Construccion done done

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Ordenanzas de un proyecto I.U.P Santiago Mariño Andrés Ramirez Jorjes Patiño Andrés Castañeda Francesca Delli-Rocili Keysferson Rivero


Requisitos de factibilidad de servicio 1. Fotocopia legible del documento de propiedad registrado (Compra-Venta, titulo supletorio, planilla sucesoral, Acta de entrega y/o adjudicación del inmueble por parte del organismo correspondiente). 2. Fotocopia legible de la cedula de identidad. Pasaporte o Rif, según sea el caso, del propietario. 3. Croquis de ubicación del inmueble, con puntos de referencia específicos. 4. Zonificación de uso emitido por el organismo correspondiente. 5. Anteproyecto o proyecto aprobado por Ocepro y Alcaldía correspondiente que incluya:  *Arquitectura y Cálculo de Dotación.  *Acueducto y cloacas (indicar ubicación y capacidad de almacenamiento)  *Instalaciones sanitarias (En caso de edificios). 6. Planos Digitalizados en coordenadas UTM con formato Dwg. 7. Opcional: Foto de la fachada del inmueble. Importante  El punto N° 5 no aplica para viviendas unifamiliares.  Toda solicitud debe ser tramitada personalmente, en caso contrario, emitir comunicación a nombre de Hidrocaribe, indicando la solicitud requerida y persona autorizada para hacerlo.


CRONOGRAMA PARA TRAMITES DE PERMISOLOGIA DE PROYECTOS CASO ZONA URBANA 1. Trámites Preliminares: PASO TRAMITE ORGANISMO RECAUDOS 1.1.- -Solicitar uso y condiciones de desarrollo de la -Ing Municipal -Solvencia de Propiedad Inmobiliaria parcela -Ficha Catastral -Documento de Propiedad Registrado El tiempo de tramitación es de 7 a 15 días hábiles.

1.2.-

1.3.-

-Una vez obtenido el oficio de usos y condiciones de desarrollo emitido por Ing. Municipal se continúa con los siguientes pasos. -Ratificar en MINFRA el oficio de uso y condiciones de desarrollo emitidos por Ing Municipal El tiempo de tramitación es de 7 a 15 días hábiles. -En caso de no ser ratificado por MINFRA, regresar a Ing. Municipal. -Realizar consulta técnica ante Hidrocaribe, esta debe ser solicitada por el profesional proyectista El tiempo de tramitación es de 7 a 15 días hábiles.

-MINFRA

-Variables entregadas en Ing. Municipal -Documento de Propiedad Registrado -Levantamiento topográfico con levantamiento U.M.T. y curvas de Nivel -Llenar planilla de solicitud -Plano de Ubicación -Timbre Fiscal Regional de 0,02 U.T.

-Hidrocaribe

-Solvencia Municipal de Propiedad Inmobiliaria -Ficha Catastral -Documento de Propiedad Registrado -Levantamiento topográfico con levantamiento U.M.T. y curvas de Nivel -Plano de Ubicación -Copia del oficio de usos y condiciones de desarrollo emitido por Ing. Municipal. -Copia del oficio de ratificación por parte de MINFRA de los usos y condiciones de desarrollo, según el caso.


-Memoria descriptiva del proyecto que se estima realizar -Predeterminar según Gaceta Oficial 4044 la dotación probable requerida -Presentar Anteproyecto Pre-Esquemático de la idea propuesta.



2.- Trámites para Aprobación de Anteproyectos: PAS O 2.1.-

TRAMITE -Presentar planos del anteproyecto para su visado ante la oficina coordinadora de ejercicio profesional – O.C.E.P.R.O. –NE

ORGANIS MO -C.I E.N.E

El tiempo de aprobación es de 3 días hábiles.

2.2.-

-Presentar planos de Anteproyecto para su Aprobación.

-Ing. Municipal

El tiempo de aprobación es de 7 a 15 días hábiles.

