Tasaciones Concón

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Juan ‐ Luis Menares Rodríguez

Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867

Rol 4414 Registro Consultores MINVU

II. DESCRIPCIÓN DE LA PROPIEDAD

A. Características

Las obras se realizan en madera con terminaciones de estándar medio menor en unidad pequeña de 1 piso sin estacionamiento. La trama vial circundante le provee de todos los servicios públicos necesarios para el diario vivir. La población del sector es de clase media de tipo C3. En un radio de 300 metros cuenta con comercio minorista, y en uno de 1000 m con centros mayoristas de enseres y acceso a instituciones de salud y educación en todos sus niveles. La cota promedio de 50 m sobre el NMM, le hacen parte del clima mediterráneo costero propio de los peñones litorales de la Cordillera de la Costa.

B. Emplazamiento general

El terreno está inmediato a la CALLE VILLAGRÁN –ruta de acceso y estructurante del cerro- Con respecto al plan regulador comunal, se encuentra en el área ZCHA -correspondiente a zonas residenciales en el pie de cerro y primeras terrazas del Cordillera-, por lo que posee una trama vial y programas de servicios consolidados. Se integra al casco histórico por medio de múltiples calles vinculadas a viejas avenida en lecho de quebrada y ascensores Es verificable su comunicación con instituciones educativas en todos sus niveles, supermercados, áreas verdes, tenencia, bomberos y empresas inofensivas en general Prima la actividad turística pese a los múltiples destinos permitidos en la ZCHA.

C. Terreno: Deslindes y Superficies

Los deslindes señalados corresponden a los rescatados del permiso de construcción vigente en la forma descrita a continuación.

 Al Norte : 10.80 m en línea continua (limitando con otros propietarios)

 Al Sur : 10.80 m en línea continua (limitando con CALLE VILLAGRÁN)

 Al Oriente : 25.80 m en línea continua (limitando con otros propietarios)

 Al Poniente : 25.80 m en línea continua (limitando con otros propietarios)

 Superficie : 278.64 M2

Deudas, Expropiaciones y Cesiones

 No registra

Programa y estado actual

 Destino :

Inmueble con destino HABITACIÓN

 Programa :

Pequeña vivienda con cocina, baño y dormitorio Pabellón social con iguales ambientes

 Materialidad :

Unidades en madera sobre podio de igual material. Categorizado en valorización material E-4

Conservación :

Su estado general es habitable y en buen estado de mantenimiento Se estima la necesidad de mantenciones adicionales a la estructura terciaria –no estructural-. Se aplicará desvalorización simple.

