I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL 2009 I 2012
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID 2009 I 2012
EDITA Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Noviembre 2009
ELABORACIÓN DE CONTENIDOS APROSERS. Asociación de Promoción de Servicios Sociales Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Servicios Sociales. DISEÑO GRÁFICO Y MAQUETACIÓN Lluís Palomares IMPRESO EN NETAIGRAF S.L.L.
: BV-COC-050238
Queridos amigos. La inmigración es un fenómeno estructural de las sociedades modernas. Las migraciones internacionales contemporáneas constituyen, indiscutiblemente, un reto no solo para las sociedades, sino también para sus instituciones políticas y su economía. El Plan que presentamos fomenta la responsabilidad compartida al fundamentarse en una idea de integración como un proceso de doble dirección. Integrarse implica a las dos partes, y requiere el cumplimiento de una condición simple, la igualdad. Exige reconocerse como sujetos y no juzgar a los inmigrantes exclusivamente con la lógica de nuestro beneficio. El Plan se fundamenta en una idea de convivencia como un ámbito que hay que construir y requiere del esfuerzo colectivo de todos. Y en una idea de ciudadanía como reconocimiento de plenos derechos de participación que implica tanto la responsabilidad del sector público como de la sociedad civil. El Plan es también un instrumento de coordinación de las diferentes actuaciones que va a permitir desarrollar la estrategia en materia de integración y convivencia en la Mancomunidad. Su enfoque se orienta hacia el conjunto de la ciudadanía tanto autóctona como inmigrada. Las medidas de actuación contempladas dentro de cada eje están orientadas a facilitar la convivencia y el enriquecimiento entre culturas, impulsar la participación en todos los ámbitos de la sociedad, sensibilizar al conjunto de la población, y reforzar los servicios públicos favoreciendo sinergias institucionales que procuren la integración y la convivencia. Con este Plan la Mancomunidad se propone ofrecer una respuesta a una necesidad social detectadada y servir como herramienta útil a las entidades locales, a los profesionales y a todas aquellas personas interesadas en trabajar por una sociedad más democrática, plural y con visión de futuro. CARLOS ALBERTO ESTRADA PITA Presidente de la Mancomunidad de Servicios Suroeste de Madrid
ÍNDICE
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID (2009- 2012) Parte Dogmática INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................................................... 6 MARCO LEGISLATIVO ......................................................................................................................................... 10 Legislación Internacional ....................................................................................................................................... 10 Legislación de la Unión Europea ....................................................................................................................... 11 Legislación Estatal .................................................................................................................................................... 12 Legislación Autonómica ......................................................................................................................................... 14 Legislación Local ........................................................................................................................................................ 15 DOS REFERENTES FUNDAMENTALES .................................................................................................. 16 Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración 2007-2010 ................................................................. 16 Plan de Integración 2009-2012 de la Comunidad de Madrid .......................................................... 17 EL PAPEL DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LAS POLÍTICAS DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL ............................................................. 18 PREMISAS QUE DEFINEN EL MODELO DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA POR EL QUE APUESTA LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID ......................................................................................................................... Inmigración .................................................................................................................................................................... Integración ..................................................................................................................................................................... Convivencia multicultural ...................................................................................................................................... Ciudadanía cívica .......................................................................................................................................................
20 20 21 22 23
ÍNDICE
PRINCIPIOS DEL PLAN Principios rectores .................................................................................................................................................... 25 Principios operativos de implementación del Plan ............................................................................... 26 OBJETIVOS DEL PLAN
.......................................................................................................................................
PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PLAN
.............................................................................................
29 30
Parte Programática MATRIZ DE PLANIFICACIÓN .......................................................................................................................... 31 Ejes estratégicos ....................................................................................................................................................... 32
COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
.........................................................................
40
ANEXO RESUMEN DEL ESTUDIO «ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES DE VIDA Y NECESIDADES DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE EN LA MANCOMUNIDAD SUROESTE» INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................................................... OBJETIVOS DEL ESTUDIO .............................................................................................................................. CONCLUSIONES DEL ESTUDIO .................................................................................................................. FUTURAS LÍNEAS DE ACTUACIÓN ..........................................................................................................
46 47 48 52
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID 2009 I 2012
INTRODUCCIÓN
PARTE DOGMÁTICA
INTRODUCCIÓN La continua y creciente llegada de personas procedentes de diversos países en busca de trabajo y mejores condiciones de vida, está produciendo en nuestro contexto cambios significativos en la estructura social y demográfica de nuestro país. El conjunto de los municipios de la Comunidad de Madrid, desde mediados de los años noventa, recibe un número cada vez mayor de población inmigrante procedente de diversos orígenes geográficos y culturales. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE) de la población española a 1 de Enero de 2007 inscrita en el Padrón Municipal (45.200.737) el 11,61% son inmigrantes (5.249.993). Si consideramos únicamente los datos de la Comunidad de Madrid, compuesta por 6.081.689 habitantes, el porcentaje de inmigrantes se incrementa hasta el 14,25% (866.910). En este sentido, los municipios que conforman la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid han experimentado en los últimos años un incremento en los porcentajes, siendo un 7,4% el total de vecinos empadronados de origen extranjero. ANÁLISIS DE LA POBLACIÓN POR MUNICIPIOS A 1 DE JULIO DE 2009 Municipio Arroyomolinos Batres Cubas de la Sagra Griñón Moraleja de Enmedio Serranillos del Valle Torrejón de la Calzada Torrejón de Velasco Mancomunidad Suroeste
Nº de personas empadronadas 1 enero 2009 1 julio 2009 13.873 1.476 4.506 9.480 4.885 3.946 6.718 4.075 48.959
14.828 1.499 4.617 9.623 4.945 4.039 6.780 4.119 50.450
% de incremento 6,88% 1,56% 2,46% 1,51% 1,23% 2,36% 0,92% 1,08% 3,05%
*Fuente: Departamentos de Estadística Ayuntamientos Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
I8
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
POBLACIÓN AGRUPADA POR NACIONALIDADES Arroyo molinos 13 ALEMANIA 1 ARGELIA 25 ARGENTINA 1 AUSTRALIA 2 BÉLGICA 4 BOLIVIA 27 BRASIL 13 BULGARIA 1 BURKINA FASSO 2 CAMERÚN 3 CANADÁ 46 COLOMBIA 2 COSTA RICA 13 CUBA 8 CHILE 69 CHINA DINAMARCA 11 ECUADOR 2 EGIPTO 1 ESLOVAQUIA 13.627 ESPAÑA 11 EE.UU. 2 FILIPINAS 7 FRANCIA 1 GUATEMALA GUINEA ECUATORIAL 2 3 GUINEA-BISSAU 1 HONDURAS 1 HUNGRÍA INDIA 21 IRÁN 1 IRLANDA 3 ISRAEL 50 ITALIA JAPÓN 1 KAZAJSTAN
Batres Cubas de Griñón Moraleja Serranillos Torrejón Torrejón la Sagra Enmedio del Valle Calzada Velasco 3 7 1 2 1 11 8 5 1.379 5 1 3 3 -
1 7 1 1 11 29 1 34 12 3 9 19 4.321 1 4 1 1 -
8 36 1 47 19 8 3 34 10 4 41 30 1 8.914 1 3 7 1 2 4 1 19 -
16 3 1 55 11 14 18 2 13 30 14 4.460 1 4 1 3
12 1 3 2 11 7 2 3 2 6 13 3.806 1 1 3 1 1 1 15 1 -
1 16 1 21 17 8 32 5 3 122 4 85 6.096 1 1 1 5 1 1 6 -
3 8 3 10 7 9 3 3 16 12 3.890 1 8 1 1 1 3 -
TOTAL 29 1 127 1 7 84 88 142 12 5 4 184 22 48 23 276 4 175 32 16 46.493 21 7 23 1 17 8 4 4 2 29 5 3 96 1 4
9I
INTRODUCCIÓN
continuación
POBLACIÓN AGRUPADA POR NACIONALIDADES Arroyo molinos LETONIA 2 MARRUECOS 109 MÉXICO 12 MOLDAVA 6 NIGERIA 5 Otros países de África Otros países 2 de Asia PAISES BAJOS 3 PANAMÁ 1 PARAGUAY 10 PERÚ 28 POLONIA 17 PORTUGAL 13 REINO UNIDO 13 REPÚBLICA CHECA REPÚBLICA 4 DE COREA REPÚBLICA 5 DOMINICANA RUMANIA 577 RUSIA 5 SERBIA Y MONTENEGRO TURQUÍA 1 UCRANIA 7 URUGUAY 9 VENEZUELA 24 TOTAL 14.828 Personas 1.201 extranjeras % respecto al total 8,1%
Batres Cubas de Griñón Moraleja Serranillos Torrejón Torrejón la Sagra Enmedio del Valle Calzada Velasco
TOTAL
9 1 1 -
31 1 6 8
126 5 4 4
145 1 8
66 2 3 -
177 1 11 1 1
32 1 1
2 550 168 24 14 22
-
-
1
3
2
2
1
11
2 10 3 -
4 2 13 6 3 5 -
4 47 11 15 5 10
2 1 6 5 17 5
3 8 13 14 1 1 -
9 7 21 11 12 1 -
3 26 7 3 1 2
12 3 31 135 88 68 43 7 21
-
1
4
-
1
16
3
30
43 1 -
74 -
156 1 -
100 2
23 -
63 1 3
52 -
988 108 5
-
1 6
9 5 22
1 3
7 2 1
9 1 6
4 4
1 33 22 66
1.499 120
4.617 296
9.623 709
4.945 485
4.039 233
6.780 684
4.119 229
50.450 3.957
8,0%
6,4%
7,4%
9,8%
5,8%
10,1%
5,6%
7,8%
*Fuente: Departamentos de Estadística Ayuntamientos Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
I 10
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
De este modo, nos encontramos, en la actualidad, con una realidad social en constante cambio. Una realidad definida por una mayor riqueza cultural pero, a su vez, con un mayor índice de complejidad no exenta de dificultades y retos que el conjunto de la ciudadanía debe afrontar en pro de lograr una convivencia armónica entre sus miembros, sobre la base del respecto, la integración y el conocimiento mutuo. Es por ello que, desde la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, se ha realizado un estudio de la realidad de la misma cuyo fruto es un diagnóstico inspirador de las líneas de actuación a desarrollar dentro del Plan de Integración y Convivencia Multicultural de la Mancomunidad Suroeste. Por lo tanto este Plan nace con el objetivo de favorecer la convivencia entre autóctonos y extranjeros en todos los municipios mancomunados facilitando así, la acogida e integración social de los inmigrantes. Esta doble finalidad lleva a diseñar un Plan orientado a coordinar e integrar en una misma estrategia las distintas actuaciones municipales de los ayuntamientos que conforman la Mancomunidad. A su vez, el presente Plan tiene vocación de instrumento articulador de las iniciativas ya existentes en favor de la convivencia multicultural, actuando como elemento dinamizador y sinérgico de las mismas, favoreciendo canales de cooperación entre instituciones, organizaciones sociales y ciudadanos.
