MANUAL de FORMACIÓN para SERVIDORES/AS PÚBLICOS/S Programa de Formación Contra la Violencia de Género
FE Y ALEGRÍA BOLIVIA Movimiento de Educación Popular Integral y Promoción Social P. Rafael García Mora s.j. Director Nacional Yerko Camacho Gironda Sub Director Nacional Carmiña De la Cruz Aliaga Coordinadora de Proyecto Empoderamiento de las Niñas Fe y Alegría Mariana C. Zeballos Daza Técnica Proyecto Empoderamiento de las Niñas Fe y Alegría La Paz Marlene Cassis Calderón Técnica Proyecto Empoderamiento de las Niñas Fe y Alegría Cochabamba Qantuta Cabezas Técnica Proyecto Empoderamiento de las Niñas Fe y Alegría Municipio Mizque - Cochabamba Jenny Antequera Romero Técnica Proyecto Empoderamiento de las Niñas Fe y Alegría Municipio Icla - Chuquisaca Yandira Reinoso Pacheco Técnica Proyecto Empoderamiento de las Niñas Fe y Alegría Municipio As. Guarayos -Santa Cruz
PLAN INTERNACIONAL BOLIVIA Nancy Alé Olguin Asesora de Proyecto Empoderamiento de las Niñas
Material elaborado en el marco del programa:
con el apoyo de:
Presentación El Movimiento de Educación Popular Integral y Promoción Social Fe y Alegría Bolivia, en su compromiso por una educación popular de calidad, apuesta por la visibilización de Niñas, Adolescentes y Mujeres Jóvenes, quienes constituyen una población vulnerable en el ejercicio pleno de sus derechos, considerando que existe un contexto social, económico y cultural que aún asigna roles diferenciados entre hombres y mujeres, lo que sigue generando grandes desigualdades en el desarrollo armónico de las mujeres en Bolivia. Para Fe y Alegría promover la equidad de género en los centros educativos -equipos directivos, educadores, educadoras, estudiantes, administrativos, personal técnico-, en el trabajo con las comunidades, autoridades, funcionarios públicos y con instituciones amigas, es un tema de justicia social para generar un cambio necesario y urgente en las nuevas generaciones de niños, niñas y jóvenes, a través de una “educación no sexista” como herramienta de transformación hacia una nueva sociedad. Es así que, en el marco de la política institucional de género y protección de la niñez, la implementación del “Programa Niñas y Mujeres Jóvenes por una vida con oportunidades y sin violencia” - Girl Power, en asociación con Plan Internacional y la “Alianza Boliviana por los Derechos de la Niñez”, les invitamos a utilizar estos materiales de formación, los cuales buscan incorporar la temática de equidad de género para generar procesos de reflexión en las/os participantes, orientados a lograr cambios de actitud y nuevas formas de relación entre hombres y mujeres, hacia la construcción de una Bolivia justa, equitativa y sin violencia.
P. Rafael García Mora S.J. DIRECTOR NACIONAL FE Y ALEGRÍA
Contenido
Página
PRIMER EJE Talleres de formación en violencia de género y protección a mujeres Taller No. 1: Prevenimos y luchamos contra el maltrato y la violencia de género.
7
Taller No. 2: Violencia hacia niñas y mujeres jóvenes: datos y cifras.
21
Taller No. 3 : Los rostros de la violencia de género.
32
Taller No. 4 : LLa violencia de género y los entornos donde se produce.
42
Taller No. 5 : Protección efectiva y oportuna contra la violencia de género.
52
SEGUNDO EJE Instrumentos legales internacionales y nacionales para la protección contra la violencia de género I. Marco Internacional
62
II. Marco Nacional
72
PRIMER EJE Talleres de formaci贸n en violencia de g茅nero y protecci贸n a mujeres
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
TALLER No. 1 Prevenimos y luchamos contra el maltrato y la violencia de género.
Objetivos del Taller: A partir del desarrollo de este taller, las/los participantes deberán ser capaces de: • Comprender qué entendemos por maltrato y violencia de género y su relación con el patriarcado y las relaciones de poder. • Analizar las consecuencias del maltrato y la violencia de género en las esferas personales, familiares y sociales en nuestro Municipio. • Reconocer la responsabilidad que tenemos como servidores públicos en la lucha contra el maltrato y la violencia de género. • Reflexionar de forma autocrítica respecto a la forma cómo las entidades públicas responsables de atender el maltrato y violencia de género asumen su rol y los resultados de dicha atención en Bolivia.
7
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Violencia por pertenecer al género femenino. La violencia basada en género es algo que se presenta en todas las sociedades sin que se haga mucho por evitarlo. Dicha violencia, ya sea en el seno del hogar o en la comunidad afecta de forma desproporcionada a las mujeres y las niñas quienes se encuentran más expuestas durante todas las etapas de su vida. El enfoque de género y el trabajo por los derechos de las mujeres en todas sus edades tiene un pilar fundamental con el fin de prevenir y disminuir las diversas manifestaciones de violencia dirigida hacia niñas y mujeres en todas sus edades. La Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (CEDAW) elevada a rango de Ley No.1100, define la violencia contra la mujer como: “Una acción o conducta basada en su género que cause daño o sufrimiento físico, psicológico, o sexual, tanto en el ámbito público como en el privado, y añade “ se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica:
a) Que tenga lugar dentro de la familia o
unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer y que comprende entre otros, violación, maltrato y abuso sexual.
b) Que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende entre otros: violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar.
c) Que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra. 8
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Actividad 1 Leer el siguiente texto y posteriormente responder a las preguntas que se encuentran al final del mismo.
La Violencia de Género. La violencia contra las mujeres es denominada también violencia de género. Es el tipo de violencia que afecta a las mujeres por el mero hecho de serlo. La ejercen los hombres para mantener el control y el dominio sobre ellas.
Es un rasgo social a la vez que un fenómeno individual. No sólo se debe a rasgos singulares y patológicos de una serie de individuos, sino que tiene rasgos estructurales de una forma cultural de definir las identidades y las relaciones entre los hombres y las mujeres.
Se deriva de la desigualdad de poder entre hombres y mujeres. Es resultado de la idea de superioridad masculina y de los valores que se reflejan en el “código patriarcal”. La esencia dicho código es una representación de la masculinidad a través del dominio sobre la mujer.
Tiene un carácter instrumental. La violencia de género no es un fin en sí mismo sino un instrumento de dominación y control social.
9
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Es estructural e institucional Tiene que ver con el conjunto de la organización social ya que afecta a las normas básicas de la sociedad y a los modelos de comportamiento. Se concreta en agresiones individuales, pero forma parte de un mecanismo social de dominio de un grupo sobre otro.
Es ideológica Vivir la experiencia de la violencia prepara a las mujeres para la aceptación del dominio masculino y les hace creer que sólo en la dependencia de un hombre se justifica su vida y su existencia social.
Está por todas partes Incluso entre aquellos hombres que no se sienten inclinados a pegar a su mujer no es infrecuente hacer alusiones a ello como manera de advertir que es una posibilidad que pueden ejercer.
Afecta a todas las mujeres La violencia de género supone una amenaza potencial para todas las mujeres por el hecho de dirigirse contra todo su grupo.
10
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
No es natural, es aprendida. No es un comportamiento natural, es una actitud aprendida mediante la socialización. Los valores que sostienen el aprendizaje de la violencia son el sexismo y la misoginia. El sexismo es el desprecio de las mujeres y la creencia de que es conveniente ejercer sobre ellas el dominio y forzarlas a la sumisión, además de dedicarlas a las tareas serviles y rutinarias. La misoginia es el odio y el miedo a las mujeres, que también está estrechamente relacionado con las creencias acerca de la inferioridad de las mujeres y la necesidad de que sean controladas por los hombres.
Es tolerada socialmente. Ha sido tolerada tradicionalmente como algo “natural” y es trasmitida en la educación de los niños y las niñas, así como en los modelos masculinos que presentan los medios de comunicación. Hay una cierta aceptación social de la violencia o, al menos, no hay un rechazo cerrado y definitivo.
Pasa desapercibida y es difícil de advertir. ‘Maltrato y violencia’ Al tratarse de un rasgo estructural de la mayoría de las sociedades, la violencia contra las mujeres es muy difícil de advertir. Ha tenido que ser denunciada para que comenzara a verse socialmente. (La violencia doméstica. Informe sobre los malos tratos a mujeres en España. Inés Alberdi. Natalia Matas. Edita Fundación “la Caixa” Colección Estudios Sociales nº10. 2002 Barcelona.)
11
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
¿Qué comprendemos por violencia de género? 1. Realizar un análisis y reflexión de grupo sobre la lectura realizada y los principales puntos. …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………… 2. En nuestras propias palabras, realizar una definición de lo que comprendemos por violencia de género Violencia de Género es………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………
12
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Actividad 2 Plantear ejemplos concretos sobre situaciones de violencia de género. “Reflexionemos sobre las actitudes y prácticas culturales, religiosas o políticas, creencias, tradiciones, mitos y supersticiones que pretenden justificar la desvalorización, discriminación, maltratos y violencia contra las niñas, adolescentes y mujeres en Bolivia e impiden su desarrollo pleno en todas las dimensiones de la persona”.