INFORME TASACION INMUEBLE

Juan ‐ Luis Menares Rodríguez Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867 Rol 4414 Registro Consultores MINVU D. Foto georreferenciada III. RESUMEN DE ANTECEDENTES SECTORIALES (“CIP”) Zona ZCHA Plan Regulador Comunal de VALPARAÍSO Usos Permitidos Vivienda Equipamiento Industria y Almacenamiento Inofensivo. Usos Prohibidos Industria y Almacenamiento molesto, insalubre y peligroso. Condiciones de Edificación a) Superficie Predial mínima 300 m2 b) Frente Predial mínimo S/R c) Ocupación máxima de suelo 100% d) Coeficiente de Constructibilidad S/R e) Sistema de agrupación Pareado/ Continuo Rasantes y distanciamientos según OGUC. Altura máxima según alturas promedio de la calle. INFORME TASACION INMUEBLE
A. CUADRO DE VALORIZACION 1. Predio y materiales Item Sup. m² $/m² UF/m² Total $ Total UF Lote 278.64 71,240 2.03
Materiales construcción 42.00 104,183 2.97
Subtotal bienes inmuebles
2. Proyectos y construcción Item Sup. m² $/m² UF/m² Total $ Total UF Construcción 42.00 78,137 2.23 3,281,764.50 93.56 Especialidades 42.00 35,077 1.00 1,473,234.00 42.00 Subtotal profesionales y maestros 4,754,998.50 135.56 3. Obras Complementarias Item U / m.l. $/U UF/m Total $ Total UF Empalme y conexión 2.00 700,000 19.96
Empalme eléctrico 1.00 700,000 19.96
Mano de Obra 2.00 460,000.00 920,000.00 26.23 Subtotal OO. CC. 3,020,000.00 86.10 4. Desvalorización Item vida util SII $ / año años obra Tot. $ x desc. Total UF obras categoría E 30 966,033 6 5,796,200 165.24 obras complementarias 10 302,000 6 1,812,000 51.66 5. TOTAL VALORIZACION FISICA 24,392,798.48 695.41 B. VALORES DE TASACION Item Total $ Total UF VALOR TASACION 24,392,798.48 695.41 VALOR SEGURO PREDIO 100% 19,850,313.60 565.91 VALOR SEGURO CONSTRUCCIONES Y OO. CC. 100% 4,542,484.88 129.50 VALOR LIQUIDACION 75% 18,294,598.86 521.56 Valor UF Diciembre 2022 35,077.00 INFORME TASACION INMUEBLE
Juan ‐ Luis Menares Rodríguez Arquitecto Tasador / I.C.A. 10.867 Rol 4414 Registro Consultores MINVU
19,850,313.60 565.91
4,375,686.00 124.75
24,225,999.60 690.65
1,400,000.00 39.91
700,000.00 19.96

FLORES FLORES AMADA ANGELICA NOMBRE F VILLAGRAN 220 - 224

DIRECCION ROL

Certificado de Deuda

COMUNA

VALPARAISO 034-02088-010

Fecha de Emisión del Certificado: 28-12-2022

ESTE ROL VALPARAISO 034-02088-010 NO REGISTRA DEUDA 14:22

(Liquidada al: 28-12-2022)

Emitido a las:

El Servicio de Tesorería certifica que de acuerdo al estado de la Cuenta Única Tributaria no se registra deuda asociada a este ROL VALPARAISO 03402088-010.

La Institución o persona ante quien se presenta este certificado, podrá verificar su autenticidad en www.tgr.cl, ingresando el número del código de barra que se indica en certificado.

IMPORTANTE

Página 1 de
1
DOCUMENTO NO VALIDO PARA PAGAR EN INSTITUCIONES RECAUDADORAS 001SD202236221872037

La información espacial contenida es solo referencial.

Información espacial almacenada en WGS 84, proyección UTM, huso 12 Sur, 17 Sur, 19 Sur según corresponda.

Capa vectorial de límites de propiedades rurales, fue generada por CIREN, a partir de los planos análogos del SII sobre imágenes satelitales

CARTOGRAFIA DIGITAL SII MAPAS Catálogo Mapas Ingresar Buscar Comunas Buscar Reavalúo Buscar Dirección Buscar Rol DATO PREDIAL Catastro Legal ComunaRol Predial VALPARAISO 2088-10 Dirección o Nombre de la Propiedad F VILLAGRAN 220 - 224 C CORDILLERA UbicaciónReavalúo URBANA RAV NO AGRICOLA 2022 DestinoÁrea Homogénea HABITACIONAL HBM028 Catastro Valorizado Avalúo Total $25.820.651 Avalúo Afecto $0 Avalúo Exento $25.820.651 Avalúos en pesos del SEGUNDO SEMESTRE DE 2022
Mapas SII https://www4.sii.cl/mapasui/internet/#/contenido/index.html 1 de 2 28/12/2022 14:23
El avalúo indicado ha sido determinado según el proceso de tasación fiscal para el cálculo de impuesto territorial, de acuerdo a la legislación vigente, y por tanto no corresponde a una tasación comercial de la propiedad. Ocultar
▲ ▲ @▲-33.038869,
1 de 2 28/12/2022 14:29
-71.632323 - Google Mapshttps://www.google.com/maps/search/'@%E2%96%B2-33.038869,+-71.632323'/@-33.039078,-71...
2 de 2 28/12/2022 14:29
@▲-33.038869, -71.632323 - Google Mapshttps://www.google.com/maps/search/'@%E2%96%B2-33.038869,+-71.632323'/@-33.039078,-71...
VALPARAÍSO : COMUNADEVALPARAÍSO PLANODEPRECIOSDETERRENO REAVALÚODEBIENESRAÍCESNOAGRÍCOLAS CARMEN LUZ LATORRE LEYTON digitalmente por CARMEN LUZ

