Estudios de Casos

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4 Casos sobre mecanismos de Participación Ciudadana 1.Cabildo abierto Es un mecanismo de participación que se promueve en municipios, distritos, localidades, comunas o corregimientos. Los citados entes territoriales están representados por concejos municipales o distritales o por Juntas Administradoras Locales (JAL), que a lo largo de su período de sesiones ordinarias (es decir, a lo largo del tiempo que estén a cargo de la representación de los habitantes de esos sectores), deben destinar al menos dos sesiones a las peticiones que el pueblo desea que sean analizadas y tenidas en cuenta. En Colombia, este mecanismo ha tomado una especial relevancia, tanto por la importancia de los mecanismos como herramienta de control a la gestión pública, como por la decidida promoción que le ha hecho la Procuraduría General de la Nación. Caso de cabildo abierto en Barrancabermeja A manera de ejemplo se cita un caso ocurrido en el Municipio de Barrancabermeja, Departamento de Santander, cuando la ciudadanía tuvo la oportunidad de estar presente en un cabildo abierto el 28 de julio de 2008, convocado por el Concejo, en la que se

discutieron temas de interés social y se fijaron políticas afines con los diversos temas de interés local, entre los cuales se citan: Acceso a la educación primaria y secundaria, servicio de acueducto y de energía, y la problemática sanitaria en relación con las basuras. Los cabildos abiertos son un recurso cada vez utilizados en todo el país. Puede ser convocado por el Concejo Municipal y por la ciudadanía, con previo cumplimiento de algunos requisitos, que se presentan a continuación: Un grupo de ciudadanos (promotores) con el apoyo de firmas equivalentes al 5% del censo electoral del municipio o localidad (comuna), adelanta este proceso para convocar al Concejo o Junta Administradora Local, con el fin de tratar y lograr respuestas de la corporación frente a temas de interés de la comunidad.


Política Se consiguieron apoyos para presentarlos a la Registraduría del Estado Civil para su revisión de firmas. Se establece si fueron suscritas por ciudadanos de la comunidad, de manera que hagan parte del censo electoral (que puedan ejercer el derecho al sufragio para elecciones locales). Con la certificación emitida, los ciudadanos se dirigen a la Corporación para radicar su solicitud razonada y justificada para su convocatoria. Los Concejos Municipales, así como las Juntas Administradoras Locales dispondrán de una amplia difusión y publicidad hacia la ciudadanía respecto al día, hora y lugar de realización de la audiencia pública.

Al Cabildo Abierto puede asistir la ciudadanía interesada en los temas a tratar, al igual que los funcionarios públicos que por razón a sus funciones deban participar para ilustrar y dar respuestas a la ciudadanía sobre su gestión o temas particulares incluidos en la agenda. A la semana siguiente de realizado el Cabildo Abierto, se invita a la audiencia pública, a los voceros de la iniciativa. El Presidente de la Corporación dará respuesta escrita y fundamentada a los planteamientos de la ciudadanía.

Caso de referendo nacional por el agua como derecho fundamental Existen experiencias de referendos aprobatorios y derogatorios del orden territorial (departamental y municipal) y de referendos para ratificar la decisión local en la creación de nuevos municipios, por lo cual se cita un caso de relevancia nacional: Referendo Constitucional de origen ciudadano encaminado a establecer el “Derecho al agua como fundamental”. En efecto, un grupo de ciudadanos tomaron la determinación e iniciativa popular para modificar la Constitución Política, bajo el argumento de defender el agua como un bien público y como un recurso natural que debe elevarse al rango de derecho fundamental.


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En resumen, se pretende: Que el Estado garantice la protección del agua. Que el acceso al agua potable sea un derecho humano fundamental y, por ende, el Estado debe suministrar un mínimo vital para sus ciudadanos. Establecer las fuentes hidrográficas y sus alrededores (lechos, cauces y playas) como patrimonio de la nación, de uso público. La conservación de los ecosistemas que sostienen el fluido del agua. El manejo del acueducto y alcantarillado por el Estado u organizaciones sin ánimo de lucro con transparencia en sus operaciones. Para este propósito, los ciudadanos promotores de este referendo deberán agotar el siguiente procedimiento: Constitución y acreditación de un comité promotor de la iniciativa, para lo cual deben recolectar en una primera fase el cinco por mil (5x1000) del censo electoral (en este caso el censo nacional, por tratarse de un mecanismos del orden nacional, modificatorio de la propia Carta Política). Una vez recolectados por apoyos, estos serán

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presentados ante la Registraduría Nacional del Estado Civil para su revisión. Si se cumplen con los requisitos de validez de las firmas, la Registraduría acredita y reconoce al Comité Promotor, así como al Vocero del mismo. Con el cumplimiento de este requisito, la Registraduría entrega a los Promotores el formulario para que en los próximos seis meses se recolecte el 5% del censo electoral que apoyan la iniciativa ciudadana para modificar la Carta Política. Dentro del término citado, los promotores entregan las formas a la Registraduría para su revisión y validación. Si superan esta fase, se expide una Certificación de cumplimiento de requisitos, el cual será entregado al Vocero para que éste acuda al Congreso de la República a radicar el proyecto de reforma a la Constitución y lo sustente. La ley que apruebe la convocatoria de referendo deberá ser aprobada por la mayoría de los miembros de la Cámara de Representantes y del Senado, y el temario o pregunta del referendo, será integrado a la misma ley. Se establece la fecha de la votación. Aprobada la ley, se procederá a la revisión parte de la Corte Constitucional.


Política Efectuada la votación, la decisión será adoptada siempre y cuando se supere el umbral equivalente a una cuarta parte (1/4) del censo electoral y que, a su vez, la mitad más uno de haya optado por el Sí. Aprobado el referendo, la decisión entrará a regir a partir de los ocho días siguientes a la publicación de resultados, por parte de la Organización Electoral. Caso de modificación de legislativas y normativas

iniciativas

Recordemos… Las iniciativas legislativas y normativas son una herramienta que está en cabeza de la ciudadanía para presentar proyectos de acto legislativo, de la ley, ordenanzas, acuerdos municipales y resoluciones locales, cuando aquella es en beneficio social y general. Este mecanismo, ha sido utilizado en varios escenarios territoriales, que van desde el orden nacional hasta el municipal, como se expone a continuación, respecto a una iniciativa legislativa Para modificar el decreto 2535 de 1993, facultando a los alcaldes municipales y distritales para restringir de manera temporal el porte de armas de fuego2006. En efecto, la ciudadanía y los promotores de esta iniciativa –sobre la base de los indicadores de violencia con el uso de armas de fuego en poder de la ciudadanía–, pretenden mediante esta iniciativa:

Que los alcaldes municipales y distritales, están facultados para decretar la restricción de forma directa, temporal y general de la vigencia de los permisos para porte de armas expedidos a personas naturales o jurídicas, para la protección de derechos fundamentales. Se prevé requisitos para solicitud de permiso de porte, verbigracia contar con una edad mínima de 25 años, así como el pago de un seguro obligatorio (SOAF), mediante una póliza de seguros. Promocionar el desarme. Para adelantar este mecanismo, los promotores deberán ajustarse al siguiente procedimiento: Constitución y acreditación de un Comité promotor de la iniciativa, para lo cual deben recolectar en una primera fase el cinco por mil (5x1000) del censo electoral (en este caso el censo nacional, por tratarse de un mecanismos del orden nacional, modificatorio de la propia Carta Política). Una vez recolectados, estos serán presentados ante la Registraduría Nacional del Estado Civil para su revisión. Si se cumplen con los requisitos de validez de las firmas, la Registraduría acredita y reconoce al Comité promotor, así como al Vocero del mismo.


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Con el cumplimiento de este requisito, la Registraduría entrega a los Promotores el formulario para que en los próximos seis meses se recolecte el 5% del censo electoral que apoyan la iniciativa ciudadana para modificar la Carta Política. La iniciativa debe redactarse en forma de proyecto de ley. Dentro del término citado, los promotores entregan las formas a la Registraduría para su revisión y validación. Si superan esta fase, se expide una Certificación de cumplimiento de requisitos, el cual será entregado al Vocero para que éste acuda y defienda ante Congreso de la República a radicar el proyecto de ley. El proyecto de ley será aprobado por el Congreso surtiéndose todas las etapas por mayorías simples, entrando por ende al ámbito legal nacional. 2. Revocatoria del mandato Recordemos… Este es un derecho que radica en cabeza de la ciudadanía que permite que la misma, con el respaldo popular, promueva la revocatoria del mandato de un gobernador o un alcalde por incumplimiento al Programa de gobierno, figura ligada a la obligación que poseen todos los candidatos a radicar al momento de la Inscripción de su candidatura el Programa de gobierno que considera deberá regir su mandato por los cuatro años si saliese elegido.

