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El Arbitraje Online: Ventajas y Obstáculos para su Implementación Por: Magdalena Maninat Lizarraga
EL ARBITRAJE ONLINE: VENTAJAS Y OBSTÁCULOS PARA SU IMPLEMENTACIÓN
Magdalena Maninat Lizarraga
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1. Introducción
Desde los años noventa del siglo pasado, la evolución del internet y otras tecnologías han tenido un rápido crecimiento. El aumento del comercio a través del internet ha conducido a un enorme desarrollo del comercio electrónico, lo cual, a su vez, ha tenido una influencia en el mundo legal. Las nuevas tecnologías han dado lugar a nuevos tipos de conflictos legales y han aumentado la complejidad de los conflictos tradicionales. Con el crecimiento del comercio electrónico, aumentan los elementos de internacionalidad en las relaciones comerciales. Esto ha dado lugar a la necesidad de un medio acorde para resolver las posibles disputas que puedan surgir de dichas relaciones. Los avances en tecnología han creado nuevas herramientas que tienen el potencial de simplificar significativamente no solo las transacciones, sino también la resolución de disputas que surjan de ellas.
Gracias al desarrollo de nuevas tecnologías, se han adaptado los medios alternativos de resolución de controversias a medios digitales o electrónicos que ofrecen una serie de beneficios en virtud de su naturaleza digital. Esta adaptación es conocida como el Online Dispute Resolution (el “ODR”) o medios alternativos de resolución de controversias en línea. En términos generales, puede definirse como el conjunto de medios alternativos de resolución de conflictos que se valen de tecnología y medios digitales para la conducción de sus procedimientos.
El ODR ha sido un acompañante apropiado para el comercio electrónico. La mediación y el arbitraje online siendo los más populares de estos medios, están dotados de las ventajas que ya poseían los medios alternativos tradicionales, como la rapidez y eficacia en el procedimiento. Además, permiten que las partes en sitios físicos distantes resuelvan sus disputas sin la necesidad de trasladarse a otros lugares, reduciendo los costos.
El arbitraje online no es más que un arbitraje conducido a través del internet y con el uso de tecnología. Esta forma de conducir el arbitraje podría ser el futuro de las disputas a través de esta institución. Con beneficios como la reducción de costos y la flexibilidad, el arbitraje online podría convertirse en una importante herramienta para el mundo globalizado en el que vivimos. A pesar de que el ODR pudo haber surgido en respuesta a la rapidez del comercio electrónico, el ODR es aplicable a disputas que no surgen en el internet.
Aun con sus potenciales beneficios, el uso de estas nuevas herramientas puede ser una fuente de inseguridad jurídica para sus usuarios. En el presente artículo se analizarán las particularidades del arbitraje online, sus ventajas y los obstáculos existentes para su implementación.
2. El ODR
2.1 Origen y Concepto
Ya los medios alternativos de resolución de controversias han obtenido gran popularidad por ser alternativas más eficientes y rápidas que la jurisdicción ordinaria. Entre ellos se encuentran la negociación, la mediación y el arbitraje. Con el avance de la tecnología de la información y las telecomunicaciones, se han logrado adaptar estos medios alternativos a formas incluso más expeditas y eficientes.
Los medios alternativos de resolución de conflictos se han ido combinando y perfeccionando con lo que se conoce como las tecnologías de la información y comunicación (TIC’s). Este es el término utilizado para englobar a las tecnologías que giran en torno a la informática, la microelectrónica y las telecomunicaciones de manera interconexionada, lo que permite conseguir nuevas realidades comunicativas 1 .
A través del uso de las TIC’s, se han implementado mecanismos que facilitan y hacen más eficientes los distintos medios alternativos de resolución de conflictos que ya existían. Como mencionamos
1 Cabero, J. (1998) Impacto de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en las organizaciones educativas. En Lorenzo, M. y otros (coords): Enfoques en la organización y dirección de instituciones educativas formales y no formales (pp. 197-206). Granada: Grupo Editorial Universitario.
anteriormente, esta rama de los medios alternativos con el uso de tecnologías de información e internet se les conoce como ODR, por las siglas en inglés de resolución de disputas en línea (Online Dispute Resolution).
