DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública
II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.803
|
Sábado 8 de Julio de 2017
|
Página 1 de 4
Normas Particulares CVE 1237068
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE LOS SAUCES Santiago, 24 de abril de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 71. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora; g) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que Fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora; h) La resolución exenta Nº 3.443, de 28.06.2012, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2012. Considerando: a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 40.262, de 15.05.2012; b) Lo solicitado por la interesada, mediante Ingreso Seremitt IX Región N° 9.163, de 06.08.2012, e Ingreso Subtel Nº 66.669, de 09.08.2012; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante los Memorándum Nº 124/C, de 26.09.2012, y N° 144/C, de 23.11.2012, complementado por Memorándum N° 142/C, de 08.08.2014; d) Lo dispuesto en el inciso 6° del artículo 13A de la ley; e) La resolución exenta N° 3.510, de 02.10.2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de concesiones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada; f) El Acta que da cuenta de lo obrado en el sorteo realizado el 08.01.2015; g) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum N° 7/C, de 13.01.2015; h) La resolución exenta Nº 5.768, de 22.10.2015, rectificada por resolución exenta N° 2.549, de 30.11.2016, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Los Sauces, IX Región, a María José Producciones y Comunicaciones E.I.R.L.;
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237068 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Sábado 8 de Julio de 2017
Núm. 41.803
Página 2 de 4
i) La oposición deducida por la sociedad Demo Limitada, en contra de la resolución de asignación antes citada, mediante Ingreso Subtel N° 264.637, de 04.12.2015; j) La resolución exenta N° 1.215, de 02.05.2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que acoge la oposición; y, en uso de mis atribuciones. Decreto: 1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Los Sauces, IX Región, a María José Producciones y Comunicaciones E.I.R.L., RUT Nº 76.195.701-5, con domicilio en Valparaíso N° 475, comuna de Angol, IX Región, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-705, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican: ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio - Zona de servicio
: :
- Período de la concesión - Plazo inicio de obras - Plazo término de obras - Plazo inicio de transmisiones - Potencia - Frecuencia
: : : : : :
Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada. Localidad de Los Sauces, IX Región. Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 54 dB (?V/m), referida al punto de emisión de la señal. 25 años. 20 días. 30 días. 60 días. 250 W. 96,3 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES - Tipo de emisión - Desviación máxima - Diagrama de Radiación - Ganancia - Polarización - Tipo de antenas - Nº Antenas - Altura del centro de radiación - Pérdidas en cables, conectores y otros
: : : : : : : : :
180KF8EHF ±75 kHz Omnidireccional. -6,34 dBd de ganancia máxima. Circular. Anillos cruzados en V. 1. 18 m. 1,27 dB.
- Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:
UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES - Ubicación del Estudio Principal
:
- Coordenadas Geográficas
:
Aníbal Pinto N° 450, comuna de Los Sauces, IX Región. 37º 58’ 51’’ Latitud Sur. 72º 50’ 09’’ Longitud Oeste. Datum WGS84.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237068 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.803
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Sábado 8 de Julio de 2017
Página 3 de 4
- Ubicación del Estudio Alternativo - Coordenadas Geográficas
: :
Valparaíso N° 470, comuna de Angol, IX Región. 37º 47’ 29’’ Latitud Sur. 72º 42’ 52’’ Longitud Oeste. Datum WGS84.
