Induccion PEMSAS 2019

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BIENVENIDO A PAIS EMPRENDEDOR PROGRAMA DE CAPACITACIÓN INICIAL.


TEMAS DE ESTA CAPACITACION ü Quienes somos ü Misión - Visión ü Valores ü Indicadores ü Marcas y quesos ü Ubicación ü Reglamento Interno de Trabajo


Quienes Somos


Equipo de Ventas

Familia Velásquez Saavedra

País Emprendedor SAS es una empresa de origen familiar dedicada a la producción, comercialización y venta de QUESOS y derivados lácteos con un alto nivel nutricional. Inició producción en el año 2012 con sede en Bogotá y Caquetá

Equipo Producción


MISION ü Aportar a la nutrición de nuestro país buscando mejorar la calidad de vida de los consumidores y el progreso de nuestra gente a parQr de la producción de Quesos deliciosos, saludables y versá7les; con un modelo de comercio justo y de relaciones de confianza con toda la cadena producQva. ü Generar valor en todos nuestros productos, servicios y procesos, logrando una rentabilidad que permita un crecimiento orgánico e incrementar la inversión en tecnología, desarrollos innovadores y bienestar para nuestra gente. ü Ser un modelo de industria formal en la región de Caquetá y a nivel país, que aporta a la construcción de paz y equidad.


VISION ü Duplicar año a año las ventas, con una rentabilidad sostenida entre el 13 y el 15% de margen EBITDA ü A 2020 tener las marcas River Cheese y La Florencia posicionadas y reconocidas por la calidad, sabor caracterísQco y una excelente relación precio/valor/ servicio /bienestar permiQendo la incursión de estas en un mercado internacional en la Región Andina. ü A 2020 ser un modelo empresarial reconocido dentro del mercado de retail, Hard Discount, insQtucionales y los programas escolares de nutrición en la zona centro, trasladando esta experiencia a las zonas más vulnerables de la infancia en nuestro país.


VALORES CONFIANZA: Todos trabajamos en sociedades de confianza que permiten comunicaciones claras, efecQvas. HONESTIDAD: La verdad y la jusQcia priman en nuestro día a día, así garanQzamos relaciones de trabajo sanas y duraderas EFICACIA/ EFICIENCIA: Logramos los mejores resultados con el menor consumo de recursos tangibles e intangibles siempre con CALIDAD.

RESPETO: Ante cualquier situación la base para una buena convivencia

PERSEVERANCIA: No nos rendimos ante el primer obstáculo, estamos seguros de nuestro trabajo y persisQmos hasta cumplir las metas. TRABAJO EN EQUIPO: Somos una gran familia que enQende que la unión hace la fuerza


INDICADORES SenQr cada día que estamos en el lugar correcto, trabajando con ganas y moQvación propia y colecQva con nuestro equipo.

Entregar a Qempo, el pedido correcto con todos los parámetros exigidos por el cliente.

Retorno de Inversión 100% ProducQvidad – 0 Desperdicios

Flujo posiQvo de dinero para mantener la operación diaria.

CALIDAD TOTAL : Hacer las cosas bien desde el principio hasta el fin.


MARCAS y QUESOS

²  Queso mozzarella ²  Queso doble crema ²  Queso campesino

²  Queso costeño ²  Queso amarillo


UBICACION

Bogotá – Planta Morato 1 – Morato 2 – Pto de Venta.

Albania - Caquetá – Planta de Producción


ORGANIGRAMA

Rep. Legal - Gerencia Subgerencia

Dirección Financiera •  Revisor Fiscal •  Contador •  Auxiliar

Dirección Logís7ca •  •  •  •  •

Director LogísQco Bodegueros Transportadores Plan Producción Bog. Plan Producción Caq.

Dirección RRHH •  Director RRHH •  Auxiliar

Dirección Calidad •  •  •  •  •

Director de Calidad Plan Producción. Bodegueros Producción Bog. Producción Caquetá.

Dirección Comercial •  •  •  •

Director. comercial Lid Ventas Mercadeo Pto. Venta


Reglamento Interno de trabajo PEMSAS


El Reglamento Interno de Trabajo es un documento de suma importancia debido a que se convierte en la norma reguladora de las relaciones internas de la empresa con el trabajador


Como parte de sus responsabilidades como colaborador usted deberá leer c o m p l e t a m e n t e e l d o c u m e n t o entregado y en caso de presentar dudas frente algún ítem solicitar la aclaración correspondiente al área de Recursos Humanos


CAPITULO I – CAPITULO II  Condiciones de Admisión

CAPITULO IV  Periodo de prueba

ü Documentos de ingreso

ü debe ser esQpulado por escrito

ü Documentos de beneficiarios

ü no puede exceder de dos (2) meses

ü Examen medico de admisión ü Pruebas psicotécnicas y otras

ü Cuando existan contratos de trabajo sucesivos solo se hace valido un periodo de prueba.

CAPITULO III  Contrato de Aprendizaje

CAPITULO V  Horario de trabajo

ü Condiciones para el contrato

ü 48 horas semanales

ü Periodo lecQvo – periodo producQvo

ü Se dividen según el turno esQpulado para cada cargo y se explica puntualmente en cada contrato

ü Tiempos ü Remuneración

ü Las horas pueden variar dependiendo del Qpo de contrato


Horario de trabajo Personal administra7vo Lunes a viernes Tarde: Mañana: 2:00 p.m. a 5:00 p.m. 8:00 a.m. a 1:00 pm. Sábado Hora de almuerzo: 8:00 am a 12:00 medio día. 1:00 pm. a 2:00 p.m. Horario Mercaderistas Hora de almuerzo: en Almacenes 1:00 m. a 2:00 p.m. Mañana: Tarde: 10:00 a.m. a 1:00 m. 2:00 pm a 7:00 pm Horario Conductores, Hora de almuerzo: Logís7ca, Bodega. 12:00 m. a 1:00 p.m. Lunes a Sábado Tarde: Mañana: 1:00 pm a 3:00 pm 6:00 a.m. a 12:00 m.

Horario Planta – Bogotá Turno # 1 Mañana: 6:00 a.m. a 2:00 pm. Turno # 2 Tarde: 2:00 pm a 9:00 pm Turno # 3 Noche: 10:00 pm a 6:00 am

Horario Planta –Florencia Mañana: 7:00 a.m. a 12:00 m. Hora de almuerzo: 12:00 m. a 1:00 p.m. Tarde: 1:00 pm a 4:00 pm


CAPITULO V  Horario de trabajo ü Pausas acQvas de 15 min ü Jornada laboral flexible: (48) horas semanales dentro de la jornada ordinaria de 6 a.m. a 9 p.m. Distribuidas de diferentes formas ü TRABAJADORES DE DIRECCIÓN MANEJO Y CONFIANZA. actúan como representantes del empleador.  A dichos trabajadores no se les aplica lo referido a la máxima jornada laboral, y deberán trabajar el número de horas necesarias para el cabal cumplimiento de sus funciones.

CAPITULO VI  Horas extras y trabajo nocturno ü Trabajo Diurno = De (6:00 a.m.) a (09:00 p.m.) ü Trabajo nocturno = De (09:00 p.m.) a (6:00 a.m.)


Liquidación de Recargos y horas extras

ü El trabajo extra diurno se remunera con un recargo (25%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.   Ej: 1h ordinaria $1.000 - 1h extra diurna = $1.000 + 25% = $1.250 ü El trabajo extra nocturno se remunera con un recargo del (75%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.   Ej: 1h ordinaria $1.000 - 1h extra nocturna = $1.000 + 75% = $1.750 ü Cada uno de los recargos ante dichos se produce de manera exclusiva, es decir, sin acumularlo con alguno otro


CAPITULO VII Días de descanso legalmente obligatorios

ü Serán de descanso obligatorio remunerado, los domingos y días de fiesta que sean reconocidos como tales en nuestra legislación laboral. ü Labores agropecuarias. Los trabajadores de empresas agrícolas, forestales y ganaderas que ejecuten acQvidades no suscepQbles de interrupción, deben trabajar los domingos y días de fiesta remunerándose su trabajo en la forma prevista en el arsculo 25 de la Ley 789 de 2002 y con derecho al descanso compensatorio. ü El trabajo en domingo y fesQvos se remunerará con un recargo del (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

ü Aviso sobre trabajo dominical. Cuando se tratare de trabajos habituales o permanentes en domingo, el empleador debe fijar en lugar público del establecimiento, con anQcipación de 12 horas lo menos, la relación del personal de trabajadores que por razones del servicio no pueden disponer el descanso dominical. En esta relación se incluirán también el día y las horas de descanso compensatorio


CAPÍTULO VIII Vacaciones remuneradas

ü  1 año de trabajo = 15 días hábiles consecuQvos de vacaciones remuneradas ü  1 año de trabajo = 6 días hábiles conQnuos de vacaciones OBLIGATORIAS , el resto de días son negociables en dinero o acumulables hasta 2 años. ü En los contratos a término fijo inferior a (1) año, los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones en proporción al Qempo laborado cualquiera que este sea.


CAPITULO IX Permisos y licencias ü  Ejercicio del derecho al sufragio y para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación ü Caso de grave calamidad domésQca debidamente comprobada

v El Qempo empleado en estos permisos puede descontarse al trabajador o compensarse con Qempo de trabajo efecQvo en horas disQntas a su jornada ordinaria, a opción de la empresa . v Los permisos personales, serán solicitados por el trabajador con (3) días hábiles de antelación a la fecha y el empleador decidirá si los concede o no.

ü Servicio médico correspondiente

v para asisQr a consulta médica, el trabajador le solicite el permiso a su jefe inmediato, quien podrá autorizarlo para reQrarse del lugar de trabajo.

ü AsisQr al enQerro de sus compañeros, siempre que avisen con la debida oportunidad a la empresa y que el número de los que se ausenten no sea tal, que perjudiquen el funcionamiento del establecimiento.

v Cumplida la cita, el trabajador debe regresar de inmediato a la empresa, salvo que sea incapacitado u hospitalizado.


v los trabajadores presenten como prueba un documento que demuestre la atención que recibieron en el servicio médico . Los trabajadores podrán asis7r hasta 2 citas médicas al mes, sin lugar a ningún descuento. Una vez se haga uso de los mismos, será procedente el descuento, por el Qempo no laborado.


PASOS PARA SOLICITAR PERMISOS

1.  Recursos Humanos: solicitar formato y diligenciar con toda la información solicitada 2.  Jefe Inmediato : Entregar e informar sobre permiso para que este apruebe o reprograme 3.  Recursos Humanos: Llevar documento firmado con aprobación a recursos humanos 4.  RECORDATORIO : Informar a su equipo un día antes para que estén programados.


CAPITULO IX Permisos y licencias La empresa concederá a sus trabajadores licencia en los siguientes casos :

ü LICENCIA NO REMUNERADA: la cual deberá solicitarse con 30 días de antelación ü LICENCIA POR LUTO: fallecimiento de su conyugue, compañero(a) permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, una licencia remunerada por luto de cinco (5) días hábiles. ü LICENCIA DE MATERNIDAD Toda trabajadora en estado de embarazo tendrá derecho a una licencia de (18) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso.

ü LICENCIA DE PATERNIDAD. En caso de paternidad, el padre tendrá 8 días hábiles de licencia remunerada. El único soporte válido para el otorgamiento de licencia remunerada de paternidad es el Registro Civil de Nacimiento, presentada a la E.P.S. dentro de los 30 días siguientes a la fecha del nacimiento del menor. La licencia remunerada de paternidad será a cargo de la EPS, para lo cual se requerirá que el padre haya estado co:zando efec:vamente durante las semanas previas de la licencia.


CAPITULO X  Salarios y Periodos de pago

Descuentos prohibidos El empleador no puede deducir, retener o compensar suma alguna del salario, sin orden suscrita por el trabajador, para cada caso, o sin mandamiento judicial.

ü Pagos quincenales vencidos en cuenta bancaria a nombre del trabajador

ü Por concepto de uso o arrendamiento de locales, herramientas o úQles de trabajo

ü El pago de recargos o horas extras se paga con el salario del periodo siguiente. ü Salvo convenio por escrito, el pago de los salarios se efectuará en el lugar en donde el trabajador presta sus servicios durante el trabajo, o inmediatamente después del cese.