TRANSPORTE MARÍTIMO

1) Naves y barcos de carga en general, frigoríficos o graneleros con casco de acero. 186

2) Naves con casco de acero. 3612

3) Naves con casco de madera. 237

4) Remolcadores y barcazas con casco de acero. 206

5) Remolcadores y barcazas con casco de madera. 155

6) Embarcaciones menores en general con casco de acero o madera. 103

7) Porta contenedores, incluidos los buques Roll-On Roll. 165

8) Boyas, anclas, cadenas, etc. 103

9) Muelles de estructura metálica. 206 10) Terminales e instalaciones marítimas. 103

TRANSPORTE TERRESTRE

1) Tolvas, mecanismo de volteo. 93

2) Carros portacontenedores en general. 72

E.- SECTOR ENERGÉTICO

E.1) EMPRESAS ELÉCTRICAS

1) Equipos de generación y eléctricos utilizados en la generación. 103

2) Obras civiles hidráulicas y otros relacionados con la generación.

- Bocatomas, muros de presa. 50 16 - Descargas 3010

- Túneles, piques, pretiles, evacuaciones, cámaras de carga, tuberías de presión. 20 6 - Canales 186

- Sifones, captaciones, estanques y chimeneas de equilibrio. 10 3 - Desarenador 82

3) Líneas de distribución de alta tensión y baja tensión, líneas de transmisión, cables de transmisión, cables de poder. 206

4) Líneas de alta tensión – Transporte. - Obras civiles. 206 - Conductores 206 - Apoyos de suspensión y apoyos de amarres. 103

5) Cables de alta tensión – Transporte. - Obras civiles. 206 - Conductores 206

6) Subestaciones – Transporte. - Obras civiles. 258

- Construcciones y casetas de entronque (estaciones de bombeo, reactancias compensación). 20 6 - Transformadores, celdas de transformadores, celdas de líneas, equipos auxiliares y equipos de telecomandos. 10 3

7) Líneas de alta tensión – Distribución. - Obras civiles. 206 - Conductores 206

- Apoyos de suspensión, apoyos de amarres y remodelación de líneas. 10 3

8) Cables de alta tensión – Distribución. - Obras civiles. 206 - Conductores 206

9) Líneas de media tensión – Aéreas. - Redes desnudas, redes aisladas, postes y otros. 20 6 - Equipos 124

10) Líneas de media tensión – Subterráneas. - Redes, cámaras, canalizaciones y otros. 20 6 - Equipos 124

11) Líneas de baja tensión – Aéreas.

- Redes desnudas, redes aisladas, postes y otros. 20 6 - Equipos 124

12) Líneas de baja tensión – Subterráneas. - Redes, cámaras, canalizaciones y otros. 20 6 - Equipos. 124

13) Subestaciones de distribución. - Obras civiles y construcciones. 206

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- Transformadores, celdas de transformadores, celdas de líneas, equipos auxiliares y equipos de telecomandos. 10 3

14) Subestaciones MT/MT.

- Obras civiles y construcciones. 206

- Transformadores, celdas de transformadores, equipos auxiliares y equipos de telecomandos. 10 3

15) Subestaciones anexas MT/MT.

