DIARIO OFICIAL - 05/10/16

Page 1

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública

II

SECCIÓN

DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.576

|

Miércoles 5 de Octubre de 2016

|

Página 1 de 3

Normas Particulares CVE 1119627

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones

OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE HUINTIL Santiago, 18 de mayo de 2016.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 81. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora; g) La resolución exenta Nº 479, de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que Fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora; h) La resolución exenta Nº 3.890, de 22.06.2015, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2015. Considerando: a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 41.158, de 15.05.2015; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 125.863, de 06.08.2015; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum Nº 200/C, de 14.10.2015; d) La resolución exenta Nº 39, de 06.01.2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Huintil, IV Región, a la Parroquia Nuestro Señor Jesuscristo Crucificado; e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; y, en uso de mis atribuciones; Decreto: 1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Huintil, IV Región, a la Parroquia Nuestro Señor Jesucristo Crucificado, RUT Nº 72.555.500-8, con domicilio en Camino Público s/n, Km. 17, Huintil, comuna de Illapel, IV Región, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.

Carlos Orellana Céspedes CVE 1119627 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl


Núm. 41.576

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Miércoles 5 de Octubre de 2016

Página 2 de 3

3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQA-618, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican: ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio - Zona de servicio

: :

- Período de la concesión - Plazo inicio de obras - Plazo término de obras - Plazo inicio de transmisiones - Potencia - Frecuencia

: : : : : :

Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada. Localidad de Huintil, IV Región. Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 54 dB (µV/m), referida al punto de emisión de la señal. 25 años. 10 días. 30 días. 60 días. 150 W. 92,5 MHz.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES - Tipo de emisión - Desviación máxima - Diagrama de Radiación - Ganancia - Polarización - Tipo de antenas - Nº Antenas - Altura del centro de radiación - Pérdidas en cables, conectores y otros

: : : : : : : : :

180KF8EHF ±75 kHz Direccional. 5,71 dBd de ganancia máxima. Vertical. Yagi de 2 elementos. 2. 22 m. 1dB.

- Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:

UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES - Ubicación del Estudio

:

- Coordenadas Geográficas

:

Camino Público s/n, Km 17, Huintil, comuna de Illapel, IV Región. 31°34'38'' Latitud Sur. 70°59'57'' Longitud Oeste. Datum WGS84.

- Ubicación de la Planta Transmisora y Sistema Radiante - Coordenadas Geográficas

:

Cerro Antenas TV, Huintil, comuna de Illapel, IV Región.

:

31°33'28'' Latitud Sur. 70°57'56'' Longitud Oeste. Datum WGS84.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO - PLANTA TRANSMISORA - Frecuencia - Potencia

: :

322 MHz. 5 W.

Carlos Orellana Céspedes CVE 1119627 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl


Núm. 41.576

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Miércoles 5 de Octubre de 2016

- Ganancia : - Polarización : - Tipo emisión : - Antena : - Coordenadas etapa transmisora : - Coordenadas etapa receptora

:

Página 3 de 3

10 dBd. Horizontal. 180KF8EHF. Yagi de 5 elementos, abertura lóbulo principal 52°. 31°34'38'' Latitud Sur. 70°59'57'' Longitud Oeste. Datum: WGS84. 31°33'28'' Latitud Sur. 70°57'56'' Longitud Oeste. Datum: WGS84.

4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado. 7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. 8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

Carlos Orellana Céspedes CVE 1119627 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl


DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública

II

SECCIÓN

DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.576

|

Miércoles 5 de Octubre de 2016

|

Página 1 de 2

Normas Particulares CVE 1119420

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones

MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE PUERTO NATALES Santiago, 23 de agosto de 2016.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 439 exento. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y g) El decreto supremo Nº 196, de 14.06.1994, que otorgó la concesión, transferida a su actual titular mediante decreto supremo Nº 677, de 26.11.2004, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Considerando: a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 77.223 de 15.06.2016; y b) Que la modificación de concesión solicitada no se encuentra entre aquellas que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 14º de la ley, deben quedar sometidas al procedimiento consagrado en los artículos 15º y 16º del mismo cuerpo legal. Decreto: 1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la ciudad de Puerto Natales, XII Región, señal distintiva XQD-200, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es sociedad Comunicaciones Radiales Cordillera S.A., RUT Nº 96.592.050-1, con domicilio en Independencia Nº 129, piso 3, comuna de Independencia, Región Metropolitana, en los términos que a continuación se indican. 2. Apruébase la solicitud de modificación presentada por la concesionaria, junto con los antecedentes técnicos que le sirven de fundamento. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio principal y transmisor del radioenlace estudio principal – planta, en los términos que a continuación se señalan:

Carlos Orellana Céspedes CVE 1119420 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl


Núm. 41.576

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Miércoles 5 de Octubre de 2016

Página 2 de 2

Estudio Principal: - Dirección : Cerro Mirador s/n, Natales, XII Región. - Coordenadas Geográficas : 51º44'07” Latitud Sur; 72º27'11” Longitud Oeste. Datum WGS 84. Radioenlace Estudio Principal – Planta: - Coordenadas Transmisor : 51º 44' 07” Latitud Sur; 72º 27' 11” Longitud Oeste. Datum WGS 84. 4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley y sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley. 5. Los plazos serán los que se indican a continuación: - Inicio de obras : 15 días. - Término de obras : 30 días. - Inicio de servicio : 60 días. Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 6. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por escrito, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan a la solicitud aprobada. 7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto. 8. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

Carlos Orellana Céspedes CVE 1119420 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl


DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública

II

SECCIÓN

DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.576

|

Miércoles 5 de Octubre de 2016

|

Página 1 de 1

Normas Particulares CVE 1116762

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones

DECLARA CADUCIDAD DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN MÍNIMA COBERTURA QUE INDICA Santiago, 6 de septiembre de 2016.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue: Núm. 440 exento. Vistos: a) El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo N° 126 de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y f) El decreto supremo N° 1.095 de 19.11.2007, que otorgó la concesión, transferida a su actual titular mediante decreto exento N° 224 de 12.03.2014, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Considerando: a) Que, mediante sentencia de 4 de enero de 2016, pronunciada en el procedimiento de cargo Rol N° 13.478 de 2014, se sancionó a la Cámara de Turismo de Pelarco, con la caducidad de la concesión individualizada en la letra f) de los Vistos; b) Que, la sentencia señalada en el considerando anterior se encuentra firme o ejecutoriada por sentencia de la Excelentísima Corte Suprema de fecha 12 de mayo de 2016, en causa Rol N° 27.982 de 2016, y c) Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 36° de la ley, la caducidad debe declararse por decreto supremo, y en uso de mis atribuciones legales, Decreto: Declárase la caducidad de la concesión de radiodifusión sonora en mínima cobertura, para la comuna de Pelarco, VII Región, señal distintiva XQK-199, individualizada en la letra f) de los Vistos, cuyo titular era la Cámara de Turismo de Pelarco, RUT N° 65.050.725-8. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

Carlos Orellana Céspedes CVE 1116762 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.