Definimos la CABASA como aquel conjunto de alimentos sin procesar o mínimamente procesados, de producción local, provenientes de la economía familiar campesina, a los que todo colombiano tenga acceso independientemente de su estrato socioeconómico, y que le permitan garantizar un estado de salud y bienestar adecuados, en el marco del derecho a la salud, a la alimentación, a un ambiente sano y al desarrollo humano, y que impida poner a ciudadano alguno en situación de inseguridad alimentaria, enmarcado en un concepto de justicia y soberanía alimentaria e hídrica. El país debe desarrollar los mecanismos que sean necesarios para garantizar el acceso de la CABASA, en particular, a las poblaciones más vulnerables.