Mtra. Ileana Hidalgo Rioja
Participación Ciudadana CONCEPTO Es un derecho consagrado en la Ley de Participación
ciudadana Derecho de los ciudadanos y habitantes del Distrito
Federal a intervenir y participar, individual o colectivamente en las decisiones públicas, en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, programas y actas de gobierno.
Instrumentos para ejercer la Participación Ciudadana Organizaciones Ciudadanas Consulta ciudadana
Organizaciones Ciudadanas ď‚—CONCEPTO:
Personas morales que sin fines de lucro tienen sus actividad social en el Distrito Federal y se encuentran registradas en el IEDF.
Requisitos para el registro Que su ámbito de actuación esté vinculado a los intereses
de una de las colonias del Distrito Federal Que tengan reconocido en sus estatutos, al menos, alguno de los siguientes objetivos: Estimular la participación ciudadana en la vida pública Gestionar, representar y defender los intereses de sus
miembros y de la ciudadanía en general Promover el desarrollo de actuaciones de carácter cívico o social dirigidas a mejorar la calidad de vida de la ciudadanía Fortalecer la cultura ciudadana
Artículo 77 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal
Derechos de las O.C. Obtener su registro como organización ciudadana Participar activamente en los instrumentos de
participación ciudadana Participar como tal en las reuniones de las asambleas ciudadanas, a través de un representante con voz y con voto Formar parte de los consejos ciudadanos delegacionales Recibir capacitación por parte del IEDF Participar, a invitación y en coordinación con el IEDF, en los programas de educación, capacitación, asesoría y evaluación
Consulta ciudadana Es el instrumento por el cual se somete
a consideración de la ciudadanía, por medio de preguntas directas, foros o algún otro instrumento de consulta, cualquier tema que tenga impacto trascendental en los distintos ámbitos temáticos y territoriales en el Distrito Federal.
CONVOCATORIA AUTORIDADES CONVOCANTES: Jefatura de Gobierno Jefaturas delegacionales Asamblea Legislativa del Distrito Federal Asambleas ciudadanas
Comités Ciudadanos Autoridad Tradicional en coordinación con el
consejo del pueblo Consejos ciudadanos delegacionales
A quienes se puede dirigir la Consulta Ciudadana?????
Habitantes del Distrito Federal Habitantes de una o varias demarcaciones territoriales Habitantes de una o varias colonias Habitantes organizados por su actividad económica, profesional, u otra razón, por ejemplo: el sector sindical, cooperativista, ejidal, comunal, agrario, agrícola, productivo, industrial, comercial, prestación de servicios, etc. Asambleas ciudadanas, comités de una o varias colonias o demarcaciones territoriales Consejos ciudadanos delegacionales
Resultados de la Consulta ď‚—ServirĂĄn como elementos de
juicio para el ejercicio de las funciones de la autoridad convocante.
Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo ¿Qué es?
¿En qué se puede gastar?
CONCEPTO “Es
aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la forma en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito Federal”.
Los recursos del presupuesto
participativo corresponden a 3% del presupuesto anual de cada delegación dividido entre el número de colonias y pueblos que la integran.
Presupuesto Participativo
En que se puede gastar???? ď‚— Los rubros generales a los que se destina la aplicaciĂłn
de los recursos son los siguientes:
En que se puede gastar???? Serán ejercidos en los capítulos 2000, 3000, 4000, 5000, y
6000 conforme a lo dispuesto en el Clasificador por Objeto del Gasto vigente. … En el capítulo 5000, en su concepto 5300 incluye lo referente a VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE. Las asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase
de transporte: terrestre, ferroviario, aéreo, marítimo, lacustre, fluvial y auxiliar de transporte, deberán ser necesarios para las operaciones de la Administración Pública Federal.
Elaboración de Proyectos Individuales.- Uno para cada colonia Grupales.- Se pueden juntar el presupuesto de varias colonias para recibir un beneficio colectivo,
por regiones, franjas, limites perimetrales entre colonia, etc. Siempre y cuando sean de la misma delegación territorial. NOTA: Los proyectos específicos deben ser viables técnica, jurídica y legalmente, de acuerdo con los rubros establecidos en la ley.
AUTORIDAD COMPETENTE
Autoridad facultada para: • Emitir la convocatoria • Organizar, desarrollar y vigilar el proceso de Consulta • Computar el resultado de las consultas. De acuerdo con la Ley de Participación Ciudadana, el instituto electoral convocara el 2º domingo de noviembre de cada año.
Autoridades en materia de Presupuesto Participativo
Movilidad ď‚— Es el derecho de toda persona y de la colectividad a
disponer de un sistema integral de movilidad de calidad y aceptable, suficiente y accesible que, en condiciones de igualdad y sostenibilidad, permita el efectivo desplazamiento de todas las personas en un territorio para la satisfacciĂłn de sus necesidades y pleno desarrollo.
Transporte Se trata de desarrollar un sistema de transporte digno
para las personas que lo utilicen y lo operen Existen propuestas para que la Ley de Movilidad para la Ciudad de México, publicada en julio de 2014 que considera al peatón como sujeto central en el derecho a la movilidad, sea tomada como referente para la integración de la Ley General de Movilidad que proponen las organizaciones civiles y el Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo ( ITDP).
C贸mo impacta el Presupuesto Participativo en el ejercicio del derecho a la movilidad
Conclusiones La participación ciudadana, el presupuesto participativo y
el derecho a la movilidad pueden ir de la mano… con la organización de los ciudadanos se pueden lograr grandes beneficios para la sociedad que permitan una mejor movilidad. Ejemplos: La construcción de caminos, puentes, vialidades, ciclopistas, etc. La adquisición de cualquier tipo de transporte público digno que benefie a la ciudadania del Distrito Federal.