Podemos definir ampliamente el ODR, como todo aquel medio que utiliza el internet y la tecnología de la información como una herramienta en la resolución de controversias, específicamente con modelos de resolución alternativa de controversia como la negociación, la mediación y el arbitraje. Estos medios pueden tener distintas características. Pueden surgir de controversias originadas en línea o pueden surgir de controversias ajenas al internet que, por elección de las partes, se llevará a cabo por ODR.
El año 1996, fue importante para el desarrollo del ODR, pues surgieron los primeros artículos sobre el tema. El Centro Nacional de Investigación de Información Automatizada (el “NCAIR” por sus siglas en inglés) de Estados Unidos, patrocinó la primera conferencia dedicada al ODR, y la financiación del NCAIR lanzó los primeros proyectos importantes de ODR 2 . En ese entonces, se veía al ODR como un medio únicamente para resolver conflictos que surgen del comercio electrónico o del internet. Esto no es necesariamente así hoy en día. Como ya hemos mencionado, el ODR puede ser aplicado para todo tipo de disputas, surjan o no de comercio electrónico o de conflictos originados en el uso del internet.
Esos primeros proyectos importantes fueron realizados en colaboración conjunta del Cyberspace Law Institute y el NCAIR que crearon el proyecto Virtual Magistrate, un servicio de arbitraje en línea. Era específicamente orientado a resolver controversias originadas en línea. Se llevaba a cabo, principalmente, por correo electrónico. Las disputas se iniciaban respondiendo una serie de preguntas sobre la fecha de la disputa, las partes interesadas y la categoría de la disputa. También, debían describir el incidente y la solución perseguida. Luego, WWWW se comprometía a hacer todo lo posible para tomar una decisión dentro de las 72 horas posteriores a la recepción de la solicitud. Otros proyectos iniciales fueron Online Ombud’s Office y CyberTribunal 3 .
Sobre el ODR, incluso se han desarrollado iniciativas de unificación de reglas y guías. Algunos organismos que han publicado trabajos al respecto, han sido la Comisión de las Naciones unidas para el Derecho Mercantil Internacional (la “CNUDMI”) 4 , la American Bar Association 5 y la Unión Europea 6 .
La aplicación del ODR variará depen
2 Katsh, Ethan. «ODR: A Look at History.» s.f. https://www.mediate.com/pdf/katsh.pdf (último acceso: 20 de marzo de 2020). 3 Gelinas, Fabien, y Karim Benyekhlef. «Online Dispute Resolution.» julio de 2005. https://www.researchgate.net/publication/27554565 (último acceso: 22 de febrero de 2020). 4 «Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional.» Notas técnicas de la CNUMI sobre la solución de controversias en línea. mayo de 2017. https://www.uncitral.org/pdf/spanish/texts/odr/V1700385_Spanish_Technical_Notes_on_ODR.pdf (último acceso: 10 de marzo de 2020). 5 American Bar Association. «Task Force on eCommerce and ADR.» Recommended best practices for online dispute resolution service providers. s.f. https://www.americanbar.org/content/dam/aba/migrated/dispute/documents/BestPracticesFinal102802.pdf (último acceso: 10 de marzo de 2020). 6 Reglamento (UE) no. 524/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013 , sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo y por el que se modifica el Reglamento (CE) No. 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE
diendo del medio alternativo de resolución de conflictos que las partes decidan utilizar. Por ejemplo, para la negociación, el software de negociación de ECODIR 7 , clasifica la correspondencia legalmente relevante de las partes, para que las ofertas y contraofertas puedan conducir a un acuerdo lo más rápido posible.
En el caso del arbitraje, las partes usualmente utilizan emails, video-llamadas, o plataformas creadas completamente para llevar a cabo el arbitraje, como la que ofrece actualmente la compañía Arbitration Resolution Services Inc 8 .
3. El Arbitraje Online
3.1 Concepto
El arbitraje, es un medio que incluso precede a la jurisdicción estatal. En la antigua Roma, los conflictos eran resueltos por terceros privados, usualmente amigos imparciales, antes de que se organizaran tribunales judiciales 9 . Puede definirse como un medio alternativo de resolución de conflictos, mediante el cual las partes, acuerdan otorgarle a uno o varios terceros la facultad de conocer y emitir una decisión vinculante que ponga fin a su controversia.