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hace con la plena conciencia del programa de gobierno que aquel acreditó. En caso que la ciudadanía considere que dicho candidato electo no ha cumplido con sus promesas consignadas en el programa de gobierno, podrá adelantar un proceso de revocatoria, para que a través de una votación, la ciudadanía se pronuncie si revoca o no el mandato al gobernador o alcalde. Así las cosas, en caso de promoverse una iniciativa de esta naturaleza, los promotores adelantarán el siguiente procedimiento: ? Un número de ciudadanos no inferior al 40% del censo electoral, podrá mediante el acto de apoyo (firmas) solicitar la revocatoria del mandato.


Política Motivación de la revocatoria: Los ciudadanos ? que lo suscriban el memorial, sin especiales formalidades, en la medida que la Ley no lo exige, además del acompañamiento de los correspondientes respaldos (firmas de ciudadanos), se debe manifestar las razones, que en su concepto consideran, motivan o fundan la solicitud de convocatoria a una jornada de revocatoria del mandato por incumplimiento al programa de gobierno. Oportunidad para la recolección de apoyos: ? se exige que deba haber transcurrido un (1) año del ejercicio del correspondiente período, para que los ciudadanos, con las motivaciones que ellos consideren, soliciten la convocatoria popular de revocatoria del mandato. Formato para recolección de apoyos: No se ? requiere formulario especial o formato para la presentación del memorial, sin embargo para una mejor organización del trabajo,

presentación y orden del mismo, la Registraduría Nacional del Estado Civil podrá establecer formatos simples que contengan la información y datos mínimos que exige la Ley. ? Informe

de solicitud de revocatoria. Aprobada la solicitud y expedida la correspondiente certificación sobre la validez de los apoyos, el Registrador del Estado Civil correspondiente, dentro de los cinco (5) días siguientes, informará del hecho al respectivo funcionario (gobernador o alcalde).

? Convocatoria a la votación en las entidades

territoriales. Los ciudadanos de las respectiva entidad territorial serán convocados a la votación para la revocatoria, por la Registraduría del Estado Civil correspondiente dentro del un término superior a dos meses, contados a partir de la certificación expedida por la misma Entidad. ? Divulgación, promoción y realización de la

convocatoria: le corresponde a la Registraduría del Estado Civil respectiva, coordinar con las autoridades electorales del respectivo departamento (revocatoria de un gobernador) o municipio (revocatoria de un alcalde), la divulgación, promoción y realización de la convocatoria para la votación. Aprobación de la Revocatoria y resultado de ? la votación. La revocatoria del mandato será procedente al ser aprobada en el


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pronunciamiento popular respectivo por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al cincuenta y cinco por ciento (55%) de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario. ? Inscripción de candidatos. Una vez revocado

el mandato, se podrán inscribir como candidatos los ciudadanos que cumplan con los requisitos constitucionales y legales para ello. ? Remoción del cargo. Habiéndose realizado la

votación y previo informe del resultado de la votación por la Registraduría del Estado Civil correspondiente, el Registrador Nacional del Estado Civil comunicará al Presidente de la República (Revocatoria del Gobernador) o al Gobernador respectivo (revocatoria de alcalde), para que procedan, según el caso a la remoción del cargo del respectivo Gobernador o Alcalde revocado.

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3.Metodología para realizar análisis de casos Objetivos Aplicar los conocimientos adquiridos sobre ? mecanismos de participación. Desarrollar habilidades de análisis, síntesis y ? decisión. Trabajo individual 1. Lea el caso propuesto. 2. En concordancia con las herramientas previstas en la ley 134 de 1994, proponga una solución al caso. 3. E l p r o c e s o d e a p r e n d i z a j e s e enriquecerá si se discute la solución p r o p u e s t a c o n u n p r o f e s o r, u n funcionario del gobierno municipal, un vecino de la comunidad u otro compañero. Trabajo en grupo

? Ejecución

inmediata de la revocatoria. Surtido el trámite mencionado anteriormente, la revocatoria del mandato será de ejecución inmediata.

? Elección del sucesor. Revocado el mandato a

un gobernador o a un alcalde, se convocará a elecciones para escoger a su sucesor, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que el Registrador correspondiente certifique los resultados de la votación.