13
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Ejemplos de situaciones de Violencia hacia las niñas, jovencitas y/o mujeres: En la casa …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… En la escuela …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… En el trabajo …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………… En la calle …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………… En la comunidad …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………
14
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
¿Qué consecuencias tiene la violencia de género en las personas, en las familias, en la sociedad, en el país? Luego de realizar un análisis y reflexión de grupo sobre las consecuencias de la violencia, indicar cuáles son los efectos de la misma a nivel personal, familiar, de sociedad y de país. Explicar con ejemplos concretos, diferenciando las consecuencias en víctimas y en agresores. Consecuencias de la violencia de género para: La persona (víctima y agresor). …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………. La familia …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………. La sociedad …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………. El país …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………….
15
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
La lucha contra la desigualdad, un asunto de justicia. Vivimos en un mundo donde vemos a diario injusticias y desigualdad. En nuestro país sucede lo mismo. La mala distribución de recursos, oportunidades, y el abuso de poder hacen que se vulneren muchos derechos en las personas más vulnerables, en especial en las mujeres. Una de las grandes causas que genera pobreza, discriminación, retraso, suicidios, conductas delincuenciales y muchos otros daños colaterales a las familias, las instituciones y la sociedad entera es la desigualdad entre géneros.
“Para que la pobreza pase a la historia, la desigualdad entre géneros debe ser eliminada. Se necesitan iniciativas valientes y una firme resolución para eliminar la discriminación de género individual e institucional. Es preciso confrontar las actitudes, costumbres y valores que vayan en detrimento de las mujeres y las niñas. Ninguna historia, legado, religión o tradición cultural pueden justificar la desigualdad ni la falta de autonomía” UNICEF
16
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Todos los seres humanos necesitamos desarrollarnos plenamente. Además de ser un tema de justicia social, la lucha contra la desigualdad de géneros se sustenta en la noción de Desarrollo Humano Integral Sustentable 1 que se basa en: 1. El Desarrollo de las dimensiones de la persona. 2. La promoción de las capacidades de cada persona. 3. El desarrollo integral de estas capacidades. Esto significa que las personas para ser seres plenos necesitamos desarrollarnos en las dimensiones que nos hacen personas. Estas dimensiones son:
1. Corporal 2. Intelectual 3. Socio-política 4. Psico- afectiva 5. Productiva 6. Estética 7. Cultural 8. Ética 9. Histórica 10. Espiritual
1
Federación Internacional de Fe y Alegría. Revista Internacional Educación Popular, Comunidad y Desarrollo Sustentable. Caracas, 2001. Referido a las Conclusiones del XXX Congreso Internacional de Fe y Alegría “Educación Popular, Comunidad y Desarrollo Sustentable” realizado en Lima Perú, 2000.
17
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
De igual forma es fundamental que se pueda “promocionar”, es decir motivar, incentivar, despertar, ayudar a descubrir las capacidades que cada quien tiene y a partir de ello poder desarrollarlas de forma integral. Es importante reconocer que aun existen muchos lugares en el mundo entre ellos nuestro país, donde el sometimiento y subordinación de niñas y mujeres a un universo donde los hombres aun tienen una figura rectora y esto es socialmente aceptado bajo el prejuicio de que son más capaces de dirigir los destinos de la sociedad, la familia, etc. Mientras estas creencias persistan también seguirán persistiendo el acceso diferenciado, es decir con ventaja para los hombres, hacia recursos, oportunidades y beneficios de desarrollo, como por ejemplo la educación. Consideremos además que la posición subalterna y discriminada de las mujeres en la sociedad viene aunada a otras condiciones de discriminación, marginación y exclusión, directamente relacionados a la clase social o económica, raza, etnia entre otras, que operan como reales obstáculos del disfrute equitativo de los beneficios del desarrollo por igual para niñas y niños, hombres y mujeres. En otras palabras, las mujeres sufren mayor discriminación cuando además son campesinas o indígenas, se encuentran en situación de pobreza, discapacidad o prostitución, son ancianas, etc.
18
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
El Estado como responsable en la lucha contra la violencia de género. El maltrato o violencia no se da únicamente de una persona hacia otra. Si bien este tipo de violencia, la violencia individual, (la misma que se da en la convivencia familiar o el entorno más cercano a la victima) es la más denunciada, también existen otros tipos de violencia, según el ámbito donde la misma se produce:
• Violencia Social o Estructural: Los responsables de este tipo de violencia son las instancias estructurales, ya sea por falta, insuficiencia o inadecuación de políticas (omisión) o la implementación de políticas que transgreden derechos (comisión). Las primeras, por omisión se manifiestan en condiciones de pobreza, desprotección y marginalidad que se someta a niñas y mujeres en todas las edades. Las segundas se manifiestan en acciones represivas de amedrentamiento, detenciones indebidas, y otras afectan sus derechos.
• Violencia Institucional: Son responsables de este tipo de violencia las instituciones, ya sea por omisión y/o comisión, que en nombre de los derechos y necesidades de las niñas y mujeres atentan contra su desarrollo integral. Se produce en las escuelas o centros de estudios superiores, y también en las instituciones precisamente que deberían proteger y velar por el cumplimento de estos derechos. Este maltrato es institucional cuando aun siendo una persona quien ejerce la violencia existe encubrimiento de los responsables institucionales.
19
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Actividad 3 • ¿Cuál es el rol que tiene el Estado en Bolivia en la protección de los derechos de las mujeres en todas sus edades? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………… • ¿Qué responsabilidad tenemos como servidoras/es públicas/os en esta importante labor? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………… • ¿Cómo podemos aportar desde nuestra institución y nuestro propio ámbito de acción, para mejorar la atención y protección de niñas y mujeres maltratadas? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………
20
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
TALLER No. 2 Violencia hacia niñas y datos y cifras.
mujeres jóvenes:
Objetivos del Taller: A partir del desarrollo de este taller, los/las participantes deberán ser capaces de: • Revisar y analizar los datos y cifras de violencia contra niñas y mujeres jóvenes a nivel mundial. • Conocer las cifras estadísticas que ubican a Bolivia como uno de los países donde se ejerce más violencia contra niñas y mujeres jóvenes. • Reconocer que detrás de las cifras y datos estadísticos se encuentran personas, familias, comunidades y sociedades que sufren las consecuencias devastadoras de la violencia de género. • Reflexionar respecto al hecho de que muchas niñas, adolescentes y mujeres jóvenes no logran acceder al sistema de denuncias y por lo tanto no se encuentran reflejadas en las estadísticas.
21
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
“Violencia de Género: algunas cifras de esta pandemia mundial” La OMS ha alertado que la violencia contra las mujeres y las niñas constituye un problema de proporciones pandémicas, estableciendo que estamos frente a un problema de salud mundial. Según datos ofrecidos por diversos países, 7 de cada 10 mujeres sufren, en el transcurso de sus vidas, violencia física o sexual ejercida por varones, en su mayoría al interior de su propio hogar: padres, esposos, hijos u otros cercanos a su entorno familiar. La violencia contra las mujeres, es quizá la violación a los derechos humanos más extendida actualmente. Las consecuencias son devastadoras, no sólo en las vidas de las víctimas, sino en sus familias, las comunidades y las sociedades enteras ya que la violencia en todas sus formas, particularmente la violencia contra las mujeres, fractura las dinámicas familiares, sociales, económicas y políticas de las comunidades, por tanto detiene su desarrollo. La violencia de género adopta múltiples formas y tiene lugar en muchos lugares: violencia doméstica en el hogar, abuso sexual contra las niñas en la escuela, acoso sexual en el trabajo, violación a manos de esposos o desconocidos, en campos de refugiados, por costumbres religiosas, “por lavar el honor ”, como táctica de amedrentamiento e incluso de guerra. Entre las mujeres de entre 15 y 44 años de edad, los actos de violencia causan más muertes y discapacidad a nivel mundial que incluso el cáncer, la malaria, los accidentes de tráfico y la guerra juntos. Sólo para ejemplo, las siguientes cifras:
22
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Feminicidio • En los Estados Unidos, un tercio de las mujeres asesinadas cada año mueren a manos de un compañero íntimo. • En Sudáfrica, una mujer es asesinada cada 6 horas por un compañero íntimo. • En la India, fueron asesinadas 22 mujeres por día en 2007 por motivos relacionados con la dote. • En Guatemala son asesinadas 2 mujeres cada día.
Trata de personas • Las mujeres y las niñas en el mundo conforman el 80% de las 800.000 personas que se calcula que son sometidas anualmente a la trata y en su mayoría (79 %) son traficadas para la explotación sexual.
23
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Prácticas perjudiciales • Aproximadamente entre 100 y 140 millones de niñas y mujeres en el mundo han sufrido mutilación/ ablación genital femenina; en África, más de 3 millones de niñas corren riesgo de ser sometidas a esa práctica anualmente. • Más de 60 millones de niñas en todo el mundo son esposas niñas. Multitud de niñas son casadas antes de cumplir los 18 años principalmente en el Asia Meridional (31,1 millones) y en el África Subsahariana (14,1 millones).
