BASES LICITACIÓN VIVIENDA

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BASES ADMINISTRATIVAS. PROPUESTA PRIVADA

OBRA: PROPIETARIO: UBICACIÓN: ARQUITECTOS: FECHA:

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1.- ANTECEDENTES GENERALES 1.1.- OBJETIVOS El proyecto general corresponde a una vivienda ubicada en .................................................................., ROL: ............................. La obra considera la construcción de la obra gruesa, terminaciones y sus respectivas instalaciones en un contrato por suma alzada. Las partidas de terminaciones especificadas” Valor proforma” se refieren al material o subcontrato que aun no se ha definido y que una vez seleccionadas por el propietario se incorporaran al contrato, por lo que su pago, coordinación, contratación y responsabilidad de correcta ejecución debe asumirla la constructora. Estas partidas deben ser ejecutadas por los proveedores que defina el propietario, y los honorarios por su ejecución deben incluirse dentro de la propuesta entregada. 1.2. PROYECTOS DE ESPECIALIDADES Los proyectos de especialidades forman parte integrante de este proyecto y están ejecutados por los profesionales correspondiente a cada viñeta de plano.

2.- ANTECEDENTES 2.1.- El estudio de la propuesta deberá ceñirse al legajo de antecedentes que se adjuntan: • Proyecto de Arquitectura. • Proyecto de Calculo. • Proyectos de especialidades. • Especificaciones Técnicas • Itemizado Standard. . En caso de discrepancia entre los antecedentes entregados, el Contratista deberá consultar al arquitecto quien resolverá.


3.- CONSULTAS Cualquier consulta sobre la materia de la propuesta deberá hacerse por mail exclusivamente los arquitectos menaresjl@gmail.com No se aceptarán discusiones o aclaraciones sobre propuestas con posterioridad a su entrega. El análisis y la adjudicación se basarán exclusivamente en los documentos presentados junto con la propuesta.

4.- VISITA AL LUGAR DE LOS TRABAJOS Los proponentes podrán visitar directamente el lugar de las obras, para tomar cabal conocimiento del terreno, de la calidad del suelo e informarse de los riesgos que puedan correr, o las contingencias u otras circunstancias que puedan influir o afectar su oferta. 5.- CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA 5.1.- Llamado a Propuesta: Se entregaran los antecedentes a los proponentes el ........................................... 5.2.- Consultas y Respuestas por escrito: Las consultas se harán por mail al Arquitecto los días ........................................ Las respuestas se harán por escrito a todos los proponentes el día ..................................... 5.3.- Recepción de Propuestas: Las propuestas se entregaran el día ................................, hasta las 18.00 horas al mail del arquitecto 6.- FORMA DE PRESENTACION 6.1.-Se espera que las propuestas se presenten con: • • • • •

Programa de trabajo, mediante una Carta Gantt, indicando fechas de comienzo y término de cada actividad Declaración Jurada en señal de plena aceptación y comprensión de todos los citados antecedentes. Listado de Contratistas y Subcontratistas. Listado de Personal Profesional y Técnico que actuará en la construcción. Oferta Económica.

6.2.- PROPUESTA POR SUMA ALZADA Los Proponentes deberán entregar su presupuesto, encuadrándose al itemizado que se les entregará por mail. Será responsabilidad del Proponente revisar que el itemizado este completo. Si no lo estuviera, las partidas faltantes se deberán agregar al final, en un punto que se ha dejado expresamente para este efecto. Para no alterar el programa que se usará para comparar las propuestas. Los honorarios, los Gastos Generales y el IVA se presentan al final del presupuesto de acuerdo a lo indicado en el itemizado. Deberá indicar en que consisten los Gastos Generales que se consideran.


7.- CONTRATO Y REGLAMENTACION APLICABLE 7.1.- El contrato será por suma alzada en pesos y se reduce a las cantidades de obra cubicadas, y a los precios unitarios que el Proponente establezca en su propuesta. Las terminaciones indicadas serán definidas por el propietario y deben incorporarse al presupuesto por suma alzada. 7.2.-Las obras se ejecutarán ciñiéndose estrictamente a los planos, Especificaciones Técnicas, y demás antecedentes enumerados en el punto 2 de las presentes bases. En caso de discrepancia entre los antecedentes entregados, el Contratista deberá consultar al arquitecto quien definirá la solución. 7.3.- Las obras deberán ajustarse a las exigencias de los organismos fiscalizadores que corresponda, a la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización o Reglamento de Seguridad en la Construcción, Normas Chilenas vigentes y toda norma o reglamento que tenga relación con las obras. 7.4.-Con relación al suministro provisorio de agua y electricidad, la constructora debe solicitar los empalmes, ya sean provisorios o definitivos. El costo de ellos será de cargo del propietario.