El arbitraje en línea o arbitraje online, es simplemente lo que conocemos como arbitraje, pero que se vale de las herramientas que brinda el internet y las TIC’s. Consiste en un método jurisdiccional privado para resolver disputas por medios digitales. Una definición general del arbitraje en línea es que es un proceso mediante el cual las partes pueden presentar convencionalmente una disputa a un tomador de decisiones no gubernamental, seleccionado por las partes, para emitir un laudo vinculante que resuelva una disputa a través de un procedimiento neutral que se vale total o parcialmente de medios tecnológicos y de internet para su conducción 10 .
Como hemos mencionado, no necesariamente debe existir una correlación entre la fuente de la disputa y el método de su resolución. Una disputa puede originarse en línea y resolverse por los medios tradicionales, o inversamente, puede originarse fuera de línea y resolverse en línea. La naturaleza digital del arbitraje no está relacionada con el origen de la disputa, lo importante, a los fines de este artículo, es su método de resolución en línea 11 .
A nivel internacional, el arbitraje en línea no es objeto de ninguna convención o jurisprudencia. Sin embargo, se han publicado informes como el de la Comisión de Arbitraje y el Grupo de Trabajo sobre Medios Alternativos de Resolución de Conflictos de la Cámara de Comercio Internacional, donde se hizo un análisis
7 «Electronic Commerce Dispute Resolution.» s.f. http://www.ecodir.org/ (último acceso: 10 de marzo de 2020). 8 «Arbitration Resolution Services, Inc.» s.f. https://www.arbresolutions.com/ (último acceso: 10 de marzo de 2020). 9 Díaz-Candia, H. (2016). El correcto funcionamiento expansivo del Arbitraje (Teoría general del arbitraje) 3ra. Edición Ampliada. Caracas. 10 Badiei, Farzaneh. «Ceur-ws.» Online Arbitration Definition and Its Distinctive Features. s.f. http://ceur-ws.org/Vol-684/paper8. pdf (último acceso: 14 de marzo de 2020). 11 Grupo de Trabajo presidido por Thomas Clay. «Online Arbitration Le Club des Juristes Report.» Abril de 2019. http://www. leclubdesjuristes.com/wp-content/uploads/2019/04/Online-Arbitration.pdf (último acceso: 20 de Marzo de 2020).
sobre el uso de la tecnología de la información en el arbitraje internacional 12 .
Una de las iniciativas del arbitraje online, ha sido del laboratorio Cyberjustice desarrollado desde 2010 dentro de la facultad de Derecho de la Universidad de Montreal, dirigido por Karim Benyekhlef, cuyo objetivo es repensar los modelos de justicia a la luz de las nuevas tecnologías. Históricamente, esta facultad fue la primera institución en experimentar con la resolución de disputas en línea a través del arbitraje con el experimento del Cybertribunal en 1996, un proyecto que duró solo tres años. Esto, luego condujo a la fundación de eResolution entre 1999 y 2001, lo que permitió la resolución en línea de más de 500 conflictos de más de 50 Estados 13 .
Este proyecto se desarrolló hasta la creación de Cyberjustice, como parte de un proyecto para desarrollar programas de software, cuyo objetivo principal era computarizar el sistema judicial y construir una sala de audiencias. Una de las ideas clave de estos proyectos, era no considerar el arbitraje en línea como un arbitraje que solo se lleva a cabo en línea. En otras palabras, el objetivo era apoyar el procedimiento arbitral tradicional con el uso de ciertos elementos de tecnología de comunicación, como con el uso de videoconferencias, sin desnaturalizar por completo al arbitraje tradicional. Asimismo, algunas instituciones internacionales han intentado integrar sus procedimientos al arbitraje online. Este fue el caso de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual 14 .
Una iniciativa reciente en el arbitraje en línea es la de FastArbitre 15 , un proyecto del Institut Digital d’Arbitrage et de Mediation en Francia. Esta plataforma completamente en línea se puede utilizar para presentar una disputa o un procedimiento específico, en tres pasos: (i) una fase de mediación sin costo, (ii) una fase de arbitraje y (iii) una fase de resolución, lo que le permite al demandante ejercer sus derechos dentro de los 159 países signatarios de la Convención de Nueva York 16 , según FastArbitre 17 . El objetivo, declarado por la misma plataforma, es simplificar el procedimiento arbitral y hacerlo accesible a más personas.
4. Ventajas del Arbitraje Online
Los medios alternativos de resolución de conflictos tradicionales a menudo se promueven como una alternativa más rápida y económica al litigio en la jurisdicción ordinaria. Al ofrecer arbitraje, mediación y negociación en línea, los ODR avanzan estos beneficios aún más. Tanto los medios alternativos como el ODR minimizan los costos y ahorran tiempo a través de procedimientos simplificados. Además, la resolución de disputas en línea no re
12 «Cámara de Comercio Internacional.» Informe sobre el Uso de Tecnologías de la Información en el Arbitraje Internacional. 2017. https://iccwbo.org/publication/information-technology-international-arbitration-report-icc-commission-arbitration-adr/ (último acceso: 15 de marzo de 2020). 13 (Gelinas y Benyekhlef 2005). 14 World Intellectual Property Organization. s.f. https://www.wipo.int/amc/en/arbitration/online/index.html. 15 (Gelinas y Benyekhlef 2005). 16 Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Nueva York, 1958). 17 FastArbitre. https://fast-arbitre.com/en/ (último acceso: 15 de marzo de 2020).
quiere que las partes viajen, lo que resulta en una gran reducción de costos.
Aunque el costo varía según el tipo de tecnología utilizada y el marco de tiempo requerido, los servicios de ODR, son generalmente mucho más accesibles económicamente que los litigios tradicionales y notablemente menos costosos que los medios alternativos tradicionales.
El arbitraje en línea, es más rápido y menos costoso que los procedimientos judiciales o los medios alternativos de resolución de conflicto tradicionales. Dado que las partes pueden adaptar el proceso para satisfacer sus necesidades específicas, las disputas pueden resolverse tan rápida y económicamente como lo permitan las circunstancias. El procedimiento también puede automatizarse para agilizar el procesamiento para las partes y el árbitro. Las partes pueden tener acceso a todos los documentos requeridos para avanzar en el caso, como preguntas frecuentes, reglas de procedimiento, formularios, plazos, recordatorios y pasos en el procedimiento.
La automatización refleja los requisitos de simplicidad, facilidad de uso y flexibilidad que deben caracterizar a los ODR. Incluso, podría hacer más rápida la comunicación entre las partes con software especializado para realizar traducciones automáticas, en casos donde estén presentes partes que hablen distintos idiomas, incluso para las videoconferencias. Con el desarrollo constante de las TIC’s, las posibilidades de incluir nuevas herramientas al arbitraje en línea seguirán creciendo. Se podrán adaptar maneras de almacenar los documentos, llevar a cabo las audiencias y, en general, facilitar la manera en que se conduce el procedimiento arbitral.
5. Desventajas y Obstáculos de la Aplicación del Arbitraje Online
5.1 Posibles Desventajas
El arbitraje en línea, puede presentar elementos que podrían resultar poco atractivos, por ejemplo, que impone una “distancia electrónica” entre las partes. No existe la presencia física del árbitro con las partes. En otras palabras, debido al proceso virtual de resolución de disputas en línea, el lenguaje corporal, el tono de voz y elementos emocionales no se expresan al árbitro de la misma manera que en el arbitraje tradicional. En tal situación, algunos podrían considerar que esto es una desventaja frente a un arbitraje llevado a cabo sin asistencia de medios tecnológicos.
Por otro lado, para aprovechar el arbitraje en línea, el requisito preliminar esencial es poder tener acceso a tecnología y al internet y tener los conocimientos para usarlos. Esto se podría convertir en un problema en un país como Venezuela. Al ser un país en desarrollo, no muchas personas tienen acceso óptimo al internet. Incluso, tenien-
do acceso a internet, muchos carecen de la confianza en el sistema requerida para aprovechar el arbitraje o cualquier servicio en línea. Por lo tanto, no solo hay dificultades técnicas para su aplicación, sino también un potencial rechazo a su uso.
A menudo, en el proceso de resolución de disputas, se revela mucha información confidencial sobre las partes mismas o las partes a las que representan. Durante un arbitraje en línea es posible que se trate información confidencial o secretos comerciales, dependiendo de la naturaleza de la disputa. Es conocido que el ciberespacio, es propenso al cibercrimen y la piratería. Si no se asegura adecuadamente, la información confidencial se puede filtrar fácilmente, lo que tendría un efecto perjudicial para las partes interesadas. Sin embargo, con un software adecuado de protección de la información, esto no tendría que ser una preocupación para las partes.
