Socialismo del Siglo XXI o destrucción de la Economía de Mercado

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PROYECTO

Promoción del Diálogo Democrático a través de un Programa de Análisis Legislativo y Económico 2009 - 2010


Presentación En el marco del Proyecto “Promoción del Diálogo Democrático a través de un programa de Análisis Legislativo y Económico”, adelantado por el Centro de Divulgación del Conocimiento Económico para la Libertad (CEDICE-Libertad), en el período abril 2009-julio 2010, bajo el auspicio del Centro Internacional para la Empresa Privada CIPE, se desarrollaron los trabajos que se presentan a continuación. Dichos trabajos resumen el acontecer legislativo y de diseño de políticas públicas, a partir del 31 julio de 2008, fecha en la cual fue promulgada, mediante Gaceta Oficial, una serie Decretos-Leyes que atentan contra la libre empresa y la propiedad privada, y que sirvieron de punto de partida para enfocar el análisis en los costos–beneficios que tendrían para la sociedad venezolana y los principios democráticos. Estos se realizaron con base a investigaciones adelantadas por el equipo del Observatorio Económico Legislativo, base del proyecto. El primer trabajo, preparado por el Economista Gustavo Rojas, quien coordinó el Observatorio Económico Legislativo durante el período octubre 2009-marzo 2010, es un documento base que analiza el “Estado de la Legislación abordada a lo largo de la ejecución del Proyecto”, clasificándola de acuerdo a la que limita las libertades económicas, otorga más poder político al gobierno y produce mayor dependencia del Estado. El segundo trabajo “Socialismo del Siglo XXI y la situación de la Propiedad Privada en Venezuela”, preparado por el Abogado Constitucionalista, Luis Alfonso Herrera Orellana, investigador y colaborador del Observatorio, se compone de dos capítulos: uno que incluye la relación cronológica, análisis crítico, costo-beneficio


de las leyes y decretos-ley que entre 2001 y 2010 se han puesto en vigencia en Venezuela, no obstante ser directamente violatorios de los derechos de propiedad en alguna de sus diversas manifestaciones; y el segundo, revisa hasta julio de 2010, los proyectos de ley aprobados o por aprobar en la Asamblea Nacional, antes de las elecciones del 26.09.10, que en forma directa contienen violaciones a los derechos de propiedad, en especial, sobre los medios de producción. El tercero se titula: “Destrucción de la economía de Mercado: ¿Costos y Beneficios para Venezuela? Análisis de Leyes y Políticas”, preparado por Agustín Díaz, Economista Gerente de Estudios Económicos y Legales de la Confederación Venezolana de Industriales (CONINDUSTRIA), colaborador del Observatorio Económico Legislativo de CEDICE, en el cual se aborda el análisis costo beneficio desde la perspectiva de la construcción del Modelo Productivo Socialista que ha ido instaurando el gobierno de Venezuela. El Proyecto “Promoción del Diálogo Democrático a través de un programa de Análisis Legislativo y Económico, (Observatorio Económico Legislativo) tiene como parte de sus objetivos: promover el diálogo democrático sobre las principales leyes y su impacto económico, objetivo éste logrado en el período de ejecución a través de diferentes actividades desarrolladas como fueron los: análisis costo-beneficio, mesas redondas con expertos, trabajos de investigación, foros y debates, presencia en medios de comunicación, además de un programa de radio para debatir sobre estos temas, igualmente se ha logrado una red de contactos que han utilizado el Observatorio Económico Legislativo, como una herramienta para sus análisis. Se aspira con estos trabajos dejar una referencia que permita a Empresarios, Funcionarios Públicos, Estudiantes, Medios de Comunicación e Investigadores conocer acerca de la dinámica legislativa y de políticas públicas que se han desarrollado en Venezuela, en el período 2008-2010, durante la presidencia de Hugo Chávez Frías, en el cual se ha pretendido imponer un modelo ideológico que coloca a la “propiedad social y colectiva” por encima de la propiedad privada, lo que al final del día termina


destruyendo el capital productivo y mermando las posibilidades de un desarrollo econ贸mico sustentable, que provea bienestar y progreso a la sociedad.

Alicia Sepulveda Economista, Coordinadora del Proyecto

Agosto 2010


Socialismo del Siglo XXI o destrucción de la Economía de Mercado Costos y Beneficios para Venezuela Agustín Díaz Economista de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) 1987, Especialista en Economía Empresarial (UCAB) 1999. Gerente de Estudios Económicos y Legales de la Confederación Venezolana de Industriales (CONINDUSTRIA), colaborador del Observatorio Económico Legislativo de CEDICE.


Índice Contenido Antecedentes…………………………………………………………………………………………….. 1

2

3

Un marco legal para el Socialismo……………………………………………….. 1.1 Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria…… 1.2 Ley para la Defensa de las personas en el acceso a los bienes y servicios…………………………………………………………………… 1.3 Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular 1.4 Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Producción Social…………… 1.5 Proyecto de Ley Orgánica para la Ordenación y Gestión del Territorio…………………………………………………………………………… Leyes y Medidas tomadas en Venezuela posteriores a la tercera Ley Habilitante………………………………………………………………………………… 2.1 Reforma a la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV)…... 2.2 Modificación del esquema cambiario y Reforma a la Ley de Ilícitos Cambiarios……………………………………………………………... 2.3 Ley del Consejo Federal de Gobierno…………………………………... 2.4 Reforma de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario…………….. Análisis del impacto de las nuevas leyes y políticas sobre la economía: Costos y Beneficios asociados…………………………………….. 3.1 Expropiaciones y Adquisiciones forzosas como nueva forma de ataque a la propiedad privada………………………………………... 3.2 Sectores impactados……………………………………………………………… 3.3 El Comportamiento Económico………………………………………………

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Conclusiones y Recomendaciones…………………………………………………………...

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Referencias Bibliográficas…………………………………………………………………………

40


Antecedentes A partir del año 2008, el Presidente de la República aprovechó la facultad para legislar sin requerir la intervención de la Asamblea Nacional, a través de la llamada Ley Habilitante1 (la tercera concedida por el Poder Legislativo durante su gobierno). El objetivo de este instrumento especial otorgado fue impulsar un conjunto de leyes, con la mayor parte de los lineamientos contenidos en el proyecto de Reforma Constitucional, presentado al país el 15 de agosto del año anterior y rechazado por mayoría, en el referéndum del 2 de diciembre de 2007. Cabe destacar que con las 2 primeras leyes habilitantes de los años 1999 y 2000 se aprobaron 101 leyes; más del 30% de un total de 331 promulgadas hasta el 2006, según información de la Asamblea Nacional (El Universal, 2007) de Venezuela. Esta tercera Ley Habilitante, concedida luego de la reelección presidencial del año 2006, estuvo vigente desde el 1° de febrero del 2007 hasta el 31 de julio de 2008, permitiendo la aprobación de 65 leyes, siendo las más destacadas las que conformaron el paquete de 26 leyes publicadas en Gaceta Oficial el día de su vencimiento, es decir justo antes de concluir el lapso de la habilitación. Con posterioridad, y en el marco del llamado Plan de Desarrollo Socialista Simón Bolívar 2007-2013, el Gobierno ha continuado proponiendo y aprobando leyes que contienen lineamientos acordes al mismo, pero incompatibles con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; al mismo tiempo, ha radicalizado el proceso de ataque al sector privado, mediante adquisiciones forzosas y expropiaciones, nuevas normativas y ampliación de todo tipo de controles, que extienden más el radio de acción del Estado y cercan a la actividad productiva nacional. Ley Habilitante es la denominación que se da a la facultad para legislar que otorga la Asamblea Nacional al Presidente de la República. 1


El presente trabajo hace un recuento de las acciones de política pública seguidas en los últimos años, muestra los principales aspectos de las leyes y políticas adoptadas, los costos y beneficios para la economía y la sociedad, y el impacto generado en la economía, considerando diversos indicadores. De allí la importancia de un Observatorio Económico Legislativo que monitoree y plantee propuestas de acción.


