V BIENAL DE ARTES PLÁSTICAS VILLA DE BUÑOL
CONCURSO DE FOTOGRAFÍA
El Ayto. De Buñol a través de la Concejalía de Cultura y FESTIVAL DE PAR EN PART persiguiendo el fomento de la creatividad y la cultura convoca para la V BIENAL DE ARTES PLASTICAS Y DISEÑO el presente concurso de fotografía, las obras de de dicho concurso serán expuestas dentro de la Bienal del 29 de octubre al 27 noviembre, si algún artista no quisiera participar en la exposición, solo tendrá que ponerse en contacto con el Ayto. a través del contacto expuesto al final de las bases.
BASES DEL CONCURSO PRIMERA.- El objeto de la presente convocatoria es la concesión en régimen de concurrencia competitiva de un premio de fotografía a otorgar dentro de la V Bienal de artes plásticas. SEGUNDA.-Podrán participar las personas físicas sin límite de edad. Únicamente se podrán presentar dos obras o trabajos por autor. TERCERA.- La temática, los materiales y la técnica a emplear serán libres. El tamaño y la presentación de la obra serán los siguientes: El formato de la fotografía será libre, y supeditada en un soporte de cartón rígido o cartón pluma, de 40x50cm.
CUARTA.- Los obras o trabajos se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Buñol y no llevarán firma ni señal alguna que identifique a su autor. Las obras y trabajos irán ocultos, y tanto en el envoltorio exterior como al dorso de cada trabajo figurará un lema. Junto a la obra se presentará un sobre cerrado identificado en su exterior únicamente con el lema que se ha puesto en la obra presentada a concurso. En el interior del sobre irá la solicitud para tomar parte en el concurso que contendrá todos los datos a que se refiere el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, además del teléfono y correo electrónico y una fotocopia del D.N.I. o documento equivalente del participante. QUINTA.- El plazo para la presentación de solicitudes de participación y entrega de las obras irá desde el 30 de septiembre al 20 de octubre de 2015. SEXTA.- Los premios a otorgar serán dos premios de 400€ cada uno de ellos El premio podrá declararse desiertos en el caso de que el jurado determine que ninguna de las obras o trabajos presentados tiene la calidad suficiente. SÉPTIMA.-La participación en el presente concurso supone La transmisión de los derechos de explotación de la obra ganadora a favor del Ayuntamiento de Buñol, de manera que estas quedarán en propiedad del Ayuntamiento correspondiéndole a este la plena disposición y el derecho exclusivo a su explotación en cualquier forma y, en especial ,los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la Ley. La cesión de los derechos se hace por tiempo indefinido, es decir, por todo el tiempo que estén vigentes los derechos de autor, según la legislación aplicable en cada caso no estando limitado el ámbito territorial de la cesión. OCTAVA. — El jurado será nombrado por el Alcalde o Concejal en quien delegue y estará formado por el Presidente y tres vocales, actuando como secretario, la secretario de la Corporación o persona en quien delegue. NOVENA.- La convocatoria se resolverá por el Alcalde o Concejal en quien se delegue la aprobación del gasto según Lo previsto en el artículo 21.1. f Ley 7/1985, de 2 de abril y 185 del TR de la Ley de Haciendas Locales . La Resolución de la convocatoria se hará pública mediante su exposición en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, siendo esta exposición la forma de notificación, de conformidad a Io previsto en el artículo 59.5. b) de la Ley de R.J.A.P y P. A.C. Todo ello sin perjuicio de los actos de entrega de los premios. DÉCIMO. - Las obras no premiadas deberán ser retiradas a partir del día 7 de enero de 2016 hasta el 29 de enero del 2016,( ambos inclusive) de Lunes a viernes, en horario de 9 h. a 14 h, debiendo dirigirse al Agente Cultural del Ayuntamiento de Buñol. Las obras no retiradas a esa fecha pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de Buñol adquiriendo este los mismos derechos que respecto de las obras que hayan resultado premiadas .Las obras que queden de propiedad del Ayuntamiento y se considere carecen de valor podrán ser destruidas por este. UNDECIMO.- El Ayuntamiento cuidará la integridad de las obras pero no responde de pérdidas, robos o daños por causa de roturas, fuerza mayor o cualquier otro acto o causa ajena a su voluntad.
. DECIMO SEGUNDO.- La participación en los diferentes concursos implica la total aceptación de las presentes bases La Resolución por la que se aprueba la presente convocatoria pondrá fin a la vía administrativa, y contra La misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Tablón de Edictos de la Corporación ante el mismo órgano que la ha dictado, o impugnarla di rectamente ante el Juzgado de Io Contencioso—Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente notificación. No se podrá interponer recurso contencioso—administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en caso de que potestativamente se interponga. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso cualquier otro que estime conveniente
Dirección: Calle Cid, 20, 46360 Buñol, Valencia Teléfono: 962 50 01 51
Email: deparenpart@outlook.es