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(RCE)

La tragedia sucedida en el hotel Hilton en enero pasado, más allá de las implicaciones penales que se desprendan del caso, deja muchas lecciones para aprender. Queda claro que ni las grandes corporaciones, con todos sus controles e inversiones se libran de cometer errores, por eso para cualquier empresario nunca está de más tener una póliza de responsabilidad civil contractual.

Esta es quizás una de las pólizas más indicadas para las empresas de servicio. Si alguien se cae dentro de su establecimiento, se quema con un plato o sufre una intoxicación el seguro de responsabilidad extracontractual lo prot ege económicamente contra posibles demandas civiles o cubre los gastos que se hayan ocasionado por cuenta del daño causado.

La RCE surge cuando una persona natural o jurídica ocasiona un daño a otra con la cual no tiene ningún vínculo contractual (por medio de contrato escrito) y por lo tanto queda obligado a asumir las consecuencias, es decir a resarcir el perjuicio causado.

Por lo anterior, el seguro de responsabilidad civil extracontractual cumple una doble función: provee tranquilidad financiera al asegurado, mediante la protección de su patrimonio y además, garantiza la compensación de terceros afectados por los daños sufridos, a través del pago de la indemnización correspondiente.

Algunas compañías ofrecen seguros de este tipo con valores agregados para el sector restaurador y hotelero como: responsabilidad civil por alimentos, por hurto de los clientes en el establecimiento, por uso de instalaciones sociales y deportivas, por uso de ascensores o escaleras, uso de parqueaderos. Amparo a daños de bienes de los clientes y amparo de daños a terceros por servicio a domicilio.

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