DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
I
SECCIÓN
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 41.784
|
Jueves 15 de Junio de 2017
|
Página 1 de 2
Normas Generales CVE 1227170
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
EXCLUYE DEL CONCURSO PÚBLICO CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO CUATRIMESTRE DE 2017, LAS FRECUENCIAS DE RADIODIFUSIÓN SONORA PARA LAS LOCALIDADES Y COMUNAS QUE INDICA (Resolución) Santiago, 8 de junio de 2017.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue: Núm. 1.086 exenta. Vistos: a) El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones; b) La ley N° 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La ley N° 20.433 de 2010, que crea los servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana; d) El decreto supremo N° 126 de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) La resolución exenta N° 470 de 2013, y sus modificaciones, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que faculta a los Jefes de División y de Departamentos para firmar "Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones" y delega las facultades que indica; f) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; g) La resolución exenta N° 479 de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; h) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2017, publicado en el Diario Oficial N° 41.757, de 15.05.2017. Considerando: a) Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 13° de la ley e inciso segundo del artículo 10° del Reglamento, se deben excluir del concurso las frecuencias que la Subsecretaría de Telecomunicaciones, por resolución técnicamente fundada, declare no estar disponibles; b) Que, de acuerdo a lo dispuesto en las letras a), b), c), d) y e) del artículo 3° de la ley N° 20.433, publicada en el Diario Oficial N° 39.651 de 04.05.2010, las concesiones de los servicios se otorgarán dentro de un segmento especial del Espectro Radioeléctrico en la banda de Frecuencia Modulada, y c) Que, respecto de las concesiones a que se refiere la parte resolutiva del presente acto administrativo, incluidas en el llamado a concurso indicado en la letra h) de los vistos, los estudios técnicos realizados permiten concluir que el uso de las frecuencias pertinentes causará interferencias perjudiciales a los servicios de telecomunicadiones autorizados; y, en uso de mis atribuciones, dicto la siguiente:
Carlos Orellana Céspedes CVE 1227170 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Jueves 15 de Junio de 2017
Núm. 41.784
Página 2 de 2
Resolución: 1. Exclúyanse del concurso público correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2017, en virtud de las disposiciones señaladas en los Considerandos, las frecuencias correspondientes a las concesiones de radiodifusión sonora para las localidades y comunas que a continuación se indican: SOLICITUDES NUEVAS
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones, Enoc Araya Castillo, Jefe de División Concesiones Subrogante. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones Subrogante.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1227170 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública
II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.784
|
Jueves 15 de Junio de 2017
|
Página 1 de 3
Normas Particulares CVE 1227866
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE ANCUD Santiago, 26 de abril de 2016.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 226 exento. Vistos: a) El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley; c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo N° 126 de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta N° 479 de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y g) El decreto supremo N° 35 de 30.01.2012, que otorgó la concesión, modificado por decreto exento N° 538, de 29.07.2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Considerando: a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel N° 17.230, de 30.01.2015, complementada mediante ingresos Subtel N° 267.684, de 14.12.2015, N° 273.322, de 29.12.2015, N° 72.206, de 03.06.2016 y N° 86.003, de 06.07.2016. b) Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente. Decreto: 1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Ancud, X Región, señal distintiva XQD-585, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es Altronix Comunicaciones Limitada, RUT N° 76.181.320-K, con domicilio en Avda. Chesterton N° 7168, Departamento 123, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican. 2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3. Autorízase a la concesionaria para cambiar las características técnicas del sistema radiante, cambiar la ubicación del estudio alternativo, cambiar la frecuencia del radioenlace estudio alternativo - planta, cambiar la ubicación del transmisor del radioenlace, en los términos que a continuación se señalan:
Carlos Orellana Céspedes CVE 1227866 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.784
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Jueves 15 de Junio de 2017
Página 2 de 3
Estudio Alternativo: - Dirección - Coordenadas Geográficas
: :
Pudeto N° 129, Ancud, X Región. 41° 52' 03" Latitud Sur; 73° 49' 43" Longitud Oeste.
Características Técnicas del Sistema Radiante que cambia: - Diagrama radiación - Tipo de antena
: :
- Polarización - Nº antenas - Ganancia arreglo antenas
: : :
- Altura centro de radiación - Pérdidas (cables, conectores)
: :
Direccional. Dipolo, con un ángulo de tilt eléctrico de 14° bajo la horizontal. Vertical. 2. 5,51 dBd. de ganancia máxima sin tilt y 3,01 dBd en el plano horizontal. 28 metros. 1,10 dB.
- Diagrama de radiación horizontal, de acuerdo a la siguiente tabla:
Radioenlace Estudio Alternativo - Planta: - Frecuencia : 323,5 MHz. - Coordenadas Transmisor : 41° 52' 03" Latitud Sur; 73° 49' 43" Longitud Oeste. - Todas las coordenadas en Datum WGS 84. 4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23° de la ley. 5. Los plazos serán los que se indican a continuación: - Inicio de obras : 1 día. - Término de obras : 5 días. - Inicio de servicio : 35 días. Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 6. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan al respectivo proyecto técnico aprobado. 7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1227866 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.784
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Jueves 15 de Junio de 2017
Página 3 de 3
8. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1227866 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl