Seguridad privada

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DIPLOMADO EN SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL MODULO:

SEGURIDAD PÚBLICA – PRIVADA Y CIUDADANA

MATERIA:

SEGURIDAD PRIVADA

PROFESOR:

RAMON CHIEYSSAL PEÑA

Se define la Seguridad Privada como; CONJUNTO DE ACCIONES REALIZADAS POR PERSONAS U ORGANISMOS QUE TIENEN POR OBJETO LA PROTECCIÓN DE PERSONAS O BIENES, PROPIOS O ENTREGADOS A SU CUSTODIA, DENTRO DEL ÁMBITO EN QUE DESARROLLAN SU QUEHACER, CONFORME A LA NORMATIVA LEGAL Y REGLAMENTARIA. Es decir, la SEGURIDAD PRIVADA, constituye la acción de proteger bienes y personas entregados a la custodia de privados, dentro de un espacio físico delimitado. Se encuentran consideradas dentro del campo de la Seguridad Privada las actividades de vigilancia, supervisión, capacitación o comercialización, siempre adecuándose a la normativa que regula la materia. Por otra parte es importante señalar que en la actualidad se encuentra tramitándose un proyecto de ley en el Congreso, que define la seguridad privada, en los siguientes términos: “CONJUNTO DE ACTIVIDADES O MEDIDAS DE CARÁCTER PREVENTIVO Y COADYUVANTE DE LA SEGURIDAD PUBLICA.”

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El Plan “SEGURIDAD PARA TODOS 2014 – 2016”, contempla trabajar en conjunto con representantes del sector privado para mejorar la coordinación en las labores preventivas y su efectividad, y potenciar su contribución a la prevención situacional del delito. Considerando lo ya señalado, se puede determinar que la Seguridad Privada que se entrega a las instalaciones tiene por objeto: a.)

Evitar mermas o pérdidas.

b.)

Evitar daños a los bienes y productos, y

c.)

Evitar que lo anterior afecte a las personas

DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS QUE REGULAN LA SEGURIDAD PRIVADA EN CHILE: ü Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, publicada en el Diario Oficial del 07.03.1990, establece que la Institución es la que tiene a su cargo, en la forma que determine la ley, la fiscalización y control de las personas que desarrollan actividades de vigilancia privada. ü Ley 19.329, de 22 de agosto de 1994, que cambió la sujeción de la vigilancia privada, desde las Fuerzas Armadas a Carabineros de Chile. ü Decreto Ley N° 3.607, de 6.1.1981, que establece Nuevas Normas sobre Funcionamiento de Vigilantes Privados, publicado en el Diario Oficial Nº 30.859, de 8 de enero de1981, y sus modificaciones. ü Decreto Supremo Nº 1.773 (I), de 10 de octubre de 1994, publicado el

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14.11.1994, que aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 3.607,

de 1981, que establece Normas sobre Funcionamiento de Vigilantes Privados y deroga el Decreto Supremo Nº 315, de 1981. ü Decreto Supremo Nº 1.122 (I), de fecha 19 octubre de 1998, que Dispone Medidas de Seguridad Mínimas que deben adoptar las entidades indicadas en el inciso primero del Artículo 3º del Decreto Ley Nº 3.607. ü Decreto Exento Nº 356 (I), de 27 de enero de 2003,

que Modifica

Decreto Exento Nº 1.122, de 1998. ü Decreto Exento Nº 1.255, de 31 de julio de 2003, que Complementa disposiciones del Decreto Exento Nº 1.122, del Ministerio del Interior, de 1998, con normas que indica. ü Decreto Exento Nº 1.226 (I), de fecha 17 noviembre de 2000, que Dispone Medidas de Seguridad Mínimas que deben adoptar las entidades de Transporte de Valores. ü Decreto Exento Nº 357 (I), de 27 de enero de 2003, que Modifica al Decreto Exento Nº 1.226, de 2000. ü Decreto Supremo Nº 1.256, de 31 de julio de 2003, que Complementa disposiciones del Decreto Exento Nº 1.226, del Ministerio del Interior, del 2.000, con norma que indica. ü Decreto Supremo Nº 93, de 06 de septiembre de 1985, publicado el 21.10.1985, que Aprueba Reglamento del Artículo 5º bis, del Decreto Ley Nº 3.607, modificado por el Decreto Ley Nº 3.636, ambos de 1981, y por la Ley Nº 18.422.

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ü Decreto Nº 41, de 1996, que “Autoriza conexión a Centrales de Comunicación de Carabineros que señala, con fin que indica. ü Decreto Exento Nº 1.220 (I), de 10 de noviembre de 2000, que “Determina calidad de estratégicas de empresas y entidades que indica, y deroga D.E. Nº 808, de 29.12.1995. ü Ley Nº 19.303, publicada el 13 de abril de 1994, que establece obligaciones a entidades que indica, en materias de Seguridad de las Personas, entregando el control y supervisión de las mismas a Carabineros de Chile. ü Decreto Supremo Nº 1.772 (I), de 10 de octubre de 1994, que aprueba Reglamento de la Ley Nº 19.303, publicado en el Diario Oficial Nº 35.007, de 26.01.1995. Frente a estas obligaciones, es necesario precisar que Carabineros de Chile: a)

Reconoce a las personas naturales y jurídicas sus derechos y responsabilidades en el desarrollo de acciones de Seguridad Privada, orientadas a proteger personas y bienes dentro de recintos o áreas privados.

b)

Estimula este desarrollo para orientar los esfuerzos de las personas hacia la prevención de los incidentes exclusivamente en las áreas y recintos donde ejecutan sus funciones, logrando por este medio, minimizar la ocurrencia de éstos.

c)

Radica en el Prefecto, la función como Autoridad Fiscalizadora, entendiéndose por ello el control y la fiscalización de todas las actividades de Seguridad Privada de su sector jurisdiccional.

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Asimismo a esta Autoridad Fiscalizadora le corresponde hacer cumplir, autorizar, suspender, revocar, certificar e informar, según corresponda, las actividades de los integrantes que componen el Sistema de Seguridad Privada, a través de resoluciones,

dictámenes,

declaraciones de juicio,

constancia o conocimiento, en el ejercicio de sus competencias. d)

Incentiva la interacción con empresas y entidades de Seguridad Privada, que permita a la Institución, el mejoramiento de la Seguridad Pública.

e)

Reitera, que el área de acción de la Seguridad Privada, está dada por el límite físico de recintos o sectores de instalaciones conforme lo dispone la normativa legal vigente y en donde los actos administrativos gozan de presunción de legalidad, de imperio y exigibilidad frente a sus destinatarios.

f)

Basa el éxito de la seguridad privada en una formación profesional de quienes forman parte del sistema; siendo ello el medio para lograr eficacia y eficiencia en su campo de acción y legitimidad por parte de la sociedad. En consecuencia es prioritario el control de los programas de estudios para verificar que se alcancen los objetivos definidos por la Institución, en el Manual de Capacitación y Perfeccionamiento para Vigilantes Privados y Guardias de Seguridad.

g)

Igualmente

en

el

ámbito

interno,

el

perfeccionamiento

y

la

capacitación del recurso humano Institucional, para el desempeño de las funciones relacionadas con el Sistema de Seguridad Privada, se

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realizará a través de programas administrados por la Dirección de Educación a propuesta de la Subdirección de Seguridad Privada. h)

