EL REGISTRO DE BUQUES Y OTROS VEHÍCULOS DE LA NAVEGACIÓN Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Belén Campuzano Laguillo
Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad CEU San Pablo
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Jorge A. Cerdio Herrán
Angelika Nussberger
José Ramón Cossío Díaz
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México Ministro de la Suprema Corte de Justicia de México
Owen M. Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
Luis López Guerra
Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania) Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
José Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
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EL REGISTRO DE BUQUES Y OTROS VEHÍCULOS DE LA NAVEGACIÓN Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación marítima
María del Pino Domínguez Cabrera
Valencia, 2015
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© María del Pino Domínguez Cabrera © TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com http://www.tirant.com Librería virtual: http://www.tirant.es © Universidad de las Palmas de Gran Canaria Servicio de Publicaciones y Difusión Científica Parque Científico-Tecnológico. Edificio Polivalente II Practicante Ignacio Rodríguez, s/n. Campus Universitario de Tafira 35017 Las Palmas de Gran Canaria Telf.: 928/452 707 Email: serpubli@ulpgc.es http://www.ulpgc.es/publicaciones/ Primera edición impresa, 2015 ISBN: 978-84------- (Tirant lo Blanch) ISBN: 978-84-9042-181-9 (Universidad Las Palmas de Gran Canaria) IBIC: LBBK DEPÓSITO LEGAL: V IMPRIME: Guada Impresores, S.L. MAQUETA: Tink Factoría de Color
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Índice Abreviaturas............................................................................................. 11 Introducción............................................................................................. 13
Capítulo primero
EL BUQUE COMO OBJETO REGISTRAL INTRODUCCIÓN............................................................................. 15 1. EL BUQUE EN EL DERECHO COMPARADO EUROPEO.............. 15 1.1. El buque en el Derecho italiano.................................................. 16 1.2. El buque en el Derecho francés................................................... 30 1.3. El buque en el Derecho inglés..................................................... 38 2. EL BUQUE COMO OBJETO REGISTRAL EN EL DERECHO ESPAÑOL................................................................................................... 40 2.1. El concepto de buque en las disposiciones de Derecho español sobre Registro de buques............................................................ 41 2.1.1. El Buque como objeto del Registro de Bienes Muebles. La noción del Reglamento del Registro Mercantil de 1956.. 46 2.1.2. El buque como objeto del Registro Marítimo.................. 56 A) El buque en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante............................................................ 56 B) El Buque en el Real Decreto sobre Abanderamiento, Matriculación de Buques y Registro Marítimo.......... 67 C) El Buque en el Reglamento de inspección y certificación de buques civiles................................................ 68 D) El buque en Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima............................................................ 75 2.3. Naturaleza jurídica del buque en el Derecho español.................. 76
Capítulo segundo
LA IDENTIFICACIÓN REGISTRAL DEL BUQUE 1. PLANTEAMIENTO........................................................................... 89 2. NOMBRE, NÚMERO OMI, DOMICILIO Y DATOS TÉCNICOS DEL BUQUE...................................................................................... 93 3. LA NACIONALIDAD DEL BUQUE Y EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO........................................................................... 99 3.1. Principios básicos....................................................................... 99
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3.2. Problemas relacionados con la nacionalidad del buque. Especial referencia a las banderas de conveniencia................................... 108 3.2.1. Pabellón doble o múltiple, buques sin nacionalidad y apropiación de pabellón.................................................. 111 3.2.2. Banderas de conveniencia................................................ 113 4. ABANDERAMIENTO Y NACIONALIDAD ESPAÑOLA DEL BUQUE................................................................................................... 129 4.1. Consideraciones generales.......................................................... 129 4.2. El abanderamiento por construcción del buque.......................... 135 4.2.1. Construcción buques en España...................................... 138 A) Objetivos................................................................... 138 B) Objeto....................................................................... 138 C) Ámbito de la inspección y control.............................. 139 C.1) Inspección y control de un buque de pabellón español............................................................. 140 C.2) Inspección y control de un buque destinado a la exportación...................................................... 