1

Un marco legal para el Socialismo Desde principios de la década pasada, y aprovechando una ley Habilitante, fueron promulgadas, en noviembre del 2001, un grupo de 49 leyes que, en buena medida, atentaban contra los principios de libertad económica; entre ellas destacan la Ley de Tierras, para impulsar una reforma agraria; una nueva Ley de Hidrocarburos y la Ley de Pesca, las cuales recibieron fuerte oposición, tanto de los gremios empresariales como de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), principal central sindical del país, originando el primer paro convocado contra el Gobierno el día 10 de diciembre de ese año (2001). Los hechos derivados del paro petrolero del 2002 y de la inestabilidad política que se creó, se combinaron para que la economía mostrara una significativa caída y se abriera el camino al establecimiento de controles a partir del año 2003. Para ese momento, la Confederación Venezolana de Industriales (CONINDUSTRIA) y otros gremios empresariales, comenzaron a denunciar lo que fue denominado el Cerco a la Actividad Privada (LARRAZÁBAL, 2010), instrumento de análisis de las leyes, políticas y prácticas que impiden o dificultan que el sector privado lleve a cabo su labor productiva; este análisis fue categorizado de la siguiente manera: Condiciones Institucionales, Mercado Laboral, Inserción en procesos de Integración, Controles dentro de la Economía, Desplazamiento e Imposición de Costos, y Financiamiento de la Inestabilidad Macroeconómica. Los años 2003 y 2004 fueron de gran actividad electoral, culminando con un Referéndum Revocatorio, convocado por la oposición para el 15 de agosto del 2004, en el que el mandato del presidente fue reafirmado. Posteriormente continuó lentamente el proceso de ataque sistemático al sector privado, coincidiendo con el inicio de un alza de precios en el mercado petrolero que proporcionó enormes recursos al Fisco.


En ese entorno, la percepción oficial era que la llamada Revolución Bolivariana no avanzaba al ritmo deseado, y por ello, en el año 2007 se plantea un proyecto de Reforma Constitucional para acelerar el proceso. Dicho proyecto constaba de 69 artículos, aprobados por la Asamblea Nacional y constituía el segundo de los cinco motores constituyentes, planteados por el Ejecutivo para enrumbar al país hacia el Socialismo; los otros cuatro motores eran la Ley Habilitante; Moral y Luces (educación con valores socialistas; la Nueva Geometría del Poder (Reordenamiento socialista de la Geopolítica y la Explosión del Poder Comunal (Democracia protagónica, revolucionaria y socialista). Luego de rechazado este proyecto en el referéndum de diciembre de 2007, el presidente Chávez restó importancia al resultado, estrecho de por sí, declarando que “por ahora no pudimos, pero no retiro ni una coma de la reforma. Para mí no es ninguna derrota, para mí es otro ‘por ahora’” (El Universal, 2007). Previamente, en septiembre de 2007, la Asamblea Nacional, había aprobado y publicado el Proyecto Nacional Simón Bolívar, o Primer Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013, el cual contiene las orientaciones que Venezuela seguiría dentro del proceso de construcción del llamado Socialismo del Siglo XXI, con siete (7) directrices básicas, donde destaca la ruta hacia el Modelo Productivo Socialista: 1. Nueva Ética Socialista 2. La Suprema Felicidad Social 3. Democracia Protagónica Revolucionaria 4. Modelo Productivo Socialista 5. Nueva Geopolítica Nacional 6. Venezuela: Potencia Energética Mundial 7. Nueva Geopolítica Internacional En otras palabras, independientemente del resultado del referéndum, ya se vislumbraba la intención de seguir avanzando en el proceso de construir un modelo económico alternativo.


Es asĂ­ como a finales de julio del 2008, en el marco de la mencionada Ley Habilitante, aprobada en febrero del aĂąo anterior, se decretaron las 26 leyes; de este conjunto, el Observatorio EconĂłmico Legislativo de CEDICE, analizĂł las que apuntan de manera mĂĄs directa al entorno econĂłmico y a la restricciĂłn de las actividades del sector productivo y cuyos principales lineamientos se recogen a continuaciĂłn.

1.1

Ley OrgĂĄnica Agroalimentaria

de

Seguridad

y

SoberanĂ­a

•

SeĂąala que ciudadanos calidad, en producidos

es indispensable garantizar a las ciudadanas y los venezolanos el acceso oportuno a alimentos de cantidad suficiente, con preferencia de aquellos en el paĂ­s.

•

Se crean las reservas estratĂŠgicas, tanto habituales como agroalimentarias; estas Ăşltimas deben ser de 3 meses y serĂĄn custodiadas por la Milicia Nacional Bolivariana.

•

El artĂ­culo 36 seĂąala que el Ejecutivo Nacional y los Consejos Comunales2, determinarĂĄn por cada regiĂłn los niveles de consumo comunal y garantizarĂĄn un lĂ­mite mĂ­nimo para personas en “situaciĂłn de vulnerabilidad socioeconĂłmica o exclusiĂłnâ€?, productoras y productores locales y organismos pĂşblicos, evitando un “consumo exageradoâ€?

•

El artĂ­culo 54 habla de fomentar el Voluntariado agrĂ­cola, que realizarĂĄ labores sin percepciĂłn de remuneraciĂłn o crĂŠdito laboral alguno.

Definidos como “la nueva estructura socialâ€? y constituidos por un nĂşmero de entre 200 y 400 familias en las zonas urbanas y 20 o mĂĄs en las zonas rurales. Funciona con diferentes comisiones y su mĂĄxima instancia es la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. 2


Esta Ley aumenta la discrecionalidad del Estado para intervenir en la distribución de alimentos. Es oportuno recordar que a partir del año 2003, mediante la creación de MERCAL3, el Gobierno comenzó a competir con el sector privado en la producción y comercialización de alimentos, aprovechando, para ello, la posibilidad de importar con dólares preferenciales, sin pago de impuestos y sin el requisito básico de una empresa de generar excedentes, para cubrir costos y reinvertir. Esta idea no es nueva, pues había sido aplicada por gobiernos anteriores, al menos desde 1989, en el segundo mandato de Carlos Andrés Pérez. La creación de reservas estratégicas requeriría la construcción de silos y depósitos de almacenamiento, con características determinadas para conservar los alimentos; la consecuencia derivada ha sido la gran cantidad de importaciones, directamente realizadas por el gobierno, a través de la empresa púbica Productora y Distribuidora de Alimentos (PDVAL), dependiente de la petrolera estatal PDVSA, red nacional que también buscaba construir las reservas estratégicas antes mencionada. Este incremento de las importaciones, falta de planificación en el manejo y distribución de alimentos y la creciente dependencia del exterior (importaciones) para abastecer al país de rubros alimentarios, causó una enorme pérdida de alimentos, denunciada desde 2007, situación que se acrecentó en los primeros meses de 2010. El perjuicio inmediato es que se vulnera la llamada seguridad alimentaria, la cual hoy en día no se ha podido lograr; ante la caída de la oferta nacional de muchos rubros básicos. Adicionalmente, esta Ley incluye a los Consejos Comunales como planificadores del consumo, lo cual luce viable en pequeñas comunidades, pero prácticamente imposible para ciudades y áreas con gran población, por las dificultades para realizar censos y encuestas para determinar las necesidades. En todo caso, apunta a la intervención del Estado en decisiones estrictamente personales o familiares. Red de Mercado de Alimentos, orientada a distribuir alimentos a la población más vulnerable socialmente. 3


1.2

Ley para la Defensa de las Personas en el acceso a los Bienes y Servicios (Ley Indepabis) Esta ley ha venido a ser conocida por el nombre del organismo que se encarga de proteger a los consumidores (Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, o Indepabis), al cual tambiÊn le han sido otorgadas facultades sancionatorias. •

El artĂ­culo 5 de la ley declara como bienes y servicios de primera necesidad, aquellos considerados como esenciales por la Presidencia de la RepĂşblica en Consejo de Ministros; es decir, permitĂ­a que cualquier sector fuera declarado prioritario. TambiĂŠn se seĂąala que “El Ejecutivo Nacional podrĂĄ iniciar la expropiaciĂłn de los bienes pertenecientes a los sujetos sometidos a la aplicaciĂłn de este Decreto‌ sin que medie para ello declaratoria previa de utilidad pĂşblica e interĂŠs social por parte de la Asamblea Nacionalâ€?. Esta ha sido la base jurĂ­dica para iniciar un proceso masivo de expropiaciones.

•

Como servicios esenciales se consideran la producciĂłn, fabricaciĂłn, importaciĂłn, acopio, transporte, distribuciĂłn y comercializaciĂłn de alimentos o productos declarados de primera necesidad.

Se desprende de esta ley que, prĂĄcticamente, cualquier actividad vinculada a la producciĂłn podrĂ­a ser considerada como estratĂŠgica por el Estado, aumentando la discrecionalidad de ĂŠste para intervenir en la cadena productiva y de comercializaciĂłn, lo que constituye una amenaza a la propiedad privada y la libertad econĂłmica.


Posteriormente en la Gaceta Oficial No. 39.358 de fecha 1° de febrero de este aĂąo (2010) se publicĂł la segunda Reforma a esta Ley, que contempla: •

La eliminaciĂłn de la referencia explĂ­cita a “bienes y servicios de primera necesidadâ€?, con lo cual puede aplicarse a cualquier tipo de bien o servicio.

•

El establecimiento de la expropiaciĂłn como sanciĂłn por ilĂ­citos administrativos o delitos (en el artĂ­culo 6).

•

Facultad para multar, cerrar, encarcelar y expropiar, al ampliar el rango de conductas que supondrĂ­an un ilĂ­cito.

No es casualidad que con posterioridad, se produjo toda una arremetida de expropiaciones y confiscaciones, tomando como base legal a esta Ley. El principal costo para el paĂ­s radica, en la vulneraciĂłn de los derechos de propiedad privada, ya que cualquier acciĂłn que a los ojos del Estado sea ilĂ­cita acarrea sanciones que terminan, incluso, con la pĂŠrdida de la empresa. DifĂ­cilmente puede apreciarse algĂşn beneficio para la sociedad, ya que a medida que transcurra el tiempo, contarĂĄ con menos espacios de acciĂłn y recibirĂĄ menos bienes y servicios.

1.3

Ley para el Fomento y Desarrollo de la EconomĂ­a Popular

•

En esta Ley se seĂąalan las modalidades y formas asociativas para el establecimiento de un nuevo sistema de producciĂłn, socialmente justo, para "coadyuvar a la consolidaciĂłn de las bases del modelo socioproductivo de la NaciĂłn"

•

Entre sus finalidades se incluye el fomento de un “modelo socioproductivo comunitario�, basado en una serie de principios para aportar a la comunidad “la mayor suma de felicidad posible�.


Se define como prosumidor4, a quien produce, distribuye y consume bienes o servicios, y participa voluntariamente en los sistemas alternativos de intercambio solidario, con espíritu social, realizado en el llamado Sistema Alternativo de Intercambio Solidario.

El intercambio se podrá realizar mediante trueque directo o indirecto, lo que significa un retorno a los inicios de la actividad económica humana. También existe la posibilidad de la creación de monedas comunales, a utilizar en los espacios del sistema de intercambio solidario, regulada por el Banco Central de Venezuela y con valor sólo en el territorio de su creación.

Este decreto, vigente desde su fecha de publicación, ha intentado imponer el trueque como forma de intercambio, sin embargo su alcance es limitado a la construcción de un modelo socio productivo comunitario. En junio de 2010, el gobierno nacional planteó su modificación para sustituirlo por la Ley Orgánica para el Fomento y Desarrollo del Sistema Económico Comunal, proyecto que fue aprobado, en primera discusión, por la Asamblea Nacional y profundiza el contenido de la ley anterior con base en preceptos socialistas. . Este proyecto de Ley retoma la línea anterior y plantea la eliminación de la división del trabajo, sin privilegios ni jerarquías, con énfasis en la creación de Brigadas de Trabajo Socialistas (conjunto de productores comunales organizados) que deberán velar, primero por el bien colectivo y recibirán ideologización permanente. Adicionalmente replantea diferentes modos de propiedad social (Directa, Indirecta, Unidad Productiva Familiar, Grupos de Intercambio Solidario) totalmente desvinculados del reconocimiento a la propiedad privada que establece el artículo 1155 de la Constitución. Este concepto fue planteado originalmente por Alvin Toffler en 1980 en su libro La Tercera Ola y define a un consumidor que a su vez participa en el diseño y /o la creación del producto desde sus fases iniciales. 5 Artículo 115. “Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las 4


El propĂłsito de organizar grupos de personas para el trabajo, pierde su efectividad cuando se modifican las reglas laborales conocidas, pues la no jerarquizaciĂłn tambiĂŠn aplica para los salarios, se presume que tampoco existirĂĄn utilidades y los posibles excedentes que produzcan estas empresas, deberĂĄn destinarse a la reinversiĂłn social, con lo cual se elimina la posibilidad de su expansiĂłn. Un aspecto importante es que la implantaciĂłn de este modelo, generarĂĄ dificultades para las transacciones debido no sĂłlo a la coexistencia de distintas monedas, con ĂĄmbito regional (el Banco Central de Venezuela deberĂ­a establecer la forma de regulaciĂłn y la convertibilidad), sino de las limitaciones para producir un verdadero intercambio basado en el trueque, mecanismo ya superado en la historia econĂłmica del mundo. El costo global se asociarĂĄ a la reducciĂłn del comercio y, posiblemente, de la producciĂłn de algunos bienes cuyo intercambio se dificulte con los mecanismos planteados.