ü  Deudas personales del trabajador para con el empleador, sus socios, sus parientes o sus representantes ü Provisión de alimentos ü  Precio de alojamiento.


CAPITULO XI  Servicio médico, medidas de seguridad, riesgos laborales, primeros auxilios en caso de accidentes de trabajo, normas sobre labores en orden a la mayor higiene, regularidad y seguridad en el trabajo

ü Todo trabajador dentro del mismo día en que se sienta enfermo deberá comunicarlo a la empresa. ü Si este no diere aviso dentro del término indicado o no se someQere al examen médico que se haya ordenado, su inasistencia al trabajo se tendrá como injusQficada.

Es obligación de PAIS EMPRENDEDOR SAS velar por la salud, seguridad e higiene de los trabajadores a su cargo; garanQzar los recursos necesarios para implementar el (SG-SST) Sistema de GesQón de Seguridad y Salud en el Trabajo, y con el objeto de velar por la protección integral del trabajador.

ü El trabajador que sin justa causa se negare a someterse a los exámenes, instrucciones o tratamientos antes indicados, perderá el derecho a la prestación en dinero por la incapacidad que sobrevenga a consecuencia de esa negaQva. ü En caso de accidente , aun el más leve o de apariencia insignificante, el trabajador lo comunicará inmediatamente al empleador.


CAPÍTULO XII  Orden Jerárquico = Organigrama ü Las comunicaciones de su parte debe seguir el orden jerárquico siguiente. ü Jefe Inmediato – Recursos Humanos - Administración - Subgerencia – Gerencia ¿SABE QUIEN ES SU JEFE INMEDIATO ?  CAPÍTULO XIII  Labores prohibidas para mujeres y menores ü Trabajos de condiciones extremas de temperatura y humedad, subterráneas, con sustancias altamente toxicas, exceso de carga, otras que no aplican en PAIS EMPRENDEDOR SAS


CAPITULO XIV  Obligaciones de PAIS EMPRENDEDOR SAS ü Proveer instrumentos, materias primas y elementos para la producción.

ü Velar por la seguridad de los trabajadores en las instalaciones.

ü Prestar primeros auxilios en caso de accidente.

ü Pagar lo pactado, en los periodos y lugares convenidos con el trabajador.


Obligaciones de los trabajadores 1)  Respeto y armonía en el trabajo con compañeros , supervisores, clientes y visitantes 2)  Ejecutar los trabajos que le conten con honradez, buena voluntad y de la mejor manera posible. 3)  Para aquellos trabajadores que trabajen visitando ruta de almacenes cumplir a cabalidad las visitas según lo esQpulado por PAIS EMPRENDEDOR SAS 4)  CONFIDENCIALIDAD : No comunicar a terceros las informaciones que sean de naturaleza reservada y cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios a la empresa. 5)  Conservar y resQtuir en buen estado, salvo deterioro natural, los instrumentos y úQles que les hayan facilitado y las materias primas sobrantes.


Obligaciones de los trabajadores 6)  Ejecutar los procedimientos técnicos y de mantenimiento de acuerdo a los estándares y manuales que para tal efecto señale la empresa. 7)  Cumplir con los parámetros establecidos en las políQcas internas de la compañía, entre ellas PolíQca Integral del sistema de GesQón, políQca de No alcohol No drogas No tabaco, Polí7ca an7corrupción y Polí7ca de Seguridad Vial. 8)  Comunicar oportunamente a la empresa situaciones para evitar daños y perjuicios o sobre cualquier conducta de la que tenga conocimiento, ejercida por direcQvos o compañeros de trabajo, que pueda implicar maltrato tsico o moral o persecución laboral contra sí mismo o contra otros compañeros o direcQvos. 9)  Acatar y aplicar las medidas prevenQvas higiénicas del (SG-SST) 10)  Leer el reglamento interno de trabajo. … ConQnúa en en reglamento interno de trabajo hasta el item 57.


