DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública
II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.971
|
Miércoles 31 de Enero de 2018
|
Página 1 de 2
Normas Particulares CVE 1345356
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE PUERTO MONTT Santiago, 14 de noviembre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 240. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y f) El decreto supremo Nº 563, de 19.07.2002, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Considerando: a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 57.855, de 04.05.2017, complementada mediante ingreso Subtel Nº 74.965, de 08.06.2017; b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel Nº 72.909, de 05.06.2017, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la Ley Nº 19.733, de 2001; c) La resolución exenta Nº 1.529, de 01.08.2017, que autorizó previamente la transferencia; d) El instrumento de fecha 10.10.2017, perfeccionado ante doña Lorena Elisa Quintanilla León, Abogado, Notario Público de la Tercera Notaría de San Miguel; e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 135.290, de 11.10.2017, y en uso de mis atribuciones, Decreto: 1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQD-449, para la localidad de Puerto Montt, X Región, cuyo titular es la sociedad Inversiones e Inmobiliaria Santa Lucía Limitada, RUT Nº 89.492.900-6, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno A.G., RUT Nº 81.730.000-6, con domicilio en Juan Mackenna Nº 904, comuna de Osorno, X Región. 2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión. 3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo Carlos Orellana Céspedes CVE 1345356 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.971
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Miércoles 31 de Enero de 2018
Página 2 de 2
ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley. 4. Es obligación de la nueva concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1345356 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública
II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.971
|
Miércoles 31 de Enero de 2018
|
Página 1 de 3
Normas Particulares CVE 1345743
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE LAS CASCADAS Santiago, 17 de noviembre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 245. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora; g) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que Fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora; h) La resolución exenta Nº 2.315, de 26.02.2015, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2015. Considerando: a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial N° 41.057, de 15.01.2015; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel N° 58.942, de 06.04.2015; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum N° 182/C, de 19.01.2016; d) Lo dispuesto en el inciso 6° del artículo 13A de la ley; e) La resolución exenta N° 1.311, de 18.05.2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de concesiones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada; f) El Acta que da cuenta de lo obrado en el sorteo realizado el 30.06.2016; g) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum N° 217/C, de 06.07.2016; h) La resolución exenta N° 1.093, de 08.06.2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Las Cascadas, X Región, a Manquehua Multimedios Limitada; i) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión, y en uso de mis atribuciones, Decreto: 1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Las Cascadas, X Región, a Manquehua Multimedios Limitada, RUT N° Carlos Orellana Céspedes CVE 1345743 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Miércoles 31 de Enero de 2018
Núm. 41.971
Página 2 de 3
76.011.891-5, con domicilio en Providencia N° 197, comuna de Salamanca, IV Región, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-727, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican: ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio - Zona de servicio
: Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada. : Localidad de Las Cascadas, X Región. Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 54 dB (µV/m), referida al punto de emisión de la señal. - Período de la concesión : 25 años. - Plazo inicio de obras : 15 días. - Plazo término de obras : 30 días. - Plazo inicio de transmisiones : 60 días. - Potencia : 150 W. - Frecuencia : 106,3 MHz. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES - Tipo de emisión - Desviación máxima - Diagrama de Radiación - Ganancia
: : : :
180KF8EHF ±75 kHz Direccional. 9,59 dBd de ganancia máxima sin tilt y 8,55 dBd de ganancia en el plano horizontal. - Polarización : Vertical. - Tipo de antenas : Yagi de 2 elementos. - Tilt eléctrico : 2,7° bajo la horizontal. - Nº Antenas : 4. - Altura del centro de radiación : 27 m. - Arreglo de antenas de acuerdo a la siguiente tabla:
- Pérdidas en cables, conectores y otros: 1,06 dB. - Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:
UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES - Ubicación del Estudio - Coordenadas Geográficas - Ubicación de la Planta Transmisora y Sistema Radiante
: Av. Arturo Alessandri Palma N° 430, Of. 26, comuna de Frutillar, X Región. : 41°07'33" Latitud Sur. 73°03'36" Longitud Oeste. Datum WGS84. : El Calvario s/n, Las Cascadas, comuna de Puerto Octay, X Región.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1345743 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Miércoles 31 de Enero de 2018
Núm. 41.971
- Coordenadas Geográficas
Página 3 de 3
: 41°06'29" Latitud Sur. 72°37'39" Longitud Oeste. Datum WGS84.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO - PLANTA TRANSMISORA - Frecuencia - Potencia - Ganancia - Polarización - Tipo emisión - Antena - Coordenadas etapa transmisora - Coordenadas etapa receptora
: : : : :
326,2 MHz. 10 W. 10 dBd. Horizontal. 180KF8EHF. Yagi de 5 elementos, abertura lóbulo principal : 55° : 41°07'33" Latitud Sur. 73°03'36" Longitud Oeste. Datum: WGS84. : 41°06'29" Latitud Sur. 72°37'39" Longitud Oeste. Datum: WGS84.
