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PLD Y ANTICORRUPCIÓN
EXCELENCIA PROFESIONAL
La transparencia y sus fundamentos legales M.A. y L.C.C. José Jesús Rodríguez Ambriz Vicepresidente Sector Externo jesusroaj@hotmail.com
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a transparencia contable significa ofrecer una visión clara, concisa y equilibrada de la situación financiera de tu empresa a los accionistas. La importancia de la transparencia contable creció después de varios escándalos corporativos y contables importantes y regulaciones gubernamentales aumentadas que requirieron que las empresas cumplan con las normas de información específicas. La contabilidad es un proceso de negocios para mantener registros de finanzas. Las empresas utilizan la contabilidad para dos propósitos básicos: informar los resultados financieros a los accionistas y otros grupos de interés y para su uso en la toma de decisiones gerenciales. La transparencia contable relacionada con el proceso de información financiera de la contabilidad en las empresas reporta sus estados financieros al público. Esto incluye la distribución de los informes financieros comunes, tales como estados de resultados, balances, estados de flujo de caja y estados de ganancias acumuladas. La transparencia extiende expectativas para la información financiera precisa más allá de la honestidad básica. La contabilidad transparente es importante porque “una imagen completa y comprensible de la situación financiera de una empresa reduce la incertidumbre en los mercados”, esencialmente, las empresas son transparentes cuando denuncian algo que podría afectar las finanzas, incluidos los riesgos empresariales y de inversión. En México, el derecho a la información está consagrado en el artículo 6º de nuestra Carta Magna, para cuya interpretación prevalece el principio de máxima publicidad. El 11 de junio de 2002 se promulgó la primera Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que dio origen al Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI). Mediante reformas posteriores, se incorporaron las obligaciones de los estados y municipios a garantizar el derecho y acceso a la información pública; las bases para articular el Sistema Nacional de Transparencia; la autonomía constitucional al órgano garante federal y a los estatales. El 4 de mayo de 2015, se publicó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, orientada a homologar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en todo el país, por lo que tanto la Federación como las entidades federativas debieron promulgar nuevos ordenamientos sobre dicha materia, con énfasis en el fomento a una cultura de la transparencia y de la rendición de cuentas. Asimismo, se estableció la Plataforma
Nacional de Transparencia, herramienta electrónica que concentrará armónicamente los subsistemas de solicitudes de acceso, obligaciones de transparencia y los medios de impugnación, articulando a los distintos sujetos obligados y organismos garantes. El SNT quedó conformado por las siguientes instituciones: • El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) • Los 32 Organismos Garantes de las Entidades Federativas • La Auditoría Superior de la Federación (ASF) • El Archivo General de la Nación (AGN) • El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) En materia de sanciones se establecen las siguientes: a. falta de respuesta a las solicitudes de información; b. actuar con negligencia, dolo o mala fe durante la sustanciación de las solicitudes; c. incumplir los plazos de atención; d. usar, sustraer, divulgar, ocultar, alterar o inutilizar la información que se encuentre bajo custodia de los sujetos obligados.
Derecho de acceso a la información • •
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Derecho a atraerse información; Facultades de: acceso a los archivos, registros y documentos públicos; Decisión de qué medio se lee, escucha o contempla; Derecho a informar; Incluye libertades de expresión y de imprenta; Constitución de sociedades y empresas informativas Derecho a ser informado; Obligación del Estado a la publicidad de sus actos, decisiones, leyes, etc. Facultades de recibir información objetiva, oportuna y veraz, la cual debe ser completa y con carácter de universal.
Objetivo general de transparencia
1. Distribuir competencias entre los organismos garantes de la Federación y los estados, en materia de transparencia y acceso a la información; 2. Establecer las bases mínimas que regirán los procedimientos para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información; 3. Establecer procedimientos y condiciones homogéneas en el ejercicio del derecho de acceso a la información, mediante procedimientos sencillos y expeditos; 4. Regular los medios de impugnación y procedimientos