NNFF CEEM

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DEMOGRAFÍA MÉDICA NUEVAS FACULTADES Y NUMERUS CLAUSUS

CONSEJO ESTATAL DE ESTUDIANTES DE MEDICINA CEEM

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Según la legislación Española el proceso de formación, básica y especializada, de un médico viene determinado por varios procesos selectivos a lo largo de un periodo de entre 10 y 12 años. El inicio de la formación pasa por la obtención de una plaza en una Facultad de Medicina tras 2 años de Bachillerato y las pruebas de acceso a la Universidad (Selectividad). El número de plazas ofertadas, también llamado numerus clausus delimita la cantidad de estudiantes que pueden llevar a cabo su enseñanza universitaria. Tras esto comienzan 6 años de formación, que concluyen tras los procesos de evaluación correspondientes con la obtención de un título de Médico que habilita para el ejercicio de la profesión. Los médicos, en posesión de título, pueden optar a seguir su formación mediante la especialización vía MIR. Nuevamente, el número de plazas ofertadas es limitado y la selección se realiza mediante la realización de un examen tipo test. Los candidatos finalmente adjudicatarios de plaza comienzan la formación especializada que dura entre 3 y 5 años y que concluye con la obtención de título de especialista. Hay que destacar que este sistema aparentemente lineal y finalista en realidad es más complejo y dinámico, con entradas y salidas a todos los niveles. Desde el inicio hasta el final del periodo universitario hay una tasa de abandono de estudiantes, aunque no es demasiado importante. Una vez obtenido el título, existe una bolsa de médicos sin especialidad que no han obtenido plaza de Formación Sanitaria

Especializada. Esta bolsa también es variable, teniendo en cuenta la entrada de titulados comunitarios con reconocimiento automático que optan al cupo general de plazas o médicos de origen extracomunitario cuyo título es homologado y pueden optar hasta un 4% de las plazas de Formación Especializada. Además a este nivel hay una cantidad variable de médicos formados en España que emigran, la llamada Fuga de Cerebros, o algunos médicos que tienen una dedicación no asistencial. Superado el examen MIR, durante el proceso de especialización, hay una tasa de abandono, algo superior, de opositores que deciden cambiar de especialidad y vuelven a realizar el examen MIR. Una vez obtenido el título se crea una bolsa de especialistas preparados para ejercer. En ocasiones, por la falta de trabajo, optan por volver a realizar el proceso de formación especializada, es decir, reespecializarse. En este cómputo final hay que tener en cuenta los factores que se han nombrado antes (especialistas que vienen de Europa, homologaciones extracomunitarias o españoles regresados). Por todo ello, en este sistema existen varios niveles en los que incidir a la hora de modificar el número de profesionales finales, desde incrementar o disminuir el número de estudiantes de nuevo ingreso (numerus clausus), el número de facultades o Universidades que impartan el Título de Medicina o trabajar sobre la homologación de títulos de extranjeros. En el presente documento vamos a incidir en los 2 primeros.

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EL PAPEL DE LA ANECA EN LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS La titulación de Medicina en España se obtiene tras la realización de estudios universitarios que habilitan para el ejercicio de la profesión. Desde la publicación del Real Decreto 1393/ 2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior, la titulación de Medicina es una enseñanza universitaria oficial de Grado (Grado – Máster), y sus planes de estudios tienen una duración de 360 ECTS, lo que en España se traduce en 6 cursos académicos. La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, sentó las bases para realizar un profundo cambio en las universidades españolas. El 26 de octubre de 2007 el Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto de Ordenación de Enseñanzas Universitarias oficiales, por el que se modifica el sistema de clasificación de la enseñanza superior. Este Real Decreto fija una nueva estructura de títulos en tres niveles, grado, máster y doctorado, en consonancia con el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Entre los principales objetivos, derechos y obligaciones que recoge esta Ley encontramos que, en el supuesto de títulos que habiliten para el acceso o ejercicio de actividades profesionales, como es el caso de Medicina, el Gobierno establecerá las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios para garantizar que los títulos acreditan la posesión de las competencias y conocimientos adecuados para dicho ejercicio profesional. ORDEN ECI/332/2008, de 13 de febrero, es la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Médico. Para impartir enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títulos oficiales, con validez en todo el territorio nacional y comunitario, las universidades deberán poseer la autorización pertinente de la Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en la legislación de la misma, y la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno. El procedimiento además debe preservar la autonomía académica de las universidades. Según el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio se establecen tres fases en el proceso de implantación de los títulos oficiales universitarios.