- Obras civiles y construcciones 206

- Transformadores, celdas de transformadores, equipos auxiliares y equipos de telecomandos. 10 3

16) Centros de transformación MT/BT.

- Obras civiles. 206

- Transformadores aéreos, subterráneos y de superficie. 10 3

- Otros equipos eléctricos aéreos, subterráneos y comunes. 12 4

17) Contadores y aparatos de medida – Central de operaciones y servicio de clientes. 103

18) Otras instalaciones técnicas para energía eléctrica - Obras civiles. 206

- Equipos 103

19) Alumbrado público. 103

E.2) EMPRESAS SECTOR PETRÓLEO Y GAS NATURAL

1) Buques tanques (petroleros, gaseros), naves y barcos cisternas para transporte de combustible líquido. 155

2) Oleoductos y gasoductos terrestres, cañerías y líneas troncales. 186

3) Planta de tratamiento de hidrocarburos. 103

4) Oleoductos y gaseoductos marinos. 103

5) Equipos e instrumental de explotación. 103 6) Plataforma de producción en el mar fija. 103 7) Equipos de perforación marinos. 103

8) Baterías de recepción en tierra (estanques, bombas, sistema de cañerías con sus válvulas, calentadores, instrumentos de control, elementos de seguridad contra incendio y prevención de riesgos, etc.). 103

9) Instalaciones de almacenamiento tales como "tank farms". 155 10) Plataformas de perforación y de producción de costa afuera. 227

F.- EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES

1) Equipos conmutación local en oficinas centrales. - Equipos O.C. automáticos. 103 - Equipos O.C. auto (combinados). 10 3 - Equipos O.C. batería central. 103 - Equipos O.C. magneto. 103 - Equipos de fuerza. 103 - Equipos de tasación. 103 - Equipos de radio. 124 - Equipos canalizadores y repetidores en O.C. 103

2) Equipos conmutación L.D. en oficinas centrales. - Posiciones de larga distancia. 103 - Equipos de radio. 124 - Equipos canalizadores y repetidores en O.C.. 103

3) Otros equipos de O.C.

- Teléfonos, calculógrafos y sillas de operadoras. 10 3

4) Equipos seguridad industrial en oficinas centrales. - Equipos industriales de climatización. 103

5) Equipos para suscriptores.

- Teléfonos automáticos. 103 - Teléfonos batería central. 103 - Teléfonos magneto. 103 - Equipos especiales. 103 - Alambre bajantes. 103 - Alambre interior. 103

- PABX automáticos. 103 - PBX automáticos. 103

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- PBX batería central. 103

- PBX magneto. 103 - Locutorios. 103 - Equipos fax. 103

6) Equipos planta externa local. - - Postes y crucetas de madera. 206 - - Postes y crucetas de fierro. 206 - Postes de concreto. 206 - Antenas y líneas de transmisión. 124 - Cables aéreos y bobinas de carga. 206 - Cables subterráneos y bobinas de carga. 206 - Cables interiores. 206

- Cables aéreos desnudos. 206 - Equipos canalizadores y repetidores en postes. 124 - Conductos y cámaras. 206 - Cables enlaces. 206 - Blocks, regletas, cassettes de protección. 20 6 - Sala de cables y MDF. 206 - Armarios de distribución. 206 - Cajas terminales, doble conexión. 20 6 - Empalmes de cables aéreos y subterráneo. 206 - Sistema gráfico de manejo de redes. 206 - Cables de fibra óptica. 206 - Cámaras y ductos. 206

7) Equipos planta externa L.D. - Postes y crucetas de madera. 206 - Postes y crucetas de fierro. 206 - Postes de concreto. 206 - Antenas y líneas de transmisión. 124 - Cables aéreos y bobinas de carga. 206 - Cables subterráneos y bobinas de carga. 206 - Alambres aéreos desnudos. 206 - Equipos canalizadores y repetidores en postes. 124 - Conductos y cámaras. 206 - Equipos de control automático. 103 - Estaciones satelitales terrenas. 124 - Cables de fibra óptica. 206 - Equipos de fibra óptica. 124 - Segmento espacial. 103

G.- ACTIVIDAD DE LA AGRICULTURA

1) Tractores, segadoras, cultivadoras, fumigadoras, motos bombas, pulverizadoras. 82

2) Cosechadoras, arados, esparcidoras de abono y de cal, máquinas de ordeñar. 113

3) Esquiladoras mecánicas y maquinarias no comprendidas en el número anterior. 113

4) Vehículos de carga, motorizados, como ser: camiones trailers, camiones fudres y acoplados, colosos de tiro animal. 103

5) Carretas, carretones, carretelas, etc. 155

6) Camiones de carga y camionetas de uso intensivo en la actividad agrícola. 62

7) Tuberías para agua potable instaladas en predios agrícolas. 186

8) Construcciones de material sólido, como ser: silos, casas patronales y de inquilinos, lagares, etc. 5016

9) Construcciones de adobe y madera, estructuras metálicas. 206

10) Animales de trabajo. 82

11) Toros, carneros, cabríos, verracos, potros y otros reproductores. 51

12) Gallos y pavos reproductores. 31

13) Nogales, paltos, ciruelos, manzanos, almendros. 186

14) Viñedos según variedad. 11 a 23 3 a 7

15) Limoneros 124

16) Duraznos 103

17) Otras plantaciones frutales no comprendidas en los números 13), 14), 15) y 16) anteriores. 134

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Resolución 18 EXENTA

FIJA VALORES UNITARIOS DE CONSTRUCCIÓN PARA APLICAR EN CÁLCULO DE DERECHOS DE PERMISOS MUNICIPALES

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Fecha Publicación: 12-ENE-2022 | Fecha Promulgación: 07-ENE-2022

Tipo Versión: Última Versión De : 15-JUL-2022

Ultima Modificación: 15-JUL-2022 Resolución 856 EXENTA

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FIJA VALORES UNITARIOS DE CONSTRUCCIÓN PARA APLICAR EN CÁLCULO DE DERECHOS DE PERMISOS MUNICIPALES

Santiago, 7 de enero de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 18 exenta.

Visto: Lo dispuesto en los artículos 126° y 127° del DFL N° 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, dicto la siguiente

Resolución:

1°.- A contar del 1° de enero del año 2022 los costos unitarios por metro cuadrado de construcción que se consultarán para confeccionar los presupuestos de obras sobre los cuales corresponde aplicar los derechos municipales por concepto de Permisos de Construcción, serán los que resulten de aplicar, por parte de las Direcciones de Obras Municipales, las tablas que a continuación se indican:

I. OBRAS DE CONSTRUCCIÓN:

Las tablas y criterios que a continuación se indican, tanto para la clasificación de sus construcciones como para la determinación de sus categorías, podrán aplicarse a todo el edificio o parte de él que sea claramente identificable. En estos casos (cuando la construcción tenga más de una parte identificable), la edificación puede tener más de una categoría (casos tales como: placa y torre, edificios respecto de sus estacionamientos o subterráneos, etc.). Para estos efectos, el Director de Obras Municipales deberá determinar tanto la clasificación como la categoría que se aplique a cada una de las partes de la construcción, salvo las construcciones destinadas a vivienda unifamiliar, las que se evaluarán como una unidad al momento de determinar su categoría.

Para efectos de esta resolución, la clasificación estará referida a la materialidad y estructura predominantes de la edificación, conforme se establece en el punto 1 del párrafo I de esta resolución, en tanto la categoría se referirá a la cantidad de atributos positivos que posee la construcción, conforme se establece en el punto 2 del párrafo I de esta resolución.

El Director de Obras Municipales para efectos del cálculo de derechos municipales, deberá exigir al momento del ingreso de un expediente, que los antecedentes acompañados contengan la información necesaria, de tal manera que permitan la evaluación conforme a las tablas y criterios abordados en este documento.