1.4

Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeùa y Mediana Industria y Unidades de Producción Social •

Contempla que el modelo productivo debe responder a las necesidades comunitarias, “menos subordinado a la reproducciĂłn del capital y dirigido a alcanzar un crecimiento sostenidoâ€?.

•

Las pequeĂąas y medianas industrias (PYMIS) deben satisfacer las necesidades bĂĄsicas de la comunidad, mejorando el entorno socioambiental y privilegiando la solidaridad, cooperaciĂłn y complementariedad.

contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interÊs general. Sólo por causa de utilidad pública o interÊs social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrå ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes.�


•

El artĂ­culo 4 seĂąala que el Ejecutivo “fomentarĂĄ las iniciativas, protegerĂĄ y promoverĂĄ a la pequeĂąa y mediana industria y unidades de producciĂłn socialâ€?.

•

Se promoverĂĄ el acceso de las PYMIS y unidades de propiedad social, a procesos de intercambio socioproductivo nacionales e internacionales, preferentemente con paĂ­ses latinoamericanos y del Caribe, para potenciar “el humanismo y los intereses de los pueblosâ€?.

•

En el artĂ­culo 26 se plantea la presentaciĂłn trianual de un Plan EstratĂŠgico Nacional de Desarrollo de la PequeĂąa y Mediana Industria, que definirĂĄ polĂ­ticas, programas y acciones para viabilizar la “ejecuciĂłn armĂłnica, sĂłlida y ĂĄgil del proyecto bolivarianoâ€?.

Esta Ley no promueve el mayor uso de capital dentro de la pequeĂąa y mediana industria, colocando lĂ­mites a su desarrollo. No queda claro cĂłmo se puede promover un crecimiento sostenido sin la necesaria generaciĂłn de excedentes y su reinversiĂłn. TambiĂŠn les colocan responsabilidades que pueden ir mĂĄs allĂĄ de sus capacidades (entorno socioambiental).

1.5

Proyecto de la Ley OrgĂĄnica para la OrdenaciĂłn y GestiĂłn del Territorio

Aunque no corresponde al ĂĄmbito econĂłmico, este proyecto plantĂł la semilla de lo que mĂĄs adelante sirviĂł para colocar autoridades gubernamentales, por encima de funcionarios electos por votaciĂłn popular, anulando, en buena medida, la capacidad de acciĂłn de alcaldes y gobernadores, no afines al oficialismo. En la ExposiciĂłn de Motivos se seĂąala que “la ordenaciĂłn del territorio responde a una visiĂłn geopolĂ­tica de la estructura territorial y de los espacios geogrĂĄficos, conforme a un modelo y a una estrategia de desarrolloâ€?. TambiĂŠn se le considera como un objetivo estratĂŠgico. •

Los artĂ­culos 3 y 4 seĂąalan que la ordenaciĂłn del territorio es de orden pĂşblico, utilidad e interĂŠs social.


El artículo 17 establece que “El Presidente o la Presidenta de la República, en Consejo de Ministros, ejercerá la suprema autoridad de la ordenación y gestión del territorio, en cuya condición podrá coadyuvar al cumplimiento de los fines esenciales del Estado, así como de los principios y valores constitucionales.

Los artículos 19 y 20 establecen la creación de una Autoridad Regional para cada región funcional, designada por el Presidente de la República, y las competencias de la misma, entre las cuales destaca no sólo diseñar las políticas y directrices en función de los lineamientos de la Comisión Central de Planificación, sino “seguir, evaluar y controlar las acciones y actividades del gobierno nacional en la región”, lo que superpone un poder a los gobiernos locales escogidos por el pueblo.


2

Leyes y medidas tomadas en Venezuela posteriores a la tercera Ley Habilitante

Con las leyes señaladas anteriormente, pareciera que el Gobierno Nacional, presentaba un avance en cuanto al diseño legislativo, para la imposición de un nuevo orden económico en Venezuela; sin embargo, a partir de enero del 2009, el gobierno aceleró la aprobación de leyes y medidas para consolidar el tránsito hacia el socialismo. En las elecciones de Alcaldes y Gobernadores, que se realizaron el 23 de noviembre del 2008, el oficialismo perdió cinco gobernaciones y varias alcaldías importantes, entre ellas la Alcaldía Metropolitana de Caracas, ante lo cual se comenzó a revertir la descentralización administrativa, para devolver al Gobierno Central una serie de competencias asignadas a las regiones. En este sentido, varias de las leyes apuntan a un mayor control del Estado sobre las regiones; para ello, se hizo una reforma a la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y transferencia de Competencias del sector Público, y se promulgaron otras como la Ley de Poder Municipal a dos niveles del Área Metropolitana de Caracas, la Ley de Presupuesto del Distrito Capital del ejercicio fiscal 2009 y la Ley Especial sobre la Organización y Régimen del Distrito Capital. Se crearon vicepresidencias regionales, por encima de las autoridades electas, con lo cual se validó uno de los puntos rechazados en el Proyecto de Reforma Constitucional del 2007: la llamada Nueva Geometría del Poder. En otros casos, se siguieron aprobando o estudiando leyes que coartan las libertades económicas o ponen en peligro la estabilidad macroeconómica del país, como las siguientes:


2.1

Reforma a la ley del Banco Central de Venezuela (BCV)6

Desde el año 2005, el BCV ha debido traspasar más de 40 mil millones de dólares al Fondo de Desarrollo Nacional (FONDEN), el cual fue creado para desarrollar proyectos de inversión. Estas transferencias fueron realizadas a través de un criterio de Reservas Internacionales Excedentes, establecido por el Instituto Emisor y que periódicamente determina cuál es el nivel óptimo de activos externos en su poder, permitiendo traspasar el resto al FONDEN. Este mecanismo ha sido muy criticado, pues permite la doble monetización de importantes volúmenes de divisas que luego retroalimentan la oferta monetaria y generan más inflación. Por otra parte, la administración del FONDEN ha sido poco menos que transparente y existe escasa información pública sobre el uso de los fondos recibidos y los proyectos pendientes por ejecutar. En la Gaceta Oficial No. 39.419 del 7 de mayo del 2010, se modificaron o agregaron 55 artículos a la Ley del Banco Central, para convertirlo en una especie de banco de desarrollo, teoría arraigada hace varias décadas y que desdibuja las funciones de control monetario que debe ejercer un instituto emisor. Estos mecanismos fueron utilizados en otros países de la región con resultados desastrosos. Se agregan temas alejados de la función propia de este tipo de organismos; por ejemplo, en el artículo 5 se menciona dentro de sus objetivos, que el BCV “fomentará la solidaridad, la participación ciudadana y la corresponsabilidad social”. Según el artículo 48, este ente podrá prestar, con garantías de títulos emitidos por la República o entes descentralizados y el artículo 58 lo autoriza a comprar deuda. Puede consultarse en el siguiente vínculo: http://static.eluniversal.com/2010/03/23/leybcv.pdf 6


El posible beneficio de servir de impulso a la actividad económica como banco de desarrollo, puede verse sobrepasado por el costo que implica para toda la sociedad una mayor inflación y el desboque de la deuda pública, en momentos en que los precios del petróleo no sean suficientes para financiar el gasto público. Existe consenso internacional en que la preservación de la estabilidad monetaria es el principal objetivo de un Banco Central.

