N° de Ley
Breve descripción
Pcial.
Fecha de publicación y N° de Boletín Oficial Pcial.
1596
-Déjase sin efecto beneficio de pensión graciable y vitalicia.
10/05/2013
-Deja sin efecto a requerimiento de su titular, señora Elida
B.O. 9828
Marta Finamore, D.N.I. N° 11.569.926, el beneficio de Pensión
Pág. 2
Graciable y Vitalicia otorgado por el artículo 1° de la Ley N°
T° 519
1341 (Jubilaciones y Pensiones) N° de Decreto
Breve descripción
Pcial.
Fecha de publicación y N° de Boletín Oficial Pcial.
01
Ministerio de la Jefatura de Gabinete.
11/03/2013
-Autoriza a prorrogar contratos y jornalizaciones, a los señores
BO. 9791
Ministros y titulares de organismos descentralizados, en ámbito
Pág.2
de sus respectivas jurisdicciones, para el ejercicio 2013, de
Tº 517
aquellos que fenecieron el 31 de diciembre de 2012 y que fueren necesarios renovar. 65
80
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas.
22/03/2013
-Desafecta del Ministerio, el inmueble identificado como Lote
B.O. 9799
N° 15 de la Manzana N° 38- Sector IV del Lote Rural N° 42
Pág. 2
(Barrio Obrero) de esta ciudad.
T° 517
Ministerio de la Comunidad.
22/02/2013
-Convoca a comicios, para el día 12 de mayo de 2.013, en todas
B.O. 97 80
las comunidades aborígenes de la Provincia de Formosa, para
Pág.2
la elección de un (1) Director titular y un (1) Director suplente
Tº 516
por cada etnia: Wichí, Toba y Pilagá, conforme al artículo 23° de la Ley N° 426 (Ley Integral del Aborigen), Decreto Reglamentario N° 574/85 y sus modificatorias. Ministerio de la Secretaria General del Poder Ejecutivo.Declarar asueto administrativo y escolar en todos sus niveles y
18/03/2013
124
jurisdicciones, en el territorio de la provincia, hasta las 12.00 horas del 19 de marzo de 2013.
BO. 9796 Pág. 2 T° 517
214
Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo.
20/05/2013
-Llámase a concurso de oposición para la provisión de los
B.O. 9834
Registros Notariales N° 9 y N° 32 de la ciudad de Formosa y
Pág. 2
Registro Notarial N° 1 de la localidad de Ingeniero Juárez, los
T° 519
cuales se encuentran vacantes. -Convócase, en el plazo de treinta (30) días, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial, al Tribunal Calificador, conforme lo previsto por los artículos 14° y 16° en la Ley N° 1.219. (REGIMEN NOTARIAL) 215
Ministerio de la Producción y Ambiente
21/05/2013
-Declara el estado de emergencia agropecuaria, en el sector
B.O. 9835
agrícola, para los cultivos de algodón y maíz, según
Pág. 2
corresponda, a los establecimientos rurales afectados por
T° 519
déficit de precipitaciones y altas temperaturas, determinadas por autoridad del organismo específico en la materia, ubicados en los Departamentos Pirané y Patiño. -Declara el estado de emergencia agropecuaria, en el sector ganadero, para los establecimientos rurales afectados por situaciones de mortandad de hacienda, pérdida de peso, ventas forzosas y acompañados de una deficiente oferta forrajera y provisión de agua determinadas por la autoridad del organismo específico en la materia, ubicados en los Departamentos: Patiño, Bermejo, Matacos y Ramón Lista. -Designa como organismo de aplicación al Ministerio de la Producción. -La medida dispuesta en el artículo 1°, tiene vigencia desde el 1 de enero al 30 de junio de 2013. 526
Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad Social.
11/04/2013
-Reconoce como fecha oficial de fundación de la localidad de
B.O. 9808
MARIANO BOEDO, Departamento Formosa, el día 7 de
Pág. 2
diciembre de 1927.
T° 518
-Declara asueto administrativo escolar en la localidad de Mariano Boedo, el día 7 de diciembre de cada año. 529
Ministerio de Cultura y Educación.
02/05/2013
-Asigna predio al Ministerio de Cultura y Educación: ubicado
B.O. 9822
en Parte del Lote 121- Sección III, Colonia Laguna Blanca,
Pág. 2
Departamento
T° 519
Pilcomayo,
Nomenclatura
Catastral:
Departamento 09- Circunscripción IX- Parcela 755, con una superficie de 00ha 88ca 06, 98ca, con destino a la Escuela Provincial N° 267 de Jornada Completa “Ejercito de Los Andes”, jurisdicción de Laguna Naick Neck- Departamento Pilcomayo. 633
Ministerio de Planificación, Inversión, Obras y Servicios Públicos.
