Tensiones en la discusión sobre los derechos sexuales y los derechos reproductivos

Page 1

Tensiones en la discusión sobre los derechos sexuales y los derechos reproductivos Corporación Casa de la Mujer. Olga Amparo Sánchez Gómez No creáis tener derechos. Es decir, no ofusquéis o deforméis la justicia, pero no creáis que se puede esperar legítimamente que las cosas ocurran de modo conforme a la justicia; tanto más cuanto que nosotras y nosotros mismos estamos bien lejos de ser justos. Superposición vertical Hay una mala manera de creer tener derechos y una mala manera de creer que no se tienen. Simone Weil, Cuadernos II

La afirmación: “No creáis tener derechos”, es una invitación a adentrarse en la complejidad de la realidad de los derechos de las mujeres y colocar en juego, múltiples verdades, voces y miradas. Es una forma de contribuir a descolonizar la palabra y el cuerpo de ellas, y además, tiene que ver, con el intento de no simplificar por la vía de lo conquistado, aún hoy, la dramática realidad de subordinación y opresión que viven las colombianas; pues no existe una sola llave capaz de abrir todas las puertas para que las mujeres se liberen de las cadenas de la cultura patriarcal. En el proceso de liberación siempre estará presente la dificultad, los avances y los retrocesos. Es una realidad que se debe aceptar para poderla transformar. La discusión y reflexión sobre la salud y la sexualidad de las mujeres, ha sido un punto crucial para el desarrollo teórico y político, así como para la acción del movimiento feminista, tanto en el ámbito nacional como en el internacional. Pero la discusión, de la salud y la sexualidad en el contexto de los derechos sexuales y reproductivos, es más reciente, se relaciona con los debates antes de la Conferencia del Cairo y después de ella. Las reivindicaciones y prácticas del feminismo, para afirmar la autonomía sexual de las mujeres son frecuentemente rechazadas e intentan siempre ser controladas, por la familia, la sociedad y el Estado. La dirección y el resultado de tales reivindicaciones, han sido influenciadas por la relación socio sexual entre varones y mujeres, en la cual las mujeres son dependientes de ellos.

1


Ahora bien, las mujeres se han involucrado en las reivindicaciones por la autonomía de la sexualidad, ya sea como sujetos de derechos o como objetos de programas represivos sociales y del Estado. Si bien es cierto que el estatus de clase, y los factores étnicos, religiosos, de identidad cultural, edad y ciudadanía, entre otros, afectan profundamente las opciones disponibles para las mujeres de articular y experimentar su sexualidad, algunas generalizaciones posiblemente resalten las tensiones inherentes al realizar la discusión sobre los derechos sexuales y los derechos reproductivos.1 Para reflexionar sobre las tensiones presentes en las discusiones y las reivindicaciones sobre los derechos sexuales y reproductivos, es preciso situarse desde una postura política y teórica; por ello me situare desde el feminismo, entendido este como teoría y práctica plural, que engloba diversas percepciones, distintas elaboraciones intelectuales y diferentes propuestas de actuación, derivadas en todos los casos de un mismo hecho: la subordinación y opresión de las mujeres en las sociedades patriarcales. Una breve mirada sobre los derechos reproductivos. El 8 de marzo de 1976, Día Internacional de la Mujer, se inauguró en Brúcelas el Tribunal Internacional de Delitos contra la Mujer. Su lema fue: “¡La hermandad internacional de las mujeres es poderosa!”. El Tribunal fue concebido en oposición a la l Conferencia Mundial sobre la Mujer, convocada por Naciones Unidas, bajo el lema de: Igualdad, Desarrollo y Paz, celebrada en ciudad de México en 1975. El Tribunal seguía el proceso de Nurenberg y los tribunales que habían acusado a los Estado Unidos. “ A diferencia de México, en donde las mujeres dirigidas por sus partidos políticos, por sus países, sólo intentaban integrar a las mujeres en una sociedad masculina”, afirmó Simone de Beuavoir, en su discurso de apertura en el que dejó bien sustentado las ideas claves del Tribunal, “vosotras os habéis reunido aquí para denunciar la opresión a la que están sometidas las mujeres en la sociedad”, y terminó así: “fortalecidas por vuestra solidaridad, desarrollaréis tácticas defensivas, siendo la primera de ellas las que estáis utilizando durante estos cinco días: hablar unas con otras, hablarle al mundo, sacar a la luz las vergonzosas verdades que la mitad de la humanidad está intentando esconder”, el Tribunal en sí mismo es una hazaña. Anuncia más cosas por llegar. Yo saludo este Tribunal como el comienzo de una radical descolonización de las Mujeres.2” 1

TAMBIAH Yasmín. Definiendo la Sexualidad y los Derechos Sexuales Sexualidad y Derechos Humanos. 2003. En multicopiado. 2 ANDERSON Bonni S y ZINSSER, Judith. Historia de las mujeres: Una historia propia. Volumen 2. Editorial Crítica. Madrid 1991.

