RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO

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RÉGIMEN MYPE TRIBUTARIO PROFESORA DE NUESTRA INSTITUCIÓN CPC MARIA DEL PILAR GUERRA SALVATIERRA



Regímenes tributarios hasta el año 2016

NRUS

RER

RG

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REGÍMENES DE RENTA HASTA EL 2016 Características Tributos comprendidos Universo Actividades excluidas Límite de ingresos Otros límites Periodicidad

NRUS Monotributo (IR+IGV+IPM) Personas naturales y EIRL Sí Hasta S/ 360,000.00 Activos, Compras Mensual - cancelatorio

Cuota / Tasa

Cuotas por categorías Desde S/ 20 hasta S/ 600

Comprobantes

Solo pueden emitir CP que no otorgan CF ni sustentan costo ni gasto

RER IR Todos Sí Hasta S/. 525,000.00 Activos, compras Mensual cancelatorio

a) 1.5% sobre sus ingresos

todos

Contabilidad No

RG IR Todos No Sin límite No 1)Pagos a cuenta mensual 2)Regularización anual

Registro de Compras Registro de ventas

b)

coeficiente o 1.5% sobre ingresos 28% sobre renta neta

todos Registro de Compras Registro de ventas Libro Diario de Formato Simplificado - hasta contabilidad completa

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Medida normativa Ingresos anuales

Régimen General

S/ 525000 S/ 360000 S/ 240000 S/ 156000 S/ 96000 S/ 60000

Régimen Especial del Impuesto a la Renta NRUS Categoría 5 NRUS Categoría 4 NRUS Categoría 3 NRUS Categoría 2 NRUS Categoría Especial

NRUS Categoría 1

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Régimen MYPE Tributario – Ubicación actual Ingresos anuales

Régimen General 1700 UIT

300 UIT

S/ 525000

S/ 96000 S/ 60000

Régimen MYPE Tributario Régimen Especial del Impuesto a la Renta

NRUS Categoría 2 NRUS Categoría Especial

NRUS Categoría 1

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Nuevo RUS y Régimen MYPE Tributario 2017 Características Tributos comprendidos Universo Actividades excluidas Límite de ingresos Otros límites Periodicidad

Cuota / Tasa

Comprobantes

NRUS Monotributo (IR+IGV+IPM) Solo personas naturales Sí Hasta S/ 96,000.00 Activos, Compras

RER IR Todos Sí Hasta S/. 525,000.00 Activos, compras

Mensual - cancelatorio

Mensual cancelatorio

Cuotas por categorías Categoría 1 S/ 20 Categoría 2 S/ 50 Solo pueden emitir CP que no otorgan CF ni sustentan costo ni gasto

1.5% sobre sus ingresos

a) Pagos a cuenta: 1%, coeficiente o 1.5% b) Hasta 15 UIT 10%, por el exceso 29.5%

todos

Todos

Contabilidad

No

RMT IR Todos No 1700 UIT No 1)Pagos a cuenta mensual 2)Regularización anual

Registro de Compras Registro de ventas

Ingresos hasta 300 UIT: - Registro de Compras Registro de ventas - Libro Diario de Formato Simplificado.

RG IR Todos No Sin límite No 1)Pagos a cuenta mensual 2)Regularización anual a) b)

coeficiente o 1.5% sobre ingresos 29.5% sobre renta neta Todos

Registro de Compras Registro de ventas Libro Diario de Formato Simplificado - hasta contabilidad completa

Según artículo 65° de la LIR.

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Régimen MYPE Tributario – Sujetos comprendidos SUJETOS COMPRENDIDOS Contribuyentes con ingresos netos hasta 1700 UIT en el ejercicio gravable.

SUJETOS NO COMPRENDIDOS Hayan

obtenido en el ejercicio gravable anterior ingresos netos anuales superiores a 1700 UIT (independientemente del régimen en el que estuvo). Sujetos que tengan vinculación, directa o indirectamente, en función del capital con otras personas naturales o jurídicas y cuyos ingresos netos anuales en conjunto superen 1700 UIT. Sean sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior.