5.2 Sede del Arbitraje
Dado que el arbitraje en línea no se lleva a cabo en un lugar físico, podría ser un problema la determinación de la sede del arbitraje. En un artículo de 1998 Gabrielle Kaufmann-Kohler afirmó que, independientemente del lugar físico donde se desarrolla el procedimiento, se considera que dicho procedimiento se lleva a cabo en la sede del arbitraje 18 . Cuando las partes de mutuo acuerdo definen la sede del arbitraje es clara la respuesta. El hecho de que el arbitraje sea en línea no cambia que las partes puedan determinar la sede del arbitraje contractualmente. En caso de no hacerlo, sería tarea de los árbitros determinar la sede del arbitraje, como lo establece el artículo 20(1) de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional 19 y artículo 9 de la Ley de Arbitraje Comercial 20 .
Por otro lado, este problema puede analizarse desde el punto de vista del concepto de deslocalización, cuyos proponentes argumentan que el arbitraje debe separarse del control impuesto por la ley del lugar de arbitraje 21 . Argumentan que la ley nacional no es adecuada para el rápido desarrollo y la práctica del arbitraje comercial internacional. El árbitro no solo puede ignorar la ley sustantiva, sino que también puede aplicar la ley procesal que considere apropiada. Sin embargo, este concepto de deslocalización podría interferir con el marco actual de la Con
18 Kaufmann-Kohler, Gabrielle. «Identifying and applying the law governing the arbitration procedure – The role of the law of the place of arbitration.» ICCA Congress, series No.9, 1999: 336 en Philippe, Mirèze. Kluwer Arbitration Blog. 16 de septiembre de 2015. http://arbitrationblog.kluwerarbitration.com/2015/09/16/hypochondria-about-the-place-of-arbitration-in-online-proceedings/ (último acceso: 10 de marzo de 2020). 19 Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional de 1985 con las enmiendas aprobadas en 2006 20 Ley de Arbitraje Comercial publicada en Gaceta Oficial No. 36.430 de fecha 7 de abril de 1998 21 Moreno, Guillermo Palao. «EL LUGAR DE ARBITRAJE Y LA “DESLOCALIZACIÓN” DEL ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL.» Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. octubre de 2010. https://www. juridicas.unam.mx/ (último acceso: 10 de marzo de 2020).
vención de Nueva York, que establece en su artículo V (1)(e), que el tribunal del país donde se solicita la ejecución de un laudo, tiene el derecho de rechazar dicha aplicación si el laudo no se ha convertido en vinculante según la ley del país en el que se realizó el laudo 22 .
5.3 El Laudo en un Procedimiento Online
Una de las razones por las cuales las partes recurren al arbitraje como medio de resolución de su disputa es la facilidad de ejecución del laudo, especialmente debido a la fuerte influencia de la Convención de Nueva York. Si el laudo cumple con los requisitos de procedimiento establecidos en el artículo V de la Convención, y fue emitido en el territorio del país signatario de la Convención, es casi seguro que el laudo podrá ser ejecutado.
En el arbitraje en línea, las partes generalmente cumplen voluntariamente el laudo sin tener que solicitar la ejecución por los tribunales nacionales. Esto se debe a que las partes, que realizan transacciones en línea y acuerdan resolver su disputa en un arbitraje en línea, generalmente están motivadas por la intención
22 Herboczková, Jana. «Masaryk University, Faculty of Law.» s.f. https://www.law.muni.cz/sborniky/dp08/files/pdf/mezinaro/herboczkova.pdf (último acceso: 10 de marzo de 2020).
de obtener ganancias y mantener su relación comercial. Sin embargo, en caso de incumplimiento por parte de la parte vencida en el laudo, la parte ganadora se vería en la necesidad de hacer cumplir el laudo a través de un tribunal nacional, que examinará todo el procedimiento del arbitraje en línea antes de decidir hacer cumplir el laudo. En este punto, el laudo en línea podría chocar con el principio territorial incorporado en el artículo I de la Convención de Nueva York. Puede cuestionarse si el laudo se emitió en el territorio de un estado.
El problema se resuelve si las partes, o los árbitros (a falta de elección de las partes), han determinado el lugar del arbitraje. La Convención de Nueva York establece que se considera que un laudo se realiza en la sede del arbitraje. La Ley Modelo de la CNUDMI, en su artículo 31(3) y la Ley de Arbitraje Comercial en su artículo 30, establecen que el laudo deberá indicar su fecha y lugar del arbitraje, y que este se considerará emitido en el lugar del arbitraje. Esta presunción se aplica, independientemente, de dónde se llevaron a cabo las audiencias o dónde el tribunal firmó y emitió el laudo.
