Secretaría de Difusión Cultural Dirección de Museos Universitarios
AGUA POTABLE A DOMICILIO… Compra de agua potable a Doña Carlota Hinojosa con los fondos del Instituto Literario.
Lic. en H. Erika Leticia Bobadilla Quiroz
El agua es, quizá, el elemento más importan en la vida del ser humano y de todos los seres vivos del planeta tierra. El 70 por ciento del planeta es agua y el 70 por ciento del cuerpo der ser humano esta conformado por agua. De ahí la importancia de beber dicho liquido constantemente. El agua potable es primordial en la vida cotidiana, tanto para lavar la ropa como para cepillarse los dientes. Sin embargo, el uso del agua no se reduce al hogar, también representa un recurso económico e industrial, ya que se usa en innumerables actividades industriales.
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Con el crecimiento demográfico fue necesario replantearse la necesidad de distribuir de manera equitativa el agua potable. Pues antes de la primera mitad del siglo XIX el manejo y control del agua era un asunto local. Es decir, la distribución del vital liquido dependía de la autoridad estatal o municipal en conjunto con particulares. La gran mayoría de los suministros eran herencia de la época colonial y pertenecían al ámbito público y privado. Posteriormente, con el arribo de las políticas liberales se llegó a construir un marco jurídico que restringía la opinión de los particulares y las corporaciones civiles y religiosas sobre el agua.
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Fue así como en1881 el Gobierno del Estado de México informo que había comprado a Doña Carlota Hinojosa de González, una de las propietarias de la hacienda “San José de la Pila”, el agua potable que debía surtir a la población de Toluca, tomando el precio de los fondos del Instituto Literario.
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El 26 de abril de 1881 el Jefe político de dicho Distrito envía un comunicado en donde hace hincapié en la compra de agua potable a la Sra. Carlota por la cantidad de cuatro mil ciento ochenta y siete pesos, precio tomado de los fondos del Instituto Literario. Poniendo en conocimiento a la tesorería del establecimiento para que se prevenga al Ayuntamiento de la Ciudad y se proceda a otorgar, con arreglo a la Ley y por el termino que la misma señala, la escritura respectiva de reconocimiento por dicha suma y con redito del uno por ciento mensual, que se parará con el producto de las pensiones de la misma agua. Haciendo hipoteca especial en la que se dota a la ciudad.
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El 27 de abril se establecieron las bases para el otorgamiento de las escrituras de cuatro mil ciento ochenta y siete pesos que a favor del Instituto reconoció el Ayuntamiento de la Ciudad de Toluca, propuestas por la Tesorería del Instituto. Cuyas bases de conformidad con lo prevenido en comunicación de la expresada fecha, dirigida por el Superior Gobierno de Estado. 1ra El termino para el pago de la referida cantidad de $4.187 será de seis años con la hipoteca especial y exclusiva sobre el agua potable que surte esta población.
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2ª El pago de los réditos al uno por ciento lo verificará el Ayuntamiento con el producto de las mercedes que se tienen hoy concedidas a los particulares; al efecto autorizará dicha corporación a la Tesorería del Instituto, para que esta haga el cobro mensualmente a los mercedados y entregue la parte que corresponde del 25 por ciento federal, ya sea a la misma Tesorería Municipal o ya sea directo a la Jefatura de Hacienda.
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3ª Si el cobro que haga el Instituto por las mercedes de agua, importarse mayor cantidad del redito que le corresponde al capital que hoy se establece, la parte excedente se aplicará a buena cuenta de él, deduciéndose el redito a medida que se hagan los abonos.
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4ª Si por alguna circunstancia, el pago de las mercedes no cubriese el completo de los réditos, queda obligado el Ayuntamiento a completar la cantidad con el dos porciento municipal que percibe por la administración de Rentas, o con el producto de arrendamiento de las cantinas de la plaza del mercado, autorizando a esta oficina para el cobro y dando aviso a los locatarios.
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Es así como el Consejo en sesión ordinaria del día 3 de mayo de 1881 acordó que las bases anteriores, presentadas por la Tesorería del Instituto, fueran aprobadas para el otorgamiento de la escritura de cuatro mil ciento ochenta y siete pesos que a favor del Instituto reconoció el Ayuntamiento de la ciudad de Toluca por la compra que hizo a la Sra. Carlota Hinojosa de González, en dicha cantidad, del agua potable que debe surtir a la población, cuya suma se tomó de los fondos de dicho establecimiento.
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Con la minuta anterior quedo por concluida la compra de agua portable a la Sra. Carlota Hinojosa y se dio un gran paso en cuanto a la distribución de agua potable en la Ciudad de Toluca. Gracias esta acción el agua llego a mucha gente que a principios del siglo XIX no tenía acceso a tan vital líquido.
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