11 I
MARCO LEGISLATIVO
MARCO LEGISLATIVO
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL Existe una normativa internacional que la Carta Magna de 1978 y otras leyes nacionales han incorporado a nuestro propio marco legal. Según establece la Constitución Española de 1978, en su artículo 13: «Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley». En la misma línea, se expresa el artículo 10.2, que dispone que: «Las normas relativas a los Derechos Fundamentales y las Libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España». A continuación se realizará un breve repaso a las principales normativas internacionales vinculadas al ámbito de la inmigración e incorporadas a nuestra legislación. En primer lugar la Declaración Universal de Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948, aprobada por las Naciones Unidas, reconoce una serie de derechos, entre los que destacan, la libertad e igualdad en dignidad y derechos de todos los seres humanos, sin distinción de raza, color, sexo, religión o cualquier otra condición y el derecho a la libre circulación y a fijar la residencia en cualquier país. Posteriormente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ambos aprobados por la ONU el 19 de diciembre de 1966, obligan a la aplicación de dichos derechos a todos los individuos que se hallen en el territorio de un Estado suscriptor de los mismos. Otras resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas reconocen derechos a las personas residentes en países de los cuales no son nacionales, como la Resolución 40/144, de 13 de diciembre de 1985, que vela por el cumplimiento de los derechos humanos de estas personas o la Resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990, por la que se adopta la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y de sus familiares (en vigor desde el 1 de julio de 2003).
I 12
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
Existen también una serie de normas internacionales, como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo núm. 97 y núm.143 sobre los trabajadores migrantes, que son de aplicación a los trabajadores que emigren por motivos laborales y que contienen disposiciones sobre igualdad de trato y las condiciones en que deben darse este tipo de migraciones. Otros textos internacionales a tener en cuenta son: • Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y protocolo de 1967. • Convenio sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954. • Convención Internacional sobre eliminación de todas las formas de discriminación racial de 1965. • Convención Internacional sobre los Derechos del Niño de 1989. LEGISLACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA La Unión Europea centra su normativa de inmigración, principalmente, en el control y regulación de los flujos migratorios, así como el desarrollo de una serie de directivas relativas a la igualdad de trato. A continuación se enumeran los principales Tratados sobre los que se ha desarrollado la normativa referente a inmigración y asilo. En 2004 se adoptó el Programa de la Haya que recoge el Programa de Acción de la Unión Europea en relación a las políticas comunes de inmigración y asilo para los próximos años, en el cual se hace especial referencia a las políticas de integración y se propone avanzar hacia un marco europeo común. Dos directivas orientadas a fomentar la igualdad de trato y la lucha contra la discriminación, inciden directamente en la integración de la población inmigrante: • Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco legal para la igualdad de trato en el empleo y la formación. Se trata de dotar a los Estados de un marco jurídico adecuado para luchar contra la discriminación en el empleo por motivos de religión, convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual. • La Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato a las personas, independientemente de su origen racial o étnico, en las diversos ámbitos de la vida social. Otras disposiciones comunitarias relacionadas con el campo de la inmigración y los derechos fundamentales, son las siguientes:
13 I
MARCO LEGISLATIVO
• Directiva 2003/86/CE del Consejo, de 22 de septiembre de 2003 sobre el derecho a la reagrupación familiar. • Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de diciembre de 2003, relativa al Estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración. • Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, Niza (2000). • Convenio de Dublín (1990) referente a la regulación del asilo y su procedimiento de solicitud. • Carta Comunitaria de los Derechos Sociales Fundamentales de los y las Trabajadoras (1989). • Convenios de aplicación de los Acuerdos de Schengen (1985) que, entre otras cuestiones, regulaban la desaparición de las fronteras interiores de un buen número de Estados comunitarios. • Carta Social Europea de 1961 sobre el derecho de los trabajadores migrantes a ser protegidos y no ser discriminados. • Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950 (Convención de Roma). LEGISLACIÓN ESTATAL La Constitución Española de 1978 califica a nuestro Estado como social y democrático de derecho, reconociendo formalmente a los ciudadanos y ciudadanas el derecho a la igualdad social, real y efectiva, a la superación de todo tipo de discriminaciones y a la eliminación de los obstáculos que imposibiliten su pleno desarrollo, tanto personal como social (art. 9.2 CE). Según reconoce la Constitución Española en su artículo 13, «Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente título [Título I, De los Derechos y Deberes Fundamentales] en los términos que establezcan los tratados y la ley», con la limitación de que sólo los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el Artículo 23, referente al derecho a participar en los asuntos públicos, «directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal». Por otro lado, el artículo 149.1.2, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de nacionalidad, inmigración, extranjería y derecho de asilo. El desarrollo de dicha competencia se ha concretado en la aprobación de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su Integración Social. En ella se reconoce que las personas extranjeras gozarán de los derechos y libertades recono-
I 14
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
cidos en el Título I de la Constitución en los términos establecidos en los tratados internacionales, en la misma ley y en las normativas que regulen el ejercicio de cada uno de los derechos. La Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, constituye la tercera de las modificaciones que ha experimentado el texto desde su entrada en vigor (se trata de una reforma de la LO 4/2000, de 11 de enero, que a su vez fue modificada por la LO 8/2000, de 22 de diciembre). Entre lo más significativo de la reforma se encuentra el establecimiento de una serie de medidas para luchar contra la inmigración ilegal y la colaboración entre administraciones públicas en materia de extranjería e inmigración. Aunque las principales políticas en materia de inmigración son competencia del Estado, a saber, la gestión de los flujos migratorios, el control de fronteras o la concesión de permisos de residencia y trabajo, esto no hace del mismo el único y exclusivo detentador de todas las competencias relativas a los extranjeros. La Constitución establece en su artículo 148 la reserva para las Comunidades Autónomas de competencias concretas en vivienda, cultura, asistencia social o sanidad, entre otras, tan importantes para la integración social de nacionales y extranjeros. Otras disposiciones legales nacionales relacionadas con las políticas de extranjería y la integración social de los inmigrantes, son las siguientes: • Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. • Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. Normativa a través de la cual se realizó la transposición a la legislación española de las Directivas 2000/43CE y 2000/78CE de la Unión Europea sobre igualdad de trato. • Real Decreto 178/2003, de 14 de febrero, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. • Real Decreto 203/1995, de 10 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Asilo. • Ley Orgánica 9/1994, sobre el derecho de asilo y la condición de refugiado. • Real Decreto 490/1995, de 7 de abril, por el que se crea el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.
15 I
MARCO LEGISLATIVO
• Real Decreto 2.816/1998, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 490/1995, de 7 de abril, de creación del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes. • Programa Global de Regulación y Coordinación de la Extranjería y la Inmigración en España (Programa GRECO). LEGISLACIÓN AUTONÓMICA Las Comunidades Autónomas han venido desarrollando políticas sectoriales relativas a la integración de los inmigrantes en los ámbitos competenciales que les son propios, tal y como se establece en el Artículo 148 de la Constitución, especialmente en materias de bienestar social, vivienda, educación y sanidad. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid de aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero (sus modificaciones posteriores de 1994 y de 1998) establece las competencias propias de la comunidad madrileña, asumiendo, en el artículo 1.3 de su Título Preliminar, el compromiso de facilitar la más plena participación de los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Para ello, en su artículo 7 se señala que corresponde a los poderes públicos de la Comunidad, en el ámbito de su competencia, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. En el artículo 26.1, apartado 23, del citado Estatuto, se establece como competencias «la promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación». Existen otra serie de artículos cuyas materias están relacionadas con la integración social tales como la promoción de la igualdad de la mujer, la vivienda, el ocio, la cultura, los menores y la juventud, el empleo, la sanidad o los servicios sociales. Por su importancia en el desarrollo de actuaciones orientadas a la integración social, son especialmente relevantes las siguientes leyes específicas de la Comunidad de Madrid: • Ley de 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. • Ley de garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. • Ley 4/2005, de 14 d diciembre, por la que se crea la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación, organismo con el que se formalizan los convenios para la acogida e integración de inmigrantes.
