DOCUMENTOS CEDICE OBSERVA
PODERES EJECUTIVO Y LEGISLATIVO: SU IMPACTO EN LA ECONOMÍA VENEZOLANA 2014 LUIS ALFONSO HERRERA ORELLANA
Promoviendo el Diálogo Democrático a través del Analisis Legislativo y Economico
AUTOR
SOBRE EL AUTOR LUIS ALFONSO HERRERA ORELLANA Licenciado en Filosof铆a, Abogado y Profesor de Derecho de la UCV. Investigador del Observatorio Econ贸mico Legislativo de CEDICE. Coordinador del Observatorio de la Propiedad
02
ÍNDICE
ÍNDICE DE CONTENIDOS Resumen Ejecutivo
05
Introducción
08
Capítulo 1. Contexto y definición del problema
12
Capítulo 2. Sectores económicos en que se dictó legislación y regulación económica durante 2014
14
2.1 Sector financiero y cambiario
14
2.2 Sector laboral
20
2.3 Sector alimentos
23
2.4 Sector de arrendamientos y construcción de inmuebles para viviendas
25
2.5 Sector de medicamentos y servicios de salud privada
31
2.6 Sector del comercio interno
33
2.7 Situación (acción) del Gobierno Nacional y su impacto en la economía
40
Capítulo 3. Evidencias
50
Capítulo 4. Costos y beneficios de la legislación económica de 2014
52
Capítulo 5. Alternativas
55
Capítulo 6. Propuestas y recomendaciones
55
Capítulo 7. Implicaciones
58
Conclusión y recomendaciones
59
Apéndice 1
60
03
ÍNDICE
FIGURAS Y TABLAS
04
1. Variaciones anuales de M2, PIB y INPC
13
2. Balanza en Cuenta Corriente no petrolera. Año 2014
18
3. Cesta OPEP
29
4. Indicadores del Comercio Exterior
44
5. Participación petrolera sobre el PIB
56
RESUMEN EJECUTIVO La legislación y regulación económica del año 2014 analizadas en este Informe del Observatorio Economico Legislativo de CEDICE Libertad, al igual que las analizadas en los años 2012 y 2013, continuaron profundizando los componentes más estatistas y centralistas de la política económica aplicada por el Gobierno Nacional desde al menos 2006, luego de la reelección del fallecido ex presidente Hugo Chávez, los cuales se describen, con sus novedades, a continuación: 1. Se mantuvieron y reforzaron los controles sobre la economía, en materia de precios, costos y ganancias de toda suerte de bienes y servicios, en materia de arrendamientos para vivienda y con fines comerciales, en materia de acceso de divisas para la importación de bienes, en materia de distribución de alimentos y de medicamentos, y en materia de seguridad de la Nación, entre otros. 2. Se aumentaron los monopolios estatales en diversas materias económicas como la cambiaria, la de importaciones y exportaciones, la de producción y prestación de bienes y servicios de gran demanda por parte de la población, y en algunos casos se otorgó a esos organismos la condición de reguladores y supervisores de las empresas privadas que operan en el sector respetivo (casos de CORPOVEX, Bolipuertos, VEXIMCA, etc.). 3. Se incrementó el intervencionismo económico (poder de dirección de las empresas privadas) y de la burocracia del Gobierno nacional con la creación de nuevos controles y de organismos administrativos encargados de aplicarlos, en especial a través de los 57 Decretos-Ley dictados entre 2013 y 2014, lo que implica una contracción flagrante con la supuesta finalidad de la Autoridad Única Nacional de Trámites y Permisología, de eliminar los requisitos burocráticos. 4. Continuó el incremento desproporcional de los poderes legislativos y regulatorios del Gobierno nacional, mediante el uso inconstitucional de la Ley Habilitante y la auto-atribución, por vía de numerosos Decretos-Ley y de Leyes sancionadas por la Asamblea Nacional, de poderes normativos sub-legales que incrementan los requisitos y obstáculos para el ejercicio de la libre iniciativa privada. 5. Se agravó el problema de la falta de distinción jurídica entre propiedad estatal y propiedad privada, y se
05
RESUMEN EJECUTIVO
radicalizó el uso de la propiedad privada y de la libertad económica como medios del Gobierno para realizar los objetivos del Segundo Plan Socialista de la Patria 2014-2019, tal y como lo reconoció la Sala Constitucional al rechazar la acciones de nulidad intentadas en contra del Decreto-Ley Orgánica de Precios Justos. 6. Se disminuyó la oferta de bienes y servicios, aumentó el desabastecimiento y la escasez de diversos rubros de bienes y servicios, se multiplicaron los mercados negros, las permanentes y largas filas (colas) de personas para comprar los pocos bienes disponibles, cayó la inversión privada (nacional y extranjera) así como la tendencia a la improductividad general. 7. Se consolidó el ausentismo laboral, el incumplimiento de contratos y condiciones laborales por los empleados, la imposibilidad de creación de nuevos puestos de trabajo y de mejoras en los existentes, se tornaron peores las condiciones para el desempeño de las labores y el acoso sancionatorio en contra de los patronos privados por parte de las Inspectorías del Trabajo del Ministerio del Trabajo. 8. Se incrementó la emisión y la circulación de dinero inorgánico (bolívares) en la economía, es decir, de dinero carente de respaldo en reservas internacionales e ingresos por concepto de exportaciones petroleras y no petroleras, y que no puede ser intercambiado por bienes y servicios ofrecidos en el mercado a precios derivados de la competencia y el libre intercambio entre oferentes y demandantes. 9. Se mantuvo la falta de oferta para el arrendamiento de inmuebles privados con fines de vivienda, el aumento de las ocupaciones de construcciones con fines de vivienda y el estancamiento de nuevas ofertas (construcción y oferta de alquiler) de los arrendamientos de inmuebles para uso comercial. 10. Se incrementó el uso de la propaganda política de estigmatización, discriminación y, en casos, de criminalización de las empresas privadas y sus propietarios como co-autores y ejecutores de una inexistente “guerra económica” de empresarios contra el poder político y contra los consumidores y usuarios, supuestamente dirigida a empobrecerlos y a desestabilizar políticamente al Gobierno nacional. 11. Se mantuvo la impunidad frente a las graves violaciones a derechos económicos protegidos por la Constitución y al pésimo resultado para la población y su calidad de vida de las políticas económicas de planificación central ejecutadas por el Gobierno nacional, debido a la falta de vigencia del Estado de Derecho, es decir, de los pesos y contrapesos judiciales, parlamentarios, fiscales, etc., producto de la subordinación de esos Poderes al Ejecutivo nacional. Los beneficios y costos generales, económicos y jurídicos, derivados de la legislación y regulación económica de 2014 analizada, a la fecha de elaboración de este informe, se pueden sintetizar en los siguientes aspectos: En cuanto a los beneficios: cabe señalar que el Gobierno nacional se aproximó más a su objetivo previsto en el Segundo Plan Socialista de la Patria 2013-2019 de abolir la propiedad privada sobre los medios de producción y aumentar más que el control, la dirección y manejo, como único actor, de la economía, lo que implicó mayores poderes y manejo de fondos para los Altos funcionarios públicos, en especial del sector militar (cada vez con mayores responsabilidades en la Administración Pública); que aumentó la dependencia de la población más vulnerable para acceder a ciertos bienes y servicios a las actividades empresariales del Gobierno nacional; que fortaleció, aunque con inciertos resultados, su propaganda política de señalamiento del sector privado como gran responsable de la especulación, acaparamiento, desabastecimiento y escasez de bienes y servicios; y que aumentó sus ingresos fiscales y no fiscales debido a la política de desconocimiento e instrumentalización de la propiedad privada con fin empresarial.
06
RESUMEN EJECUTIVO
No se considera el “gasto social” (otorgado a través de las instancias del Poder Popular por ejemplo) y las políticas de asistencia directa (misiones), que estarían en conexión con la aplicación de esta legislación, como beneficios, por cuanto la entrega de sumas de dinero y de bienes y servicios por el Gobierno nacional, sin fortalecer las capacidades de las personas y hacerlas más autónomas en lo económico y lo político, no es susceptible de considerarse como un beneficio de estas legislaciones y regulaciones, ya que el dinero no es riqueza ni la dependencia política es el camino para salir del estado natural de pobreza en que nacemos los seres humanos (prueba de ello es que la pobreza, según la CEPAL, aumentó en Venezuela en 6.7 (del 25,4% al 32,1%) puntos entre los años 2012 y 2013, ver: http://goo.gl/ fJyfxJ). Respecto de los costos: la legislación y la regulación económicas puestas en vigencia en 2014 aumentaron las peores variables económicas que puede existir para los consumidores al ir a los mercados a satisfacer sus necesidades personales y familiares, a saber, la inflación (alrededor de 63,5% según data oficial), el desabastecimiento, la escasez (para abril de 2014 era de 60,2% en productos regulados: http://goo.gl/APkIIk), la falta de liquidación de divisas oficiales y la incertidumbre y pérdida de ingresos por el tiempo invertido en conseguir los bienes; pérdida del poder adquisitivo de los consumidores y usuarios; caída de la inversión y nuevos cierres de empresas, por estatización o por intervenciones que no respetan el debido proceso, la presunción de inocencia y los derechos de propiedad; pérdida de empleos productivos, falta de creación de nuevos empleos y disminución de la productividad (esto es, de la cantidad, regularidad, calidad, variedad e innovación en producción de bienes y servicios); aumento de la dependencia de las importaciones estatales, de las divisas oficiales y de la corrupción derivada de la discrecionalidad absoluta (impunidad) en la toma de cientos de miles de decisiones administrativas sobre el uso de los recursos públicos y la operatividad de las empresas privadas; inexistencia de mercado de valores y caída de la pérdida del poder adquisitivo de las personas, aumento de la vulnerabilidad de los venezolanos de cara a la satisfacción de sus necesidades básicas ante la caída de los precios internacionales del petróleo y la dependencia de las divisas derivadas de esa única actividad económica; y atrofia de las capacidades productivas, responsabilidad, ética empresarial y laboral, competitividad económica y atractivo para las inversiones extranjeras, entre otros.
07
INTRODUCCIÓN
INTRODUCCIÓN El objetivo general de este informe es ofrecer una síntesis del contenido de la legislación y regulación económica aprobada y aplicada en Venezuela durante 2014, una descripción del impacto que tuvo dicha legislación y regulación para las empresas privadas y cuáles son, al momento de elaborar este documento, los costos y beneficios que la legislación objeto de análisis ha traído a la ciudadanía. En tal sentido, se analiza desde los enfoques referidos (contenido, impacto y costos-beneficios) tanto la legislación formal como los decretos-leyes (con exclusión de los que se dictaron entre noviembre y diciembre como se explica más adelante) puestos en vigencia durante el año 2014, que en forma más directa han tenido un impacto económico en el funcionamiento de las empresas privadas en Venezuela, motivo por el cual, como en entregas previas de este informe referidos a años anteriores, se excluyen legislaciones y decretos-leyes dictados en 2014 que no tuvieron ese impacto, por estar más dirigidos a la organización y funcionamiento del Estado, y a la vez se incluyen algunas regulaciones sub-legales (reglamentos, normativas administrativas sectoriales, etc.) de relevancia por sus implicaciones prácticas para la actividad empresarial y los derechos de propiedad. Como en oportunidades anteriores, a fin de lograr el objetivo general del informe se clasificó la legislación económica revisada por sectores económicos (en esta oportunidad se eligieron, por su trascendencia especial el financiero y cambiario, laboral, alimentario, arrendamientos y construcción, medicamentos, comercio in-
08
terno y actividad económica del Gobierno nacional), para con posterioridad indicar sector por sector la legislación y la regulación dictadas en él, el grado de discrecionalidad que otorgan al Gobierno e impacto sobre los derechos de propiedad que han tenido, el efecto que sobre la actividad privada productiva ha tenido esa legislación y la situación que ésta presenta a la fecha, así como las estrategias adoptadas por las empresas, de haberla, en torno a dichas leyes. De nuevo, se han excluido áreas como la tributaria, la ambiental, la de aduanas, la financiera del Estado, entre otras, por su especialidad y por limitaciones en la extensión del trabajo. Una vez más el desempeño de la Asamblea Nacional en 2014, tanto en el ejercicio de su función legislativa como en el ejercicio de su función de control político, fue de suyo pobre e intrascendente, en lo que respecta a la cantidad de leyes sancionadas, a la cantidad de leyes promulgadas por el Gobierno nacional (el cual sin invocar el “veto presidencial” se ha negado o simplemente abstenido de publicarlas en la Gaceta Oficial previa firma del ejecútese, sin que la Asamblea Nacional proceda a publicarlas en Gaceta según lo previsto en la Constitución) y a la cantidad de procedimientos o medidas en materia de control político, tales como votos de censura, interpelaciones, audiencias e interrogatorios, a funcionarios del Gobierno nacional para que rindan cuenta al país de sus actividades y de las medidas y resultados frente a problemáticas de interés nacional como la inflación, la escasez, la inseguridad, entre otros. Adicionalmente, la legislación y regulación económica dictada este año tuvo como referente permanente la
INTRODUCCIÓN
supuesta lucha “a muerte” asumida por el Gobierno nacional y los demás Poderes Públicos nacionales, regionales y locales que le son incondicionales en contra de la falaz “Guerra Económica” que estarían librando el sector privado empresarial en colaboración de la oposición democrática en contra de la población, de la estabilidad del Gobierno y del socialismo del siglo XXI para impedir el logro de sus “maravillosos” resultados. En el fondo de esta propaganda política del Gobierno nacional (pues no existe tal Guerra Económica), de corte “orweliano” por lo mucho que sigue en expresiones y fantasías a la novela 1984 y su lógica del enemigo interno y externo, subyace la idea de la seguridad de la Nación, el uso de funcionarios militares y de inteligencia política en la supervisión e intervención de empresas privadas, la descalificación y casi criminalización generalizada de la actividad económica privada por perseguir lucro o beneficios, el irrespeto a la propiedad como derecho inviolable, así como la justificación para “tomar u ocupar” lo que quiera el Gobierno, sin que esté vigente un Estado de Excepción, todo ello porque se está en aplicación del Plan Socialista de la Patria 2013-2019 y no de la vigente Constitución de 1999 y al sistema de economía social de mercado en ella establecido. Sobre lo anterior, puede verse el “Acuerdo en apoyo al Presidente Constitucional Nicolás Maduro Moros en la lucha contra la Guerra Económica que intenta Desestabilizar la Economía Nacional y la Paz de la República”, aprobado por la mayoría oficialista de la Asamblea Nacional, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.499, de 17.09.2014, disponible en http://goo.gl/GNlQ4X, a fin de comprender la gravedad de la problemática descrita1.
Y mientras la Asamblea Nacional se ocupó de apoyar la acción propagandística del Poder Ejecutivo Nacional, su desempeño como Poder Público continuó decayendo y debilitado, según los balances que citamos a continuación, el primero de ellos publicado por el diario El Nacional: “Pocas nueces arrojó la AN en materia de leyes este año. De las 15 normas que el PSUV previó sancionar, solo 9 fueron aprobadas. A ese lote se suman otras 8 que no estaban pautadas para completar 17 instrumentos sancionados; aunque el sábado 27 la plenaria levantó sanción a una de ellas (disciplina militar) lo que dejó el total en 16. Vea la lista completa en www. el-nacional.com”. Prosiguió el reportaje explicando que “en sesiones ordinarias se dio luz verde a 12 normas, que incluyen Presupuesto y Endeudamiento, y en sesiones extraordinarias, a 5. Sobre el origen de los proyectos, 5 fueron remitidos desde el Ejecutivo, que aprobó 58 leyes vía Habilitante; 8 nacieron de la AN, una provino de la Defensoría del Pueblo y 2 de la Fiscalía General. Solo una, la Ley de Protección Social del Trabajador Cultural, nació de la iniciativa ciudadana. Es apenas la segunda ley impulsada por la ciudadanía que aprueba el Parlamento en 14 años de existencia; la anterior fue la de Arrendamiento de Viviendas (2011). Un total de 16 debates propuso la oposición a la plenaria de la Asamblea Nacional a lo largo de este año, y 16 debates negaron el PSUV, el PCV y UPV. El Parlamento no “parlamentó” sobre los apagones, la reforma educativa, la agresión a trabajadores de Sidor, la muerte de bebés en un hospital de Anzoátegui ni tampoco sobre el ocultamiento de los indicadores económicos y la caída de los precios del petróleo. En cambio el oficialismo aprobó 17 acuerdos en los que responsabilizó a la oposición de planes conspirativos, la violencia,
1
“Durante la Sesión Ordinaria de este martes en la Asamblea Nacional (AN), presidida por Diosdado Cabello; se discutió el ‘proyecto de acuerdo en rechazo a la perversa y criminal aplicación del golpe económico contra el pueblo venezolano’. Desde la Tribuna de oradores, el Diputado Ricardo Sanguino, presidente de la Comisión de Finanzas, aseguró que el ‘golpe económico’ busca entre distintos aspectos, la confrontación de pueblo contra pueblo y así tratar de que países imperialistas pudiesen intervenir en Venezuela”. Sanguino solicitó la conformación de una comisión especial de la AN para que analice y evalúe la información recabada sobre el “golpe de estado económico” y presente un informe ante el parlamento. El diputado, Ricardo Sanguino, por aprobación de los integrantes de la AN, es el encargado de presidir esta Comisión para encontrar a los responsables de la situación económica que aqueja a los venezolanos. ‘Tratan de generar al pueblo angustia y zozobra para desestabilizar la política socialista en Venezuela’ indicó Sanguino. Los lineamientos que tendrá la mencionada Comisión son: 1. Rechazar categóricamente las arremetidas de algunos sectores que crean en el pueblo venezolano, ansiedad y miedo para trastocar la paz en Venezuela. 2. Recaudar la información necesaria para mostrarle al pueblo venezolano quienes son los responsables de la guerra económica. 3. Entregar al Ejecutivo Nacional, Nicolás Maduro Moros, toda la información que se recabe sobre los hechos de la guerra económica. 4. Publicar todo lo mencionado en la presente sesión para que todos los venezolanos tengan conocimiento de las acciones a tomar. Este miércoles 28 de enero, se reunirán en la sede de la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico del Parlamento, para discutir los métodos a implementar y finalmente encontrar al responsable de los actos acontecidos. ‘Hay elementos para que esas personas y empresarios que están vinculados con el imperialismo queden desenmascarados y aplicarles lo establecido en la Ley’, indicó el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello” (ver: http://goo.gl/0Kuj1U).
09
INTRODUCCIÓN
la crisis económica, el contrabando y la escasez, entre otros” (ver: http://goo.gl/OnBqoJ)2. En cuanto al desempeño parlamentario, esto es, cumplimiento de la agenda legislativa y desarrollo de actividades de control político, así como a la aprobación indiscriminada de créditos adicionales, en El Mundo, economía y negocios se informó que “la actividad parlamentaria estuvo signada en 2014 por la ausencia de la acostumbrada agenda legislativa anual que exige el artículo 68 del Reglamento Interior y de Debate de la AN. Cabello justificó la medida afirmando que no precisarían una meta para ‘evitar críticas y juicios mediáticos’. En mayo, el diputado Pedro Carreño (PSUV) dio a conocer una agenda discutida y aprobada por la junta directiva de al AN y diputados socialistas en la que se mencionaban 15 normas a trabajar durante 2014. No obstante, entre las sancionadas ese año hay algunas que no figuran en esa agenda y otras que no fueron discutidas en Plenaria (…) El primer período contó con 23 sesiones, pero no fue sino en la última cuando se aprobaron cinco de las nueve leyes sancionadas, lo que representa 50% del trabajo legislativo. El segundo período (del 15 de septiembre al 15 de diciembre) no fue muy diferente, pues también la discusión y aprobación de leyes se dio hasta finales de esta etapa con seis normas en la cuenta. Las dos leyes más importantes sancionadas, por mayoría simple, fueron la Ley de Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2015 y la Ley de Endeudamiento 2015. También se aprobó el Código de Ética del Juez Venezolano. En todo el año se aprobaron 333 créditos adicionales y Cabello aseguró que 94% de este dinero fue destinado
2
al desarrollo social” (ver al respecto: http://goo.gl/0mWcF9 y también el Informe elaborado por Transparencia Venezuela sobre el uso con desviación de poder de los créditos adicionales en: http://goo.gl/w3VW52). Especial mención corresponde hacer a los más detreinta Decretos con Rango y Fuerza de Ley que entre octubre y noviembre de 2014 dictó el Presidente de la República, sin consulta previa ni siguiendo procedimiento democrático alguno, ello en el marco de la Ley Habilitante que, en forma inconstitucional, le otorgó la mayoría oficialista de la Asamblea Nacional en 2013. En total, en “ejecución” de esa Ley Habilitante, se dictaron hasta 57 Decretos con Rango y Fuerza de Ley en las más variadas materias tanto de índole económica, como de organización administrativa, seguridad y procedimientos ante la Administración Pública. Debido a lo numeroso de estos Decretos-Ley, y dado que su aplicación efectiva se iniciará, en muchos casos, en el año 2015, no fueron analizados en este Informe económico-legislativo 2014, para con posterioridad, al menos los más emblemáticos, ser examinados uno a uno bajo la metodología del análisis costo beneficios, y luego, en el Informe económico-legislativo 2015, ser entonces analizados en su aplicación durante este año. En todo caso, como Apéndice 1 a este informe, el lector interesado encontrará una relación completa de los 57 Decretos-Ley que se dictaron, con referencia a la Gaceta Oficial en que fueron publicados (algunos de ellos más de una vez, por reformas o por “reimpresión por error material del ente emisor o fallas en los originales”).
El Maru Morales, la periodista autora del reportaje antes citado, en otro trabajo dedicado al tema destacó la falta de atención a las iniciativas ciudadanas, así como la poca transcendencia de muchas de las pocas leyes efectivamente sancionadas por la Asamblea Nacional en 2014: “El ‘pueblo legislador’ quedó en promesa. La promesa de los actuales diputados del PSUV durante la campaña de 2010 fue ‘el pueblo legislador’, que consistía en abrir las puertas del parlamento a la iniciativa legislativa ciudadana. En 14 años, desde su instalación en el año 2000 hasta el presente, la AN solo ha sancionado dos leyes propuestas por la ciudadanía: la Ley de Arrendamiento de Viviendas (2011) y Ley de Protección Social del Trabajador Cultural (2014). Se sancionaron: el 11 de febrero la Ley de Registro y Alistamiento para la Defensa Integral de la Nación; el 1 de abril la Ley de Condecoración Medalla Honor al Mérito de la Defensoría Pública Militar, el 22 de julio la Ley de reforma de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y la Ley Orgánica de Recreación, el 12 de agosto la Ley de Telesalud, el 14 de agosto la Ley para la Promoción y Protección del Derecho a la Igualdad de las Personas con VIH/SIDA y sus familiares, la Ley de reforma Parcial de la LOPNNA, la Ley de reforma Parcial de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley de Protección Social del Trabajador y Trabajadora Cultural; el 21 de octubre la Ley de Condecoraciones Fabricio Ojeda; el 9 de diciembre la Ley de Presupuesto 2015, la Ley de Endeudamiento 2015; el 16 de diciembre la Ley de Derecho Internacional Humanitario; y el 18 de diciembre la Ley de reforma de la Ley de Uso del Emblema de la Cruz Roja, la Ley de Tributos del Territorio Insular Miranda, la Ley de Calidad del Agua y el Aire y la Ley de Disciplina Militar. Valga indicar que el 27 de diciembre de 2014, en sesión extraordinaria, el presidente de la Comisión de Defensa William Fariñas (PSUV) solicitó levantarle la sanción a esta última ley ‘para considerar numerosas propuestas recibidas luego de su aprobación’” (ver: http://goo.gl/4YaQb6).
10
INTRODUCCIÓN
Expuesto lo anterior, hemos de culminar esta introducción indicando que CEDICE procura ofrecer de nuevo un documento de consulta a los interesados en conocer y profundizar sobre la legislación económica puesta en vigencia y aplicada en Venezuela durante 2014, a fin de facilitar la medición del impacto en términos de costos y beneficios de esa legislación, y así, con apoyo en esos resultados verificados por esta investigación, incidir luego, de cara a futuras reformas o derogatorias de la
legislación vigente, tanto por vía de procedimientos regulatorios como a través de medios de comunicación social, en la formulación de propuestas que permitan mejorar la calidad de las normativas jurídicas que afectan las libertades y derechos económicos en el país. Por tanto, el fin último de esta contribución es propiciar un debate sobre nuevas y más eficientes legislaciones, regulaciones y políticas públicas, en garantía de los derechos y libertades protegidas por la Constitución venezolana.
11
CAPÍTULO 1
CAPÍTULO 1: CONTEXTO Y DEFINICIÓN DEL PROBLEMA De acuerdo con el economista y profesor universitario José Guerra, el contexto económico que presenta Venezuela a inicios de 2015, en parte como consecuencia de la legislación y regulaciones aprobadas y aplicadas en 2014 por el Gobierno nacional, es el siguiente: “La política económica aplicada ha tenido por objeto estimular la economía mediante una sobre expansión fiscal y monetaria que se ha traducido en más inflación y agotamiento de las reservas internacionales. El PIB registra una caída de 4,2%. Ello obedece, principalmente, a la severa declinación de más de 20,0% de las importaciones privadas. En el caso del PIB de la construcción y la industria manufacturera, la contracción alcanza a dos dígitos. La tasa de inflación se sitúa en el entorno de 80,0% y más de 100,0% en alimentos, como resultado de la acción combinada de una política fiscal deficitaria financiada con impresión de dinero y devaluación del bolívar. El efecto de un ingreso declinante y la aceleración de la inflación explican la disminución de las remuneraciones reales de los trabajadores y el repunte de la pobreza, que al concluir 2014 se acercará a 40,0%, desde 27,3% en 2013. En 2014, se observa un deterioro institucional en la gestión de la política económica y el ocultamiento de la información estadística como política de Estado. Para 2015, en vista de la baja de los precios del petróleo y la falta de una política económica consistente, se espera que siga la contracción del PIB y la inflación se cifre en tres dígitos” (ver el informe completo preparado por el experto mencionado en: http://goo.gl/UbFUtD).
12
Frente al balance anterior, firme en la política de Estado de ocultamiento y negación de la realidad económica, la imposición de una “verdad oficial” mediante la propaganda de la “Guerra Económica” y la profundización del control político sobre cada vez más sectores de la población, quien ocupa el cargo de Vicepresidente Ejecutivo, Jorge Arreaza declaró, a través de lugares comunes y cifras genéricas, sin mostrar resultados concretos, los supuestos logros de la política económica del Gobierno nacional: “…desde 1999 hasta 2013 el gobierno ha realizado una inversión social de $623.058 millones. ‘Se han invertido en salud, en educación, en agricultura, en la vida’, dijo. En una gráfico mostró que los ingresos del país en ese lapso fue de $972.565 millones, de ese monto 64% fue el componente de inversión social. No ofreció detalles sobre los proyectos y los montos asignados durante el último año. En su discurso de entrega de Memoria y Cuenta de su despacho y de los ministros del gabinete del presidente Nicolás Maduro, señaló que en 2013 el fisco recibió $81,77 millardos por conceptos de regalías petroleras y que $10.418 fueron transferidos al Fondo Nacional de Desarrollo Nacional (FONDEN). En cuanto a los aportes en bolívares de la industria petrolera, señaló que en 2013 se entregaron por concepto de extracción Bs. 6,29 millardos, regalías asociadas Bs. 4,55 millardos, impuestos al consumo Bs. 3,5 millardos y por otros conceptos Bs. 1,5 millardos. ‘Esos millardos de bolívares ahora van para el pueblo, para las misiones, para la alimentación’, dijo Arreaza” (ver: http://goo.gl/gk-
CAPÍTULO 1
Peuf). Por su parte, en la oportunidad de hablar sobre la Memoria y Cuenta de 2014, quien ocupa el cargo de Presidente de la República, al referirse a la situación económica y las medidas a adoptar, indicó entre otras cosas que: “… que este jueves arrancará en todo el país una jornada de supervisión de todas las distribuidoras de alimentos y pañales, con el objetivo de garantizar al pueblo el acceso a productos de primera necesidad (…), que el sábado 24 de enero, se activará una jornada nacional de equipamiento y abastecimiento del pueblo, anunció el mandatario (…); que se invertirán 70% de los ingresos del país en el área social, con el fin de consolidar el modelo de equidad que se construye en Venezuela (...); que el sistema cambiario para el mercado de alimentos y salud
se mantendrá a 6.30 bolívares por dólares este año (…); que 49.703 millones de bolívares se destinarán al pago del primer aumento del salario mínimo y pensionados correspondiente a 2015, con un aumento delo 15 %, para el 1 ero de febrero (…); que se aprobó 204.978 millones de bolívares para llegar a la meta de construir 400.000 casas de la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMM) durante 2015; y que será conformado un equipo especial de diálogo y asesoría del Estado Mayor Económico, que estará integrado por economistas nacionales e internacionales, tarea que encomendó el presidente Maduro a Miguel Pérez Abaad, presidente de FEDEINDUSTRIA” (federación de industriales simpatizante del proyecto político del Gobierno; ver: http://goo.gl/DkSOxJ).
Variaciones anuales de M2, PIB y INPC 90% 80%
Variaciones anualizadas
70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% -10%
Var M2
I 2013 · I 2012
II 2013 · II 2012
60,6%
61,8%
III 2013 · III 2012 IV 2013 · IV 2012
64,6%
69,7%
I 2014 · I 2013
II 2014 · II 2013
III 2014 · III 2013
76,6%
70,9%
63,2%
Var PIB
0,8%
2,6%
1,1%
1,0%
-4,8%
-4,9%
-2,3%
Var INPC
25,1%
39,6%
49,4%
56,2%
59,3%
60,5%
64%
Fuente: Banco Central de Venezuela. Elaboración y cálculos: Econ. Oscar Torrealba
13
CAPÍTULO 2
CAPÍTULO 2: SECTORES ECONÓMICOS EN QUE SE DICTÓ LEGISLACIÓN Y REGULACIÓN ECONÓMICA DURANTE 2014 2.1 Sector financiero y cambiario: Legislación: En 2014 se dictaron nuevos Decretos-Ley y Convenios Cambiarios orientados a centralizar, burocratizar y tornar aún más ineficiente la asignación de divisas a tasas preferenciales a los particulares (aunque las causas últimas de tal ineficiencia apuntan a la corrupción general de la Administración cambiaria y a la caída de los ingresos por venta de petróleo); aumentaron las regulaciones y controles al funcionamiento interno de los bancos, las casas de bolsa (casi inexistentes en el país) y los seguros; se dieron pasos sin mayores resultados para la puesta en funcionamiento de un mercado de valores bajo el control de la Superintendencia Nacional de Valores (SNV); y se dictaron algunas medidas supuestamente dirigidas a simplificar el acceso a divisas y la importación de ciertos bienes. A continuación, una selección de la legislación y regulación más relevante del sector:
14
CAPÍTULO 2
Ministerio del Poder Popular de Finanzas Superintendencia de la Actividad Aseguradora
Providencia mediante la cual se aprueba las Condiciones Generales y Particulares que conforman el texto de la Fianza de Fiel Cumplimiento que deben utilizar las Empresas de Seguros.
BCV
Convenio Cambiario N° 26, mediante el cual se establece que las subastas especiales de divisas llevadas a cabo a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas, SICAD, serán administradas y dirigidas por el Centro Nacional de Comercio Exterior, CENCOEX.
Gaceta Oficial N°: 40.327 Fecha: 06/01/2014 http://goo.gl/DHjvT0
Gaceta Oficial N°: 6.125 Extraordinario Fecha: 10/02/2014 http://goo.gl/0sJe3s
Presidencia de la República
Decreto N° 798, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos. Gaceta Extraordinaria N°: 6.126 Fecha: 19/02/2014 http://goo.gl/8kN5Pe
BCV
Convenio mediante el cual se publica el Convenio Cambiario N° 28 de fecha 03 de abril de 2014, donde se establece la actuación de las casas de cambio en el mercado cambiario alternativo de divisas. Gaceta Oficial N°: 40.387 Fecha: 04/04/2014 http://goo.gl/lwxfgm
15
CAPÍTULO 2
Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública BCV
Resolución mediante la cual se establece que los bancos universales y los bancos comerciales en proceso de transformación de acuerdo con lo previsto en las Disposiciones Transitorias del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, así como los bancos microfinancieros autorizados por el Directorio del Banco Central de Venezuela y el Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública, la Bolsa Pública de Valores Bicentenaria y operadores de mercado de valores autorizados, podrán realizar operaciones de corretaje en el mercado de divisas, tanto en efectivo como en títulos valores denominados en moneda extranjera, emitidos por la República, sus entes descentralizados o por cualquier otro ente, público o privado, nacional o extranjero, en los términos dispuestos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos, únicamente a través del Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (SICAD II), de conformidad con lo previsto en el Convenio Cambiario N° 27 del 10 de marzo de 2014, y la normativa que lo desarrolle. Gaceta Extraordinaria N°: 6.126 Fecha: 19/02/2014 http://goo.gl/8kN5Pe
BCV
Convenio Cambiario mediante el cual se establece que las subastas especiales de divisas llevadas a cabo a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD) serán gestionadas y dirigidas directamente por el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX). Gaceta Oficial N°: 40.391 Fecha: 10/04/2014 http://goo.gl/NqJXf7
16
CAPÍTULO 2
Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública BCV
Resolución mediante la cual se regula la actuación de las casas de cambio regidas por el Decreto con Rango,Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Cambiario,a los fines de poder realizar operaciones en el mercado Cambiario al menudeo, las cuales deberán estar debidamente autorizadas por el Banco Central de Venezuela y por este Ministerio. Aviso Oficial mediante el cual se informa el cumplimiento de las obligaciones de reintegro y multas dispuestas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Cambiario e Ilícitos. Gaceta Oficial N°: 40.461 Fecha: 25/07/2014 http://goo.gl/H1XbCg
Ministerios del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública, para el comercio y para Industrias
Resolución Conjunta para la facilitación de la Importación de Bienes sin fines Comerciales adquiridos con Divisas Propias Gaceta Oficial N°: 40.522 Fecha: 20/10/2014 http://goo.gl/un1w4a
17
CAPÍTULO 2
Discrecionalidad e impacto sobre la propiedad No obstante la cantidad de nuevos Convenios Cambiarios, el acceso a las divisas (recordar que en Venezuela el Gobierno nacional tiene el monopolio del manejo de las divisas por exportación y cooperación internacional) ha ido de mal en peor en 2014: “El CENCOEX tiene más de un mes sin convocar subastas del Sistema Complementario de Divisas o SICAD 1. La última vez la realizó el pasado 14 de octubre cuando se ofertaron en una jornada especial $549 millones a 313 empresas.
De acuerdo con las últimas cifras aportadas por los organismos públicos y algunos analistas, las liquidaciones registran una baja en los últimos meses, debido a la caída que experimentaron las reservas internacionales. Hasta la fecha el Sicad 1 ha liquidado 40 % de lo que aprobó Cencoex hasta el 5 de septiembre de unos $12.981 millones, mientras que el sistema complementario ha suministrado $5.200 hasta el mes de octubre. Para el Grupo ODH Consultores, ‘es innegable’ que el Gobierno ha devaluado en varias ocasiones el tipo de cambio promedio durante 2014” (ver: http://goo.gl/g5TZsT).
Balanza en Cuenta Corriente no petrolera. Año 2014
6.000.000
Importaciones No Petroleras Exportaciones No Petroleras
Miles de Bs
5.000.000 4.000.000 3.000.000 2.000.000 1.000.000 0
I
II
Fuente: Banco Central de Venezuela. Elaboración: Econ. Oscar Torrealba
18
III
CAPÍTULO 2
Dado que la actividad de todos los sectores de la economía venezolana depende de las importaciones, debido a la destrucción general del sector privado y la inexistencia de condiciones jurídicas para la inversión privada y la competencia, la situación indicada respecto del acceso a divisas es una causa directa de afectación permanente, y en casos de violación directa, de los derechos de propiedad, ya que las industrias, comercios, franquicias y toda suerte de actividad económica requiere de materias primas, insumos, bienes, tecnología, etc., para usar, gozar y disponer de sus bienes privados y ofrecer a los usuarios y consumidores bienes y servicios de calidad. Pues nada de eso es posible en la Venezuela actual, en la que la discrecionalidad en este ámbito es ya arbitrariedad y capricho político puro, gracias a la legislación y regulación inconstitucionales vigentes en esta materia. Situación actual del sector La situación del sector empresarial en general es cada día más precario, no sólo por los ataques a la propiedad y la criminalización permanente, sino por la falta de insumos y mercancías para trabajar: “El prolongado retraso en la liquidación de divisas al sector privado, que ha generado una deuda de aproximadamente 13 millardos de dólares de acuerdo con cifras de Fedecámaras, tiene al sector manufacturero semiparalizado. Estadísticas de Conindustria muestran que en el primer trimestre de 2014 la capacidad utilizada de las empresas se situó en 48,02%, menos de la mitad por primera vez en más de 10 años, indican cifras del gremio. El CENCOEX confirmó el fuerte descenso en las entregas de divisas. Anunció que en los primeros 4 meses de este año liquidaron 2,8 millardos de dólares. Sin embargo, no es posible medir cómo fue el desembolso con respecto a 2013 en vista de que el gobierno aún no ha informado cuántas divisas entregó el año pasado. El monto apenas supera en 100 millones de dólares la deuda que el Ejecutivo mantiene solamente con el sector alimentos, que era de 2,7 millardos de dólares hasta abril pasado, según datos del gremio. Ismael Pérez Vigil, director de Conindustria, cal-
cula que de las más o menos 7.000 empresas que hay en el país alrededor de 1.500 están paralizadas. “No están cerradas, pero sí paradas por falta de insumos y otro grupo numeroso de compañías está a media máquina por fallas en los inventarios’ (…) El segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación, 2013-2019, que viene ejecutando el presidente Nicolás Maduro, tiene como uno de los objetivos para seguir construyendo el socialismo bolivariano del siglo XXI “propulsar la transformación del sistema económico en función de la transición al socialismo bolivariano, trascendiendo el modelo rentista petrolero capitalista hacia el modelo económico productivo socialista, basado en el desarrollo de las fuerzas productivas”, dice el documento” (un reportaje muy completo del diario El Nacional, que explica en detalle, por sector de la economía, la fuerte caída de la productividad a causa del control cambiario, en: http://goo.gl/8I5qSh). Estrategias del sector afectado: Como se explica más en detalle en la sección 3.8 de este Informe, es una clara prueba del reconocimiento del fracaso de los controles, del burocratismo y del intervencionismo que aplica el llamado “socialismo bolivariano”: “…el gobierno ordenó la agilización de los trámites administrativos y procedimientos operativos para importar productos terminados, insumos y materias primas. La medida salió publicada en la Gaceta Extraordinaria 6169, que circuló ayer: ‘Es necesario agilizar la dotación de las industrias nacionales, del comercio y los prestadores de servicios, de aquellos insumos importados necesarios para impulsar la producción nacional y para el abastecimiento urgente en algunas áreas’, establece el decreto 1590 (…) Los procesos que se acelerarán están relacionados con los Certificados de no Producción Nacional, de Insuficiencia de Producción y las Autorizaciones de Adquisición de Divisas. El artículo 3 señala que para tramitar alguno de esos documentos no será necesario presentar las solvencias requeridas para solicitarlos”.
19
CAPÍTULO 2
Carlos Larrazábal, vicepresidente de FEDECAMARAS afirmó que “la disposición es positiva, pero insuficiente porque ‘no toca el tema de liquidación de divisas’. Señaló que con obtener los certificados más rápido no basta para reactivar las importaciones y la producción nacional. Precisó que es necesario que el gobierno liquide los dólares pendientes para poder restablecer las relaciones con los vendedores en el exterior y reactivar las compras de materiales. ‘Si no pagamos lo que les debemos a los proveedores internacionales, ellos no nos reanudarán las líneas de crédito ni los despachos de pedidos’, recalcó Larrazábal (…) Datos de Conindustria señalan que al cierre de 2014 el gobierno adeudaba al sector privado alrededor de 10 millardos de dólares. En lo que va de 2015, funcionarios del Estado se han reunido con varios sectores productivos. El mensaje central de los encuentros ha sido informales que no hay divisas y que ellos deben proveérselas a través de exportaciones” (ver: http://goo.gl/NBTecb).
Presidencia de la República
2.2 Sector laboral: Legislación En 2014 se mantuvieron regulaciones ineficientes y contrarias a la creación de nuevos empleos, a la productividad de los empleos existentes y la ejecución del Decreto-Ley Orgánica del Trabajo, especialmente en lo referido al incremento del salario mínimo y la supervisión de las jornadas laborales.
Decreto Nº 1.583, mediante el cual se establece la inamovilidad laboral a favor de los trabajadores y trabajadoras del sector privado y del sector público regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, entre el primero (1º) de enero de dos mil quince (2015) y el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil quince (2015), ambas fechas inclusive. Gaceta Extraordinaria N° 6.168 Fecha: 30/12/2014 http://goo.gl/OwxkQi
20
CAPÍTULO 2
Presidencia de la República
Decreto Presidencial Nº 935 (“El Decreto”), mediante el cual se fijó un aumento del treinta por ciento (30%) del salario mínimo mensual y obligatorio en todo el Territorio Nacional, para los trabajadores que presten servicio en los sectores público y privado. Gaceta Oficial N°: 40.401 Fecha: 29/04/2014 http://goo.gl/mfXFsQ
Discrecionalidad e impacto sobre la propiedad
Situación actual del sector
Durante 2014, la inamovilidad laboral (prohibición de despidos sin la autorización de una actividad administrativa) siguió siendo la regla en Venezuela, siendo la décimo novena vez que prorrogó el Decreto que establece esa “protección” a los trabajadores luego del mes de estar incorporados a su puesto de trabajo desde 2002, cuando fue promulgada por el entonces presidente Hugo Chávez.
Bajo la vigencia de la inamovilidad “los empresarios o contratantes deben abstenerse de despedir a los empleados injustificadamente, así como de desmejorar el salario, o el cargo del trabajador. Sumado a ello, no serán trasladados a otra jurisdicción, sin una justa causa calificada previamente por el Inspector del Trabajo (…) En caso de ser despedidos, se debe denunciar el hecho dentro de los 30 días continuos siguientes ante el Inspector o Inspectora del Trabajo de la jurisdicción, y solicitar el reenganche y el pago de salarios caídos, así como los demás beneficios dejados de percibir; o la restitución de la situación jurídica infringida, según el procedimiento establecido (…) La LOT ya no permite el despido injustificado (o por sola voluntad del empleador), pero sí mantiene la figura del despido por causa justa ante: falta de probidad o conducta inmoral del empleado, injuria o falta grave al empleador, conductas graves que afecten la salud y la seguridad laboral, inasistencia injustificada al trabajo durante tres días hábiles en el período de un mes, daño de máquinas o herramientas de la empresa intencionalmente o por negligencia, abandono del trabajo, acoso laboral o sexual, entre otras” (ver: http://goo.gl/IjSpE9).
Al respecto vale indicar que: “la legislación venezolana ha establecido una legalidad en cuanto a la permanencia absoluta laboral, de acuerdo con la promulgación de Decretos Presidenciales de Inamovilidad Laboral Especial, vigentes desde abril del año 2002 abarcando la última de sus prórrogas en el mes de diciembre de 2012, lo que implica que los trabajadores que estén amparados, no podrán ser despedidos, desmejorados o trasladados sin una causa calificada por parte de la empresa. La primera vez que se habló de inamovilidad laboral fue en el 2002, cuando el presidente Hugo Chávez, anunció que se extendiera la medida a los demás empleados, no solo a los que ganaban menos de tres salarios mínimos. Para ese momento se hizo la salvedad de excluir a las personas que desempeñaban cargos de dirección, también llamados de confianza y trabajadores ‘temporeros, aquellos ocasionales o temporales’” (ver la nota completa en: http://goo.gl/IjSpE9).
La principal consecuencia del Decreto de inamovilidad laboral ha sido la baja en la asistencia a los puestos de trabajo, debido a la impunidad que existe respec-
21
CAPÍTULO 2
to del incumplimiento de las obligaciones laborales: “expertos en materia laboral señalan que, con la entrada en vigencia plena del Decreto-Ley Orgánica del Trabajo y la continuidad del Decreto presidencial que prorroga la inamovilidad el ausentismo laboral se incrementó 25%. De innecesaria y abusiva cataloga Rusvel Gutiérrez,presidente de Caduainco,la implementación de la inamovilidad laboral prolongada. Explica que la situación económica del país no está como para acatar la medida pues los bajos ingresos dificultan cumplir con el pago de las nóminas: ‘Es una carga económica bestial para el empresario ya que si tienes un empleado que no rinde, que no da la talla te ves en la obligación de soportarlo. Si quieres hacer reajustes en función de mejorar tu producción te ves de manos atadas. Esto además es un atentado directo contra el empleado bueno que muchas veces debe hacer de más para compensar las fallas de otros’ agregó” (ver: http://goo.gl/X237uc). Según la abogada Daniela Arévalo “…no solo no se han logrado los objetivos por los cuales se dictaron los Decretos de Inamovilidad, sino que el costo social ha sido tan alto que hace que la regulación en sí misma sea ineficiente. Con esto no queremos decir que no deba existir una protección al trabajador que se encuentre en circunstancias especiales, al contrario, se les debe proteger de posibles despidos arbitrarios, pero lo que no se debe es desvirtuar dicha protección extendiéndola hasta un punto tal que su costo sea percibido incluso en el bolsillo de todos los venezolanos. De manera que no se puede simplemente adoptar “las medidas que sean necesarias para preservar el empleo”, sino aquellas que sean más eficientes, lo cual debería determinarse luego de un análisis cuidadoso de nuestra realidad social y económica, a los fines de afectar lo menos posible a la población. Si dicho análisis se hubiese realizado antes de la promulgación de dichos Decretos quizás otra sería la realidad de nuestro país” (ver: http://goo.gl/LX8X0e).
22
Estrategias del sector afectado Luego de transcurridos más de 13 años desde que se decretó la inamovilidad laboral en el país a manos del actual Gobierno, antes dirigido por Hugo Chávez y hoy día por Nicolás Maduro, sigue sin evaluarse desde el Gobierno nacional la inconveniencia de tal medida, y se ignoran las peticiones bien fundamentadas de empresarios, economistas y académicos sobre la pertinencia de eliminar ésta y otras restricciones en materia laboral. Damiano del Vescobo, presidente de FEDECAMARAS-Carabobo, indicó que “el decreto de inamovilidad laboral anunciado por el presidente Nicolás Maduro, no resuelve el problema del empleo en el país y ‘sigue siendo una retórica populista que no va a favorecer la creación de nuevos empleo, lo cual es lo que realmente se necesita cuando hay más de 5 millones de personas desempleadas y en la informalidad’, insistió (…) Vescovo destacó que los niveles de inflación del país no permiten que el poder adquisitivo del trabajador le suministre progreso y bienestar porque el ingreso, a duras penas, alcanza para subsistir. ‘Con el decreto pareciera que en verdad no existe una voluntad de rectificación del gobierno en las políticas económicas necesarias para incentivar la producción interna, el llamado a la inversión y la creación de empleo decente como lo define la Organización Internacional del Trabajo’, señaló. Agregó que la inamovilidad laboral aumenta la incertidumbre en el sector empresarial que espera del gobierno la aplicación de las medidas económicas necesarias para la reactivación del aparato productivo, que en el caso de la zona industrial en Carabobo las empresas operan a 48% de su capacidad instalada” (ver: http://goo.gl/rVaGJb).
CAPÍTULO 2
2.3 Sector alimentos: Legislación: En 2014, además del impacto que en este sector tuvo la legislación vigente en materia de Precios Justos, Seguridad Alimentaria y de Guías de movilización de alimentos e insumos en todo el territorio nacional, la regulación más importante, y que como tal no contó con una normativa oficial publicada en Gaceta Oficial, fue el llamado “sistema biométrico de abastecimiento seguro”, consistente en el uso de máquinas captahuellas u otros sistemas de registro para restringir la compra de bienes por parte de los consumidores no sólo en empresas estatales, sino también y especialmente en las privadas. Discrecionalidad e impacto sobre la propiedad: Frente a la escasez generalizada, que según uno de reportes del BCV de 2014, a principios de ese año superaba el 25 por ciento: “la administración de Nicolás Maduro añade otra estrategia en su afán para justificar la carestía de los anaqueles y la ineficiencia del control cambiario: a ‘la guerra económica’ de la ‘extrema derecha’, le ha seguido el discurso del contrabando. El Gobierno no se refiere a la inseguridad jurídica y a la incapacidad del sector privado de elevar la producción; prefiere incrementar los controles: primero con la regulación de precios; ahora con la utilización de huellas en establecimientos públicos y privados para comprar alimentos. El gobierno pondrá en marcha un mecanismo para controlar las ventas en los supermercados a través de las huellas dactilares de los compradores, en un intento por mantener el abastecimiento de los mercados, afirmó el nuevo superintendente de Precios Justos. A una semana de su nombramiento, Andrés Eloy Méndez definió la nueva estrategia como ‘un sistema biométrico de abastecimiento en las redes de alimentación públicas y privadas’ (…) Méndez aseveró que el objetivo del sistema es reducir las reiteradas compras de productos por parte de un mismo usuario, que podrían ser destinados
3
al contrabando o a la economía informal” (ver: http:// goo.gl/HbmQD4). Como puede apreciarse, aquí la discrecionalidad ilimitada ya no es respecto de los empresarios, propietarios y comerciantes, sino respecto del consumidor y el usuario, para que ya no tenga soberanía ni libertad al comprar y consumir. El economista y profesor universitario José Guerra, asesor del área de la alianza opositora Mesa de Unidad, señaló que esta medida era “’la locura que faltaba. El gobierno va a establecer las cajas de un supermercado según sus metros cuadrados. De verdad que esto es demencial. Llamemos las cosas por su nombre. No es una tarjeta de abastecimiento. Es una tarjeta de racionamiento. ¿Si hay abastecimiento para qué tarjeta?’, señaló” (ver: http://goo.gl/HbmQD4). Valga indicar, porque no es coincidencia, que los productos cuyos precios, volúmenes de producción y distribución están sometidos a estas regulaciones, son los que más escasez mostraron en 2013, y siguen mostrando en 20143. No obstante las advertencias, el Superintendente de Precios Justos declaró: “Llueva, truene o relampagueé vamos a instalar las captahuellas’, afirmó el miércoles en la tarde el superintendente de precios justos, Andrés Eloy Méndez. Las condiciones del tiempo no iban a ser un impedimento, y no lo fueron. Ayer empezó a operar en el abasto Bicentenario de Palo Verde y en Makro de La Urbina el sistema biométrico de abastecimiento. Los consumidores que acudieron a esos establecimientos debieron poner por primera vez la huella para poder comprar lo que requerían. El proceso generó largas colas, lo que hizo que los clientes manifestaran su malestar. ‘Si esto va a servir para que consigamos lo que hace falta no nos quejamos, pero por los momentos lo único que ha hecho es retrasar el pago’, dijo una de las consumidoras que hacía la cola en el Bicentenario” (ver: http://goo.gl/VoYovB).
Ver: http://goo.gl/wIhxBY
23
CAPÍTULO 2
Sobre el control absoluto que ejerce el Gobierno nacional sobre la cadena de comercialización de alimentos, en especial sobre la distribución y almacenamiento de estos productos, se informó lo siguiente: “La llegada de los alimentos a la mesa de los venezolanos está precedida de una cadena de eslabones que van desde la siembra de la semilla, pasando por la transformación industrial, hasta la distribución y comercialización. Estas fases son presionadas por la demanda del mercado que debería impulsarlas a generar mayor cantidad de productos si así se requiere. En el país, sin embargo, el Ejecutivo tiene el control de todas las etapas del proceso y hasta ahora la gestión, según los expertos, no podría calificarse de exitosa. Aseguran que el gobierno intenta solucionar la caída de la producción agroalimentaria que generan las políticas socialistas –desde hace 12 años están vigentes los controles de precios y cambiario– con la importación de rubros básicos”. Ello así porque: “’el gobierno controla el abastecimiento de alimentos a partir de su ideología socialista’, afirmó Tomás Socías, asesor y ex presidente de la Cámara Venezolana de la Industria de Alimentos. Agregó que con la liquidación de las divisas el Ejecutivo domina la entrega de insumos para los agricultores. También fija los precios que pagará a los productores del campo por su cosecha, y el que cancelará el consumidor para llevar el alimento a la mesa. Igualmente regula los precios y las ganancias de las empresas. Además, distribuye los alimentos a sus redes Pdval, Mercal y Bicentenario y suprime el despacho a las zonas de su elección con la Guía Única de Movilización de la Superintendencia Nacional Agroalimentaria. El requisito es indispensable para la distribución de los alimentos. El especialista aseguró que con la no emisión ‘provocan desabastecimiento de los productos básicos en los destinos que no consideran adecuados, es decir, los contrarios a su ideología’” (ver: http://goo.gl/U9voLS).
24
Situación actual del sector: El sector enfrenta las más graves y arbitrarias acusaciones, de especulación, usura, acaparamiento, contrabando, boicot, etc., sin que existan tribunales independientes a los cuales acudir para, no probar su inocencia, sino demandar castigo a los que afirman lo falso en la generalidad de los casos. El caso es que mientras a los empresarios del sector alimentos se lo criminaliza, el costo de dichos bienes, como muchos otros bienes y servicios, siguió la escalada prevista en los últimos meses de 2013, lo que implica menos ganancia para aquéllos y más riesgos de sanciones. En tal contexto “…el presidente de la Federación Venezolana de Porcicultura (FEPORCINA), Alberto Cudemus, rechazó la irracionalidad y discrecionalidad en el manejo de la permisología que requieren las empresas para operar y distribuir los bienes que producen. La información la dio a conocer esta mañana durante una entrevista en Unión Radio, en la que citó las demoras que se registran, por ejemplo, con las guías de movilización de alimentos, que es el permiso que otorga el Ejecutivo para la distribución de los productos. ‘No podemos aceptar que un funcionario actúe en contra de los propósitos de un gobierno’, dijo Cudemus. El miércoles pasado el Presidente Nicolás Maduro criticó al presidente de FEPORCINA y al de FEDECAMARAS (Jorge Roig) por cuestionar la Ley de Precios Justos que recientemente promulgó el Ejecutivo en el marco de los poderes habilitantes. Cudemus dijo que se mantendrá en la mesa del diálogo presentando propuestas, a menos que el mandatario nacional decida no invitarlo más. Agregó que su posición es la misma de los últimos 15 años y que ha “tomado y defendido las banderas de Chávez: la lucha contra la corrupción, contra el exceso de gastos en sector publico” (ver: http://goo.gl/VqRNhR).