Acoso Sexual • Entre el 40 y el 50 % de las mujeres de los países de la Unión Europea experimentan insinuaciones sexuales, agresiones verbales con contenido sexual, contactos físicos no deseados u otras formas de acoso sexual en el lugar de trabajo. • En los Estados Unidos, el 83 % de las niñas de entre 12 y 16 años de edad sufrieron alguna forma de acoso sexual en la escuela.
24
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Violencia sexual • En Chile 17 niñas y adolescentes son violadas al día. • En San Pablo, Brasil, una mujer es agredida sexualmente cada 15 segundos. • Se estima que unos 160 millones de niñas menores de 18 años sufrieron alguna forma de violencia sexual sólo en el año 2012. • Durante el embarazo 1 de cada 4 mujeres experimenta violencia física y/o sexual durante el embarazo, lo que incrementa las probabilidades de sufrir un aborto espontáneo, un aborto inducido o de dar a luz un/a bebé muerto/a. Hasta un 53 % de las mujeres abusadas físicamente por su compañero íntimo reciben patadas o puñetazos en el abdomen en plena gestación. • En Ecuador, las adolescentes que denuncian violencia sexual en la escuela identificaron a un docente como autor en el 37 % de los casos.
25
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
La violación como método de guerra • Aproximadamente entre 250.000 y 500.000 mujeres y niñas fueron violadas en el genocidio de Ruanda en 1994. • En el este de la República Democrática del Congo, han sido denunciados, desde 1996 hasta el año 2012, al menos 250.000 casos de violencia sexual, en su mayoría ejercida contra mujeres y niñas, aunque se cree que la cifra real es mucho más alta.
El costo de la violencia contra las mujeres • En Canadá, solamente la violencia doméstica le cuesta al gobierno 1,16 mil millones de dólares anuales • En Estados Unidos, la cifra sube a casi 6 mil millones de US$ en los Estados Unidos. • En Australia la violencia contra las mujeres y los niños y las niñas tiene un coste estimado de 11 mil millones de US$ por año.
26
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Actividad 1 En base a los datos y cifras mundiales que acabamos de ver, realizar un análisis grupal, a partir de las siguientes preguntas: 1. ¿Qué sentimos, percibimos y pensamos al escuchar estos datos sobre la violencia de género en diferentes países del mundo? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………… 2. Como servidores/as públicos/as, ¿qué tan acostumbrados/as estamos a manejar estadísticas sobre violencia de género? ………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………… 3. ¿Sabemos de qué manera se llega a obtener estos datos? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………
27
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
4. ¿Somos capaces de ver más allá de los números fríos y reconocer que detrás de los mismos existen muchas historias personales, pérdidas irreparables y familias que atraviesan por situaciones de dolor? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………… 5. ¿Cuál es el costo social de la violencia de género en el mundo? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………
28
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Bolivia: Primer país latinoamericano en violencia física hacia las mujeres. De los 12 países con la tasa más alta de feminicidios en el mundo, cinco son de América Latina: Bolivia, El Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia . Estos datos elaborados recientemente por la OPS, señalan además a Bolivia como el país con mayor violencia física hacia mujeres entre 15 y 49 años, en toda Latinoamérica.
Bolivia es el primer país latinoamericano en violencia física hacia las mujeres. Entre los países latinoamericanos, llama la atención que el 67% de las mujeres de la región considera inaceptable la violencia, pero todavía un tercio la considera como algo “natural”. En este sentido, Haití es el primer país donde las mujeres aceptan la violencia como algo natural (40%), mientras que Bolivia ocupa el tercer lugar entre las mujeres latinoamericanas que consideran que las agresiones, maltrato y violencia es algo natural por tanto aceptable. Las brechas entre mujeres/niñas y hombres/niños son aún amplias: en los países más pobres la escolaridad en niños/ varones llega a los 8 años; y en niños de mayores ingresos a los 14 años. El promedio de las mujeres en el primer caso es de 2 años y en el segundo de 5. Por otro lado, el 70% de las mujeres e instituciones encuestadas ven al machismo como la causa/ origen de tanta violencia y piden se establezcan diferentes acciones para ayudar a los hombres a manejar de mejor manera su masculinidad (la violencia entre hombres también está entre las principales causas de muerte y inhabilitación en la región).
29
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Datos estadísticos 2011 según denuncias de la Brigada de Protección a la Familia. Durante el primer semestre de la gestión 2011, las oficinas de la brigada de protección a la familia de la Policía Boliviana han registrado de 33.837 casos de violencia intrafamiliar en los nueve departamentos del país. Los casos registrados de violencia psicológica ascienden a 17.584, los casos de violencia física fueron 16.222 y llegaron a 31.000 los casos de violencia sexual. El departamento que registró la mayor cantidad de casos denunciados de violencia intrafamiliar en Bolivia fue Cochabamba, este departamento concentra el 33 por ciento de las denuncias, le sigue Santa Cruz con el 20 por ciento y La Paz con 19 por ciento. Estos tres departamentos aglutinan 24.189 casos de violencia intrafamiliar, lo que representa el 71% del total de los casos registrados en todo el país.
30
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Actividad 2 En grupos analizar las cifras de violencia de género en Bolivia y realizar la siguiente reflexión: 1. ¿Cuáles son las causas de esta escalada de violencia contra las niñas y mujeres en Bolivia? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… 2. Por qué la mayoría de casos sólo quedan en denuncias y no se llega a instancias siguientes? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… 3. Las mujeres desconfían y sienten desamparadas por las autoridades. Como servidores/as públicos/as, cual debería ser nuestro aporte en esta problemática? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………
31
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
TALLER No. 3 Los rostros de la violencia de género.
Objetivos del Taller: A partir del desarrollo de este taller, participantes deberán ser capaces de:
los
• Reconocer los tipos de violencia de género. • Identificar las formas más frecuentes de violencia de género desde las instituciones responsables de atender la problemática. • Identificar aquellas formas menos frecuentes de violencia de género que pueden pasar desapercibidas, no son denunciadas o no reciben la atención necesaria. • Reflexionar de forma autocrítica respecto a la forma cómo se puede mejorar la atención y protección de género a las víctimas de violencia, desde las instituciones donde trabajan.
32
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
La violencia tiene muchos rostros Cuando hablamos de violencia nos imaginamos acciones de golpes y agresiones fuertes que una persona ejerce sobre otra. Sin embargo, como vimos en el primer taller, la violencia se manifiesta en diferentes formas que incluso pueden ser sutiles, subliminales o consideradas normales. Todas las expresiones de maltrato, así sea un insulto, un pequeño golpe, ignorar las opiniones o no atender debidamente las necesidades de desarrollo de una niña, adolescente o mujer, son formas de violencia hacia la misma. Superando todo estereotipo o prejuicio, ha quedado demostrado que violencia contra la mujer no distingue estrato económico, edad, condición civil ni social. Si bien las denuncias más frecuentes suelen realizarlas en su mayoría mujeres o familiares de las mismas de estratos socioeconómicos bajos o populares, las situaciones de violencia se producen en todas las clases sociales, principalmente en entornos cercanos a la niña/ mujer, pero también fuera de ellos. Para su estudio, prevención y abordaje, se han realizado varias clasificaciones de la violencia. Veremos a continuación las establecidas por la Organización Mundial de Salud OMS y la establecida por la Ley 348, promulgada en Bolivia en el 9 de marzo del año 2013.
33
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Formas de violencia establecidas por la OMS. 1. Abandono Se refiere al incumplimiento de obligaciones por parte de quien está comprometido a proveer cuidados y protección y se puede manifestar en diferentes aspectos: en la alimentación, control o cuidados rutinarios, en atención emocional, necesidades médicas, vestido, vivienda y otros. Son aspectos que se presentan en todas las etapas de la vida de las mujeres.
2. Violencia Física Comprende un amplio rango de agresiones, desde un empujón a pellizcos, hasta lesiones graves con secuelas físicas permanentes, o la muerte misma. Las consecuencias son traumáticas. Su rango de gravedad en lo físico va desde hematomas, heridas, fracturas, lesiones en órganos internos, hemorragias, abortos, hasta conmoción cerebral y muerte.
3. Violencia Emocional o Psicológica Engloba una serie de comportamientos dirigidos al menoscabo de la autoestima de la niña o mujer. Comprende acciones de menosprecio a su persona o sus ideas, insultos, amenazas y posesividad, críticas a lo que hace, burlas, comparaciones desfavorables con otras personas, dejar de hablarle, resaltar defectos, poner sobrenombres ofensivos, tratarla como menor de edad cuando no lo es, destruir objetos personales, proferir amenazas verbales contra ella, sus familiares o sus hijos. Las consecuencias del maltrato psicológico son: baja autoestima, sentimientos de miedo, ira, vulnerabilidad, tristeza, depresión, humillación y desesperación. También puede provocar trastornos psiquiátricos como desánimo, ansiedad y estrés postraumático, trastornos de personalidad, desórdenes alimenticios (bulimia, anorexia, etc.) abuso o dependencia de alcohol, tabaquismo y otras sustancias nocivas, llevando al intento de suicidio, entre otros. 34
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
4. Violencia Sexual. Son conductas por parte de terceros que invaden físicamente el cuerpo de la mujer o de la niña, desde el acoso sexual, con palabras o proposiciones irrespetuosas, toqueteos, hasta la misma realización del acto sexual, con o sin penetración y sin su consentimiento ni deseo explícito. La violencia sexual se ejerce también por la misma pareja de la mujer cuando es obligada a tener relaciones sin que ella lo desee, lo cual se constituye en violación. De igual forma cuando se la obliga a realizar acciones sexuales y comportamientos con los que ella no se sienta a gusto. La violencia sexual de parejas incluyen críticas a su comportamiento sexual, comparación denigrante con otras mujeres, rechazo, etc. Las consecuencias físicas del maltrato sexual en general son lesiones o infecciones genitales, tracto urinario, bucales y embarazos no deseados. En el caso de abuso sexual a las niñas éste produce además de daños físicos, consecuencias y traumas psicológicos difíciles de superar.
35
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Formas de Violencia según la Ley 348 De acuerdo a la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, se establecen varias formas de violencia. En el marco de las formas de violencia física, psicológica, sexual y económica, de forma enunciativa, no limitativa, se consideran formas de violencia: 1. Violencia Física. Es toda acción que ocasiona lesiones y/o daño corporal, interno, externo o ambos, temporal o permanente, que se manifiesta de forma inmediata o en el largo plazo, empleando o no fuerza física, armas o cualquier otro medio. 2. Violencia Feminicida. Es la acción de extrema violencia que viola el derecho fundamental a la vida y causa la muerte de la mujer por el hecho de serlo. 3. Violencia Psicológica. Es el conjunto de acciones sistemáticas de desvalorización, intimidación y control del comportamiento, y decisiones de las mujeres, que tienen como consecuencia la disminución de su autoestima, depresión, inestabilidad psicológica, desorientación e incluso el suicidio. 4. Violencia Mediática. Es aquella producida por los medios masivos de comunicación a través de publicaciones, difusión de mensajes e imágenes estereotipadas que promueven la sumisión y/o explotación de mujeres, que la injurian, difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atenían contra su dignidad, su nombre y su imagen. 5. Violencia Simbólica y/o Encubierta. Son los mensajes, valores, símbolos, iconos, signos e imposiciones sociales, económicas, políticas, culturales y de creencias religiosas que transmiten, reproducen y consolidan relaciones de dominación, exclusión, desigualdad y discriminación, naturalizando la subordinación de las mujeres. 36
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
6. Violencia Contra la Dignidad, la Honra y el Nombre. Es toda expresión verbal o escrita de ofensa, insulto, difamación, calumnia, amenaza u otras, tendenciosa o pública, que desacredita, descalifica, desvaloriza, degrada o afecta el nombre, la dignidad, la honra y la reputación de la mujer. 7. Violencia Sexual. Es toda conducta que ponga en riesgo la autodeterminación sexual, tanto en el acto sexual como en toda forma de contacto o acceso carnal, genital o no genital, que amenace, vulnere o restrinja el derecho al ejercicio a una vida sexual libre segura, efectiva y plena, con autonomía y libertad sexual de la mujer. 8. Violencia Contra los Derechos Reproductivos. Es la acción u omisión que impide, limita o vulnera el derecho de las mujeres a la información, orientación, atención integral y tratamiento durante el embarazo o pérdida, parto, puerperio y lactancia; a decidir libre y responsablemente el número y espaciamiento de hijas e hijos; a ejercer su maternidad segura, y a elegir métodos anticonceptivos seguros. 9. Violencia en Servicios de Salud. Es toda acción discriminadora, humillante y deshumanizada y que omite, niega o restringe el acceso a la atención eficaz e inmediata y a la información oportuna por parte del personal de salud, poniendo en riesgo la vida y la salud de las mujeres. 10. Violencia Patrimonial y Económica. Es toda acción u omisión que al afectar los bienes propios y/o gananciales de la mujer, ocasiona daño o menoscabo de su patrimonio, valores o recursos; controla o limita sus ingresos económicos y la disposición de los mismos, o la priva de los medios indispensables para vivir.
37
Programa de Formación Contra la Violencia de Género 11. Violencia Laboral. Es toda acción que se produce en cualquier ámbito de trabajo por parte de cualquier persona de superior, igual o inferior jerarquía que discrimina, humilla, amenaza o intimida a las mujeres; que obstaculiza o supedita su acceso al empleo, permanencia o ascenso y que vulnera el ejercicio de sus derechos. 12. Violencia en el Sistema Educativo Plurinacional. Es todo acto de agresión física, psicológica o sexual cometido contra las mujeres en el sistema educativo regular, alternativo, especial y superior. 13. Violencia en el Ejercicio Político y de Liderazgo de la Mujer. Entiéndase lo establecido en el Artículo 7 de la Ley Nº 243 Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres. 14. Violencia Institucional. Es toda acción u omisión de servidoras o servidores públicos o de personal de instituciones privadas, que implique una acción discriminatoria, prejuiciosa, humillante y deshumanizada que retarde, obstaculice, menoscabe o niegue a las mujeres el acceso y atención al servicio requerido. 15. Violencia en la Familia. Es toda agresión física, psicológica o sexual cometida hacia la mujer por el cónyuge o ex-cónyuge, conviviente o ex-conviviente, o su familia, ascendientes, descendientes, hermanas, hermanos, parientes civiles o afines en línea directa y colateral, tutores o encargados de la custodia o cuidado. 16. Violencia Contra los Derechos y la Libertad Sexual. Es toda acción u omisión, que impida o restrinja el ejercicio de los derechos de las mujeres a disfrutar de una vida sexual libre, segura, afectiva y plena o que vulnere su libertad de elección sexual. 17. Cualquier otra forma de violencia que dañe la dignidad, integridad, libertad o que viole los derechos de las mujeres. 38
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Actividad 1 Respondamos de forma participativa: 1. ¿Qué tipo de violencia de género es la más común desde nuestra labor como servidoras/es públicas/es y por qué? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… 2. ¿Cuáles son las formas de violencia más denunciadas en nuestro trabajo? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… 3. ¿Qué hacer como servidoras/es públicas/os ante las otras formas de violencia que no se denuncian, se consideran normales o no se perciben? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… 4. ¿Qué dificultades tenemos como servidoras/es públicas/os para atender y proteger mejor a las víctimas de violencia de género? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………
39
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Actividad 2 Dinámica de Grupos Realizar un sociodrama en base a uno de los tipos de violencia establecidos en la Ley 348. Los personajes para la dramatización serán:
1. Agresor. 2. Víctima. 3. Personas vinculadas a la víctima. 4. Servidor/a Público/a.
40
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Para reflexionar Luego de realizar los sociodramas, promueva la reflexión entre los participantes de forma personal, en base a las siguientes preguntas:
1. Piense en una niña o mujer cercana a usted.
Escriba su nombre y algunas características que usted valora en ella.
2. ¿Cómo me sentiría yo, como padre, madre,
amigo, o familiar de esa niña o mujer joven, si ella es víctima de violencia física, psicológica o sexual?
3. Ahora que sé cómo me sentiría al respecto, ¿qué compromiso asumo frente a esta niña o mujer como servidor/a público/a para darle mejor atención desde mi rol cotidiano?
Anote la respuesta en una hoja aparte o en un lugar donde pueda leerla en los momentos en que necesite retomar fuerzas para continuar adelante en su rol de servidor/a público/a.
41
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
TALLER No. 4 La violencia de género y los entornos donde se produce
Objetivos del Taller: A partir del desarrollo de este taller, los/las participantes deberán ser capaces de: • Conocer los diferentes lugares y entornos donde se produce la violencia de género. • Reconocer los factores, causas y situaciones que generan riesgo de sufrir violencia para niñas, adolescentes y mujeres jóvenes. • Comprender que la violencia a niñas, adolescentes y mujeres no puede ser tolerada ni en el ámbito público, ni en el ámbito privado.
42
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
La discusión entre lo público y lo privado. El derecho norma su campo de acción en función de dos esferas: lo público y lo privado. Es así que en nuestro país, durante muchas décadas se consideró legalmente que los problemas que se suscitan en el domicilio de una familia, particularmente la violencia intrafamiliar seria una cuestión entre partes y en la esfera privada. Esto generó durante muchas décadas impunidad para los agresores y dejó a las víctimas totalmente desprotegidas. Esta situación estuvo respaldada por el mismo Código Penal en su Artículo 276 hasta diciembre del año 1995, cuando se realizó la derogación del mismo a partir de la promulgación de la Ley No. 1674, Ley contra la Violencia en la Familia o Doméstica.
43
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Lugares donde se ejerce violencia de género. Los riesgos que tienen las mujeres a toda edad, de ser víctimas de violencia se presentan tanto dentro como fuera de su hogar. Como vimos en las estadísticas, el lugar donde más se produce la violencia psicológica, física y sexual es en la propia casa de la víctima y mayormente por un agresor cercano a ella. Si bien la mayoría de casos de violencia corresponden a la violencia intrafamiliar, la violencia fuera del hogar también se produce y los entornos son diversos. Como muestra la ilustración, las niñas y mujeres son víctimas de violencia tanto en los entornos inmediatos como en los que no lo son.
Familia
Personas cercanas a la familia
Amigos o compañeros de estudio y/o trabajo
44
Otros conocidos
Desconocidos
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
La violencia Intrafamiliar o doméstica Actividad 1 Luego de ver el video que será presentado por el/ la facilitador/a, analizar personalmente y responder a las siguientes preguntas: 1. ¿Cuál es la situación de la violencia doméstica en Bolivia en general y en nuestra localidad, en particular? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………… 2. ¿Qué casos nos llamaron más la atención desde nuestra labor como servidores/as públicos/as? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………… 3.
¿Cómo procedemos ante casos de violencia intrafamiliar?
…………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………… 4. Desde nuestra esfera de acción, ¿cómo podemos mejorar la protección a las víctimas de violencia intrafamiliar? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………… 45
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
La violencia fuera del hogar. Los riesgos de sufrir maltratos y otras formas de violencia, se presentan fuera del hogar y la lista de lugares y entornos es bastante larga. Es así que a manera de enunciar estos lugares, señalamos los siguientes:
Lugares donde se producen situaciones de violencia de género. a. En la escuela o centro de formación (instituto, universidad, centros de clases extracurriculares donde acuden niñas y jovencitas, etc.) b. En el trabajo (independientemente del trabajo que se realice). c. En lugares donde se presta atención médica u otros servicios. d. Dentro de grupos religiosos, culturales, políticos, deportivos. e. En fiestas, festividades, entradas folklóricas, prestes, etc. f. En los medios de comunicación. g. En el cyber espacio (empleando internet, sobre todo en las denominadas “redes sociales”. La violencia contra la mujer no distingue estrato económico, edad, condición civil ni social.
46
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
¿Por qué se produce la violencia de género? El Machismo El problema de la violencia de género tiene orígenes multifactoriales, sin embargo la causa principal que se evidencia con directa relación es el machismo. Los estudios y estadísticas nos muestran que países con altos índice de violencia y asesinatos de mujeres son precisamente aquellos donde las sociedades son machistas. Y es que el machismo encierra toda una forma de estructurar el pensamiento que respalda prejuicios y comportamientos que denigran todo lo femenino, considerándolo de valor inferior al masculino en todo sentido: es decir, en capacidades y talentos, derechos, oportunidades, etc. El machismo es validado y reforzado continuamente con prácticas culturales, ancestrales, religiosas, etc. También se genera en el lenguaje sexista y en la repetición de patrones de crianza de generación en generación. Esto no significa que estas prácticas, ya sean tradiciones o formas de crianza no puedan y deban ser cortadas. Los psicoanalistas y expertos en comportamientos sociales señalan que detrás de las personalidades machistas se encuentran hombres muy inseguros de sí mismos, celosos en extremos, envidiosos y/o temerosos de los logros de su compañera o de las mujeres en general y con graves problemas de identidad y de comprensión de su masculinidad. Para poder enfrentar, atender, proteger y erradicar la violencia, es imprescindible que comprendamos las causas que la generan. No se trata de justificar las raíces profunda de la violencia, sino de identificar las principales causas para poder hacer frente a este terrible mal que aqueja a nuestra sociedad. El machismo en su forma más extrema se denomina misogimia, que consiste en el odio hacia las mujeres, por el simple hecho de ser mujeres.
47
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
La mercantilización del cuerpo de la mujer y el morbo en torno a la figura femenina Mientras no se valore a la mujer como ser humano y se la reduzca a un simple objeto: de belleza, de placer, de reproducción familiar, de atención del hogar, de crianza de los hijos, etc. la desvalorización y, en consecuencia la violencia hacia ella seguirá existiendo. Vemos que la desvalorización de la mujer y la explotación comercial de su cuerpo son constantes en nuestras sociedades y van desde el uso subliminal o directo del cuerpo de la mujer en mensajes publicitarios, pasando por la pornografía hasta la explotación sexual y proxenetismo. Los ejemplos abundan, pero veamos tan solo un par de ellos bastante habituales: • Se usan cuerpos de mujeres desnudos o casi desnudos para comercializar productos que nada tienen que ver con el cuerpo femenino, pero van dirigidos mayormente al público masculino: repuestos de autos, materiales de construcción, cerveza, muebles, etc. • Los programas deportivos en prensa y televisión, enfocan sus cámaras de forma totalmente irrespetuosa hacia los senos o nalgas de adolescentes y mujeres jóvenes deportistas, dejando en segundo plano la noticia deportiva, que debería ser el centro de atención. La forma como una sociedad trata a las mujeres, dice mucho de ella. En este sentido, la “cosificación” de las mujeres es un mal que reproduce la violencia de género en todas sus formas.
48
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
La falta de educación en valores La crisis de valores es una realidad que atañe a todas las sociedades. En mundo globalizado vemos cómo se comenten crímenes, abusos y hechos de toda naturaleza donde la falta de escrúpulos y valores es total. La educación en valores es fundamental para recuperar el rumbo de la humanidad y sanar las sociedades. Cuando hablamos de valores humanos, nos referimos principalmente al respeto, a la tolerancia, a la solidaridad, a la ética profesional, a la justicia y otros que nos promueven una cultura de paz libre de violencia. La educación en valores debe comenzar por los hogares y reforzarse en las escuelas, los centros de formación y entornos de trabajo, particularmente en las entidades públicas y organizaciones responsables de luchar contra la violencia.
Baja autoestima y desvalorización de las mujeres en general Mujeres y sociedades que consideran como “normales” los maltratos de género hacen que la violencia crezca y se ven encerradas en un círculo vicioso del que muchas veces sólo la muerte las libera. Los maltratadores buscan mujeres con baja autoestima y van calando emocionalmente el amor propio, la dignidad, la valía de la mujer. La misma llega a desarrollar un sentimiento de culpabilidad y absoluta responsabilidad justificando a su agresor pues “ella merece” los golpes, insultos y maltratos. La víctima incluso suele pedir perdón a su agresor, teniendo una distorsión total de la realidad. Es por ello que la autoestima tanto personal, como colectiva de las mujeres debe ser reforzada para luchar contra la violencia género. 49
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Mitos que justifican la violencia de género El alcoholismo, el estrés, los celos, los problemas económicos, las formas de crianza, la costumbre, etc., no son motivos para justificar la violencia. Estas son sólo excusas y mitos que se tienen en torno a los motivos por los cuales una niña es maltratada. Por ejemplo, recientes estudios en España demostraron que sólo el 4% de hombres maltratadores se encontraba en estado de ebriedad al momento de agredir a sus parejas. Es tarea nuestra desmitificar la violencia de género, reconociendo mitos en expresiones, tales como: “Ella se lo buscó”, “Pegar es amar”, “La mujer se lo busca”, “el hombre no puede aguantarse”, etc.
50
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Actividad 2 Dinámica de grupos Responder las siguientes preguntas
• ¿En qué situaciones debemos tener mayor alerta para proteger de la violencia a las niñas, jovencitas y mujeres jóvenes? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… • ¿Cuáles son las formas de machismo más frecuentes en nuestra sociedad y qué relación tienen con la violencia de género? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… • ¿Qué valores debe tener un/a servidor público/a en general sobre todo para proteger efectivamente a las víctimas de violencia de género? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………
51
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Taller 5 Protección efectiva y oportuna contra la violencia de género. Objetivos del Taller: A partir del desarrollo de este taller, los/as participantes deberán ser capaces de: • Reconocer la importancia y responsabilidad en otorgar protección efectiva y oportuna contra la violencia de género. • Analizar los principios que sustentan la Ley 348 y las medidas de protección establecidas en la misma. • Compartir las formas cotidianas cómo se realizan acciones de protección desde las entidades públicas. • Identificar las fallas en el sistema de protección y proponer alternativas para mejorar el mismo.
52
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Principios y Valores de la Ley Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia. Los principios y valores por los que se rige la Ley 348, son los siguientes:
1. Vivir Bien 2. Igualdad 3. Inclusión 4. Trato Digno 5. Complementariedad 6. Armonía 7. Igualdad de Oportunidades 8. Equidad Social 9. Equidad de Género 10. Cultura de Paz 11. Informalidad 12. Despatriarcalización 13. Atención Diferenciada
53
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Actividad 1 Dinámica de grupos
Analizar los principios y valores de la Ley 348 a partir de las siguientes preguntas: 1. ¿Qué significado tiene para nosotros como servidores/as públicos/as, cada uno de estos valores y principios? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… 2. A partir de la práctica cotidiana como servidores/as públicos/as, ¿cómo debemos aplicar los principios señalados? Inclusión …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… • Cultura de paz …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… • Informalidad …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… • Despatriarcalización …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… • Atención Diferenciada …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… • Especialidad …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………… 54
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Finalidad de las medidas de protección. La Ley 348, en su capítulo tercero, establece una serie de medidas dirigidas a garantizar la protección de las mujeres. Estas medidas “tienen por objeto interrumpir e impedir un hecho de violencia contra las mujeres, o garantizar, en caso de que éste se haya consumado, que se realice la investigación, procesamiento y sanción correspondiente”.
Las medidas de protección son de aplicación inmediata, que impone la autoridad competente para salvaguardar la vida, la integridad física, psicológica, sexual, derechos patrimoniales, económicos y laborales de las mujeres en situación de violencia y los de sus dependientes.
55
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Actividad 2 Leer y analizar el capítulo III de la Ley No.348, en sus artículos 32 al 41. 1. ¿Cómo deberían concretarse estas medidas de protección? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… 2. ¿Qué medidas de protección concreta realizamos actualmente como servidoras/es pública/os para evitar la violencia y proteger a las víctimas? …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………………………
56
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
La intervención en situaciones de violencia La intervención es la acción inmediata que se realiza ante un hecho de violencia, para restituir el derecho que ha sido vulnerado 2 . Por ello, cuando atendemos a una niña, jovencita o mujer víctima de violencia, debemos: • Hacerlo con mucha responsabilidad, respeto y amabilidad. • Hacer que los tiempos de espera sean breves. • Presentarnos dando nuestro nombre y explicar lo que vamos hacer y por qué lo haremos. • Dar confianza y seguridad. • Tomarnos el tiempo necesario para atenderla.
2
Guia de Calidez en la Intervención y Prevención de la Violencia
57
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Ante todo prejuicios
buen
trato
y
libre
de
La protección efectiva y oportuna pasa por tener ante todo una actitud de trato digno hacia las víctimas de violencia de género. Muchas de las mujeres que fueron víctimas de violencia, reportaron que no se sintieron cómodas con el trato que recibieron en las instancias donde acudieron y se sintieron nuevamente víctimas de policías, abogados y jueces. 3 “Ir a los juzgados y pasar por todo eso, es como ser violada nuevamente” en lugar de recibir comprensión, apoyo y protección. Por ejemplo, preguntas hechas a víctimas de violencia sexual, tales como, podrían contener prejuicios y re-victimizar a la mujer, minimizando la agresión o cargando la culpa sobre ella: • ¿Cómo estaba vestida, o porqué se viste así provocativamente? • ¿Qué relación tiene Ud. con el agresor? Y si es alguien cercano, entonces concluir en que fue sexo consentido, o minimizar la agresión por el parentesco o cercanía. • ¿Dónde y qué hora era? Y si era tarde, ¿qué hacia Ud. a esas horas por allí? • Otras preguntas que tengan que ver con la vida íntima, forma de vestir o historia personal.
3
58
Mujeres Creando: violencia y sexualidad
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Actividad 3 1. ¿Qué sucede en la entidad donde somos servidores públicos/as?
a. En grupos formados preferiblemente
por miembros de la misma entidad donde trabajamos, realizar un análisis FODA respecto a la atención y protección que otorgamos a las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes víctimas de violencia de género . b. Presentar los principales resultados al resto de los participantes. c. Abrir el debate e intercambio de opiniones de forma constructiva.
2. En base al análisis de las entidades, juntos
realicemos un Plan de Incidencia interinstitucional cuya finalidad sea mejorar la atención efectiva a las niñas, adolescentes y mujeres jóvenes, víctimas de maltrato y violencia de género.
59
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Esquema básico para armar el plan de incidencia a. Principal problemática a abordar. b. Objetivo principal. c. Objetivos secundarios. d. Metas concretas a alcanzar. e. Tiempo de ejecución del plan. f. Estrategia y principales acciones a realizar. g. Recursos: humanos, tecnológicos, económicos, etc. h. Entidades participantes. i. Niveles de coordinación y responsables a cargo. j. Participación de la sociedad civil y otros actores clave. k. Validación previa del plan, socialización y ajustes. l. Formas e indicadores de evaluación
3. Reflexión: ahora que tenemos un plan
de incidencia, respondamos las siguientes preguntas:
a. ¿Qué necesitamos para llevar a la práctica nuestro plan?
b. ¿Qué acciones priorizaremos para que nuestro plan sea efectivo y comience a avanzar?
c. Mientras estas acciones se van coordinando,
¿qué acciones podemos realizar de forma personal y al interior de nuestra entidad para mejorar nuestro trabajo como servidores/as públicos/as?
60
SEGUNDO EJE Instrumentos legales internacionales y nacionales para la protecci贸n contra la violencia de g茅nero
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
I. Marco Internacional Los principales compromisos e instrumentos internacionales que existen para luchar contra la violencia de género son:
1. Convención sobre la Eliminación de
todas las formas de discriminación contra Mujer- CEDAW. 2. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres de Belém Do Pará. – 1994. 3. Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing- 1995. Por su relevancia en el ámbito de la protección, presentamos los datos más relevantes respecto al CEDAW y a la Convención Interamericana de Belem Do Pará.
Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer - CEDAW A la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y se la conoce también como CEDAW por sus siglas en inglés. Se trata de un instrumento jurídico internacional, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas. La CEDAW tiene un preámbulo, 16 artículos sobre los derechos de las mujeres y 12 artículos sobre la elaboración de informes y la creación del Comité de la CEDAW. Dicho Comité hace seguimiento a los informes que envía cada país que la ha ratificado.
62
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Comité de la CEDAW Los países suscritos aceptan implementar diferentes acciones para erradicar la discriminación contra las mujeres: • Incorporación de principios de equidad entre hombres y mujeres en el sistema legal, abolir todas las leyes discriminatorias y adoptar leyes que prohíben la discriminación contra las mujeres. • Establecer tribunales y otras instituciones públicas para asegurar la protección de mujeres contra la discriminación. • Asegurar la eliminación de todas acciones de discriminación contra las mujeres por personas, organizaciones o empresas.
Situación en Bolivia El Estado boliviano ratificó la CEDAW el 15 de septiembre de 1989, mediante Ley 1100. La Convención fue incorporada a la normativa con carácter vinculante y de obligatoriedad desde el 8 de julio de 1990, habiendo ratificado el Protocolo Facultativo el 6 de octubre de 2000.
63
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Presentación de informes de Bolivia al Comité de la CEDAW Como parte de ese compromiso, el Estado boliviano ha presentado un primer informe ante el Comité de la CEDAW el 8 de julio de 1991; los posteriores 2do, 3er y 4to informes periódicos acumulados, han sido presentados por la actual gestión administrativa en enero de 2008, durante las 811ª y 812ª reuniones del Comité de la CEDAW. En dichas reuniones se han elaborado recomendaciones al Estado boliviano para que éstas se incorporen, como estrategia nacional, en las políticas públicas y los programas de acción, posibilitando así, disminuir las brechas sociales, políticas, económicas y sexuales de la mujer con respecto al hombre. Al momento de publicar esta cartilla (2012) está aun en revisión el informe 2011 que Bolivia debe presentar al Comité de la CEDAW.
Recomendaciones que recibió Bolivia de la CEDAW El 1er informe de Bolivia fue evaluado por el comité de la CEDAW con las primeras observaciones finales en enero de 1995, durante el 14° período de sesiones. La evaluación recoge los principales aspectos positivos y las preocupaciones con respecto al grado de cumplimiento de la Convención de parte del Estado. Asimismo se incluyeron recomendaciones para que sean cumplidas en el corto y mediano plazo por el Estado boliviano referidas a los ámbitos de justicia, trabajo, estadísticas, salud y educación. En el 2do, 3er y 4to informe fueron presentados de forma combinada al Comité en marzo de 2006. En el informe el Comité expresa su satisfacción por las reformas legislativas, pero también expresa su preocupación, entre varios aspectos, sobre tareas pendientes como:
64
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
• Mantenimiento de preceptos discriminatorios en derecho penal y civil. • Falta de una política integral de institucionalización y transversalización del enfoque de género • Elevados indicadores de violencia en Bolivia contra las mujeres y feminicidio. • El limitado acceso de mujeres a la justicia así como la dilatación de procesos y el coste asociado. • La insuficiente representación de mujeres en cargos de responsabilidad y la desigualdad laboral. • La brecha existente entre la fecundidad observada y la fecundidad deseada, así como otros varios aspectos pendientes.
Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Capítulo 1: Definición y Ámbito de Aplicación Artículo 1 Para los efectos de esta convención debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.
65
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Artículo 2 Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica.
a. Que tenga lugar dentro de la familia y o
unidad domestica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual.
b. Que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar.
c. Que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra.
Capítulo II: Derechos Protegidos Artículo 3 Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado.
Artículo 4 Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. Estos derechos comprenden, entre otros:
66
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
a. El derecho a que se respete su vida. b. El derecho a que se respete su integridad física,
psíquica y moral. c. El derecho a la libertad y a la seguridad personal. d. El derecho a no ser sometida a torturas. e. El derecho a que se respete la dignidad inherente a su persona y que se proteja a su familia. f. El derecho a igualdad de protección ante la ley y de la ley. g. El derecho a un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos. h. El derecho a la libertad de asociación. i. El derecho a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos incluyendo la toma de decisiones.
Artículo 5 Toda mujer podrá ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y contará con la total protección de esos derechos consagrados en los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos. Los Estados Partes reconocen que la violencia contra la mujer impide y anula el ejercicio de esos derechos.
Artículo 6 El derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye, entre otros: a. El derecho de la mujer a ser libre de toda forma de discriminación. b. El derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.