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1. En primer lugar la Universidad debe presentar un proyecto de título a verificación por parte del Consejo de Universidades y autorización por parte de la Comunidad Autónoma. 2. Las propuestas de plan de Estudios han de contar con una descripción del título, justificación, competencias, datos sobre el acceso y admisión de estudiantes, planificación de las enseñanzas, recursos humanos, materiales y servicios, sistema de garantía de la calidad y calendario de implantación. 3. Cumplido este trámite y de conformidad con la normativa vigente, el plan de estudios será enviado a la ANECA o al correspondiente órgano de evaluación, cuya función será la elaboración del informe de evaluación, que tendrá el carácter preceptivo y determinante 4. La misión de la ANECA es la coordinación de las políticas de gestión de la calidad en las Universidades españolas, para proporcionar una mejora, tanto en el ámbito nacional como internacional. Para poder llevar a cabo esta labor, ANECA ha creado unas comisiones de evaluación de dichas propuestas, siguiendo unos protocolos de evaluación, así como elaborado una serie de documentos que puedan servir de elemento de ayuda a las universidades a la hora de presentar sus propuestas de títulos oficiales. 5. Una vez concluido el plazo y valoradas, las alegaciones, la ANECA o el órgano de evaluación correspondiente elaborará el informe de evaluación que podrá ser favorable o desfavorable y lo remitirá a la

universidad solicitante, al Consejo de Universidades y al Ministerio de Educación. 6. Una vez recibido por el Consejo de Universidades el informe favorable, éste comprobará la denominación propuesta, su coherencia con el plan de estudios, así como la adecuación del citado plan, y dictará la resolución de verificación; que podrá ser positiva, si se cumplen las condiciones señaladas, o negativa, en caso contrario. En el caso de que el informe recibido fuese desfavorable, el Consejo de Universidades dictará resolución negativa. 7. El Consejo de Universidades comunica la resolución de verificación al Ministerio de Educación, a la Comunidad o Comunidades Autónoma interesadas y a la Universidad o Universidades solicitantes. 8. Una vez recibida esta notificación, es la Comunidad Autónoma la que decide, por los procedimientos establecidos, la implantación del título en una Universidad, Pública o Privada, dentro de su territorio. 9. Tras la autorización de la Comunidad Autónoma y la verificación del plan de estudios que otorgue el Consejo de Universidades, el Gobierno establecerá el carácter oficial del título y ordenará su inscripción en el Registro de universidades, centros y títulos.

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En cualquiera de los casos el proceso normal por el que surge una Facultad se inicia ante la determinación de necesidades de titulados y oferta formativa a iniciativa de una Universidad. En ese momento son valorados los recursos disponibles, profesorado, Hospitales Universitarios, Infraestructura, convenios, etc. Sobre esta base es elaborado un plan de estudios y enviado como propuesta a la ANECA. Una vez está este título verificado y aprobado por el Consejo de Universidades por el procedimiento anterior, la Consejería correspondiente aprueba definitivamente la apertura de la Facultad con el título de Grado en Medicina Sin embargo, los últimos años hemos vivido una variación en este proceso. En muchos casos la iniciativa no ha surgido de la Universidad sino de la Consejería correspondiente dentro de la Comunidad Autónoma, sin responder a necesidades reales. Se ha comenzando elaborando un plan de estudios y posteriormente se han estimado los recursos disponibles y necesarios. Una vez el título ha pasado los trámites de ANECA y Consejo de Universidades, se han buscado los recursos y se ha abierto la Facultad.