142 D) Solicitud de la autorización........................................ 144 E) Autorización para construir....................................... 149 F) Matrícula provisional................................................ 153 G) Vigencia de la autorización........................................ 154 H) Autorización de modificaciones al proyecto de construcción inicialmente autorizado................................ 154 I) Finalización de la construcción.................................. 155 J) Botadura y pruebas de estabilidad............................. 156 K) Pruebas oficiales........................................................ 157 L) Entrega del rol provisional......................................... 158 M) Matriculación y rol definitivo o Licencia de Navegación. Entrega de la patente de navegación.................. 164 4.2.2. Construcción en el extranjero de un buque destinado a enarbolar pabellón español............................................. 167 4.3. El abanderamiento por importación del buque........................... 169 4.3.1. Inspección y control de buques procedentes de registros de Estados no pertenecientes al Espacio Económico Europeo para su abanderamiento en España........................... 170 4.3.2. Inspección y control de buques procedentes de registros de Estados del Espacio Económico Europeo para su abanderamiento en España..................................................... 171 4.3.3. Abanderamiento.............................................................. 172
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4.4. Abanderamiento provisional del buque en el Derecho español... 174 4.4.1. Abanderamiento provisional de buques extranjeros en España............................................................................ 180 4.4.2. Abanderamiento provisional de buques españoles en el extranjero........................................................................ 184 4.5. Documentación acreditativa de la nacionalidad española........... 186
Capítulo tercero
EL REGISTRO DE BUQUES, EMBARCACIONES Y ARTEFACTOS NAVALES EN EL DERECHO ESPAÑOL 1. INTRODUCCIÓN............................................................................. 191 1.1. Sistemas de Registro de buques................................................... 191 1.2. El Registro de buques en el Derecho comparado........................ 192 1.2.1. El Registro de buques en Italia........................................ 193 1.2.2. El Registro de buques en Francia..................................... 198 1.2.3. El Registro de buques en el Reino Unido de Gran Bretaña 201 1.3. El registro de buques en el Derecho positivo español: presentación............................................................................................ 204 2. EL REGISTRO MARÍTIMO.............................................................. 209 2.1. El Registro de Buques y Empresas Navieras................................ 209 2.1.1. Rasgos principales, regulación y órganos competentes.... 209 2.1.2. Buques, embarcaciones y artefactos navales registrables.. 215 2.1.3. Contenido y efectos de la inscripción.............................. 219 2.1.4. Finalidad y efectos........................................................... 227 A) Control estatal........................................................... 227 B) Publicidad registral. Principios................................... 234 2.2. El Registro Especial de Buques de Canarias................................ 243 2.2.1. Aproximación general a los segundos registros de buques................................................................................. 243 2.2.2. Regulación y órganos competentes. Rasgos principales y finalidad.......................................................................... 251 2.2.3. Buques, embarcaciones y artefactos navales registrables.. 257 2.2.4. Contenido y efectos de la inscripción.............................. 262 3. EL REGISTRO DE BIENES MUEBLES.............................................. 265 3.1. Regulación, organización y rasgos principales............................ 265 3.2. Buques, embarcaciones y artefactos navales registrables............. 272 3.3. Contenido de la inscripción........................................................ 281 3.4. Publicidad registral. Principios.................................................... 287
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Índice
4. LA COORDINACIÓN ENTRE LOS REGISTROS DE BUQUES....... 292 4.1. Coordinación intrarregistral....................................................... 292 4.1.1. Coordinación intrarregistral marítima............................. 292 4.1.2. Coordinación intrarregistral mercantil............................ 294 4.2. Coordinación interregistral......................................................... 295 4.3. Coordinación interregistral internacional................................... 297
BIBLIOGRAFÍA....................................................................................... 301
