HOJA INFORMATIVA DIRIGIDA AL CIUDADANO SOBRE EL ACCESO UNIVERSAL A LA ATENCIÓN SANITARIA
Conforme a la INSTRUCCIÓN 20/2015 DE LA SECRETARÍA AUTONÓMICA DE SALUD PÚBLICA Y DEL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO PARA GARANTIZAR EL ACCESO UNIVERSAL A LA ATENCIÓN SANITARIA EN LA COMUNITAT VALENCIANA, se le informa: Para acceder a tener cobertura sanitaria por estas instrucciones: 1. Debe cumplir los siguientes REQUISITOS: a.
Ser extranjero/a, mayor de edad y no registrado/a ni autorizado/a a residir en España.
b.
Estar empadronado/a con residencia efectiva en algún municipio de la Comunitat Valenciana un mínimo de 3 meses, salvo situaciones excepcionales.
c.
No tener reconocida por el INSS la condición de asegurado/a o beneficiario/a del derecho a las prestaciones sanitarias con cargo a los fondos públicos a través del SNS, ni tener posibilidad de acceso a cobertura sanitaria pública por cualquier otro título.
d. e.
No existir terceros obligados al pago. No poder acceder a tener cobertura sanitaria al amparo de los Reglamentos Comunitarios y Convenios Internacionales existentes en materia de asistencia sanitaria.
En situaciones de necesidad por no cumplir algún requisito o tener dificultades justificadas de obtención de los documentos acuda el trabajador social.
2. TRÁMITES: a.
La solicitud la puede obtener en el centro de salud más próximo a su domicilio. En la misma se describen los documentos que tiene que aportar. Tiene que estar registrado en el SIP con todos los datos correctos de la Unidad Familiar con la que convive.
b.
Con los documentos y la solicitud cumplimentada debe pedir cita al trabajador social para que valore la documentación, los requisitos y se inicien los trámites.
c.
En el plazo de 3 meses su solicitud debe estar resuelta. Acuda al centro de salud antes de finalizar los tres meses, porque allí le podrán informar sobre si se ha estimado su solicitud.
Le informamos que si su solicitud se desestimara o se detectara una utilización inadecuada del acceso a las prestaciones sanitarias, se le podría reclamar los gastos ocasionados por sus prestaciones sanitarias si no aporta otros documentos que acrediten su derecho a la misma y/o no exista un tercero obligado al pago.
3. DOCUMENTOS SIP: A efectos de identificarle ante el Sistema Valenciano de Salud, en el centro de salud le entregarán un documento SIP que reflejará la situación de cobertura en cada momento.
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