-De acuerdo al tipo de proyecto verificar si amerita revisión de organismos oficiales – FEDE, MINTUR, SANIDAD, ETC -Una vez obtenida la aprobación del anteproyecto continuar con los siguientes pasos

–Verificar Organismo

RECAUDOS -Tres juegos de planos de arquitectura – plantas, cortes y fachadas – firmados y sellados por arquitecto y propietario incluyendo plano de ubicación -Memoria descriptiva del proyecto indicando área bruta de construcción -Planilla multifirma con firma y sello del arquitecto y propietario -Cancelar Arancel de OCEPRO -Solvencia de Propiedad Inmobiliaria -Ficha Catastral Oficio de Ratificación Entregado por MINFRA -Documento de Propiedad Registrado -Levantamiento topográfico con levantamiento U.M.T y curvas de nivel -Plano de Ubicación -Planos de Arquitectura Visados por OCEPRO -Memoria descriptiva del anteproyecto Visada por OCEPRO -Plano de Topografía original y modificada con coordenadas U.M.T -Copia del Oficio de las Variables Urbanas -Llenar planilla de solicitud del anteproyecto -Timbre fiscal regional de 0,02 U.T -Verificar Recaudos


2.3.-

-Solicitar revisión de accesos viales y derecho de vía de acuerdo a las normas de vialidad El tiempo de tramitación es de 7 a 15 días hábiles. - Una vez obtenida la aprobación de acceso vial y derecho de vía por parte de MINFRA solicitar factibilidades de servicio.

-MINFRA

-Carta de autorización -Variables Urbanas asignadas por Ing Municipal -Copia Título Propiedad Registrado -Memoria Descriptiva del Proyecto -Anteproyecto aprobado por Ing. Municipal -Levantamiento topográfico con coordenadas U.M.T -Copia C.I. Propietario -Planos de arquitectura visados por OCEPRO -Solvencia C.I.V Proyectista -Timbre fiscal regional 0,02 U.T.


3.- Tramites para factibilidad de servicio

3.1.- - Solicitar factibilidad de servicio

- Copia de documento de propiedad registrado Hidrocaribe - Copia C.I Propietario, pasaporte o RIF - Croquis de ubicación - Levantamiento topográfico con coordenadas U.T.M. - Planos de anteproyecto aprobados por ing. Municipal y visados por Ocepro-ne - Memoria descriptiva del anteproyecto visada por Ocepro - Variables urbanas asignadas por ing. El tiempo de tramitación es de 3 Municipal días para revisión + 21 días - Calculo de dotación estimada firmado y hábiles sellado por el profesional responsable -Seneca - Comunicación de solicitud de factibilidad con 3.2.- -Solicitar factibilidad de servicio carga requerida - Uso de la edificación - Para proyectos de urbanismos, indicar número de viviendas - Cronograma de incorporación (Mayor a 1MVA) El tiempo de tramitación es de 7 - Plano o croquis de ubicación días - N° telefónico o fax para comunicación 3.3.- El tiempo de tramitación es de 7 -Manpresa - Plano o croquis de ubicación o Fospuca - Copia o documento de propiedad registrado a 15 días hábiles - Memoria descriptiva del proyecto Obtenidas las factibilidades de servicio iniciar trámites ante el ministerio del ambiente


4.2

4.3

ELABORAR DOCUMENTO DE INTENCION Y PRESENTARLO ANTE EL MINISTERIO DE AMBIENTE PARA SU REVISION DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO 1257, Y REFERIDO A LAS NORMAS SOBRE EVALUACION AMBIENTAL DE ACTIVIDADES SUSCEPTIBLES DE DEGRADAR EL AMBIENTE EN SU ARTICULO 4. EL TIEMPO DE TRAMITACION ES DE 30 DIAS CONTINUOS UNA VEZ APROBADO EL DOCUMENTO DE INTENCION Y SOLICITADO EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALY SOCIO CULTURAL INICIAR LA ELABORACION DEL PROYECTO COMPLETO ELABORAR ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIO CULTURAL(ARTICULO 129 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA) Y PRESENTARLO ANTE EL MINISTERIO DEL AMBIENTE PARA SU REVISION.

- VARIABLES URBANAS ASIGNADAS POR ING. MUNICIPAL - DERECHO DE VIA Y ACCESO VIAL EMITIDO POR MINERA - PLANO DE TOPOGRAFIA ORIGINAL Y MODIFICADA -FACTIBILIDAD DE SERVICIO POR PARTE DE HIDROCARIBE - FACTIBILIDAD DE SERVICIO POR PARTE DE SENECA - FACTIBILIDAD DE RECOLECCION DE DESECHOS SOLIDOS - PLANOS DE ANTEPROYECTO APROBADOS POR ING. MUNICIPAL Y SELLADOS POR OCEPRO - DOCUMENTO DE INTENCION CONTENIDO DEL DOCUMENTO DE INTENCION OBJETIVOS JUSTIFICACION ALCANCE MEMORIA DECRIPTIVA DEL PROYECTO DESCRIPCION DEL MEDIO FISICO NATURAL Y SOCIO CULTURAL POSIBLES IMPACTOS

DEPENDERAN DE LA MAGNITUD Y ALCANCE DE CADA PROYECTO


LUEGO DE SER REVISADO Y APROBADO EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ES OTORGADA LA ACREDITACION TECNICA AMBIENTAL.