2.2

Modificación del esquema cambiario y Reforma a la Ley de Ilícitos Cambiarios Venezuela estableció un férreo control cambiario desde el año 2003, con posterioridad al colapso del esquema de bandas cambiarias y de la libre flotación dirigida por el BCV. Siete años después, y a pesar de la entrada al país de ingresos históricamente sin precedentes por los altos precios del petróleo, el control se mantiene vigente. Luego de dos ajustes a la paridad, en 2004 y 2005, que mantuvieron la cotización del dólar cercana a su paridad estimada, se mantuvo la misma tasa hasta enero del 2010, generando distorsiones por la sobrevaluación acumulada de la moneda y debido a la lentitud con la cual la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), atendía las solicitudes de los distintos sectores para importar materias primas o bienes terminados. La reducción de los ingresos petroleros en el 2009 y la dificultad para mantener la paridad de 2,15 Bs.F por dólar, forzaron la modificación del régimen cambiario, con la adopción de 2 tipos de cambio (2,60 Bs.F / USD y 4,30 Bs.F/USD). Mientras tanto, el desahogo del mercado lo constituía el llamado dólar permuta, al cual se accedía mediante la compra de títulos valores en moneda extranjera, sin perjuicio de que las empresas mantuvieran sus solicitudes de divisas a través de CADIVI. Aunque las autoridades calificaron de marginal este mercado, se estima que en el año 2009, un 21% de las importaciones venezolanas, se financió por esta vía.


Cuadro No. 1: Estructura de financiamiento de las importaciones 2009

Fuente: Banco Central de Venezuela, CADIVI, Cálculos propios

Las necesidades de divisas y la percepción de riesgo país, promovieron un alza sostenida de la cotización de ese mercado, al cual se asocia, en buena medida, el costo de reposición de mercancías, incidiendo sobre la inflación. Por ello, el Ejecutivo solicitó intervenir en este mercado y el 17 de mayo del 2010, en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 5.975, se sancionó la reforma a la Ley de Ilícitos Cambiarios, prohibiéndose la compra y venta de títulos valores para obtener o vender divisas. Seguidamente se creó el Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME), administrado y regulado por el Banco Central de Venezuela (Gaceta Oficial No. 39.446 de fecha 15 de junio de 2010), con un stock de títulos valores de deuda en moneda extranjera, a los cuales diariamente asigna precios mínimos y máximos y coloca entre las distintas solicitudes recibidas. De esta forma, el BCV se convirtió en una especie de gran Casa de Bolsa, sustituyendo a las empresas que anteriormente facilitaban el desempeño del mercado permuta. Este mercado ha venido funcionando con altibajos y, de acuerdo a empresas y gremios, su operatividad se ha visto afectada por los requisitos exigidos por la banca y las limitaciones legales (las empresas deben estar inscritas en CADIVI y no haber recibido dólares de ésta en los 90 días anteriores; no se pueden solicitar más de 350 mil dólares al mes). Cifras recientes del BCV ubican el monto negociado entre 20 y 30 millones de dólares al día, estimándose que en el mercado permuta se transaban alrededor de 80 millones de dólares diarios. Las trabas impuestas a las importaciones, por esta vía, junto a la caída sostenida de la oferta


interna de bienes, podrĂ­a ocasionar nuevos perĂ­odos de escasez de productos en algunos sectores. Por otra parte, dado que el stock de tĂ­tulos es limitado, no se cierra la posibilidad de nuevo endeudamiento, de la RepĂşblica o del propio Banco Central, para mantener el esquema tal cual existe en la actualidad.

2.3 Ley del Consejo Federal de Gobierno7 "! Fue publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 5.963 del 22 de febrero de 2010 y revierte la descentralizaciĂłn alcanzada al devolver competencias de las regiones a organizaciones comunales, que al final dependen directamente del Ejecutivo. La idea es fortalecer el poder popular para “facilitar la transiciĂłn al socialismoâ€? y permite la creaciĂłn de “distritos de desarrolloâ€? que se solapan con gobiernos locales, pues recibirĂ­an dinero que seguramente se le quitarĂĄ a estos Ăşltimos.

2.4 Reforma a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario8

! El 15 de junio de 2010 se aprobĂł en segunda discusiĂłn la Reforma a esta Ley, para introducir principios socialistas que modifican los conceptos tradicionales de propiedad. Se seĂąala que la tierra es de quien la trabaja, se ataca la tercerizaciĂłn como vĂ­a para

Puede ser consultada en el siguiente vĂ­nculo: http://200.11.197.75/web/sistema/profile/media/archivos/Ley%20del%20consejo%20federal %20de%20gobierno.pdf 7

Puede ser consultada en el siguiente vĂ­nculo: http://www.fedenaga.org/formato/pdf/Informe%20Final%20sobre%20la%20Reforma%20a%2 0la%20Ley%20de%20Tierras.doc 8


usufructuarla y el artículo 13 contempla la garantía de permanencia, rescate de tierras y expropiación agraria. La Ley crea expresamente un artículo, el 147, que señala que “El Ejecutivo Nacional podrá asumir directamente las actividades de producción primaria, industrialización, distribución y comercialización y relacionadas, con el fin de fortalecer el aparato productivo nacional y consolidar la garantía de soberanía agroalimentaria.” Este artículo va alineado con otras leyes comentadas con anterioridad y faculta al Estado a tomar para sí la propiedad de cualquier lote de tierra, bajo el argumento de preservar la soberanía y seguridad agroalimentaria. Otras leyes de carácter económico que han impactado la estructura de intercambio en el país son:

Reforma a la Ley de la Actividad Aseguradora, que lejos de proteger a los usuarios crea una serie de incentivos perversos, que al final deterioran la calidad del servicio y la actividad de un sector generador de empleo.

Ley del Sistema Financiero Nacional, con la cual se crea una nueva suprainstitución, con facultades para sancionar a los actores del sistema financiero.