CAPÍTULO 2
Estrategias del sector afectado: En este sector, no sólo los productores y propietarios, sino los consumidores y usuarios han elevado su voz de protesta y rechazado las medidas contrarias a sus derechos: “Roberto León Parilli, presidente de la Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (ANAUCO), cuestionó la implementación del “sistema biométrico” como fórmula para atender los problemas de abastecimiento. ‘No creo que sea la más adecuada, aquí lo que tenemos es un problema de abastecimiento intermitente’, manifestó Parilli en Unión Radio. El vocero de los consumidores aseguró que instalar máquinas capta huellas en los comercios y supermercados no resolverá la persistente escasez que vive el mercado venezolano. ‘Que piensen esto bien, soluciones de fondo es lo que necesita el país’, insistió. Parilli recordó que hace meses se ensayó en el estado Zulia un sistema de control de venta de productos que tuvo un ‘rechazo popular bastante importante’. Ayer el presidente de la República anunció que se aplicará un sistema de guías de movilización para todos los productos que se comercializan y que el ‘sistema biométrico’ funcionará en establecimientos públicos y privados. ‘Será un sistema perfecto’, aseguró Nicolás Maduro” (ver: http://goo.gl/Lwklwb)
de productos de la cesta básica. El dirigente del sector empresarial insistió en que la medida ataca las consecuencias y no las causas del desabastecimiento. Además agregó que el Gobierno nacional ha generado confusión con sus anuncios sobre el sistema biométrico. ‘Fue hecho entre gallos y medianoche. Prácticamente en una sala de Miraflores y después se informa a los empresarios cómo va a ejecutarse y ha sido muy mal ejecutado, muy mal implementado, muy mal explicado’, expresó” (ver: http:// goo.gl/KSQHEE).
2.4 Sector de arrendamientos y construcción de inmuebles para viviendas: Legislación: En 2014 siguieron vigentes leyes y regulaciones contrarias a la propiedad privada en esta materia, se dictaron nuevas normativas que si bien fueron menos perjudiciales que las ya vigentes no sirvieron para mejorar la oferta de inmuebles para alquiler con fines comerciales, y sí continuó la política de toma por la fuerza de inmuebles privados con fines de vivienda en construcción o ya terminados.
El presidente de FEDECAMARAS, Jorge Roig, pidió disculpas a la población venezolana ante una eventual instalación del sistema de captahuellas en supermercados del país: “En el caso de que seamos obligados a instalar esas máquinas le queremos pedir excusas al país porque esto es un proceso indignante y humillante que solamente tiene un parangón. En ningún país del mundo, solamente en Cuba, existe una tarjeta de racionamiento que por más electrónica que sea, que por más métodos modernos que sean, sigue siendo una tarjeta que va a racionar las compras y limitar el acceso a los bienes de consumo’, explicó. Roig señaló que los empresarios del ramo de los supermercados están de acuerdo con la lucha frente al contrabando, por lo que, aseguró, accedieron a la implementación del control a la venta
25
CAPÍTULO 2
Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat
Resoluciones mediante las cuales se ordena la Ocupación Temporal de los Inmuebles que en ellas se señalan, los cuales se encuentran ubicados en las direcciones que en ellas se mencionan. Gaceta Oficial N°: 40.329 Fecha: 08/01/2014 http://goo.gl/R1hZHg
Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat
Resolución mediante la cual se ordena ocupación temporal del inmueble ubicado en la dirección que en ella se indica.
Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat
Resolución mediante la cual se ordena la ocupación temporal del inmueble denominado Cantera El Pinto, ubicado en la dirección que en ella se señala.
Gaceta Oficial N°: 40.342 Fecha: 27/01/2014 http://goo.gl/cS8Nrz
Gaceta Oficial N°: 40.347 Fecha: 03/02/2014 http://goo.gl/us9bIM
Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat. Dirección de Gestión del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat
26
Providencia mediante la cual se modifica la Providencia Administrativa N° 424, de fecha 02 de noviembre de 2010, dictada por el Indepabis y, en consecuencia, se amplía la medida a intervención temporal de la obra Conjunto Residencial Bosquemar y sobre la empresa Inversiones Bosquemar, C.A. Gaceta Oficial N°: 40.363 Fecha: 25/02/2014 http://goo.gl/q3rUPW
CAPÍTULO 2
Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat
Resolución mediante la cual se ordena la Ocupación Temporal del inmueble ubicado en la dirección que en ella se indica.
Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat. Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas
Providencia mediante la cual se establecen las Normas para que los propietarios y arrendadores de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.
Presidencia de la República
Decreto N° 929, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el uso Comercial.
Gaceta Oficial N°: 40.370 Fecha: 12/03/2014 http://goo.gl/QKX6DJ
Gaceta Oficial N°: 40.382 Fecha: 28/03/2014 http://goo.gl/YxRDPC
Gaceta Oficial N°: 40.418 Fecha: 23/05/2014 http://goo.gl/MQHxIb
Ministerio del Poder Popular para el Turismo
Resolución mediante la cual se dicta las Normas que deben cumplir los prestadores de Servicios Turísticos de establecimientos de alojamiento turístico y agencias de viajes y turismo, en materia de turismo receptivo. Gaceta Oficial N°: 40.435 Fecha: 17/06/2014 http://goo.gl/cyL64j
27
CAPÍTULO 2
Discrecionalidad e impacto sobre la propiedad: La nota más preocupante desde el punto de vista del impacto de la propiedad fue la continua intervención y ocupación de proyectos habitacionales en perjuicio de los derechos de constructores y futuros habitantes de esos inmuebles: “Desde el pasado 12 de enero 5 asociaciones de vecinos de las urbanizaciones Macaracuay y Colinas de La California decidieron unirse en una asamblea de ciudadanos para defender la construcción del proyecto de la Fundación de la Universidad Central de Venezuela en un terreno ubicado en la principal de Macaracuay, y rechazar la medida de “ocupación temporal” que dictó el Ejecutivo Nacional. Teófilo Moros, representante vecinal de Colinas de La Californi, explicó que el pasado 8 de enero el Gobierno Nacional “nos madrugó”, a través de un decreto publicado en la Gaceta Oficial 40329 decretó “la ocupación temporal” de un terreno de 19 mil hectáreas, propiedad de la Fundación de la UCV con miras a construir un desarrollo de Misión Vivienda, que pese a que está ubicado en la avenida principal de Macaracuay, está dentro de jurisdicción de Colinas de la California. Ante este problema, agregó, se convocó a una asamblea de ciudadanos donde asistieron más de 400 vecinos de ambas urbanizaciones donde decidieron unir fuerzas de las cinco organizaciones vecinales, y declararse en alerta para evitar que se cambie el uso a este terreno, cuya zonificación es de educacional pública. Además elaboraron un documento que fue entregado al presidente de la Fundación UCV, Genaro Mosquera, donde rechazan públicamente la “ocupación temporal” de este terreno y apoyan el proyecto Centro Medico Docente UCV-Macaracuay, el cual será una obra que ejecutará la UCV y beneficiará no solo al personal de postergado de esta universidad sino a los vecinos de las urbanizaciones aledañas a este espacio” (ver: http://goo.gl/13Oma4). Situación actual del sector: Desde el punto de vista de los arrendamientos, en el caso de los comerciales el balance no fue de empeoramiento, pero tampoco de mejoras ni garantías, de modo
28
que estancamiento es la calificación adecuada, aunque remitimos al interesado al Análisis Costo Beneficios de CEDICE para que examine las implicaciones y situación en detalle del sector (ver: http://goo.gl/7SXyAy). En cuanto a los arrendamientos de viviendas, la situación ha empeorado mucho, ya que no sólo desaparecieron las garantías de los propietarios sobre sus inmuebles en alquiler, sino que aumento el burocratismo en el sector (por la acción de la SUNAVI) y es inexistente la oferta de inmuebles para alquiler de viviendas por temor a perder la propiedad sobre aquéllos, de modo que han empeorado los costos ya anunciados por CEDICE en su Análisis Costo Beneficios de 2013 (ver: http://goo.gl/VXRqd9). En tal sentido se señaló que “…la construcción de soluciones habitacionales en el marco de la Gran Misión Vivienda continúa por debajo de 2013. De acuerdo a los datos del despacho de la Vivienda y Hábitat, entre enero y agosto de este año se produjeron 63.127 viviendas, 28% menos que lo culminado en 2013. En los primeros ocho meses del pasado año se realizaron 87.500 unidades. Aunque las autoridades destacan que se avanza en la construcción de desarrollos habitacionales, el comportamiento del área de vivienda evidencia que la menor disponibilidad de insumos ha seguido impactando en la actividad. Los problemas en la producción de materiales fundamentales como cemento y cabillas han persistido en el transcurso de este año y esa merma de los insumos no solo impacta en las obras que ejecutan los privados, también incide en los proyectos del sector público. El pasado 18 de junio el ministro de la Vivienda, Ricardo Molina, admitió en una reunión con la Cámara de la Construcción que en algunos materiales existen fallas de distribución y en otros de producción. El funcionario reconoció que existen severas dificultades con los productos de acero, por lo cual dijo que en ese momento se estaban importando 100 mil toneladas de Cuba, Brasil, China y Turquía. Luego admitió que había ausencia de otros materiales como las piezas sanitarias, que también se estaban comprando a China. Los representantes del sector construcción apuntan que las dificultades de
CAPÍTULO 2
suministro se amplían a mallas, materiales de plomería y cables (…) Para este año se contempla la producción de 400.000 unidades habitacionales, y al cierre del agosto se había alcanzado 16% del objetivo”.
infraestructura’ declaró hace algunos días el presidente de la Cámara Venezolana de la Construcción (CVC). Sí, muy duro -enfatizamos nosotros- más que en años anteriores, pues con el desplome de los precios del petróleo se estima que el Fisco podría dejar de recibir unos 20 mil millones de dólares, lo que haría contraer aún más la inversión que este Gobierno ha venido destinando para la construcción y mantenimiento de obras públicas en general. Estamos así ante una perspectiva que golpearía con mayor ahínco el estado lastimoso en que se encuentra la infraestructura del país, por la indolencia e incompetencia de un régimen que no hizo en su momento las inversiones requeridas para conservarla, mejorarla y ampliarla debidamente, no obstante los enormes ingresos que percibió durante estos tres lustros. Ya, de hecho, la infraestructura de Venezuela, otrora envidiada por muchos, está rivalizando en mala calidad con los países más pobres y atrasados del mundo y, en la región, se ubica en el penúltimo puesto, sólo por encima de Haití, tal como lo señala el último Reporte de Competitividad Global 2014-2015 publicado por el Foro Económico Mundial (www.weforum.org) Tiene razón el presidente de la CVC cuando dice: “Hay una cantidad de obras e infraestructuras paralizadas (...) Hay que invertir
Sin embargo “…en el marco de la Misión Vivienda, el primer mandatario realizó la entrega de 760 viviendas en Ciudad Tiuna y en ese contexto, apuntó que era necesario seguir impulsando el modelo socialista. Tras la entrega de las unidades habitacionales, dijo que las familias que recibieron las viviendas deben comprometerse a construir consejos comunales y comunas, que promuevan la convivencia colectiva’” (ver la nota informativa en: http://goo.gl/3s83Xe). Estrategias del sector afectado: Además de diversos comunicados, reuniones, propuestas y llamados a diálogo de parte de los empresarios y cámaras de la construcción y de los propietarios de inmuebles para alquiler comercial o de vivienda, los analistas especializados en este sector han advertido lo que será el año 2015 debido a las leyes y regulaciones vigentes: “El año 2015 ‘va a ser duro para el sector de
Cesta OPEP
120
80 60 40 Importaciones No Petroleras
20
FEB 2015
ENE 2015
DIC 2014
NOV 2014
OCT 2014
SEP 2014
AGO 2014
JUL 2014
JUN 2014
MAY 2014
ABR 2014
MAR 2014
FEB 2014
0 ENE 2014
USD/Barril
100
Fuente: OPEP. Elaboración: Econ. Oscar Torrealba
29
CAPÍTULO 2
en infraestructura y vivienda (...) es importante sentarse y buscar el camino para que el sector privado participe en la construcción de vivienda e infraestructura en conjunto con el Gobierno (...) Este año el sector privado no va a llegar a las 20.000 viviendas y el año próximo llegaría a las 10.000 (...) no se está haciendo vivienda para el sector de la clase media y clase media baja” (ver: http://goo.gl/UXJQuV) Frente a ello, el presidente de la Cámara Bolivariana de Construcción (CBC) y Director General Nacional del Consejo de Integración Empresarial Bolivariano de Venezuela, Gerson Hernández dijo que “apuestan a la inversión con la expectativa de apalancar al sector. Jaime Gómez, de la Cámara Venezolana de Construcción dice que se construirán menos viviendas en 2015 por escasez de insumos: ‘Nosotros estamos en contra del mal llama-
30
do desabastecimiento o del acaparamiento y apostamos más a la inversión. Vemos como un sector productivo, que está en contra de las políticas del Estado, se ha dejado llevar por un falso criterio”, sostuvo Hernández. Destacó que muestra de la fortaleza económica del país, la CBC logró firmar un acuerdo, en julio pasado, con el Banco Interamericano de Desarrollo y la Corporación Interamericana de Inversiones, en Washington, Estados Unidos. El representante de la CBC dijo que “comenzamos ese trabajo cuando allá se veía a Venezuela como el mundo de lo imposible, porque se vende mucho el factor político, la ponzoña mediática y lo que hacen los medios de comunicación. Nosotros demostramos, a través de esa clase media que ha crecido 42% en los últimos 15 años, el nuevo poder adquisitivo del venezolano” (ver la información en: http://goo.gl/b3bjIA).
CAPÍTULO 2
2.5 Sector de medicamentos y servicios de salud privada: Legislación: Lo más relevante en este sector en 2014 fue, finalmente, luego de muchas postergaciones, de la Resolución Conjunta que contiene las normas para implementar la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de Medicamentos prevista en el Sistema Integral de Control de Medicamentos (SICM). Discrecionalidad e impacto sobre la propiedad: El efecto sobre la propiedad en este sector de las regulaciones más generales, en especial la normativa cambiaria, y en particular el derivado de este SICM, se describe a continuación en este reportaje de El Nacional: “Las fallas de distribución de los medicamentos han empeorado en lo que va de año debido a la imposibilidad de las industrias de hacer nuevas importaciones. Fuentes del sector indicaron que hay algunos casos de principios activos de alta rotación que superan 75% de fallas, que abarcan los tratamien-
Ministerio del Poder Popular para la Salud para el Proceso Social de Trabajo y para el Comercio
tos para la tiroides, diabetes y la tensión, así como algunos ansiolíticos y anticonvulsivantes. Agregaron que la situación del ácido valproico, utilizado para tratar la epilepsia, es particularmente grave. ‘Ya no es solo fallas en términos de unidades despachadas. Hay principios activos completamente agotados, el de marca y el genérico’, expresaron. El Centro Nacional de Comercio Exterior señaló que las empresas del sector salud –laboratorios farmacéuticos, importadores de insumos y equipos médicos, y reactivos– recibieron 1,4 millados de dólares entre enero y julio de este año, lo que permitió aliviar la deuda con los proveedores, pero su efecto se ha diluido, según la industria, por el retraso del organismo para aprobar nuevas importaciones. Advirtieron que la situación para el último trimestre del año empeorará si el gobierno no aprueba las autorizaciones de adquisición de divisas, un proceso previo para solicitar mercancía al proveedor y que en promedio lleva una demora de 80 días (…) Las empresas proveedoras de insumos y materia prima también presentan las mismas dificultades. La media de retrasos en la liquidación de divisas para los principales proveedores de la industria farmacéutica pasa de 300 días, dijeron las fuentes” (ver: http://goo.gl/q1bzoZ).
Resolución Conjunta mediante la cual se implementa la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de Medicamentos prevista en el Sistema Integral de Control de Medicamentos (SICM). Gaceta Oficial N°: 40.509 Fecha: 01/10/2014 http://goo.gl/zkhRhm
31
CAPÍTULO 2
32
Situación actual del sector:
Estrategias del sector afectado:
Expertos en la medicina y la farmacia estiman que para finales de 2014 y principios de 2015 la escasez de medicamentos vitales para el tratamiento de ciertas enfermedades se intensifique: “Así lo explicó el Dr. Luis Camejo, directivo del Colegio de Médicos de la Zona Centro del estado Anzoátegui, quien enfatizó que ‘el Ejecutivo nacional debería actuar lo más pronto posible’. Camejo señaló que la escasez de medicinas es un fenómeno nunca antes visto en el país que pudiera poner en riesgo la salud de muchos venezolanos. El galeno indicó que en la actualidad, el desabastecimiento de medicamentos en las farmacias de todo el territorio nacional está al 60%, lo cual es ‘sumamente alarmante (…) Los médicos debemos recetar prescripciones con varias opciones de medicinas a los pacientes, en caso de que no consigan una, puedan entonces comprar la otra’, dijo Camejo, quien añadió que ‘muchas veces los pacientes deben visitar varias farmacias antes de poder obtener el medicamento que requieren’. Camejo manifestó que los más afectados por esta crisis de medicinas son los diabéticos e hipertensos, quienes ‘no pueden, bajo ninguna circunstancia, dejar de ingerir sus medicinas. Es una cuestión de vida o muerte’” (ver: http://goo.gl/n6QZ4k).