I 16
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
LEGISLACIÓN LOCAL Una función fundamental de las administraciones locales, derivada de sus competencias específicas, consiste en la atención primaria de la población. Tal y como establece la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los municipios podrán «promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal» (art. 25.1 LBRL) siempre y cuándo éstas se sitúen en la «gestión de sus intereses» y en el «ámbito de sus competencias». En cuanto a las competencias atribuidas a las Corporaciones Locales, éstas habrán de ejercerse «en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas» en las materias establecidas por la LBRL (artículos del 25 al 28). Especial relevancia para la integración social de las personas inmigrantes poseen las competencias en materia de servicios sociales que se establecen en los artículos 25.2.k y 26.1.c de la LBRL. Los citados articulados permiten el diseño y desarrollo de programas locales de integración, conforme al principio de descentralización y en coordinación con las políticas sociales autonómica y estatal. Además, los municipios podrán realizar actividades complementarias o delegadas por otras administraciones públicas y, «en particular, las relativas a la educación, la cultura, la promoción de la mujer, la vivienda, la sanidad y la protección del medio ambiente» (Art. 28 LBRL).
17 I
DOS REFERENTES FUNDAMENTALES
DOS REFERENTES FUNDAMENTALES
PLAN ESTRATÉGICO DE CIUDADANÍA E INTEGRACIÓN 2007-2010 El Plan Estatal se concibe como el instrumento para desarrollar la estrategia del Estado en materia de integración y ciudadanía, siendo una base fundamental de la misma impulsar la cooperación entre los poderes públicos y la sociedad civil. Su enfoque se orienta hacia el conjunto de la ciudadanía, tanto autóctona como inmigrada, al considerarse que la integración es responsabilidad de todos los miembros de la sociedad, lo que obliga a concebir las políticas de integración de forma integral y con efecto proactivo. Se fundamenta en una serie de premisas, principios y objetivos que configuran su filosofía política. Las premisas definen la forma en que es entendida la integración y sobre ellas se sentarán las bases que inspirarán los principios y objetivos del Plan. Las premisas establecen que el Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración debe: • Concebir la integración como un proceso bidireccional de adaptación mutua y por tanto como una responsabilidad compartida por la sociedad en su conjunto. • Ser un marco de cooperación entre el sector público y civil. • Tener un enfoque integral o global. • Dirigir sus políticas al conjunto de la ciudadanía y normalizar el acceso de la población inmigrada a los servicios públicos y privados de carácter general. • Incorporar transversalmente a todas las políticas públicas las cuestiones relativas a la integración de la población inmigrada. Los principios orientadores del Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración son tres: • Principio de igualdad y no discriminación: implica la equiparación de derechos y obligaciones de la población inmigrada y autóctona, dentro del marco de los valores constitucionales básicos. • Principio de ciudadanía: implica el reconocimiento de la plena participación cívica, social, económica, cultural y política de los ciudadanos y ciudadanas inmigrantes.
I 18
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
• Principio de interculturalidad: entendido como mecanismo de interacción entre las personas de distintos orígenes y culturas, dentro de la valoración y el respeto de la diversidad cultural. Los principios y los diez objetivos generales fijados en el Plan se concretan en doce áreas de actuación con sus respectivos objetivos específicos, programas y medidas. Las áreas contempladas son Acogida, Educación, Empleo, Vivienda, Servicios Sociales, Salud, Infancia y Juventud, Igualdad de Trato, Mujer, Participación, Sensibilización, Co-desarrollo En su conjunto, las medidas contempladas dentro de cada área de actuación están orientadas a reforzar los servicios públicos, a formar a profesionales en materia de interculturalidad, a sensibilizar al conjunto de la población, a transferir conocimientos y buenas prácticas y a reforzar el tercer sector. PLAN DE INTEGRACIÓN 2009-2012 DE LA COMUNIDAD DE MADRID Otro marco de referencia fundamental en cuanto a la articulación de las actuaciones en materia de integración de los inmigrantes en la Comunidad de Madrid, lo constituye el Plan de Integración 2009-2012, que supone un instrumento de coordinación de las diferentes políticas sectoriales y de optimización de las actuaciones relacionadas con la integración de los inmigrantes. Los principios rectores son: Legalidad e integración, Convivencia sin discriminaciones, Igualdad de oportunidades para todos en la sociedad de acogida, Cohesión social y Coordinación. Los ámbitos son: Bienvenida y Acogida, Servicios Sociales, Empleo y Formación Laboral, Vivienda, Educación, Sanidad, Comunicación-Sensibilización, Trabajo por la Convivencia, Participación y Cultura, Mujer, Familia y Juventud, Migraciones y Desarrollo.
19 I
EL PAPEL DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LAS POLÍTICAS DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL
EL PAPEL DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN LAS POLÍTICAS DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL Los ayuntamientos juegan un papel fundamental en la integración de las personas de origen extranjero en la sociedad de acogida, pues son en los espacios locales, en los municipios, donde las personas desarrollan su vida cotidiana, donde puede ponerse de manifiesto gran parte de las problemáticas y necesidades relacionadas con el fenómeno migratorio y donde, por otro lado, se plantean los principales retos vinculados con la convivencia multicultural. Los ayuntamientos, son por tanto, las administraciones públicas que más cercanas a los ciudadanos y quienes perciben de forma más inmediata los efectos que sobre la realidad cotidiana tienen fenómenos como el desempleo, la exclusión social o la multiculturalidad. Es a ellos a quienes primero dirigen sus demandas los ciudadanos y a quienes les exigen soluciones para satisfacer sus necesidades básicas y resolver sus problemas, a pesar de que una parte de las problemáticas planteadas se encuentren fuera de sus competencias. Pero no sólo es en el ámbito relacionado con la mejora de la calidad de vida de las personas y el bienestar común donde los municipios están obligados a dar respuesta en la medida de sus posibilidades: es en los espacios cotidianos de los municipios, de sus barrios e infraestructuras donde se juega buena parte del éxito de la convivencia entre colectivos socialmente diversos y se sientan las bases para la construcción de una sociedad multicultural. Los servicios municipales, especialmente los servicios sociales, son la vía de contacto más inmediata y directa que tienen los nuevos vecinos, de las más diversas procedencias, para obtener información y ayuda. De tal suerte que los ayuntamientos han ido adecuando sus servicios a las nuevas necesidades que plantean las migraciones internacionales para favorecer el acceso de forma normalizada de los nuevos vecinos a los servicios y recursos
I 20
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
municipales, o han desarrollado actuaciones específicas para atender necesidades concretas de determinados colectivos o personas. Las actuaciones desarrolladas en el ámbito municipal incorporan la doble perspectiva de: • Acceso en igualdad de condiciones a los recursos básicos a través de los servicios municipales y de las prestaciones sociales. • Promoción de la convivencia multicultural.
21 I
PREMISAS QUE DEFINEN EL MODELO DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA POR EL QUE APUESTA LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID
PREMISAS QUE DEFINEN EL MODELO DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA POR EL QUE APUESTA LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID Es necesario trazar los rasgos y elementos que retratan el modelo de integración y convivencia por el que apuesta el esta Mancomunidad (y por ende, los ayuntamientos que la conforman) ya que éstos orientarán los principios, estrategias y actuaciones contenidas en el presente Plan. Cuatro son los conceptos básicos que deben ser definidos para comprender la finalidad que persigue el presente Plan: inmigración, integración, convivencia y ciudadanía. Se explican a continuación: INMIGRACIÓN El Plan parte de la asunción de la inmigración como un fenómeno positivo y necesario, contribuyente de modo esencial al enriquecimiento de nuestras sociedades, tanto en el ámbito económico como desde una perspectiva cultural. La inmigración y el progresivo pluralismo de nuestra sociedad es también un factor de modernización de la misma, de europeización y dinamismo que nos acerca a las sociedades desarrolladas y plurales de otros países de nuestro entorno. Se trata de un de un proceso social pluralista y enriquecedor en todos los órdenes de la vida social y no debe ser percibida de forma reduccionista como un fenómeno estrictamente laboral. El entendimiento de la inmigración desde una perspectiva meramente instrumental, como complemento necesario a la escasez propia de mano de obra laboral, puede generar graves desajustes sociales en el futuro si se aspira a una convivencia social justa y armónica. La inmigración es un fenómeno estructural en las sociedades modernas, por lo que las políticas públicas deben adaptarse a dichas características. El sector público y la sociedad en general deben considerar dicha presencia como un engrandecimiento de su
I 22
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
base humana y demográfica con carácter definitivo y como una expresión de una mayor movilidad social. INTEGRACIÓN La integración es concebida como un proceso continúo y bidireccional de adaptación mutua entre todos los ciudadanos residentes en cualquiera de los municipios de la Mancomunidad, sean autóctonos o extranjeros, requiriendo la participación activa de vecinos, agentes sociales e instituciones locales en dicho proceso. Esta forma de concebir la integración implica un modelo de corresponsabilidad entre todos los actores enunciados y, por ende, del conjunto de la sociedad. El asentamiento de población de diversas procedencias y tradiciones socioculturales siempre supone un proceso de cambio social al que no puede sustraerse la sociedad de acogida, requiriendo un esfuerzo conjunto de adaptación mutua entre antiguos y nuevos vecinos, de adecuación a la nueva realidad por parte de las instituciones públicas y las organizaciones ciudadanas, y de incorporación en igualdad de oportunidades a todos los ámbitos de la vida cotidiana. Por otro lado, los municipios de esta Mancomunidad están acogiendo a nuevos vecinos españoles procedentes del sur de la Comunidad de Madrid, lo que genera una realidad plagada de diversidad cultural, ya que se suma a la de los vecinos venidos de otros países y a los que ya residían en estos pueblos con anterioridad. El proceso de integración social por el que apuesta el presente Plan, incorpora la perspectiva intercultural y se fija como meta la convivencia. La integración así entendida, debe posibilitar que cada persona, independientemente de su origen, cultura, religión, o condición social pueda desarrollar todas sus potencialidades como ser humano, a través de: encontrar su sitio y función en el seno de la sociedad (un hogar, un trabajo, una familia…); sentirse perteneciente e integrante de la sociedad (en igualdad de condiciones y oportunidades, accediendo a recursos y servicios públicos…); participar activamente de la vida pública y social (de sus asociaciones, de sus actividades sociales, culturales, deportivas…); y asumir las responsabilidades derivadas de la convivencia en sociedad (derechos y obligaciones, respeto de la pluralidad social y de las normas de convivencia…). Para que tal escenario sea una realidad, se requiere un compromiso por parte de ciudadanos, agentes sociales e instituciones que promueva los cambios sociales, normativos e institucionales necesarios. Este
