DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública
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SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.711
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Viernes 17 de Marzo de 2017
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Normas Particulares CVE 1193837
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE TOCOPILLA Santiago, 26 de enero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 17. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora; g) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que Fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora; h) La resolución exenta Nº 658, de 27.02.2014, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2014. Considerando: a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 40.757, de 15.01.2014, rectificado por resolución exenta N° 348, de 28.01.2014, publicada en el Diario Oficial el 07.02.2014; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 42.788, de 04.04.2014; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum Nº 156/C, de 11.09.2014; d) Lo dispuesto en el inciso 6° del artículo 13A de la ley; e) La resolución exenta N° 4.322, de 27.11.2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de concesiones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada; f) El Acta que da cuenta de lo obrado en el sorteo realizado el 08.01.2015; g) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum N° 8/C, de 13.01.2015; h) La resolución exenta Nº 4.488, de 30.07.2015, rectificada por resolución exenta Nº 6.674, de 29.12.2015, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Tocopilla, II Región, a Sociedad de Radiodifusión y Publicidad G y M Limitada; i) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión, y en uso de mis atribuciones; Carlos Orellana Céspedes CVE 1193837 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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Núm. 41.711
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Decreto: 1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Tocopilla, II Región, a Sociedad de Radiodifusión y Publicidad G y M Limitada, RUT Nº 78.467.250-6, con domicilio en 21 de Mayo N° 2048, comuna de Tocopilla, II Región, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQA-631, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican: ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio - Zona de servicio
:Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada. :Localidad de Tocopilla, II Región. Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 54 dB (µV/m), referida al punto de emisión de la señal. :25 años. :15 días. :30 días. :60 días. :250 W. :103,7 MHz.
- Período de la concesión - Plazo inicio de obras - Plazo término de obras - Plazo inicio de transmisiones - Potencia - Frecuencia
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES - Tipo de emisión : 180KF8EHF - Desviación máxima : ±75 kHz - Diagrama de Radiación : Direccional. - Ganancia : 9,45 dBd de ganancia máxima. - Polarización : Vertical. - Tipo de antenas : Dipolo de 1/2 onda. - Nº antenas : 5. - Altura del centro de radiación : 32 m. - Pérdidas en cables, conectores y otros : 1,31 dB. - Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:
UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES - Ubicación del Estudio, Planta Transmisora y Sistema Radiante - Coordenadas geográficas
21 de Mayo N°2048, comuna de Tocopilla, II Región. :22º 05' 25'' Latitud Sur. 70º 11' 50'' Longitud Oeste. Datum WGS84. :
4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. Carlos Orellana Céspedes CVE 1193837 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
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6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado. 7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. 8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1193837 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
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Normas Particulares CVE 1194143
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE CUÑIBAL Santiago, 27 de enero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 23. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y f) El decreto supremo Nº 414, de 29.08.2001, que otorgó la concesión, transferida a su actual titular mediante decreto supremo Nº 56, de 07.02.2005, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Considerando: a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 69.131, de 27.05.2016; b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel Nº 63.879, de 17.05.2016, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley Nº 19.733, de 2001; c) La resolución exenta Nº 1.883, de 17.08.2016, que autorizó previamente la transferencia; d) El instrumento público de fecha 09.09.2016, perfeccionada ante don Raúl Undurraga Laso, Abogado y Notario Público de Santiago, Región Metropolitana; e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 122.606, de 27.09.2016; y en uso de mis atribuciones. Decreto: 1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQC-423, para la localidad de Cuñibal, VIII Región, cuyo titular es la Corporación de Radio Valparaíso Limitada, RUT Nº 81.640.900-4, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la sociedad Rubén Gustavo Castillo Lavín Técnico Electrónico Radiodifusión E.I.R.L., RUT Nº 76.255.844-0, con domicilio en calle Macedonia Nº 1383, comuna de Los Ángeles, VIII Región. 2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión. 3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo Carlos Orellana Céspedes CVE 1194143 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley. 4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Marco Labra Fuenzalida, Jefe División Concesiones Subrogante.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1194143 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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Normas Particulares CVE 1194085
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE QUILLOTA Santiago, 27 de enero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 24. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y f) El decreto supremo Nº 165, de 14.10.1985, que otorgó la concesión y sus modificaciones, renovada mediante decreto supremo Nº 364, de 07.12.2010, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Considerando: a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 77.851, de 16.06.2016, complementada mediante ingreso Subtel Nº 82.951, de 29.06.2016; b) El Informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel Nº 25.610, de 25.02.2016, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley Nº 19.733, de 2001; c) La resolución exenta Nº 2.091, de 09.09.2016, que autorizó previamente la transferencia; d) El Instrumento público de fecha 05.10.2016, perfeccionada ante doña María Soledad Santos Muñoz, Notario Público de Séptima Notaría de Santiago; e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 130.746, de 17.10.2016; y, en uso de mis atribuciones. Decreto: 1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada, señal distintiva CB-153, para la localidad de Quillota, V Región, cuyo titular es Inversiones La Estancia Limitada, RUT Nº 76.352.830-8, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la sociedad Radiodifusora Libra y Nexo S.A., RUT Nº 99.523.930-2, con domicilio en calle Blanco Nº 185, comuna de Quillota, V Región. 2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión. 3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo Carlos Orellana Céspedes CVE 1194085 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
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ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley. 4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Marco Labra Fuenzalida, Jefe División Concesiones Subrogante. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División de Infraestructura y Regulación Cursa con alcance el decreto Nº 24, de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 6.215.- Santiago, 20 de febrero de 2017. La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que modifica la concesión de radiodifusión sonora en amplitud modulada para la localidad de Quillota que indica, pero cumple con hacer presente que el instrumento a que alude la letra d) de su considerando, corresponde a un contrato cuyas firmas fueron autorizadas por la notario público que en dicho literal se individualiza. Saluda atentamente a Ud., por orden del Contralor General de la República, María Isabel Carril C., Subjefe División de Infraestructura y Regulación Subrogante. Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Presente.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1194085 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
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