CRONOGRAMA BASICO PARA TRAMITES DE PERMISOLOGIA DE PROYECTOS

PASOS 1.-

ETAPA Tramites preliminares

2.-

Tramites de Anteproyectos

-

3.-

Tramites de factibilidades

-

4.-

Tr谩mites ante el ministerio del ambiente

-

5.-

Tramites de proyectos

-

REQUERIMIENTOS Consulta preliminar Usos y condiciones (Variables urbanas) Planos de anteproyecto y recaudos solicitados Planos de anteproyecto y recaudos solicitados Documento de intenci贸n Estudio de impacto ambiental y sociocultural Planos de proyecto y recaudos


PROCEDIMIENTO PARA OBTENER PERMISO DE CONSTRUCCIÓN ARTÍCULO 4°.- Todo el que quiera emprender una cualquiera de las obras a que se refiere el Artículo 1° deberá, antes de dar comienzo a trabajo alguno, obtener de la Ingeniería Municipal el Permiso de Construcción correspondiente, para la cual presentará una solicitud que deberá acompañarse de los documentos especificados en el Capítulo IV de esta Ordenanza. PARÁGRAFO ÚNICO: El Ingeniero Municipal resolverá sobre dicha solicitud dentro de los 15 días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de su presentación. ARTÍCULO 5°.- La solicitud y los documentos a que se refiere el Artículo anterior deberán estar firmados por el propietario, o por su apoderado, y por el profesional legalmente autorizado a cuyo cargo estará la Dirección Técnica de las obras. PARÁGRAFO ÚNICO: Se exceptúan de los requisitos de la Dirección Técnica las llamadas obras menores ó sean las secundarias que no afecten a los elementos importantes de una edificación las cuales por lo demás, quedarán sujetas para su ejecución al permiso correspondiente. ARTÍCULO 6°.- Todo el que quiera emprender una cualquiera de las obras a que se refiere el Artículo 1° deberá cumplir estrictamente con las disposiciones contenidas en las Leyes y Reglamentos de Sanidad Nacional y demás prescripciones sanitarias, a fin de que dichas obras llenen todos los requisitos higiénicos en beneficio de la salubridad pública y privada. ARTÍCULO 7°.- También deben observarse estrictamente, al emprender cualquiera de las obras anotadas en el Artículo 1°, los requisitos esenciales relativos a la comodidad del tránsito urbano, al ornato público y a las demás prescripciones contenidas en esta Ordenanza. PARÁGRAFO ÚNICO: Cuando en los terrenos que van a ser utilizados por las construcciones existan árboles, la Ingeniería Municipal indicará las especies y unidades que deban ser conservadas, sin perjuicio de la Legislación Nacional sobre la materia. ARTÍCULO 8°.- Al iniciarse los trabajos de construcción, reconstrucción, remodelación ó demolición de una edificación al lado de una vía pública, deberá construirse en toda la longitud al frente del predio, una valla provisoria de modo que evite daño, peligro ó incomodidad a los transeúntes y, además impida el escurrimiento de materiales al exterior. La Ingeniería Municipal dictará las instrucciones necesarias, para que, en los casos que se requieran, se construyan corredores ó pasajes que no interrumpan el tránsito de peatones y determinará las clases de materiales a utilizarse.