Previamente al otorgamiento de la recepción definitiva, las Direcciones de Obras Municipales deberán verificar que la clasificación y categoría otorgadas

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Resolución 18 EXENTA, VIVIENDA (2022)
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Resolución 18 EXENTA, VIVIENDA (2022)
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2.3.- CATEGORÍA 5:

Construcciones del tipo "vivienda social" o "casetas sanitarias", ejecutadas para programas SERVIU o construcciones de características similares, según definición de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Título 6. En estos proyectos las construcciones correspondientes al equipamiento podrán ser calificadas en una categoría distinta.

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Resolución 18 EXENTA, VIVIENDA (2022)
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similares; instalaciones sanitarias completas; aire acondicionado; aire caliente, etc.

Estructura reforzada para el emplazamiento de grúas movibles o tecles, etc.

Esta clasificación también se aplicará a aquellos edificios especialmente diseñados para desarrollar actividades específicas tales como: Supermercados, Fábrica de textiles, etc.

b) Categoría Corriente.- Se caracteriza por contar, además de la estructura, sólo con cierros perimetrales, al menos por tres lados, de albañilería de ladrillo sin estucar, madera, asbesto cemento, fierro galvanizado o similares; pavimento: radier corriente; instalaciones sanitarias mínimas, etc.

c) Categoría Inferior.- Comprende aquellas construcciones que cuentan solamente con la estructura y la cubierta; carecen de cierros perimetrales o están incompletos.

En esta categoría se consideran también las construcciones de adobes utilizadas como bodegas.

3.- TABLAS DE COSTOS UNITARIOS OTRAS CONSTRUCCIONES.

1er TRIMESTRE 2022 (En pesos, moneda nacional, base Enero de 2021)

III. AMPLIACIONES:

Se aplicará el valor metro cuadrado del tipo de construcción que corresponda.

2°.- Trimestralmente el Ministerio de Vivienda y Urbanismo remitirá a las Direcciones de Obras Municipales el índice mediante el cual se reajustarán los Costos Unitarios que se establecen en la presente resolución.

3°.- La División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, comunicará la presente resolución a las Direcciones de Obras Municipales, a las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo y a los Organismos Gremiales relacionados con la actividad de la construcción.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Erwin Navarrete Saldivia, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).

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Resolución 18 EXENTA, VIVIENDA (2022)
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COLEGIO DE ARQUITECTOS DE CHILE A.G.

VALORES REFERENCIALES PARA EL COBRO DE HONORARIOS POR SERVICIOS PROFESIONALES DE LOS ARQUITECTOS

(Edición 2007)

CAPITULO 1

Introducción.

El presente documento de Valores Referenciales para el cobro de honorarios por Servicios Profesionales de los Arquitectos se ha elaborado para el uso de los socios activos del Colegio de Arquitectos de Chile. En la preparación de su contenido se ha considerado los estudios realizados por la Comisión de Arancel del Colegio, la Ley 7.211 que creó el Colegio de Arquitectos y el Decreto Ley 3.621, vigente a la fecha.

Este estudio incluye las siguientes ideas básicas:

1.1. Modifica y complementa el documento previo de igual nombre, aprobado por el Directorio Nacional en sesiones Nº 40 y 41 de fechas 11 y 25 de octubre de 1984.

1.2. Considera en todos sus términos y alcances el Arancel y sus aclaraciones que regian el Colegio hasta su transformación en Asociación Gremial (1981).

1.3. Separa completamente los actos y servicios de los arquitectos de las remuneraciones correspondientes a éste.

1.4. Ordena y numera las distintas materias.

1.5. Actualiza los valores de las respectivas tablas y las refiere a un patrón reajustable.

1.6. Este documento corresponde a las labores detalladas en el Documento “Actos y Servicios Profesionales de los Arquitectos”.