Se prohíbe a País Emprendedor 1)  Obligar en cualquier forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en almacenes que establezca la empresa. 2)  Exigir o aceptar dinero del trabajador como graQficación para que se admita en el trabajo o por moQvo cualquiera que se refiera a las condiciones de este. 3)  Hacer o autorizar propaganda políQca en los siQos de trabajo. 4)  Hacer o permiQr todo género de rifas, colectas, cadenas o suscripciones en los mismos siQos. 5)  Cerrar intempesQvamente la empresa 6)  Despedir sin justa causa comprobada a los trabajadores 7)  Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabajadores o que ofenda su dignidad … ConQnúa en en reglamento interno de trabajo hasta el item 11.


Se prohíbe a los trabajadores 1)  Sustraer de la oficina, almacén o establecimiento los úQles de trabajo, las materias primas o productos elaborados sin permiso de la empresa. 2)  Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóQco o de drogas enervantes. 3)  Conservar armas de cualquier clase en el siQo de trabajo. 4)  Hacer colectas, rifas, cadenas o suscripciones o cualquier otra clase de propaganda en los lugares de trabajo. 5)  Violar el compromiso de exclusividad de servicios que se hubiere pactado en el contrato individual del trabajo.


Se prohíbe a los trabajadores 6)  Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempesQvas del trabajo e incitar a su declaración o mantenimiento, sea que se parQcipe o no en ellas. 7)  Aquellos trabajadores que manejen autos de la empresa se les prohíbe uQlizarlos para moQvos personales, se prohíbe subir al auto menores de edad o personal ajeno a la empresa. Sólo se podrá llevar un pasajero y este Qene que ser empleado y la función será de trabajo. 8)  Ocuparse en asuntos disQntos de su labor durante las horas de trabajo, sin previo permiso de su jefe inmediato. … ConQnúa en en reglamento interno de trabajo hasta el item 40.


En concordancia con la Ley 1010 de 2006, a7nente al acoso laboral, se prohíbe a los trabajadores:

§ Realizar comentarios humillantes de descalificación profesional expresados en presencia de los jefes y compañeros § No Suministrar información y materiales indispensables para cumplir con las labores designadas a los compañeros de trabajo. § Expresarse de manera ofensiva sobre la persona, uQlizando palabras groseras o cuesQonando sobre origen familiar, la raza, el género, creencias religiosas, preferencia políQca, sexual o situación social.


En concordancia con la Ley 1010 de 2006, a7nente al acoso laboral, se prohíbe a los trabajadores:

§ Burlarse o hacer comentarios malintencionados en público sobre la apariencia tsica o forma de vesQr de sus compañeros. § Descalificar y despresQgiar las acQvidades realizadas por otros con mala intención. § Actuar con ira y resenQmiento. § Aislar o excluir a una persona. § Ocasionar un daño psicológico en el personal de la empresa. § Amenazar la vida o la familia del personal de la empresa. § Ignorar o dejar de parQcipar a una persona en acQvidades de la empresa.


ESCALA DE FALTAS Y SANCIONES Ø Paso 1 Llamado de atención escrito (dependiendo de la falta puede haber suspensión de 1 a 3´días) Ø Paso 2 Llamado a descargos Ø Paso 3 Cancelación del contrato Una falta grave dará suspensión total del contrato de trabajo como justa causa


CAPÍTULO XVI - CAPÍTULO XVII  RECLAMOS: PERSONAS ANTE QUIENES DEBEN PRESENTARSE Y SU TRAMITACIÓN

Los reclamos de los trabajadores se harán ante la persona que ocupe en País Emprendedor sede Bogotá el cargo de: Siguiendo la jerarquía establecida. el jefe inmediato Recursos Humanos Dirección de Calidad o Comercial Subgerencia Gerencia.

En la sede Caquetá: Siguiendo la jerarquía establecida, el orden es el jefe inmediato Administrador Recursos Humanos en Bogotá Dirección de Calidad en Bogotá Subgerencia Gerencia.


CAPÍTULO XV  NORMAS/ MECANISMOS DE PREVENCIÓN DEL ACOSO LABORAL Y PROCEDIMIENTO INTERNO DE SOLUCIÓN

COMITE DE CONVIVENCIA


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