8.- PLAZO DE EJECUCION Y MULTAS El plazo de ejecución de la obra lo determinará el Contratista en su Propuesta, siendo este plazo importante en el momento de definir la Propuesta. El plazo de ejecución quedara inserto en el correspondiente Contrato, y se fija una multa de 10UF por cada día de atraso que sea imputable al Proponente. La aplicación de la multa se hará administrativamente sin forma de juicio y se deducirá en primer lugar de los Estados de Pago, luego de las retenciones, y finalmente, si las anteriores no fueran suficientes, de la Garantía del Contrato. Se deja expresa constancia que el Contratista no podrá pedir ampliación de plazos, aumentos de precios o cualquier cambio en las condiciones del Contrato por motivos de paros, huelgas, sean estas legales o ilegales, de su propio personal, ya sean de oficina o de terreno, o personal de sus subcontratistas, proveedores o transportistas.

9.- ADJUDICACION DE LA PROPUESTA Y TIPO DE CONTRATO La Propuesta será adjudicada en un plazo que no podrá exceder los 30 días. El Propietario se reserva el derecho de adjudicar en forma parcial o total ( obra gruesa o completa ) o declarar desierta esta licitación, sin expresión de causa ni indemnización alguna. Si se resolviere adjudicar la propuesta, se le comunicará por escrito al Proponente favorecido, mediante la emisión de la respectiva carta de aceptación. El Propietario se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier item o items identificados en la propuesta sin expresión de causa, como también se reserva el derecho de aumentar o disminuir cualquier partida (s) hasta en un 15% manteniendo el mismo precio unitario de la Propuesta, sin que signifique un reestudio de la propuesta o cualquier tipo de sobreprecio. En caso de adjudicación, todos los antecedentes debidamente firmados por las partes pasarán a formar parte del Contrato Privado de Construcción que se suscribirá y que deberá ser firmado ante Notario por el Proponente seleccionado dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la fecha en que se comunique la adjudicación. También es válido, que dentro del plazo indicado, el Contratista adjudicado presente observaciones al Contrato si considera que este no está de acuerdo con las presentes bases, y si así fuera, se procederá a su modificación, y si no lo fuere, a la firma del Contrato. Los trabajos deberán iniciarse tan pronto se firme el Contrato y se entregue el terreno.


Todos los gastos que origine la celebración del Contrato, su protocolización, pago de Impuestos, etc., serán de cargo exclusivo del Contratista, a excepción de los honorarios del abogado redactor del Contrato, que será de cargo del Propietario.

10.- ANTICIPOS 10.1.- El Contratista podrá solicitar el anticipo de dinero correspondiente como máximo al 20% del monto neto total de la propuesta. Este anticipo se entregará contra la presentación de Boleta (s) de Garantía Bancaria a nombre del Propietario por igual valor, que deberá entregar el contratista. El costo de esta garantía será de cargo del contratista. 10.2.-Si se produjera una paralización de las obras por más de dos días hábiles, el propietario podrá presentar para su cobro la boleta de Garantía Bancaria correspondiente al anticipo, excepto cuando la paralización en cuestión sea producto de razones de fuerza mayor. Configuradas estas en el artículo 45 del Código Civil o de acuerdo a lo indicado en el punto 20 de las presentes bases.

11.- GARANTIAS Y RETENCIONES El Contratista cuya propuesta se acepte, deberá presentar una Boleta de Garantía Bancaria de fiel cumplimiento del contrato. El monto de esta Garantía será de 2% del valor del Contrato y deberá extenderse por un plazo de 12 meses. Si el Contrato sufriere algún aumento por modificación o cambio de obras o por obras extraordinarias, el Contratista deberá presentar una nueva Boleta de Garantía, bajo las mismas condiciones de la anterior.

12.- PRECIO DE LA PROPUESTA El precio ofrecido por el proponente deberá incluir todos los materiales, maquinaria, obra de mano, leyes sociales, fletes, extracción de escombros, limpieza, etc.., De modo que el Proponente renuncia a cualquier mayor cobro sobre lo estipulado por cualquier concepto, salvo lo establecido en la cláusula de reajuste.

13.- REAJUSTES El precio del Contrato se expresará en pesos sin reajustes. Los Estados de pago se pagarán en pesos.