EL PAPEL DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS El crecimiento de Facultades en los últimos tres años ha sido espectacular, pasando de 28 en 2008-2009, a 40 en 2012-2013, como veremos en uno de los apartados posteriores. Este incremento supera el 30 %, y ha aumentado de forma paralela la privatización de las facultades. Asimismo y, tras el estudio de la Legislación en materia de Universidad, hemos observado un patrón mayoritario en lo que a apertura de facultades se refiere. En las Comunidades Autónomas es necesario llevar a cabo los siguientes pasos: -­‐ -­‐

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Propuesta del Consejo social. Informe previo preceptivo, de diferentes órganos, en función de la Comunidad Autónoma (Cataluña, Consejo de Gobierno de la Universidad; Murcia, Consejo Interuniversitario y Consejo de Gobierno Universitaria; Andalucía, Consejo Andaluz de Universidades) Que el departamento del gobierno autonómico competente en materia de universidades (Consejería) autorice el inicio de actividades de los estudios en los centros propios o adscritos. Informe de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o del órgano de evaluación que, en su caso, pudiera La aprobación por Ley de los diferentes parlamentos

Respecto al numerus clausus, el procedimiento para determinar la oferta de plazas en las Facultades de Medicina es el siguiente: 5


MEMORIA ACADÉMICA Y DE ACTIVIDADES. En algunas Comunidades Autónomas como la de Murcia, es necesario presentar en el primer trimestre del curso académico a la Consejería de Educación y Cultura, una memoria académica y de actividades del curso anterior, que deberá incluir, al menos, los alumnos matriculados y egresados por enseñanzas, el personal docente e investigador. (Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia).

DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA. En algunas comunidades autónomas como Castilla y León, uno de los criterios para la creación, reconocimiento o modificación de centros y enseñanzas universitarias es la adecuada distribución geográfica (Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León.) Todo lo mencionado anteriormente estará supeditado a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Finalmente, hemos revisado la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, podemos apreciar, tal y como describe en el Título VIII De los estudiantes, artículo 44. Límites máximos de admisión de estudiantes que El Gobierno, previo acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria podrá, para poder cumplir las exigencias derivadas de Directivas comunitarias o de convenios internacionales, o bien por motivos de interés general igualmente acordados en la Conferencia General de Política Universitaria, establecer límites máximos de admisión de estudiantes en los estudios de que se trate. Dichos límites afectarán al conjunto de las universidades públicas y privadas.

ARTÍCULO 43. OFERTA DE PLAZAS EN LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS. La oferta de plazas se comunicará al Consejo de Coordinación Universitaria para su estudio y determinación de la oferta general de enseñanzas y plazas, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado». A pesar de que es competencia de las Comunidades Autónomas la iniciación de nuevos títulos de Medicina, en última instancia, la Conferencia General de Política Universitaria y el Consejo de Universidades pueden establecer límites máximos de admisión de estudiantes y determinar la oferta de plazas. Estos límites no son a la práctica establecidos a nivel central, sino que constituyen un simple sumatorio de los acordados en las Comunidades Autónomas, de forma independiente y sin coordinación en materia de recursos.