Bajo un enfoque territorial tradicional, el laudo en línea probablemente podría tener obstáculos para su ejecución debido a la Convención de Nueva York. Sin embargo, algunos autores opinan que este problema puede considerarse desde el punto de vista de la teoría de deslocalización, según la cual, si el laudo se emite por medios electrónicos, las leyes nacionales que rigen el comercio electrónico decidirán la validez del laudo 23 .
Es importante considerar que en un arbitraje completamente online, el laudo podría dictarse de manera online y ser firmado a través de firma electrónica. El artículo 31 de la Ley Modelo de Arbitraje de la CNUDMI y el artículo 29 de la Ley de Arbitraje Comercial, requieren que el laudo se dicte por escrito y sea firmado por el árbitro o los árbitros. El obstáculo dependerá de si la firma electrónica y el laudo por escrito en medios electrónicos, se consideran suficientes para cumplir los requisitos legales exigidos.
El artículo IV de la Convención de Nueva York establece que, para obtener el reconocimiento y la ejecución, la parte solicitante deberá, en el momento de la solicitud, suministrar originales debidamente autenticados o copias debidamente certificadas del laudo y el acuerdo de arbitraje. Similar norma, se encuentra establecida en nuestra Ley de Arbitraje Comercial, que establece en el único aparte del artículo 48, que la parte que pida la ejecución del laudo deberá presentar una copia certificada del mismo. La pregunta es si puede conciliarse este requisito con un laudo dictado totalmente en línea. Para resolver este asunto podríamos tomar en cuenta el artículo III de la Convención de Nueva York, que estipula que el Estado Contratante reconocerá y ejecutará los laudos arbitrales de conformidad con las leyes procesales del
territorio en el que se basa el laudo. En este sentido, si el estado donde se busca la ejecución acepta una forma de escritura electrónica, no debería haber barreras para la ejecución del laudo dictado de forma electrónica.
6. Conclusiones
La eficiencia que aporta la tecnología como herramienta, ha permitido desarrollar medios alternativos de resolución de conflictos aún más eficientes. El ODR, en específico el arbitraje en línea, puede ser una alternativa beneficiosa para las partes en un ambiente que cada vez es más globalizado. Cuando se trata de conflictos que surgen del comercio electrónico, el arbitraje online es el medio más apto para dirimirlos. Incluso tratándose de conflictos tradicionales, el arbitraje online permite reducir costos y tiempo, haciendo que el arbitraje sea más accesible para las personas.
A pesar de sus virtudes, este medio podría presentar una serie de problemas en cuanto a su aplicación. Las normas internas de Venezuela, por ejemplo, no están totalmente adaptadas a un medio electrónico de resolución de conflictos. Esto podría ser un obstáculo importante, especialmente cuando sea necesaria la ejecución forzosa del laudo arbitral emitido en un procedimiento totalmente en línea. Incluso en el arbitraje comercial internacional podrían presentarse dificultades para la ejecución de un laudo online. Sin embargo, la mayoría de las dificultades pueden ser superadas con desarrollo legislativo y jurisprudencial, que aclare receptibilidad de cada país frente a un laudo online.
Es necesario que el procedimiento de arbitraje en línea se desarrolle más a fondo, tanto en legislación interna de cada país como en soft law. Esta iniciativa, permitiría mayor confianza en el arbitraje en línea, aumentando su uso. Para ello, se requiere que exista claridad respecto de la posibilidad de ejecución del laudo emitido en línea.
Actualmente, con el impacto que ha tenido en el mundo la declaración de la Organización Mundial de la Salud sobre la pandemia del virus conocido como “coronavirus” y oficialmente el COVID-19 , las personas y compañías alrededor del mundo se han visto en la necesidad de adaptar la mayoría de sus actividades diarias a medios digitales, en virtud de las medidas de cuarentena y distanciamiento social adoptadas en diversos países. Esto podría significar un impulso importante para el uso de la tecnología en el arbitraje. A pesar de surgir esta adaptación en un momento de contingencia, podría significar un cambio permanente en el futuro del arbitraje online.
El aumento en el uso del arbitraje online permitirá su desarrollo y perfeccionamiento, lo cual lo hará más accesible a toda clase de personas. El acceso a un medio eficiente y confiable de resolución de disputas sería ideal para una economía globalizada que requiere soluciones cada vez más expeditas.