2


Al Tribunal asistieron 2000 mujeres de cuarenta países. Se discutieron temas referentes a la maternidad obligatoria, la clitorictomia, el abuso infantil, la violación entre otros. En lo que se refiere en este encuentro a la acción política en defensa de la autonomía reproductiva y sexual y en contra de la violencia sexual, esta se ejerció de cuatro formas: i) manifestaciones masivas, ii) discusiones en las cuales se hablaba claramente de la violencia contra las mujeres y de la carencia de autonomía de ellas iii) la creación de instituciones para ayudar a las víctimas de la violencia sexual y iv) la lucha por cambiar las leyes. El Tribunal irradió sus acciones feministas por toda Europa Occidental. En el otoño de 1976, aproximadamente 100.000 italianas se manifestaron en las principales ciudades, después de que oscureciera para “recuperar la noche y hacer de la calle un lugar seguro para las mujeres”.3 La historia de la lucha de las mujeres por el reconocimiento de sus derechos no es nueva, y no comienza con las Conferencias Mundiales. “Las primeras luchas por los derechos reproductivos se dieron luego de la Carta de los Derechos Humanos en la época de la Revolución Francesa. Y cuando el “movimiento de control de la natalidad”, emergió del contexto sociopolítico, lo que también dio origen al pensamiento socialista y propicio la elaboración de teorías liberales. Por ejemplo, a pesar del contexto adverso en la cuestión del derecho laboral y de las mujeres, en las discusiones del siglo XlX emergieron temas, que aún hoy son motivo de debate y discriminación, como el cuestionamiento del papel de la maternidad, el drama de los abortos clandestinos, la mortalidad materna y el uso de los recién inventados anticonceptivos”.4 En la Conferencia Internacional de Derechos Humanos en Teherán en 1968, se incluyó por primera vez que “las parejas tienen el derecho básico para decidir libre y responsablemente sobre el número y espaciamiento de sus hijos y el derecho a la educación e información al respecto”. En 1974, durante la Conferencia Internacional en Bucarest, se extendió en el texto el derecho a los “individuos”; lo cual fue ratificado en la Conferencia Internacional de Población celebrada en ciudad de México en 1984. Como se puede observar, en estos planteamientos no aparecen las mujeres como sujetos con vidas propias y autónomas. Aunque dichas declaraciones, posibilitan luchas posteriores de las mujeres por sus derechos, en ese momento, se asume a 3

. ANDERSON, Bonni S y ZINSSER, Judith. 1991. Op-cit. . CORREA, Sonia. Población y reproducción: Un esfuerzo de investigación en Mujeres y Políticas de Población. Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe. Isis Internacional. Santiago de Chile.1994. 4

3


las mujeres mediadas por un ajeno-el varón, que la ha constituido como Otro, lo cual implica que la mujer no se reivindica como sujeto, porque carece de los medios concretos para hacerlo, y experimenta este vínculo con el varón como indispensable que la sujete a él sin preguntarse, sin vivir la reciprocidad, y porque en más de las veces consiente en ser el otro.5 Aún más, se continúa reforzando la normatividad sexual para las mujeres, donde producir y reproducir sujetos, es producirse a sí misma, fundamentando en la maternidad su individualidad y subjetividad. Se puede afirmar que los derechos reproductivos y la salud sexual, han sido temas de preocupación mundial a través de dos caminos paralelos: por un lado, desde las concepciones y prácticas que sobre el desarrollo han circulado, por lo canales oficiales de la comunidad internacional organizada, el mundo de la cooperación y de los estados; y por otro, desde los discursos libertaros y prácticas políticas del movimiento feminista y de movimientos sociales.6 Por supuesto, la lucha por los derechos reproductivos y la autonomía sexual de las mujeres no han sido, ni es, un proceso lineal ni por fuera de los contextos sociopolíticos. Estas luchas se encuentran en íntima relación con los procesos económicos, sociales y políticos, con la formulación de políticas públicas para las mujeres y para el control natal; con los avances y luchas del movimiento feminista, con la toma de conciencia de las mujeres y con la descolonización del cuerpo y la vida de las mismas. Asimismo, la conceptualización de la autonomía sexual y de los derechos reproductivos, requiere de una relectura de los significados y las prácticas a través de las cuales se ha construido el discurso de los derechos humanos; el cual ha tenido como referente de la persona humana al varón occidental. Adicional, es preciso mirarlos a la luz de la diversidad cultural, política, sexual, étnica y bajo el supuesto de que tanto mujeres como varones, no representamos un cuerpo social homogéneo. Por lo demás, el ejercicio de los derechos reproductivos y de la autonomía sexual hace necesario la protección y reconocimiento de los derechos sociales, políticos, económicos, y el derecho al desarrollo. Lo avanzado sobre los derechos reproductivos. En la Conferencia Internacional de Población, celebrada en el Cairo en 1994. Se reafirma el reconocimiento de los derechos reproductivos y la salud sexual. Lo

