7 minute read

La transparencia y sus fundamentos legales

M.A. y L.C.C. José Jesús Rodríguez Ambriz Vicepresidente Sector Externo jesusroaj@hotmail.com

La transparencia contable significa ofrecer una visión clara, concisa y equilibrada de la situación financiera de tu empresa a los accionistas. La importancia de la transparencia contable creció después de varios escándalos corporativos y contables importantes y regulaciones gubernamentales aumentadas que requirieron que las empresas cumplan con las normas de información específicas.

La contabilidad es un proceso de negocios para mantener registros de finanzas. Las empresas utilizan la contabilidad para dos propósitos básicos: informar los resultados financieros a los accionistas y otros grupos de interés y para su uso en la toma de decisiones gerenciales. La transparencia contable relacionada con el proceso de información financiera de la contabilidad en las empresas reporta sus estados financieros al público. Esto incluye la distribución de los informes financieros comunes, tales como estados de resultados, balances, estados de flujo de caja y estados de ganancias acumuladas.

La transparencia extiende expectativas para la información financiera precisa más allá de la honestidad básica. La contabilidad transparente es importante porque “una imagen completa y comprensible de la situación financiera de una empresa reduce la incertidumbre en los mercados”, esencialmente, las empresas son transparentes cuando denuncian algo que podría afectar las finanzas, incluidos los riesgos empresariales y de inversión.

En México, el derecho a la información está consagrado en el artículo 6º de nuestra Carta Magna, para cuya interpretación prevalece el principio de máxima publicidad. El 11 de junio de 2002 se promulgó la primera Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que dio origen al Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI).

Mediante reformas posteriores, se incorporaron las obligaciones de los estados y municipios a garantizar el derecho y acceso a la información pública; las bases para articular el Sistema Nacional de Transparencia; la autonomía constitucional al órgano garante federal y a los estatales.

El 4 de mayo de 2015, se publicó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, orientada a homologar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en todo el país, por lo que tanto la Federación como las entidades federativas debieron promulgar nuevos ordenamientos sobre dicha materia, con énfasis en el fomento a una cultura de la transparencia y de la rendición de cuentas. Asimismo, se estableció la Plataforma Nacional de Transparencia, herramienta electrónica que concentrará armónicamente los subsistemas de solicitudes de acceso, obligaciones de transparencia y los medios de impugnación, articulando a los distintos sujetos obligados y organismos garantes. El SNT quedó conformado por las siguientes instituciones: • El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) • Los 32 Organismos Garantes de las Entidades Federativas • La Auditoría Superior de la Federación (ASF) • El Archivo General de la Nación (AGN) • El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) En materia de sanciones se establecen las siguientes: a. falta de respuesta a las solicitudes de información; b. actuar con negligencia, dolo o mala fe durante la sustanciación de las solicitudes; c. incumplir los plazos de atención; d. usar, sustraer, divulgar, ocultar, alterar o inutilizar la información que se encuentre bajo custodia de los sujetos obligados.

Derecho de acceso a la información • Derecho a atraerse información; • Facultades de: acceso a los archivos, registros y documentos públicos; • Decisión de qué medio se lee, escucha o contempla; • Derecho a informar; • Incluye libertades de expresión y de imprenta; • Constitución de sociedades y empresas informativas • Derecho a ser informado; • Obligación del Estado a la publicidad de sus actos, decisiones, leyes, etc. • Facultades de recibir información objetiva, oportuna y veraz, la cual debe ser completa y con carácter de universal.

Objetivo general de transparencia 1. Distribuir competencias entre los organismos garantes de la Federación y los estados, en materia de transparencia y acceso a la información; 2. Establecer las bases mínimas que regirán los procedimientos para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información; 3. Establecer procedimientos y condiciones homogéneas en el ejercicio del derecho de acceso a la información, mediante procedimientos sencillos y expeditos; 4. Regular los medios de impugnación y procedimientos

para la interposición de acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales por parte de los Organismos garantes; 5. Establecer las bases y la información de interés público que se debe difundir proactivamente; 6. Regular la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como establecer las bases de coordinación entre sus integrantes; 7. Promover, fomentar y difundir la cultura de la transparencia en el ejercicio de la función pública, el acceso a la información, la participación ciudadana, así como la rendición de cuentas, a través del establecimiento de políticas públicas y mecanismos que garanticen la publicidad de información oportuna, verificable, comprensible, actualizada y completa, que se difunda en los formatos más adecuados y accesibles para todo el público y atendiendo en todo momento las condiciones sociales, económicas y culturales de cada región; 8. Propiciar la participación ciudadana en la toma de decisiones públicas a fin de contribuir a la consolidación de la democracia, y 9. Establecer los mecanismos para garantizar el cumplimiento y la efectiva aplicación de las medidas de apremio y las sanciones que correspondan. La Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de diciembre de 2008, y tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización.