3

3.1

Análisis de impacto de las nuevas leyes y políticas sobre la economía: costos y beneficios asociados Expropiaciones y adquisiciones forzosas como nueva forma de ataque a la propiedad privada Los intentos por debilitar la propiedad privada por parte del Estado, lo han llevado, a lo largo de estos años, a promover diferentes formas de propiedad que buscan atraer adeptos mediante privilegios fiscales, preferencia para negociaciones y/o financiamiento barato. Es así como en distintas fases del proceso se intentó la cogestión (generalmente en empresas en dificultades, como la papelera Invepal o la empresa de válvulas Inveval); la promoción de cooperativas (REBELION.ORG, 2003), que fue posteriormente descalificada por el propio Presidente Chávez (EL UNIVERSAL, 2010) y las Empresas de Producción Social (EPS), básicamente promovidas por la empresa estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA). Si bien no se dispone de estadísticas al respecto, la percepción es que estos experimentos fracasaron pues no han generado empresas más eficientes dentro del sector público; por el contrario, la mayor parte de las empresas en cogestión9, enumeradas anteriormente, siguen trabajando parcialmente y a pérdida y las EPS parecen seguir limitadas al entorno petrolero. En consecuencia y apoyado por la situación de altos ingresos externos, el Gobierno inició tímidamente en el 2007, y posteriormente con mayor fuerza, un proceso de compras de empresas privadas eficientes (siendo la Electricidad de Caracas, la telefónica nacional CANTV, las productoras de cemento Cemex, Lafarge y Holcim y el Banco de Venezuela las empresas emblemáticas), para luego iniciar un largo proceso de expropiaciones.

Cogestión, figura creada para que una empresa sea administrada y dirigida por los trabajadores y el sector publico. 9


A la fecha se desconoce el número exacto de empresas, fundos y predios rurales que han sido objeto de estas medidas, pero el Observatorio de la Propiedad de CEDICE, registra que se han afectado 1119, en diferentes sectores económicos como los de alimentos, agroindustria, banca, construcción, comercio, telecomunicaciones, metalúrgico, turismo, petrolero, gasífero, transporte, papel, textil, e incluso el sector educativo. La mayoría de estas expropiaciones no han sido pagadas a sus propietarios y con periodicidad creciente, se conocen nuevos casos o amenazas, incluyendo los anuncios del propio Presidente sobre el consorcio de Empresas Polar, principal grupo del sector alimenticio en Venezuela y sinónimo de eficiencia y buenas relaciones laborales, con una amplia producción en diferentes rubros y distribución a nivel nacional. En términos de beneficios y costos, la balanza se inclina claramente a lo segundo. Sin la presión que impone el mercado para alcanzar la eficiencia, las empresas que se suman al sector público, constituyen una mayor carga financiera para el Estado, aumentando su ya abultada nómina. Además, va en contracorriente de la tendencia de los Estados modernos a deslastrarse de actividades que no le son propias. Pero debe recordarse que es perfectamente coherente con lo planteado en el Plan Socialista 2007-2013, en el cual la meta es que las empresas públicas y las de producción social, superen, conjuntamente, a las empresas privadas como proporción del Producto Interno Bruto. Hoy en día, se estima, según cifras del BCV, que el sector público representa el 30% de la economía total.

3.2 Sectores impactados No cabe duda que el sector alimentos ha sido el más afectado, lo que se ha hecho con el argumento de lograr la soberanía y seguridad alimentaria; sin embargo, Venezuela se ha hecho más dependiente de las importaciones, especialmente en este sector y las cifras de producción de rubros como carne, lácteos y otros, reflejan una sensible reducción de la producción nacional. Preocupa


también que el Estado plantea convertirse en el gran comercializador y distribuidor a través de COMERSO (Corporación de Mercados Socialistas), creada en diciembre del 2009 y que ampliaría su rango de acción a la distribución de ropa, electrodomésticos e incluso, de vehículos, en algunos casos hechos fuera del país. Un tema asociado a la distribución de bienes y, en especial, de alimentos, ha sido la toma de los principales puertos del país bajo el argumento de ser estratégicos para la nación. En marzo del 2009, el Presidente Chávez ordenó la toma del puerto de la ciudad de Puerto Cabello, el principal del país, hecho que se concretó en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.143 de fecha 20/03/2009, que revirtió las competencias portuarias al Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda; días después se creó, mediante otro decreto, la Sociedad Mercantil Bolivariana de Puertos (Bolipuertos, S.A.). Pese a que la recesión ha afectado de manera importante el volumen de importaciones, entre abril y julio de 2010 ha habido crecientes quejas sobre el funcionamiento portuario, ante el retraso para las nacionalizaciones de mercancías, especialmente las del sector privado y el desvío de carga desde sus puertos de orígenes a otros, lo cual implica costos adicionales. La combinación de este factor con los requisitos de CADIVI para importar, ha afectado seriamente la operatividad de los puertos. No cabe duda que existe actualmente en Venezuela una estrategia deliberada para fortalecer al sector público, a expensas del debilitamiento de la actividad productiva privada. Lo más grave es que muchos indicadores apuntan al agotamiento de un modelo basado en la renta petrolera y la acción del Estado, lo que necesariamente requerirá un sector privado fuerte con incentivos para invertir y generar más productos y, por tanto, más empleo. Estas acciones dirigidas desde el gobierno, en buena medida, son rechazadas por importantes segmentos de la población, que tienen en alta estima conceptos como la libertad económica, la propiedad privada y el deseo de superación, al tiempo que se oponen a que


Venezuela se mueva hacia modelos económicos que han fracasado en el mundo, a lo largo de la historia. La visión del partido gobernante, el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), hoy en día indistinguible del Estado, busca instaurar el modelo socialista, cambiando los conceptos de propiedad, de comercialización (PARTIDO SOCIALISTA UNIDO DE VENEZUELA, 2010), eliminando la llamada “intermediación del comercio capitalista” e inclusive modificando los “patrones culturales de consumo”, Ya que el intento de cambio se desarrolla desde hace varios años, es conveniente analizar la evolución de algunas variables económicas del país.

3.3 El comportamiento económico En el período que se inició en 1999, cuando comienza el actual gobierno, y hasta el año 2009, se muestra que el país ha crecido fundamentalmente vía sectores no transables (Comunicaciones, Banca y Seguros, Comercio) en tanto los sectores de generación de bienes y servicios (manufactura, construcción e incluso petróleo) han descendido en términos per cápita. El caso petrolero es significativo, ya que su impacto económico se da a través de los precios y no por mayor producción. Cuadro No. 2: Crecimiento Producto Interno Bruto 1999-2009

Fuente: Banco Central de Venezuela, cálculos Propios


Un caso relevante lo constituye el sector manufacturero, que en 1999 representaba el 16,6% del Producto Interno Bruto (PIB) y en la actualidad, de acuerdo a las últimas cifras disponibles al primer trimestre del 2010, alcanza el 15,3%, aunque se convirtió en el de mayor peso dentro de la estructura económica, pese a haber perdido 36% del número de establecimientos industriales al año 2007, última cifra disponible por parte del Instituto Nacional de Estadística (INE), reflejando un acelerado proceso de desindustrialización. El avance legislativo hacia el modelo socialista, cuya estructura ha sido dibujada en el seguimiento que realiza el Observatorio Económico Legislativo de CEDICE, ha coincidido con una caída y posterior recuperación moderada de los ingresos petroleros, que impactó el crecimiento del PIB, generando, a la fecha, cuatro trimestres sucesivos de caída del PIB, en momentos en que el resto de los países de la región, incluyendo Estados Unidos, han salido de la recesión. La manufactura, principal sector creador de oferta de bienes, no escapa de esta situación

Cuadro No. 3: Evolución del Producto Interno Bruto (%)

Fuente: Banco Central de Venezuela, cálculos propios

La elevada ganancia petrolera no fue suficiente para generar importantes beneficios económicos duraderos para la población.