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NÚMERO DE FACULTADES DE MEDICINA Hasta el año 2008/2009 se contaba con 28 Facultades de Medicina, de las cuales, sólo dos eran privadas ( UCEU-SP, UNav), es decir, un 7,14 % y un 92,85 Públicas. A día de hoy, contamos con 40 Facultades de Medicina, es decir, se han incrementado en más de un 25%. De esas nuevas 12 Facultades 7 son privadas. El porcentaje de U. Privadas ha subido a un 22,5% y el de Públicas se ha reducido a 77,5%. En total, la oferta de la Universidad pública ha crecido un 42,8%, mientras que la de la Universidad Privada lo ha hecho en un 363,04%. Si se cumplen los pronósticos, podríamos llegar contar con más de 45 Facultades de Medicina en España, sin tener en cuenta a las rechazadas en principio (León, Cuenca, Toledo, etc.), ni con la Facultad de Ciencias de la Salud de Huesca. En unos cinco años, el número de facultades podría aumentar en un 70%, y de la misma forma, aumentaría la privatización de Facultades. Si nos apoyamos en datos estadísticos, basados en el Instituto Nacional de Estadística (INE), podemos comprobar que superábamos ya en 2009 las tasas recomendadas por la OMS respecto a estudiantes por cada 10.000 habitantes (lo ideal sería 1) y respecto a facultades por millón de habitantes (que sería de 0.5). España era en 2006, con 33 Facultades, el segundo país con más Facultades de Medicina por millón de habitantes y una tasa de 0.75. En 2010, con 39 Facultades, ha pasado a ser el tercer país detrás de Corea y Sudán con más Facultades por millón de habitantes una tasa que ha aumentado hasta el 0,85. En 2006 contábamos con una tasa de estudiantes por cada 10.000 habitantes de 1,04 que en 2011 se ha situado en 1,59. Se ha pretendido durante estos últimos años paliar un déficit de especialistas del 2% (unos 3200 profesionales), con la apertura de las Nuevas Facultades y con el aumento del Numerus Clausus en las ya establecidas, con la idea de llegar al número de 7000 licenciados/graduados por año.

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Si de aquí a 2025, se forman 7000 licenciados/graduados por año, en esa fecha habrá 100.000 profesionales. Las previsiones de jubilación son 68.000, con lo que nos “sobran” 30.000 profesionales, a los que hay que sumar los títulos homologados, que se aproximaron, en 2007 por ejemplo, a 5000. En España contamos con 33 médicos por cada 10.000 habitantes, con una inversión del 8,8% del PIB (datos 2005). En otros países de nuestro entorno, como EEUU se cuenta con 26 médicos por cada 10.000 (PIB 15,2%), 23 en Reino Unido (PIB 8,2%) o Australia con 25 (PIB 8,8%). En cuanto a la distribución Geográfica, la mayor concentración de estudiantes de Medicina, y de Facultades, se da en la Comunidad de Madrid, con 8 Facultades de Medicina, 4 de ellas privadas. La oferta para el curso 2012-2013 de plazas de Grado en Medicina fue de 1380 y la población de Madrid es de aproximadamente 6,48 millones. En otras Comunidades Autónomas, como Andalucía, donde la población supera los 8 millones, la oferta es de 1073 plazas de Grado de Medicina.

RELACIÓN DE FACULTADES HASTA EL CURSO 2012/2013 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10.

UAB UAH UAM UAX UB UC UCa UCAM UCEU-CSP UCEU-CH

11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20.

UCLM-CR UCLM-Ab UCM UCo UCV UdG UdL UEM UEx UFV

Amarillo: Facultades actuales post 08/09 (7)

21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30.

UGr UIC UJI ULL ULPGC UMa UMH UMu UNav UOv

31. 32. 33. 34. 35. 36. 37. 38. 39. 40.

UPF-UAB UPV/EHU URJC URV US USal USC UV UVa UZ

Rojo: Facultades actuales post 2010. (4)

PREVISIONES DE APERTURA -UAL (U. Almería) -UJA (U. Jaén) -UHU (U. Huelva) -UIB (U. Islas Baleares) -U. Mare Nostrum

-U. Vic -U. Catolica de Alicante -Galicia (U. Vigo o U. A Coruña) -ULe (U. de León)

Azul: Facultades no abiertas aprobadas por la ANECA Amarillo: U. que han anunciado el inicio del proceso. Rojo: En principio han sido rechazadas.

-USJ (U. San Jorge, Zaragoza) -UlR (U. La Rioja) -UPNa ( U. Navarra) -UCu (U. Cuenca) -UTo (U. Toledo

Verde: Es posible que se retrase su implantación Subrayado: Universidades Privadas.

