semestre, respetando los planes y programas de estudio de las Instituciones de Educación Superior. 4.3 Para la autorización y pago de las becas se debe llevar la carga máxima por periodo de acuerdo al plan y programas de estudio. 4.4 Las prórrogas se autorizarán de manera extraordinaria previa justificación de avances de acuerdo a los planes y programas de estudios y atendiendo las duraciones máximas de las becas.
5. DEL PERFIL DEL TRABAJADOR. 5.1 Ser trabajador con nombramiento definitivo (código 10) o provisional sin titular (código 95). 5.2 Haber concluido los Estudios inmediatos anteriores, con promedio mínimo de 8.0 en la escala del O al 10 ó su equivalente en otros sistemas de evaluación según sea el caso. De no reunir esta condición, se podrá sustituir por avances en los estudios de posgrado, objeto de la solicitud de la beca, con promedio mínimo de 8.0 o su equivalente en otros sistemas de evaluación. 5.3 No haber disfrutado de una Licencia por Beca-Comisión o Beca Económica para el mismo grado académico que se desea cursar. 5.4 Deberá tener por lo menos, un año de servicio ininterrumpido contado a partir de la fecha de término de la última beca autorizada.
5.5 En el caso de la beca para el Desarrollo de Proyectos Institucionales: 5.5.1 Grados académicos de Maestría y/o Doctorado concluidos comprobables con Título y Cédula Profesional. 5.5.2 Experiencia en el campo de la investigación comprobable a través de productos obtenidos.
6. DE LAS INSCRIPCIONES PARA LA SELECCIÓN DE CANDIDATOS. 6.1 Se llevarán a cabo a partir de la publicación de la presente convocatoria, hasta el 2 de julio de 2015, mediante el llenado del formato de la solicitud de inscripción vía Internet en las páginas: Al finalizar la inscripción se deberá imprimir el comprobante del mismo que se presentará al momento del examen. 6.2 Los solicitantes de beca para el Desarrollo de Proyectos Institucionales, no presentarán examen, los proyectos serán evaluados por un equipo académico externo.
7. DE LA DOCUMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN. 7.1 Último comprobante de pago. 7.2 Constancia de Servicio del Centro de Trabajo de adscripción (especificando: nombre, RFC, clave, nombre de la institución, clave del centro de trabajo, zona escolar, sector y funciones: Docente frente a grupo, Directivo, Técnico Pedagógicas o Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación). 7.3 Cédula Profesional, Titulo o Acta de Examen Profesional de Licenciatura, Maestría o Doctorado, según sea el caso, registrado ante la Dirección General de Profesiones. 7.4 Constancia de inscripción de la institución en la que realiza o realizará los estudios. 7.5 Relación de estudios de Licenciatura, Maestría o Doctorado, según sea el caso, con promedio mínimo de 8.0 en la escala del O al 10 ó su equivalencia en otros sistemas de evaluación, o boleta de grado con promedio mínimo de 8.0. 7.6 Los solicitantes de beca para titulación, además deberán presentar: 7.6.1 Constancia oficial de inscripción donde manifieste el nombre de la investigación y asesor. 7.6.2 Anteproyecto de investigación y el cronograma de actividades (semana-mes- año) de acuerdo al porcentaje de avance realizado al momento del otorgamiento de la beca, el cual no podrá ser mayor a un año (excepto para Doctorado), donde indica las actividades a realizar firmado por el interesado y con el Visto Bueno del Asesor. 7.6.3 Los solicitantes de beca comisión para el Desarrollo de Proyectos Institucionales, además de los señalados en los puntos 7.1, 7.2, 7.3, 7.4 y 7.6; deberán entregar el protocolo del trabajo a realizar, avalado por la Dirección de Área correspondiente de los Servicios Educativos del Estado de Chihuahua y Documento escrito que especifique el desempeño e historia profesional (anexar respaldo documental). En caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, el aspirante quedará eliminado del proceso de asignación de la beca o corrimientos posteriores al inicio del ciclo escolar 20152016.
8. DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE BECAS PARA ESTUDIOS DE POSGRADO. 8.1 Se realizará considerando: 8.1.1 El porcentaje obtenido en el examen escrito. 8.2 Del examen: 8.2.1 Fecha: sábado 04 de julio de 2015, a las 9:30 horas 8.2.2 Lugar: Escuela Secundaria Técnica 2, con domicilio en las calles Francisco Pimentel y Arquitectura, Col. San Felipe en la ciudad de Chihuahua. 8.2.3 Temario: Estará disponible a partir de la publicación de la presente en: http://www.seech.gob.mx/, http://educacion.chihuahua.gob.mx y http://www.snteseccion8.org.mx/ 8.2.4 El examen escrito de colocación será único para todos los niveles y modalidades, se integrará con 80 reactivos que representa un valor del 100% y se elaborará por expertos de alta calidad profesional, comisionados para este fin por Instituciones de Educación Superior convocados por la Coordinación Estatal del Servicio Profesional Docente, atendiendo las condiciones de trasparencia y legalidad. 8.2.5 Publicación de resultados del examen escrito; el día 05 de julio de 2015, con las respectivas listas de prelación.
9. DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA BECA COMISIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN INSTITUCIONAL DE CONTEXTO. 9.1 Valoración del desempeño e historia profesional del solicitante 9.2 Análisis del protocolo del trabajo a realizar de acuerdo a las líneas del numeral 1, inciso b por un equipo de especialistas de alta calidad profesional. 9.3 El resolutivo será de forma individual a través de la Coordinación Estatal del Servicio Profesional Docente, a partir de la ponderación de los numerales 9.1 y 9.2.
10.
DE LAS FECHAS.
10.1 Fecha de publicación de resultados del examen: 05 de julio de 2015, en las páginas: http://www.seech.gob.mx/, http://educacion.chihuahua.gob.mx y http://www.snteseccion8.org.mx/ 10.2 Fecha de publicación de becarios beneficiados: 11 de julio de 2015, en los principales diarios de mayor circulación en: Chihuahua, Juárez y Parral. 10.3 Fecha para presentar inconformidades: 13 y 14 de julio de 2015. 10.4 Fecha para dictaminar inconformidades: 16 de julio de 2015. 10.5 Periodo para integrar y cotejar expedientes de becarios beneficiados para la dictaminación: del 03 al 07 de agosto de 2015. 10.6 Fecha de entrega de las autorizaciones: 10 de agosto de 2015. 10.7 Es requisito indispensable la firma de la carta compromiso al recibir el oficio de otorgamiento de Beca-Comisión o Beca-Económica en donde se señalan los compromisos normativos del becario. Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Coordinación Estatal del Servicio Profesional Docente a través de la Unidad de Reconocimiento en los términos de la Ley General del Servicio Profesional Docente. Teléfonos de atención: (01-614) 429-33-00 Ext. 15655, (01-614) 429-13-35 Ext. 15655 y al (01614) 416-38-00; o en la Unidad de Reconocimiento de la Coordinación Estatal de Servicio Profesional Docente: C. Eulalio Gutiérrez 201 Col. Unidad Presidentes, primer piso. Chihuahua, Chih., junio de 2015.
Dr. Marcelo González Tachiquín SECRETARIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Mtro. Alejandro Villarreal Aldaz SECRETARIO GENERAL DE LA SECCIÓN 8 DEL SNTE