67
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Capítulo III: Deberes de los Estados Artículo 7 Los Estados Partes condenan todas las formas de violencia contra la mujer y conviene en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia y en llevar a cabo lo siguiente:
a. Abstenerse de cualquier acción o práctica de
violencia contra la mujer y velar porque las autoridades, sus funcionarios, personal y agentes e instituciones se comporten en conformidad con la obligación. b. Actuar con la debida diligencia, para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer. c. Incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso. d. Adoptar medidas jurídicas para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad. e. Tomar todas las medidas apropiadas, incluyendo medidas de tipo legislativo, para modificar o abolir leyes y reglamentos vigentes o para modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer. f. Establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales procedimientos. g. Establecer los mecanismos judiciales y administrativos necesarios para asegurar que la mujer objeto de violencia tenga acceso efectivo a resarcimiento, reparación del daño u otros medios de compensación justos y eficaces. h. Adoptar las disposiciones legislativas o de otra índole que sean necesarias para hacer efectiva esta Convención.
68
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Artículo 8 Los Estados Partes convienen en adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para:
a. Fomentar el conocimiento y la observancia del
derecho de la mujer a una vida libre de violencia, y el derecho de la mujer a que se respeten y protejan sus derechos humanos
b. Modificar los patrones socioculturales de
conducta de hombres y mujeres, incluyendo el diseño de programas de educación formales y no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo, para contrarrestar prejuicios y costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitimizan o exacerban la violencia contra la mujer.
c. Fomentar la educación y capacitación del
personal en la administración de justicia, policial y demás funcionarios encargados de la aplicación de las políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer.
d.
Suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia por medio de entidades de los sectores público y privado, inclusive refugios, servicio de orientación para toda la familia, cuando sea el caso, y cuidado y custodia de los menores afectados.
e. Fomentar y apoyar programas de educación
gubernamentales y del sector privado destinados a concientizar al público sobre los problemas relacionados con la violencia contra la mujer, los recursos legales y a la reparación que corresponda. 69
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
f. Ofrecer a la mujer objeto de violencia acceso a
programas eficaces de rehabilitación y capacitación que le permitan participar plenamente en la vida pública, privada y social.
g. Alentar a los medios de comunicación a elaborr
directrices adecuadas de difusión que contribuyan a erradicar la violencia contra la mujer en todas sus formas y a realzar el respecto a la dignidad de la mujer.
h. Garantizar la investigación y recopilación de
estadísticas y demás información pertinente sobre las causas, consecuencias y frecuencia de la violencia contra la mujer, con el fin de evaluar la eficacia de las medidas para prevenir, sancionar y eliminar la violencia contra la mujer y de formular y aplicar los cambios que sean necesarios y promover la cooperación internacional para el intercambio de ideas y experiencias y la ejecución de programas encaminados a proteger a la mujer objeto de violencia.
Artículo 9 Para la adopción de las medidas a que se refiere este capítulo, los Estados Partes tendrán especialmente en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer en razón, entre otras, de su raza o de su condición étnica, de migrante, refugiada o desplazada En igual sentido se considerará a la mujer que es objeto de violencia cuando esté embarazada, es discapacitada, menor de edad, anciana o está en situación socioeconómica desfavorable o afectada por situaciones de conflictos armados o de privación de su libertad.
70
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Capítulo IV: Mecanismos Interamericanos de Protección Artículo 10 Con el propósito de proteger el derecho de la mujer a una vida libre de violencia, en los informes nacionales a la Comisión Interamericana de Mujeres, los Estados Partes deberán incluir información sobre las medidas adoptadas para prevenir y erradicar la violencia contra la mujer, para asistir a la mujer afectada por la violencia, así como sobre las dificultades que observen en la aplicación de las mismas y los factores que contribuyan a la violencia contra la mujer.
Articulo 11 Los Estados Partes esta Convención y la Comisión Interamericana de Mujeres, podrán requerir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos opinión consultiva sobre la interpretación de esta convención.
Artículo 12 Cualquier persona o grupo de personas, o entidad no gubernamental legalmente reconocida en uno o más Estados miembros de la Organización, puede presentar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos peticiones que contengan denuncias o quejas de violación del artículo 7 de la presente convención por un Estado Parte, y la Comisión las considerará de acuerdo con las normas y los requisitos de procedimiento para la presentación y consideración de peticiones estipulados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el Estatuto y el Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
71
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
II. Marco Nacional El marco legal nacional vinculado a violencia de género está conformado fundamentalmente por las siguientes normas y documentos:
1. Nueva Constitución Política del Estado (NCPE) 2. Ley 348: Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia
3. Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos 4. Plan Nacional de Desarrollo 5. Estatuto del Funcionario Público 6. Código de Niño, Niña y Adolescente 7. Ley No.1674 Contra la Violencia en la Familia o Doméstica.
8. Ley No.243 Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres.
9. Ley No.2033 De Protección a la víctimas de delitos contra la libertad Sexual
10. Ley Municipal de Lucha y Prevención contra la Violencia Escolar
Por su relevancia en el tema, veremos a continuación algunos artículos relevantes de la Nueva Constitución Política del Estado y la reciente Ley No. 348, haciendo énfasis en la protección contra la violencia.
72
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Una mirada desde la Constitución Política del Estado Cualquier que sea la forma que la violencia adopte contra las niñas, jóvenes o mujeres, se constituye en una vulneración directa del Artículo 15 de la Nueva Constitución Política del Estado. Por tanto, cualquier acto de violencia de género es una violación a los derechos fundamentales constitucionales. La principal Norma boliviana señala que todas las personas, particularmente las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en el seno de la familia como en la sociedad. De igual forma establece que el Estado adoptará todas las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar muerte, dolor y sufrimiento físico,sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como en el ámbito privado. Veamos a continuación los principales artículos referidos en la Nueva Constitución Política del Estado. Se aclara que se presentan sólo los artículos de mayor interés para la temática de Protección contra la violencia de Género.
73
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Capítulo Segundo: Fundamentales Artículo 15
Derechos
I. Toda persona tiene derecho a la vida y a la
integridad física, psicológica y sexual. Nadie será torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhumanos, degradantes o humillantes. No existe la pena de muerte.
II. Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad.
III. El Estado adoptará las medidas necesarias
para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, acusar muerte, dolor y sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como privado.
IV. Ninguna persona podrá ser sometida a desaparición forzada por causa o circunstancia alguna.
V. Ninguna persona podrá ser sometida a servidumbre ni esclavitud. Se prohíbe la trata y tráfico de personas.
74
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Capítulo Tercero: Derechos Civiles y Políticos Sección I: Derechos Civiles Artículo 22 La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado.
Artículo 23 Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal.
Sección V: Derechos de la Niñez, Adolescencia y Juventud Artículo 59 I. Toda niña, niño y adolescente tiene derecho a su desarrollo integral. II. Toda niña, niño y adolescente tiene derecho a vivir y a crecer en el seno de su familia de origen o adoptiva. Cuando ello no sea posible, o sea contrario a su interés superior, tendrá derecho a una familia. III. Todas las niñas, niños y adolescentes, sin distinción de su origen, tienen iguales derechos y deberes respecto a sus progenitores. La discriminación entre hijos por parte de los progenitores será sancionada por ley. IV. Toda niña, niño y adolescente tiene derecho a la identidad y la filiación respecto a sus progenitores. Cuando no se conozcan los progenitores se utilizarán el apellido convencional elegido por la persona responsable de su cuidado. V. El Estado y la sociedad garantizarán la protección, promoción y activa participación de las jóvenes y los jóvenes en el desarrollo productivo, político, social, económico y cultural, sin discriminación alguna, de acuerdo con la ley. 75
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Artículo 60 Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado.
Artículo 61 I. Se prohíbe y sanciona toda forma de violencia contra las niñas, niños y adolescentes, tanto en la familia como en la sociedad.
II. Se prohíbe el trabajo forzado y la explotación infantil. Las actividades que realicen las niñas, niños y adolescentes en el marco familiar y social estarán orientadas a su formación integral como ciudadanas y ciudadanos y tendrán una función formativa. Sus derechos, garantías y mecanismos institucionales de protección serán objeto de regulación especial.
Sección VI: Derechos de las Familias Artículo 62 El Estado reconoce y protege a las familias como el núcleo fundamental de la sociedad y garantizará las condiciones sociales y económicas necesarias para su desarrollo integral. Todos los integrantes tienen igualdad de derechos, obligaciones y oportunidades.
Artículo 63 I. El matrimonio entre una mujer y un hombre se
constituye por vínculos jurídicos y se basa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges. 76
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
II. Las uniones libres o de hecho que reúnan
condiciones de estabilidad y singularidad, y sean mantenidas entre un hombre y una mujer sin impedimento legal, producirán los mismos efectos que el matrimonio civil, tanto en las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes como en lo que respecta a hijas e hijos adoptados o nacidos de aquellas.
Artículo 64 I. Los cónyuges o convivientes tienen el deber de
atender en igualdad de condiciones y mediante el esfuerzo común el mantenimiento y responsabilidad del hogar, la educación y formación integral de las hijas e hijos mientras sean menores o tengan alguna discapacidad.