23 I
PREMISAS QUE DEFINEN EL MODELO DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA POR EL QUE APUESTA LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID
Plan pretende ser un instrumento catalizador de los mencionados cambios, así como facilitar la articulación entre los diferentes actores implicados. A modo de síntesis, el modelo de integración propuesto en el presente Plan debe caracterizarse por: • Ser un proceso de adaptación mutua entre los diferentes colectivos sociales y culturales integrantes de las localidades de la Mancomunidad. • Garantizar la incorporación a la dinámica de la Mancomunidad de las personas inmigrantes en igualdad de condiciones y oportunidades. • El respeto y reconocimiento de las diferentes identidades sociales y culturales. • Incorporar cambios sociales, normativos e institucionales que posibiliten un proceso como el descrito. CONVIVENCIA MULTICULTURAL Cuando empleamos la palabra convivencia, ésta nos suele evocar imágenes de interacción positiva y de vida en armonía con los demás. No en vano, el verbo convivir significa vivir en compañía de otro o de otros, lo que implica relacionarse e interactuar, así como sentirse partícipe de la vida en común y de los sentimientos de los otros. Sin embargo, la convivencia no es una realidad dada, requiere de un esfuerzo colectivo de aprendizaje y construcción de la misma. La convivencia necesita de un proceso de relación y conocimiento, como paso previo y necesario. Si nos referimos a la convivencia multicultural, ésta implica el proceso por el cual se «acompañan» personas con distintos bagajes culturales, interaccionando entre sí, dando lugar a relaciones sociales e intercambios de todo tipo, enriqueciéndose mutuamente, y construyendo un modelo de sociedad compartido e incluyente. La construcción de un modelo común de convivencia no implica la renuncia a las identidades de origen ni la ausencia de conflicto. Al contrario, implica el respeto y el reconocimiento mutuo. E implica la resolución pacífica de conflictos, entendiendo el conflicto como un elemento más integrante de la convivencia cotidiana y que se da en todos los ámbitos de la vida de las personas: en la familia, entre vecinos, en el trabajo. El conflicto, por tanto, debe ser enfocado como un hecho natural y visto como una oportunidad que se presenta para negociar y acordar normas de convivencia satisfactorias para las partes y el conjunto de la sociedad. Lo importante para cualquier comunidad es dotarse de mecanismos que permitan
I 24
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
regular los conflictos, siendo así, que uno de los objetivos primordiales de este Plan consiste en potenciar los instrumentos de gestión y resolución pacífica de conflictos en el territorio de la Mancomunidad. La convivencia multicultural, en definitiva, supone una forma de pluralismo cultural y social basado en los principios de igualdad de derechos y oportunidades, el respeto a la diferencia, la potenciación de lo común, y el acercamiento entre los diferentes colectivos a través de la creación de vínculos, valores, normas o intereses compartidos. En esta línea, el presente Plan pretende tender puentes y facilitar el acercamiento entre los diferentes sectores sociales, para ello debe promover y potenciar los siguientes principios, valores y situaciones sociales: • El respeto y conocimiento mutuo. • La comunicación y el diálogo. • La interacción, la interrelación y el intercambio. • El enriquecimiento mutuo. • La cooperación y la participación en común para gestionar intereses compartidos y resolver problemáticas comunes. • La adecuación de las instituciones locales a la nueva realidad social e multicultural. • El sentimiento compartido de pertenencia a los diferentes municipios que forman la Mancomunidad. CIUDADANÍA CÍVICA Tomamos el concepto de ciudadanía cívica reflejado en el Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración 2007-2010, pues ilustra adecuadamente las metas a lograr en cuanto a lograr un modelo de sociedad multicultural e incluyente. Dicho concepto es tomado a su vez de la Comisión Europea y define la ciudadanía cívica como «un conjunto de derechos y obligaciones cívicos, sociales, económicos y culturales de los inmigrantes, que dan lugar a la igualdad de trato y de oportunidades entre población inmigrada y autóctona y al reconocimiento de derechos de participación en la vida pública». Como se reconoce en el citado Plan, si bien el principio de ciudadanía implica avanzar en el reconocimiento de plenos derechos de participación cívica, social, política, cultural y económica de la población inmigrante, este pleno reconocimiento no garantiza por sí solo el éxito de la integración. A pesar de ello, constituye una condición necesaria para que la inte-
25 I
PREMISAS QUE DEFINEN EL MODELO DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA POR EL QUE APUESTA LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID
gración pueda producirse: «Porque sólo si los cauces de participación en los asuntos públicos y en la conformación de la sociedad están abiertos, en plano de igualdad, a todos los ciudadanos y ciudadanas, podrá generarse en la población inmigrada un sentimiento de pertenencia a su nueva sociedad». El vínculo exigido para el acceso a la nueva ciudadanía es la residencia. El nuevo concepto de ciudadanía debe desligarse de la nacionalidad en sentido clásico, así como de cualquier otro elemento identitario, para sustentarse exclusivamente en la residencia de hecho. La ciudadanía inclusiva implica la responsabilidad primordial del sector público en el proceso de integración. La gestión de las prestaciones necesarias para la garantía de los derechos mínimos a que da acceso la ciudadanía debe corresponder en virtud de ello al aparato público. Esta ciudadanía es un instrumento de profundización democrática a través de la participación política. La participación de diversos sectores sociales en las políticas de integración no debe suponer merma de las garantías ofrecidas por el Estado social. Antes al contrario, la ciudadanía inclusiva implica una democratización del Estado social de Derecho que propugna una mayor participación y responsabilidad compartida en la toma de decisiones públicas en la materia. Así, la participación social debe referirse primordialmente al ámbito decisorio y reivindicativo, relegando el ámbito de la gestión al sector público.
I 26
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
PRINCIPIOS DEL PLAN
PRINCIPIOS RECTORES Estos principios constituyen los valores que sustentan filosóficamente el Plan y orientan las políticas municipales de integración y convivencia, dotando de coherencia y unificando los criterios del conjunto de actuaciones y medidas en él contemplados. Principio de Igualdad Implica dos elementos básicos: • Un acceso igualitario a las prestaciones, servicios y recursos públicos destinados a garantizar unas condiciones de vida aceptables para el conjunto de los ciudadanos. • Una igualdad de trato para todos los ciudadanos residentes en los municipios de las Mancomunidad independientemente de su origen, sexo, edad, religión, etnia o condición social. Principio de Normalización El principio de normalización requiere evitar la generación de procedimientos, dispositivos, recursos o prestaciones sociales diferenciadas y segregadas de las existentes para el conjunto de la ciudadanía, salvo en los casos excepcionales que así lo aconsejen. Los servicios públicos deben adaptarse a la realidad de la inmigración y la diversidad que ello supone, para garantizar el acceso a los recursos en condiciones de igualdad de las personas inmigrantes desde el respeto a la diferencia y la diversidad. No obstante y en determinadas circunstancias, para garantizar el acceso en igualdad, será conveniente crear dispositivos y actuaciones específicas para atender las necesidades de personas o colectivos que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad; asumiéndose, que dichas actuaciones son coyunturales y transitorias hasta la superación de la situación de vulnerabilidad por parte de esas personas y su consiguiente nivelación con el resto de la sociedad. La especificidad debe considerarse como subsidiaria de la normalización.
27 I
PRINCIPIOS DEL PLAN
Principio de Corresponsabilidad y Participación Informa de la necesaria implicación del conjunto de la población autóctona, especialmente de las instituciones públicas, para estimular las relaciones bidireccionales y recíprocas entre colectivos y ciudadanos como vía para la integración y la convivencia multicultural, evitando situaciones de dependencia, subordinación o privilegio. Se debe resaltar la especial responsabilidad de la Administración pública en este terreno, debiendo remover todos los obstáculos institucionales que dificulten el acceso en igualdad a recursos y servicios públicos al conjunto de la ciudadanía y facilitando la participación e implicación del conjunto de actores sociales en la construcción de la convivencia multicultural. En este último sentido, la administración local debe actuar como elemento catalizador, dinamizador y articulador de las sinergias de la sociedad, fomentando la creación de redes de cooperación entre organizaciones sociales, de inmigrantes, las propias instituciones y otros agentes sociales. Principio de Coordinación y Transversalidad Este principio informa sobre la necesidad de articular el conjunto de áreas municipales para unificar criterios de actuación y generar sinergias que potencien el impacto de las políticas de integración. Deben generarse instrumentos de coordinación en materia de integración y medidas que permitan incluir la interculturalidad como un elemento transversal al conjunto de actuaciones municipales. Implica la adquisición de una visión global e integral por parte de los diferentes ayuntamientos sobre la realidad multicultural existente en la Mancomunidad, para facilitar la integración plena de la población inmigrante. El principio de coordinación entre administraciones públicas es especialmente relevante, dado que las políticas de integración afectan a todas las instituciones, produciéndose, en no pocas ocasiones, duplicidades de esfuerzos e incluso concurrencia de competencias. En definitiva, deben armonizarse objetivos y aprovecharse sinergias que doten al Plan de mayor capacidad operativa. PRINCIPIOS OPERATIVOS DE IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN Los principios de implementación están llamados a orientar el proceso de implantación del Plan en las diferentes áreas implicadas, garantizar una adecuada aplicación del mismo respecto de los programas y actuaciones previstas, y potenciar su impacto.