1. Conforme grupos de máximo cuatro (4) personas. 2. Leer el caso para que de manera colectiva construyan una solución en concordancia con las herramientas previstas en la ley 134 de 1994. Deben trabajar durante 30 minutos.


Política 3. Una vez agotado el tiempo de trabajo, cada grupo designará un moderador para que sostenga la tesis, argumentos y respuesta. 4. El instructor presentará la respuesta dada al caso y se hará la discusión en plenaria.

? Que dicho proyecto afectará el medio ambiente de Nemocón, y su impacto podría cambiar la vida de los habitantes de todo el municipio. ? Que el relleno sanitario podría afectar gravemente la parte laboral de las empresas que funcionan en el sector.

Caso de Nemocón Escenario. En el Municipio de Nemocón, Departamento de Cundinamarca, se ha dado una especial situación que podría afectar los intereses económicos y sociales de la comunidad, por cuanto se ha previsto por parte de una firma o compañía, instalar y desarrollar dentro del perímetro del municipio un relleno sanitario (recolección de basuras) al servicio de 25 municipios. Se conoce que la Compañía Tecnoambientales S.A. presentó ante la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) una solicitud de licencia ambiental para la realización de un relleno sanitario en el municipio, para el servicio de más de 25 municipios. Posición de municipio. La administración municipal, conformada por el Alcalde y el Concejo Municipal, está de acuerdo unánimemente frente a la inconveniencia del proyecto por cuanto sostienen:

? Que con dicho proyecto se depreciarían los terrenos aledaños al relleno y se afectaría la calidad de vida de los habitantes del sector. ? Que Nemocón tiene una vocación turística

(minas de sal), el desierto de la Tatacoíta y Piedras Pintadas, estos últimos ubicados en el sector en donde se pretende instalar el relleno sanitario. ? Que el medio ambiente sano es un derecho colectivo y que la creación o no de dicho proyecto, es un asunto de trascendencia municipal.

Preguntas para el análisis del caso: ¿Dentro del marco legal, cuál sería el mecanismo para preguntar y conocer de la ciudadanía local su voluntad sobre el proyecto que se pretende adelantar en su municipio?

?


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¿Será posible que la ciudadanía manifieste su ? voluntad mediante el acto de apoyo (firma) o el ejercicio del derecho al sufragio?

independiente sin la participación de otros municipios? Si ( ) No ( )

Cualquiera sea la alternativa, se pregunta: ? ¿mediante qué mecanismo? ¿De origen ciudadano o de origen gubernamental?

Llevadas a cabo las votaciones el 1º de octubre de 2006, la ciudadanía de Nemocón, manifestó su voluntad popular de la siguiente forma:

¿Según la respuesta, ? procedimiento a seguir?

cuál

sería

el

¿Si optase por la vía del sufragio, como ? redactaría la pregunta que conduzca a un Si o un No? ¿Qué efectos tiene la voluntad ciudadana ? frente al proyecto? Solución del análisis de caso

PREGUNTA 1 2

Por el SI

Por el NO

67 2.409

3.125 705

Con el resultado claro y contundente mostrado en las urnas, el relleno sanitario no fue instalado en el Municipio, por cuanto la voluntad popular primó sobre cualquier otro interés público y particular.

La administración municipal a través del Concejo Municipal, emitió un decreto de convocatoria a una consulta popular. El decreto de convocatoria, describió el contenido y alcance de las dos preguntas que serían sometidas al escrutinio público (votaciones) para pronunciarse sobre el asunto así:

Respuestas de verificación de conocimientos

1.¿Está usted de acuerdo con que se realice en el Municipio relleno sanitario regional? Si ( ) No ( )

2.d, 2. b, 3. e, 4. e, 5. d, 6. a, 7. c, 8. b, 9. a, 10. d, 11. e, 12. d, 13. c, 14. a, 15. d

Unidad 1. Democracia: una forma de vida 1.d, 2. b, 3. a, 4. e, 5. c, 6. d, 7. b, 8. c, 9. d, 10. c, 11. e, 12. b, 13. f, 14. a, 15. e Unidad 2. Participación ciudadana

Unidad 3. Participación política 2. ¿Está usted de acuerdo con que el municipio maneje sus residuos sólidos de forma

1. c, 2. e, 3. b, 4. d, 5. a, 6. d, 7. c, 8. d, 9. a, 10. e, 11. a, 12. b, 13. e, 14. d, 15. c, 16. b, 17. c, 18. b, 19. d, 20. b, 21. d, 22. d.


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