BONO ESCOLAR 2013/2014 La concesión del bono escolar se realizará de forma generalizada y de oficio (no han de presentar solicitud) a todos los empadronados en Alfafar antes del 1 de julio de 2012 y nacidos entre el 1 de Enero de 1998 y el 31 de Diciembre de 2010, que se encuentren cursando los ciclos de infantil, primaria y secundaria en Centros escolares públicos o concertados, independientemente del municipio donde estén realizando los estudios. Los alumnos/as que se encuentren escolarizados en un centro docente, público o concertado, no ubicado en Alfafar deberán presentar documentación acreditativa de dicha circunstancia en el momento de la retirada del bono, siendo éste requisito imprescindible para su entrega. Asimismo, podrán ser beneficiarios de la ayuda el alumnado con discapacidad que, por razón de la misma, requiera de una intervención específica en Centros de Educación Especial o adaptados. El bono escolar para la compensación de gastos de escolarización para el curso 20132014 podrá ser retirado desde el 2 de septiembre hasta el 15 de octubre de 2013, ambos inclusive. El bono se recogerá en las Oficinas de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento de Alfafar, por el padre, madre, tutor, acogedor o guardador, justificando esta circunstancia y firmar el pertinente recibí. En el caso de ser retirada por otra persona autorizada, es imprescindible aportar autorización firmada y acreditar su condición. Este bono será canjeable en los comercios del municipio que hayan suscrito el oportuno convenio con el Ayuntamiento. La relación de comercios adheridos al convenio de colaboración referido se facilitará en breve. En ningún caso, el Bono escolar de material curricular será canjeable por dinero efectivo. Aquellos/as alumnos/as que hayan superado el tramo de edad señalado y sigan cursando el ciclo de secundaria, podrán ser objeto, igualmente, de la ayuda, siempre y cuando acrediten tal condición. El importe de los bonos escolares variará en función del nivel escolar, fraccionado en varios vales, cuyo importe será el indicado en el cuadro siguiente: Nivel escolar Infantil Primaria Secundaria
Importe total de la ayuda 40 € 65 € 75 €
Importe de vales fraccionados 20 € / 20 € 20 € / 20 € / 25 € 25 € / 25 € / 25 €
El plazo máximo para el canje del Bono en los comercios autorizados será hasta el 30 de noviembre de 2013 incluido. Vencido el plazo, la ayuda no dispuesta quedará sin efecto.
FICHA DE DESCRIPCIÓN DE TRÁMITES MUNICIPALES: DEPARTAMENTO O ÁREA
EDUCACIÓN
NOMBRE DEL TRÁMITE
BONO ESCOLAR DESTINADO A LA COMPENSACIÓN DE GASTOS DE ESCOLARIZACIÓN PARA EL CURSO 2013/14.
DESCRIPCIÓN
Ayuda destinada a la compensación de gastos de escolarización para el curso escolar 2012/2013 al alumnado de Infantil (de 3 a 5 años), Primaria (de 6 a 11) y Secundaria (de 12 a 16), empadronados en Alfafar con antelación al 1 de julio 2012, que estén escolarizados en cualquier centro escolar público o concertado, se encuentren o no en el municipio de Alfafar. La concesión del bono escolar realizará de forma generalizada y de oficio (no ha de presentarse solicitud alguna) a todos los escolares de Infantil, Primaria y Secundaria, nacidos entre el 1 de enero de 1998 y el 31 de diciembre de 2010, empadronados en Alfafar con antelación al 1 de julio de 2012 y escolarizados en centros docentes públicos y concertados, independientemente del municipio donde estén cursando estudios.
¿QUIÉNES PODRÁN ACCEDER A LA AYUDA?
Estos datos serán verificados, de oficio, por el Departamento de Educación mediante consulta en el padrón de habitantes y las relaciones de alumnado que remiten cada uno de los centros docentes de Alfafar. Para el alumnado de centros docentes de otros municipios, el requisito de escolarización se tendrá que acreditar mediante certificado del centro docente a la recogida del bono escolar. En caso contrario el bono no podrá ser retirado, quedando éste sin efecto.
Del 2 de septiembre hasta el 15 de octubre de 2013, ambos inclusive, las familias podrán recoger el Bono Escolar en las oficinas del SAC Ayuntamiento de Alfafar. FECHAS EN LAS QUE SE PUEDE RECOGER
Si el Bono Escolar no se retira en este plazo la ayuda concedida quedará sin efecto. El plazo máximo para canjear el bono en los comercios autorizados, será hasta el 30 de noviembre de 2013, éste incluido. Por tratarse de una concesión generalizada y de oficio, los beneficiarios no tendrán que presentar solicitud alguna. Para ser beneficiario se han de cumplir los requisitos señalados en las bases que regulan este proceso:
OBSERVACIONES
- Nacidos entre el 1 de enero de 1998 y el 31 de diciembre de 2010, alumnado de Infantil, Primaria y Secundaria y empadronados en Alfafar con antelación al 1 de julio de 2012. - Escolarizados en centros docentes públicos o concertados de Alfafar u otros municipios. * NO SE CONCEDE AL ALUMNADO DE COLEGIOS PRIVADOS.
Bases reguladoras aprobadas por el Ayuntamiento de Alfafar que rigen el otorgamiento del Bono Escolar destinado a la compensación de gastos de escolarización para el curso 2013/2014 en sesión LEGISLACIÓN APLICABLE ordinaria de la Junta de Gobierno Local en fecha 5 de julio de 2013.