Si se analiza la evolución del PIB per cápita durante los últimos 50 años, se observa que en el año 2009 se alcanzan niveles inferiores a los de hace casi 3 décadas y el pronóstico para este año es de continuación de esta caída

Cuadro No. 4: Producto Interno Bruto per cápita base 1997

Fuente: Banco Central de Venezuela, cálculos propios

Las expropiaciones y confiscaciones han reducido la producción de muchos rubros y el total de hectáreas cultivadas y de productos elaborados. En los últimos años se han vivido episodios periódicos de escasez y desabastecimiento, al tiempo que la inflación ha continuado erosionando el poder adquisitivo de la población. La tasa promedio de inflación mensual de los últimos 5 años es de 1,8% y la del grupo alimentos alcanza 2,4%, con lo cual las familias de menores recursos se ven más afectadas, al destinar la mayor proporción de su presupuesto a este rubro. Esto se ha dado en un contexto de alta sobrevaluación de la moneda, basada en el anclaje cambiario, lo que no ha impedido los aumentos de precios y sí propiciado enormes importaciones que crean empleo y bienestar fuera de las fronteras nacionales.


Cuadro No. 5: Inflación anualizada general y en alimentos (%)

Fuente: Banco Central de Venezuela, cálculos propios

Las experiencias internacionales muestran que países con elevadas tasas de inflación, pueden reducirla drásticamente al implantar políticas austeras y eliminar la emisión de dinero inorgánico. Un ejemplo lo constituye Zimbabwe, que llegó a tener inflaciones de 230.000.000 % y que mantuvo años de políticas de expropiación y confiscación de tierras bajo premisas de luchas de clases. Para el 2010 se estima que la tasa de inflación, en ese país, será inferior a la que mostrará Venezuela, que mantiene el dudoso honor de tener una de las inflaciones más elevadas del mundo. Aunque la coordinación macroeconómica tenga carácter constitucional (artículos 320 y 321 de la Sección V de la Carta Magna), en la práctica la pérdida gradual de autonomía del Banco Central lo ha debilitado de manera notable. Desde el punto de vista de la inversión extranjera, Venezuela se ha hecho cada vez menos atractiva, tanto por los trámites burocráticos requeridos como por la creciente percepción de inseguridad jurídica que se deriva de las expropiaciones y la dificultad para remitir utilidades a las casas matrices. De hecho, en términos relativos, fue el país más afectado en el año 2009. La


CEPAL10 estimó que el saldo neto fue negativo en 3.105 millones de dólares, pues los proyectos anunciados por el Gobierno, principalmente en el sector petrolero, no compensaron los egresos por otras variables, como las nacionalizaciones (Banco de Venezuela, Ternium Sidor, TAVSA y dos siderúrgicas de Japón entre otros). Es importante resaltar que Venezuela fue el tercer país de la región con mayor inversión hacia el extranjero con 1.800 millones de dólares, registrando un incremento de 44% con respecto al 2008.

Cuadro No. 6: Inversión extranjera en América Latina 2009

Con este panorama, tanto los ingresos por divisas como la gestión fiscal, son cada vez más dependientes del petróleo. La estructura porcentual de las exportaciones venezolanas, ubica al país en la dirección contraria al deseo de un desarrollo endógeno y a una competitividad que garantice, entre otros beneficios, la seguridad alimentaria para Venezuela. Hoy en día, 95 de cada 100 dólares que recibe el país provienen del petróleo.

Documento Informativo: La Inversión Extranjera Directa en América Latina y el Caribe. Unidad de Inversiones y Estrategias Empresariales de la División de Desarrollo Productivo y Empresarial CEPAL 2010. 10


Cuadro No. 7: Estructura porcentual de las exportaciones venezolanas

Fuente: Banco Central de Venezuela, cálculos propios

La creación de empleo formal productivo, debe ser uno de los primeros puntos en la agenda de cualquier gobierno que desee lograr crecimiento e inclusión social para reducir la pobreza. Queda claro del análisis anterior que hay pocos estímulos para crear nuevas empresas y expandir las existentes. Las cifras oficiales de empleo en Venezuela las suministra el Instituto Nacional de Estadística (INE) y han sido objeto de numerosas críticas debido a cambios metodológicos que, en opinión de expertos, disimulan el problema del desempleo abierto, al modificar los criterios para considerar que una persona ha trabajado recientemente; asimismo, se excluye de la base de cálculo a quienes pertenecen a las distintas Misiones sociales del gobierno, colocándolos como inactivos. Aún así destacan varios hechos importantes:

Venezuela aún cuenta con una economía informal que ronda el 44%, es decir, más de 5 millones de trabajadores, a lo que debe sumarse una tasa de desempleo abierto que actualmente supera el 8%; esto significa que menos de la mitad de la población activa tiene un empleo formal.

El sector público ha pasado a ser el principal empleador formal del país, a través de la creación de innumerables organismos, así como de las adquisiciones y expropiaciones ya


comentadas; hoy en día, casi 1 de cada 5 empleos los proporciona el Estado.

Cuadro No. 8: Evolución del Empleo 2004-2009

Fuente: Instituto Nacional de Estadística, cálculos propios

Evolución de la Deuda Pública: Según José Guerra (2006), exgerente del Banco Central de Venezuela, durante este gobierno se diferencian dos períodos: el bienio 1999-2000, caracterizado por austeridad fiscal, con una política bastante ortodoxa que buscaba una estabilización macroeconómica que sentara las bases para la reactivación del sector productivo. Por otra parte, la insuficiencia del crecimiento determinó que desde el 2001, pese a restricciones de ingresos, se generara un aumento del gasto que produjo déficits recurrentes y contribuyó al abandono del sistema de bandas cambiarias en 2002. El deterioro de la percepción de la gestión del gobierno, y el inicio del boom de precios petroleros, a partir del 2003, impulsaron más el gasto, creando una estructura de gasto social paralelo que cada vez ha requerido mayores cantidades de dinero para su financiamiento. Las cifras oficiales muestran que entre 1999 y 2009, pese a recibir el país más de 450 mil millones de dólares por petróleo, la deuda interna y la deuda externa aumentaron de manera significativa