5

. DE BEAUVOIR, Simone. El Segundo Sexo. Editorial Siglo XXl, Ciudad de México 1981. . TAMAYO LEON, Guilia. Derechos y ética en salud reproductiva en Diálogos de Mar y Viento. Comité de América Latina y el Caribe por la Defensa de los Derechos de las Mujeres-CLADEM. Lima.1995. 6

4


cual obedeció a condiciones y desarrollos históricos. Entre ellos merecen destacarse: 

La visualización de las necesidades humanas fundamentales vinculadas a la vida de mujeres y varones y el reconocimiento de los derechos humanos. Estas necesidades se han traducido en reivindicaciones, de manera que responden a intereses más generalizados de la humanidad.

La incorporación polémica de las reivindicaciones de discursos colectivos y la ubicación de los conflictos de intereses, en el ámbito público. En este contexto la Conferencia del Cairo fue un espacio importante para darle salida a esta disputa, teniendo a su favor la Plataforma de Acción de la Conferencia de Derechos Humanos, celebrada en Viena en 1991.

En la actualidad, se han ido imponiendo dos categorías de análisis para repensar las relaciones vinculadas a la reproducción: la salud y los derechos reproductivos. “La primera, pretende ofrecer una nueva forma de considerar las situaciones concernientes tanto a la reproducción como a la salud, sin restringirlas al ámbito de la regulación de la fecundidad, sino con el ánimo de promover y asegurar una reproducción libre y placentera; esto supone una sexualidad ejercida en estas condiciones, es decir, ajena a los riesgos de los embarazos no planeados o no deseados o de enfermedades de transmisión sexual”7. No me detendré en el concepto de salud utilizado, pero mencionaré tres aspectos que considero, continúan oscilando entre la negación y el reconocimiento dentro de esta categoría: i) Esta hace referencia solo a la heterosexualidad ii) vincula sexualidad y reproducción como si fuesen un binomio inseparable y iii) supone una asociación casi inevitable entre sexualidad y enfermedades de transmisión sexual. Se podría preguntar en este terreno: ¿dónde queda ubicada la salud reproductiva de las mujeres lesbianas y de los varones homosexuales?; ¿cuál es el espacio para sus deseos, necesidades y fantasías y para el deseo de las mujeres heterosexuales? Por supuesto, aun no se ha enfrentado con todas sus implicaciones el respeto y el reconocimiento de opciones sexuales diferentes a la heterosexual. Porque una cultura que se niega a reconocer el deseo de la otra-o, la diferencia, la autonomía y la búsqueda de otras verdades y de otras incertidumbres, es casi imposible que de él reconocimiento y respeto hacia otras orientaciones sexuales y a otras formas de vida. Ahora bien, la segunda categoría se refiere al concepto de derechos reproductivos, “entendidos como la capacidad que tiene toda persona sin 7

. SALUD REPRODUCTIVA Y SOCIEDAD. Organo informativo del Programa de Salud Reproductiva y Sociedad de el Colegio de México. Año1. Número 3. Mayo-agosto. 1994.

5


distinción alguna, de decidir sobre su reproducción, y ampliando el concepto, de incorporar las condiciones y los medios adecuados para llevar a la práctica dichas decisiones, y poder así, efectuar un proceso de autodeterminación reproductiva. Dentro de las condiciones para los derechos sexuales y reproductivos se requieren niveles mínimos de bienestar; la satisfacción de ciertas necesidades básicas y el respeto a los derechos humanos universalmente reconocidos, todo, dentro de un marco de relaciones justas entre los géneros; de otra forma, tales derechos a tomar decisiones sobre la reproducción, corren el riesgo de perder su sentido por estar rodeados de elementos que limitan la capacidad de una persona, e imposibilitan así su ejercicio”8 . Sin lugar a dudas se ha avanzado en la conceptualización de los derechos reproductivos, pero mencionaré dos problemas aún presentes. Uno, en cuanto a la libertad, existe una distinción entre tener libertad y ser libre, pues no se trata de tener opciones para ser libre, sino de ser libre a través de las opciones. Puede ser “factible que una sociedad aliente el desarrollo de personas libres, pero no conceda a nadie la libertad como un don, asimismo, ella tampoco se puede imponer”.9 Dos, existe además, una distinción entre tener y ejercer el derecho, es claro que esto es desigual para mujeres y varones. Para que la autonomía sexual y los derechos reproductivos sean una realidad para todas las mujeres y todos los varones, es indispensable una transformación socio-cultural que comprometa seriamente a los seres humanos, a los Estados, a las instituciones, tanto en el campo de la reproducción biológica como en el de la reproducción social, es decir una trasformación de la estructura patriarcal. Esta transformación tendrá sentido político y subvertor al hacer explícitas las condiciones que posibilitan el ejercicio de los derechos en ámbito de la reproducción al eliminar las desigualdades por sexo, condición económica, social, étnica, procedencia regional, orientación sexual, posición política o religiosa; y finalmente, al garantizar formas de vida democráticas en todos los ámbitos de la vida humana. ¿Qué es el Patriarcado? Este puede ser entendido como “un sistema de poder socio/sexual y político particular o como el proceso de apropiación de la sexualidad y la capacidad reproductora femenina, por parte de una organización social basada en un patrón de ordenamiento masculino, en el cual lo femenino resulta incompleto, desviado, inferior”. O como lo propone Anna Jónasdóttir: " una forma de relación socio/sexual 8 9