Las estrategias del sector, ante la falta de instancias judiciales que puedan limitar la acción del Ejecutivo contraria a los derechos de las personas en el sector, ha sido el llamado a la prudencia y rectificación en esta materia: “el presidente de la Federación Farmacéutica de Venezuela, Freddy Ceballos, señaló que desde que advirtieron hace cuatro meses que la escasez de medicamentos rondaba el 60% en la ciudad Capital y el 70% en el interior del país, la situación sigue latente. ‘Hemos sobrepasado la falla del 60% en Caracas y se mantiene la cifra en el interior’, manifestó. ‘Se mantiene la situación, eso no ha cambiado y entramos a las vacaciones con esa falla, lamentablemente está rota la planificación y la programación de todas las empresas porque generalmente cuando se iban de vacaciones quedaban surtidas ampliamente todas las droguerías que son las que le distribuyen a las farmacias, pero eso no sucedió’, indicó. Con las modificaciones en la directiva del CENCOEX, el gremio espera que no se dilate la liquidación de las divisas pendientes. ‘El monopolio de las divisas y la solución la tiene el Estado”, acotó (…) Ceballos exhortó al Gobierno a tomar los correctivos argumentando la ausencia de muchos productos y que los inventarios están por debajo de los tiempos de reposición” (ver lo anterior en: http://goo.gl/8wWmle).
CAPÍTULO 2
2.6 Sector del comercio interno: Legislación: A nivel legislativo, se publicó una nueva versión del Decreto-Ley de Precios Justos (el análisis preliminar de CEDICE sobre éste y otros Decretos-Ley en: http://goo. gl/tln21v), ahora con carácter orgánico, y varias normativas de ejecución de ese Decreto-Ley, cuyo objeto sigue siendo el control de la actividad económica de todas las empresas privadas a lo largo de toda la cadena de producción, pero ahora incluidos los costos y las ganancias de dichas empresas, agravando las limitaciones contrarias a la propiedad privada y a la libre empresa de los particulares (a nivel regulatorio o sub-legal, se dictaron en ejecución de este Decreto-Ley actos de intervención y ocupación de empresas, de regulación del “precio de venta justo” y de creación de un nuevo registro, el RUPDAE, en el que deben inscribirse todas las personas que realicen “actividad económica” para actuar lícitamente). Otras normativas, a nivel sub-legal, dictadas en 2014 en este ámbito se refirieron a la prohibición de aumento de matrículas y mensualidades en los colegios privados, la prohibición de venta en las calles (a través del comercio informal o buhonería) de bienes declarados de primera necesidad, la atribución de nuevos poderes a instancias del Poder Popular para inspeccionar actividades privadas, y la prohibición de envío por encomienda privada de bienes declarados de primera necesidad, etc. A continuación, una selección de la legislación y regulación más relevante del sector:
33
CAPÍTULO 2
Presidencia de la República
Decreto N° 600, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos. Gaceta Oficial N°: 40.340 Fecha: 23/01/2014 http://goo.gl/CwZE7a
Ministerio del Poder Popular para el Turismo
Resolución mediante la cual se encomienda a los ciudadanos y ciudadanas que en ella se indican, para efectuar todo tipo de Inspecciones en materia turística a los prestadores de servicios turísticos definidos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Turismo. Gaceta Oficial N°: 40.361 Fecha: 21/02/2014 http://goo.gl/6C3lpf
Vicepresidencia de la República SUNDDE
Providencia mediante la cual se establece el procedimiento para autorizar las promociones solicitadas ante esta Superintendencia. Providencia mediante la cual se informa sobre los mecanismos, metodología y demás aspectos necesarios, por medio de los cuales serán públicas las distintas regulaciones en relación a la determinación de precios justos en el acceso a los productos y servicios. Gaceta Oficial N°: 40.391 Fecha: 23/04/2014 http://goo.gl/7kVRT5
Vicepresidencia de la República SUNDDE
Providencia mediante la cual se dicta el Reglamento Orgánico de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE). Gaceta Oficial N°: 40.415 Fecha: 20/05/2014 http://goo.gl/EHUHQu
34
CAPÍTULO 2
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Requisitoria mediante la cual se establece el procedimiento que determinará el monto de la matrícula y mensualidades, por cada Institución Educativa de gestión privada, inscrita o registrada, del subsistema de Educación Básica, en los términos que en ella se señalan. Gaceta Oficial N°: 40.452 Fecha: 11/07/2014 http://goo.gl/jyDSLF
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Decreto Nº 1.190, mediante la cual se prohíbe el tránsito por el territorio nacional con fines de exportación o extracción hacia territorio extranjero de los rubros y productos de la cesta básica, insumos, medicinas y demás bienes importados o productos en el país para el consumo del pueblo venezolano, indispensables para la vida digna, la salud, la seguridad y la paz social, que en él se indican. Gaceta Oficial N°: 40.481 Fecha: 22/08/2014 http://goo.gl/jdFpJQ
Vicepresidencia de la República SUNDEE
Providencia mediante la cual se establece el lapso para la fase de inscripción en el Registro Único de Personas que desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE) por parte de los sujetos de aplicación para las diversas fases establecidas o a establecer por esta Superintendencia. Gaceta Oficial N°: 40.511 Fecha: 03/10/2014 http://goo.gl/D75MTc
35
CAPÍTULO 2
Presidencia de la República
Decreto Nº 1.348, mediante el cual se prohíbe la venta o cualquier otro medio de intercambio, a través del comercio informal, ambulante o eventual, de los rubros y productos de la cesta básica, insumos, medicinas y demás bienes importados o producidos en el país para el consumo del pueblo venezolano. Gaceta Oficial N°: 40.526 Fecha: 24/10/2014 http://goo.gl/fh1Vlz
36
Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo y para Industrias
Resolución Conjunta mediante la cual se regula el funcionamiento de la Junta Administradora Especial de la Entidad de Trabajo «Corporación Clorox de Venezuela, S.A.», y sus sucursales.
Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos
Providencia mediante la cual se regulan las condiciones para la obligatoriedad del Establecimiento y Marcaje del Precio de Venta Justo (PVJusto) en los Bienes y Servicios que sean comercializados o prestados en el Territorio Nacional.
Gaceta Oficial N° 40.532 Fecha: 03/11/2014 http://goo.gl/4LUyPw
Gaceta Oficial N° 40.547 Fecha: 24/11/2014 http://goo.gl/zePw4a
CAPÍTULO 2
Discrecionalidad e impacto sobre la propiedad: Respecto del poder discrecional e impacto sobre la propiedad de estos controles generales (es decir, prohibiciones e intervenciones arbitrarias) sobre la actividad económica privada, el economista J. Rogelio Guevara explica lo siguiente: “¿Son positivas las medidas de control de precios? La historia económica tiene mucha evidencia sobre los controles de precios, en este sentido destacan por ejemplo: El Edicto sobre Precios Máximos, del emperador romano Diocleciano en 301 D.C. hasta libros recientes, unos en pro y otros en contra de los controles de precios como: 4.000 años de controles de precios y salarios de Shuettinger y Butler, Drastic Measures: A History of Wage and Price Controls in the United States de Hugh Rockoff por citar algunos a mis amigos lectores. Los controles de precios han sido aplicados por un numeroso grupo de gobiernos que han pretendido que con decretos de este tipo se tendrá una economía próspera, con baja inflación, desarrollada e innovadora, cosa que es totalmente falso. ¿Por qué los controles de precios no son buenos? (…) El principal efecto de los controles de precios es que estos obligan a mantener un precio bajo entre la oferta y demanda que no es de equilibrio y al crear esta situación de un precio irreal en el mercado, la demanda de los bienes crece hasta un punto en el cual la oferta no puede satisfacerla, dando lugar a escasez de los productos cuyo precio se pretende controlar (…) Otra consecuencia de los controles de precios y su falta de respeto es que los conocidos vendedores informales ‘buhoneros’ comercializan muchos bienes que están regulados por el Estado y que son de primera necesidad, pero que como podrá darse cuenta el lector, son vendidos muy por encima de su precio ‘regulado’ (…) ¿Qué consecuencias de corto plazo traerán las medidas recientes de Maduro? En los próximos meses vendrá un estancamiento importante en los sectores de electrodomésticos, tecnología, ropa, calzados y otros rubros que sean, según palabras de Maduro y sus acólitos, ‘liberados’ para vencer las hostilidades económicas de las clases burguesas contra el pueblo
venezolano. Se ha creado tal nivel de incertidumbre que el sector empresarial esta temeroso del futuro, ya que es como una ‘ruleta rusa’, donde el día de mañana pueden ir contra cualquier sector industrial que les apetezca y todo esto con la finalidad de seguir manteniéndose en el poder a como de lugar y no aceptar que, lamentablemente, el modelo que se quiso implantar es un gran fracaso” (ver: http://goo.gl/hkzsKX). Las intervenciones y ocupaciones, sin ningún tipo de restricción de tiempo y de poderes de control del Gobierno sobre las empresas, son sin duda el mayor impacto sobre la propiedad, y la mayor muestra de la arbitrariedad administrativa con la que se actúa en este ámbito, en el que se pretende sin pudor decirles a los consumidores qué pueden o no consumir: “El vicepresidente de Soberanía Alimentaria, Carlos Osorio, anunció que el gobierno intervino una planta distribuidora de leche Zuli Milk por presuntas irregularidades. Según Osorio, varias redes de comercio venden la leche a 240 bolívares, cuando el precio establecido es de 70 bolívares. ‘Nos acostumbraron a consumir de manera masiva la leche pulverizada, tenemos que volver otra vez a retomar con mucha fuerza el tema de distribución de la leche líquida’, expresó. Aseguró que se desplegaron supervisores para garantizar la distribución de alimentos, una de las medidas que se tomó durante una reunión con supermercados y la cadenas privadas de alimentos como: Makro, Excelsior Gama, Plaza’s, Farmatodo, Locatel, entre otros” (ver la información completa en: http://goo. gl/l3Ssd8). Situación actual del sector: En cuanto a la situación general del sector, Pablo Baraybar, director de Alimentos en Empresas Polar, declaró recientemente que “el sistema de control de precios es ‘equivocado y erróneo’ y explicó que ese modelo impuesto por el Gobierno propicia el contrabando y ‘asfixia’ a las empresas: ‘Realmente el factor que produce el contrabando es la diferencia de precios. El control de pre-
37
CAPÍTULO 2
cios y la asfixia de precios, porque este modelo es asfixia no control’ (…) Indicó que los precios de los productos ‘no suben porque sí, sino porque se incrementa el costo. Los empresarios no queremos subir los precios’. Colocó como ejemplo que ‘por cada paquete regulado de pasta que vendemos, perdemos dos veces su precio (…) Baraybar explicó que la solución más expedita es ‘aumentar la producción’ (…) ‘Si todas las plantas del Estado se pusieran a producir, aquí sobraría la harina de maíz (...) Parece increíble pero las empresas del Estado también están produciendo a pérdida (...) Polar va a seguir produciendo como pueda. Haremos lo necesario para seguir produciendo’ (…) ‘Polar no va a cerrar sus empresas (...) Polar tiene una serie de alimentos que si ganan dinero, y permiten tener un flujo de caja positivo pero Polar no puede perder en todas tampoco, es más cuando tenemos problemas de este tipo hemos parado la empresa porque no puede cubrir sus costos de producción (...) Sí hay un problema grave en cuestión de costos y lo podemos enfrentar porque tenemos otros productos’” (ver: http://goo.gl/wHE1PS). Adicionalmente, muchas empresas aún no lograron recuperarse de la arremetida de finales de 2013 en contra de los comercios privados llamada “El Dakazo”, en
38
las que por orden de Nicolás Maduro fueron saqueados en muchos casos los anaqueles de estas empresas sin el pago del precio de mercado de los bienes tomados: “’He ordenado inmediatamente la ocupación de esa red (Daka) y sacar los productos a la venta del pueblo a precio justo, que no quede nada en los anaqueles’, dijo el 8 de noviembre de 2013 el presidente Nicolás Maduro, luego de las inspecciones realizadas en las tiendas de electrodomésticos en las que evidenciaron sobreprecios. Los compradores acudieron al llamado y no dejaron mercancía en los estantes. Ahora, casi un año después, los anaqueles están igual (…) En Daka Los Palos Grandes los trabajadores se mantienen de brazos cruzados. No tienen qué vender más que planchas y cafeteras. El encargado del local refirió que cada 15 días les despachan línea blanca y televisores. Pero en los estantes las lavadoras y pantallas plasma estaban solo en exhibición. En un comercio del ramo en Boleíta la situación es similar. ‘Los últimos meses solo hemos recibido equipos pequeños: licuadoras, tostiarepas, planchas y cafeteras. En febrero fue el último despacho de productos grandes; no tenemos nada de neveras y televisores solo hay dos de 32 pulgadas’, dijo el encargado de la tienda, que prefirió no ser identificado (…) ‘Lo último lo recibimos en abril. Después del acuerdo entre Samsung y
CAPÍTULO 2
el gobierno nos llegaron televisores, pero no duró nada. La gente hacía colas como en noviembre y se llevaron todo’, señaló. Comerciantes aseguran que la escasez de productos ha disminuido las ventas entre 60% y 80%. El desabastecimiento es por el remate de los inventarios y porque la liquidación de divisas no ha sido regular ni en las cantidades necesarias, afirmó Edgar Berríos, director de la Asociación Nacional de Fabricantes y Distribuidores de Electrodomésticos (…) Víctor Maldonado, director de la Cámara de Comercio de Caracas, considera difícil que toda la mercancía que se solicite llegue a tiempo al país, aunque no descarta que el gobierno logre traer los electrodomésticos. ‘Un container puede tardar hasta tres meses en llegar, y ya estamos en la primera quincena de octubre’. Agregó que lo que más se ha quebrantado es la confianza de la industria en el gobierno. ‘Hay quienes no le encuentran sentido a seguir trayendo productos cuando no tienes libertad de venta y desconoces en qué momento te quitan la mercancía’” (ver: http://goo.gl/oa5Thj; asimismo, el informe especial que preparó el Observatorio de la Propiedad en: http:// goo.gl/nvhlhR). Estrategias del sector afectado: Ante la gravedad de la situación, y no obstante la falta de independencia judicial y abierta politización del Tribunal Supremo de Justicia, FEDECAMARAS solicitó ante la Sala Constitucional del TSJ la nulidad del Decreto-Ley Orgánica de Precios Justos, siendo su Presidente, Jorge Roig, el responsable de informar los términos de la demanda: “Jorge Roig, presidente de FEDECAMARAS, aseguró que el texto legal promulgado el pasado 23 de enero es ‘una ley que atenta contra la libertad económica y que viola flagrantemente aspectos establecidos en la Constitución’. El directivo explicó que en el recurso jurídico también solicitaron medidas cautelares para la ‘suspensión inmediata’ de la Ley, siempre y cuando el recurso y las medidas sean aceptadas por la Sala Constitucional del máximo tribunal” (ver información en: http://goo.gl/0NReOL).
Tal y como ocurre en los casos de interés político para el Gobierno nacional (ver al respecto el capítulo tres del libro de Antonio Canova González y otros, El TSJ al servicio de la Revolución. La toma, los números y los criterios (2004-2013). Caracas: Editorial Galipan, 2014, en el que se demuestra el patrón de sincronía política entre el Gobierno nacional y la Sala Constitucional), a los pocos meses el TSJ rechazó, sin tramitar juicio alguno, la demanda de nulidad y “ratificó” la constitucionalidad del Decreto-Ley Orgánica de Precios Justos: “La Sala Constitucional declaró que la Ley Orgánica de Precios Justos ‘responde al desarrollo legal del Estado Social y demás valores, principios, garantías y normas en general que propugna la Constitución’, y rechazó la acción interpuesta por un ciudadano contra el Ministro de Comercio y Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos Económicos, pues sus actuaciones en el cumplimiento de la mencionada ley ‘no implican vulneración de los derechos constitucionales’ (…) Mediante decisión No 1158 del 18 de agosto de 2014, con ponencia de la Presidenta de la referida Sala y del TSJ, magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, declaró improcedente la acción ejercida contra actuaciones desplegadas por los señalados órganos estatales ‘con fundamento en la Ley Orgánica de Precios Justos’, y afirmó que ‘los derechos relativos a las libertades económicas se encuentran sujetos (...) a una serie de limitaciones para su adecuado ejercicio’, las cuales vienen “determinadas por la Constitución y las leyes”, las cuales sancionan severamente el contrabando y otros delitos que atentan contra la economía nacional (…) El ‘ámbito y finalidad a la que atiende el contenido’ de la Ley Orgánica de Precios Justos ‘se encuentra en consonancia y materializa el desarrollo’ del Plan de la Patria, que plantea como línea de dirección del Estado ‘desarrollar un sistema de fijación de precios justos (...) combatiendo las prácticas de ataque a la moneda, acaparamiento, especulación, usura y otros falsos mecanismo de fijación de precios, mediante el fortalecimiento de las leyes e instituciones’, fue otro de los argumentos empleados en la motivación del fallo” (ver la sentencia completa en: http://goo.gl/wYRKhd).
39
CAPÍTULO 2
2.7 Situación (acción) del Gobierno Nacional y su impacto en la economía: Legislación: Lo más destacado de 2014, en cuanto a legislación y regulaciones dictadas por el Gobierno Nacional con impacto en la economía, encontramos el otorgamiento vía normas generales de dispensas tributarias a empresas estatales dedicadas a la importación de bienes como vehículos, la celebración de nuevos convenios no debatidos ni aprobados por la Asamblea Nacional de intercambio económico con aliados políticos como China, la centralización y adscripción a la Vicepresidencia de la República del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), la monopolización de las actividades de im-
Presidencia de la República
portación en el CORPOVEX, el incremento de los aranceles a pagar en las Aduanas por la importación de bienes, la multiplicación de registros y trámites administrativos como el Registro Único Obligatorio Permanente de Productores y Productoras Agrícolas (RUNOPPA), el Registro Único Nacional de Salud Agrícola Integral (RUNSAI) y el Registro único de Personas que realizan Actividades Económicas (RUPDAE), y, en abierta contradicción con lo anterior, la creación de una Autoridad Única Nacional para la Simplificación de Trámites y Permisos, que en lugar de difundir sus decisiones y normativas mediante la Gaceta Oficial, en violación de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos vigente, lo hace a través de la cuenta twitter personal de su actual director. A continuación, una selección de la legislación y regulación más relevante del sector:
Decreto N° 726, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, las importaciones definitivas realizadas por los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional, de doce mil (12.000) vehículos marca Chery. Gaceta Oficial N°: 40.328 Fecha: 07/01/2014 http://goo.gl/zNufs9
Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores
Resolución mediante la cual se informa la entrada en vigor del «Acuerdo de Cooperación en materia de Hidrocarburos, Petroquímica y Minera entre el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la República Popular China». Gaceta Oficial N°: 40.363 Fecha: 25/02/2014 http://goo.gl/ntffE5
40
CAPÍTULO 2
Presidencia de la República
Decreto N° 1.191, mediante el cual se adscribe a la Vicepresidencia de la República el Centro Nacional de Comercio Exterior. Decreto N° 1.192, mediante el cual se establece que la emisión, modificación, otorgamiento y revocación de Licencias de Importación, Certificados de No Producción Nacional (CNP) y Certificados de Insuficiencia de Producción (CIP), serán centralizados por el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), y su autorización sólo podrá efectuarse previa aprobación del Vicepresidente Ejecutivo. Decreto N° 1.193, mediante el cual se establece que la Corporación Venezolana de Comercio Exterior, S.A. (CORPOVEX) asumirá las actividades materiales y técnicas de las empresas del Estado que forman parte del conglomerado socialista bajo su coordinación, relacionadas con la importación y adquisición en el mercado internacional de bienes y servicios para el sector público nacional. Gaceta Oficial N°: 40.482 Fecha: 25/08/2014 http://goo.gl/tTB8ds
Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública. Gaceta Extraordinaria
Resolución N° 086, de fecha 01 de septiembre de 2014, del Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública, mediante la cual se modifica parcialmente el Anexo II «Régimen Legal aplicable a mercancías objeto de exportación», del Decreto N° 236 de fecha 15 de julio de 2013, en el cual se reformó parcialmente el Arancel de Aduanas promulgado a través del Decreto N° 9.430, de fecha 19 de marzo de 2013. Gaceta Extraordinaria N°: 6.143 Fecha: 05/09/2014 http://goo.gl/d2pDxG
41
CAPÍTULO 2
Ministerio del Poder popular para la Agricultura y Tierras
Resolución Nº DM/037/2014, mediante la cual se crea el Registro Único Obligatorio Permanente de Productores y Productoras Agrícolas (RUNOPPA). Gaceta Oficial N°: 40.477 Fecha: 18/08/2014 http://goo.gl/ihfT4p
Presidencia de la República
Decreto N° 1.505, mediante el cual se dicta el Reglamento del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas sobre las Tasas Aduaneras.- (Se reimprime por fallas en los originales). Gaceta Oficial N° 40.555 Fecha: 4/12/2014 http://goo.gl/pxjbkg
Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, para la Defensa y para Relaciones Interiores, Justicia y Paz
42
Resolución Conjunta mediante la cual se prorroga la vigencia de la suspensión temporal de la exigencia en todo el territorio nacional del Registro Único Nacional de Salud Agrícola Integral (RUNSAI), en los términos que en ella se indican. Gaceta Oficial N° 40.561 Fecha12/12/2014 http://goo.gl/YN11Uk
CAPÍTULO 2
Discrecionalidad e impacto sobre la propiedad: Dentro de las múltiples implicaciones e impacto que ha tenido sobre la propiedad la legislación y en especial la regulación dictada en esta materia, especial importancia revisten los derivados de las modificaciones en la organización de la Administración cambiaria (ya comentados en la sección 3.1 de este Informe), el aumento del centralismo y creación de mayor burocracia a nivel nacional para las exportaciones e importaciones (caso especial de Bolipuertos), y el incremento notable de los aranceles o pagos que deben efectuar los importadores para ingresar al territorio nacional (“nacionalizar”, se llama a esto) los bienes comprados en el extranjero. Respecto del último punto, se informó y alertó en prensa nacional que “la entrada en vigencia de nuevas reglas aduaneras en Venezuela generará un aumento al precio de los impuestos que deben pagar los importadores. Según informó el SENIAT, el cálculo de los gravámenes ahora se efectuará en base a la tasa cambiaria que haya utilizado el empresario para hacer la compra del producto. Hasta hace poco, para proceder a la nacionalización de mercancías importadas en el sistema aduanero, se aplicaba un solo tipo de cambio (6,30 bolívares por dólar), independientemente del origen de las divisas. Ahora, de acuerdo con los nuevos ajustes, si los recursos se obtuvieron a través del SICAD 2 la tasa variará a 50 bolívares por dólar aproximadamente. Estos ajustes, ‘automáticamente ponen a Venezuela en el camino de una hiperinflación, pues representan un incremento de hasta 700% en los impuestos que se aplican a las mercancías importadas y al mismo tiempo afecta el precio de compra de los productos que pasaron de las tasas controladas del Cencoex o el Sicad 1; a la tasa Sicad 2 que es prácticamente una tasa de dólar libre’, explicó Vladimir Tovar, experto en temas aduaneros, en declaraciones al diario La Opinión, de Cúcuta”. El mismo experto enfatizó que: “esta situación varía de acuerdo a la tasa a la que se adquirieron las divisas para la compra de la mercancía; depende también del tipo
de productos importados y del lugar de procedencia de estos bienes, pues hay convenios internacionales y disposiciones internas que influyen en las tasas impositivas de las mercancías de importación en cada uno de estos casos, puntualizó. Acotó que ‘el importador tradicional que estaba comprando dólares en un mercado negro que oscila entre 60 y 80 bolívares por dólares [a la fecha de publicación de este Informe está cercano a los 200 bolívares por dólar] y trasladaba esos costos al precio de sus productos, más el impuesto calculado a 6,30 bolívares, también se ve afectado, porque ahora el cálculo del impuesto se le dispara a 50 bolívares por dólar’. Aunque la nueva normatividad da la base jurídica necesaria a los importadores para defenderse de las fiscalizaciones de los entes oficiales, también tiene un efecto abrumador sobre los costos, lo que terminaría por afectar aún más la economía del vecino país, que en este momento está agobiado por la escasez de productos de primera necesidad, aseguró Tovar. Según Tovar, desde ahora el impuesto a pagar en aduanas por las mercancías importadas se determinará en función del último tipo de cambio establecido en el SICAD 1 y SICAD 2, lo cual generará un monto de impuesto a pagar superior, en un promedio de 200% a 700%, según sea el caso” (ver: http://goo. gl/1LuCGx). Con relación a la centralización y monopolización de las importaciones, cabe indicar que la Corporación Venezolana de Comercio Exterior CORPOVEX aumentó el control del Gobierno nacional sobre las importaciones: “El rediseño cambiario del Gobierno ya cuenta formalmente con una nueva pieza: la Corporación Venezolana de Comercio Exterior (CORPOVEX), que le permitirá incrementar el control sobre las importaciones y adoptar medidas para promover las exportaciones no petroleras.Básicamente la idea es que CORPOVEX importe directamente asegurando los mejores precios para insumos y productos que requieran las empresas del sector privado y público. El acta constitutiva de la Corporación publicada en la Gaceta extraordinaria 6.127 explica que CORPOVEX tendrá entre sus funciones ‘organizar y garantizar las importaciones para cubrir las necesidades
43
CAPÍTULO 2
Indicadores del Comercio Exterior
60% 50%
Tasa de cobertura
40%
Coeficiente de Penetración de Importaciones
30%
Grado de apertura
I
II
55,68%
33,18%
27,4%
50,98%
30,5%
32,28%
49,48%
0%
29,6%
10%
37,7%
20%
III
Fuente: Banco Central de Venezuela. Elaboración y cálculos: Econ. Oscar Torrealba
del país, procurar y garantizar las mejores condiciones en cuanto a calidad y precios de productos y bienes, simplificar y lograr la máxima eficiencia en los procesos de importación (...) y centralizar y facilitar las exportaciones no petroleras (…) Para esto deberá ‘realizar las actividades inherentes a las importaciones de bienes, incluyendo insumos requeridos para el desarrollo de las actividades productivas nacionales, públicas y privadas’, además de “coordinar y ejecutar almacenamiento y distribución de bienes e insumos” (ver: http://goo.gl/dLym37). Por otro lado, se informó, como prueba indiscutible de la política de planificación central de la economía que sigue el Gobierno de Venezuela que “Corpovex liderará lo que el Gobierno denomina un ‘conglomerado de empresas vinculadas al comercio exterior’ que, según fuentes consultadas, tendrán como objeto adquirir los insumos y productos que requiere buena parte de la economía y luego distribuirlos al sector público y privado. De esta forma una larga lista de empresas no recibirían divisas, sino que pagarían con sus bolívares las importaciones que CORPOVEX realizará de manera directa a través del conglomerado. El conglomerado está formado por AGROPATRIA, BARIVEN, la Corporación de abastecimiento y Suministros Agrícolas (CASA); CVG Internacional,
44
Suministros Industriales Venezolanos (SUVINCA) y Venezolana de Exportaciones e Importaciones (VEXIMCA). El 6 de noviembre de 2013 el Presidente de la República, Nicolás Maduro, afirmó que a través de la Corporación se evitará la sobrefacturación en las importaciones (…) La Corporación podrá crear empresas filiales, dentro y fuera del país, ‘así como participar en consorcios y empresas, nacionales e internacionales’, dice el acta constitutiva. El capital social de CORPOVEX es de 100 millones de bolívares y será administrada por una junta directiva integrada por siete directores principales, de los cuales uno será el presidente y otro el director ejecutivo. Todos serán designados por el Presidente de la República” (ver la información completa en: http://goo.gl/dLym37). Un caso especial de monopolio estatal que impacta los derechos de propiedad pero también la libertad de información y expresión es el de la empresa estatal “Complejo Editorial Alfredo Maneiro”, que depende de la Presidencia de la República, se convirtió en tiempo récord en proveedor único de casi la totalidad de los diarios impresos del país. Editores y activistas de derechos humanos advierten que ese hecho pone en peligro la libertad de expresión.
CAPÍTULO 2
En un reportaje del diario El Nacional se describe de este modo la actividad de ese monopolio estatal contrario a la propiedad y a la libertad de información: “El complejo fue constituido por Maduro para imprimir periódicos, revistas y libros con sello oficial, pero en los últimos siete meses ha adoptado una nueva función: la importación para la venta de papel prensa. La institución estatal se ha convertido prácticamente en el proveedor único de ese insumo clave para 99 periódicos –se calcula que hay poco más de un centenar en el país–con lo cual ha asumido una posición de predominio que preocupa a analistas y activistas de derechos humanos. Carlos Correa, director de la ONG Espacio Público, considera que está en marcha un proceso de concentración que apunta al surgimiento de un monopolio por parte del Poder Ejecutivo, que ha dado muestras suficientes de no ser un actor neutral con respecto a las coberturas informativas y de opinión que le son críticas: ‘Por la vía de las entregas de papel se crean restricciones indirectas a la libertad de expresión y se somete a los editores a una situación perversa de dependencia que puede impactar en las líneas editoriales de los diarios’ (…) Correa considera que, en un principio, el gremio de periódicos fue afectado por la escasez de divisas que impactó a todos los sectores de la economía nacional. Más tarde, según el activista de derechos humanos, el gobierno supo capitalizar la situación para introducir cambios que le interesaban en el modelo de suministro de la materia prima para los medios impresos. “Pudo haber un origen económico, pero ahora se perciben elementos políticos en la conducción”. Ya la controversia había comenzado en 2012 cuando el papel prensa fue excluido de los productos prioritarios para la importación, por lo que a los compradores se les empezó a exigir un certificado de no producción nacional, requisito que se tradujo en una nueva alcabala para la gestión de las solicitudes. Luego surgieron filtros en las liquidaciones de divisas del CENCOEX -que reemplazó a CADIVI- por lo que el gobierno anunció convocatorias para el SICAD I, que finalmente fueron canceladas. El acceso a tasas de SICAD II implica el pago de precios entre cuatro y ocho veces mayores
que dificultan la viabilidad de los diarios y la renuncia a obtener divisas en los otros dos mecanismos. En ese contexto el Complejo Editorial Alfredo Maneiro entró en la escena como un súbito redentor” (ver: http://goo.gl/ mLR8c7). Situación actual del sector: Centralización, monopolios, ineficiencia y corrupción (ver: http://goo.gl/Ut73m3) es lo que caracteriza a los distintos organismos empresariales del Gobierno nacional (su número total, entre las empresas estatizadas sin las garantías de la expropiación, las adquiridas por compra o por vías de hecho, más las cientos de creadas directamente mediante Decreto presidencial, son a la fecha prácticamente incontables) que funcionan en las más diversas áreas de la economía venezolana. Una muestra de ello, es lo derivado del Decreto 40.557 por el cual quedó oficializada la incorporación de 6 empresas públicas a CORPOVEX: “Quedó oficializado el Decreto mediante el cual se adscriben seis empresas públicas a la Corporación Venezolana de Comercio Exterior, S.A. (CORPOVEX) con la publicación en la Gaceta Oficial número 40.577 de fecha 9 de enero de 2015, que circula este lunes. De acuerdo al Decreto Presidencial N° 1.591, las empresas que se adscriben a la corporación son Suministros Venezolanos Industriales C.A. (SUVINCA); CVG Internacional; Venezolana de Exportaciones e Importaciones C.A. (VEXIMCA); BARIVEN; la Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas (CASA); y la Corporación Nacional de Insumos para la Salud (CONSALUD). Entre las funciones asignadas a CORPOVEX están: “1. Coordinar y conducir las actividades realizadas por los entes descentralizados de la administración pública nacional relacionados con procura; 2. Prestar servicios de importación, suministro, distribución y comercialización de todo tipo de bienes y servicios de lícito comercio ‘en especial los bienes e insumos básicos para la existencia y libre desarrollo y desenvolvimiento de la población, así como la realización directa de tales ac-
45
CAPÍTULO 2
tividades’; 3. Realizar el ‘encadenamiento logístico de las operaciones de comercio internacional’; 4. Llevar a cabo el ‘agenciamiento ante las aduanas de cada jurisdicción del país’; 5. Operar como almacén general de depósito y como depósito aduanero; coordinar y ejecutar el almacenamiento de bienes e insumos y fomentar el desarrollo de servicios de información comercial; 6. Participar y ‘ejercer el liderazgo de conglomerados de empresas y organizaciones con fines comunes’ y funcionar como empresa matriz y ejercer la tenencia y representación de las empresas mixtas que operen en el sector del comercio exterior que le sean asignadas por el Presidente de la República [esto implica dirigir empresas estatales con participación privada” (ver: http:// goo.gl/ImeyfM). Volviendo al caso del Complejo Editorial Alfredo Maneiro, el presidente del Bloque de Prensa de Venezuela, organización que agrupa a 34 diarios venezolanos, David Natera, afirmó que “el gobierno creó un estado de dependencia a través del cerco de los mecanismos cambiarios: ‘Dejó como única alternativa acudir al complejo y eso ha fortalecido su intención de monopolizar el sector’. El vocero dijo que cada miembro del gremio que representa está en plena libertad de realizar las gestiones ante la instancia gubernamental, cuyo presidente, Hugo Cabezas, ha dicho que a 15 diarios pertenecientes a esa plataforma se les ha garantizado el suministro. Natera también es presidente del Correo del Caroní en Bolívar y asegura que el diario tiene inventarios de papel hasta principios del año próximo. Han logrado ahorrar debido a que decidieron publicar a un solo cuerpo y no circular los fines de semana: ‘No le compraremos al régimen, no convalidaremos esa maniobra. Sé que piden pago de contado y que entregan cantidades pequeñas que impiden planificar con tiempo’”. Frente a las denuncias indicadas, Hugo Cabezas, director del monopolio estatal “ha calificado al Complejo Editorial Alfredo Maneiro como garantía para la libertad de expresión, según reportan notas oficiales. El organismo
46
comenzó a vender papel prensa en marzo: desde entonces y hasta septiembre entregó 10.000 toneladas a medios impresos nacionales, de las cuales 80% fue para editoriales privadas, de acuerdo con los datos oficiales. El funcionario ha dicho que garantizará el suministro de 3.000 toneladas mensuales a los casi 100 diarios que le han presentado solicitudes. Peticiones de entrevista con Cabezas fueron remitidas por correo electrónico y a la sede del complejo en las últimas dos semanas, pero no las contestó. La diputada Tania Díaz del PSUV –a quien también se le enviaron mensajes el jueves para pedirle una entrevista–ha dicho que el gobierno normalizará el suministro de papel y se pondrá al día con las deudas. ‘Aquí hubo problemas que obligaron al Estado a reorganizar la administración de divisas’, dijo en entrevista con Venezolana de Televisión para explicar cuál era la situación con el rubro”4. Consecuencia de esta realidad, es la salida de circulación de diferentes medios impresos no estatales nacionales y regionales, como el diario Tal Cual (ver la noticia en: http://goo.gl/GH76l4). Otro de los monopolios estatales protagonista en 2014, Bolipuertos, también continúa generando complicaciones y obstáculos abusivos y en casos violatorios a los derechos de propiedad y libre empresa: “El presidente de la República instó al sector privado a “autorregularse” a la hora de fijar los precios de sus productos y servicios. Pero en paralelo el Estado aumenta las tarifas que cobran algunas de sus empresas. Este es el caso de Bolivariana de Puertos (Bolipuertos). Desde el pasado lunes los servicios portuarios en el país se calculan a la tasa resultante del SICAD y no en función del cambio de 6,30 bolívares por dólar. Esto obligará a las empresas importadoras y a las líneas navieras a cancelar, al menos, un 80% más por los servicios de Bolipuertos, si se toma en cuenta que la última cotización del dólar a través del SICAD se ubicó en 11,36 bolívares por dólar. ‘El impacto es grandísimo. ¿Cómo hacen las empresas que trabajan con productos regulados y aún no les permiten ajustar los precios? Lo que va a suceder es que las empresas van a disminuir las importaciones’, dijo un agente adua-
CAPÍTULO 2
nal, que prefirió el anonimato. Confirmó que tanto en el puerto de La Guaira como en el de Puerto Cabello, Bolipuertos facturó el pasado lunes en función de la tasa SICAD. “Nadie se queda fuera del impacto”, agregó (…) La decisión de Bolipuertos está respaldada por el Convenio Cambiario número 25, contenido en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.122, que circuló el pasado 23 de enero (…) La medida de Bolipuertos dista de la interpretación que hizo Rafael Ramírez, vicepresidente del Área Económica, el pasado 22 de enero, cuando anunció al país las medidas económicas. En ese momento, el funcionario aseguró que no se estaba devaluando y que el impacto del nuevo convenio cambiario recaía sobre líneas áreas y los cupos para viajeros” (ver: http://goo.gl/shiw7T).