II. Es Estado protegerá y asistirá a quienes sean responsables de las familias en el ejercicio de sus obligaciones.
Articulo 66 Se garantiza a las mujeres y a los hombres el ejercicio de sus derechos sexuales y sus derechos reproductivos.
77
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Título IV: Garantías Jurisdiccionales y Acciones de Defensa Capítulo Primero: Jurisdiccionales
Garantías
Artículo 110 I.
Las personas que vulneren derechos constitucionales quedan sujetas a la jurisdicción y competencia de las autoridades bolivianas.
II. La vulneración de los derechos constitucionales
hace responsables a sus autores intelectuales y materiales.
III. Los atentados contra la seguridad personal
hacen responsables a sus autores inmediatos, sin que pueda servirles de excusa el haberlos cometido por orden superior.
Artículo 113 I. La vulneración de los derechos concede a las victimas el derecho a la indemnización, reparación y resarcimiento de daños y perjuicios de forma oportuna.
Artículo 114 Queda prohibida toda forma de tortura, desaparición, confinamiento, coacción, exacción o cualquier forma de violencia física o moral. Las servidoras públicas y servidores públicos o las autoridades públicas que las apliquen, instiguen o consientan, serán destituidas o destituidos, sin perjuicio de las sanciones determinadas por la ley.
78
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Título V: Sanciones de Control, de Defensa de la Sociedad y de Defensa del Estado Capítulo Segundo: Función de Defensa de la Sociedad Sección I: Defensoría del Pueblo Artículo 222 Son atribuciones de la Defensoría del Pueblo, además de las que establecen la Constitución y la ley:
1. Interponer las acciones de Inconstitucionalidad,
de libertad, de Amparo Constitucional, de Protección a la Privacidad, Popular, de Cumplimiento y el recurso directo de nulidad, necesidad de mandato. 2. Presentar proyectos de ley y proponer modificaciones a leyes, decretos y resoluciones no judiciales en materia de su competencia. 3. Investigar de oficio, o a solicitud de parte, los actos u omisiones que impliquen violación de los derechos individuales y colectivos, que se establecen en la Constitución, las leyes y los instrumentos internacionales, e instar al Ministerio Público al inicio de las acciones legales que correspondan. 4. Solicitar a las autoridades y servidores públicos información respecto a las investigaciones que realice la Defensoría del Pueblo, sin que puedan oponer reserva alguna. 5. Formular recomendaciones, recordatorios de deberes legales y sugerencias para la inmediata adopción de correctivos y medidas a todos los órganos e instituciones del Estado, y emitir censura pública por actos o comportamientos contrarios a dichas formulaciones. 6. Acceder libremente a los centros de detención e internación sin que pueda oponerse objeción alguna. 7. Ejercer sus funciones sin interrupción de ninguna naturaleza, aun en caso de declaratoria de estado de excepción. 8. Asistir con prontitud y sin discriminación a las personas que soliciten sus servicios. 9. Elaborar los reglamentos necesarios para el ejercicio de sus funciones. 79
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Artículo 223 Las autoridades y los servidores públicos tienen la obligación de proporcionar a la Defensoría del Pueblo la información que solicite en relación con el ejercicio de sus funciones. En caso de no ser debidamente atendida en su solicitud, la Defensoría interpondrá las acciones correspondientes contra la autoridad, que podrá ser procesada y destituida si se demuestra el incumplimiento.
Capítulo Cuarto: Servidoras Públicas y Servidores Públicos Artículo 232 La Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados.
Artículo 235 Son obligaciones de las servidoras y los servidores públicos:
1. Cumplir la Constitución y las leyes 2. Cumplir con sus responsabilidades de acuerdo con los principios de la función pública
80
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Título VII: Boliviana
Fuerzas
Armadas
y
Policía
Capítulo Segundo: Policía Boliviana Artículo 251 La policía boliviana, como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público, y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano. Ejercerá la función policial de manera integral, indivisible y bajo mando único, en conformidad con la Ley Orgánica de la Policía Boliviana y las demás leyes del Estado.
Tercera Parte: Estructura y Organización Territorial del Estado Título I: Organización Territorial del Estado Capítulo Octavo: Competencias
Distribución
de
Artículo 302 I. Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción:
2. Planificar y promover el desarrollo humano en su jurisdicción.
9. Estadísticas municipales. 39. Promoción y desarrollo de proyectos y políticas para la niñez y la adolescencia, mujer, adulto mayor y personas con discapacidad.
42. Planificación del desarrollo municipal en concordancia con la planificación departamental y nacional.
II. Serán también de ejecución municipal las competencias que le sean transferidas o delegadas.
81
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Cuarta Parte: Estructura y Organización Económica del Estado Capítulo Primero: Disposiciones generales Artículo 313 Para eliminar la pobreza y la exclusión social y económica, para el logro del vivir bien en todas sus múltiples dimensiones, la organización económica boliviana establece los siguientes propósitos:
1. Generación del producto social en el marco del respeto de los
derechos individuales, así como de los derechos de los pueblos y las naciones. 2. La producción, distribución y redistribución justa de la riqueza y de los excedentes económicos. 3. La reducción de las desigualdades de acceso a los recursos productivos.
Sección IV: Políticas Sectoriales Artículo 338 El Estado reconoce el valor económico del trabajo del hogar como fuente de riqueza y deberá cuantificarse en las cuentas públicas.
Ley 348: Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia.
La Ley 348 fue promulgada del 9 de Marzo del año 2013 en medio de una ola creciente de casos de violencia intrafamiliar a niñas y mujeres que terminaron con la muerte de la víctima. Esta nueva ley propone tres ámbitos de acción:
a. Prevención b. Protección c. Sanción Artículo 5
“Las autoridades y servidores públicos de todos los Órganos, Instituciones Públicas, Entidades Territoriales Autónomas y la sociedad civil, tienen la obligación de hacerla cumplir, bajo responsabilidad penal, civil y administrativa”. 82
Entidades encargadas de atender y proteger a vĂctimas de violencia
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Entidades Públicas Defensorías de la Niñez y Adolescencia Conocidas también como DNA, son instancias dependientes de los Gobiernos Municipales en la mayoría de municipios del país. Como su nombre indica tienen como principal propósito defender los derechos de niños, niñas y adolescentes. Línea gratuita 156 desde cualquier teléfono, incluso público. Las 24 Horas del día. Línea gratuita 800104100, en horarios de oficina. Las defensorías cuentan con albergues transitorios dependientes también de los Gobiernos Municipales. Acogen a niños, niñas y adolescentes en riesgo de maltrato o violencia hasta que quede definida su situación de guarda, generalmente entre sus progenitores.
Servicio Legal Integral Municipal Conocidos como SLIMs. También dependen del Gobierno Municipal. Patrocinan juicios por violencia intrafamiliar o doméstica.
Brigada de Protección a la Familia Esta es una unidad dependiente de la Policía Nacional. Atiende denuncias de violencia intrafamiliar o doméstica.
84
Manual de Formación para Servidores/as Públicos/s
Entidades no gubernamentales La Paz – El Alto • Casa Virgen de los Deseos.
Consultorio Jurídico, asesoramiento legal y psicológico a mujeres víctimas de maltrato. Cuentan con hospedaje para apoyar a mujeres que desean salir del círculo de la violencia. www.mujerescreando.org.bo E.mail: mujerescreando@alamo.entelnet.bo cel: (+ 591) 72049538 tlf: (+591) (2) 2413764
• Centro de Promoción de la Mujer Gregoria Apaza. Centros Yanap’tasiñani.
Son centros de prevención, capacitación y apoyo a víctimas de violencia. Atendido por “agentes comunitarias”, mujeres, que además se autocalifican como “sobrevivientes” de la violencia, principalmente intrafamiliar. Funcionan en la ciudad de El Alto
• CIES Centro de Investigación y Educación en Salud Sexual y Reproductiva
Calle Colombia 549, a una cuadra de la Plaza San Pedro . Teléfonos 2484871-2485111
Cochabamba • Centro de Apoyo a la Mujer y a la Niñez • Infante –Bolivia Sostenible
Apoya a víctimas de violencia doméstica y sexual. Protege también a niños, niñas y jóvenes del riesgo de la trata y tráfico de personas. Cuenta con albergues para las victimas. Dirección Calle Julio Arauco Prado 230 Zona Las Cuadras Cochabamba, Bolivia 85
Programa de Formación Contra la Violencia de Género
Santa Cruz • La Casa de la Mujer
Cuenta con servicios de apoyo psicosocial y jurídico para mujeres de todas las edades, que sean víctimas de violencia Av. Hernando Sanabria Esq. Tercer Anillo Interno Telf. 591-3-352-1803 | Fax 591-3-352-1451 www.casadelamujer.org.bo
• Casa los Deseos de la Virgen www.mujerescreando.org.bo
Beni • Coordinadora de la Mujer Trinidad, Calle Bolivar 340 Trinidad
• Progénero
Av. Mara s/n entre Héroes del Chaco y Oscar Rivero. Barrio Petrolero. Teléfono 8523990 Riberalta
Tarija • Mujeres en Acción
Calle Potosi 546, al lado del IME
86