. SALUD REPRODUCTIVA Y SOCIEDAD. 1994. Op-cit. . DUSSEL, E. Para una ética de la liberación latinoamericana. Siglo XXl, Buenos Aires. 1973.

6


en la que el poder del amor de las mujeres, entregado libremente, es explotado por los varones”. Agregaría que no solamente el amor que las mujeres entregan libremente sino que también es el amor del cual los varones se apropian Para Jónnasdóttir, el amor es una especie de poder humano alienable y con potencia causal, cuya organización social es la base del patriarcado moderno. El amor hace referencia a las capacidades de los seres humanos, poderes, para hacer y rehacer su especie, no sólo en la procreación y la socialización de los niños, niñas, sino también en la creación y recreación de los adultos como existencias socio / sexuales individualizadas y personalizadas. 10 ¿Desde dónde abordar las tensiones existentes en la discusión de los derechos sexuales y los derechos reproductivos? Para abordar esta discusión, me situare desde los aportes que el feminismo de la diferencia y el pensamiento lesbiano han entregado al movimiento feminista. Para estas dos vertientes, el cuerpo y la sexualidad son lugares de enunciación11. Las tensiones más significativas se relaciona con: 1. La definición de la sexualidad. La sexualidad entendida como práctica erótica y como postura política. “Es decir, desde la sexualidad como paradigma social que un tiempo tiene y no solamente tiene que ver con la relación amorosa”12. Por supuesto, esta postura entra en un terreno muy difícil, un territorio que es el de decir qué se entiende por sexualidad. Y qué se entiende por sexualidad, es un aspecto importante para el discurso de los derechos sexuales. La definición de sexualidad en sí, plantea un desafío. Para la discusión, sugiero la siguiente definición: la sexualidad es la amplia gama de sentimientos y experiencias eróticas, ya sea en relación con uno mismo o en interacción con otros, donde tal interacción puede tener lugar entre personas de similar o de diferentes sexos biológicos. La actividad sexual es emprendida por placer (tanto solitario como mutuo), para procrear o para ejercer un control social de los varones sobre las mujeres, este último 10

. JONASDOTTIR. Anna. El poder del amor: ¿Le importa el sexo a la democracia? Colección feminismos. Ediciones Cátedra. Madrid. 1993 11 La categoría "lugar de enunciación" es en realidad una categoría del postmodernismo a la que el feminismo ha dado un uso particular, en tanto, cada uno de los modelos de interpretación que el pensamiento feminista ha desarrollado, ha tenido que combinar de forma distinta la categoría "mujeres", una categoría amplia y general, de gran importancia para la política feminista pero insostenible para el postmodernismo, con el localismo que exige la categoría "posición de enunciación". 12 . RIVERA GARRETAS. María-Milagros. 1994. Op-cit..

7


incluye la prostitución, la heterosexualidad compulsiva y otras formas de comportamiento sexual coactivo.13 2. Carencia de simbólicos diferentes a los de las mujeres heterosexuales. El pensamiento lesbiano considera que la posición de las mujeres lesbianas es distinta a la de las heterosexuales, ya que las primeras carecen de un modelo simbólico en el sistema de sexo / género, mientras que las segundas reciben en el proceso de la socialización el modelo femenino pensado por varones y puesto al servicio del orden dominante. Pero en otro sentido, sin embargo, las mujeres de uno y otro grupo comparten la carencia de modelos en las cuales ellas puedan reconocerse en libertad, comparten todas ellas la dureza de la miseria simbólica, porque los modelos femeninos no han sido pensados por ellas libremente.14 3. El papel de la sexualidad en el sistema político. La división sexual del trabajo no bastaría para explicar la subordinación de las mujeres. Es necesario completarla precisamente con el análisis del papel central que la construcción social de la sexualidad ocupa en los sistemas políticos. La construcción social de la sexualidad heterosexual por definición en las sociedades históricas conocidas ha producido en las formaciones patriarcales una epistemología, que por su parte, fundamenta el Estado mismo: el Estado impone esta epistemología a través de la ley. Una epistemología en la que las mujeres en general no deben participar porque no están invitadas al famoso banquete del saber.15 ¿Cuáles son los elementos o las estructuras constitutivas del patriarcado que se cuestionan, deconstruyendo su pretendido carácter natural? Deconstruyeron la institución de la heterosexualidad, planteando que lo que haría esta institución es garantizar un modelo de relación social entre los sexos en el cual el cuerpo de las mujeres siempre es accesible para los hombres. Adriene Rich, cuestiona que la heterosexualidad sea una opción sexual o una preferencia sexual, sostiene en cambio que no existe opción ni preferencia real donde una forma de sexualidad es precisamente definida y sostenida como obligatoria. 16 Se cuestiona además la hetorrealidad, afirmado que es la visión del mundo en la cual la mujer existe siempre en relación con el varón, percibiéndolas como mujeres solas, la percepción es que las mujeres sin varones son 13