Estrategias del sector afectado: Frente al laberinto burocrático de organismos administrativos y controles en la economía vigentes en Venezuela, así como ante la aplicación en diversas áreas del inconstitucional Plan Socialista de la Patria 2013-20195, el Gobierno nacional, en una muestra de reconocimiento del fracaso de su intervencionismo ineficaz e improductivo, creó una Autoridad Única Nacional para la Simplificación de Trámites y Permisos, cuya primera medida fue (sin tocar las causas reales de la situación económica, es decir, los controles vigentes y las violaciones sistemáticas a la propiedad) ordenar al Servicio Autónomo de Notarias y Registros (SAREN) “agilizar la emisión de trámites y documentos”. En total se tomaron 13 medidas (ver: http://goo.gl/Azpd5x), las cuales se describen a continuación:
4
Marianela Balbi, directora ejecutiva del IPYS, ha sostenido que “la existencia de un solo vendedor de papel para los medios impresos no solo representa una perturbación para el libre flujo de información. ‘Se supone que estamos en una economía abierta y que las empresas deberían tener todas las condiciones para desarrollar sus modelos de negocios’. La interpretación no es caprichosa: procede del contenido de la Constitución de 1999. ‘Nos estamos acostumbrando a que son mecanismos normales y no lo son’. Marco Ruiz, presidente del SNTP, coincide en la opinión: ‘Hemos denunciado la existencia del complejo como único medio para acceder al papel. La Carta Magna prohíbe el monopolio y esta ha sido la única respuesta del gobierno ante casi dos años de protestas de trabajadores y empresarios de medios impresos, en lugar de reactivar la adjudicación a través del CENCOEX’”. (ver: http:// goo.gl/mLR8c7).
47
CAPÍTULO 2
1. No se exigirá la fotocopia de la cédula de identidad, ni fotocopia del Registro de Información Fiscal como requisito para la tramitación de los actos jurídicos. 2. No se establecerá ningún tipo de control que limite en forma alguna la atención de los usuarios; así como la cantidad de trámites diarios que estos puedan realizar en las oficinas de registros o notarias. (Ej. El uso del terminal del número de cédula para la atención de usuarios por día). 3. La atención al usuario será de lunes a viernes desde las 8:00 am hasta las 4:00 pm (HORARIO CORRIDO). 4. Poner a disposición de los usuarios toda la información necesaria que se requiere para la tramitación de cualquier acto jurídico en las oficinas de registros y notarías. 5. No devolver documentos por correcciones de redacción, cuando estas no afecten el fondo del acto jurídico que se está realizando. 6. Informar de manera oportuna a los usuarios las correcciones de fondo de sus documentos que imposibiliten la tramitación del documento presentado con el fin de garantizar celeridad en la realización del trámite. 7. No exceder el lapso de TRES DÍAS HÁBILES para la inscripción o autenticación de los documentos. 8. Los documentos deberán ser entregados a los usuarios el mismo día pautado de entrega. 9. Los Registradores y Notarios colocarán a la vista de todos los usuarios el aviso que contiene los canales de comunicación para sugerencias y denuncias aprobado por la Dirección General del SAREN. 10. Los registros y notarías establecerán mecanismos eficientes para garantizar la atención oportuna, sencilla y segura a los usuarios, todo ello con estricto apego a los principios de legalidad, simplicidad, transparencia, celeridad eficacia, eficiencia, responsabilidad y PRESUNCIÓN DE BUENA FE de los usuarios 11. Los Registradores y Notarios designarán previa aprobación de la Dirección General la cantidad de Registradores, Notarios y auxiliares necesarios según los
5
48
El análisis costo beneficio de este Plan, preparado por CEDICE en: http://goo.gl/WazxKC
lineamientos establecidos por la máxima autoridad del SAREN con el propósito de optimizar el buen funcionamiento de la Institución. 12. Los Registradores y Notarios titulares son los encargados directos de la ejecución y cabal cumplimiento de las normas establecidas. 13. Registradoras y Notarios deberán ser los primeros en llegar a la oficina y los últimos en marcharse. En caso de cualquier ausencia la notificarán a la dirección correspondiente. Sobre el mismo tema, el actual responsable de la Autoridad Única Nacional de Trámites y Permisología, Dante Rivas, informó que “se han eliminado 18 requisitos tras la revisión del funcionamiento de 15 instituciones, ministerios y entes autónomos, con el objetivo de facilitar la realización de los procedimientos a la ciudadanía. En una columna que dio a conocer vía Twitter el día domingo, Rivas, también director del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN), precisó que la mayoría de estos requisitos representaba ‘verdaderas alcabalas para favorecer la discriminación, el amiguismo, los gestores y la corrupción’ (…) ‘El Plan Nacional de Simplificación de Trámites Administrativos está en marcha y con viento a favor (...) Nuestros colegas sensibilizan muy claramente que el burocratismo es el peor enemigo a desterrar’, señaló Rivas” (ver: http://goo.gl/99hHHP; un análisis jurídico de la Autoridad Única en: http://goo.gl/TGeSCs Respecto de los monopolios estatales, ninguna rectificación se ha observado, por lo que el 16 de septiembre de 2014, el secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa, Marco Ruiz “exhortó a Alejandro Fleming, presidente del CENCOEX a entregar las divisas necesarias a los medios para la importación de papel. Lo hizo al mismo tiempo que condenaba la práctica monopólica que, a través del Complejo Editorial Alfredo Maneiro, está ejerciendo el gobierno para asegurarse el control absoluto de los canales informativos nacionales” (ver: http://goo.gl/c3lfXY)
CAPÍTULO 2
Por este mismo problema del acceso a divisas para la importación de papel, el partido socialcristiano COPEI ejerció un amparo ante la Sala Constitucional del TSJ en contra de los entonces vicepresidente para el área económica, ministro Rafael Ramírez; los ministros Jorge Giordani (Planificación), Rodolfo Marco Torres (Economía, Finanzas y Banca Pública); Dante Rivas (Comercio); el presidente del BCV, Nelson Mentes, y del CENCOEX, Alejandro Fleming. Como ocurre en estos casos de interés político para el Gobierno nacional, rápidamente la Sala mencionada, con ponencia de la presidenta Gladys Gutiérrez, dictó sentencia declarando improcedente la demanda, en la que se afirmó, sin pruebas ni audiencia previa, que “los organismos económicos y financieros ‘han llevado a cabo subastas públicas que responden a las necesidades reales y efectivas del país para lograr la estabilidad económica y el bienestar del pueblo, con prevalencia en aquellos sectores indefectiblemente asociados al cumplimiento de los objetivos y fines estatales, como lo son el sector salud, alimentación, educación, textil, entre otros de igual relevancia; en cuyas operaciones cambiarias ha participado el sector papel, editorial e imprenta, entre otros’” (ver: http://goo.gl/MHRYod) Finalmente, respecto de la utilidad de las acciones de “simplificación” de trámites administrativas, el presidente de FEDECAMARAS, Jorge Roig, manifestó “que por más que el gobierno simplifique algunos trámites para la importación de bienes prioritarios básicos, si no hay dólares, es complicado importar para el sector privado (…) ‘Tratan de quitar unos trámites para importar, pero luego a Bolipuertos le dan otras funciones que no tenían para pedir otras planillas’, citó como ejemplo” (ver: http:// goo.gl/ceNV9S).
49
CAPÍTULO 3
CAPÍTULO 3: EVIDENCIAS La legislación y regulación económica del año 2014 analizadas en este Informe, al igual que las analizadas en 2012 y 2013, continuaron profundizando los componentes más estatistas y centralistas de la política económica aplicada por el Gobierno Nacional desde al menos 2006, luego de la reelección del fallecido ex presidente Hugo Chávez, los cuales se describen, con sus novedades, a continuación: A. Se mantuvieron y reforzaron los controles sobre la economía, en materia de precios, costos y ganancias de toda suerte de bienes y servicios, en materia de arrendamientos para vivienda y con fines comerciales, en materia de acceso de divisas para la importación de bienes, en materia de distribución de alimentos y de medicamentos, y en materia de seguridad de la Nación, entre otros. B. Se aumentaron los monopolios estatales en diversas materias económicas como la cambiaria, la de importaciones y exportaciones, la de producción y prestación de bienes y servicios de gran demanda por parte de la población, y en algunos casos se otorgó a esos organismos la condición de reguladores y supervisores de las empresas privadas que operan en el sector respetivo (casos de CORPOVEX, Bolipuertos, VEXIMCA, etc.). C. Se incrementó el intervencionismo económico (poder de dirección de las empresas privadas) y de la burocracia del Gobierno nacional con la creación de nuevos controles y de organismos administrativos
50
encargados de aplicarlos, en especial a través de los 57 Decretos-Ley dictados entre 2013 y 2014, lo que implica una contracción flagrante con la supuesta finalidad de la Autoridad Única Nacional de Trámites y Permisología, de eliminar los requisitos burocráticos. D. Continuó el incremento desproporcional de los poderes legislativos y regulatorios del Gobierno nacional, mediante el uso inconstitucional de la Ley Habilitante y la auto-atribución, por vía de numerosos Decretos-Ley y de Leyes sancionadas por la Asamblea Nacional, de poderes normativos sub-legales que incrementan los requisitos y obstáculos para el ejercicio de la libre iniciativa privada. E. Se agravó el problema de la falta de distinción jurídica entre propiedad estatal y propiedad privada, y se radicalizó el uso de la propiedad privada y de la libertad económica como medios del Gobierno para realizar los objetivos del Segundo Plan Socialista de la Patria 2014-2019, tal y como lo reconoció la Sala Constitucional al rechazar la acciones de nulidad intentadas en contra del Decreto-Ley Orgánica de Precios Justos. F. Se disminuyó la oferta de bienes y servicios, aumentó el desabastecimiento y la escasez de diversos rubros de bienes y servicios, se multiplicaron los mercados negros, las permanentes y largas filas (colas) de personas para comprar los pocos bienes disponibles, cayó la inversión privada (nacional y extranjera) así como la tendencia a la improductividad general.
CAPÍTULO 3
G. Se consolidó el ausentismo laboral, el incumplimiento de contratos y condiciones laborales por los empleados, la imposibilidad de creación de nuevos puestos de trabajo y de mejoras en los existentes, se tornaron peores las condiciones para el desempeño de las labores y el acoso sancionatorio en contra de los patronos privados por parte de las Inspectorías del Trabajo del Ministerio del Trabajo.
J. Se incrementó el uso de la propaganda política de estigmatización, discriminación y, en casos, de criminalización de las empresas privadas y sus propietarios como co-autores y ejecutores de una inexistente “guerra económica” de empresarios contra el poder político y contra los consumidores y usuarios, supuestamente dirigida a empobrecerlos y a desestabilizar políticamente al Gobierno nacional.
H. Se incrementó la emisión y la circulación de dinero inorgánico (bolívares) en la economía, es decir, de dinero carente de respaldo en reservas internacionales e ingresos por concepto de exportaciones petroleras y no petroleras, y que no puede ser intercambiado por bienes y servicios ofrecidos en el mercado a precios derivados de la competencia y el libre intercambio entre oferentes y demandantes.
K. Se mantuvo la impunidad frente a las graves violaciones a derechos económicos protegidos por la Constitución y al pésimo resultado para la población y su calidad de vida de las políticas económicas de planificación central ejecutadas por el Gobierno nacional, debido a la falta de vigencia del Estado de Derecho, es decir, de los pesos y contrapesos judiciales, parlamentarios, fiscales, etc., producto de la subordinación de esos Poderes al Ejecutivo nacional.
I. Se mantuvo la falta de oferta para el arrendamiento de inmuebles privados con fines de vivienda, el aumento de las ocupaciones de construcciones con fines de vivienda y el estancamiento de nuevas ofertas (construcción y oferta de alquiler) de los arrendamientos de inmuebles para uso comercial.
51
CAPÍTULO 4
CAPÍTULO 4: COSTOS Y BENEFICIOS DE LA LEGISLACIÓN ECONÓMICA DE 2014 Los beneficios y costos generales, económicos y jurídicos, derivados de la legislación y regulación económica de 2014 analizada, a la fecha de elaboración de este informe, se pueden sintetizar en los siguientes: 5.1. En cuanto a los beneficios: cabe señalar que el Gobierno nacional se aproximó más a su objetivo previsto en el Segundo Plan Socialista de la Patria 2013-2019 de abolir la propiedad privada sobre los medios de producción y aumentar más que el control, la dirección y manejo, como único actor, de la economía, lo que implicó mayores poderes y manejo de fondos para los Altos funcionarios públicos, en especial del sector militar (cada vez con mayores responsabilidades en la Administración Pública); que aumentó la dependencia de la población más vulnerable para acceder a ciertos bienes y servicios a las actividades empresariales del Gobierno nacional; que fortaleció, aunque con inciertos resultados, su propaganda política de señalamiento del sector privado como gran responsable de la especulación, acaparamiento, desabastecimiento y escasez de bienes y servicios; y que aumentó sus ingresos fiscales y no fiscales debido a la política de desconocimiento e instrumentalización de la propiedad privada con fin empresarial. No se considera el “gasto social” (otorgado a través
52
de las instancias del Poder Popular por ejemplo) y las políticas de asistencia directa (misiones), que estarían en conexión con la aplicación de esta legislación, como beneficios, por cuanto la entrega de sumas de dinero y de bienes y servicios por el Gobierno nacional, sin fortalecer las capacidades de las personas y hacerlas más autónomas en lo económico y lo político, no es susceptible de considerarse como un beneficio de estas legislaciones y regulaciones, ya que el dinero no es riqueza ni la dependencia política es el camino para salir del estado natural de pobreza en que nacemos los seres humanos (prueba de ello es que la pobreza, según la CEPAL, aumentó en Venezuela en 6.7 (del 25,4% al 32,1%) puntos entre los años 2012 y 2013, ver: http://goo.gl/fJyfxJ). 5.2 Respecto de los costos:, la legislación y la regulación económicas puestas en vigencia en 2014 aumentaron las peores variables económicas que puede existir para los consumidores al ir a los mercados a satisfacer sus necesidades personales y familiares, a saber, la inflación (alrededor de 63,5% según data oficial), el desabastecimiento, la escasez (para abril de 2014 era de 60,2% en productos regulados: http://goo.gl/APkIIk), la falta de liquidación de divisas oficiales y la incertidumbre y pérdida de ingresos por el tiempo invertido en conse-
CAPÍTULO 4
guir los bienes; pérdida del poder adquisitivo de los consumidores y usuarios; caída de la inversión y nuevos cierres de empresas, por estatización o por intervenciones que no respetan el debido proceso, la presunción de inocencia y los derechos de propiedad; pérdida de empleos productivos, falta de creación de nuevos empleos y disminución de la productividad (esto es, de la cantidad, regularidad, calidad, variedad e innovación en producción de bienes y servicios); aumento de la dependencia de las importaciones estatales, de las divisas oficiales y de la corrupción derivada de la discrecionalidad absoluta (impunidad) en la toma de cientos de miles
de decisiones administrativas sobre el uso de los recursos públicos y la operatividad de las empresas privadas; inexistencia de mercado de valores y caída de la pérdida del poder adquisitivo de las personas, aumento de la vulnerabilidad de los venezolanos de cara a la satisfacción de sus necesidades básicas ante la caída de los precios internacionales del petróleo y la dependencia de las divisas derivadas de esa única actividad económica; y atrofia de las capacidades productivas, responsabilidad, ética empresarial y laboral, competitividad económica y atractivo para las inversiones extranjeras, entre otros.
53
CAPÍTULO 5
CAPÍTULO 5: ALTERNATIVAS La alternativa más sensata, perfectamente viable para el caso venezolano, y además compatible con el régimen socioeconómico previsto en la Constitución (artículos 112, 115, 117 y 299), es el abandono de la planificación central de la economía basado en la propiedad estatal, los monopolios estatales y los controles generales, de corte nacionalsocialista o soviético según el sector económico tratado, y la adopción de la “economía social de mercado”, practicada con eficiencia, sostenibilidad y beneficios sociales para su población no sólo por países desarrollados como Alemania y Suecia, sino también por
54
países en desarrollo, como los países de América Latina que figuran en los mejores puestos en los Índices de Libertad Económica, Propiedad Privada y Calidad Institucional elaborados a nivel mundial (ver dichos Índices en: http://goo.gl/iB5R0t), siendo la base de ese modelo lo expuesto, entre otros, en los libros del economista venezolano Roberto Casanova, Bifurcación. Entre una visión neocomunista y una visión creadora (Caracas: La Hoja del Norte, 2011) y del también economista alemán Ludwig Erhard, Bienestar para Todos (Madrid: Unión Editorial, 2010).
