Contabilidad financiera( estatuto)

Page 1

TEMA : ESTATUTO DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Integrantes: Araceli Rivera Soledad Sevillano Octubre- Marzo 2015


Los estatutos constituyen las reglamentaciones o conjunto de normas que regulan la vida de la Cooperativa

Sirven de guía a los socios para saber, cuáles son los objetivos de la Cooperativa. - Cómo debe funcionar la Cooperativa. - Cuáles son sus deberes y derechos.


     

TITULO PRIMERO GENERALIDADES Y PRINCIPIOS TITULO SEGUNDO DE LOS SOCIOS TITULO TERCERO ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO TITULO CUARTO RÉGIMEN ECONÓMICO TITULO QUINTO DE LA FUSIÓN, ESCISIÓN, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN TITULO SEXTO DISPOSICIONES GENERALES


• Art 1 ADECUACIÓN DE LOS ESTATUTOS Las actividades y operaciones de las cooperativas estan sometidas a la


Artículo 2.- DOMICILIO, RESPONSABILIDAD, DURACIÓN Artículo 3.- OBJETO SOCIAL

Abiertas

Cerradas


Artículo 4.- ACTIVIDADES Efectuar servicios de caja y tesorería

Asumir obligaciones

. Recibir préstamos de instituciones financieras

Invertir


Artículo 5.- VALORES Y PRINCIPIOS Membresía abierta y voluntaria Control democrático de los miembros

Participación económica de los miembros Autonomía e independencia Educación, formación e información Compromiso con la comunidad


TÍTULO SEGUNDO DE LOS SOCIOS • Artículo 6.- SOCIOS Son socios de la cooperativa, las personas naturales legalmente capaces y las personas jurídicas. La Cooperativa podrá aperturar cuentas de ahorro y otorgar créditos únicamente a sus socios.


Artículo 7.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS SOCIOS • • • •

Cumplir las disposiciones legales, reglamentarias, el presente Estatuto Cumplir fiel y puntualmente con las obligaciones Asistir a los cursos de educación y capacitación cooperativista Participar en los eventos educativos, culturales, deportivos y más actos públicos que fueren organizados o patrocinados por la Cooperativa; • Adquirir los productos y utilizar los servicios que la cooperativa brinde a sus socios dentro del cumplimiento de su objeto social; • Participar en las elecciones de representantes o asambleas generales de socios, con derecho a un solo voto,


Artículo 8.- PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE SOCIO Fallecimiento Exclusión Retiro voluntario

Artículo 9.- RETIRO VOLUNTARIO

Perdida de la personería jurídica


Artículo 10.- EXCLUSIÓN Incumplimiento o violación de las normas jurídicas

Incumplimiento reiterado de las obligaciones económicas

Disposición arbitraria de fondos de la entidad

Presentación de denuncias falsas o agresión de palabra

Realizar operaciones ficticias


Artículo 11.- LIQUIDACIÓN DE HABERES

90 días

5% del capital social

Cuentas por pagar del siguiente año


Artículo 12.- FALLECIMIENTO


TÍTULO TERCERO ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO • Artículo 13.- ESTRUCTURA INTERNA Asamblea General de Socios Consejo de Administración

Consejo de Vigilancia Gerencia Comisiones Especiales


CAPÍTULO PRIMERO DE LA ASAMBLEA GENERAL • Artículo 14.- ASAMBLEA GENERAL La Asamblea General es el máximo órgano de gobierno de la cooperativa Si la cooperativa supera los 200 socios Si la cooperativa no supera los 200 socios


Artículo 15.- ELECCIÓN DE REPRESENTANTES

Artículo 16.- SUPLENTES


Artículo 17.- ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LA ASAMBLEA GENERAL Aprobar y reformar el Estatuto Social, el Reglamento Interno

Elegir a los miembros de los consejos de Administración y Vigilancia

Nombrar auditor Interno y externo

Aprobar o rechazar los estados financieros Autorizar la adquisición, enajenación o gravamen de bienes inmuebles de la

cooperativa Conocer y resolver sobre los informes de Auditoría Interna y Externa

Destinar los excedentes y utilidades


Artículo 18.- CONVOCATORIA

constarán por lo menos: lugar, fecha, hora y el orden del día de la Asamblea

Artículo 19.- CLASES Y PROCEDIMIENTO DE ASAMBLEAS


CAPÍTULO SEGUNDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN • Artículo 20.- INTEGRACIÓN • Es el órgano de dirección de la cooperativa • Estará integrado por 9 Vocales y sus respectivos suplentes • 2 años en sus funciones


Artículo 21.- CALIFICACIÓN • El Consejo de Administración se instalará dentro de los ocho días posteriores a su elección • Consejo iniciarán sus funciones a partir de que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria califique su capacidad.


Artículo 22.- ATRIBUCIONES Planificar y evaluar el funcionamiento de la cooperativa

Proponer a la asamblea reformas al Estatuto Social

Aceptar o rechazar las solicitudes de ingreso o retiro de socios

Conocer y resolver sobre los informes mensuales del Gerente

Sancionar a los socios

Señalar el número y valor mínimos de certificados de aportación que deban tener los socios



Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.