.TAMBIAH Yasmín. Definiendo la Sexualidad y los Derechos Sexuales Sexualidad y Derechos Humanos. 2003. 14 . RIVERA GARRETAS. María-Milagros. 1994. Op-cit. 15 RIVERA GARRETAS. María-Milagros. 1994. Op-cit. 16 RIVERA GARRETAS. María-Milagros. 1994. Op-cit..

8


mujeres sin acompañantes o sin compañía. En la hetorrealidad, la homosexualidad marca precisamente los límites de esa realidad, límites que le permiten a la hetorrealidad definirse y sustentar de sí coherentemente, según las pautas de la racionalidad. El lesbianismo por su parte marcaría el límite de los límites. Un límite que otras autoras han definido como el horizonte implícito de algunas propuestas feministas contemporáneas de subjetividad femenina, Una subjetividad femenina cuyo reverso sería lo indecible, la figura imposible de transformar en sujeto, las que no están nombradas ni prohibidas en la economía de la ley.17 4. Sobre la liberación del “deseo femenino, y la aceptación de la diferencia sexual. Es necesario que las mujeres ganen autoestima y construyan prácticas entre ellas como el affidamento18. Sobre el cuerpo y el deseo femenino el patriarcado ha construido símbolos, relatos, metáforas y prácticas que han impedido la liberación del deseo y el cuerpo de las mujeres. Quizás liberar ese deseo y ese cuerpo implique realmente la derrota del patriarcado, porque es esencial que quien se piensa y se dice esté incluido en el acto de decirse, hacerse y pensarse en el mundo. “Pensamiento y cosa, cuerpo y palabra están juntos en esta perspectiva, en una trama indisoluble. La diferencia no es más que esto: el sentido, el significado que se da a ser mujer. Por consiguiente, es del orden simbólico”19. Con la aceptación de la diferencia sexual se abre espacio a un nuevo sentido de la libertad, desde el punto de vista de la igualdad, la libertad de las mujeres coincide con la liberación y, por consiguiente, se encuentra en el régimen del uno-liberarse de los roles asignados a las mujeres para convertirse, en todo y para todo, iguales a los hombres-, desde la vertiente de la diferencia, la libertad de las mujeres se inscribe en el régimen del dos. Dos son los sexos que habitan el mundo y, en el caso de las mujeres, es necesario una concepción que prevea que a una mujer le corresponde la libertad porque es mujer, sin prescindir de su sexo”.20 5. El estado y la normalización de la sexualidad. Los estados legislan y elaboran normas sobre el comportamiento sexual de una variedad de maneras. Puede hacerlo indirectamente a través de las políticas sociales y económicas que apoyan por la vía de incentivos a las parejas de matrimonios heterosexuales pero no reconocen otras alianzas para este 17

. RIVERA GARRETAS. María-Milagros. 1994. Op-cit. Las feministas italianas de la diferencia, llamaban affidamento a la práctica de confianza y cuidado mutuo ente mujeres. 19 . MELLOR. Mary. Feminismo y ecología. Siglo XXI editores. España. 2000. 20 . TOMMASI. Wanda. 2003. Op-cit 18