REFERENCIAS: Tablas CEEM, INE (adjunto tablas), OECD, CNDFM 8


NÚMERO DE FACULTADES DE MEDICINA En la primera mitad de la década del 2000, concretamente hasta la convocatoria MIR 2004, existió cierta paridad entre los licenciados en Medicina egresados de las facultades españolas y la oferta de plazas MIR, lo que hizo sostenible el equilibrio entre plazas de licenciados y el sistema MIR. A partir de la convocatoria MIR 2005 las plazas MIR aumentaron de forma progresiva y los licenciados en España se mantuvieron aproximadamente en un número similar, debido al efecto del numerus clausus establecido hacía años. Ese desajuste produjo un efecto llamada y aumentó exponencialmente el número de médicos extracomunitarios que querían optar a una plaza de Formación Sanitaria Especializada. Como consecuencia de ese desajuste y de ciertos estudios que indicaban una falta de especialistas en algunas especialidades y puntos geográficos, se comenzó a modificar el numerus clausus en España. A partir del curso 2005/2006, se aumentó dicho número al alza y progresivamente, e incluso se crearon nuevas facultades de Medicina públicas y privadas. El aumento global ha supuesto que las plazas de entrada en las facultades de Medicina en España haya crecido en más del 60% en tan sólo seis años.

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Tal y como se puede apreciar el numerus clausus se empezó a reducir con una importancia remarcable en algunas Facultades a partir del curso 2011/2012. Para este último ejercicio, el 2012/2013, la tendencia es similar a la del curso anterior (llegando a disminuir la oferta de plazas facultades como la US, la ULL, la UCM, la UAH y la USC). Si bien también cabe destacar alguna facultad como la de la UPV-EHU en la que las plazas ofertadas han llegado a subir un 32,08% en un solo curso. Pese a esta reducción de plazas ofertadas en los últimos cursos, si se observa con detenimiento los datos de los cursos anteriores se puede concluir que: ·

Todas las Comunidades Autónomas excepto la Comunidad Foral de Navarra, Extremadura, Cataluña, Castilla y León, Cantabria y Andalucía han doblado el número de plazas ofertadas con respecto al curso de referencia 2005/2006.

·

De todas las CC.AA. con facultades de Medicina, la Comunidad Autónoma de Castilla- la Mancha ha sido la que ha experimentado un mayor aumento del número de plazas ofertadas en los últimos 8 cursos, superando en un 118,75% a las plazas ofertadas en el curso de referencia 2005/2006. Le siguen de cerca otras CC.AA. como la Comunidad de Madrid (con un incremento de plazas ofertadas del 117,32%) y la Comunitat Valenciana (con un aumento del 106,80%).

·

Por el contrario, las CC.AA. que menos plazas han ofertado durante los cursos de estudio en comparación con el resto de CC.AA. son la Comunidad Foral de Navarra (con un aumento de plazas ofertadas del 16,67%), Andalucía (con un incremento del 21,93%) y Cantabria (con un porcentaje del 29,03%).

·

Comparando las plazas ofertadas en las Universidades públicas con respecto a las privadas, se puede apreciar que el aumento de plazas en las Universidades privadas ha sido 8 veces mayor, habiendo un aumento del 363,04% en contraposición al 42,86%