1

3.8. OCTAVA CATEGORIA ESTUDIOS, PROYECTOS Y OBRAS DE URBANISMO, PLANIFICACION Y ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO

3.8.1 OCTAVA CATEGORIA “A” PROYECTOS GENERALES DE PLANIFICACION Y URBANISMO.

El honorario será convencional, debiendo indicarse en detalle el alcance del estudio encomendado, las etapas en que se divide, las personas que trabajarán bajo las órdenes del arquitecto y horas profesionales asignadas a cada una de ellas.

3.8.2 OCTAVA CATEGORIA “B” PROYECTOS PARCIALES DE URBANIZACION.

Valores a considerar Sub Categorías I II III

Desde 1.300 UF. 3% 1.300 UF a 32.500 UF 2% 3% 4% 32.500 UF a 65.000 UF --- 2% 3% 65.000 UF a 325.500 UF --- 1% 2%

Sobre 325.000 UF --- --- 1%

Los valores por considerar se formarán sumando el costo total de urbanización, de acuerdo con el presupuesto total de las obras involucradas, más el valor asignado al terreno para los efectos de los estudios económicos o el valor de compra actualizado de ellos.

Se desglosará de acuerdo al Art. 6.2. del Documento Aranceles y Servicios Profesionales de los Arquitectos.

10

3.8.3 OCTAVA CATEGORIA “C” SUBDIVISIONES DE TERRENOS.

El honorario referencial alcanzará al 1% del valor asignado al terreno para los efectos de los estudios económicos o su valor comercial. Este porcentaje es válido para terrenos planos. En caso que el terreno presente accidentes o grandes diferencias de nivel, el honorario será del 2%.

Estudio de cambios de uso de suelo por horas: el honorario calculado será estimado en horas profesionales.

3.9. NOVENA CATEGORIA TASACIONES TABLA

Nº 9

Valores a considerar

Hasta 325 UF 4,00 o/oo Desde 325 UF hasta 1.300 UF 2,50 o/oo Desde 1.300 UF hasta 3.250 UF 1,50 o/oo Desde 3.250 UF hasta 6.500 UF 1,00 o/oo Desde 6.500 UF hasta 16.250 UF 0,75 o/oo Sobre 16.250 UF 0,50 o/oo

En consideración al tipo de información que se requiera en una tasación, éstas, con su consecuente valor referencial se clasifican en:

• Apreciación :

El honorario será el 50% del indicado en la tabla Nº9, con un valor referencial mínimo de 2 UF

• Informe:

El honorario será igual al que señala la tabla Nº 9, con un valor referencial mínimo de 4 UF.

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AÑOS DE PROFESION

Hasta 5 años sin recargo De 5 a 15 años 20% de recargo Sobre 15 años 50% de recargo

• ESPECIALIZACION DEL ARQUITECTO

Convencional, con un máximo de 100 % de recargo

• PARTICIPACION EN EQUIPO

Arquitecto Jefe del Equipo 100 % de recargo Arquitecto co participante 50% de recargo Arquitecto ayudante 30 % de recargo

• DURACION DEL TRABAJO

Trabajo continuado o habitual sin recargo Trabajo esporádico 30% de recargo

4.3. Si en una contratación se cumple con más de una de las condiciones señaladas en el punto precedente, se considerará la suma de los porcentajes.

4.4. El tiempo consumido por el arquitecto en esperas o viajes, se cobrará de acuerdo al valor de hora referencial, rebajado en un 30%, considerando una jornada diaria de 6 horas y lo señalado en el punto 2.9 del capítulo Nº2, Disposiciones Generales de este Documento Profesional.

5. TABLAS DE VALORES REFERENCIALES APLICABLES A LAS DISTINTAS CATEGORIAS.

5.1. Los valores señalados en las tablas están expresados en Unidades de Fomento reajustables (UF).

16

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