9


privilegio o el estado puede legislar el comportamiento sexual directamente al fundamentar criterio morales o de salud pública, para criminalizar la homosexualidad o regular la prostitución. “Tal legislación sobre la sexualidad resulta en legalizar algunos tipos de actividad, principalmente aquella que está dirigida a la procreación y en la que se participa dentro del matrimonio, a la vez que hace a otras ilegales, principalmente aquellas que son no-pro creativas y orientadas al placer (Alexander, 1994), determinando directamente así quién califica para ser un ciudadano y, por extensión, quién merece la protección del estado. Consecuentemente, tales acciones por el estado cuestionan la experiencia de “privacidad” en relación con la actividad sexual.”21 6. Los Instrumentos de Derechos Humanos y los Derechos Sexuales de las Mujeres. Dada la reserva y la reticencia de la mayoría de los Estados respecto a la articulación expresa de los asuntos concernientes a la sexualidad, no es sorprendente que la mayoría de los instrumentos de derechos humanos internacionales a la vez que enfocan derechos que cubren áreas críticas de la vida humana y de la interacción, no hacen ningún compromiso explícito para el derecho de, o la protección de, la actividad sexual, ya sea para el individuo o entre parejas informadas y que dan su libre consentimiento. Los artículos de las convenciones que tocan este aspecto de las relaciones humanas se enfocan exclusivamente en el matrimonio. El no reconocimiento de otras formas de familia y parejas, coloca en evidencia, que los estados protegen la familia como la unidad social fundamental pero no se están dispuestos a proteger otras iniciativas que las mujeres mismas toman para organizar sus vidas, relaciones íntimas y responsabilidades comunales, incluyendo sus familias, de maneras que las mujeres, dadas sus condiciones de vida, determinan que son las más satisfactorias. Por ejemplo instrumentos como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), tampoco hace ningún esfuerzo significativo para reconocer alternativas a la pareja heterosexual y a la familia relacionada.22

7. La necesidad de garantizar un marco de condiciones posibilitantes, lo cual implica la responsabilidad de garantizar derechos económicos y sociales, 21

. TAMBIAH Yasmin.. 2003. Op-cit. .CAPELON RHONDA Y PETCHESKY ROSALIND. Los Derechos Humanos y el Principio de la Interdependencia Hacia un Enfoque Interdependiente de los Derechos Reproductivos y Sexuales como Derechos Humanos: Reflexiones sobre la ICPD y Mas Allá. En multicopiado 22

10


tales como la alimentación, vivienda, educación, salud básica y vivencialidad, de manera de crear un ambiente que conduzca a la libre elección. Desde un punto de vista ético, tales condiciones posibilitantes implican obligaciones correlativas de parte de los gobiernos y de las organizaciones internacionales para tratar las necesidades humanas básicas, no como ideales de mercado sino como derechos. “La realización de estos derechos es, a su vez, dependiente de mayores cambios estructurales, tales como la eliminación de la pobreza, de la violencia en todas sus formas, de los programas de ajuste estructural duros, de las inequidades comerciales y de la producción insostenible y de los patrones de consumo y degradación ambiental En otras palabras, los derechos reproductivos y sexuales definitivamente requieren un cambio radical de prioridades hacia gastos que sirven a la seguridad social y a la calidad de vida y alejados de los incentivos de mercado, las utilidades privadas y el militarismo”23 8. La diferencia de intereses entre los puntos de vista de los grupos demográficos y el movimiento feminista en lo referido a la autonomía reproductiva y sexual de las mujeres. Lo cual se refleja en el contraste que hay entre tratar la salud y la autonomía de las mujeres como instrumentos de control demográfico o como los derechos inherentes de las mujeres como ser humano. “Siempre y cuando la preservación del medio ambiente este separada de la justicia social, la fertilidad femenina (como algo opuesto a los patrones insostenibles de producción y consumo, la mala distribución y el militarismo), permanecerá como el foco primario para los grupos demográficos y del medio y en las sentencias relacionadas con la libertad procreativa, el cuerpo de las mujeres continúa siendo territorio colonizado. Aunque se han hecho algunos avances en este campo, el poder patriarcal ha enmudecido o ha limitado la libertad de las mujeres sobre su cuerpo. Porque en la cultura patriarcal el sentido de la “libertad sexual femenina es el cuerpo reducido al sexo y el sexo femenino reducido a un cuerpo regulable”. 9. Control o autonomía del cuerpo de las mujeres. En el patriarcalismo el cuerpo de las mujeres ha sido un espacio poblado de imágenes y fantasías, en él se pretende que reine el silencio. Su cuerpo es reconocido como objeto, vehículo receptor del placer del otro, y el cuerpo del otro aparece lejano e inalcanzable para el deseo de la mujer. ¿Pero cuál es el espacio erótico de las mujeres, tanto en lo real como en lo fantástico? Aunque la fantasía es gratuita y expresa libremente el mundo de los deseos, es cierto que las formas de lo fantástico se encuentran condicionadas por situaciones históricas. Y si las relaciones económicas, políticas y sociales están atravesadas por el poder; 23

. CAPELON RHONDA Y PETCHESKY ROSALIND. En multicopiado. Op-cit.

