ANDRÉS
PASTRANA
ARANGO
Bogotá O.C., 3 de junio de 2016
Honorable Magistrado JORGE IVÁN PALACIO PALACIO Magistrado Sustanciador CORTE CONSTITUCIONAL Ciudad.
REFERENCIA:
Auto de 21 de abril de 2016. Exped iente 0-11329. Resolución 339 de 2012 - Por la cual se autoriza la instalación y desarrollo de una mesa de diálogo, se designan delegados del Gobierno Nacional y se dictan otras disposiciones. Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, entre el Gobierno Nacional y la guerrilla de las FARC en la Habana (Cuba), el 26 de agosto de 2012 Magistrado Sustanciador: Jorge Iván Palacio Palacio.
ASUNTO:
Opinión sobre la solicitud de declaratoria de la constitucionalidad condicionada de la expresión "acuerdo", contenida en el acuerdo general para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.
Respetado doctor Palacio,
Por medio del presente escrito me permito presentar, en atención a la invitación formulada por esta Corporación mediante auto de la referencia, mi opinión sobre la solicitud de declaratoria de la constitucionalidad condicionada de la expresión "acuerdo" contenida en el 'Acuerdo general para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera'.
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