4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado. 7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. 8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1345743 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública
II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.971
|
Miércoles 31 de Enero de 2018
|
Página 1 de 3
Normas Particulares CVE 1345722
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
DEJA SIN EFECTO DECRETO N° 164, DE 10.08.2017, Y OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE TROYO Santiago, 17 de noviembre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 246. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora; g) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que Fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora; h) La resolución exenta Nº 3.890, de 22.06.2015, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2015. i) El decreto supremo N° 164, de 10.08.2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorga la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Troyo a Demo Limitada; Considerando: a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 41.158, de 15.05.2015; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Seremitt N° 7283, de 06.08.2015, ingreso Subtel Nº 127.995, de 10.08.2015; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum Nº 113/C, de 28.03.2016; d) La resolución exenta Nº 719, de 24.04.2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Troyo, IX Región, a Demo Limitada; e) Que en el decreto supremo indicado en la letra i) de los Vistos, se especificó el nombre abreviado de la Razón Social y no su nombre completo; f) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; y, en uso de mis atribuciones;
Carlos Orellana Céspedes CVE 1345722 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Miércoles 31 de Enero de 2018
Núm. 41.971
Página 2 de 3
Decreto: 1.- Déjese sin efecto el decreto supremo indicado en la letra i) de los Vistos, sin tramitar, por la razón señalada en la letra e) de los Considerando. 2.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Troyo, IX Región, a Sociedad Comercial de Comunicación Social Devaud y Morales Limitada, RUT Nº 78.753.200-4, con domicilio en Manuel Rodríguez N° 1199, comuna de Lautaro, IX Región, en adelante la concesionaria. 3.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 4.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-715, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican: ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio - Zona de servicio
- Período de la concesión - Plazo inicio de obras - Plazo término de obras - Plazo inicio de transmisiones - Potencia - Frecuencia
: Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada. : Localidad de Troyo, IX Región. Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 54 dB (µV/m), referida al punto de emisión de la señal. : 25 años. : 10 días. : 29 días. : 59 días. : 250 W. : 103,5 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES - Tipo de emisión - Desviación máxima - Diagrama de Radiación - Ganancia - Polarización - Tipo de antenas - Nº Antenas - Altura del centro de radiación - Pérdidas en cables, conectores y otros
: : : : : : : : :
180KF8EHF ±75 kHz Omnidireccional. 2,2 dBd de ganancia máxima. Vertical. Dipolo. 1. 30 m. 0,74 dB.
- Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:
UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES - Ubicación del Estudio - Coordenadas Geográficas - Ubicación de la Planta Transmisora y Sistema Radiante - Coordenadas Geográficas
: Sector Hijuela El Mirador S/N, comuna de Lonquimay, IX Región. : 38° 24' 26'' Latitud Sur. 71° 21' 25'' Longitud Oeste. Datum WGS84. : Sector Las Antenas S/N, Villa Troyo, comuna de Lonquimay, IX Región. : 38° 15' 59'' Latitud Sur. 71° 18' 35'' Longitud Oeste. Datum WGS84.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1345722 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.971
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Miércoles 31 de Enero de 2018
Página 3 de 3
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO - PLANTA TRANSMISORA - Frecuencia - Potencia - Ganancia - Polarización - Tipo emisión - Antena - Coordenadas etapa transmisora - Coordenadas etapa receptora
: : : : : : :
313,6 MHz. 10 W. 10 dBd. Horizontal. 180KF8EHF. Yagi de 6 elementos, abertura lóbulo principal 55°. 38° 24' 26'' Latitud Sur. 71° 21' 25'' Longitud Oeste. Datum: WGS84. : 38° 15' 59'' Latitud Sur. 71° 18' 35'' Longitud Oeste. Datum: WGS84.
5.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 6.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la Ley. 7.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado. 8.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. 9.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1345722 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública
II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 41.971
|
Miércoles 31 de Enero de 2018
|
Página 1 de 3
Normas Particulares CVE 1345067
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE ILLAPEL Santiago, 8 de enero de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 3 exento. Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley; c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; g) El decreto supremo Nº 15, de 26.01.2011, que otorgó la concesión, transferida a su actual titular mediante el decreto supremo Nº 143, de 05.08.2014, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Considerando: a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 187.563, de 16.10.2015, complementada por los ingresos Subtel N° 34.838, de 13.03.2017, y N° 41.509, de 27.03.2017, y; b) Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente. Decreto: 1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Illapel, IV Región, señal distintiva XQA-528, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es sociedad Radiodifusión Sonora y Televisiva Sergio Guzmán Leiva E.I.R.L., RUT Nº 76.247.321-6, con domicilio en Constitución N° 060, comuna de Illapel, IV Región, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican. 2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación la planta transmisora, cambiar características técnicas del sistema radiante y eliminar estudio alternativo, en los términos que a continuación se señalan:
Carlos Orellana Céspedes CVE 1345067 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Miércoles 31 de Enero de 2018
Núm. 41.971
Página 2 de 3
Planta Transmisora: - Dirección - Coordenadas Geográficas
: Cerro Tres Puntas, Illapel, IV Región. : 31° 38' 53" Latitud Sur; 71° 09' 12" Longitud Oeste. Datum WGS 84.
Sistema Radiante: - Polarización - Tipo de antena
: Vertical. : Yagi 2 elementos, con tilt eléctrico de 10,6° bajo la horizontal. - Ganancia antena : 5,1 dBd de ganancia máxima sin tilt y 2 dBd en el plano horizontal. - Nº antenas : 4. - Altura centro de radiación : 24 metros. - Pérdidas (cables, conectores) : 0,9 dB. - Otras Pérdidas (divisor de potencia) : 0,1 dB. Arreglo de Antenas:
- Diagrama de radiación horizontal, de acuerdo a la siguiente tabla:
4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la Ley. 5. Los plazos serán los que se indican a continuación: - Inicio de obras - Término de obras - Inicio de servicio
: 5 días. : 30 días. : 60 días.
Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 6. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan al respectivo proyecto técnico aprobado. 7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto. 8. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la Ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1345067 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Núm. 41.971
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Miércoles 31 de Enero de 2018
Página 3 de 3
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Carlos Orellana Céspedes CVE 1345067 | Director: Sitio Web: www.diarioficial.cl
Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl | Mesa Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl