DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública
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SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.570
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Miércoles 28 de Septiembre de 2016
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Normas Particulares CVE 1116427
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE EL TABO Santiago, 8 de julio de 2016.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 113. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La Ley Nº 20.433, que Crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, en adelante ley 20.433; d) Decreto supremo Nº 122, de 2011, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprobó el Reglamento de la ley 20.433; e) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; f) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; g) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; h) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora; i) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones posteriores, de la Subsecretaría, que fijó norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y, j) La resolución exenta Nº 139, de 17.02.2006, de la Subsecretaría, que aprobó las bases del concurso público de radiodifusión sonora, correspondiente al primer cuatrimestre de 2006. Considerando: a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 38.364, de 16.01.2006; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 26.253, de 06.04.2006; c) Lo informado por la Subsecretaría mediante memorándum Nº 373/C, de 09.08.2006; d) La resolución exenta Nº 1.333, de 24.10.2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a licitación para la asignación de concesiones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para las localidades respecto de las cuales se presentaron solicitudes con similares condiciones, correspondiente al concurso público del primer cuatrimestre de 2006; e) El Acta que da cuenta de lo obrado en la licitación realizada el día 16.11.2006. f) Lo informado por la Subsecretaría mediante memorándum Nº 514/C, de 20.11.2006. g) La resolución exenta Nº 605, de 02.05.2007, rectificada por resolución exenta Nº 2.594, de 20.03.2015, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de El Tabo, V Región, a la sociedad Transco S.A.
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h) La oposición deducida por Radiodifusora Santa Lucía S.A., en contra de la resolución precedente, mediante ingreso Subtel Nº 31.014, de 23.05.2007; i) Que, mediante Ord. Nº 35.324, de 30.05.2007, se dio traslado a la asignataria, de la oposición referida en el considerando anterior; j) El traslado evacuado por la sociedad Transco S.A., mediante ingreso Subtel Nº 35.044, de 19.06.2007; k) Lo informado por la Subsecretaría mediante memorándum Nº 125/C, de 18.11.2010; l) Que, mediante resolución exenta Nº 6.595, de 30.11.2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se rechazó la oposición citada en la letra h) de los considerandos; m) Que la asignataria acreditó haber enterado el monto ofrecido en la licitación, mediante ingreso Subtel Nº 41.767, de 09.05.2012; n) Lo informado a la concursante por oficio ordinario Ord. Nº 1.134/C, de 14.02.2013, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que informa del cambio de frecuencia en virtud de la ley señalada en la letra c) de los vistos, no formulando observaciones; y en uso de mis atribuciones, Decreto: 1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de El Tabo, V Región, a la sociedad Transco S.A., RUT Nº 96.809.200-6, con domicilio en Av. Eliodoro Yáñez Nº 1649, oficina 705, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQB-406, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican: ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada. - Zona de servicio : Localidad de El Tabo, V Región. Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 54 dB (?V/m), referida al punto de emisión de la señal. - Período de la concesión : 25 años. - Plazo inicio de obras : 05 días. - Plazo término de obras : 30 días. - Plazo inicio de transmisiones : 60 días. - Potencia : 50 W. - Frecuencia : 95,1 MHz. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES Tipo de emisión : 180KF8EHF. Desviación máxima : ±75 kHz. Diagrama de Radiación : Direccional. Ganancia : 8,53 dBd de ganancia máxima. Polarización : Vertical. Tipo de antenas : Log-periódica. Nº Antenas : 3. Altura del centro de radiación : 24 m. Pérdidas en cables, conectores y otros : 9,0 dB (Atenuador 7,5 dB). -
Diagrama de radiación horizontal, de acuerdo a la siguiente tabla:
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UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES -
Ubicación del Estudio
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Coordenadas Geográficas
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Dirección de la Planta Transmisora : y Sistema Radiante Coordenadas Geográficas :
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Av. Centenario Nº 9, oficina D, comuna de San Antonio, V Región. 33º 34' 37'' Latitud Sur. 71º 36' 39'' Longitud Oeste. Datum: Provisorio Sudamericano 1956. Esmeralda s/n, Parcela 187, comuna de El Tabo, V Región. 33º 26' 28'' Latitud Sur. 71º 38' 19'' Longitud Oeste. Datum: Provisorio Sudamericano 1956.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO-PLANTA TRANSMISORA: -
Frecuencia Potencia máxima Ganancia máxima Polarización Tipo emisión Antena Coordenadas etapa transmisora Coordenada etapa receptora
: : : : : : : :
321,1 MHz. 10 watts. 10 dBd. Vertical. 180KF8EHF. Yagi 5 elementos, abertura lóbulo principal en 45º. 33º 34’ 37’’ Latitud Sur; 71º 36’ 39’’ Longitud Oeste. 33º 26’ 28’’ Latitud Sur; 71º 38’ 19’’ Longitud Oeste. Datum: PSAD 56.