CAPÍTULO 6
CAPÍTULO 6: PROPUESTAS Y RECOMENDACIONES Además de ratificar las propuestas y recomendaciones contenidas en nuestro informe económico legislativo 2013 (pues los problemas que ellas buscan resolver, por desgracia, siguen vigentes), hemos considerado oportuno añadir a ese conjunto elaborado por CEDICE las propuestas contenidas en un documento divulgado ante la opinión pública nacional el 22 de enero de 2015 por un reconocido y experimentado grupo de economistas venezolanos agrupados en la iniciativa Pensar en Venezuela (ver su web: http://goo.gl/Q9htcL), entre los que se encuentran Orlando Ochoa, José Guerra, Sari Levy, Pedro Palma, Asdrúbal Oliveros, Ángel García Banchs, Henkel García y Héctor Silva Michelena, entre muchos otros, cuyo contenido cabe considerar corresponde a las líneas básicas del modelo económico alternativo al modelo económico de planificación central y predominio de la propiedad y monopolio estatal que viene aplicando el Gobierno nacional desde hace más de una década en Venezuela, con resultados muy negativos para la economía y la calidad de vida de los venezolanos en general. En ese documento, disponible en: http://goo.gl/O4BlVA, centrado en el respeto a los derechos de propiedad, libre competencia, libertad económica, autonomía del Banco Central, responsabilidad presupuestaria y fiscal, diversificación de la economía, abolición del intervencionismo económico y promoción de la confianza para la inversión privada, plantea entre otras recomendaciones y propuestas las siguientes:
1. Establecer un nuevo proceso presupuestario ordenado, con el objetivo de reducir el déficit del sector público. 2. Rescatar la autonomía del Banco Central de Venezuela, con el nombramiento de un Directorio calificado que no esté sometido a las directrices del Gobierno. El financiamiento monetario de más de dos tercios del déficit del sector público y la transferencia de reservas internacionales al FONDEN deben ser suspendidas, dentro de una programación macroeconómica coordinada con el Ministerio de Finanzas y PDVSA. 3. Desmontar el régimen de control de cambio, como objetivo central dentro del plan económico – fiscal, monetario, financiero – para lo cual es fundamental crear las condiciones económicas y sociales para mejorar la producción, distribución y comercio de bienes y servicios. Esta es una tarea compleja que exige fortalecer las reservas internacionales y coordinar con el sector privado para un proceso gradual de desmontaje de los controles de de cambio y de precios, hasta llegar a una situación de estabilidad, en un plazo a establecer, donde los mercados puedan volver a operar, en un mejor ambiente económico con una tasa de inflación disminuyendo rápidamente. Debemos llegar a disponer de un mercado cambiario funcional sin las generalizadas prácticas de corrupción para aprovechar los diferenciales cambiarios. La coordinación entre Gobierno Central, PDVSA y BCV es esencial para el éxito de este proce-
55
CAPÍTULO 6
so de transición a un nuevo régimen cambiario. 4. Diseñar políticas sectoriales en el contexto de los cambios de la política económica y petrolera del país, para así estimular la recuperación económica y mayor productividad laboral en los sector agrícola, manufacturero, minero, construcción,
turismo. Los trabajadores venezolanos se beneficiarán directamente de la recuperación sólida de los sectores económicos ahora deprimidos, con más bajas tasas de inflación, mejores salarios reales y generación de nuevos empleos.
Participación petrolera sobre el PIB 16% 14%
10,83%
% de participación
12% 10% 8% 6% 4% 2% 0% 2006
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
Fuente: Banco Central de Venezuela. Elaboración y cálculos: Econ. Oscar Torrealba
56
CAPÍTULO 6
En refuerzo de sus argumentos, el grupo de economistas indicó además que “Venezuela requiere de un urgente proceso de concertación a nivel nacional frente a las graves circunstancias explicadas en este documento; y es necesario un ánimo de rectificación profunda, en función del interés nacional, para que el Gobierno abandone sus políticas equivocadas y pueda dar paso a una nueva estrategia de recuperación económica y social exitosa. Esta será una tarea compleja y exigente que se enfocará en atender la emergencia económica y su devastador impacto social, que enfrentamos a principios de 2015 (…) Creemos que la definición de una estrategia de rectificación económica en medio de la emergencia económica que estamos comenzando a enfrentar este año, con nuevas políticas e instituciones dirigidas a alcanzar y mantener la estabilidad económica en Venezuela, como la gozan casi todos nuestros países vecinos en América Latina, debe concentrarse en las ideas antes expuestas. Ello implica enfrentar un auténtico círculo vicioso de prácticas gubernamentales actuales, incapaces de proveer la estabilidad económica necesaria, así como a intereses grupales y la resistencia ideológica dentro del Gobierno, muy a pesar del evidente fracaso económico en su gestión”.
vicepresidente de Economía y al vicepresidente de Seguridad Alimentaria visitar a todos los distribuidores y mayoristas del país para hacerles firmar ‘un ultimátum de respeto al pueblo de Venezuela’ y a las leyes, al afirmar que son responsables en las fallas existentes de algunos productos de la cesta básica y alimentaria. Expresó que es necesaria la ‘transición económica hacia el socialismo productivo’. ‘Le he ordenado a los vicepresidentes para que visite a los mayoristas y le hagamos firmar un ultimátum sino actuaré con todo el peso de la ley y la Constitución (...) Ustedes saben que la guerra económica la están haciendo a nivel de la distribución”, dijo desde el Balcón del Pueblo, en el Palacio de Miraflores. Explicó que es necesario cambiar el modelo económico y acusó a las empresas de distribución de productos del sector privado como ‘parasitarias’” (ver la declaración completa en: http://goo.gl/nueW94).
Frente al severo y preocupante diagnóstico contenido en el citado documento, así como ante las responsables y pertinentes medidas que en él se recomiendan adoptar desde el Gobierno nacional, quien ocupa el cargo de Presidente de la República, a su regreso de una gira internacional que buscó, sin éxito, el alza de los precios del petróleo, ofreció la siguiente declaración, que confirma en forma definitiva que la aplicación de un modelo alternativo al imperante hoy día en Venezuela pasa, necesariamente, por un cambio en la conducción política de la Nación. Señaló el referido funcionario responsable de la política económica del Gobierno que: “luego de su gira de 13 días por China, Portugal y por los países miembros de la OPEP,ordenó al vicepresidente Ejecutivo, al
57
CAPÍTULO 7
CAPÍTULO 7: IMPLICACIONES Seguir propuestas como las indicadas por los expertos mencionados en el capítulo previo de este Informe, tendría, definitivamente, implicaciones muy positivas para la economía venezolana, pues sería el primer paso en el arduo y complejo, pero indispensable fin de recuperar la confianza en y la estabilidad de la economía de Venezuela, hoy día fuente de escepticismo y desconfianza generalizada, tanto entre los ciudadanos y empresas privadas nacionales, como en los mercados internacionales y calificadoras de riesgo; también excluiría del ámbito económico el factor ideológico, que no políti-
58
co en el sentido de políticas públicas de corte social, permitiendo la recuperación de los roles que corresponden al Gobierno y al sector privado en una economía social de mercado; haría posible elevar los niveles de productividad, responsabilidad laboral, eficiencia y competitividad de empresarios y trabajadores; sanearía el funcionamiento económico del Gobierno; eliminaría en algunos casos de inmediato y en otros de forma progresiva los controles contrarios a la prosperidad y las libertades económicas, entre otras.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIONES
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIONES La legislación y regulación económica dictada y aplicada en Venezuela durante 2014 mostró la irreversible decisión del Gobierno nacional de seguir profundizando el modelo político-económico contrario a la libre empresa, a los derechos de propiedad y a la libertad de elegir de los consumidores, basado en la planificación central de la economía y en la finalidad de sustituir el libre intercambio económico de los ciudadanos entre sí por las subjetivas, unilaterales y arbitrarias decisiones que toman funcionarios que no conocen de los procesos económicos ni las preferencias de las personas, siendo la causa de lo anterior la importancia absoluta que las autoridades en el Poder dan a la ideología contenida en el Plan Socialista de la Patria 2013-2019 por encima de la Constitución, las libertades económicas y la calidad de vida de las personas.
De cara a la realización de elecciones parlamentarias a fines de este año 2015, desde el Observatorio Económico Legislativo de CEDICE esperamos aportar con este informe económico-legislativo 2014 a los próximos candidatos a la Asamblea Nacional un insumo y una herramienta no sólo de análisis, sino de debate y formulación de propuestas, para la importante labor de reconstrucción institucional y económica que corresponderá iniciar al próximo Poder Legislativo Nacional.
Más allá de los ajustes aislados, de los anuncios sobre posibles anuncios de eventuales medidas económicas, aparentes flexibilizaciones en el control de cambios o de precios, el descenso del número de “expropiaciones” (no así de las intervenciones y ocupaciones que han aumentado, así como el rescate de tierras agrarias), derivado todo ello de la caída de los precios del petróleo, cabe concluir en que 2014 fue un año de profundización del colectivismo económico en Venezuela, y del aumento de la estigmatización y criminalización de la actividad empresarial privada por parte del Gobierno nacional, con la propaganda falaz de la “guerra económica”, siendo los resultados de tal proceder la actual “emergencia económica” expresada en los más que terribles índices económicos que el país muestra en inflación, escasez, desempleo, desabastecimiento, default interno, incremento de la burocracia ineficiente, riesgo de default externo, caída de las reservas internacionales, aumento de la pobreza, impunidad frente a la corrupción y menos libertades económicas, políticas y civiles en el país.
59
APÉNDICE 1
APÉNDICE 1 LISTADO DE LOS 57 DECRETOS-LEYES DICTADOS BAJO LA LEY HABILITANTE 2013 (RECOPILACIÓN ELABORADA POR LOS ABOGADOS JOSÉ IGNACIO HERNÁNDEZ G. Y DIVEANA ROJAS M.) La Ley que autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delegan de 20136 habilitó al Presidente de la República a dictar Decretos-Leyes, en el amplio catálogo de materias enumeradas, básicamente respecto de los ejes temáticos de la lucha contra la corrupción y la llamada ofensiva económica. La habilitación se extendió por un año, y venció el 19 de noviembre de 2014. En total han sido dictados 57 Decretos-Leyes, de los cuales, 45 fueron dictados los últimos dos días de la habilitación. En todo caso, a continuación presentamos, ordenados sistemáticamente, los 57 Decretos-Leyes dictados en ejecución de la Ley Habilitante 2013. I. DECRETOS-LEYES DE ORGANIZACIÓN DEL PODER PÚBLICO A. Organización de la Administración Pública 1. Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública (GO 6.147 extraordinario de 17 de noviembre de 2014). 2. Decreto N° 1.406, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular (GO N° 6.148 extraordinario de 18 de noviembre de 2014). 3. Decreto N° 1.423, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Simplificación de Trámites Administrativos (GO Nº 6.149 extraordinario de 18 de noviembre de 2014). 4. Decreto N° 1.396, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Sobre Inmunidad Soberana de los Activos de los Bancos Centrales u Otras Autoridades Monetarias Extranjeras (GO N° 6.154 extraordinario de 19 de noviembre de 2014).
6
60
Gaceta Oficial N° 6.112 extraordinario de 19 de noviembre de 2013.
APÉNDICE 1
5. Decreto N° 1.440, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores y las Trabajadoras de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal (GO N° 6.156 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). B. Régimen de las misiones y de entes administrativos 6. Decreto N° 1.347 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Supresión y Liquidación del Instituto Nacional de la Vivienda (GO Nº 40.526 de 24 de octubre de 2014). 7. Decreto N° 1.394, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Misiones, Grandes Misiones y Micro-Misiones (GO N°6.154 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). 8. Decreto N° 1.400, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Banco Agrícola de Venezuela, C.A., Banco Universal. (GO N°6.154 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). 9. Decreto N° 1.404, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (GO N° 6.155 extraordinario del 19 de noviembre de 2014). 10. Decreto N° 1.419, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela (GO N° 6.155 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). 11. Decreto N° 1.414, mediante el cual se dieta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (GO N° 6.155 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). C. Régimen de Descentralización y del Estado Comunal 12. Decreto N° 1.389 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica para la Gestión Comunitaria de Competencias, Servicios y Otras Atribuciones (GO Nº 40.540 de 13 de noviembre de 2014). 13. Decreto N° 1.390, con Rango, Valor y Fuerza de Ley para Establecer los Lineamientos de Financiamiento a las Organizaciones de Base del Poder Popular (GO Nº 40.540 de 13 de noviembre de 2014) 14. Decreto N° 1.425, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regionalización Integral para el Desarrollo Socioproductivo de la Patria (GO N° 6.151 extraordinario de 18 de noviembre de 2014).
61
APÉNDICE 1
D. Régimen del sector público 15. Decreto N° 1.399, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas (GO N° 6.154 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). 16. Decreto N° 1.401, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (GO N° 6.154 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). 17. Decreto N° 1.407, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Bienes Públicos (GO N° 6.155 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). 18. Decreto N° 1.410, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción (GO N° 6.155 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). 19. Decreto N° 1.444, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cuerpo Nacional Contra la Corrupción (GO N° 6.156 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). E. Régimen del poder militar, del sistema policial y de seguridad 20. Decreto N° 1.439, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (GO N° 6.156 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). 21. Decreto N° 1.472, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Régimen para la Revisión, Rectificación, Reimpulso y Reestructuración del Sistema Policial y Órganos de Seguridad Ciudadana. (GO N° 6.156 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). 22. Decreto N° 1.473, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación. (GO N° 6.156 extraordinario). F. Régimen de identificación, registro y notariado 23. Decreto N° 1.422, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Registros y del Notariado (GO N° 6.156 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). 24. Decreto N° 1.412, mediante el cual se dieta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Identificación (GO N° 6.155 extraordinario de 19 de noviembre de 2014).
62
APÉNDICE 1
II. DECRETOS-LEYES EN MATERIA ECONÓMICA A. Régimen general de la economía 25. Decreto Nº 636, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios (Gaceta Oficial N° 6.117 de 4 de diciembre de 2013). 26. Decreto Nº 798 mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos (GO Nº 6.126 extraordinario de 19 de febrero de 2014. Derogó al Decreto N° 636) 27. Decreto N° 1.403, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos.- (GO N° 6.150 extraordinario de 18 de noviembre de 2014, que deroga al Decreto N° 798). 28. Decreto N° 1.415, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Antimonopolio (GO N° 6.151 extraordinario). 29. Decreto N° 1.438, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Inversiones Extranjeras (GO N° 6.152 extraordinario). 30. Decreto N° 601 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) y de la Corporación Venezolana de Comercio Exterior (CORPOVEX) (GO N° 6.116 extraordinario de 29 de noviembre de 2013). 31. Decreto Nº 600 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos (GO Nº 40.340 de 23 de enero de 2014). 32. Decreto N° 1.467, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos (GO N° 6.156 extraordinario de 19 de noviembre de 2014, que deroga al Decreto N° 600). 33. Decreto N° 929 con Rango, Valor y Fuerza De Ley De Regulación Del Arrendamiento Inmobiliario Para El Uso Comercia (GO Nº 40.418 del 23 mayo 2014). B. Regímenes económicos especiales
Régimen del oro
34. Decreto N° 1.395, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación del Oro, así como las Conexas y Auxiliares a éstas.- (GO N° 6.150 extraordinario).
63
APÉNDICE 1
Régimen de la agroindustria y de la pesca
35. Decreto N° 1.062 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Atención al Sector Agrario (GO Nº 40.440 de 25 junio 2014). 36. Decreto N° 1.405, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Sistema Nacional Integral Agroalimentario (GO N° 6.150 extraordinario de 18 de noviembre 2014). 37. Decreto N° 1.408, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Pesca y Acuicultura (GO N° 6.150 extraordinario de 18 de noviembre 2014). 38. Decreto N° 1.409, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Gran Misión Agrovenezuela (GO N° 6.151 extraordinario de 18 de noviembre 2014). 39. Decreto N° 1.445, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Marinas y Actividades Conexas (GO N° 6.153 extraordinario de 18 de noviembre 2014). 40. Decreto N° 1.446, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos (GO N° 6.153 extraordinario de 18 de noviembre 2014).
Régimen del fomento
41. Decreto N° 1.392 con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Juventud Productiva (GO Nº 40.540 del 13 de noviembre de 2014). 42. Decreto N° 1.411, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (GO N° 6.151 extraordinario de 18 de noviembre 2014). 43. Decreto N° 1.391, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Cultura (GO N° 6.154 extraordinario de 19 de noviembre 2014 de 19 de noviembre de 2014).
Régimen laboral
44. Decreto N° 1.393 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras (GO N° 6.147 extraordinario de 17 de noviembre de 2014).
64
APÉNDICE 1
Régimen del sistema económico comunal
45. Decreto N° 1.413, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social (GO N° 6.151 extraordinario de 18 de noviembre 2014).
Régimen del turismo
46. Decreto Nº 1.441, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo (GO N° 6.152 extraordinario de 18 de noviembre 2014).
47. Decreto N° 1.442, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Fomento del Turismo Sustentable como Actividad Comunitaria y Social (GO N° 6.153 extraordinario de 18 de noviembre 2014). 48. Decreto N° 1.443, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Inversiones Turísticas y del Crédito para el Sector Turismo (GO Nº 6.153 extraordinario de 18 de noviembre 2014).
Régimen bancario
49. Decreto N° 1.402, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario (GO N° ° 6.154 extraordinario de 19 de noviembre 2014). III. DECRETOS-LEYES EN MATERIA TRIBUTARIA A. Régimen tributario general 50. Decreto N° 1.434, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario (GO N° 6.152 extraordinario de 18 de noviembre de 2014). 51. Decreto N° 1.435, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (GO N° 6.152 extraordinario de 18 de noviembre de 2014). 52. Decreto N° 1.436, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado (GO N° 6.152 extraordinario de 18 de noviembre de 2014).
65
APÉNDICE 1
53. Decreto N° 1.398, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que Reforma Parcialmente la Ley de Timbres Fiscales (GO N° 6.150 extraordinario de 18 de noviembre de 2014). 54. Decreto N° 1.416, mediante el cual se dieta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Aduanas. (GO N° 6.155 extraordinario de 19 de noviembre de 2014). B. Régimen tributario especial 55. Decreto N° 1.397, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Tasas Portuarias (Nº 6.150 extraordinario de 18 de noviembre de 2014) 56. Decreto N° 1.417, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas de Tabaco (GO N° 6.151 extraordinario de 18 de noviembre de 2014). 57. Decreto N° 1.418, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas (GO N° 6.151 extraordinario de 181 de noviembre de 2014).
66
El Centro de Divulgación del Conocimiento Económico, A.C. CEDICE Libertad, asociación civil sin fines de lucro, privada e independiente, fundada en 1984, por personas comprometidas en la defensa de la libertad individual, la iniciativa privada, los derechos de propiedad, gobierno limitado y búsqueda de la paz. El Observatorio Económico-Legislativo es un programa de CEDICE Libertad que tiene como objeto hacer seguimiento, analizar, monitorear, investigar e incidir en políticas públicas que fortalezcan el dialogo democrático y la participación ciudadana.
www.cedice.org.ve CediceLibertadVE @CEDICE CediceVE @CediceVE Cedice Reproducción autorizada siempre que se cite la fuente. DEPOSITO LEGAL: lfi 5352015300829
Diseño y Diagramación: Elvia Rojo y César Prato, Red Team Agency