DIARIO OFICIAL - 02 JUNIO

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública

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SECCIÓN

DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.773

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Viernes 2 de Junio de 2017

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Normas Particulares CVE 1222375

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones

MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE PERALILLO Santiago, 18 de enero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 51 exento. Vistos: a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría; b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley; c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo N° 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta N° 479, de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y g) El decreto supremo N° 193, de 29.07.2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión. Considerando: a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel N° 71.124, de 01.06.2016, complementada mediante ingreso Subtel N° 107.142, de 22.08.2016; y b) Que la modificación de concesión solicitada no se encuentra entre aquellas que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 14º de la ley, deben quedar sometidas al procedimiento consagrado en los artículos 15º y 16º del mismo cuerpo legal. Decreto: 1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Peralillo, VI Región, señal distintiva XQC-542, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es sociedad A & F Broadcast System Limitada, RUT N° 77.732.690-2, con domicilio en Arturo Prat Nº 841, comuna de Rengo, VI Región, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican. 2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio e incorporar radioenlace estudio - planta, en los términos que a continuación se señalan:

Carlos Orellana Céspedes CVE 1222375 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl


DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 2 de Junio de 2017

Núm. 41.773

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Estudio: - Dirección : - Coordenadas Geográficas :

Manuel Rodríguez Nº 475, Peralillo, VI Región. 34º28’43” Latitud Sur; 71º28’47” Longitud Oeste. Datum WGS 84.

Radioenlace Estudio - Planta: - Frecuencia - Potencia - Tipo de emisión - Tipo de antena

: : : :

- Coordenadas Transmisor : - Coordenadas Receptor

:

323,2 MHz. 10 Watts. 180KF8EHF. Yagi 5 elementos, abertura lóbulo principal 60º, con 8 dBd. de ganancia máxima y polarización horizontal. 34º28’43” Latitud Sur; 71º28’47” Longitud Oeste. Datum WGS 84. 34º28’58” Latitud Sur; 71º27’45” Longitud Oeste. Datum PSAD 56.

4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley. 5. Los plazos serán los que se indican a continuación: - Inicio de obras - Término de obras - Inicio de servicio

: : :

5 días. 29 días. 59 días.

Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 6. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por escrito, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan a la solicitud aprobada. 7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto. 8. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

Carlos Orellana Céspedes CVE 1222375 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública

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DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.773

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Viernes 2 de Junio de 2017

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Normas Particulares CVE 1222537

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones

MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE COINCO Santiago, 25 de enero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 86 exento. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora, y g) El decreto supremo Nº 231, de 28.05.2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión. Considerando: a) La solicitud de modificación, Ingreso Subtel Nº 78.610, de 17.06.2016, complementada mediante Ingreso Subtel Nº 118.463, de 15.09.2016, y b) Que la modificación de concesión solicitada no se encuentra entre aquellas que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 14º de la ley, deben quedar sometidas al procedimiento consagrado en los artículos 15º y 16º del mismo cuerpo legal. Decreto: 1. Modifícase, la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Coinco, VI Región, señal distintiva XQC-482, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los vistos, cuyo titular es sociedad A & F Broadcast System Limitada, RUT Nº 77.732.690-2, con domicilio en Arturo Prat Nº 841, comuna de Rengo, VI Región, en los términos que a continuación se indican. 2. Apruébase la solicitud de modificación presentada por la concesionaria, junto con los antecedentes técnicos que le sirven de fundamento. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio y el transmisor del radioenlace estudio - planta, en los términos que a continuación se señalan:

Carlos Orellana Céspedes CVE 1222537 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

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Núm. 41.773

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 2 de Junio de 2017

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Estudio: - Dirección - Coordenadas Geográficas

: Urriola Nº 481, Rengo, VI Región. : 34º 24' 37'' Latitud Sur; 70º 51' 21'' Longitud Oeste. Datum WGS 84.

Transmisor del Radioenlace Estudio Planta: - Ubicación

: 34º 24' 37'' Latitud Sur; 70º 51' 21'' Longitud Oeste. Datum WGS 84.

4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley y sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley. 5. Los plazos serán los que se indican a continuación: - Inicio de obras - Término de obras - Inicio de servicio

: 2 días. : 7 días. : 53 días.

Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 6. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por escrito, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan a la solicitud aprobada. 7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto. 8. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

Carlos Orellana Céspedes CVE 1222537 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública

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DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.773

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Viernes 2 de Junio de 2017

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Normas Particulares CVE 1222680

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones

MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CAÑETE Santiago, 15 de mayo de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 271 exento. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría; b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103 ,de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y g) El decreto supremo Nº 32, de 25.01.1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus posteriores modificaciones. Considerando: a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 148.885, de 09.09.2015, complementada mediante ingreso Subtel Nº 29.213. de 28.02.2017; y b) Que la modificación de concesión solicitada no se encuentra entre aquellas que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 14º de la ley, deben quedar sometidas al procedimiento consagrado en los artículos 15º y 16º del mismo cuerpo legal. Decreto: 1. Modifícase, la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Cañete, VIII Región, señal distintiva XQC-304, otorgada mediante Decreto Supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es sociedad Bío Bío Comunicaciones S.A., RUT Nº 96.516.560-6, con domicilio en Bernardo O’Higgins Nº 680, piso 3, comuna de Concepción, VIII Región, en los términos que a continuación se indican. 2. Apruébase la solicitud de modificación presentada por la concesionaria, junto con los antecedentes técnicos que le sirven de fundamento. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio alternativo, el receptor del radioenlace estudio principal - estudio alternativo y el transmisor del radioenlace estudio alternativo - planta transmisora y rectificar el nombre del cerro en que se ubica la planta transmisora, en los términos que a continuación se señalan:

Carlos Orellana Céspedes CVE 1222680 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

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Estudio Alternativo: - Dirección : Covadonga Nº 750, Cañete, VIII Región. - Coordenadas Geográficas : 37º 48' 13'' Latitud Sur; 73º 23' 36'' Longitud Oeste. Datum PSAD 56. Radioenlace Estudio Principal - Estudio Alternativo: - Coordenadas Receptor

: 37º 48' 13'' Latitud Sur; 73º 23' 36'' Longitud Oeste. Datum PSAD 56.

Radioenlace Estudio Alternativo - Planta Transmisora: - Coordenadas Transmisor : 37º 48' 13'' Latitud Sur; 73º 23' 36'' Longitud Oeste. Datum PSAD 56. Planta transmisora: - Dirección

: Cerro Peleco, Cañete, VIII Región.

4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley y sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley. 5. Los plazos serán los que se indican a continuación: - Inicio de obras : 15 días. - Término de obras : 30 días. - Inicio de servicio : 60 días. Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 6. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por escrito, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan a la solicitud aprobada. 7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto. 8. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

Carlos Orellana Céspedes CVE 1222680 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

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DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.773

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Viernes 2 de Junio de 2017

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Normas Particulares CVE 1222681

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones

MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE PUCÓN Santiago, 15 de mayo de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 272 exento. Vistos: a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley; c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo N° 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta N° 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; g) El decreto supremo N° 418, de 13.12.1996, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus respectivas modificaciones. Considerando: a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel N° 67.206, de 06.06.2014, complementada por ingresos Subtel N° 83.635 de 27.05.2015, N° 91.147 de 10.06.2015 y N° 54.000 de 27.04.2016 y; b) Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente. Decreto: 1. Modifícase, la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Pucón, IX Región, señal distintiva XQD-214, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los vistos, cuyo titular es Bio-Bio Comunicaciones S.A., RUT N° 96.516.560-6, con domicilio en Av. Bernardo O’Higgins N° 680, Of. 306, comuna de Concepción, VIII Región, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican. 2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación la planta transmisora y cambiar las características técnicas del sistema radiante, en los términos que a continuación se señalan:

Carlos Orellana Céspedes CVE 1222681 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl


Núm. 41.773

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 2 de Junio de 2017

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Planta Transmisora: - Dirección

:

- Coordenadas Geográficas

:

Camino El Volcán s/n, comuna de Pucón, IX Región. 39°19'30" Latitud Sur; 71°59'07" Longitud Oeste. Datum WGS 84.

Sistema Radiante: - Polarización - Tipo de antena

: :

Vertical. Log periódica, con tilt eléctrico de 18° bajo la horizontal. 7,43 dBd de ganancia máxima sin tilt y 1,92 dBd en el plano - Ganancia antena : horizontal. - Nº antenas : 4. - Altura centro de radiación : 25,5 metros. - Pérdidas (cables, conectores) : 1,82 dB. - Pérdidas (divisor potencia) : 0,05 dB. - Diagrama de radiación horizontal, de acuerdo a la siguiente tabla:

Arreglo de Antenas:

4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley. 5. Los plazos serán los que se indican a continuación: - Inicio de obras : - Término de obras : - Inicio de servicio :

30 días. 60 días. 90 días.

Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 6. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan al respectivo proyecto técnico aprobado. 7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto. 8. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables.

Carlos Orellana Céspedes CVE 1222681 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl


Núm. 41.773

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Viernes 2 de Junio de 2017

Página 3 de 3

Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

Carlos Orellana Céspedes CVE 1222681 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl


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