Establece que el personal de la Institución no debe trabajar con fines privados en

actividades que regulan la presente materia, por

ser

claramente opuestas e incompatibles a la función de control y fiscalización que deben hacer de tales leyes. Se exceptúa el ejercicio de las actividades académicas llevadas a efecto a requerimiento de los organismos, entidades, empresas de capacitación, institutos técnicos o universidades, cuando su objetivo sea el de representar a Carabineros de Chile. i)

Ante la pérdida, reproducción no autorizada, negligencia o mal uso en el tratamiento de información, que pueda significar ventajas o perjuicios a particulares interesados en ella, se calificará como falta grave a la ética y/o disciplina Institucional, acorde a la reglamentación vigente y normas que se deben observar en relación al principio de probidad administrativa.

j)

Respecto de las obligaciones y atribuciones relativas a las leyes que regulan las actividades de Seguridad Privada, como tarea permanente, la Institución deberá mantener información objetiva y disponible para los niveles institucionales y entidades involucradas con el sistema, cuando sea formalmente requerida.

k)

En la aplicación de la normativa legal, que regula la seguridad privada, observará

los

coordinación,

principios: actuación

responsabilidad, de

oficio

en

eficiencia, los

eficacia,

procedimientos, 6


impugnabilidad

de

los

actos

administrativos,

control,

probidad,

transparencia, publicidad administrativa, garantizar autonomía y respeto a los derechos de las personas.

MISIONES PARTICULARES: Le corresponderá a la Subdirección de Seguridad Privada:

Planificar, organizar, coordinar, dirigir, controlar, asesorar, normar y difundir, técnicamente, en representación de Carabineros de Chile, las actividades que regulan la Seguridad Privada.

Controlar y fiscalizar las funciones y tareas que corresponda realizar a las Autoridades Fiscalizadoras en este ámbito.

Satisfacer las demandas de las Autoridades Fiscalizadoras y las propias, administrando y gestionando los recursos de: personal, logística, económicos y financieros, con los que ingresan al sistema.

Son objetivos de la Subdirección de Seguridad Privada: 1.

Optimizar, en forma permanente, las funciones asignadas en su organización operativa y administrativa, para enfrentar la dinámica que presente el Sistema de Seguridad Privada y sus componentes, de manera eficaz y eficiente con los recursos que posee.

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2.

Centralizar la toma de decisiones que diga relación con políticas Institucionales en materias de Seguridad Privada, a fin de mantener normada las resoluciones que las Autoridades Fiscalizadoras deban adoptar.

3.

Coordinar las obligaciones y funciones de las Autoridades Fiscalizadoras, a fin de maximizar la eficacia y eficiencia en la práctica de sus facultades y atribuciones legales y reglamentarias vigentes, mediante procedimientos homologados, conforme a las políticas establecidas por la Institución.

4.

Incentivar el perfeccionamiento y capacitación del recurso de personal, en forma permanente, en los Planteles Educacionales y Reparticiones Institucionales.

5.

Propiciar la participación de personal de la Institución, en el intercambio de experiencias profesionales, a nivel nacional e internacional, en el campo de la seguridad privada.

6.

Desarrollar proyectos de inversión, para satisfacer las demandas de las Autoridades Fiscalizadoras y las propias, para la entrega de un servicio eficaz, eficiente, efectivo y oportuno a los componentes del sistema.

7.

Controlar que los actos administrativos, que dicten las Autoridades Fiscalizadoras, conforme a sus facultades legales y administrativas, se encuentren enmarcados en el ordenamiento legal y reglamentario vigente.

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COMPONENTES DE LA SEGURIDAD PRIVADA La seguridad privada en nuestro país, tiene una gran cantidad de normativa que se encuentra dispersa en cuerpos legales, tales como leyes, decretos leyes, normas administrativas, y de ellas se puede rescatar que los componentes, es decir quienes ejercen la seguridad privada en sus distintos niveles son:

a.) ASESOR DE SEGURIDAD Art. 5, Decreto Ley 3.607 y Art. 2, Decreto Supremo Nro. 93. Es la labor o cargo que ejerce una personal natural y desarrolla labores de asesoría en materias inherentes a la seguridad privada, entregando orientación a quien lo requiera, en las materias propias del ámbito de sus competencias. Para ejercer este cargo, se debe poseer idoneidad cívica, moral y profesional, la que se acredita presentando una solicitud indicando los motivos que justifican la petición, adjuntando los antecedentes que establece el Art. 6°, del Decreto Supremo Nro. 93, es decir: Ø Idoneidad Cívica Certificado de antecedentes para fines especiales. Ø Idoneidad Moral Certificado de antecedentes comerciales

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Ø Idoneidad Profesional Acreditar título o grado académico otorgado por un establecimiento superior

reconocido

por

el

Estado y,

además

antecedentes

académicos superiores a 400 horas de clases, en materias propias de la seguridad privada. Ø Otros antecedentes solicitados Copia de cédula de identidad por ambas caras. Currículum Vitae con fotografía Copia de la Declaración de inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, en materias inherentes a Seguridad Privada. Es importante destacar que una vez cumplidos con los requisitos, la Autoridad Fiscalizadora, dará la certificación de la calidad de Asesor a través de una credencial, que debe ser renovada cada dos años. b.) JEFE DE SEGURIDAD Art. 3, del Decreto Ley Nro. 3607; Art. 2, del decreto Exento 1.122 y Art. 11, del Decreto Supremo 1.773, de 1984. El Jefe de Seguridad, es una persona natural, con conocimiento y dominio de las materias inherentes a la seguridad y vigilancia privada, que tiene como función, gestionarla y administrarla. En consecuencia debe cumplir con las siguientes misiones, en el ejercicio de sus labores. •

La detección y análisis de situaciones de riesgos y planificación y programación de las actuaciones precisas para prevenirlas.

La organización, dirección y control del personal y organismos a su cargo

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La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes,

así como la supervisión de su utilización, funcionamiento y mantenimiento. Proponer

o

adoptar

las

medidas

oportunas

para

subsanar

deficiencias o anomalías que observen o les comuniquen los Encargados de Seguridad o Vigilantes Privados Coordinar sus actividades con la Autoridad Fiscalizadora y las

Instituciones policiales. El Decreto Exento Nro. 1.122, que establece las normas que regulan las mínimas

medidas

de

seguridad

que

deben implementar las

Entidades identificadas en el Art, 3° del Decreto Ley Nro. 3607, determina quienes deben contar con Jefe de Seguridad; sin embargo, aquellas organizaciones, industrias, etc., que no se encuentran reguladas en los cuerpos legales mencionados, podrán voluntariamente contar con un Jefe de Seguridad, y para ello requieren previamente de la autorización de la Autoridad Fiscalizadora. La autorización que se entrega a una persona natural para que ejercer la función de Jefe de Seguridad, tiene una vigencia de dos años, renovable por periodos iguales, y los requisitos que debe cumplir son: poseer idoneidad cívica, moral y profesional: ACREDITACION DE ESTOS REQUISITOS Idoneidad Cívica.

Ø

Copia de la cédula de identidad por ambos lados

Certificado de Antecedentes para fines especiales.

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Certificado de situación militar al día, o Certificado de ser funcionario en retiro de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones o Gendarmería. Idoneidad Moral.

Ø •

Certificado de Antecedentes Comerciales Idoneidad Profesional:

Ø •

Currículum Vitae

Acreditar antecedentes académicos en materias de Seguridad Privada

c.) CAPACITADOR Art. 5 Bis, Decreto Ley 3.607 y art.# 1, Decreto Supremo Nro. 93.} Se define como la persona natural que instruye y perfecciona a los agentes del sistema de seguridad privada, sean estos, Vigilantes Privados y Guardias de Seguridad, en materias prácticas y teóricas de su especialidad. Al igual que en los casos anteriores, debe acreditar su idoneidad cívica, moral y profesional.

Ø

Idoneidad Cívica.

• Certificado de Antecedentes para fines especiales • Copia de cédula de identidad por ambos lados • Curriculum Vitae con fotografía Ø Idoneidad Moral.

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• Certificado de antecedentes personales. Ø Idoneidad profesional. • Demostrar y acreditar frente a la Autoridad Fiscalizadora, los antecedentes académicos, experiencia y conocimientos calificados en materias inherentes a la seguridad privada. • Copia de la Declaración de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, en materias inherentes a la Seguridad Privada. Como es sabido, la capacitación en materias de Seguridad Privada, abarca muchas áreas del conocimiento, por lo tanto cada persona que desee acreditarse

debe

necesariamente

demostrar a lo

menos

los

siguientes

conocimientos

o

preparación

académica

para

actuar

en

campos

específicos que se señalan a continuación: v Capacitador en Protección de Instalaciones. •

Poseer conocimientos académicos y experiencia en materias de seguridad, propias de esta función.

Ingeniero o Técnico en Prevención de Riesgo.

v Capacitador en Valores y Ética Ø Tener los conocimientos académicos y experiencia en materias de seguridad propias de los temas señalados, es decir, éticos y valóricos. v Capacitador en Administración de Seguridad

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Ø Tener los conocimientos académicos y experiencia en materias de seguridad propias del tema señalado. v Capacitador en Prevención y Control de Emergencia. Ø Poseer conocimientos académicos y experiencia en materias de seguridad propias de la función. Ø Ingeniero o Técnico en Prevención de Riesgo

v Capacitador en Legislación. Ø Persona natural que acredite, como mínimo, ocho semestres aprobados en materias legales de nivel universitario. v Capacitador en Sistemas de alarmas Ø Estar en posesión de título académico con especialidad en la materia (ejemplo, Ingeniería eléctrica) v Capacitador en materias de primeros auxilios Ø Demostrar estar en posesión de título académico, a lo menos, en materias de primeros auxilios, otorgado por alguna entidad reconocida por el Estado. v Capacitador en sistemas de comunicación y enlace Ø Estar

en

posesión

de

título

académico

con

especialidad

relacionado con la materia. v Capacitador o instructor en actividad física

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Ø Estar en posesión de título académico en Educación Física, o en materias relacionadas, otorgado por alguna entidad reconocida por el Estado. v Capacitador en manejo de armas y/o instructor de tiro Ø Demostrar experiencia y conocimientos, mediante un examen que debe rendir ante la Dirección de Seguridad Privada, o frente a organismos institucionales autorizados por Carabineros de Chile. v Capacitador en Defensa Personal Ø Estar en posesión de título académico en materias de defensa personal y/o artes marciales y estar inscrito en los organismos que regulan esta materia. d.) ENCARGADO DE SEGURIDAD Art. 3, Decreto Exento Nro. 1.1122. Es una persona natural nombrada por la entidad en la que presta servicios, que en las oficinas, agencias o sucursales bancarias o financieras, coordina con el Jefe de Seguridad, con la Autoridad Fiscalizadora y con las instituciones de Orden y Seguridad Pública, la aplicación y el cumplimiento de las medidas de seguridad detalladas y aprobadas en el Estudio y/o Plan de Seguridad de la instalación, en donde se cumple la función. La autorización para ejercer esta función es otorgada por la Autoridad Fiscalizadora, para lo cual la entidad empleadora, debe presentar una

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solicitud simple, y fotocopia de la cédula de identidad por ambas caras, de la persona designada. La validez de la acreditación tiene una vigencia de dos años, y una vez certificado como Encargado (a) de Seguridad, la Autoridad Fiscalizadora, le hace entrega de una Tarjeta de Identificación que lo acredita, y le permite desempeñar esa función en cualquier oficina o sucursal, de la empresa o entidad que lo contrato. e.) SUPERVISOR. Art. 5 Bis, Decreto de Ley Nro. 3.607. Es la persona natural que ejerce funciones de supervisión y control de personas, elementos y equipos de Seguridad Privada, y se desempeñan al interior de una instalación o entidad, de acuerdo a las normas o planes diseñado por la misma organización. La

autorización

que

entrega

la

Autoridad

Fiscalizadora,

previa

demostración de idoneidad cívica, moral y profesional, para desempeñar esta función, tiene una vigencia de dos años, y es renovable por periodos similares.

Ø Acreditación de Idoneidad Cívica

Copia de la cédula de identidad por ambos lados

Certificado de Antecedentes para fines especiales.

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Certificado de situación militar al día, o Certificado de ser funcionario en retiro de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones o Gendarmería.

Ø Idoneidad Moral. •

Certificado de Antecedentes Comerciales

Ø Idoneidad Profesional •

Acreditar curso aprobado de formación para Vigilante Privado.

Acreditar antecedentes académicos en materias inherentes a la seguridad privada y relacionados con la misión de supervisión y control.

f.) TECNICO. Art. 3, Decreto Supremo Nro. 93. Se trata de una persona natural, que entrega, instala, mantiene, repara y/o controla los recursos técnicos o materiales, que se utilizan para lograr un correcto funcionamiento de las medidas de seguridad implementadas en la instalación, relacionadas con la seguridad privada, a fin de evitar que estas presenten deficiencias de funcionamiento. La que

entrega

la

Autoridad

autorización

Fiscalizadora, previa acreditación de

idoneidad cívica, moral y profesional, para desempeñar esta función, tiene una vigencia de dos años y puede ser renovada por periodos iguales. Ø Idoneidad Cívica. •

Certificado de Antecedentes para fines especiales 17


Copia de cédula de identidad por ambos lados

Curriculum Vitae con fotografía

Ø Idoneidad Moral. •

Certificado de Antecedentes Comerciales.

Ø Idoneidad profesional. •

Demostrar y acreditar título profesional o técnico en la materia.

Copia de la Declaración de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, en materias inherentes a la Seguridad Privada.

g.) VIGILANTES PRIVADOS. Art. 1, Decreto Ley Nro. 3.607 y Art. 1, Decreto Supremo Nro. 1.773. Cumplen la función de Vigilantes Privados, las personas naturales y tienen como único objetivo la protección y seguridad interior de edificios destinados a la habitación, oficinas o a otra finalidad; conjuntos habitacionales; recintos, locales, plantas u otros establecimientos de empresas

de

cualquier

naturaleza,

entre

ellos,

industrias,

locales

comerciales, oficinas mineras, transporte de valores, preocupándose de la protección de los bienes y las personas que hay en dichos lugares, sin embargo cuando se trata de transporte de valores, los Vigilantes Privados, son autorizados para cumplir su función en el área en que cumplan servicio dichas empresas (recorridos establecidos)

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Las

empresas

que

desean

contar

con

Vigilantes

Privados,

obligatoriamente deben establecer para esta sola finalidad, una Oficina de Seguridad. Importante es señalar, que los Vigilantes Privados, sólo podrán usar el arma de fuego que les ha sido autorizada en cumplimiento de sus funciones, y dentro del recinto en el que se desempeñan, las cuales deben estar debidamente detalladas en el Estudio de Seguridad, presentado y autorizado por la Autoridad Fiscalizadora; además deben utilizar uniforme de color azul - gris perla, tarjeta de identificación a la vista del público, y bastón tipo policial. Para desempeñarse como Vigilante Privado, la persona debe realizar un curso, que de cumplimiento a las normas indicadas por la Autoridad Fiscalizadora y que se encuentran contenidas en el Manual de Capacitación y Perfeccionamiento para Vigilantes Privados y Guardias de Seguridad. Sin embargo, la capacitación sólo podrá impartirse a aquellas personas que con autorización de las respectivas Prefecturas de Carabineros, hayan sido contratados como Vigilantes Privados, según lo dispone el Art. 7, del Decreto Ley 3.607, y el Art. 18 BIS, del Decreto Supremo Nro., 1.773 y una vez aprobada dicha capacitación, se le entregará la respectiva acreditación para desarrollar la función, que tiene una vigencia de dos años, renovable por iguales periodos. Para la contratación de Vigilantes Privados, estos deben cumplir los requisitos establecidos en el Art. 11, del Decreto Supremo Nro. 1.773, los que a continuación se detallan: •

Ser chileno. 19


Tener como mínimo 21 años de edad, al momento de su contratación.

Tener, a lo menos, 8º año de educación básica rendido y aprobado;

Haber cumplido en forma efectiva con el servicio militar o ser funcionario en retiro de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones o de Gendarmería. En casos calificados, la Autoridad Fiscalizadora respectiva podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito, en especial tratándose de postulantes del sexo femenino;

No haber sido condenado por crimen o simple delito

Tener salud, condiciones físicas y psíquicas compatibles con la función que se va a desempeñar, especialmente en lo relativo a la aptitud para portar armas de fuego, las que deberán ser comprobadas mediante certificado médico y psicológico.

Además los Vigilantes Privados deben acreditar su idoneidad cívica, moral y profesional, mediante la presentación de los siguientes antecedentes antes la Autoridad Fiscalizadora: Ø Idoneidad Cívica. •

Certificado de Antecedentes para fines especiales

Copia de cédula de identidad por ambos lados

Certificado que

acredite

su

situación

militar, la

encontrarse al día, o Certificado que acredite

ser

cual debe

funcionario

retiro de las Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile, Policía

en de

Investigaciones de Chile o Gendarmería de Chile.

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Ø Idoneidad Moral. •

Certificado de Antecedentes aprobado mediante

Dictamen

Comerciales,

de

Nro. 24.683, de

acuerdo la

a

lo

Contraloría

General de la República. Ø Idoneidad profesional. • Certificado que acredite haber cursado y aprobado el octavo año de enseñanza básica. • Certificado médico y Certificado Psicológico, que acredite tener salud compatible con la función a realizar, que presente además aclaratoria de firma de los profesionales que los extiendan.

h.) GUARDIA DE SEGURIDAD, PORTERO, NOCHERO, RONDIN. Art. 8°; 12°, 13° y 15° del Decreto Supremo Nro. 93. Se entiende por guardia de seguridad, nochero, portero, rondín u otros similares a las personas naturales, que sin tener la calidad de Vigilante Privado, brindan personalmente seguridad, protección a bienes y/o personas en general. El trabajo que desempeñan estas personas debe estar detallado en la Directiva de Funcionamiento, según se establece en el Art. 15 del Decreto Supremo Nro. 93, la que debe especificar todas las instrucciones que regulen su función, como asimismo, la tenida y elementos de servicios que

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puedan emplear. Como es sabido, dicha función sólo se puede realizar dentro del recinto en donde prestan sus servicios, jamás en la vía pública. Estos trabajadores de la seguridad privada, están impedidos de utilizar en sus funciones armas de fuego, incluso aunque se traten de funcionarios en retiro de las Fuerzas Armadas, Carabineros, Policía de Investigaciones o Gendarmería, que cuenten con autorización para portar armas por otras normas legales. Estos agentes de la seguridad privada, están además impedidos de desarrollar funciones relacionadas con la Ley de Tránsito, control vehicular, cierre de vías públicas, requerir documentación, vigilancia en las vías públicas o en otros bienes nacionales de uso público. La credencial de Guardia de Seguridad, es otorgada únicamente por la Autoridad Fiscalizadora, previo cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios del postulante, y tiene una vigencia de tres años renovable, por periodos iguales, y debe ser portada en el extremo superior izquierdo de la tenida, durante su desempeño profesional en la instalación. Es importante destacar que en caso de pérdida de la credencial, se debe solicitar su reposición a la Autoridad Fiscalizadora

de la Jurisdicción

(Prefectura), no pudiendo el Guardia desempeñar funciones como tal, en recintos abiertos al público.

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Para la contratación de Guardias de Seguridad se deben dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Art. 8 del Decreto Supremo Nro. 93, las que a continuación se detallan.

Ser chileno.

Tener como mínimo 18 años de edad, al momento de su contratación.

Tener, a lo menos, 8º año de educación básica rendido y aprobado;

No haber sido condenado por crimen o simple delito, o estar procesado por algún hecho que revista esos caracteres delictuales.

Tener salud y condiciones físicas compatibles con la función que se va a desempeñar, lo que debe ser demostrado mediante la presentación de certificado médico. Además, y al igual que todos quienes desempeñan funciones en Seguridad Privada, los guardias deben acreditar su idoneidad cívica, moral y profesional, de acuerdo al siguiente detalle:

Ø Idoneidad Cívica. •

Certificado de Antecedentes para fines especiales

Copia de cédula de identidad por ambos lados

Ø Idoneidad Moral. •

Certificado

de

Antecedentes

Comerciales,

de

acuerdo

a

lo

aprobado mediante Dictamen Nro. 24.683, de la Contraloría General de la República.

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Ø Idoneidad profesional. •

Certificado que acredite haber cursado y aprobado el octavo año de enseñanza básica.

• Certificado médico, que acredite tener salud compatible con la función a realizar, que presente además aclaratoria de firma del profesional que lo extienda.

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ESTRUCTURA BÁSICA DE CARABINEROS EN MATERIAS DE SEGURIDAD PRIVADA SE DA SEGÚN EL SIGUIENTE ORGANIGRAMA

DIRECCION DE SEGURIDAD PRIVADA Y CONTROL DE ARMAS

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA 0S-10

PREFECTOS JEFES DE PREFECTURAS

OFICINA DE SEGURIDAD PRIVADA

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ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA Para obtener buenos resultados en materias de administración de la seguridad

privada,

es

necesario

tener

presente

los

principios

de

administración, es decir, los conceptos de PLANIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN, DIRECCION Y CONTROL. 1. PLANIFICACION. Se debe entender por PLANIFICACIÓN, la elaboración de Planes de Seguridad, previo diagnóstico donde se establecen las debilidades, vulnerabilidades y fortalezas que presenta cada instalación en donde se prestará el servicio de vigilancia, protección o seguridad. La planificación, tiene por objetivo optimizar al máximo los recursos humanos, materiales y tecnológicos que deban utilizarse y de este modo cumplir con el objetivo para lo cual fue contratado el servicio, conforme a las políticas de seguridad estratégica de cada empresa, en este planificación se deben incluir, a modo de ejemplo, el Plan de Seguridad, Plan de Evacuación, Plan de combate de incendio, Plan para contactar a ejecutivos de la empresa en caso de emergencias calificadas, y otros. Conjuntamente con la confección de los señalados planes, se deben considerar también, aquellos documentos, Manuales de Seguridad, en los cuales se deben establecer en términos simples, directos y claros, entendibles para todo el recurso humano, sus responsabilidades,

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obligaciones, deberes y atribuciones en el ejercicio de sus funciones, considerando los riesgos para las personas, sean estos, trabajadores de la instalación, clientes que visiten el lugar, elementos combustibles, etc.

2. ORGANIZACIÓN Trata de establecer una estructura de servicio de seguridad, conforme a cantidad de personal requerido para la ejecución, niveles jerárquicos, responsabilidades,

lugar

y

formas

de

desarrollo

de

funciones,

debidamente armonizados a través de relaciones formales e informales de comunicación entre los diferentes estamentos de la empresa, lo que debe

estar

en

completa

concordancia

con

la

Directiva

de

Funcionamiento, aprobada por la Autoridad Fiscalizadora. 3. DIRECCION Es la función de la administración de la seguridad privada, que permite que los recursos humanos alcancen su máxima eficiencia en el desarrollo de cada una de las funciones o servicios asignados y que

a la vez

muestren un alto compromiso con los resultados que espera la empresa contratante. Para lograr los propósitos antes señalados es necesario tener presente los siguientes factores: Ø Selección y contratación del personal Ø Orientación y entrenamiento del personal nuevo Ø Desarrollo y capacitación permanente al personal Ø Supervisión y liderazgo

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Ø Efectivas relaciones interpersonales, mediante el establecimiento de una buena red de comunicaciones Ø

Trabajo en equipo y motivación adecuada (reconocimientos e incentivos por buen desempeño)

4. CONTROL Es la función que permite asegurar que se está en la orientación correcta hacia el logro de los objetivos propuestos, permite

detectar

desviaciones

y

corregirlas

y

además,

oportunamente,

comunicando las instrucciones correctas o aclaratorias al recurso humano en materias inherentes a la seguridad privada. Para lograr estos objetivos, de deben fijar y establecer estándares de medición,

interpretación

y

análisis

de

resultados,

idealmente

manteniendo cuadros estadísticos de resultados mensuales, para ir verificando y comparando rendimientos y resultados. Como aporte a la correcta administración en materias de seguridad privada, se debe señalar que las políticas de trabajo a nivel de empresa prestadora de recursos para la seguridad privada, debe estar orientada siempre a dar respuesta a las siguientes interrogantes: ü ¿Qué debemos hacer? ü ¿Cuándo lo debemos hacer? ü ¿Cómo hacerlo? ü ¿Dónde lo haremos? ü ¿Quién o quienes deben hacerlo? ü ¿Por qué debemos hacerlo? ü ¿Para que lo debemos hacer?

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PLANES DE CONTINGENCIA, SUS FUNCIONES, OBJETIVOS Y CONTENIDOS A.) Que es un Plan de Contingencia? Entenderemos por PLAN DE CONTINGENCIA, a los procedimientos alternativos al orden normal de una empresa, cuyo fin es permitir el normal funcionamiento de esta, aún cuando alguna de sus funciones se viese dañada por un accidente interno o externo. Se debe considerar el hecho que si una organización (empresa) prepara sus Planes de Contingencia, no significa que reconozca ineficiencia en su actuar, sino que supone un avance a la hora de superar cualquier eventualidad que puedan acarrear pérdidas importantes y llegado el caso no sólo materiales, sino también personales. Los Planes de Contingencia, deben ser confeccionados mirando los futuros y probables acontecimientos para los que hace falta estar preparados. B.)

Función del Plan de Contingencia

La función principal de un Plan de Contingencia, es la continuidad de las operaciones de la empresa para elaborar uno correctamente, se debe dividir en cuatro etapas.

1.

Evaluación

2.

Planificación 29


3.

Pruebas de Viabilidad.

4.

Ejecución

Los tres primeros puntos hacen referencia al factor preventivo y el punto

4,

a

la

ejecución

del

plan,

una

vez

ocurrido

el

accidente/incidente/siniestro, como quiera que se le denomine. Consideremos que la planificación aumenta la capacidad de organización en caso de siniestros sirviendo como punto de partida para las respuestas oportunas y eficientes en caso de presentarse una emergencia. ES MEJOR PLANIFICAR CUANDO TODAVÍA NO ES NECESARIO. Las

personas

responsables

de

la

Planificación,

deben

evaluar

constantemente los planes creados, del mismo modo deberán pensar en otras situaciones que se pudieren producir. Un Plan de Contingencia estático, se queda rápidamente obsoleto y alimenta en las personas una falsa sensación de seguridad, generando mayor riesgo en caso de accidente/incidente/evento; por lo anterior es de absoluta necesidad la revisión y actualización periódica de lo dispuesto en el mismo, verificando si las medidas o acciones establecidas siguen siendo apropiadas y pertinentes. Se debe considerar que toda planificación de contingencia debe establecer objetivos estratégicos, así como el plan de acción para alcanzar dichos objetivos.

30


Un Plan de Contingencia debe ser exhaustivo, pero sin entrar en demasiados detalles,

debe

ser

de

fácil lectura y como para su

actualización y obviamente su característica principal, es que debe ser operativo y expresar claramente lo que hay que hacer, por quien y cuando. Esto

permitirá

tener

en

cuenta

al

personal

que

participará

directamente en ella, considerando al personal que planifica hasta aquellos

que

operativamente

participarían

en

el

accidente/incidente/evento. Basado en los antecedentes anteriores es posible determinar que una Planificación de Contingencia debe ser también un Plan de Emergencia que contenga los siguientes elementos: a.

Identificación del escenario

b.

Objetivos operativos

c.

Medidas que se deben adoptar

d.

Investigación

e.

Conclusiones

Objetivos Generales. Ø

Minimizar las pérdidas

Objetivos particulares.

v

Gestión y coordinación global, asignación de responsabilidades.

v

Activación del Plan de Emergencia

v

Minimizar las pérdidas. 31


Contenido del Plan de Contingencia. §

La naturaleza de la contingencia.

§

Las repercusiones operativas de la contingencia

§

Las respuestas viables.

§

Cualquier efecto en otro proceso.

Se deben valorar los diferentes escenarios, esta actividad tiene más éxito si la realizan aquellas personas que tienen mayor experiencia, o han estado sometidos anteriormente a situaciones de emergencia de distinto índole, esto porque tiene un aspecto intuitivo muy importante y sienta las bases de toda la planificación posterior. Para determinar escenarios de acción, es necesario formular distintas hipótesis, y que esta se base en todos los conocimientos disponibles, considerando además que nunca se debe eliminar el elemento de imprevisibilidad. Todo lo ya descrito nos lleva a concluir, que un Plan de Contingencia debe ser realista y eficaz

ADMINISTRACION DEL RECURSO HUMANO EN MATERIAS INHERENTES A LA SEGURIDAD PRIVADA

32


La utilización del concepto, recurso humano, no debe ser considerada un trato vejatorio para las personas que trabajan en seguridad privada, esa denominación obedece a un término especializado en la materia. El Recurso humano <RR.HH.> es el principal capital de toda organización, institución o empresa, considerando que posee las habilidades y características que le dan vida, permitiendo que las misiones asignadas y las metas fijadas se cumplan, en consecuencia

referirse al recurso

humano, es darle el justo valor que tiene dentro de toda organización. Es muy importante mantener “cautivo” el recurso humano en toda organización, sobre todo aquel que es calificado para la función, ya que toma mucho tiempo reclutar, capacitar y desarrollar el personal necesario para la conformación de un equipo de trabajo de calidad, por lo mismo es que la administración correcta

de este capital, es una de

las tareas más importantes en las empresas de seguridad privada, que dicho se de paso, se caracteriza por la alta rotación del personal.

NECESIDADES HUMANAS PARA LA MOTIVACION Es importante considerar estos aspectos en el proceso de administración del recurso humano, porque al tener el manejo adecuado, los servicios como gerentes en materias de administración de la seguridad privada, será de mejor rendimiento, y se logrará satisfacer las necesidades de la empresa y clientes de mejor manera.

33


Ante esto, sin inventar nada, sólo recurriendo a herramientas para la Administración / Conducción de personas, es importante tener en cuenta la teoría psicológica de Abraham Maslow de necesidades humanas, compuesta por cinco niveles, la cual toma por base las fisiológicas, seguidas por la seguridad, luego la afiliación, el reconocimiento y por último la autorrealización, nivel al cual se llega sólo si las anteriores han sido cubiertas. Desde esta perspectiva las necesidades humanas para motivar, motivarse y lograr mejores resultados deben estar en constante movimiento ascendente siguiendo la pirámide, y sin duda es importante recordar un poco más en detalle esta teoría y aplicarla constantemente en la gestión de seguridad privada. a. NECESIDADES FISIOLÓGICAS: respirar, descansar, refrigerarse, asearse, alimentarse, etc.En el diseño del Sistema de Seguridad deben tenerse presente estos conceptos. Muchas veces las empresas prestadoras de recursos humanos, no lo tienen en cuenta, disponen del número de dotación contratada y delegan en “Encargados” la programación del servicio.Algunas interrogantes surgen, orientadas a dar debida satisfacción al recurso humano en relación a esta primera necesidad 1. ¿Alguna vez se preocupó Ud. como cliente o ha visto preocuparse a su prestadora sobre: qué, cómo y dónde almuerza o cena su recurso humano contratado o asignado?. 2. ¿Qué ha hecho al respecto?,

34


3. ¿Cuándo fue la última vez que visitó el sector de vestuarios de su personal de vigilancia? 4. ¿La prestadora ha presentado planes de mejora al respecto? 5. ¿Su prestadora ha provisto de baños químicos, elementos de protección personal, botiquines, etc.? 6. ¿Lo ha tenido que proveer Ud.? b. SEGURIDAD: física, salud, empleo, recursos, ingresos, familia, propiedad privada, etc. En el diseño del sistema de seguridad se deben tener presente, aunque sea mínimamente, también estos conceptos. En algunos casos las empresas utilizan estos conceptos sólo para lograr mayor beneficio económico, justificando sus valores por las prestaciones que les entregan a su recurso humano, sin embargo estos beneficios básicos, considerados en la teoría ya mencionada, nunca estos efectos, pasa directo al

llegan al personal, y el dinero para

bolsillo

del propietario de la empresa

de recursos humanos. En algunos casos, ni siquiera pagan las cotizaciones de salud de sus trabajadores, con lo que afectan también a las familias de estos, que se ven impedidos de contar con asistencia médica en caso de enfermedades. Esta carencia en satisfacer esta necesidad básica influye notoriamente en la motivación del trabajador, por lo cual su desempeño laboral, es absolutamente insuficiente. c. AFILIACION: asociación, participación, aceptación

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La empresa de recursos humanos inherentes a la seguridad privada debe conocer esta necesidad y arbitrar los medidas, para que sus trabajadores se

sientan

integrados,

con

oportunidades

de aportar ideas para

mejorar las condiciones laborales, los turnos, mejorar la seguridad en el lugar donde prestan sus servicios y a la vez que perciban un trato respetuoso de aceptación por su función, asociado a todos sus compañeros de labores, incluyendo los diferentes rangos, es decir sin discriminación alguna. La dotación como tal es un equipo de trabajo, cada recurso humano tiene por detrás de las puertas de su establecimiento, su vida, sus afectos y sus prioridades. A nivel laboral, ocupan un status dentro del sistema diseñado.Este Sistema debe permitir a los integrantes relacionarse y fomentar el trabajo en Equipo, entre otras cosas. En Seguridad NO EXISTEN LAS INDIVIDUALIDADES, SIEMPRE ES UN EQUIPO, cuya representación mínima (como en muchas otras profesiones o actividades) es dos personas. Las empresas debieran estar ocupadas analizando sus servicios, su calidad y como mejorarla, también entre otros, buscar la manera de incentivar y retener dentro de su firma al personal destacado, identificar los mejores y más productivos, ascenderlos, mejorar sus salarios con premios, etc.

d. RECONOCIMIENTO:

36


Las necesidades de estima o reconocimiento, según Maslow, se manifiestan

en

el

respeto a uno mismo, confianza, competencia,

logros, independencia y libertad. También al respeto de las demás personas, la necesidad de atención, reputación, estatus, dignidad, etc. Es sabido, que el recurso humano llega a trabajar en seguridad privada, en un alto porcentaje, producto de las necesidades laborales y no de la vocación de servicio. Partiendo de esta base, un Administrador <Jefe de Seguridad> no puede desconocer esta vulnerabilidad en la visión de las personas, teniendo como desafío por delante, generar que cada cual tenga estima en lo que hace o debe hacer dentro de un Sistema de Seguridad. Entonces, si pasado todos los “filtros”, damos con el personal adecuado y con el perfil que necesita el cliente que contrato el servicio de seguridad privada, se debe trabajar fuertemente en esta materia, es decir fortaleciendo la estima y dándole las herramientas para que el mismo se sienta reconocido por su labor, y en general se valorice como persona importante en el trabajo que se desarrolla. Para ello, luego de haber satisfecho las primeras tres necesidades humanas, es necesario que la administración del recurso humano, proyecte su atención sobre la cuarta, cumpliendo en ello un papel primordial, los roles de Conducción, Supervisión, Capacitación y Gerenciales. Si lo deseado es el mejor recurso humano posible, entonces se deberá “invertir” esfuerzos, tiempo y dinero en lograrlo.-

37


Administrando de esta manera, coadyuvamos a que el personal sienta respeto por ellos mismos, alimenten su confianza, RESPETEN a todos por sobre todas las cosas, conformen un GRUPO, se sientan parte de él y que con la sumatoria de logros, generen su propia independencia y libertad dentro del marco preestablecido. e. AUTORREALIZACION: motivación de necesidad de ser, de crecimiento.En el libro las “100 maneras de motivar a los demás”, en su capítulo 20, de los autores Steve Chander y Scott Richardson, señalan que: “Allanar el camino para la obtención de resultados”, leyéndose a continuación el siguiente pasaje: “…Es preciso tener siempre presente que el tiempo que dedicamos a ayudar a personas motivadas estimula la capacidad de producción del equipo en mayor medida que el que gastamos con gente improductiva…”, “Para los que muestran un desempeño pobre, las actividades deben ser lo más sencillas posibles, y el gerente se centrará solamente en los resultados. En cambio, es preciso estimular cada vez más al personal productivo, que está dispuesto a obtener esa ventaja adicional que podemos brindarle…” También, Peter Drucker, refirió alguna vez al tema, diciendo: “Si no existe un compromiso, sólo habrá promesas y esperanzas, pero ningún plan concreto”. Esto suele suceder incluso antes de la contratación del personal, momento en el cual se prometen y generan esperanzas en “idóneos” y “neófitos” por igual,

y posteriormente cuando ya están

trabajando en las labores asignadas la desmotivación crece como un germen, particularmente en aquel personal mas idóneo, al darse cuenta de la improvisación, la falta de verdad en el cumplimiento de lo prometido

y

de

las

consideraciones

iniciales

por

parte

de

sus 38


empleadores. Esto indudablemente repercute exponencialmente en el servicio y su calidad, la cual SIEMPRE paga el cliente.-

§

SELECCIÓN DEL RECURSO HUMANO EN SEGURIDAD PRIVADA.

1.- DESCRIPCION DE FUNCIONES. Se establece como descripción del cargo, al procedimiento a través del cual se determinan los deberes y naturaleza de las posiciones y los tipos de personas (en términos de capacidad y experiencia), que deben ser contratadas para ocuparlas. Proporciona datos sobre los requerimientos del puesto que más tarde se utilizan para desarrollar las descripciones de funciones (lo que implica el puesto) y las especificaciones del puesto (el tipo de persona que se debe contratar para cubrirlo). Corresponde, entonces, a las distintas funciones que autorizadas por la ley, el vigilante privado, guardia de seguridad, portero rondín conserje y similares pueden asumir, teniendo en cuenta su misión y ubicación en la escala jerárquica de la empresa. Ø Funciones Operativas: a) Protección y seguridad de personas y bienes dentro de las instalaciones b) Transporte de Valores, sólo vigilantes privados c) Jefe de dispositivo o equipo de investigación interno. d) Jefe de

Sección de Reacción para activaciones de alarma de las

sucursales o agencias de su empresa. e) Protección de áreas de operaciones de la empresa.

39


f) Operador de Centros de Monitoreo. g) Otras funciones operativas relacionadas exclusivamente con la Seguridad y Vigilancia. Ø Funciones Administrativas: a) Encargado del registro, entrega y recepción de armamento de los vigilantes privados de su empresa b) Administrativo en el Organismo de

Seguridad Interno u Oficina de

Seguridad. Ø Medios y equipo con que trabajará: En el desempeño de sus funciones deberá manipular una serie de medios y equipos, lo que significará el desarrollo de procedimientos de acuerdo a normas legales y técnicas. • Revólver (Sólo Vigilante Privado). • Pistola

(Sólo Vigilante Privado).

• Escopeta (Sólo Vigilante Privado). • Esposas de seguridad. • Bastón de Seguridad. • Radio portátil de comunicaciones. • Computador P.C. • Documentos Administrativos de Seguridad. • Cartilla de claves. • C.C.T.V. • Sistemas de Alarmas. AMBIENTE EXTERNO Y BASE LEGAL.

40


Ambiente Físico: El ambiente físico donde el vigilante privado y el guardia de seguridad desarrollan

su

actividad

profesional,

puede

tener

las

siguientes

características: • Variado. • Cómodo o incómodo. • Frío o caluroso. • Trabajo sin horario determinado, ya sea en el día o en la noche. • Trabajo en ambientes cerrados. • Trabajos en lugares inhóspitos en cuanto a la topografía, el clima y la salud. • Riesgoso. Ambiente social: • Variado. • Grupo

humano

culturalmente

diferente

en

lo

social,

político,

económico, religioso y étnico. 2.- PERFIL PERSONAL: Conjunto de atributos que trae consigo la persona que postula de la vida civil, complementados con otros adquiridos y reforzados durante el proceso de formación y perfeccionamiento, entre otras, las siguientes: §

Atributos de personalidad:

• Demuestra liderazgo en la conducción de su equipo. • Asume con responsabilidad e iniciativa sus funciones. • Demuestra decisión en sus actuaciones, cuidando la seguridad.

41


• Desarrolla gran dinamismo en el cumplimiento de las tareas. • Objetividad en sus actuaciones. • Demuestra tacto en sus actuaciones, sin que signifique disminuir calidad. • Manifiesta gran adaptabilidad en sus trabajos. • En sus actuaciones demuestra imparcialidad. • Autocontrol en sus actuaciones. • Manifiesta disciplina en sus actuaciones.

§

Atributos biológicos:

• Salud compatible con la actividad profesional que va a desempeñar.

§

Atributos psíquicos:

• Demuestra equilibro mental en cada una de sus acciones. • Manifiesta una emocionalidad normal, la que no genera alteraciones en el desempeño de sus funciones. • Se adapta con facilidad a un trabajo en equipo, compartiendo con otras personas. • Mantiene normalidad en su vida familiar, evitando que esta altere su rendimiento en el trabajo. • Sus valores son socialmente adecuados. • Compromiso con los principios que sustentan el desarrollo de su empresa.

§

Atributos físicos:

• Demuestra agilidad en sus desplazamientos en distintas superficies de terreno, evitando los obstáculos. • Su fuerza física le permite contener a una persona e inmovilizarlo.

42


• Resistencia al tener que correr y trepar. • Manifiesta buen dominio de destrezas especiales asociadas con el uso de armamento y otros instrumentos de defensa. • Sus reflejos le permiten actuar con prontitud. • Su coordinación visual – manual, le permite actuar con velocidad y exactitud.

§

Atributos morales y éticos:

• Su honestidad se manifiesta en cada uno de sus actos, en su autocrítica y control. • Demuestra gran responsabilidad en sus actuaciones. • Tanto en la relación empresa, como respecto de sus compañeros muestra gran lealtad. • Manifiesta valores morales y éticos fundamentales, en cada una de sus actuaciones. • En sus actuaciones se aprecia un sólido principio de honor y respeto. • Manifiesta disciplina en sus actuaciones, con un gran autocontrol. 3.- PERFIL PROFESIONAL: Comprende el conjunto de atributos que globalizan el quehacer profesional:

§

Atributos profesionales:

• Toma decisiones de acuerdo a sus funciones. • Manifiesta capacidad para persuadir, para evitar problemas mayores. • Equilibrio y serenidad frente a situaciones de riesgo, cuidando que nadie resulte dañado. • Su espíritu de trabajo se manifiesta en constante aportes.

43


• En cada una de sus acciones, se aprecia cuidado por la seguridad. • Permanente motivación para cumplir con su trabajo. • Gran equilibrio en sus actos, sin que esto signifique temor. • Organiza procesos en función de objetivos comunes. • Perceptivo, relaciona elementos y construye situaciones. • Observador crítico de la realidad. • Juicioso en su actuación. Tolerante frente a realidades difíciles. • Equilibrio mental. • Identifica y formula problemas. • Analítico en sus actuaciones. Sintético para entregar su apreciación. • Valora y respeta la dignidad de las personas. • Aplica técnicas de primeros auxilios • Desarrolla procesos de indagación. • Establecer y mantener buenas relaciones con el público • Dominio de las técnicas y tácticas de carácter preventivo, • Demostrar destreza en el uso y manipulación de armas de fuego • Conocer y aplicar principios básicos de la administración. • Sólidos conocimientos en el área del derecho y aplicación de la Ley, que le permita tipificar correctamente los delitos y el procedimiento a desarrollar en cada caso. • Ejercer el liderazgo implícito en el ejercicio de su función.

§

Atributos sociales:

• Buen nivel de relaciones humanas • Buen nivel de relaciones públicas • Liderazgo en la empresa • Participación en la vida cultural y social • Comprensión de la problemática nacional

44


3.-

Atributos de cultura general:

Conocimiento general actualizado, en el campo de su competencia y del medio ambiente que lo rodea.

4.- ESTUDIO DE ANTECEDENTES PERSONALES. Especial preocupación se deberá tener presente para la contratación de una persona para desarrollar funciones como agente de seguridad privada, (vigilante privado, guardias de seguridad, nochero, portero, rondín, conserje y administrativo). En el momento que se desarrolle el proceso administrativo para la contratación de una persona para cumplir labores como agente de seguridad, es aconsejable de tener en cuenta, sin perjuicio de lo descrito anteriormente, presentación y estudio

minucioso

de los siguientes

documentos:

Establecer su Idoneidad Cívica mediante la presentación de: -

Fotocopia de la Cédula de Identidad por ambos lados.

-

Certificados de Antecedentes para fines Especiales.

-

Certificado de Situación Militar al día o certificado de ser funcionario en retiro de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones o de Gendarmería.

Idoneidad Moral.

45


-

Certificado de Antecedentes Comerciales, sólo para aquellos que directamente

custodian

valores,

(Ej. Administradores, Gerentes y

Vigilantes Privados, empresa de transporte de valores), conforme (Dictamen Nº 48.635 de 18.10.2005 de la Contraloría General de la República).

Idoneidad Profesional. -

Copia certificado de Estudios que acredite haber cursado y aprobado, a lo menos, 8º Básico (Vigilantes Privados, Guardias y similares).

-

Certificado Médicos con aclaratoria de nombre y firma.

-

Certificado psicológico, con aclaratoria de firma del profesional que lo extienda. (Sólo para Vigilantes Privados)

Otros: -

Dos últimos finiquitos de trabajos anteriores.

-

A lo menos dos recomendaciones.

-

Certificado de Nacimiento del postulante

-

Certificado de matrimonio.

-

Certificado de nacimiento de hijos.

-

Otros que establezcan normas jurídicas especiales o del Código del Trabajo.

5.- ENTREVISTA PERSONAL. En la entrevista personal, especial énfasis se debe poner para establecer algunos parámetros de PERSONALIDAD, APARIENCIA (vestimenta y presentación a entrevista), CONVERSACIÓN (habilidad, dicción, fluidez

46


para

expresarse), EDUCACIÓN (cultura, maneras urbanidad), FIRMEZA

(en defensa de sus opiniones), JUICIO (calidad en sus respuestas), SERENIDAD (estado de presentación anímica). Sin duda, la entrevista es el medio de selección que más se usa y del cual dependen las organizaciones para diferenciar a los candidatos. Desempeña un papel primordial en más del 90% de las decisiones de selección. Se puede decir, además, que la entrevista lleva bastante peso. Es decir, no sólo se usa mucho, sino que sus resultados suelen tener una influencia determinante en la decisión de la selección. El candidato que sale mal evaluado en la entrevista de empleo puede ser excluido del conjunto de solicitantes, independientemente de su experiencia, las calificaciones de sus pruebas o sus recomendaciones. Por el contrario, con frecuencia, la persona con técnicas más refinadas para buscar trabajo, sobre todo en las usadas en el proceso de la entrevista, es la contratada, aunque quizás no sea el candidato ideal para el puesto. Estos resultados son importantes porque, para asombro de muchos, la entrevista típica, mal estructurada, es un mal instrumento de selección para la mayor parte

de

los

empleos. ¿Por qué?

Porque los datos

reunidos en estas entrevistas suelen estar sesgados y no guardan relación con el rendimiento laboral futuro.

La evidencia sugiere que las entrevistas son buenas para determinar la inteligencia del solicitante, su nivel de motivación y sus habilidades

47


interpersonales. Cuando estas evidencias están relacionadas con el rendimiento laboral, la entrevista es un instrumento valioso. 6.- CENTRO DE EVALUACIÓN. Casi nunca es suficiente medir la habilidad física y mental de una persona para explicar el desempeño en el trabajo de la misma, ya que también son importantes otros factores como su motivación y habilidades interpersonales. En ocasiones se utilizan los test de intereses y personalidad como posibles medios de predicción de esos intangibles. Las pruebas de personalidad se utilizan para medir aspectos básicos de la personalidad del aspirante, como la introversión, la estabilidad y la motivación. Muchas de las pruebas de personalidad son proyectivas; a la persona que se somete a la prueba se le presenta un estimulo ambiguo como podría ser una mancha de tinta o una imagen borrosa y se le pide que lo interprete o reaccione ante ello. Las pruebas de personalidad son las más difíciles de evaluar y usar. Para ello se requiere de un experto, en este caso, de un psicólogo integrado al equipo de selección, ya que tiene que evaluar las interpretaciones y reacciones de quien se sometió a la prueba e inferir a partir de ellas su personalidad. Por lo tanto, la utilidad de estas pruebas para la selección supone el poder encontrar una relación entre algún rastro de la personalidad que se pueda medir (como la introversión) y el éxito en el empleo.

Los más conocidos es el Test

Z de Hans Zullinger, como

instrumento de diagnóstico, equivalente al Test de Rorschach. 7.-

SELECCIÓN.

48


El objetivo de la selección efectiva es integrar las características individuales (capacidad, experiencia y demás) a los requisitos del puesto. Cuando la administración no logra una buena integración, tanto el rendimiento como la satisfacción de los empleados se ven afectados. En esta búsqueda por lograr la debida integración entre el individuo y el puesto, ¿por dónde empieza la administración?, la respuesta sería, en determinar las exigencias y los requisitos del puesto. El proceso de determinar las actividades de un puesto se llama descripción del cargo. 8.- CAPACITACIÓN, La educación es la vía más importante, por no decir la única, para el desarrollo del capital humano en su ámbito profesional. Ninguna organización puede esperar un rendimiento adecuado, si los individuos que la componen no tienen información o carecen de los elementos indispensables para manejar el rol que les corresponde desempeñar en la estructura organizativa de la cual forman parte. Carabineros de Chile, fija el desarrollo del capital humano que se desempeña en el área de la seguridad y vigilancia privada, a través de la Subdirección de Seguridad Privada (O.S.10.), adoptando las modalidades educativas de formación y perfeccionamiento, realizada por medio de educación presencial. El cambio permanente que vive la sociedad, no es ajeno a la seguridad y vigilancia privada, esto implica el desafío constante para las personas de aprender, y actualizarse de manera permanente, donde el desarrollo va incorporando nuevas formas de vida y nuevas problemáticas.

49


OBJETIVOS DE LA CAPACITACIÓN OBJETIVO GENERAL Orientar el sistema de formación, perfeccionamiento y especialización, para que se desarrollen diseños de acciones de formación adecuados a las exigencias del sistema de seguridad y vigilancia privada. OBJETIVOS ESPECÍFICOS a) Fortalecer

las

destrezas

procedimientos

básicos

y

habilidades necesarios

intelectuales, para

la

actitudes

formación,

y el

perfeccionamiento y especialización de los vigilantes privados y guardias de seguridad, en un programa académico orientado a la formación permanente en materias legales y de seguridad que deben aplicar en el desempeño de sus funciones. b) Diseñar un sistema de evaluación de los Programas de formación de vigilantes privados y guardias de seguridad, con énfasis en los objetivos y contenidos básicos, definidos para las acciones de formación, perfeccionamiento y especialización. c) Capacitar al Personal de Carabineros de Chile, en las áreas de seguridad y vigilancia privada, que evaluar

los

programas

de

los habilite para supervisar y

formación,

perfeccionamiento

y

especialización.

50


BIBLIOGRAFÍA:

Apuntes de las clases de Carlos San Martin. (diplomado en Gestión de seguridad publica integral)

Información Pública de Carabineros de Chile.

Leyes y Decretos en materias de Seguridad Privada

Experiencia Personal adquirida académicamente y en la práctica..

51


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