15.- ESTADOS DE PAGO 15.1.-El Contratista podrá solicitar la cancelación del trabajo mediante Estados de Pago mensuales, los que se pagarán en pesos. 15.2.-Cada Estado de Pago deberá ser facturado por el Contratista, con el recargo del IVA correspondiente. La presentación de la factura será condición del pago. 15.3.-Los Estados de Pago se pagarán de acuerdo al porcentaje que los trabajos efectuados representen dentro del valor total del contrato, y se presentarán detallados en la misma forma que el presupuesto y a los mismos precios unitarios. En cada estado de pago deberá rebajarse la retención acordada y la parte proporcional del anticipo.


Los estados de pago se considerarán abonos parciales a la Empresa Constructora durante el curso de los trabajos, y tendrán sólo el carácter de anticipo concedido al Contratista a cuenta del valor de la obra. En ningún caso se asumirá este anticipo como la aceptación por parte del propietario de la cantidad y calidad de obra ejecutada por el Contratista y a la cual corresponde dicho abono. 15.4.-El Propietario pagará cada estado de pago dentro de los cinco días hábiles siguientes a su recepción con las debidas aprobaciones. 15.5.-De cada estado de pago, se retendrá un 5% de su valor, como garantía de la correcta ejecución de los trabajos y del buen cumplimiento de todas las obligaciones del Contrato. Estas retenciones serán devueltas después de la recepción provisoria de las obras. Las sumas retenidas se expresarán en Unidades de Fomento y se pagarán en pesos al valor de equivalencia que tenga este indicador el día que se ejecute la recepción provisoria.

16.- AUMENTOS O DISMINUCION DE OBRA 16.1.-Las modificaciones, los aumentos o las disminuciones de obras hasta un 20% del monto del contrato no tendrán modificación del plazo original de la Obra. Si se hiciera necesario modificar los plazos establecidos, se dejara constancia en la orden de alteración correspondiente. 16.2.-El Contratista no podrá iniciar la ejecución de modificación o aumento de obra alguna, sin la orden escrita del Propietario solicitada por el Contratista, se efectuará con los mismos precios unitarios de la propuesta aprobada. En caso de ser una partida nueva se entregara un estudio de precios unitarios de los nuevos items.

17.- ACEPTACION DE SUBCONTRATISTAS El contratista a quien se le otorgue el contrato no podrá asignar, delegar o ceder el contrato, ni ninguna parte de él, ni hacer que se ejecute por interpósita persona, sino solamente en calidad de Sub-contratista, y siempre que estos cuenten con la autorización previa del Propietario. Para ello, el Contratista deberá indicar en su propuesta el nombre de los Sub-contratistas que ejecutarán parte de los trabajos, reservándose el Propietario el derecho de rechazar a cualquiera de ellos sin expresión de causa. Los contratistas de instalaciones deben ser aprobados por el arquitecto y si no se llega a acuerdo pueden ser impuestos por el mismo. El Contratista asume la total responsabilidad de los servicios, dirección control de calidad, eficiencia de los trabajos, calidad de los materiales y cumplimiento de los plazos de los trabajos realizados por Sub-contratistas.

18.-CALIDAD DE OBRAS Firmado el contrato, el Propietario podrá nombrar un Inspector Técnico de Obras (I.T.O) que tendrá todas las atribuciones para revisar constantemente la calidad de las obras ejecutadas por el Contratista.

19.- RELACIONES DE TRABAJO 19.1.-El Contratista será directamente responsable de todo conflicto que surja entre él y los trabajadores a su cargo, como asimismo de los conflictos que se presenten con el personal de sus Sub-contratistas.