11


necesariamente la fantasía, la sexualidad y lo erótico se encuentran atrapadas en juegos de poderes. Y aún más, si las relaciones sociales, afectivas y sexuales entre hombres y mujeres se dan en el marco de la subordinación y la opresión, es factible pensar que la erótica obedece principalmente al dominico del mundo masculino. El poder erótico en la cultura patriarcal es cultural y cerebral antes que gestual, supone una actividad de la inteligencia y de la voluntad y rechaza el abandono a una sensualidad espontánea y libertaria. Por supuesto, el placer y la libertad de las mujeres no encuentran un espacio propio en el erotismo pensado desde lo masculino. Y uno de los territorios que ha colonizado la cultura patriarcal, para mantener y reproducir su dominio, es el cuerpo de las mujeres; la mayoría de los hombres mantienen una relación colonial individual con una mujer individual, y la mayoría también se identifica con y practican la colonización colectiva de las mujeres. ¿Pero qué significa la afirmación que el cuerpo de las mujeres es uno de los territorios colonizados por la cultura patriarcal? Implica reconocer el poder del colonizador y la necesidad de des-estructurarlo y entregar a las mujeres su cuerpo. Los colonizadores no suelen ver la colonización como un acto destructivo, ellos creen obrar bien al imponer su dominio sobre la vida, la cultura, los valores y las instituciones de un pueblo que consideran inferior a ellos, y creen que se encuentran en su legítimo derecho de hacer uso de la fuerza para ejercer el poder, tomar posesión y hacer al “débil” igual a ellos. Cultura que se expresa en el cuerpo de las mujeres de múltiples formas: la violación, el acoso sexual y la esclavitud sexual. El poder colonizador se materializa también en la guerra, convierte el cuerpo de las mujeres en trofeos que esgrimen tanto los ejércitos ganadores como los perdedores; en el campo de batalla, se viola, se humilla, se tortura y se maltrata a las mujeres como una forma de denigrar al enemigo y de expresar poder sobre él. Si el cuerpo de las mujeres es territorio de poder en la cultura patriarcal, difícilmente el pacto sexual y social celebrado entre los varones para dominar y ejercer poder sobre ellas va a ser transformado por los varones mismos. Descolonizar el cuerpo femenino significa dar la palabra a los deseos de las mujeres, re-significar su erotismo y su sexualidad, es entregarles su libertad y su autonomía. Pero ello sólo será posible por la lucha decidida de las mujeres, liberando su rebeldía y fortaleciendo su capacidad de subvertir el poder patriarcal ahí donde es más invisible, su cuerpo mujeres. Tal como lo sostiene Kathleen Barry: “La visión de una sociedad que no colonice a las mujeres implica pasar primero por el dolor de reconocer los peores aspectos

12


de la opresión de las mujeres. Pero la esperanza abre la oportunidad de crear una nueva estructura política y un nuevo orden social. Tener la esperanza significa exigir y encontrar un mundo que esté libre de terrorismo contra las mujeres. Conocer lo peor nos da la libertad de esperar y luchar por lo mejor” 10. La igualdad compleja versus igualdad universal. Las leyes no son neutras, ni histórica ni formalmente, no se dirigen igualmente a hombres como mujeres ni tienen iguales efectos en mujeres y hombres. Por ejemplo cuando entra en juego la diferencia sexual y el conflicto entre los sexos, como en el caso del aborto, de la violencia contra la mujer en sus diversas y múltiples manifestaciones, es necesario tener en cuenta que la norma legal es una figura secundaria, que sirve para medir lo que sucede en la sociedad. Los problemas legales que enfrentan las mujeres no se deben exclusivamente a que las-os administradoras-es de justicia las discriminan a la hora de aplicar o interpretar las leyes genéricas. Se debe también a la carencia de leyes que tengan en cuenta a las mujeres, a las instituciones que no se han creado y a la falta de una doctrina jurídica que de cuenta de la experiencia y realidad de la vida de las mujeres. Ahora bien, la igualdad es el principio que fundamenta el sistema jurídico moderno. Y el principio igualitario hace parte de la historia de la modernidad. Desde que los revolucionarios burgueses hicieron del principio de la igualdad junto al de la libertad y la fraternidad sus pilares de identidades; estos principios se han constituido en parte de las sociedades occidentales. En el devenir histórico ha cambiado su forma, su contenido semántico, se han transformado sus horizontes y expectativas, incluso ha quedado reducido, en más de las veces, a un término vacío, pero ninguno de estos cambios puede llevar a abdicar de su fuerza utópica ni dejar de considerarlo un valor social. Se debe abrir una puerta “a la Igualdad que asume la dimensión de la diferencia, no sólo como cualidad empírica, sino también como posición asimétrica entre los sujetos. En este sentido la igualdad es el efecto de una relación, por supuesto compleja, entre identidades no reducibles a una medida común; y la relación entre diferencia e igualdad no puede resolverse mediante la distinción lógica entre lo particular y lo general"24 Lo que se buscaría con la igualdad compleja es mostrar la parcialidad de lo "masculino", como paso previo para dar forma a la reciprocidad y a una nueva relación.25 No hay que negar los conflictos que existen y seguramente 24 25

. RUBIO CASTRO, Ana. Feminismo y ciudadanía. Instituto Andaluz de la Mujer. Sevilla. 1997. . RUBIO CASTRO, Ana. Feminismo y Ciudadanía. 1997. Op-cit.