Cuadro No. 09: Deuda Pública 1999-2009 Millones

USD

Fuente: Banco Central de Venezuela, cálculos propios

La estrategia de endeudamiento generaría beneficios si se dirigiese a financiar proyectos de inversión real. Por el contrario, la mayor parte se ha destinado a cubrir el gasto corriente. El costo para la sociedad es importante, comprometiendo los ingresos futuros y aumentando la vulnerabilidad fiscal, de producirse un nuevo período de debilidad en la demanda mundial de petróleo y por tanto, afectando los precios del mismo. No es descartable que en el futuro se deba cubrir esa brecha con mayores impuestos o devaluaciones (esta última para “licuar” la deuda interna). En términos de competitividad, las nuevas leyes y políticas han acentuado la dependencia del petróleo y no han generado mayor oferta interna de bienes. En buena medida se debe a que la inversión real, ha sido la gran ausente, en particular la privada, especialmente en años recientes. Los controles y las leyes que culpan al empresario y a las cadenas de comercialización y distribución de los aumentos de precios, sólo han servido para desincentivar la inversión y reducir la oferta de bienes. En otras palabras, los modelos de producción social no han impulsado el desarrollo endógeno que busca el gobierno. En los últimos años, Venezuela ha perdido posiciones en distintos estudios que analizan a nivel mundial los factores que determinan la competitividad y la facilidad para iniciar negocios o inversiones, así como el grado de libertad económica. The Fraser Institute publicó a finales del 2009 su Reporte de Libertad Económica para América Latina 2009 – 2010, con datos del Índice de Libertad Económica del Mundo11 de 141 países y una Mide el grado en que las políticas e instituciones de un país favorecen la libertad económica, en 5 grandes áreas: a) Tamaño del gobierno: gasto, impuestos y empresas; b) 11


sección especial dedicada a la región. Allí se señala que en los años setenta, Venezuela ocupaba el puesto 11; hoy en día, el país se ubica en el puesto 138, superando sólo a Angola, Myanmar y Zimbabwe. En la región, Venezuela ocupa el último lugar de 18 países, siendo el único, junto a Paraguay, que cae en comparación a 1980 y obteniendo puntuaciones notablemente bajas en temas como estructura jurídica y garantías a la propiedad, independencia judicial, regulaciones del mercado laboral y a la actividad empresarial y en estabilidad monetaria. Otro estudio, frecuentemente analizado, lo constituye el Global Competitiveness Index (Índice Global de Competitividad), parte del estudio Global Competitiveness Report que publica el World Economic Forum anualmente y que analiza una serie de aspectos o pilares que determinan la competitividad de un país. El último reporte disponible es el 2009-201012 y estudia a 133 países. En el último año Venezuela perdió 8 posiciones, ubicándose en el puesto 113 y ocupando, en algunos de los pilares analizados, la última posición. Cuadro No. 10: Índice Global de Competitividad 2008 y 2009

Fuente: Global Competitiveness Report 2008-2009 y 2009-2010. World Economic Forum

Estructura jurídica y garantía de los derechos de propiedad; c) Acceso a una moneda sana; d) Libertad de comercio internacional; e) Regulación crediticia, laboral y de la empresa. 12

Global Competitiveness Report. World Economic Forum 2009


Adicionalmente, un reciente reporte del Banco Mundial, publicado en junio 2010 (Doing Business), revela que Venezuela se ubica en el puesto 177 de un total de 183 países encuestados, demostrando, por ejemplo, que en el país, para abrir un negocio, se deben realizar 16 procedimientos que toman 141 días; en los países más desarrollados que pertenecen a la OECD (Organization for Economic Cooperation and Development), se necesitan 5,7 trámites, en promedio, que demoran 13 días. Dentro de los factores comúnmente citados en estos estudios, se refleja que la estabilidad macroeconómica, el buen funcionamiento de las instituciones y la eficiencia de los mercados, juegan un rol fundamental para el inversionista, cuya decisión es irreversible y, por tanto, espera a tener toda la información posible para realizarla. Estudios como el de Serven y Solimano (1993) y otros posteriores, señalan que la volatilidad frena las inversiones y por tanto, el crecimiento económico. Venezuela es un país de economía altamente volátil, donde el sector externo es el mecanismo de transmisión de los shocks positivos o negativos hacia la economía interna.


Conclusiones y Recomendaciones Desde la década pasada, se ha ido formalizando un marco de leyes y políticas que buscan modificar el modelo económico que señala la Constitución aprobada en 1999. Ello se ha venido haciendo sin tomar en cuenta los argumentos del sector privado y las fuerzas políticas distintas al oficialismo. Si bien en diciembre de 2007, la población rechazó en referéndum el proyecto de reforma constitucional, el Gobierno ha mantenido y profundizado su objetivo de construir una economía alternativa mediante otros mecanismos, como la Ley Habilitante que concluyó en el 2008, con diversas leyes sancionadas durante los dos últimos años, así como un acelerado proceso de expropiaciones en diferentes sectores económicos. Los lineamientos para ello se encuentran en el Primer Plan Socialista 2007-2013, señalando dentro de sus siete directrices la búsqueda del Modelo Productivo Socialista. Ello se enmarca en un proceso de cerco a la actividad productiva privada, que contradice el espíritu del artículo 299 de la Constitución Nacional que reza: Artículo 299: “…El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para lograr una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática participativa y de consulta abierta”. Los indicadores económicos de los últimos años reflejan que el país ha entrado en una recesión importante, con elevada inflación, haciendo notar que los controles son ineficientes y, por otra parte, que aún en el caso de que el precio del petróleo se recupere, el modelo rentista se ha agotado y el sector público sirve cada vez menos como motor económico a través del gasto fiscal.


En consecuencia la competitividad nacional, así como la seguridad jurídica para el inversionista, se han visto seriamente afectadas y originan una dependencia casi absoluta de las divisas petroleras, con un profundo daño a la capacidad productiva nacional, por lo que la seguridad y soberanía alimentaria son inviables en la actualidad. El crecimiento económico sostenido y con generación de bienestar social, sólo es posible cuando Estado y sector privado actúan conjuntamente; el primero con reglas e incentivos y el segundo, con inversión real y creación de empleos formales de calidad. Para ello, es necesario que el marco legal e institucional deje de buscar la minimización de la actividad privada a través de cortapisas a la libertad económica y la propiedad de cada quien. Las leyes deben ser para todos, coherentes con lo que establece la Constitución y dirigidas a impulsar la inversión privada como motor fundamental de la economía, pues se ha demostrado que la volatilidad en los ingresos fiscales no puede mantener una senda constante de crecimiento.


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Durante todo un año CEDICE Libertad ha desarrollado diversas actividades para propiciar el diálogo democrático en un entorno complejo y ha logrado establecer alianzas con diversos sectores para dar a conocer herramientas que permiten analizar las leyes y determinar los costos y beneficios que estas tienen para la sociedad. Ambas instituciones CEDICE y CIPE, trabajan para lograr sociedades más libres y democráticas, lo que solo se construye con la participación activa de los ciudadanos comprometidos con un país mejor. Si usted está interesado en conocer más de esta iniciativa contáctenos: Cedice: www.cedice.org.ve Cipe: www.cipe.org Rocío Guijarro: rociog@cedice.org.ve Alicia Sepulveda: aliciasepulvedacedice@gmail.com


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