14/05/2013 B.O. 9830
-Desafecta del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas
Pág. 2
(Subsecretaría de Industria y Comercio) y afecta al Instituto
T° 519
Provincial de la Vivienda, dentro del programa Mejoramiento de Barrios II, el Inmueble individualizado como Lotes N° 16, 17, 18, 19, 20 – Manzana N° 38 del Lote Rural N° 42 de la Colonia Formosa. -Autoriza al Instituto Provincial de la Vivienda, a realizar la toma de posesión del predio aludido en el artículo anterior, para la construcción de la obra: “Playón Polideportivo” y su posterior uso y administrativo. N° de
Breve descripción
Fecha de
Resolución
publicación y N°
General
de Boletín
Pcial.
Oficial Pcial.
01
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas. Dirección General de Rentas.
12/03/2013 B.O. 9792
-Establece que los contribuyentes de los gravámenes
Pág. 2
legislados en el Código Fiscal de la Provincia de Formosa, que
T° 517
tengan reconocido el beneficio de exención impositiva
mediante instrumento o constancia de exención oportunamente emitido por esta Dirección, como así también todos aquellos que quieren gozar de dicho beneficio en adelante, deberán iniciar ante esta Dirección: “ Trámite de solicitud de exención de pago”, a partir del 1° de febrero del 2013. -Dispone que las resoluciones de exención expedidas por esta Dirección tendrán vigencia por el plazo de dos años contados desde su otorgamiento. -Aclara que las exenciones a los diferentes gravámenes otorgadas por este Organismo con anterioridad al día 31 de Diciembre de 2012, tendrán validez hasta el día 03 de Julio del año 2013. -Dispone que los contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos que gocen del beneficio de exención estarán obligados a presentar declaración jurada mensual y anual del impuesto en la forma y condiciones establecidas para los sujetos no exentos. 12
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas. Dirección General de Rentas.
24/04/2013 B.O. 9817
-Sustituye el artículo 9 de la Resolución General N° 008/2004
Pág. 2
(establece régimen de percepción impuestos sobre los ingresos
T° 518
brutos por importación a consumo de mercaderías que ingresan a territorio aduanero deroga resolución general N° 16/1998 y 22/2000), sustituido por el artículo 1° de la Resolución General N° 032/2006, por el siguiente texto: “ARTÍCULO 9°: A los efectos de la liquidación para percepción, se aplicará sobre el monto establecido en el artículo precedente, la alícuota del dos como cinco por ciento (2,5%)” 15
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas. Dirección General de Rentas.
23/05/2013 B.O. 9837
-Aprueba los aplicativos denominados “RETENCIÓN DEL
Pág. 5
IMPUESTO SOBRE LOS
T° 519
INGRESOS BRUTOS VERSION 1.0”;
“PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
VERSION 1.0” y “RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO DE SELLOS VERSIÓN 1.0”, disponibles en el sitio web oficial de la Dirección General de Rentas: www.dgrformosa.gob.ar. -Los agentes de retención y percepción del impuesto de sellos, deberán presentar las Declaraciones Juradas mensuales y emitir el volante de pago de las retenciones, percepciones y recaudaciones
efectuadas,
mediante
la
transferencia
electrónica de datos, utilizando la clave fiscal, a través del sitio web oficial de esta Dirección. -La modalidad de presentación de Declaración Jurada y emisión del volante de pago respectivo establecido por la presente será de uso obligatorio a partir del periodo Agosto 2013, siendo opcional su uso para los meses Mayo, Junio y Julio del 2013. 048
-Aprueba la guía de estilo para la redacción de los dictámenes
26/03/2013
jurídico- administrativos que como anexo I pasa a formar
BO. 9801
parte.
Pág. 2
-Declara la misma de aplicación estricta y obligatoria en el
T° 517
ámbito de las asesorías jurídicas de todas las dependencias de la Administración Pública Provincial, organismos centralizados, descentralizados y autárquicos. 109
Ministerio de Planificación, inversión, obras y servicios públicos. Ente regulador de obras y servicios públicos. -Aprueba
los
porcentajes
de
Subsidios
04/03/2013 B.O. 9786
aplicables,
Pág. 2
retroactivamente, a la facturación vigente a partir del 1 de
T° 517
enero de 2013 sobre Cargo fijo del servicio de agua potable y desagües cloacales prestados por Aguas de Formosa S.A. Comprendidos en la Categoría Residencial ®. 161
Ministerio de Planificación, Inversión, Obras y Servicios Públicos.
05/04/2013 B.O. 9805
-Aprueba los valores del Cuadro Tarifario Tarifa T4 de REFSA,
Pág. 2
aplicable a las COOPERATIVAS: INTEGRAL DE PROVISIÓN DE
T° 518
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS “EL CHAJA” LIMITADA,
DE
SERVICIOS PÚBLICOS “EL COLORADO” LIMITADA Y DE
PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS “CLORINDA LIMITADA”, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a consumos entre el 1° y el 28 de Febrero de 2013. 162
Ministerio de Planificación, Inversión, Obras y Servicios Públicos.