13


seguirán existiendo en la sociedad colombiana. Es preciso que recuperamos valores antagónicos: libertad / dependencia, igualdad / diversidad, solidaridad / egoísmo, entre otros, valores entre los cuales se da una relación ambivalente. Sólo de este modo podremos avanzar y configurar un orden socio político dinámico, alejado de las abstracciones y de las iniquidades e injusticias. Ante nuevas realidades históricas, es necesario que complejicemos el principio de la igualdad. La igualdad de derechos, definición originaria de la igualdad, puede ser una fórmula útil de la que partir para introducir conjuntamente niveles de abstracción y concreción, de igualdad y diferencia, dimensiones necesarias para el desenvolvimiento no violento de los conflictos sociales y políticos actuales. La complejidad de nuestra realidad exige principios regulativos complejos, no fórmulas simples y rígidas.26 Es necesario sacar a la luz las diferencias, allí donde nuestra cultura se niega a aceptarlas y las oculta. Es imprescindible desvelar el entramado teórico con el que la homogeneización ha sido construida, para hacer realidad que Colombia, es una nación pluricultural, pluriétnica y constituida por hombres y mujeres. Reivindicar la diferencia en interacción con la igualdad, no es otra cosa que exigir un sistema jurídico abstracto y general pero compatible con la existencia de un modelo social de hombres y mujeres, no de sujetos de derecho, no de categorías abstractas. Ana Rubio Castro, feminista española afirma: "La diferencia no se opone al establecimiento de una determinada igualdad, a la existencia de reglas para todos, indispensables para la vida en sociedad. Se opone a que bajo la cortina de humo de la igualdad formal se impida el desarrollo de lo diferente, que es definitiva, lo que el ser humano tiene de más propio; se impide la libertad de decidir la propia existencia, de construir en libertad una identidad donde las relaciones humanas tengan cabida en su formación: relaciones hombres/ hombres, mujeres/ mujeres y hombres y mujeres". Las feministas somos conscientes que no existirá ley capaz de dar valor a la sexualidad, a la autonomía, a la subjetividad de las mujeres si no estamos reconocidas socialmente. Esta es uno de los obstáculos a superar, para que el ámbito jurídico político sea un instrumento para la transformación de la situación de subordinación y opresión que viven las mujeres.

26

. RUBIO CASTRO, Ana. Feminismo y Ciudadanía. 1997. Op-cit.

14


BIBLIOGRAFIA

ANDERSON, Bonni S y ZINSSER, Judith. Historia de las mujeres: Una historia propia. Volumen 2. Editorial Crítica. Madrid 1991. CAPELON Rhonda Y PETCHESKY Rosalind. Los Derechos Humanos y el Principio de la Interdependencia Hacia un Enfoque Interdependiente de los Derechos Reproductivos y Sexuales como Derechos Humanos: Reflexiones sobre la ICPD y Mas Allá. En multicopiado. CORREA, Sonia. Población y reproducción: Un esfuerzo de investigación en Mujeres y Políticas de Población. Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe. Isis Internacional. Santiago de Chile.1994. DUSSEL, E. Para una ética de la liberación latinoamericana. Siglo XXl, Buenos Aires. 1973. DE BEAUVOIR, Simone. El Segundo Sexo. Editorial Siglo XXl, Ciudad de México 1981. JONASDOTTIR. Anna. El poder del amor: ¿Le importa el sexo a la democracia? Colección feminismos. Ediciones Cátedra. Madrid. 1993 MELLOR. Mary. Feminismo y ecología. Siglo XXI editores. España. 2000. SALUD REPRODUCTIVA Y SOCIEDAD. Órgano informativo del Programa de Salud Reproductiva y Sociedad de el Colegio de México. Año1. Número 3. Mayoagosto. 1994. RIVERA GARRETAS. María-Milagros. Nombrar el mundo en femenino, pensamiento de las mujeres y teoría feminista. Icaria Editorial, S.A. Barcelona, 1994. . RUBIO CASTRO, Ana. Feminismo y ciudadanía. Instituto Andaluz de la Mujer. Sevilla. 1997 15


TAMAYO LEON, Guilia. Derechos y ética en salud reproductiva en Diálogos de Mar y Viento. Comité de América Latina y el Caribe por la Defensa de los Derechos de las Mujeres-CLADEM. Lima.1995. TAMBIAH Yasmín. Definiendo la Sexualidad y los Derechos Sexuales Sexualidad y Derechos Humanos. 2003. En multicopiado.

16


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.