Abreviaturas ANAVE: Asociación de Navieros Españoles Apdo.: apartado BdC: Bandera o pabellón de conveniencia BOE: Boletín Oficial del Estado C.c.: Código civil C. de c.: Código de Comercio CE: Comunidad Europea Cfr.: Confróntese Cit.: citado CNUDMar: Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar Cv.SOLAS: Convenio internacional sobre la protección de la vida humana en el mar DGMM: Dirección General de la Marina Mercante DGRN: Dirección General de los Registros y Notariado DIS: Danish International Ship Register Doc.: Documento DUA: Documento único administrativo Ed.: Edición, editor/es ICONS: International Commission on Shipping (Comisión Marítima Internacional) ISR: German International Ship Register ITF: Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte LHN: Ley de Hipoteca Naval LNM: Ley de Navegación Marítima LPEMM: Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante LPME: Ley de Pesca Marítima del Estado LVPbm: Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles MAR: Madeira Ship Registry MdF: Ministerio de Fomento MOU: The Paris Memorandum of Understanding on Port State Control NIS: Norvegian International Ship Register
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Abreviaturas
OM: Orden ministerial OIT: Organización Internacional del Trabajo OMI: Organización Marítima Internacional ONU: Organización de las Naciones Unidas ORVPbm: Ordenanza del Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles p. /pp.: página/s párr./s: párrafo/s RBM: Registro de Bienes Muebles RBMc: Registro de Bienes Muebles Central RBP: Registro de Buques de Pesca RCBP: Registro Comunitario de Buques de Pesca RCRb: Reglamento comunitario sobre cambio de registro de buques dentro de la Comunidad RDb: Reglamento sobre Despacho de Buques R.D.: Real Decreto RDAb: Real Decreto sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo REBECA: Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias Reg.MC: Registro Marítimo Central RICb: Reglamento de inspección y certificación de buques civiles RRcgc: Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación RRM: Reglamento del Registro Mercantil TPM: Toneladas de peso muerto TRB: Toneladas de registro bruto TRLPEMM: Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante TC: Tribunal Constitucional TJCE: Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas TS: Tribunal Supremo UE: Unión Europea UNCTAD: Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo V.: véase Vol.: volumen
Introducción El estudio del Registro de Buques en el ordenamiento jurídico español actual es la materia que constituye el objeto central de este trabajo. Su examen ofrece una gran complejidad, motivada por la propia normativa que la regula y por las características y dificultades inherentes al sistema español de registro de buques. En efecto, con la promulgación reciente de la Ley de Navegación Marítima se ha pretendido acabar con los problemas que la dispersión normativa ha venido produciendo con la legislación aplicable, que es la que resultaba fundamentalmente del RRM de 1956, del RDAb y del TRLPEMM, normas que sitúan nuestro objeto de estudio en el ámbito del Derecho público y del Derecho privado a la vez; pero que, además, dificultaba su análisis debido quizás a que son normas aprobadas en fechas muy distintas y que no terminaban de encajar entre sí. Ahora bien, ciertamente al adherirnos al concepto del Derecho marítimo como conjunto de relaciones jurídicas que nacen en o se desarrollan con el mar, y hacerse necesario tomar en consideración no sólo las normas mercantiles, sino también otras (administrativas, laborales, civiles, del Derecho internacional público…) que tengan por objeto esas particulares relaciones, pretendíamos integrar y reducir, en la medida de lo posible, los efectos de la dispersión normativa. Las dificultades antes apuntadas se reflejaban particularmente en el concepto de buque como objeto registral. El concepto que figura en cada una de esas normas, de particular incidencia para la inscripción del buque en el Registro de Bienes y Empresa Navieras (Registro Marítimo) y en el Registro de Bienes Muebles, no era coincidente y faltaba en nuestro Derecho una noción única de buque. Dicha pretensión de la LNM, entre otras, permite en lugar de Registro de buques, en sentido estricto, hablar de Registro de buques y otros vehículos de la navegación marítima. Ello tiene sentido pleno si se tiene presente que los avances tecnológicos han diversificado tanto las construcciones y objetos que se encuentran en el mar que, como recientemente se ha puesto de manifiesto, el buque ya no es un concepto nuclear del Derecho marítimo, porque es uno más entre los posibles ingenios flotantes.
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Introducción
La delimitación del objeto de este manual, que se centra exclusivamente en el Registro de Buques en la actualidad, pero no se ocupa de la inscripción de empresas marítimas o navieras, aunque tanto la LNM, el TRLPEMM (por remisión expresa de la LNM) como el RDAb (hasta el desarrollo reglamentario de la Ley de Navegación) contemplen y regulen la inscripción de las personas físicas o jurídicas que son empresarios navieros. Además, hay que añadir que examinamos el registro de las embarcaciones y artefactos antes señalados y, por lo tanto, su inscripción en el Registro Marítimo, en el REBECA y en el RBM aunque, evidentemente, sin proceder a un análisis pormenorizado de las titularidades, cargas, gravámenes y limitaciones (propiedad del buque o artefacto, contratos traslativos de dominio, constitución de hipotecas, etc.) que encuentran cabida en el asiento registral practicado en esos Registros, pues otra cosa sería excesivamente pretencioso.