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P6. Y P8. ENFOQUE ESTRATÉGICO PARA MUNICIPIOS E IPS DEL DEPARTAMENTO DE BOYACÁ ORIENTADO HACIA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO APS SF

Dirección

Debemos tener en cuenta: 1. La inminente presentación del “Plan Decenal de Salud”. a) La definición de nuevos indicadores de obligatorio seguimiento e informe. b) La definición de nuevas metas. c) La obligación de incorporar indicadores y metas los planes municipales, de manera articulada con los planes nacionales y departamentales. • Debemos tener en cuenta: 2. Los cambios en el Modelo de Aseguramiento a) La unificación de planes de beneficios para Menores de 18 años y mayores de 60. Igualando régimen Subsidiado a Contributivo. b) El énfasis en el papel de los Alcaldes como responsables de hacer seguimiento a la gestión de las EPS Cuadro comparativo de las competencias de los actores en la implementación de la APS y SF a la luz de la ley 715/2001, Ordenanza 023/2010,Ley 1438/2011

Nación

Departamento

Municipio

*Planeación, seguimiento y evaluación y regulación. Asistencia técnica a entes territoriales. Definir sistema obligatorio para la garantía de la calidad en salud SOGCS. Establecer mecanismos de participación social Reglamentación para el control de la evasión y la elusión de los aportes al SGSSS. (ley 1122 de 2007) Sistema de inspección vigilancia y control del SGSSS a cargo de la superintendencia Nacional de Salud SNS. El instituto de inspección Vigilancia de Alimentos y

*Dirigir, coordinar y vigilar el SGSSS en su jurisdicción. Planeación ejecución, seguimiento y evaluación para el SGSSS según disposiciones del orden nacional. Asistencia técnica a los municipios e IPS. Supervisar y controlar recaudo y aplicación de recursos del SGSSS. Administrar los recursos del fondo departamental de salud.

*Planes, programas y proyectos en salud en armonía con políticas y disposiciones del orden nacional y departamental. Administrar recursos del fondo local de salud. Mecanismos para la adecuada participación social. Implementar sistema integral de información en salud Identificar a la población pobre y vulnerable.

Vigilar cumplimiento de la normatividad nacional. Sistema integral de

***Implementar el modelo de APS SALUD FAMILIAR. Cofinanciar las acciones para el desarrollo del Modelo de APS

Entidades Promotoras de Salud

**Contratarán las acciones colectivas de salud pública de su competencia.

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Aseguramiento

medicamentos INVIMA funge como autoridad sanitaria nacional. El instituto nacional de salud cumple funciones de vigilancia y control en salud pública y laboratorio de referencia nacional. Regulación del SGSSS comisión de regulación en salud – CRES. Asesoría; consejo nacional de seguridad social en salud CNSSS

información en salud. Promover la participación social. Financiar tribunales seccionales de ética médica y odontológica Registro especial de prestadores y la vigilancia y control correspondencia. **Habilitar las redes de municipios y entidades prestadoras de servicios de salud.

SALUD FAMILIAR. Promover la participación comunitaria, generando la cultura y adhesión a las acciones del Modelo APS SALUD FAMILIAR. Promover y apoyar los espacios de participación comunitaria.

*Vigilancia y el control del aseguramiento en el SGSSSS Administrar régimen subsidiado en los corregimientos departamentales

*Administrar el régimen subsidiado Promover la afiliación al régimen contributivo.

**Los entes territoriales administrarán el Régimen Subsidiado mediante el seguimiento y control del aseguramiento de los afiliados dentro de su jurisdicción, garantizando el acceso oportuno y de calidad al Plan de Beneficios.

**Todas las Entidades Promotoras de Salud deberán garantizar el acceso a los servicios de salud en el territorio nacional, a través de acuerdos con prestadores de servidos de salud y Entidades Promotoras de Salud.

***Garantizar la funcionalidad del consejo de política social y el CONSEJO MUNICIPAL POLITICA SOCIAL, para la operatividad de la política en salud promoviendo la participación intersectorial y comunitaria. Garantizar la contratación oportuna del plan de intervenciones colectivas (PIC), dentro del mes siguiente a la aprobación del Plan de Salud Territorial. Verificar que las acciones del plan de intervenciones colectivas, sean desarrolladas por recurso humano idóneo (EQUIPO DE SALUD FAMILIAR) Reorientar los planes operativos basados en el análisis de la situación en salud generada a través del Sistema de

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Prestación de servicio s de salud

Población pobre no asegurada

Información Comunitaria para la Atención Primaria en Salud (SICAPS) y otras fuentes de información. Garantizar la depuración permanente y efectiva de la base de datos única de afiliación al régimen subsidiado y población elegible. Garantizar y hacer seguimiento al flujo de recursos a las aseguradoras y de éstas a los prestadores de servicios de salud, acorde con la normatividad vigente.