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NÚMERO DE LICENCIADOS Y PLAZAS MIR En los últimos 30 años en España hemos pasado de una situación de desproporción significativa entre el número de plazas ofertadas para la Formación Médica Especializada en régimen de Médico Interno Residente y el número de estudiantes egresados de las Facultades (10 plazas de estudiantes por cada plaza de residente en los 80), a una situación de tendencia al equilibrio en los últimos años entorno a 1,25 plazas de residente por cada plaza de licenciado en una Facultad española en 2004. La convocatoria del MIR de 2005 fue un punto de inflexión en el que comenzó a incrementarse el número de plazas MIR que se ofertaban, aumentando en casi 1000 en menos de 6 años, pasando de 5.804 en 2005 a 6.944 en su punto máximo en 2009, hasta las 6.704 de 2011. Sin embargo, la diferencia de 6 años entre el inicio de los estudios de medicina y la obtención del título, así como la falta de coordinación interministerial, han hecho que esto no suceda así con el número de egresados de las Facultades de Medicina, que se mantuvo estable entorno a los 4.200 licenciados. Esta diferencia significativa produjo en el momento un efecto llamada de extracomunitarios al examen, cuantificable en un incremento de casi 13 veces del número de candidatos pasando de 479 candidatos en 2001 a 6133 en 2011. Vinculado a esta desigualdad entre el número creciente de plazas MIR y el estable de egresados se comenzó una modificación al alza del numerus clausus en las Facultades de Medicina a partir del curso 2005/2006, como ya se ha expuesto anteriormente. Sin embargo, atendiendo a la tasa de admitidos en el examen, la situación desde 2001 ha sido siempre la existencia de casi 2 candidatos por cada plaza de examen, 1’74 en 2002, 1,51 en 2003 (siendo este el valor más bajo de los últimos 10 años) y llegando a superar los 2’03 candidatos por cada plaza ofertada en 2011. Por ello, a pesar de la diferencia entre nuevos licenciados españoles y las plazas de Formación Especializada, el número de candidatos presentados a la prueba ha superado siempre la que atendiendo al acumulado de los 10 últimos años (2001 – 2011), para un total de 67.488 plazas ofertadas, se presentaron 116.783 candidatos, de los cuales 84.690 eran licenciados españoles y 32.093 extracomunitarios. (me falta conexión y coherencia en este párrafo)

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En la actualidad el número de estudiantes de nuevo ingreso en facultades de medicina se sitúa en 6.986 en 2012, siguiendo la tendencia alcista que ha llevado a un incremento del 63 % en 7 años. El número de plazas MIR ha evolucionado igualmente hasta situarse 6.389 este año, siendo inferior al número de plazas de nuevo ingreso en las facultades, situación que se acontece desde la convocatoria de 2011. Sin embargo, a diferencia del numerus clausus, el número de plazas ofertadas MIR ha descendido continuando la tendencia a la baja que desde el año 2009 ha hecho variar la oferta desde 6.944 plazas dicho año a las actuales 6.389, una caída de un 9’2 % en 3 años. En cuanto a la distribución de plazas de nuevo ingreso por Comunidades Autónomas y su relación con la oferta de Formación Sanitaria Especializada, 9 Comunidades Autónomas superan en número de plazas de grado a las de MIR en hasta un 272’73% (Navarra, Aragón, Galicia, Canarias, Valencia, Madrid, Cantabria, Cataluña, Andalucía), otra 5 se encuentran entre el 97 y 87 % (Castilla León, Asturias, País Vasco, Murcia y Extremadura) y sólo Castilla la Mancha, Baleares, La Rioja, Ceuta y Melilla esta relación es inferior al 65%. El Ministerio de Educación, previo a los procesos previamente explicados en puntos anteriores es el encargado de fijar la oferta de plazas en las Facultades de Medicina, así como la apertura de las mismas. Sin embargo, en cuanto al número de plazas MIR ofertadas es la Comisión de Recursos humanos del Ministerio de Sanidad, oída la Comisión Nacional de Especialidades de Ciencias de la Salud, la que toma la decisión final. Es por esto que número de plazas de nuevo acceso a medicina y número de plazas MIR ofertadas dependen de dos organismos completamente independientes en dos ministerios distintos, Sanidad y Educación. Esta distribución de competencias nunca ha favorecido la adecuada toma de decisiones en materia de demografía y se evidencia una falta importante de coordinación interministerial.

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UAB UAH UAM UAX UB UC UCa UCAM UCEU-CH UCEU-SP UCLM-Alb UCLM-CR UCM UCo UCV UdG UdL UEM UEx UFV UGr UIC UJI ULL ULPGC UMa UMH UMu UNav UOv UPF-UAB UPV-EHU URJC URV US USal USC UV UVa UZ

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Por el Futuro de la Medicina 15


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