- Ubicación de la Planta Transmisora y Sistema Radiante - Coordenadas Geográficas
: :
Sector Queuque, comuna de Los Sauces, IX Región. 37º 56’ 35’’ Latitud Sur. 72º 50’ 12’’ Longitud Oeste. Datum WGS84.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO PRINCIPAL - PLANTA TRANSMISORA - Frecuencia - Potencia - Ganancia - Polarización - Tipo emisión - Antena Transmisora - Antena Receptora - Coordenadas etapa transmisora
: : : : : : : :
- Coordenadas etapa receptora
:
351,3 MHz. 5 W. 7 dBd. Horizontal. 180KF8EHF. Yagi de 5 elementos, abertura lóbulo principal 14°. Yagi de 5 elementos, abertura lóbulo principal 29°. 37º 58’ 51’’ Latitud Sur. 72º 50’ 09’’ Longitud Oeste. Datum: WGS84. 37º 56’ 35’’ Latitud Sur. 72º 50’ 12’’ Longitud Oeste. Datum: WGS84.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO ALTERNATIVO PLANTA TRANSMISORA - Frecuencia - Potencia - Ganancia - Polarización - Tipo emisión - Antena Transmisora - Antena Receptora - Coordenadas etapa transmisora
: : : : : : : :
- Coordenadas etapa receptora
:
351,3 MHz. 15 W. 7 dBd. Horizontal. 180KF8EHF. Yagi de 5 elementos, abertura lóbulo principal 55°. Yagi de 5 elementos, abertura lóbulo principal 47°. 37º 47’ 29’’ Latitud Sur. 72º 42’ 52’’ Longitud Oeste. Datum: WGS84. 37º 56’ 35’’ Latitud Sur. 72º 50’ 12’’ Longitud Oeste. Datum: WGS84.
4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237068 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.803
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Sábado 8 de Julio de 2017
Página 4 de 4
7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. 8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237068 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
II
SECCIÓN
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.803
|
Sábado 8 de Julio de 2017
|
Página 1 de 3
Normas Particulares CVE 1237136
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE NAVIDAD Santiago, 26 de abril de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 75. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126 de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 36 de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora; g) La resolución exenta Nº 479 de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que Fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora; h) La resolución exenta Nº 3.820, de 21.10.2014, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2014. Considerando: a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 40.959, de 15.09.2014; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Seremitt Nº 633-82, de 03.12.2014, ingreso Subtel Nº 142.625, de 05.12.2014; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum Nº 97/C, de 22.07.2015; d) Lo dispuesto en el inciso 6º del artículo 13A de la ley; e) La resolución exenta Nº 5.646, de 16.10.2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de concesiones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada; f) El Acta que da cuenta de lo obrado en el sorteo realizado el 11.11.2015; g) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum Nº 239/C, de 17.11.2015; h) La resolución exenta Nº 2.101, de 13.09.2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Navidad, VI Región, a Inversiones Rapel Limitada; i) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; y, en uso de mis atribuciones;
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237136 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Sábado 8 de Julio de 2017
Núm. 41.803
Página 2 de 3
Decreto: 1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Navidad, VI Región, a Inversiones Rapel Limitada, RUT Nº 76.400.118-4, con domicilio en José Miguel Carrera Nº 561, comuna de Las Cabras, VI Región, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQC-659, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican: ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio
:
- Zona de servicio
:
- Período de la concesión - Plazo inicio de obras - Plazo término de obras - Plazo inicio de transmisiones - Potencia - Frecuencia
: : : : : :
Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada. Localidad de Navidad, VI Región. Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 54 dB (?V/m), referida al punto de emisión de la señal. 25 años. 5 días. 29 días. 59 días. 100 W. 90,1 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES - Tipo de emisión - Desviación máxima - Diagrama de Radiación
: : :
180KF8EHF ±75 kHz Direccional. 6 dBd de ganancia máxima sin tilt y 4,1 dBd - Ganancia : de ganancia en el plano horizontal. - Polarización : Mixta. - Tipo de antenas : Yagi de 4 elementos. - Tilt eléctrico : 6,4º bajo la horizontal. - Nº Antenas : 8. - Altura del centro de radiación : 28 m. La altura del terreno sobre el nivel del mar, - Restricción : donde se ubicará el sistema radiante, no debe ser mayor a 150 m. - Arreglo de Antenas de acuerdo a la siguiente tabla:
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237136 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.803
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Sábado 8 de Julio de 2017
- Pérdidas en cables, conectores y otros -Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla
Página 3 de 3
: 1,9 dB. :
UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES - Ubicación del Estudio, Planta Transmisora y Sistema Radiante - Coordenadas Geográficas
: Sector Cuesta El Parrón, comuna de Navidad, VI Región. : 33º 57' 32'' Latitud Sur. 71º 50' 43'' Longitud Oeste. Datum WGS84.
4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado. 7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. 8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237136 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública
II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.803
|
Sábado 8 de Julio de 2017
|
Página 1 de 2
Normas Particulares CVE 1237554
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE CALDERA Santiago, 4 de mayo de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 77. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y f) El decreto supremo Nº 72, de 10.02.2006, que otorgó la concesión, transferida a su actual titular mediante decreto supremo Nº 1.072, de 12.11.2007, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Considerando: a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los vistos, ingreso Subtel Nº 163.415 de 30.12.2016, complementada mediante ingreso Subtel Nº 13.924 de 26.01.2017; b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel Nº 6.348 de 13.01.2017, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley Nº 19.733 de 2001; c) La resolución exenta Nº 426, de 08.03.2017, que autorizó previamente la transferencia; d) El instrumento de fecha 31.03.2017; e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 44.388 de 31.03.2017; y, en uso de mis atribuciones. Decreto: 1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQA-470, para la localidad de Caldera, III Región, cuyo titular es la sociedad Radio Corporación S.A., RUT Nº 96.677.320-0, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los vistos, en el sentido que el nuevo titular es la sociedad Radiodifusora Manuel Galleguillos Pangue E.I.R.L., RUT Nº 76.050.234-0, con domicilio en Domeyko Nº 172, comuna de Chañaral, III Región. 2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión. 3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo Carlos Orellana Céspedes CVE 1237554 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.803
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Sábado 8 de Julio de 2017
Página 2 de 2
ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley. 4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237554 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública
II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.803
|
Sábado 8 de Julio de 2017
|
Página 1 de 2
Normas Particulares CVE 1237255
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE MELINKA Santiago, 15 de mayo de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 269 exento. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora, y g) El decreto supremo Nº 141, de 05.08.2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que otorgó la concesión. Considerando: a) La solicitud de modificación, Ingreso Subtel Nº 87.539, de 04.06.2015, complementada mediante Ingresos Subtel Nº 157.168, de 22.09.2015, N° 245.306, de 24.11.2015, y Nº 155.961, de 16.12.2016, y b) Que la modificación de concesión solicitada no se encuentra entre aquellas que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 4º del artículo 14º de la ley, deben quedar sometidas al procedimiento consagrado en los artículos 15º y 16º del mismo cuerpo legal. Decreto: 1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Melinka, XI Región, señal distintiva XQD-643, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los vistos, cuyo titular es la Ilustre Municipalidad de Guaitecas, RUT Nº 69.253.300-3, con domicilio en Aeropuerto s/n, localidad de Melinka, comuna de Guaitecas, XI Región, en los términos que a continuación se indican. 2. Apruébase la solicitud de modificación presentada por la concesionaria, junto con los antecedentes técnicos que le sirven de fundamento. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio e incorporar radioenlace estudio - planta, en los términos que a continuación se señalan:
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237255 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.803
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Sábado 8 de Julio de 2017
Página 2 de 2
Estudio: - Dirección - Coordenadas Geográficas
: :
Coquimbo esq. Puquitín s/n, Melinka, comuna de Guaitecas, XI Región. 43º 53' 48'' Latitud Sur; 73º 44' 44'' Longitud Oeste. Datum WGS 84.
Radioenlace Estudio - Planta: - Frecuencia - Potencia - Tipo de emisión - Tipo de antena
:
327,1 MHz.
: :
5 Watts. 180KF8EHF. Yagi, abertura lóbulo principal 15º, con 7 dBd. de ganancia máxima y polarización vertical. 43º 53' 48'' Latitud Sur; 73º 44' 44'' Longitud Oeste. Datum WGS 84. 43º 53' 43'' Latitud Sur; 73º 44' 33'' Longitud Oeste. Datum WGS 84.
:
- Coordenadas Transmisor : - Coordenadas Receptor
:
4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley y sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley. 5. Los plazos serán los que se indican a continuación: - Inicio de obras : 5 días. - Término de obras : 15 días. - Inicio de servicio : 60 días. Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 6. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por escrito, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan a la solicitud aprobada. 7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto. 8. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237255 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública
II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.803
|
Sábado 8 de Julio de 2017
|
Página 1 de 3
Normas Particulares CVE 1237569
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE CHAÑARAL Santiago, 14 de junio de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 348 exento. Vistos: a) El decreto Ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante, la Ley; c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 479, de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; g) El decreto supremo Nº 214, de 14.08.1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión. Considerando: a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 150.584, de 11.09.2015, complementada por ingresos Subtel Nº 20.080, de 12.02.2016; Nº 50.699, de 21.04.2016; Nº 77.853, de 16.06.2016, y Nº 83.369, de 30.06.2016, y b) Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente. Decreto: 1. Modifícase, la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la ciudad de Chañaral, III Región, señal distintiva XQA-186, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es don Manuel Antonio Galleguillos Pangue, RUT Nº 6.097.323-7, con domicilio en Casimiro Domeyko Nº 0162, comuna de Chañaral, III Región, en adelante el concesionario, en los términos que a continuación se indican. 2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por el concesionario. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3. Autorízase al concesionario para cambiar de ubicación el estudio principal, la planta transmisora, cambiar las características técnicas del sistema radiante, incorporar estudios alternativos 1 y 2, incorporar radioenlace estudio principal - planta y radioenlace estudio alternativo 1 - planta, en los términos que a continuación se señalan:
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237569 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.803
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Sábado 8 de Julio de 2017
Página 2 de 3
Estudio Principal. - Dirección
:
- Coordenadas Geográficas
:
Casimiro Domeyko esquina Covadonga, Chañaral, III Región. 26º 20' 48" Latitud Sur; 70º 36' 44" Longitud Oeste.
: :
Manuel Montt Nº 260, Chañaral, III Región. 26º 20' 50" Latitud Sur; 70º 37' 00" Longitud Oeste.
Estudio Alternativo 1. - Dirección - Coordenadas Geográficas
Estudio Alternativo 2 y Planta Transmisora. - Dirección - Coordenadas Geográficas
: :
Capitán Ávalos Nº 215, Chañaral, III Región. 26º 20' 08" Latitud Sur; 70º 36' 49" Longitud Oeste.
- Polarización - Tipo de antena
: :
- Ganancia antena
:
- Nº antenas - Altura centro de radiación - Pérdidas (cables, conectores) - Pérdidas (divisor de potencia)
: : :
Vertical. Log-Periódica, con tilt eléctrico de 19º bajo la horizontal. 10,58 dBd de ganancia máxima sin tilt y 4,01 dBd en el plano horizontal. 2. 28,5 metros. 2,45 dB.
:
0,05 dB.
Sistema Radiante:
- Diagrama Direccional de Radiación Horizontal, de acuerdo a la siguiente tabla:
Arreglo de Antenas:
Radioenlace Estudio Principal - Planta: - Frecuencia - Potencia - Tipo de emisión - Tipo de antenas - Coordenadas Transmisor - Coordenadas Receptor
: : : :
310,3 MHz. 10 Watts. 180KF8EHF. Yagi 5 elementos, abertura lóbulo principal de 45º, con 10 dBd de ganancia máxima y polarización horizontal. : 26º 20' 48" Latitud Sur; 70º 36' 44" Longitud Oeste. : 26º 20' 08" Latitud Sur; 70º 36' 49" Longitud Oeste.
Radioenlace Estudio Alternativo 1 - Planta: - Frecuencia - Potencia - Tipo de emisión
: 310,3 MHz. : 10 Watts. : 180KF8EHF.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237569 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.803
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Sábado 8 de Julio de 2017
Página 3 de 3
- Tipo de antenas
: Yagi 5 elementos, abertura lóbulo principal de 45º, con 10 dBd de ganancia máxima y polarización horizontal. - Coordenadas Transmisor : 26º 20' 50" Latitud Sur; 70º 37' 00" Longitud Oeste. - Coordenadas Receptor : 26º 20' 08" Latitud Sur; 70º 36' 49" Longitud Oeste. - Todas las coordenadas geográficas están en Datum WGS 84. 4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al concesionario. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la Ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley. 5. Los plazos serán los que se indican a continuación: - Inicio de obras : 10 días. - Término de obras : 35 días. - Inicio de servicio : 90 días. Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 6. El concesionario no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan al respectivo proyecto técnico aprobado. 7. El concesionario estará afecto al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto. 8. Es obligación del concesionario, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese al interesado y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones Subrogante.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1237569 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl