Propuestas mujeres víctimas hacia ciudadanías plenas

Page 1

Mujeres víctimas hacia ciudadanías plenas Casa de la Mujer1 Los foros sobre víctimas en el marco de los diálogos entre el gobierno colombiano y la insurgencia de las FARC-EP, se realizan teniendo como contexto, la declaración de principios para la discusión del punto 5 de la agenda. Los principios acordados son sin lugar a dudas un avance significativo en: el reconocimiento de las víctimas y de sus derechos como ciudadanas-os, el reconocimiento de responsabilidades frente a las víctimas y la satisfacción de sus derechos, la participación de las victimas en diferentes momentos del proceso y a través de diversos medios, la necesidad del esclarecimiento de la verdad de lo sucedido a lo largo del conflicto, la reparación, la transformación de las condiciones de vida de las víctimas para el logro de una paz estable y duradera, las garantías de no repetición y la “reconciliación de toda la ciudadanía colombiana para transitar caminos de civilidad y convivencia”. Todos, elementos de trascendental importancia para la paz desde un enfoque de derechos, lo que contribuirá a la protección y a la garantía de los derechos de todas las colombianas y colombianos junto al resarcimiento de las víctimas. En ese marco, la Casa de la Mujer se permite presentar las siguientes propuestas, que son el resultado del dialogo con mujeres víctimas en distintos territorios, y que pretenden, en el marco del FORO NACIONAL, posicionar sus voces, intereses y anhelos:

1. Deconstrucción de imaginarios y simbólicos. Las mujeres, quienes nos asumimos con la legitimidad y el derecho de participar en este proceso, creemos que para la construcción de paz, la transformación se debe dar desde los imaginarios sociales y los elementos materiales y simbólicos que reproducen la guerra. Se deben construir realidades plurales, sin discriminaciones ni privilegios, que aporten al reconocimiento de mujeres diversas, autónomas y dueñas de sus vidas, palabras y cuerpos. Dichas realidades incluirían a las mujeres como sujetos políticos, que participan tanto en lo público como en lo privado, y desde el enfoque diferencial, garantizaría los derechos de los cuales gozamos como mujeres, e igualmente comprendería la vulneración de los mismos2.

La Casa de la Mujer es una institución feminista, creada en 1982, como una entidad de derecho privado sin ánimo de lucro. En los últimos años ha contribuido al fortalecimiento de mujeres víctimas y de sus organizaciones en la ciudad de Bogotá y los departamentos de Antioquia, Bolívar, Boyacá, Caldas, Cauca, Chocó, Meta, Nariño, Putumayo, Santander, Valle del Cauca, Córdoba, Magdalena Medio. Huila, Tolima y Santander. Tiene su sede en Bogotá, Colombia y cuenta con alianzas estratégicas con organizaciones sociales, entidades públicas y privadas, en 16 regiones del país; cuenta además con alianzas estratégicas a nivel internacional con redes, grupos, organizaciones y entidades públicas y privadas. 2 “Si bien es un aporte haber visibilizado la violencia sexual, el desafío es lograr un abordaje multifacético que incluya temas como la vulnerabilidad extrema y la injusticia estructural que afectan a las mujeres en cifras desproporcionadas en el contexto del conflicto armado. Además, cuando las lesiones físicas son el enfoque, con frecuencia la experiencia de las mujeres como víctimas de violaciones de derechos humanos se reduce a violencia sexual“(Sánchez, 2014) Ibid. 1


En este proceso de transformación, se deben hacer evidentes los discursos, prácticas y formas de relación construidas desde la opresión de las mujeres, para, visibilizar cómo la militarización, como estrategia de guerra y la comprensión patriarcal de la democracia, se convierten en algunos de los ejes fundamentales del conflicto, la pobreza y, específicamente, de las violencias contra las mujeres. Para ello, es necesario el trabajo con las comunidades, colegios, organizaciones de mujeres, de jóvenes y de victimas, así como con las instituciones del Estado, sobre la construcción social de la identidad femenina y masculina y las violencias que en esas construcciones se han legitimado en los sistemas de creencias y prácticas de las personas, familias y comunidades. En este trabajo es fundamental apoyarse en las organizaciones nacionales y locales de mujeres, quienes son las que durante décadas han reflexionado teórica y metodológicamente sobre esta problemática. 2. Reconocer el derecho al cuerpo de las mujeres. La subordinación y opresión de las mujeres en su diversidad identitaria y sexual, desaparecerá si se transforman los imaginarios sociales que nos hacen objeto de uso y derecho de los varones, y que definen nuestros cuerpos sólo en términos de una sexualidad cosificada como cuerpos para la sexualidad o para el trabajo doméstico, como objetos deshumanizados de observación para el placer de otros. El derecho al cuerpo significa poder disponer de él en todos y cada uno de los espacios y tiempos de la vida. La libertad sexual para las mujeres debe salir del círculo del cuerpo reducido al sexo y sexo femenino atrapado a un cuerpo regulable por medio del deseo y de la estética de los varones. Este es también una de los retos de la reparación transformadora para las mujeres. El derecho al cuerpo de las mujeres, pasa por el reconocimiento, garantía y cumplimiento de sus derechos sexuales y reproductivos, lo que implica el trabajo de sensibilización y formación con distintos sectores sociales, así como proyectos que favorezcan el acceso a los derechos sexuales y reproductivos por parte de las mujeres, jóvenes y niñas. 3. Fortalecer el Estado social de derecho en distintas dimensiones. a través de mecanismos eficaces de investigación, juzgamiento y sanción para avanzar en la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, respecto a los crímenes cometidos contra las mujeres en el marco del conflicto armado y a través de políticas que permitan la transformación de sus condiciones de victimización histórica, garantizando el núcleo básico de los derechos humanos que son además, el soporte de dicho modelo de Estado. 4. Cese bilateral al fuego. Los actores armados deben hacer un cese bilateral al fuego como garantía de que no se generen más víctimas, teniendo en cuenta que, con posterioridad


a la sanción y publicación de la Ley de Víctimas se han presentado según el Proyecto Víctimas de la Revista Semana, 111.000 hechos violentos3. En tanto la victimización de la población civil no cese, el contexto adverso para la garantía de los derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, continuará en aumento, así como el detrimento de las iniciativas de paz. 5.

Responsabilidad de los actores armados. La insurgencia, las estructuras paramilitares, la fuerza pública, y todos aquellos actores armados que en el marco del conflicto desplieguen conductas lesivas de los derechos humanos y/o el Derecho Internacional Humanitario deben reconocer públicamente, que en el contexto del conflicto armado colombiano se han ejecutado actos violatorios de los derechos humanos de las mujeres, relacionados con el hecho de ser mujeres, y/o a sus actividades de defensa y promoción de los derechos humanos. Con este propósito, el Estado colombiano deberá fortalecer los mecanismos de investigación para la verificación de los hechos de violencias descritos, su posible sistematicidad y el objeto de los mismos. En este punto es fundamental una discusión sobre lo que ha pasado con los combatientes, y con esto nos referimos a las propuestas de algunos sectores sobre la condición de victimas de algunos de ellos. Creemos que no puede existir un trato simétrico entre combatientes y sociedad civil, y para ello Colombia tendrá que asumir y regirse por los estándares del derecho internacional humanitario.

6. Promover eficazmente la garantía de los derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición- en favor de las defensoras de derechos humanos. Dada su condición de extrema vulnerabilidad y la necesidad de un marco jurídico de protección reforzada. Como forma de garantizar el goce efectivo de los derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, se debe hacer una evaluación exhaustiva de la formación de la fuerza pública, que elimine la reproducción de estigmas contra las mujeres, sus cuerpos, su sexualidad, y modificar patrones de conducta al interior de las mismas. Al respecto, se deben revisar, a la luz de la normatividad nacional e internacional vigente, los protocolos que orientan los procedimientos de la fuerza pública en relación con la identificación de hechos violatorios de los derechos de las mujeres, y de los procedimientos técnicos que deben adelantar en el marco de sus responsabilidades de apoyo a la función de la administración de justicia.

3

Véase al respecto: http://www.semana.com/Especiales/proyectovictimas/#cifras


7. Justicia para las mujeres. Los mecanismos de justicia transicional que se pacten en el marco del acuerdo para la finalización del conflicto, deben consultar a las mujeres víctimas, superar los sesgos sexistas de la justicia y los obstáculos de acceso a la justicia, garantizar la verdad y la reparación y mecanismos y metodologías de investigación idóneos que contribuyan a la investigación y la desnaturalización de los delitos cometidos en contra ellas, programas de protección que garanticen a las víctimas la integridad y la seguridad personal y la de sus familias, atención psico-jurídica, así como mecanismos para superar las barreras económicas, culturales, sociales y familiares durante todo el proceso jurídico y posterior a él. Adicional, el marco jurídico para la paz, deberá ser revisado y ajustado para que se encuentre acorde a los estándares y marcos nacionales e internacionales. Su reglamentación debe pasar por un proceso de consulta en el cual se garantice la participación de los diferentes sectores de mujeres. Para contribuir a la superación de la situación de impunidad para las mujeres, proponemos la creación de tribunales especializados o de unidades especializadas, que investiguen y sancionen los crímenes específicos contra las mujeres. 8. Verdad y memoria histórica. La Comisión de la Verdad resultado del acuerdo entre el gobierno y la insurgencia y las FARC-EP, debe ser autónoma, plural, enmarcada en unos tiempos específicos y con participación paritaria de las mujeres que incluya su diversidad étnica y de orientación sexual. Debe avanzar eficazmente en el establecimiento de garantías para la búsqueda de la verdad; es decir, para realizar indagaciones exhaustivas sobre los hechos, que permitan obtener, entre otros elementos probatorios, testimonios sin riesgos para los y las declarantes, diseñando e implementando medidas especiales de protección para las mujeres, los grupos/organizaciones de mujeres y las comunidades de derechos humanos. Debe existir además investigaciones desde un enfoque deferencial que permitan recoger datos cualitativos sobre las formas en que las mujeres fueron victimizadas en los distintos territorios, así como visibilizar los daños no solo individuales, sino también colectivos que la violencia trajo consigo. Estos datos son fundamentales para los planes de reparación colectiva a grupos de mujeres, así como para la recuperación de prácticas culturales y ancestrales de las mujeres, que se vieron fracturadas por el conflicto armado. Se deben también intensificar los pasos hacia la construcción del museo de la memoria histórica, desde el reconocimiento de los relatos y narrativas de las mujeres. Este museo de la memoria debe recoger las distintas experiencias de memoria histórica de las mujeres, puede ser itinerante, tener distintas sedes, incluyendo la capital, y debe constituirse como un espacio de reparación simbólica que tenga visibilidad nacional e internacional. De la misma forma, su conformación debe favorecer la participación y la autonomía de la mayoría de organizaciones de mujeres.


9. Reparación transformadora. La reparación transformadora, debe reconocer a las mujeres como víctimas tanto del conflicto armado como del sistema sociosexual patriarcal. La reparación transformadora para las mujeres debe ir más allá de políticas públicas que reconozcan, protejan y amplíen los derechos de las mujeres. La reparación transformadora para las mujeres debe estar dirigida no solo a las víctimas de los diversos actores armados, sino también a las víctimas del sexismo; es decir, es hacer posible la justicia para todos los colectivos de mujeres; justicia que “no debería referirse solo a la redistribución” sino también a las condiciones institucionales necesarias para el desarrollo y el ejercicio de las capacidades individuales, de la comunicación colectiva y de la cooperación. 10. Garantías de no repetición. Es necesario garantizar a las mujeres la no repetición de los hechos violatorios de sus derechos en el contexto del conflicto y fuera de él, como condición necesaria para la construcción de la paz con justicia social. El Estado y la sociedad deben avanzar en erradicar la explotación de las mujeres en todos los campos de la vida socio política del país y la marginación que nos ubica en situaciones de vulnerabilidad y de desventajas económicas, sociales, culturales y sexuales; otorgar poder para superar las situaciones que nos colocan en situaciones de desventajas para la representación social y política sin legitimidad y autoridad, dejándonos con pocas oportunidades para desarrollar y usar nuestras capacidades y habilidades; situar la experiencia femenina como necesaria y con transcendencia humana; y erradicar la violencia sistemática que se ejerce en nuestra contra. Para ello, tienen que haber transformaciones a niveles relacionales, sociales, culturales, políticos y económicos. Las formas de progreso y desarrollo no pueden seguir avanzando a costa de la integridad de las mujeres, y con esto nos referimos a las redes de prostitución y explotación sexual que trae consigo la lógica de la explotación de recursos. Las garantías de no repetición y el derecho a una vida libre de violencias para las mujeres, debe partir de la identificación de la diversidad y complejidad de las vulneraciones de los derechos de las mujeres, y por tanto, la reparación y la prevención deben abarcar este gran universo, desde transformaciones sociales que vayan más allá de la creación de políticas públicas y marcos jurídicos4. Para esto, se debe promover la investigación cualitativa desde un enfoque intersectorial y participativo que permita determinar los daños diferenciales que han sufrido las mujeres en sus particularidades y pluralidades, y los acuerdos de reparación, como las garantías de no repetición deben establecerse en el marco de esos resultados. Proponemos la creación de una cátedra para colegios, escuelas y universidades que trate sobre la historia de las mujeres como constructoras de paz, visibilice las violencias que en el marco del conflicto armado se ejercieron en su contra y dignifique la memoria de las mujeres. Consideramos que las mujeres, su historia y aportes, deben estar presentes en las 4

Establecidos en leyes como la ley 1448 de 2011, la ley 1287 de 2008 y la sentencia T 045 de 2010, entre otros


reflexiones académicas, para que desde estos escenarios se contribuya a la trasformación de imaginarios que permiten la violencia en contra de las mujeres. 11. Revisión de la política de seguridad. Se debe avanzar en una revisión de la política de

seguridad que se ha centrado en la defensa del Estado y en la militarización de los territorios, que incluya una transformación de los planes de consolidación focalizados, donde se ha hecho evidente un incremento del riesgo para la población civil y para las mujeres. La política de seguridad que haga posible la construcción de la paz debe estar centrada en la protección de las ciudadanas y los ciudadanos y en garantías y condiciones para el goce efectivo de los derechos humanos de todas las personas.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.