I 28
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
Principio de Sinergia El Plan es concebido como un sistema de acción que coordina y articula cada área y actuación de tal modo que produce un efecto de retroalimentación y potenciación de cada una de ellas. El efecto sinérgico permite alcanzar un resultado superior en las actuaciones, en cuanto a impacto y calidad, que el que se obtendría con la mera suma de acciones. Se trata de poner en marcha un proceso que produzca un efecto de reforzamiento y colaboración entre áreas y actuaciones capaz de desarrollar potencialidades que aisladamente no tendrían. Principio de Conocimiento de la realidad y Prevención La realidad de la inmigración es tremendamente dinámica, cambiante y compleja, lo que requiere una continúa actualización del conocimiento que las administraciones y recursos implicados poseen los residentes en los municipios de la Mancomunidad. Sólo así, es posible adaptar y diseñar actuaciones y medidas que den respuesta a las nuevas dinámicas, fenómenos y problemas emergentes de realidad y prevenir posibles situaciones de riesgo social o conflictos en la convivencia. Principio de Articulación entre normalidad y especificidad El Plan está orientado en todas sus acciones hacia la normalización, garantizando a todos los ciudadanos de la Mancomunidad su acceso a los servicios municipales en igualdad de condiciones, siendo necesario para ello articular los programas coyunturales o específicos (que se puedan crear para resolver situaciones concretas de vulnerabilidad social) con el resto de servicios municipales y recursos. Esta articulación debe garantizar el acceso a los servicios sociales y al resto de recursos de personas y colectivos en situación de vulnerabilidad en igualdad de derechos y condiciones. Principio de Dinamización Los servicios municipales deben jugar un papel activo en promover los cambios necesarios para adecuar sus recursos a la diversidad social y cultural del municipio y actuar como agentes dinamizadores en la construcción de redes de convivencia y canales de cooperación entre instituciones, organizaciones sociales y ciudadanía.
29 I
PRINCIPIOS DEL PLAN
Principio de Integralidad El Plan constituye un instrumento para ordenar de forma global las actuaciones derivadas de la creciente diversidad cultural y social de los diversos municipios, siendo su vocación afrontar la transversalidad y la multilateralidad que compromete a los servicios públicos por lograr una integración plena en todas las dimensiones de la vida de las personas residentes en ellos. Principio de Coordinación Promover actuaciones coordinadas entre las diferentes áreas de empleo, servicios sociales, educación, vivienda, sanidad, etcétera, implicando no sólo a los servicios municipales responsables de las diferentes áreas, sino a otras administraciones y agentes sociales relacionados. Principio de Flexibilidad Se concibe el Plan como un instrumento abierto a la incorporación de las aportaciones de los distintos agentes sociales e institucionales que participarán en su implementación y receptivo a la incorporación de las modificaciones e innovaciones necesarias para adaptarse a una realidad cambiante y compleja. Principio de Sistematización y Evaluación Ambos principios se conciben como complementarios entre sí, constituyendo el primer principio un proceso continuado de reflexión y aprendizaje en torno a las prácticas generadas en la aplicación del Plan, requisito indispensable para realizar evaluaciones adecuadas de cada actuación emprendida. La evaluación es una práctica necesaria que deben incorporar todos los servicios municipales y dispositivos puestos en marcha para permitir la flexibilidad del Plan, su adaptación constante a la realidad y la mejora de las actuaciones. Para ello se establecen una serie de indicadores para facilitar la sistematización, seguimiento del grado de implementación y de sus resultados, creando a su vez órganos evaluadores.
I 30
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
OBJETIVOS DEL PLAN
En este Plan se han marcado tres objetivos generales y transversales que se concretarán en mayor medida cuando se aborden los ejes prioritarios: 1. Potenciar la plena integración de las personas inmigrantes en todos los ámbitos de la vida social de los municipios que forman la Mancomunidad. 2. Consolidar un modelo de convivencia social basado en la diversidad y el reconocimiento recíproco entre las diferentes culturas existentes en los municipios de la Mancomunidad. 3. Prevenir las situaciones de posible conflicto que puedan emerger como consecuencia del desajuste entre referentes culturales diversos.
31 I
PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PLAN
PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PLAN
En un primer momento se elaboró el Estudio sobre las necesidades y condiciones de vida de la población inmigrante residente en las localidades de la Mancomunidad Suroeste para obtener un diagnóstico (Anexo). A partir de ahí se han realizado las siguientes actuaciones: • Reuniones con los y las profesionales de los Servicios Sociales de la Mancomunidad. • Entrevistas personales con los concejales competentes en materia de Asuntos Sociales. • Elaboración de un primer borrador del Plan y consenso con la Mancomunidad respecto a los contenidos y estructura. • Ajuste del borrador y presentación del documento definitivo. • Aprobación del Plan en pleno de la Mancomunidad.
I 32
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
PARTE PROGRAMÁTICA
MATRIZ DE PLANIFICACIÓN
El esquema a seguir en esta parte del Plan es la siguiente: se han establecido 7 ejes estratégicos prioritarios, con sus respectivos objetivos, medidas de actuación concretas y órganos impulsores responsables de promover y llevar a cabo dichas medidas. Cuando en éstos últimos aparece la denominación de «Entidades Sociales», se refiere a cualquier entidad de iniciativa social no gubernamental que opere en cualquiera de los municipios (asociaciones, fundaciones, colectivos, movimientos, etc.).
33 I
MATRIZ DE PLANIFICACIÓN
EJES ESTRATÉGICOS
Convivencia, Sensibilización Social y Enriquecimiento multicultural
Participación y asociacionismo
Empleo y formación ocupacional OBJETIVOS
Educación
MEDIDAS DE ACTUACIÓN
Coordinación Institucional y acceso a los recursos
ÓRGANOS IMPULSORES
Personas inmigradas en situación de vulnerabilidad
Vivienda
Cuando se especifica en este Plan que existen «órganos impulsores», éstos son considerados los promotores e implicados de las actuaciones y medidas. Las localidades en las que habrá que incidir en mayor medida son aquellas con mayor número de inmigrantes, aunque, no obstante, se trabajará para que en todos y cada uno de los municipios de la Mancomunidad se desarrollen actuaciones concretas.
I 34
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
EJE 1 CONVIVENCIA, SENSIBILIZACIÓN Y ENRIQUECIMIENTO MULTICULTURAL OBJETIVOS 1. Desarrollar acciones de sensibilización social hacia la convivencia multicultural. 2. Mediar en situaciones de conflicto multicultural en el ámbito comunitario e interpersonal. MEDIDAS DE ACTUACIÓN
ÓRGANOS IMPULSORES
1.1. Organización de encuentros, jornadas, talleres, seminarios, cine forum, exposiciones de fotografías y pintura y demás foros que permitan el intercambio de experiencias y conocimiento mutuo (gastronomía, vestimenta, música, folclore y costumbres en general).
• Concejalías de Cultura, Festejos, Participación Ciudadana, Educación, Mujer, Inmigración y Servicios Sociales.
1.2. Organización de certámenes de cuentos o relatos cortos, exposiciones, videoforums, conciertos, colaboraciones con escuelas de otros países a través de actividades como postales solidarias.
• Entidades Sociales.
1.3. Habilitación de espacios y tiempos para la celebración de festividades propias de las comunidades culturales residentes en los municipios en las que participe toda la población. 1.4. Inclusión de la perspectiva multicultural en celebraciones autóctonas. 1.5. Impulso de buenas prácticas en los medios locales de comunicación (prensa y radio fundamentalmente) en cuanto a la transmisión de informaciones referentes a población inmigrante, tendente a erradicar estereotipos negativos de la misma, y por el contrario, ponga de manifiesto aspectos positivos.
• Medios de Comunicación Local. • Servicios Sociales Mancomunados. • Servicio de publicaciones, gabinetes de prensa, medios de comunicación locales. • Bibliotecas y centros educativos.
1.6. Habilitación en los diferentes medios de comunicación de espacios informativos/culturales en los que tenga presencia la realidad de la población inmigrada. 1.7. Visibilizar al extranjero en las páginas webs oficiales de los ayuntamientos. 2.1. Ampliación en las bibliotecas municipales de fondos procedentes de las naciones más representativas en su lengua de origen.
35 I
MATRIZ DE PLANIFICACIÓN
EJE 2 PARTICIPACIÓN Y ASOCIACIONISMO OBJETIVOS 1. Impulsar la participación de la población inmigrante en la vida cotidiana del municipio, partiendo de su identidad como «vecino» en todas las acciones. 2. Fomentar y apoyar el asociacionismo del colectivo inmigrante. MEDIDAS DE ACTUACIÓN
ÓRGANOS IMPULSORES
1.1. Acciones de difusión y acompañamiento para la potenciación de la participación en asociaciones vecinales, juveniles, etc, de vecinos inmigrantes.
• Concejalías de Servicios Sociales, Deportes y Cultura, Participación Ciudadana, Juventud y Educación.
1.2. Promoción de la participación de la población inmigrante en las actividades culturales y deportivas que se llevan a cabo en el municipio, potenciando su incorporación a equipos locales y ligas. 1.3. Aumento de la publicidad en todos los municipios que forman la Mancomunidad sobre cualquier actividad que se organice en alguna de las localidades que la forman. 2.1. Detección de grupos activos interesados en formar asociaciones y asesoramiento, acompañamiento y apoyo logístico para tal fin.
I 36
• Servicios Sociales Mancomunados.
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
EJE 3 EMPLEO Y FORMACIÓN OCUPACIONAL OBJETIVOS 1. Facilitar la inserción sociolaboral de la población inmigrante. 2. Proporcionar y mejorar el uso de la oferta formativa tendente al empleo. MEDIDAS DE ACTUACIÓN
ÓRGANOS IMPULSORES
1.1. Generación de mecanismos de conexión entre las bolsas de trabajo existentes en la Mancomunidad de modo que sin perder su esencia local/municipal, inicien una apertura más global que facilite la inserción laboral dentro de los municipios de la misma.