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Régimen MYPE Tributario (RMT) - Diseño RMT UTILIDAD

Ingresos Netos 300 UIT

Ingresos Netos 300 - 1 700 UIT

Pagos a cuenta - Flat (1%)

Pagos a cuenta - Coeficiente - Porcentaje (1.5%)

Renta Neta Hasta 15 UIT Más de 15 UIT

Tasas sobre utilidad 10% 29.5%

EJERCICIO GRAVABLE 12


Régimen MYPE Tributario (RMT) - Acogimiento RMT

Ya inscritos

Nuevos Inscritos - Con la DJ del mes de la fecha de inicio de actividades / afectación (incluye RUCs reactivados – sin negocio – Tipos: 01, 03, 05)

(3era)

NRUS

RER

- Con la DJ de cualquier mes

RG - Con la DJ de enero

Dentro del vencimiento

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Régimen MYPE Tributario Cambio de Régimen

RG RMT

RG RMT

RER

RER

NRUS

NRUS

Cancelatorio CPC MARIA DEL PILAR GUERRA SALVATIERRA - CPCMARIADELPILARGUERRA@GMAIL.COM

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Régimen MYPE Tributario (RMT) - Acogimiento Corresponde

incluirse siempre que cumpla con los requisitos.

Deberá considerar: a.De iniciar actividades, podrá acogerse con la declaración jurada mensual del mes de inicio de actividades, efectuada dentro de la fecha de su vencimiento. b.Si proviene del NRUS, podrá acogerse en cualquier mes del ejercicio gravable, mediante la presentación de la declaración jurada que corresponda. c.Si proviene del RER, podrá acogerse en cualquier mes del ejercicio gravable, mediante la presentación de la declaración jurada que corresponda. d.Si proviene del Régimen General, podrá afectarse con la declaración del mes de enero del ejercicio gravable siguiente.

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Régimen MYPE Tributario (RMT) - Acogimiento Además, por el año 2017, la SUNAT incorporará de oficio a los contribuyentes que al 31.12.2016 hubieren estado tributando en el Régimen General y cuyos ingresos netos del ejercicio 2016 no superaron las 1,700 UIT, salvo que por el período de enero de 2017 se hayan acogido al Nuevo RUS (NRUS) o al Régimen Especial de Renta (RER), con la declaración correspondiente al mes de enero del 2017, sin perjuicio que la SUNAT pueda en virtud de su facultad de fiscalización incorporar a estos sujetos en el Régimen General de corresponder

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Régimen MYPE Tributario y el Régimen General 

Determinación del Impuesto = Régimen General

Tributo de periodicidad anual con pagos a cuenta. Posibilidad de suspender pagos a cuenta con la presentación del Formulario 0625.

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Régimen MYPE Tributario y el Régimen General 

Tasas

Régimen RMT Régimen General

Ingresos netos anuales Hasta 300 UIT > 300 HASTA 1700 UIT No aplica

Pagos a cuenta 1% Coeficiente o 1.5% Coeficiente o 1.5%

Factor de ajuste 2017 No aplica 0.8000 1.0536

Impuesto anual Hasta 15 UIT - 10% Más de 15 UIT - 29.5% 29.50%

Libros:

Registro de Compras, Registro de Ventas y Libro Diario Formato Simplificado. Con ingresos hasta 300 UIT, mayor a dicho importe conforme la LIR- la RS 234- 2006/SUNAT y normas modificatorias.

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Régimen MYPE Tributario y el Régimen General

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Régimen MYPE Tributario – Acompañamiento tributario A quiénes •Para los que inician actividades durante el 2017 •Aquellos que provengan del Nuevo RUS Plazo •Durante el ejercicio gravable 2017

Qué infracciones comprende •numerales 1, 2, y 5 del artículo 175° •numeral 1 del artículo 176° •el numeral 1 del artículo 177° del Código Tributario .

Requisito Subsanación de la infracción, de acuerdo a lo que establezca la SUNAT mediante RS. 24


Régimen MYPE Tributario Medios de Declaración y Pago

DECLARACION: a) Declaración mensual Formulario 0621 (PDT y virtuales) 

b) Declaración anual: Se generará formulario oportunamente PAGO: Para todos los casos Sistema de Pagos red Bancaria Boleta de Pago 1662 Número Pago de SUNAT NPS 

CÓDIGO: 031201 – RMTMYP (Renta – Régimen MYPE Tributario)

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Régimen MYPE Tributario Medios de Declaración y Pago

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