19.2.-El Propietario no será responsable ni intervendrá en ningún conflicto de esta naturaleza, en atención a que no tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dichos trabajadores. 19.3.-En cualquier caso, el Propietario tendrá amplia facultades para vigilar el cumplimiento de las obligaciones laborales que afecten al Contratista respecto a su personal; procediendo al efecto a revisar entre otros, los documentos relativos al pago de remuneraciones, vacaciones, pago de imposiciones previsionales, etc. Esta facultad podrá ejercerla a través de la I.T.O. o a través de terceros, quedando el Contratista obligado a dar facilidades y exhibir los documentos que se le requieran para los efectos señalados. 20.- TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO 20.1.-Además de las causas de término de Contrato que se acuerden entre las partes, “El Propietario”, pondrá término al contrato, en pleno derecho, sin responsabilidad para él, ni perjuicio que pudiere invocar el Contratista, cuando se den los siguientes casos: -Atraso injustificado de la obra. -Incumplimiento de las disposiciones legales vigentes relacionadas con la ejecución del trabajo. -Deficiente ejecución parcial o total de trabajos. -Paralización de la obra por dos o más días hábiles. -Incumplimiento del Contratista a sus acreedores. 20.2.-Si el Contratista incurre en alguna de las causales de término de contrato anteriores, si el Propietario declarare resuelto el Contrato, deberá dar un aviso por escrito al Contratista mediante carta certificada a su domicilio con la menos 7 días de anticipación a la fecha de término. En este plazo, el Propietario y el Contratista convendrán las formas y medios en que se paralizarán los trabajos y se continuará con lo indispensable en aquellos cuya interrupción no sea aconsejable. 20.3.-En caso de abandono por parte del Contratista, el Contrato se resolverá de inmediato, sin responsabilidad para el Propietario y sin notificación ni sentencia previa, bastando para ello un aviso escrito al representante del Contratista. Se entenderá por abandono la paralización no autorizada de la obra, total o parcial, por mas de siete días hábiles. En este caso, el Propietario con el fin de dar continuidad a las obras, podrá tomar posesión de la obra con el equipo perteneciente al Contratista y terminar los trabajos por cuenta de este, por medio de terceros. El Contratista dejará de tener injerencia en la obra y no podrá retirar ninguna especie o maquinaria sin la autorización escrita del Propietario, procediéndose a la liquidación del Contrato. Una vez resuelto, “El Propietario” entregará de inmediato al Contratista las maquinarias, equipos y herramientas de propiedad de este que no se vayan a emplear en la terminación de la obra, y pagará al Contratista una renta de arrendamiento que se determinará de acuerdo al precio del mercado por el uso de cada tipo de máquina, equipo y herramientas de propiedad del contratista que se emplee en la terminación de las obras, respondiendo el Propietario de la conservación de estos bienes, salvo el legitimo desgaste. 20.4.-La disposición anterior, también podrá aplicarse en casos de muerte, quiebra, insolvencia o por posiciones de convenio judicial o extrajudicial del Contratista. El Propietario no pagará indemnización alguna y no devolverá las retenciones o sus saldos, las que se liquidarán junto a las Boletas de Garantía según las reglas previstas en el presente Contrato, conservando todas sus acciones por la indemnización de los perjuicios que la resolución le hubiere importado.

21.- PARALIZACION DE LA OBRA Si se produjera una paralización de la obra ordenada por la autoridad por hechos no imputables al Contratista, cualquiera que sea su causa, se deberán considerar las siguientes regulaciones:


21.1.-Si la paralización fuese de hasta 3 días, la Empresa Constructora debe absorber el costo. 21.2.-Sobre los 3 días y hasta los 10, el Propietario pagará el 50% de los gastos generales de la obra en proporción a los días de paralización, de acuerdo a lo considerado en el Contrato para la construcción total. 21.3.-Sobre los días, cualquiera de las partes podrá poner término al contrato, en cuyo caso el Propietario pagará los gastos y utilidades correspondientes al estado de avance de la obra. 21.4.-Para la liquidación del Contrato se considerará la obra ejecutada hasta la fecha de la resolución anticipada a los precios del presupuesto y en conformidad a una cubicación hecha de común acuerdo, o por el Arbitro del Contrato en caso de desacuerdo. El Contratista dejará de tener injerencia en la obra, debiendo su personal abandonar la misma y podrá retirar ninguna especie sin autorización escrita del propietario. 21.5.-En caso que se produjera una reducción de horario de trabajo del Contratista, ordenado por escrito por el Propietario o por la Autoridad, el Contratista deberá hacer llegar al Propietario una carta donde indique como le afecta esta reducción de sus trabajos. El Propietario indemnizará al Contratista de acuerdo a las regulaciones indicadas en el párrafo anterior. 21.6.-En caso de no recibir el Propietario la comunicación de parte del Contratista, en le plazo de 5 días después de haberle comunicado la reducción de horario, se asumirá que la restricción impuesta no lo afecta en la ejecución de trabajos y se mantendrá el plazo de ejecución de la obra indicado en la Propuesta.