Actualmente, la LGCG está integrada por seis Títulos, destacando el Título Quinto denominado “De la Transparencia y Difusión de la Información Financiera”, el cual fue adicionado con la reforma del 12 de noviembre de 2012, y que regula aspectos tales como la transparencia de todas las etapas del ejercicio presupuestario, desde el diseño y aprobación de las iniciativas y proyectos de leyes de ingresos y presupuestos de egresos, pasando por el ejercicio de los recursos, y concluyendo en las etapas que comprenden la rendición de cuentas y la evaluación de la gestión gubernamental.

Marco Legal

Ley General de Responsabilidades Administrativas

Título Segundo: Mecanismos de prevención e instrumentos de rendición de cuentas

Capítulo II: De la integridad de las personas morales.

Título Tercero: De las faltas administrativas de los servidores públicos y actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves.

Capítulo I: De las faltas administrativas no graves de los

Servidores Públicos.

Capítulo II: De las faltas administrativas graves de los

Servidores Públicos.

Capítulo III: De los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves.

Título Cuarto: Sanciones

Capítulo I: Sanciones por faltas administrativas no graves.

Capítulo II: Sanciones para los Servidores Públicos por faltas graves.

Capítulo III: Sanciones por faltas de particulares.

Capítulo IV: Disposiciones comunes para la imposición de sanciones por faltas administrativas graves y faltas de particulares.

Código Penal Federal

Título Décimo: Delitos por hechos de corrupción Artículos: 212 a 224 En conclusión, la transparencia en México es un tema que el gobierno está interesado ya que es un costo que el ciudadano paga y tiene un costo político, económico, social. En la actualidad se cuenta con las leyes robustas para que el tema sea claro ante la sociedad.

Foro Anticorrupción

La Integridad Profesional contra la Corrupción

HORARIO

8:30 - 9:00

9:00 - 9:20

9:20 - 10:10

10:10 - 11:00

11:00 - 11:20

11:20 - 12:10

12:10 - 13:00

13:00 - 13:50

23 DE SEPTIEMBRE 2020

ACTIVIDAD / TEMA RESPONSABLE

Bienvenida Protocolo de Inauguración Conferencia Magistral

“La importancia del combate a la corrupción en las APNFD” REGISTRO

Conferencia Magistral "Resultados de la Evaluación Nacional de Riesgos y la Contaduría Pública"

L.C.C. Mirna Reina Meillon Álvarez Presidenta del Consejo Directivo

Dra. Wendy Lora Pérez Presidenta GAFILAT

Dra. Marla Dariela Rivera Directora General Adjunta de Análisis de Actividades Vulnerables de la U.I.F.

RECESO

Conferencia Magistral “EBR y otras Nuevas Obligaciones para AV”

Dr. Ramón García Gibson Administrador Central de Actividades Vulnerables del Servicio de Administración Tributaria (SAT) POR CONFIRMAR

Conferencia Magistral "Importancia de los Órganos Jurisdiccionales en el Combate a la Corrupción y el Lavado de Dinero"

Mtra. Miriam Lisbeth Muñoz Mejía Magistrada de la Sala Ordinaria Esp. en Responsabilidades Administrativas y Derecho a la Buena Administración del TSJA de la CDMX

Conferencia Magistral "La Integridad Profesional en el Combate a la Defraudiación Fiscal"

Dr. Carlos Romero Aranda Procurador Fiscal de la Federación

13:50 - 14:10

Clausura del 5o. Foro Anticorrupción

"La Integridad Profesional Vs. la Corrupción”

L.C.C. Mirna Reina Meillon Álvarez Presidenta del Consejo Directivo

COSTO ÚNICO: $800 IVA incluido

This article is from: