DIARIO OFICIAL - 13/09

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE

II

SECCIÓN

Ministerio del Interior y Seguridad Pública

DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.859

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Miércoles 13 de Septiembre de 2017

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Normas Particulares CVE 1270948

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones

MODIFICA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LAS LOCALIDADES DE RINCONADA Y CURICÓ Santiago, 25 de julio de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 130. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo N° 126, de 1997, modificado por decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) El artículo 2° transitorio de la ley Nº 19.277, de 20.01.1994, y g) Los decretos supremos que otorgaron las concesiones, individualizados a continuación: Señal Distintiva XQB-389

XQC-421

Decreto Zona de Servicio Decreto Supremo N° 29 de 09.01.2008, que otorgó la concesión, y su modificación Rinconada posterior. Decreto Supremo N° 393 de 29.08.2001, que otorgó la concesión, transferida a su actual titular mediante Decreto Supremo Curicó N° 52 de 01.02.2005, y sus modificaciones.

Región V

VII

Considerando: a) La solicitud de autorización previa para transferir las concesiones otorgadas mediante los decretos supremos indicados en la letra g) de los Vistos, ingreso Subtel N° 124.806, de 30.09.2016, complementada mediante ingreso Subtel N° 145.508, de 23.11.2016; b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel N° 118.505, de 15.09.2016, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley N° 19.733, de 2001; c) La resolución exenta N° 250, de 08.02.2017, que autorizó previamente la transferencia; d) El instrumento de fecha 05.05.2017; e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel N° 63.513, de 16.05.2017; y, en uso de mis atribuciones. Decreto: 1. Modifícanse las concesiones de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señales distintivas XQB-389 para la localidad de Rinconada, V Región y XQC-421 para la localidad de Carlos Orellana Céspedes CVE 1270948 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl


Núm. 41.859

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Miércoles 13 de Septiembre de 2017

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Curicó, VII Región, cuyo titular es la sociedad Transco S.A., RUT N° 96.809.200-6, según consta en los decretos supremos indicados en la letra g) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la sociedad Inversiones Madrid Limitada, RUT Nº 76.098.974-6, con domicilio en Avenida Santa Rosa N° 17, oficina N° 91, comuna de Santiago, Región Metropolitana. 2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión. 3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley. 4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones Subrogante.

Carlos Orellana Céspedes CVE 1270948 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl

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