*Política de prestación de servicios de salud Regular oferta de servicios red publica Prestar servicios especializados a través de las ESE nacionales (adscritas al MPS)

*Financiar (SGP, recursos propios y otros recursos) y administrar. Prestación de servicios de salud a la salud a la población pobre no asegurada en los niveles IIy III de complejidad y los servicios de salud mental (complementación por subsidio a la oferta al POS – S y al POS – C)

*Financiar (SGP, recursos propios y otros recursos) y administrar Prestación de servicios de salud a la población pobre no asegurada en el nivel I de complejidad.

*Implementar política de prestación de servicios de salud Articular red de IPS y centros de bienestar de anciano Atención en salud de personas declaradas por vía judicial como inimputables

*Gestionar y supervisar el acceso a la prestación de los servicios de salud. Hacer exigible a las IPS y EPS la prestación de servicios de salud con enfoque de APS SALUD FAMILIAR de manera continua, tanto en intervenciones para enfermedad general como las acciones de detección temprana y protección específica.

***Exigir a las EPS que en la contratación con la IPS se tenga en cuenta la prestación de servicios de salud según parámetros del modelo de APS SALUD FAMILIAR.

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Salud publica

*Definir las prioridades de la nación y los entes territoriales Dirigir y coordinar la red nacional de laboratorios de salud publica Articular sistema integral de información en salud Ley 122 de 2007. Sistema de vigilancia y control en salud pública, instituto nacional de salud INS, Autoridad sanitaria nacional ASN (Instituto Nacional de Vigilancia de medicamentos – INVIMA) vigilar acciones de salud pública EAPS y PSS evaluación de factores de riesgo y expedición de medidas sanitarias de alimentos, materias primas y transporte asociado a estas actividades puertos, aeropuertos y pasos fronterizos (junto al instituto colombiano agropecuario ICA) Suministro oportuno de insumos para salud pública (INS)

*Monitoreo del estado de salud. Gestión de la salud pública y la formulación de la política social Adoptar, difundir, implantar y ejecutar la política de salud pública formulada por la nación. Fortalecer los consejos territoriales de seguridad social en salud. Servicios de laboratorio de salud publica Plan de salud pública del ámbito departamental Monitorear y evaluar planes de salud pública municipales. Articular el sistema de vigilancia en salud pública. Expendio, comercialización y distribución de medicamentos (en coordinación con INVIMA y la nación) Departamentos ejercen en municipios de categorías 4, 5 y 6 Inspección, vigilancia y control de los factores de riesgo del ambiente que afectan la salud humana y de control de vectores y zoonosis. Vigilancia y control sanitario de la distribución de y comercialización de alimentos y de los establecimientos gastronómicos, así como del transporte asociado.

*Plan de salud pública municipal Coordinación funcional en salud en el municipio Vigilar las condiciones ambientales por ruido, tenencia de animales domésticos, basuras y olores entre otros. Vigilar la calidad del agua para el consumo humano la recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos, manejo y disposición final de radiaciones ionizantes, excretas, residuos líquidos, aguas servidas y calidad del aire. Ejercer vigilancia y control sanitario en su jurisdicción sobre los factores de riesgo para la salud, en los establecimientos y espacios que puedan generar riesgos para la población, educativos, hospitales, cárceles, cuarteles, albergues, guarderías, ancianatos, puertos, aeropuertos, y terminales terrestres, transporte público, piscinas, estadios, coliseos, gimnasios, bares, tabernas, supermercados, plazas de mercado, de abasto público, y plantas de sacrificio. Cumplir y hacer cumplir en su jurisdicción las normas de orden sanitario previstas en la ley 9 de 1979 y su reglamentación. Municipios de categorías 1, 2, 3 y especial, Inspección, vigilancia y control de los factores de riesgo del ambiente que afectan la salud humana y de control de vectores y zoonosis. Vigilancia y control sanitario de la distribución y comercialización de alimentos y de los establecimientos gastronómicos, así como del transporte asociado.

**Garantizar la presentación de las intervenciones de promoción de la salud, detección temprana, protección específica, vigilancia epidemiológica y atención de las enfermedades de interés en salud pública

***Exigir a las EPS la contratación de la demanda inducida con la red de prestadores del municipio para la articulación de la inducción hacia los servicios de salud y la Documento técnico, elaborado por la Secretaria de Salud de Boyacá en cooperación con el Hospital del Sur E.S.E Bogotá, con apoyo de ByM Salud

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APS SALUD FAMILIAR. Establecer un procedimiento efectivo de inspección, vigilancia y control al aseguramiento. Establecer un seguimiento efectivo con indicadores de gestión y resultado a las ESE. (Accesibilidad, oportunidad, sostenibilidad financiera) Realizar semestralmente la rendición de cuentas con base en el sistema de información comunitaria para la atención primaria en salud (SICAPS). Apoyar la conformación de NODOS y REDES INTEGRADAS DE SERVICIOS

* Ley 715 del año 2001 ** Ley 1438 del año 2011 *** Ordenanza 023 del año 2010

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