22.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 22.1.-Será de responsabilidad del Contratista el cuidado de sus maquinas, materiales, herramientas y equipos. El Contratista será responsable de cualquier daño o perjuicio que ocasionen sus trabajadores, instalaciones y / o equipos de terceros. 22.2.-Una vez revisado y aprobado un Estado de Pago, se cancelará con la entrega del cheque en las oficinas del Mandante. 22.3.-Cuando corresponda, el Contratista da por aceptado al presentar su propuesta que cualquier gasto derivado de sobretiempo y / o vigilancia necesarias que sea preciso establecer, será de su cargo. 22.4.-“El Propietario” efectuará verificaciones periódicas de todos los aspectos relacionados con la ejecución de las obras, para lo cual el contratista dará todas las facilidades. 22.5.-El Contratista deberá considerar en al instalación de faenas al proveer de baños químicos requeridos por el personal en obra. 22.6.-El Contratista deberá confiar la dirección de las obras a un profesional de la construcción, con experiencia previa, el cual deberá estar permanentemente en la obra, dirigir personalmente los trabajos y atenderlos en forma que el avance de la obra este de acuerdo con el programa aprobado. 22.7.-El profesional mencionado deberá llevar un libro de obra, en el que se deja constancia del desarrollo de las faenas, de las observaciones técnicas o instrucciones especiales que impartan los proyectistas y la I.T.O., los que podrán revisarlos en cualquier momento. El libro deberá ser foliado y en triplicado, siendo el original para el propietario, la primera copia para el Arquitecto, y la tercera hoja permanecerá en le libro el cual permanecerá en obra hasta la recepción final.


22.8.-El Contratista deberá disponer de todo el personal que se necesite para la ejecución de los trabajos, debiendo adoptar una organización que le permita terminar la obra dentro de los plazos estipulados en el Contrato. El Propietario tendrá el derecho de exigir el aumento del personal si las necesidades lo justifican. 22.9.-El Contratista esta obligado a mantener un control de calidad de los materiales que adquiera y de aquellos que produzca en obra, debiendo contratar para tal efecto los servicios de algún laboratorio autorizado (DICTUC O IDIEM). La cantidad de muestras de ensayo será determinada de acuerdo a las normas vigentes y a las indicaciones de las Especificaciones Técnicas Generales. El costo de esto será de cargo exclusivo del Contratista.

23.- RETIRO DE ESCOMBROS Al termino de las obras, o cuando el Propietario lo indique, el Contratista deberá retirar todo escombro, excedentes de rellenos, etc., dejando limpios los recintos o lugares en que haya ejecutado faenas. Para elegir el lugar de botadero, el Contratista se cuidará de no producir perjuicios a terceros, respetando cualquier disposición pública o privada que tenga relación con ellos. 24.- RECEPCION PROVISIORA DE LA OBRA 24.1.-Una vez que la obra se haya terminado, según las bases, Especificaciones Técnicas, los proyectos de Arquitectura, Cálculo y de Especialidades, el Contratista deberá comunicárselo por escrito al Propietario. La fecha de recepción de la comunicación se considerara como la recepción provisoria de las obras, si al momento de hacer la recepción en obras, la Inspección Técnica no encontrara alguna deficiencia mayor. 24.2.-En caso de que hubiera deficiencias menores, se aceptara la fecha comunicada por el Contratista y se anotaran en un acta las deficiencias que el contratista deberá ejecutar en un plazo acordado con la Inspección Técnica en esa reunión. 24.3.-Una vez recibidas las correcciones a satisfacción de “El Propietario”, se procederá a cursar el último Estado de Pago.

25.- RECEPCION FINAL 25.1.-Durante un plazo de 15 días a partir de la fecha de recepción parcial de la obra, el Contratista deberá responder prontamente a cualquier defecto que pudiere ser de su responsabilidad. 25.2.-Si el Contratista demorara en responder al llamado del Propietario a corregir un defecto, este procederá a esta corrección con otros Contratistas y los costos incurridos serán de cargo de las garantías establecidas. 25.3.-Una vez transcurrido el plazo, el Contratista deberá enviar una comunicación al Propietario, solicitando la recepción definitiva de las obras y la devolución de la garantía establecida. En ese instante la Inspección Técnica vera si queda alguna reparación pendiente y en caso negativo procederá a cumplir con lo solicitado.


26.- ACEPTACION El Contratista firma en señal de aceptación de todas las cláusulas contenidas en estas bases, las Especificaciones Técnicas, cualquier otro documento anexo, los que junto a la oferta y posterior carta de aceptación, conformaran un Contrato de Construcción por suma alzada. En conformidad con las Bases Administrativas expuestas anteriormente, firman en aceptación por cada una de las partes.

Constructor

Propietario


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