• Concejalías de Empleo y Formación, Servicios Sociales.
1.2. Implantar un servicio de acompañamiento al empleo mediante itinerarios individualizados de inserción laboral, atendiendo también al autoempleo.
• Agentes de desarrollo local. • Asociaciones Empresariales y otras Entidades Sociales. • Servicios Sociales Mancomunados.
1.3. Puesta en marcha de proyectos de prospección laboral e intermediación con empresarios de la zona. 1.4. Incentivación de las buenas prácticas empresariales en la contratación de población inmigrantes 1.5. Coordinación y asesoramiento, tanto de inmigrantes, como de servicios jurídico-laborales, de forma que conozcan sus derechos y deberes y se eviten situaciones de explotación laboral. 2.1. Dar a conocer a los inmigrantes los recursos formativos y talleres que se realicen en los municipios de la Mancomunidad. 2.2. Impulso y acercamiento geográfico de acciones formativas para inmigrantes, acorde con sus demandas y necesidades del mercado de trabajo.
37 I
MATRIZ DE PLANIFICACIÓN
EJE 4 EDUCACIÓN OBJETIVOS 1. Facilitar el aprendizaje de la lengua castellana. 2. Potenciar la participación de las familias inmigrantes en el entorno escolar. MEDIDAS DE ACTUACIÓN
ÓRGANOS IMPULSORES
1.1. Mantener y promover la oferta formativa del castellano a los inmigrantes.
• Concejalías de Educación (centros educativos) y Servicios Sociales y Familia.
2.1. Elaboración de programas de acogida y acompañamiento de menores y jóvenes recién llegados, así como sus padres y madres. 2.2. Mayor difusión de las AMPA s a las familias inmigrantes, tanto en primaria como secundaria, de manera que aumente la participación en éstas.
I 38
• AMPA s y otras Entidades Sociales. • Servicios Sociales Mancomunados.
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
EJE 5 COORDINACIÓN INSTITUCIONAL Y ACCESO A RECURSOS OBJETIVOS 1. Favorecer sinergias institucionales que procuren la integración y convivencia multicultural. 2. Introducir la perspectiva multicultural en los procesos de comunicación de los Ayuntamientos y otros dispositivos existentes en el municipio, de manera que se posibilite una información veraz y garantice un acceso adecuado a los mismos. MEDIDAS DE ACTUACIÓN
ÓRGANOS IMPULSORES
1.1. Creación de estructuras interinstitucionales que apunten a una misma línea de integración comunitaria (mesas de convivencia, comisiones de ciudadanía, consejo sectorial de convivencia multicultural, etc.) y ejerza como impulsora de ejecución y seguimiento del Plan.
• Concejalías de Empleo, Salud, Mujer, Inmigración, Participación Ciudadana, Juventud, Servicios Sociales, Educación, Cultura.
1.2. Impulso de mecanismos de coordinación entre profesionales dependientes de servicios sociales y otros de diferentes entidades y esferas de manera que se favorezca el trabajo en red (escuela, salud, formación y empleo, etc).
• Medios de comunicación local.
2.1 Incorporación de elementos multiculturales en la documentación de información general de los servicios/ recursos en el municipio y traducidos a varios idiomas.
• Servicio de publicaciones
2.2. Inclusión de elementos multiculturales propios de las nacionalidades más representativas en otros documentos publicados por el Ayuntamiento u otros organismos (calendarios, revistas, programas de fiestas, etc).
• Servicios Sociales Mancomunados. de los Ayuntamientos, Concejalías afectadas. • Concejalías de Recursos Humanos.
2.3. Implementación de acciones formativas a los profesionales que operan en el ámbito municipal en materia de diversidad multicultural e inmigración. 2.4. Incorporación de servicios de traducción e interpretación lingüística.
39 I
MATRIZ DE PLANIFICACIÓN
EJE 6 PERSONAS INMIGRADAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD OBJETIVOS 1. Introducir transversalmente la perspectiva de género en todas las medidas contempladas en el presente Plan. 2. Atender a perfiles poblacionales que puedan presentar factores de vulnerabilidad con dificultades integrativas. MEDIDAS DE ACTUACIÓN
ÓRGANOS IMPULSORES
1.1. Apoyo al protagonismo de las mujeres en el proceso de integración de la comunidad inmigrante, visualizándolas en todos los ámbitos de la vida social.
• Concejalías de Servicios Sociales y Servicios Sociales Mancomunados.
2.1. Impulso de programas socioeducativos con jóvenes inmigrantes desde sus espacios de socialización y de generación de alternativas de ocio.
• Entidades sociales.
2.2. Realización de proyectos de apoyo y seguimiento de las reagrupaciones familiares. 2.3. Garantizar una correcta canalización a los dispositivos específicos de las demandas de la población inmigrada sin documentación, con el objeto de que sean atendidos adecuadamente. 2.4. Apoyo y acompañamiento en procesos de inserción sociolaboral a las personas inmigradas con discapacidad que les supone mayor dificultad en acceso al empleo. 2.5. Puesta en marcha de actuaciones mediante las cuales se mejoren las situaciones de personas con escasas habilidades sociales y personales, originadas por su condición de inmigrantes.
I 40
• Agentes de desarrollo local y asociaciones de empresarios.
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
EJE 7 VIVIENDA OBJETIVO 1. Facilitar, en coordinación con la administración competente, el acceso a una vivienda en condiciones similares al resto de población. MEDIDAS DE ACTUACIÓN
ÓRGANOS IMPULSORES
1.1. Establecimiento de apoyos específicos para el acceso a la vivienda que supongan beneficios visibles para arrendadores y arrendatarios, como asesorías y bolsas de alquiler.
• Concejalías de Urbanismo. • Servicios Sociales Mancomunados.
41 I
COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN El presente Plan de Integración y Convivencia Multicultural se visualizará a través de la ejecución de proyectos y actividades de nueva creación, así como el mantenimiento y refuerzo de otros ya existentes en esta materia en la Mancomunidad. La temporalidad de los mismos vendrá determinada por la priorización de necesidades a cubrir. La coordinación del Plan correrá a cargo de la figura de un coordinador/a que tendrá como funciones las siguientes: • Garantizar la implementación de las actividades programadas. • Facilitar y fortalecer las relaciones interinstitucionales e interprofesionales de modo que se creen sinergias de esfuerzo y se rentabilicen recursos para la consecución de objetivos propuestos. Para realizar un seguimiento en el que participen los máximos agentes implicados posibles, se creará y convocará regularmente un órgano colegiado que ejercitará funciones de impulso, programación, supervisión, corrección y mejora de las medidas actividades y proyectos a llevar a cabo. Podrá organizarse, si las circunstancias lo aconsejan, en grupos o comisiones de trabajo según las áreas temáticas en las que se divide el Plan u otras diferentes, de modo que se realice un trabajo más operativo. El coordinador/a convocará y presidirá dichas reuniones. Todo Plan exige la existencia de un diseño evaluativo desde la puesta en marcha hasta su finalización. La evaluación debe entenderse como una herramienta de ajuste constante de lo planificado y de análisis de la adecuación de las medidas adoptadas a las necesidades y demandas que pretende cubrir y a los objetivos propuestos. Los objetivos de la evaluación son: • Conocer e informar sobre el grado de cumplimiento de los objetivos planificados. • Determinar el impacto y los logros conseguidos de forma periódica. • Mejorar el desarrollo de las actuaciones.
I 42
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
• Facilitar el proceso de toma de decisiones para mejorar/modificar/ajustar el Plan. • Fomentar un análisis prospectivo sobre cuáles y cómo son las intervenciones futuras. Los tipos de evaluación a llevar a cabo serán inicial (coincide con el estudio sobre necesidades de la población extranjera realizado en la Mancomunidad), de proceso (seguimiento del Plan una vez iniciado) y final (con el objeto de medir la consecución de los objetivos fundamentalmente) Por otro lado, se proponen una serie de indicadores mínimos para comprobar los logros obtenidos de la implementación del Plan. Éstos se han dividido en función del tipo de medida que se quiere evaluar. Antes de la ejecución de cada uno de los proyectos y actividades las entidades/profesionales responsables de las mismas diseñarán otros más concretos. Los indicadores siguientes se desglosarán por municipio cuando vayan a ser analizados y evaluados. 1. Medidas consistentes en la creación de nuevos organismos/entidades (asociaciones, mesas, comisiones, grupos de trabajo, etc.). • Número. • Tipología (transversales, educativas, vinculadas a servicios sociales, etc.). • Número componentes. • Perfil de sus componentes (tanto pertenecientes a la administración como a entidades sociales). • Grado de variedad/heterogeneidad en la procedencia de los componentes de dichos órganos. • Grupos/plataformas ciudadanas sin constitución jurídica pero con actividad. • Número. • Número de personas que las componen. • Perfil sociodemográfico (procedencia/nacionalidades, sexo, edad). En el caso del movimiento asociativo. • Edades de los miembros. • Nacionalidades/procedencia. • Finalidades estatutarias. 2. Medidas relacionadas con la ejecución de proyectos y actividades. • Número de proyectos ejecutados:
43 I
COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
• De nueva implantación. • Llevados a cabo en ejercicio anteriores. • Número de actividades implementadas en el marco de dichos proyectos. • Número de intervenciones consistentes en apoyo y orientación técnica acerca de la inclusión de la perspectiva multicultural en actividades/procedimientos. • Personal adscrito a dichos proyectos (número y perfil). • Características de las actividades. • Generalistas o específicas. • Preventivas, prestación de servicios. • Número de participantes/destinatarios en los proyectos/actividades. • Perfil sociodemográfico (grado de participación de población autóctona). • Entidades promotoras/ financiadoras. 3. Medidas relacionadas con el fortalecimiento de redes sociales y coordinación interinstitucional. • Número de reuniones mantenidas. • Entidades participantes. • Profesionales asistentes. • Grado de cumplimiento de la periodicidad pactada. • Número de documentos de trabajo elaborados a partir de estas reuniones • Tipología de estos documentos (protocolos, guías, instrucciones, etc.). 4. Campañas y elaboración de materiales de difusión. • Número de campañas. • Tipología de dicho material (dípticos, trípticos, carteles, paneles, pegatinas de diversa índole, etc.). • Número de ejemplares editados y distribuidos. • Entidades en las que se ha realizado la difusión. • Número y tipo de actividades de información, divulgación, sensibilización. • Número de cuñas en radio, televisión. • Número de seminarios, conferencias, encuentros, jornadas y otras actividades llevadas a cabo. • Número de los participantes. • Perfil de los participantes/asistentes.
I 44
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID • 2009 I 2012
5.
6.
7.
8.
• Número de entidades promotoras de dichas medidas. • Características de las entidades promotoras. Formación para personas inmigradas y para los y las profesionales de diferentes servicios. • Número de cursos organizados. • Número de horas impartidas (general y por cursos). • Número de personas destinatarias. • Perfil de destinatarios. • Sexo. • Procedencia. • Nivel educativo/laboral. • Características de los cursos: títulos, contenidos, metodología (presencial, a distancia, etc.). • Grado de inserción laboral a partir de la realización de dicha formación. • Entidades que los promueven/financian. Convenios de colaboración. • Convenios nuevos firmados. • Convenios prorrogados. • Número y tipo de actividades realizadas en el marco de cada uno de ellos. • Número y perfil de participantes. • Número y denominación de entidades promotoras/impulsoras. Recursos asignados. • Número y perfil de profesionales implicados (organizadores-participantes) en las actividades. • Número y tipo de infraestructuras utilizadas para llevar a cabo las actividades. • Presupuesto invertido en las actividades Análisis de la población atendida en servicios sociales. • Nº de personas atendidas según país de procedencia. • Nº de personas atendidas según el sexo. • Nº de personas atendidas según la edad. • Nivel educativo de las personas atendidas. • Nivel socioeconómico de las personas atendidas. • Situación laboral. • Tipo de prestaciones solicitadas y concedidas.
45 I
ANEXO RESUMEN DEL ESTUDIO «ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES DE VIDA Y NECESIDADES DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE EN LA MANCOMUNIDAD SUROESTE»
ANEXO. RESUMEN DEL ESTUDIO «ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES DE VIDA Y NECESIDADES DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE EN LA MANCOMUNIDAD SUROESTE
AUTOR@S DEL ESTUDIO
El estudio sobre las Condiciones de Vida y Necesidades de la Población Inmigrante en la Mancomunidad Suroeste ha sido realizado por la Asociación de Promoción de Servicios Sociales (APROSERS), con el siguiente equipo de trabajo: DIRECCIÓN Y ANÁLISIS de Castro Palomo, Ana Mercado García, Esther COLABORADOR Díaz Velázquez, Eduardo APOYO TÉCNICO Antoranz López, Sergio Campos Iglesia, Julia Casado López, Alberto Cruzado Revilla, Elisa Fernández Higueras, Noelia Gamo Crespo, Marta Izaga García, Marisa Martínez Cereijo, Raquel Martín-Villamuelas Jiménez, Paloma Mercado García, Víctor
47 I
INTRODUCCIÓN
INTRODUCCIÓN
El presente estudio surge a raíz de la firma del Convenio de Inmigración con la Mancomunidad Suroeste, quien muestra una inquietud preeminente por conocer cuál es la situación de la población inmigrante en el conjunto de los municipios que la conforman. Es por ello que desde el mes de noviembre de 2006 se viene llevando a cabo un estudio que tiene por objeto conocer las necesidades, condiciones de vida, uso del espacio y de los recursos por parte de la población inmigrante en la Mancomunidad Suroeste. Teniendo en cuenta el crecimiento sostenido de esta población en los municipios y las realidades demográficas, sociales y económicas que este nuevo escenario conlleva, se plantea la necesidad de llevar a cabo una investigación integral que permita llegar a conocer de manera pormenorizada la situación de la población inmigrante en la Mancomunidad, lo que facilitará la planificación e implementación de las acciones pertinentes con respecto a sus necesidades, integración y convivencia multicultural. Este análisis pormenorizado posee un carácter global abarcando así todas aquellas áreas de la realidad que atañen a la población inmigrante, con respecto al uso de los recursos y a la convivencia cotidiana con la población autóctona, a la par que coherente con la estructura de atención pública existente hasta el momento en los municipios. Es por ello que, tal y como indicábamos, este análisis de la situación tiene una inevitable continuidad en el diseño de aquellas actuaciones que traten de dar respuesta a las necesidades que plantea la realidad existente en la Mancomunidad Suroeste, adecuándose a los servicios y recursos municipales.
I 48
ANEXO. RESUMEN DEL ESTUDIO «ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES DE VIDA Y NECESIDADES DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE EN LA MANCOMUNIDAD SUROESTE
OBJETIVOS DEL ESTUDIO
1. Conocer cuál es la situación de la población inmigrante en los municipios de la Mancomunidad Suroeste (necesidades, condiciones de vida, integración, participación y convivencia). • Estudiar el uso de los recursos en las siguientes áreas: educación, social, salud, vivienda, cultura, empleo, seguridad y ocio. • Analizar el uso de los espacios públicos (parques, plazas, etc.) por parte de los inmigrantes y las interrelaciones en ese uso con la población autóctona (posibles conflictos, redes sociales, situaciones de riesgo…) • Analizar la percepción que tiene la población inmigrante y la autóctona acerca del uso de los espacios, los recursos y la convivencia multicultural. • Analizar las necesidades percibidas por parte de la población inmigrante en los respectivos municipios. 2. Formular las principales líneas de actuación a desarrollar en materia de inmigración e interculturalidad desde la Mancomunidad Suroeste.
49 I
CONCLUSIONES DEL ESTUDIO
CONCLUSIONES DEL ESTUDIO
Al igual que el resto de la Comunidad de Madrid, la Mancomunidad Suroeste está recibiendo un considerable número de inmigrantes, de distintos orígenes, desde los años 90. Estos datos parecen justificación suficiente para realizar un estudio sobre cuáles son las condiciones de vida y necesidades dentro de la Mancomunidad. Con este objetivo se realizó el presente estudio que ha permitido realizar un diagnóstico social de la población inmigrante para, posteriormente, poder planificar líneas de actuación en función de las necesidades encontradas. Los objetivos del estudio fueron, por un lado, la descripción de su condición socioeconómica, situación jurídica, acceso a los recursos públicos básicos -educación, salud, servicios sociales-, condiciones de vivienda/habitabilidad, relaciones socio familiares y personales, participación en actividades culturales o comunitarias, uso del tiempo libre, etc. y, por otro lado, conocer las principales necesidades que tienen en cada una de dichas dimensiones. Para cumplir con estos objetivos se llevó a cabo una metodología basada en la triangulación de técnicas cuantitativas y cualitativas. Este tipo de metodología permite que los resultados sean más fiables, ya que los datos de tipo cuantitativo son cumplimentados en todo momento por los de tipo cualitativo. La comparación de los datos recogidos del Padrón Municipal de España, la Comunidad de Madrid y Mancomunidad Suroeste revelan como la población inmigrante en la Mancomunidad es representativa, en cuanto a la proporción de sexo y edad. Existe aproximadamente igual número de varones que de mujeres inmigrantes y la edad en la que mayor frecuencia hay es desde los 20 hasta los 45 años, es decir, la edad laboral. La tasa de población inmigrante correspondiente entre los años 2005 y 2007 obtiene un mayor índice en lugares como Moraleja de Enmedio. Torrejón de Velasco continúa siendo el municipio que menos cambios ha sufrido. La nacionalidades más numerosas dentro de los municipios se constituyen en dos únicos bloques: por un lado, aquellos/as procedentes de países del Este y, en concreto de Rumania, teniendo una mayor incidencia en Arroyomolinos, Batres, Casarrubuelos y Cubas de la Sagra. Por el contrario, la comunidad marroquí con mayor prevalencia en
I 50
ANEXO. RESUMEN DEL ESTUDIO «ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES DE VIDA Y NECESIDADES DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE EN LA MANCOMUNIDAD SUROESTE
los siguientes municipios, Griñón, Moraleja de Enmedio, Serranillos del Valle, Torrejón de Velasco y Torrejón de la Calzada. Las condiciones de la población inmigrante dentro de la Mancomunidad Suroeste, se estructuran en torno a las siguientes cuestiones; en primer lugar, la vivienda, en líneas generales se aprecia que existe un reducido índice de viviendas en régimen de alquiler lo que conlleva, por un lado, a situar a la población inmigrante en lugares concretos donde los precios resultan ser más asequibles y, por otro lado, vulnerabilidad de dicha población debido a los abusos que sufren por parte de los arrendadores. En cuanto a las condiciones de habitabilidad los datos obtenidos concluyen que presentan condiciones óptimas de habitabilidad, si bien se aprecia índices de hacinamiento superiores a los datos mostrados por las estadísticas. Por otro lado, la situación laboral de la población inmigrante muestra como este colectivo ocupa puestos relativos al sector servicios, construcción y labores agrícolas, haciendo una aparente distinción al lugar de procedencia. Así, la población procedente de Marruecos realizan en su mayoría labores agrícolas; por otro lado, la población de origen latinoamericano está vinculada a puestos de trabajo relacionados con la construcción y el sector servicios. Esta diversificación afecta, de igual modo, al género. De este modo, las mujeres ocupan puestos en el servicio doméstico, vinculado al cuidado y apoyo de personas dependientes, siendo este colectivo uno de los más vulnerables al carecer, en la mayoría de los casos, de contrato laboral; así como deficiencias en la regulación existente a dicho sector, puesto que no poseen los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro trabajador/a. En lo referente a la situación jurídica, se aprecia un alto porcentaje de personas inmigrantes en situación administrativa regularizada, debido a la época en que iniciaron su proceso migratorio, así como al último proceso de regularización (año 2005), lo que ha supuesto que un gran número de inmigrantes pudiesen regularizarse. Por el contrario, actualmente, se observa que existe un repunte de personas, en situación administrativa irregular, según los diferentes técnicos de entidades vinculadas a la atención de dicho colectivo, así como por los Servicios Sociales, particularmente procedentes de Europa del Este y Bolivia. Respecto a la situación educativa se observa como los centros escolares se han adaptado a la llegada de la población inmigrante. Si bien, se perciben deficiencias para atender a una población de habla no hispana en algunos de los municipios que carecen de aulas de enlace. Por otro lado, se contempla, de manera bidireccional, casos de xenofobia y racismo