4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado. 7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. 8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud, Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA Y AMPLITUD MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE CHILLÁN Santiago, 5 de agosto de 2016.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 117. Vistos: a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; d) El decreto supremo N° 126, de 1997, modificado por decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y f) Los decretos supremos que otorgaron las concesiones, individualizados a continuación:
Considerando: a) La solicitud de autorización previa para transferir las concesiones de Radiodifusión Sonora en frecuencia modulada y amplitud modulada, otorgadas mediante decretos supremos indicados en la letra f) de los vistos, ingreso Subtel N° 184.782 de 15.10.2015, complementada mediante ingreso Subtel N° 262.277 de 03.12.2015; b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel N° 169.890 de 05.10.2015 de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley N° 19.733 de 2001;
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c) La resolución exenta N° 113 de 11.01.2016, que autorizó previamente la transferencia; d) El instrumento privado de fecha 29.03.2016; e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel N° 42.418 de 05.04.2016; y, en uso de mis atribuciones, Decreto: 1. Modifícanse las concesiones de Radiodifusión Sonora, en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQC-11, para la localidad de Chillán, VIII Región y Amplitud Modulada, señal distintiva CC-134, para la localidad de Chillán, VIII Región, cuyo titular es la Universidad de Concepción, RUT N° 81.494.400-K, según consta en los decretos supremos indicado en la letra f) de los vistos, en el sentido que el nuevo titular es la Empresa Radio y Televisión La Discusión S.A., RUT Nº 79.971.400-0, con domicilio en 18 de Septiembre N° 721, comuna de Chillán, VIII Región. 2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión. 3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley. 4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
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Normas Particulares CVE 1116822
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA CIUDAD DE TEMUCO Santiago, 22 de agosto de 2016.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 134. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) El artículo 2º transitorio de la ley Nº 19.277, de 1994; y, g) El decreto supremo Nº 324 de 12.09.1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y modificaciones posteriores. Considerando: a) La solicitud de modificación de la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra g) de los vistos, ingreso Subtel Nº 75.335 de 10.06.2016, complementada mediante ingreso Subtel Nº 88.316 de 12.07.2016; b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificada mediante ingreso Subtel Nº 48.562 de 18.04.2016, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º, inciso segundo, de la ley Nº 19.733 de 2001; c) El instrumento privado de fecha 07.07.2016, celebrada ante don Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público de la comuna de Temuco, que da cuenta material de la transferencia de la concesión, conforme lo establece la letra f) de los vistos; d) Que la adquirente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 21º y 22º de la ley, y en uso de mis atribuciones, Decreto: 1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-195, para la ciudad de Temuco, IX Región, cuyo titular es don Egon Artemio Gutiérrez Bellot, RUT Nº 3.386.499-K, según consta en el decreto supremo indicado en la letra g) de los vistos, en el sentido que su nuevo titular es la sociedad Agencia de Publicidad Creativa Limitada, RUT Nº 76.027.864-5, con domicilio en calle Claro de Luna Nº 1615, comuna de Temuco, IX Región. 2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión. 3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la nueva concesionaria. La no publicación de Carlos Orellana Céspedes CVE 1116822 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
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éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la Ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley. 4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
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