PUEBLOS INDÍGENAS AUTÓNOMOS DE MADRE DE DIOS (PIAVCI) Los Pueblos Indígenas Autónomos (PIA), que a la fecha han logrado mantenerse soberanos y autárquicos, son llamados por la normativa nacional e internacional “Pueblos en Aislamiento Voluntario o Contacto Inicial” (PIAVCI). Estos pueblos se encuentran refugiados en las zonas de bosques húmedos subtropicales de la Amazonía, al haber huido de las correrías de los caucheros del siglo XIX. Se trata de unos 17 pueblos nómadas con conocimientos ancestrales que les permiten una alta adaptación a su hábitat de donde obtienen todas las fuentes necesarias para su reproducción material y cultural.
COMUNIDAD NATIVA TRES ISLAS La Comunidad Nativa Tres Islas, conformada por los pueblos indígenas Shipibo y Ese‘Eja, se ubica en el distrito y provincia de Tambopata, región Madre de Dios. La comunidad sufre la intrusión no autorizada de mineros y taladores, debido a las concesiones mineras inconsultas otorgadas por el Gobierno Regional de Madre de Dios (GOREMAD). En el año 2012, la comunidad obtuvo una sentencia favorable del Tribunal Constitucional (TC) (Exp. N° 1126-2011-PHC) que ampara sus derechos de propiedad territorial y autonomía, y garantiza que ningún tercero ingrese a su territorio sin su consentimiento.
Su situación es de alta vulnerabilidad ante el posible contagio, por terceros, de enfermedades frente a las cuales no son inmunes. Dado que el Estado ha otorgado concesiones madereras, petroleras, mineras y otras dentro del territorio ancestral de los PIA, su vida se encuentra en permanente riesgo. La Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD) ha solicitado medidas cautelares y presentado una petición ante la CIDH para proteger a los PIA de Madre de Dios, denominados Mascho Piro, Yora y Amahuaca. La CIDH otorgó las medidas cautelares en el año 2007. No obstante, el Estado no ha anulado las concesiones otorgadas dentro del territorio de PIA, no ha instalado ningún puesto de control, ni ha tomado medidas efectivas a la fecha, por lo que FENAMAD continúa con la defensa de dichos pueblos. Si el Estado no acata el mandato de la CIDH, el caso pasa a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CORTE IDH): a) Las medidas cautelares pasan a ser medidas provisionales; b) la petición se convierte en una sentencia. Ambos mecanismos son de obligatorio cumplimiento por el Estado peruano y otros estados que tengan PIA. ACCIONES DE SOLIDARIDAD Escriba a la Procuraduría Pública Especializada Supranacional para para que cumpla con las medidas cautelares y responda sobre el fondo de la petición. Correo: lhuerta@minjus.gob.pe
RECURSO DE APELACIÓN PER SALTUM ANTE EL TC Debido a las trabas en la ejecución de dicha sentencia, la comunidad presentó un recurso de apelación per saltum, a fin de que el TC ordene su ejecución total. La demora en la ejecución ha ocasionado la desprotección del territorio frente a terceros, generando altos niveles de mercurio en la comunidad por la actividad minera. Por ello, ahora está en juego la vida e integridad del pueblo como tal y de sus miembros, en especial de mujeres en edad fértil y de niños. Además, gran parte de su territorio se encuentra devastado y contaminado.
RESISTENCIA Y LITIGIO EN VÍAS NACIONALES E INTERNACIONALES Frente a esta nueva ola de invasión y violencia contra los pueblos indígenas, los mismos se organizan y utilizan antiguas y nuevas formas de resistencia, apelando a su larga historia de lucha anticolonial. Como parte de la defensa, los pueblos vienen utilizando el litigio estratégico en vías nacionales e internacionales, dado que hay un importante corpus de derechos indígenas reconocidos. Así, dirigentes indígenas han participado en audiencias temáticas y reuniones de trabajo ante la CIDH. Gracias al litigio internacional, la CIDH ha otorgado la Medida Cautelar en el caso Conga, lo que genera vigilancia internacional. En las vías internacionales, los pueblos también pueden utilizar los mecanismos de control de la Organización Internacional del Trabajo y los del sistema universal de derechos humanos.
SOLIDARIDAD INTERNACIONAL Los pueblos apelan a la conciencia y solidaridad internacional, para contar con el respaldo de quienes vienen investigando y desarrollando propuestas alternativas de desarrollo compatibles con los derechos humanos y la sostenibilidad del planeta. En especial, requieren apoyo para poder realizar y sostener acciones de resistencia directa, formación de líderes, campañas de difusión, incidencia, litigio estratégico nacional e internacional, fortalecimiento de alianzas y para adoptar medidas de seguridad.
EQUIPO MIEMBROS IIDS
EQUIPO DE TRABAJO (PERÚ)
Miembros Internacionales Berraondo, Mikel (España) Binder, Alberto (Argentina) Clavero, Bartolomé (España) Gaviria, Carlos (Colombia) † Gómez Rivera, María Magdalena (México) Kuppé, René (Austria) Núñez, Cayetano (España) Santos, Boaventura de Sousa (Portugal) Sieder, Rachel (Inglaterra) Stavenhagen, Rodolfo (México) Sánchez, Esther (Colombia) Vallés Port, María Dolors (España) Wolkmer, Antonio Carlos (Brasil)
Equipo de Dirección Yrigoyen Fajardo, Soraya (Presidenta) Yrigoyen Fajardo, Raquel (Vicepresidenta) Villa Vílchez, Zulma (Encargada de Litigio Internacional)
Miembros nacionales (Perú) Yrigoyen Fajardo, Soraya (Presidenta) Yrigoyen Fajardo, Raquel (Vicepresidenta) Villa Vílchez, Zulma (Tesorera)
Responsable de Administración Guillermo Ybárcena, Araceli
INSTITUTO INTERNACIONAL DE DERECHO Y SOCIEDAD International Institute on Law and Society
LITIGIO ESTRATÉGICO EN DERECHOS DE PUEBLOS INDÍGENAS -CASOS PARADIGMÁTICOS-
Litigio Estratégico Sevilla, Catherine (Abogada) Trujillo, Rocío (Abogada) Beltrán, Grace (Abogada) Trinidad, Carlos (Asesor) Sedano, Álvaro (Asistente) Rojas, Mauro (Asistente) Salvador, Gabriela (Asistente) Coveñas, Juan (Practicante) Investigación-Formación Jara, Briggitte (Investigadora) Elguera, Carlos (Investigador) Torres, María (Investigadora) Comunicación y Difusión Flores, Daniel (Consultor) López, Isabel Pasante Britton, Aaron
Este recurso lleva más de 2 años en el TC sin obtener respuesta. PETICIÓN DE RECONOCIMIENTO INTEGRAL DE SU TERRITORIO La comunidad ha solicitado al GOREMAD que reconozca en propiedad, y no en “cesión en uso” como actualmente figura en su título, los bosques ubicados dentro de su territorio. Ante la falta de respuesta, la comunidad ha decidido iniciar un proceso de amparo para solicitar la titulación integral de su territorio. Además, ha solicitado la nulidad de las concesiones mineras otorgadas de forma inconsulta a terceros, respetando su autonomía y territorio. ACCIONES DE SOLIDARIDAD Escriba al GOREMAD para que reconozca el territorio integral de la comunidad. Correo: presidencia@regionmadrededios.gob.pe Escriba al TC para que resuelva la apelación per saltum. Correo: Urviola@tc.gob.pe
IIDS/IILS www.derechoysociedad.org correo: iids@derechoysociedad.org Jirón Nazca 458 Of. 101, Jesús María, Lima 11 Perú Tel. (51-1) 330 9139
PRESENTACIÓN
PUEBLOS ORIGINARIOS EN CASO CONGA
El Instituto Internacional de Derecho y Sociedad-IIDS/ International Institute on Law and Society-IILS es una asociación civil sin fines de lucro que se constituyó formalmente en el Perú en el año 2002, con participación de académicas y académicos del Perú y del extranjero. Tiene como fines impulsar reflexiones, acciones formativas, de investigaciónacción y defensa en temas relacionados a Estado, derecho y sociedad; pluralismo jurídico, derechos de pueblos indígenas, acceso a la justicia; y transformaciones sociales y jurídicas en la región, entre otros. En las provincias de Celendín, Hualgayoc-Bambamarca y Cajamarca de la región de Cajamarca, se ubican las comunidades campesinas y rondas campesinas descendientes de los pueblos indígenas u originarios Caxamarcas, Chachapoyas, Coremarcas y otros, que preexisten a la fundación del Estado. Dichos pueblos son afectados por el megaproyecto minero Conga, el cual consiste en la extracción de cobre y oro por parte de la empresa Minera Yanacocha S.R.L. Este megaproyecto contempla la destrucción de todo el sistema hídrico de la zona. El Estado otorgó la concesión del megaproyecto Conga sin consulta ni consentimiento previo, libre e informado de los pueblos originarios de la zona; ello, pese a que tendría un impacto significativo en sus condiciones de vida y subsistencia física, cultural y espiritual.
LITIGIO ESTRATÉGICO EN DERECHOS INDÍGENAS El IIDS/IILS defiende algunos casos paradigmáticos con el objetivo de generar jurisprudencia y cambios institucionales que contribuyan con la transformación de las situaciones estructurales que generan las violaciones de derechos de los pueblos indígenas. La metodología de litigio estratégico del IIDS se articula alrededor de cinco objetivos intermedios que buscan: 1. El fortalecimiento del sujeto de derechos. 2. La construcción de una estrategia jurídica con base en los más altos estándares del derecho internacional. 3. El establecimiento de alianzas institucionales y de incidencia política. 4. La formación y difusión de derechos. 5. El establecimiento de planes de contingencia frente a riesgos. Este folleto presenta algunos casos que el IIDS/IILS viene asesorando. PROCESOS INNOVADORES DE FORMACIÓN El IIDS/IILS desarrolla escuelas de líderes, diplomaturas mixtas y otros programas formativos en derechos de pueblos indígenas y afrodescendientes. Los ejes temáticos de las Diplomaturas son: 1. Pluralismo jurídico y derechos indígenas (2011) 2. Pueblos indígenas, desarrollo, participación y consulta previa (2012) 3. Litigio estratégico en derechos indígenas (2013) 4. Políticas públicas y derechos de pueblos indígenas y afrodescendientes (2014) La próxima diplomatura (2015) tendrá como tema “Pueblos indígenas, desarrollo, participación y consulta previa”. Mayor información: diplomatura@derechoysociedad.org
MEDIDAS CAUTELARES DE LA CIDH La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mediante Resolución N° 9/2014 (5/05/14) otorgó medidas cautelares (MC 452-11) a favor de 46 líderes y lideresas de comunidades y rondas campesinas, la familia Chaupe, el comunicador César Estrada y el rondero Luis Mayta, al haber valorado que su vida e integridad se encuentran en riesgo grave, urgente e irreparable por su oposición al megaproyecto Conga. Después de más de un año de otorgada la Medida Cautelar por la CIDH, el Estado no ha adoptado ninguna medida efectiva
PERSECUCIÓN DE GREGORIO SANTOS Uno de los líderes emblemáticos en el caso del megaproyecto minero Conga es Gregorio Santos Guerrero, comunero y rondero, quien fue elegido como Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca, habiendo sido re-elegido. Como tal, en respuesta a las demandas de las comunidades y rondas campesinas, promulgó la ordenanza 036 que declara la intangibilidad de las fuentes de agua en la región y la inviabilidad del megaproyecto minero Conga, por violar derechos ambientales y humanos. A raíz de ello, ha sido perseguido con más de 90 procesos penales por diversos motivos. Actualmente, se encuentra con medida de prisión preventiva en una cárcel de máxima seguridad en Lima, no obstante no cumplir los requisitos para ello. Dado que nunca ha tratado de huir ni obstruir el proceso, y tiene trabajo y domicilio conocido, debería ser investigado en libertad. Con fecha 14 de mayo 2015, la CIDH le ha otorgado la Medida Cautelar Nº 53014 para proteger su vida e integridad y garantizar que sus condiciones de detención se den conforme a los estándares internacionales. Está pendiente una nueva clasificación penitenciaria por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y que el 6to Juzgado de Lima ampare el Habeas Corpus presentado para que sea puesto en libertad y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) le otorgue su credencial de Presidente Regional electo.
ACCIONES DE SOLIDARIDAD Escriba a la Procuraduría Pública Especializada Supranacional para que cumpla con las medidas cautelares y proteja la vida e integridad de los beneficiarios. Correo: lhuerta@minjus.gob.pe
El pueblo indígena Kañaris, ubicado en el distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, región Lambayeque, fue reconocido durante la era colonial como “pueblo de indios”. En 1956 fue reconocido como “comunidad de indígenas”, y con la reforma agraria, el Estado decidió denominarlo “comunidad campesina San Juan de Kañaris“. Este pueblo ocupa ancestralmente su territorio, y mantiene sus instituciones propias. EL MEGAPROYECTO CAÑARIACO El Estado ha otorgado en concesión, aproximadamente, el 90% del territorio ancestral del pueblo Kañaris. La empresa Candente Copper Corp. es titular de la mayoría de concesiones para la extracción de cobre a tajo abierto. Este megaproyecto afectará las principales fuentes de agua y los bosques del pueblo Kañaris, destruyendo su hábitat, y afectando su subsistencia como pueblo indígena. El Estado peruano no ha consultado ni obtenido el consentimiento previo, libre e informado del pueblo Kañaris antes de otorgar las concesiones sobre su territorio ancestral, alegando que se trata de una “comunidad campesina” y no de un “pueblo indígena”. RESISTENCIA DEL PUEBLO KAÑARIS
El pueblo Kañaris se resiste a la imposición violenta, por parte del Estado, de este megaproyecto minero. Las fuerzas del orden han reprimido, lesionado y perseguido penalmente a sus líderes. A la fecha, el Estado ha instalado un puesto policial permanente dentro del territorio del pueblo Kañaris, por lo que sus miembros están en una situación de “secuestro institucional”.
TITULACIÓN INTEGRAL DEL TERRITORIO A pesar de haber sido reconocido por el Estado como comunidad campesina, el pueblo Kañaris carece de título de propiedad de su territorio ancestral. Por lo que, solicitará su titulación integral ante el Gobierno Regional de Lambayeque.
de protección en concertación con los/as beneficiarios/as. PETICIÓN ANTE LA CIDH Los pueblos originarios afectados por el megaproyecto, denunciaron al Estado por imponer un megaproyecto extractivo en sus territorios, que tendría un impacto significativo en sus condiciones de vida y subsistencia. La CIDH ha requerido al Estado que responda sobre el fondo de la petición el 5 de septiembre de 2014.
PUEBLO INDÍGENA KAÑARIS
ACCIONES DE SOLIDARIDAD Escriba al Ministro de Justicia y Derechos Humanos y al presidente del INPE para que ordenen una nueva clasificación de Gregorio Santos. Correos: gadrianzen@minjus.gob.pe/ jmagan@inpe.gob.pe Escriba a la Jueza del Sexto Juzgado Penal de Lima. Dirección: Av. Arenales cuadra 26- Esquina con Dos de Mayo, San Isidro.
SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES ANTE LA CIDH El pueblo indígena Kañaris ha presentado una solicitud de medidas cautelares (MC-160-13) ante la CIDH para garantizar su vide e integridad y la de sus miembros, por encontrarse en situación de riesgo grave. ACCIONES DE SOLIDARIDAD Escriba al Gobierno Regional de Lambayeque para que titule territorio de la comunidad. Correo: presidencia@regionlambayeque.gob.pe
PUEBLO ACHUAR El Pueblo Achuar del Pastaza se ubica en la Región de Loreto, al noroeste del Perú, en el límite con el Ecuador. Su territorio integral tiene una extensión 760,000 hectáreas, y abarca tres cuencas y 44 comunidades. En abril último, el Pueblo Achuar del Pastaza presentó una acción constitucional de amparo ante el Juzgado Civil de Iquitos, demandando a distintas entidades del Estado Peruano (como el Gobierno Regional de Loreto, el Ministerio de Cultura y Perupetro), con el objeto de que: (i) se reconozca su personalidad jurídica como pueblo indígena u originario, (ii) se titule su territorio integral, incluyendo la titulación de los recursos naturales, y (iii) se declare la nulidad de los lotes petroleros y demás concesiones ubicadas dentro de su territorio. El Pueblo Achuar presentó la referida acción constitucional, debido a que el Estado peruano: -Declaró improcedente la solicitud de reconocimiento de la personalidad jurídica y de titulación del territorio integral del Pueblo Achuar del Pastaza; y, -No declaró la nulidad de los lotes petroleros ubicados dentro del territorio del Pueblo Achuar. Todos los lotes y concesiones petroleras, que afectan el 60% del territorio del Pueblo Achuar del Pastaza, nunca fueron consultadas, ni obtuvieron el consentimiento previo, libre e informado del Pueblo Achuar. De la misma manera, ante el inminente riesgo en la afectación de los derechos a la vida e integridad de los miembros del Pueblo Achuar, el Ministerio de Cultura -ente rector en la protección de los derechos de los pueblos indígenas en el Perú- no adoptó ninguna salvaguarda o algún acto de protección o tutela, a pesar de haber sido notificado de ello reiteradas veces.
ACCIONES DE SOLIDARIDAD Escriba al Presidente del Juzgado Civil de Iquitos para que reconozca la personalidad jurídica del pueblo Achuar y su territorio integral. Dirección: Av. Grau Nº 720 - Plaza 28 de Julio, Iquitos, Maynas, Loreto.