51 I
CONCLUSIONES DEL ESTUDIO
en adolescentes. En cuanto al nivel educativo se muestran diferencias con respecto al lugar de procedencia. De este modo, países de Europa del Este, como es el caso de Rumania, poseen un nivel educativo superior debido a que su escolarización está garantizada, a todos los niveles. En cuanto a la situación sanitaria, tras la llegada de la población inmigrante, se produce un repunte de enfermedades radicadas en España, sin que exista un control exhaustivo por parte de las autorizadas sanitarias al respecto. Por otro lado, se observa un incremento de la interrupción voluntaria del embarazado (IVE) por parte de población adolescente inmigrante. Cabe destacar que una de las dificultades resulta ser la barrera idiomática tanto en población de habla no hispana como aquella población de procedencia latinoamericana. En el caso concreto de las mujeres marroquíes, esta situación les hace mucho más vulnerables, por la dependencia mostrada hacia la figura masculina. En referencia a la relación al uso de los recursos en la Mancomunidad se aprecia un aumento de las demandas respecto a necesidades básicas, tales como manutención. De igual modo, se observa una falta de información sobre derechos laborales y jurídicos, haciéndose necesario una implementación en esta línea. Otra de las dificultades encontradas es la formalización del empadronamiento, debido a la necesidad de una autorización por parte del arrendador, que con la negativa de éste, imposibilita al acceso de recursos públicos por parte de la población inmigrante. Por otro lado, en cuanto a las redes sociales y el asociacionismo, se observa una red socio asistencial dentro de los municipios principales de la Mancomunidad. Estas redes atienden las necesidades básicas de una población inmigrante estructurada en tres grandes bloques, por una lado, población latinoamericana que una vez estabilizada su situación acude de forma esporádica; por otro, la población marroquí que a pesar de su situación administrativa y su período de estancia de larga duración en la sociedad de acogida continúa acudiendo a estos servicios; por último, la población venida de Europa del Este apreciándose un incremento. En referencia a la relación existente entre la población autóctona e inmigrante se aprecia como esta última muestra bajos índices de integración, prevaleciendo múltiples connotaciones subjetivas en el constructo imaginario de la población autóctona hacia con la población magrebí y sudamericana. Apenas se detentan valoraciones con respecto a la población subsahariana y aquella procedente de Europa del Este. Por otro lado, se establecen
I 52
ANEXO. RESUMEN DEL ESTUDIO «ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES DE VIDA Y NECESIDADES DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE EN LA MANCOMUNIDAD SUROESTE
relaciones de disputa por unos recursos tenidos en competencia. A pesar de ello, no se registran conflictos e incidencias de carácter explícito entre los distintos grupos. Las razones principales para la ausencia de la integración son, por un lado, y desde la perspectiva de la población autóctona la falta de interés, por parte de la población inmigrante, de adaptación a la cultura autóctona. Y, por otro, la barrera idiomática continúa siendo impedimento para el acercamiento entre los diferentes grupos (lo desconocido genera desconfianza), en este sentido, la población magrebí detenta una carga valorativa más negativa respecto a la población latinoamericana. En contraposición, la población inmigrante manifiesta la ausencia de integración debido a la dificultad en el aprendizaje del idioma, así como la necesidad de reproducir pautas culturales de su país de origen. Finalmente, la participación en el tejido social resulta ser minoritaria, si bien estos índices de participación suelen corresponder, de igual manera, a la población autóctona en todos los ámbitos de la sociedad. Las razones para la no participación de esta población resultan ser por un lado, las sobrecargas familiares, hecho que afecta principalmente a las mujeres y, por otro, la falta de conciliación de la vida personal, familiar y laboral. En este sentido cabe destacar la ausencia de una planificación exhaustiva de actividades adaptadas a las necesidades e intereses de esta población, añadiendo en este sentido las deficiencias existentes para el desplazamiento entre los diferentes municipios. Para concluir, en cuanto al uso del espacio se aprecia como la población inmigrante se aglutina en aquellos lugares en los que tiende a proliferar la construcción de pisos con precios más asequibles. En muchos de estos municipios la población inmigrante resulta ser invisible debido a, por una lado, el bajo índice de inmigrantes; por otro, estos municipios resultan ser ciudades dormitorios y, por último, la modificación de las pautas de convivencia, prevaleciendo la vida privada frente a la pública. En líneas generales se muestra como esta población inmigrante otorga el mismo uso a los espacios públicos que la población autóctona, sin hacer distinciones por lugar de procedencia. En cuanto a los lugares destinados al ocio y tiempo libre prevalece su carácter minoritario, limitando la presencia de población inmigrante a ciertas instalaciones deportivas.
53 I
FUTURAS LÍNEAS DE ACTUACIÓN
FUTURAS LÍNEAS DE ACTUACIÓN
SALUD • Facilitar el acceso de los/as inmigrantes a los Servicios de Salud de los municipios. • Elaborar documentos de comunicación en diferentes lenguas que informen de las tareas específicas de atención sanitaria (desarrollo de medios de difusión y sensibilización sobre los servicios sanitarios especializados y su importancia). • Incorporar intérpretes en los Centros de Salud para facilitar la comunicación y comprensión médico-paciente o viceversa. • Fomentar la práctica de cuidados básicos de salud e higiene entre el colectivo inmigrante (talleres de educación para la salud y hábitos de higiene, talleres de educación sexual, etc., incidiendo en el colectivo con mayor déficit de hábitos saludables). • Elaborar campañas preventivas de enfermedades erradicadas en España. EDUCACIÓN • Facilitar la acogida y orientación del alumnado inmigrante y dotarles de apoyos individualizados. • Sensibilizar y formar al personal del ámbito educativo. • Promover la convivencia multicultural como objetivo transversal dentro de las acciones educativas. • Apoyar la permanencia y difusión de la lengua y cultura de origen. • Promover la coordinación directa con el S.A.I. para llevar a cabo una misma línea de actuación. • Incorporar materiales específicos para la enseñanza del castellano en adultos. • Crear aulas de enlace en educación primaria para mejorar la adaptación de los menores inmigrantes en sus centros educativos.
I 54
ANEXO. RESUMEN DEL ESTUDIO «ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES DE VIDA Y NECESIDADES DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE EN LA MANCOMUNIDAD SUROESTE
EMPLEO • Adaptar los servicios de empleo municipales a la realidad de la inmigración. • Promover talleres y cursos de formación para personas en situación administrativa irregular para desarrollar sus potencialidades. • Crear bolsas de empleo especializadas a nivel institucional. • Introducir en cada Ayuntamiento orientadores laborales para facilitar el acceso al mercado de trabajo de la población inmigrante. • Introducir medidas de apoyo y promoción para la población inmigrante en la oferta formativa. SERVICIOS SOCIALES • Paliar situaciones de exclusión social de algunos de los sectores de la población inmigrante. • Desarrollar servicios sociales comunitarios y, sobre todo en el ámbito rural. • Fomentar servicios normalizadas para conseguir una mayor integración. ÁREA DE MUJER • Promover la integración social de las mujeres inmigrantes en el ámbito social. • Fomentar campañas de igualdad de género. VIVIENDA • Establecer políticas activas de prevención del hacinamiento. • Establecer ayudas y apoyos específicos para el acceso a la vivienda (bolsa de alquiler, ayudas para acceso a la vivienda, etc.). ADMINISTRATIVO • Formar a los/as profesionales del ámbito de la Administración en materia de inmigración. CONVIVENCIA Y PARTICIPACIÓN SOCIAL • Facilitar la participación de los ciudadanos/as del municipio y, en especial, de los inmigrantes. • Apoyar al asociacionismo. • Promover la participación de los inmigrantes en el tejido social.
55 I
FUTURAS LÍNEAS DE ACTUACIÓN
• Prevenir y mediar en los posibles conflictos que puedan desarrollar fruto de la complejidad de la convivencia multicultural. TRANSPORTE • Crear una red de comunicación más adecuada que permita desplazarse a toda la población con más fluidez dentro de los municipios de la Mancomunidad.
I 56
13/11/09
15:33
Página 1
Ayto. de Arroyomolinos
Ayto. de Batres
Ayto. de Cubas de la Sagra
Ayto. de Griñón
Ayto. de Moraleja de Enmedio
Ayto. de Serranillos del Valle
Ayto. de Torrejón de la Calzada
Ayto. de Torrejón de Velasco
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL 2009 I 2012
cubierta
I PLAN DE INTEGRACIÓN Y CONVIVENCIA MULTICULTURAL 2009 I 2012