05/04/2013 B.O. 9805
-Aprueba los valores del Cuadro Tarifario REFSA, aplicable a las
Pág. 4
COOPERATIVAS: INTEGRAL DE PROVISIÓN DE OBRAS Y
T° 518
SERVICIOS PÚBLICOS “EL CHAJA” LIMITADA,
DE SERVICIOS
PÚBLICOS “EL COLORADO” LIMITADA Y DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS “CLORINDA LIMITADA”, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la 00:00 horas del 1° de febrero de 2013 y hasta las 00:00 horas del 30 de abril de 2013. 163
Ministerio de Planificación, Inversión, Obras y Servicios Públicos. Ente regulador de obras y servicios públicos.
05/04/2013 B.O. 9805
-Determina los nuevos valores de los Subsidios Tarifarios-
Pág. 8
provenientes del FPST- aplicables a partir del 1° de febrero del
T° 518
2013 para la categoría; T1-R1, T1-R2; T1-R3.1; T1-RS1- TRRS2Tarifa Social; T1-RSE- Tarifa Social Especial Yt4- OTROS DISTRIBUIDORES PROVINCIALES, contendidas en el Cuadro Tarifario aprobado por Resolución E.R.O.S.P N° 162/13 . Ministerio de Planificación, Inversión, Obras y Servicios 198
218
Públicos. Ente regulador de obras y servicios públicos.
17/05/2013 B.O. 9833
-Aprueba los valores del Cuadro Tarifario de la Concesionaria
Pág. 2
AGUAS DE FORMOSA S.A.
T° 519
Ministerio de Planificación, Inversión, Obras y Servicios Públicos. Ente regulador de obras y servicios públicos.
15/05/2013 B.O. 9831
-Aprueba los valores del Cuadro Tarifario Tarifa T4 de REFSA
Pág. 2
aplicable a las COOPERATIVAS: INTEGRAL DE PROVISIÓN DE
T° 519
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS “EL CHAJA” LIMITADA, DE SERVICIOS PUBLICOS “EL COLORADO” LIMITADA Y DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS “CLORINDA LIMITADA”
239
Ministerio de Planificación, Inversión, Obras y Servicios Públicos. Ente regulador de obras y servicios públicos.
30/05/2013 B.O. 9842
-Aprueba los valores del Cuadro Tarifario Tarifa T4 de REFSA
Pág. 2
aplicable a las COOPERATIVAS: INTEGRAL DE PROVISIÓN DE
T° 519
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS “EL CHAJA” LIMITADA, DE SERVICIOS PUBLICOS “EL COLORADO” LIMITADA Y DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS “CLORINDA LIMITADA” 1560
Ministerio de Educación de la Nación. Universidad Nacional de Formosa:
25/02/2013 B.O. 9781
-Autoriza a la Secretaría de Gerencia y Desarrollo a descontar
Pág. 2
de los haberes del Personal de la Universidad Nacional de
Tº 516
Formosa, el monto emergente de los convenios de pagos suscriptos individualmente con cada uno de los beneficios, corresponde al pago del saldo de retención del Impuesto a las Ganancias – Período Fiscal 2012. 2570
Ministerio de Desarrollo Humano.
31/05/2013
-Delega la facultad de suscribir bajo la fórmula “Por orden del
B.O. 9843
Ministro de Desarrollo Humano”, al Director de Fiscalización
Pág. 2
Dr. Oscar Lorenzo Gómez, D.N.I N° 25.466.221, designado
T° 519
mediante Decreto Pcial. N° 121/11, las matrículas habilitantes de los profesionales de la salud o auxiliares de las mismas, como así mismo el otorgamiento de las matrículas de especialistas, como también queda facultado a disponer el otorgamiento de las Habilitaciones de los Establecimientos de Salud Públicos y Privados de la Provincia. 4954
Ministerio de Desarrollo Humano.
29/05/2013
-Deja sin efecto, la aplicación de todos los formularios de Vales
B.O. 9841
y de Recetarios de prescripción y/o de adquisición de
Pág. 2
Psicotrópicos y Estupefacientes utilizados a la fecha de la
T° 519
presente resolución por los profesionales médicos, farmacias, droguerías, establecimientos de salud públicos y privados, etc., a los efectos de extremar los recaudos reglamentarios para
asegurar la estricta observancia a las pautas establecidas para la prescripción y expendio de los mismos. -Aprueba e implementa como Vales Oficiales para la adquisición de Psicotrópicos y Estupefacientes. ANEXO I: Formulario oficializado para la adquisición de Psicotrópicos; ANEXO II: Formulario oficializado de adquisición de estupefacientes; ANEXO III: Formulario oficializado de Prescripción de Psicotrópicos Lista II; ANEXO IV: Formulario oficializado para la prescripción de Psicotrópicos Listas III y IV; ANEXO
V:
Formulario
oficializado
de
Prescripción
de
Estupefacientes Listas I, II, III. -Establece el procedimiento para la adquisición y rendición de los Vales y/o Recetarios para psicotrópicos y estupefacientes y Estupefacientes, cuyo circuito se detalla como ANEXO VI.-Establece que las Listas aprobadas de Psicotrópicos y Estupefacientes son las determinadas por el ANMAT los cuales serán actualizadas por la autoridad competente. - Autoriza a la Dirección de Fiscalización a crear un Registro de entrega y rendición de Vales y Recetarios aprobados por la presente Resolución. 4956
Ministerio de Desarrollo Humano. ANEXO VI.
29/05/2013 B.O. 9841
-Procedimiento para la adquisición de vales oficiales y rendición
Pág. 12
de psicotrópicos y estupefacientes.
T° 519
-Procedimiento para la adquisición de recetarios oficiales de prescripción de psicotrópicos (Lista II) y para la adquisición de recetarios oficiales de prescripción de estupefacientes (Listas I, II y III) Ministerio de Desarrollo Humano. -Establece un plazo de ciento cincuenta (150) días hábiles
29/05/2013 B.O. 9841
desde el dictado de la presente resolución para la
Pág. 13
implementación obligatoria de los recetarios para la
T° 519
prescripción de los Psicotrópicos (Listas III y IV). -Deja sin efecto a partir de la presente resolución y de la Resolución N° 4954/12 la aplicación de todos los formularios de Vales y de Recetarios de prescripción y/o de adquisición de Psicotrópicos y Estupefacientes utilizados a la fecha de la presente resolución por los profesionales médicos, Farmacias, Droguerías, Establecimientos de Salud públicos, y priva-dos, etc. a los efectos de extremar los recaudos reglamentarios para asegurar la estricta observancia a las pautas establecidas para la prescripción y expendio de los mismos e impleméntese como Vales Oficiales aprobados por la Resolución Ministerial N° 4954/12 para la Adquisición de Psicotrópicos y Estupefacientes, enumerados en forma correlativa, que se diseñan adjunto como anexos que forman parte de dicha Resolución. -Designase como autoridad para la suscripción de Vales Oficiales y/o entregas de los recetarios nuevos aprobados por Resolución N° 4954/12 al Director de Fiscalización y/o agente dependiente de la Dirección que este designe. N° de
Breve descripción
Fecha de
Disposición
publicación y N°
Conjunta
de Boletín
Pcial.
Oficial Pcial.
010
Ministerio de la Producción y ambiente. Subsecretaría de
20/03/2013
Recursos Naturales, ordenamiento y calidad ambiental y
B.O. 9797
dirección de registro control y fiscalización.
Pág. 4
-Deroga la Disposición N° 26/99 en un todo de acuerdo al visto
T° 517
y considerando precedentes. -Prohíbe la pesca en la categoría comercial a motor a partir del kilómetro 200 Isla Tarumá (isla Nueve), hasta el kilómetro 218 inclusive (Vuelta de Gómez) margen derecha del Río Paraguay.
-Declara zona de pesca compartida entre las categorías pesca deportiva y pesca comercial embarcada a remo, a partir del kilómetro 200 Isla Tarumá (Isla Nueve), hasta el kilómetro 204 inclusive, margen derecha del Río Paraguay. -Prohíbe la pesca en todas sus categorías desde el tramo comprendido entre el kilómetro 205 inclusive (Puerto Nuevo), hasta la intersección de la calle Salta con la ribera, margen derecha del Río Paraguay y reserva la zona para las actividades recreativas previa autorización del Organismo competente. -Declara zona de pesca deportiva exclusiva, desde la intersección de la calle Salta con ribera hasta el kilómetro 212 inclusive (Vuelta de Gómez), margen derecha del Río Paraguay. 024
Ministerio de Producción y Ambiente. Subsecretaría de
24/05/2013
Recursos naturales, ordenamiento y calidad ambiental.
B.O. 9838
Dirección de Registro, control y fiscalización.
Pág. 2
-Veda la actividad de pesca en todas sus modalidades en el
T° 519
“Embalse Laguna Yema”, cuya medida entrará en vigor a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial y hasta el acto administrativo que determine lo contrario, conforme al visto y considerando precedentes. Por favor solicitar al Departamento de Biblioteca: cualquier tipo de textos legislativos en formato digital al webmail: biblioteca@jusformosa.gob.ar o telefónicamente al interno: 1019 del Edificio de Tribunales.