ARTÍCULO 9°.- Para romper aceras, brocales, calzadas y toda otra obra construida sobre calles, avenidas ó paseos se requieren, la aprobación de los planos respectivos y la cancelación en las Rentas Municipales del costo de reposición cuyo monto será cancelado por la Ingeniería Municipal en base al precio de los materiales y costo de su ejecución. PARÁGRAFO ÚNICO: La cancelación a que se refiere este Artículo será sustituida por la ejecución de los trabajos a cargo de los interesados, cuando se trate de Institutos Autónomos Oficiales, ó empresas privadas de servicios públicos que podrán hacerla por administración directa o por contratación. En estos casos tanto la solicitud como el permiso correspondiente contemplarán los siguientes extremos: a) Garantía por dos años de buena ejecución. b) Determinación del plazo máximo de ejecución. c) Fijación de las etapas en que debe ser ejecutado, a objeto de evitar obstrucciones y molestias a la colectividad. ARTÍCULO 10°.- Si al examinar los documentos a que se refiere el Capítulo III, se encuentre que no están de acuerdo con las disposiciones contenidas en esta Ordenanza, el Ingeniero Municipal negará el permiso, propondrá los cambios ó las modificaciones que crea conveniente hacer a los planos y lo participará al que propone la obra. De todo lo actuado informar al Presidente del concejo municipal del distrito Maneiro. ARTÍCULO 11°.- Si el que propone la obra tuviere objeciones que hacer respecto a los cambios sugeridos, las consignará junto con los planos y elementos de juicio que juzgue convenientes en comunicación dirigida al Ingeniero Municipal, el cual deberá acogerla o rechazarla dentro de los treinta (30) días siguientes. Si fueren acogidas se procederá como en el caso de que los planos no hayan sido objetado. Si fueren rechazados, el interesado podrá apelar por ante el Concejo Municipal, el de la fecha en que fuere introducida la apelación, previo informe de los organismos municipales de Planeamiento Urbano. PARÁGRAFO ÚNICO: El interesado consignará en las Rentas Municipales, antes de su apelación al Concejo Municipal, el (1%) de la parte del correspondiente presupuesto de la obra motivo de la apelación. Este presupuesto deberá estar conformado por el Ingeniero Municipal. En el caso de que la apelación sea resuelta en forma favorable al recurrente, la suma consignada le será devuelta. En caso contrario, el apelante perderá sus derechos sobre la cantidad consignada. ARTÍCULO 12°.- Si en el curso de los trabajos se introdujeron reformas a los planos Permisados, para llevarlas a cabo deberá obtenerse igualmente la autorización respectiva del modo expresado en los Artículos anteriores.


ARTÍCULO 13°.- El Ingeniero Municipal podrá siempre exigir cualquier otro antecedente que estime necesario para el estudio y aprobación de los planos presentados. ARTÍCULO 14°.- Una vez terminada la construcción a que se refiere el permiso concedido, el interesado deberá solicitar, para que la obra pueda ser puesta al Servicio a que se le destina, una cédula de conformidad que le otorgará gratuitamente el Ingeniero Municipal, después de haber comprobado que en la edificación se han observado las especificaciones de los planos y en general todos los requisitos legales Pertinentes. Dichas cédulas o las objeciones a que hubiere lugar, deberán entregarse a los interesados en el curso de los (10) días hábiles siguientes a su participación, siempre que ésta sea hecha después de haberse concluido la obra. DOCUMENTOS EXIGIDOS PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE INGENIERÍA CIVIL ARTÍCULO 15°.- Las solicitudes de permiso para la ejecución de obras de Ingeniería Civil deberán acompañarse de todos los planos y documentos que sean necesarios para la exacta interpretación de todos los detalles de la obra que pretenda ejecutar. PARÁGRAFO PRIMERO: La Ingeniería Municipal exigirá la presentación de los títulos de propiedad debidamente registrados del terreno y constancia de inscripción por parte de la Oficina Municipal de Catastro. PARÁGRAFO SEGUNDO: Junto con los planos y documentos a que se refiere este Artículo, el interesado deberá presentar el certificado de solvencia expedido por la Dirección de Hacienda Municipal y el recibo de cancelación de los impuestos estipulados en el Capítulo IV de esta Ordenanza. PARÁGRAFO TERCERO: La Ingeniería Municipal reglamentará mediante “NORMA ESPECIAL DE PROCEDIMIENTOS” todos los detalles que involucren la tramitación de Anteproyecto, Consultas, estudios preliminares y Permisos de Construcción tanto de edificaciones como de Obras de Urbanismo; en el caso de estas últimas dicha norma será amplia en lo referente a los requisitos necesarios , tanto legales como técnicos, para el Permiso de Ejecución de Obras, Revisión del Proyecto de Obra Ejecutada, Permiso General de Construcción en Parcelas t entrega de la Urbanización a la Municipalidad.


PARÁGRAFO CUARTO: La Ingeniería Municipal dispondrá lo conducente a fin de proporcionar a las personas de escasos recursos económicos proyectos completos de viviendas proyectadas con el criterio de “VIVIENDAS DE CARÁCTER SOCIAL para grupos familiares de bajos ingresos”. Estos planos debidamente firmados por el Ingeniero Municipal ó el profesional colegiado que este designe serán entregados en forma gratuita a fin de que se cumplan los trámites subsiguientes, previa comprobación de la pobreza alegada.


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