Estudio Regional / Marcos Jurídicos - Brasil

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ESTUDIO REGIONAL – MARCOS Paula Raccanello Storto JURÍDICOS


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Las informaciones que constan en el informe se basan en un minucioso trabajo colectivo de recolección y análisis de datos y del esfuerzo técnico conjunto de grupo de consultores especializados, en el marco del proyecto “Mesa de Articulación de ALC y sus aliados del sur aumentan su capacidad de incidencia y diálogo con gobiernos y el sector privado” durante el año 2013, sistematizados en tres informes subregionales. Diferentes formatos de los estudios subregionales Sistematización con vistas a intercambio de conocimiento en el campo de Derecho


(I) del Cono Sur y Brasil, que abarca el análisis de los marcos regulatorios de Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay – elaborado por Felipe Viveros (Acción – Asociación Chilena de Organismos no Gubernamentales) (II) de la Región Andina, compuesto por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela – elaborado por Luis Castillo Paulino (Asociación Nacional de Centros de Investigación, Promoción Social y Desarrollo, ANC – Perú) (III) de América Central y México, que estudia la legislación de México, Guatemala, Honduras, El Salvador y Nicaragua – elaborado por Patricia Lucki (Fundación para el Desarrollo de la Innovación de Centroamérica)


1. CONTEXTO INTERNACIONAL Derecho de Libertad de Asociación y algunos análisis y datos internacionales sobre el marco regulatorio de las OSCs en el mundo. 2. MARCOS CONSTITUCIONALES Y LIBERTAD DE ASOCIACIÓN Marcos constitucionales de la Región de América Latina sobre las OSCs y el tratamiento dado a la Libertad de Asociación relatados en los informes subregionales. 3. PARTICIPACIÓN, CIUDADANÍA Y CONTROL SOCIAL Puntos más relevantes de los informes subregionales sobre el marco legal de la participación ciudadana y existencia de mecanismos estructurantes de participación y del control social ejercido por los individuos y por las OSCs. 4. LEGISLACIÓN GENERAL SOBRE LAS OS Principales puntos destacados en las legislaciones de los países en relación a las OSCs. Con la finalidad de facilitar la sistematización, hemos subdividido este apartado en otros tres, a partir de los destaques de las áreas del Derecho que inciden sobre las OSCs.


5. PROPUESTAS Y CONCLUSIONES Presenta algunas reflexiones y propuestas para fomentar la formación de ambientes habilitantes al desarrollo de las OSCs y su relación con los gobiernos y el sector privado.

6. BIBLIOGRAFÍA Referencias bibliográficas utilizadas en la elaboración del estudio La expectativa es que los contenidos presentados contribuyan hacia la formulación de propuestas de reformas legales u otras medidas de desarrollo a la acción de las OSCs, de manera independiente, autónoma y sustentable.


1. CONTEXTO INTERNACIONAL

Tendencia internacional de recrudecimiento en la legislación de los países en relación a las OSCs, con barreras (1) a la entrada; (2) al funcionamiento, (3) a la expresión y defensa; (4) a la comunicación; (5) a la creación; y (6) a los recursos. Insuficiencia de mecanismos tradicionales de representatividad de las personas en la política, con la universalización de internet y ocupación de las calles (Túnez, Egipto, Brasil, Madrid, Venezuela, entre otras) – Nuevas demandas de participación surgen en la sociedad. Normas más represivas de combate al terrorismo después del 11 de septiembre – el sistema internacional de control del lavado de dinero y el combate al terrorismo (Financial Action Task Force – FATF) enaltece a países que aplican legislación represiva al finaciamiento de las OSCs


2. MARCOS CONSTITUCIONALES

Todas las Constituciones de la región reconocen la Libertad de Asociación como uno de los derechos políticos fundamentales de ciudadanía. Todavía, la previsión formal en el texto de las respectivas Constituciones no es suficiente para garantizar la inexistencia de excesos, amenazas o represión por parte de los Estados contra las OSCs, las cuales se identifican como violaciones a sus derechos. En caso de violaciones y/o fallas en la observacion de tales derechos de parte de los países, es posible actuar en las Cortes Internacionales de Derechos Humanos para denunciarlas.


3. PARTICIPACIÓN, CIUDADANÍA Y CONTROL SOCIAL Las Constituciones e instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados y vigentes en la mayor parte de los países garantizan la participación política. Participación a Nivel Local Control Social y Cuentas Públicas Acceso a la Información Acciones Judiciales en Defensa del Interés Público Incidencia e Iniciativas Independientes

La participación social debe abrir espacios hacia el cambio de las relaciones de poder, y no limitarse a los espacios previstos en los asuntos relacionados no sólo con políticas sociales, sino también interviniendo en el modelo de desarrollo económico, en espacios informales, articuladamente con toda la sociedad, incluyendo a las universidades, sindicatos, intelectuales y otras organizaciones y dirigentes comprometidas con el desarrollo de la democracia.


4. LEGISLACIÓN GENERAL SOBRE LAS ORGANIZACIONES • Normas Relativas al Derecho Civil y Comercial Creación y funcionamiento de las entidades, tipos jurídicos (asociaciones, fundaciones), normas de gobernanza de las OSCs, necesidad o no de autorización para el funcionamiento (concesión X registro), capacidad legal, patrimonio, financiamiento, desarrollo de actividades económicas. • Normas Relativas al Derecho Tributario Tratamiento tributario de las OSCs. En este punto, son abordados temas como inmunidades y exenciones, incentivos fiscales a las donaciones, impuestos incidentes sobre las actividades de las OSCs, y la efectividad de los procedimientos administrativos para la obtención de las exenciones, inmunidades e incentivos fiscales. • Normas Relativas al Derecho Administrativo Derecho público en aspectos no tributarios, tales como las normas que regulan la interacción entre las OSCs y el Estado, fiscalización, financiamiento público y legislación penal.


5. PROPUESTAS Y CONCLUSIONES Tres dimensiones del derecho de Libertad de Asociacion. (i) No-interferencia: creación, el regular funcionamiento y la auto-organización de las OSCs. El principal bien jurídico tutelado es el derecho subjetivo de poder organizarse y autogestionarse sin la interferencia del Estado, equiparable a la libertad de pensamiento, de expresión y de información. (ii) Participación - derecho de las personas de buscar legítimamente intervenir en las acciones públicas. Este se presenta como un mecanismo de gran importancia en el control social de las políticas de gestión pública, proporcionando la democratización del conocimiento de tales políticas y la difusión de información pública. (iii) Financiamiento – derecho de las personas y deber del Estado democrático no crear barreras al financiamiento de las OSCs, y especialmente, de invertir, directa o indirectamente, a fin de garantizar la existencia, mantención y desarrollo de esas organizaciones, las cuales son esenciales para el fortalecimiento de la democracia y la reducción de la desigualdad.


Derecho Fundamental de la Personalidad Jurídica Sin Fines de Lucro OSC son sujetos de derecho merecedores de protección social, delante de su importancia en los procesos democráticos, con tratamiento igualitario o más favorable a los que son sometidas otras personas jurídicas, inclusive con finalidad lucrativa. No retroceso Hace pocas décadas, en América Latina teníamos muchos regímenes autoritarios, habiendo pasado por un innegable proceso de redemocratización, de modo que es fundamental no retroceder en relación a los derechos conquistados. Así que al reglamentar las acciones de participación o de financiamiento de las OSCs, el Estado debe garantizar no violar el derecho a la Libertad de Asociación. Régimen Jurídico de Derecho Privado de las OSCs en las relaciones de financiamiento público Es cierto que cada vez que el Estado regula alguna actividad y aporta recursos hay, en alguna medida, un grado de aplicación de normas de derecho público (administrativo) en substitución de normas de derecho privado, la cual debe ser siempre la menor posible, con la finalidad de garantizar la libertad e independencia de las OSCs.


PROPUESTAS (No-interferencia) • Revisión de las normas que imponen la necesidad de aprobación de parte de autoridades ejecutivas locales, o la deliberación del Poder Legislativo. • Disolución y extinción de OSCs debe concretarse por iniciativa própia de las OSC o por decisión judicial de órgano colegiado • La promoción de actos jurídicos de argumentación de inconstitucionalidad y presentación de recursos ante las Cortes de Derechos Humanos • El sistema de registro (vinculado a condiciones objetivas previstas en la ley), es considerado más adecuado que el sistema de concesión administrativa (resolución de autoridad) • Unificación de Empadronamientos y Registros Públicos de las OSCs • Valorización de la remuneración de los trabajadores de las OSCs - superación de normas que “impongan” el trabajo voluntario, incluso de trabajadores dirigentes


PROPUESTAS (No-interferencia) • Desburocratización y Simplificación – tratamiento igualitario o más benéfico en relación a otros tipos de personalidades jurídicas • Ampliación de Incentivos hacia el Financiamiento Comunitario de las OSCs - fundamental en vista de permitir la incidencia y sustentabilidad de las OSCs (tributos sobre la renta y transiciones de bienes, especialmente herencias) • Exención de Impuestos - de manera permanente y no temporal, siempre que las OSC cumplan los requisitos jurídicos. • Promover la denuncia de prácticas abusivas de parte de los países que niegan la aplicación de exenciones correspondientes debidas a las OSCs. • Amplio Reconocimiento al Desarrollo de Actividades Económicas - que las OSCs puedan vender productos y presten servicios, como formas legítimas de alcanzar sus fines y su sustentabilidad económica. • Realización de Estudios, Investigaciones y Capacitaciones


PROPUESTAS (Participación) • Prioridad a la Educación Ciudadana • Reconocimiento y Apoyo a las Organizaciones de Desarrollo • Protección a los Defensores de DDHH y sus Organizaciones • Intercambio de mejoras prácticas - programas de cooperación internacional • Articulación entre OSCs, Estados y Especialistas para la Promoción de Ambientes Habilitantes • Estimular la cooperación entre OSCs y Estados para desarrollar, en conjunto con la sociedad civil, un pla de acción a fin de perfeccionar del marco regulatorio de estas organizaciones. • Creación de OSCs Regionales


PROPUESTAS (Financiamiento) • Revisión de normas y restricciones típicas del régimen jurídico de derecho público hacia organizaciones de derecho privado sin fines de lucro que reciben fondos públicos. • Revisión de las restricciones entre “financiamiento” y “participación” – cuidado con la prohibición o incentivo a financiar OSC que atuen com “participación”, como si fuesen actividades naturalmente interconectadas o incompatibles entre sí. • Normatización y Universalización del Acceso al Financiamiento Público • Valorización de la Inversión en el Desarrollo Institucional - fondos de apoyo declarado para las OSCs como sujetos de derecho • Gestión Compartida de Fondos - participación abierta y democrática de organizaciones en el acceso a recursos públicos. • Mejor Planificación, Gestión y Acompañamiento Público - presupuesto propio para el fomento a las OSCs, universalización de acceso y plazos para el retorno sobre la rendición de cuentas. • Capacitación de Servidores Públicos y de OSCs • Simplificación y Desburocratización de las Rendiciones de Cuentas


Gracias! Paula Raccanello Storto paula@sbsa.com.br


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