Comunidad de Madrid CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN C.E.I.P. Carlos V
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CURSO 2015-2016 No me importa si eres chica o chico, si eres negro o blanco, si entiendes bien mi lengua y yo la tuya. No importa de dónde vienes, o dónde has nacido. No importa si tenemos creencias diferentes. Nada de eso importa. Porque de las diferencias no haremos discriminaciones. Porque las diferencias nos enriquecen. Porque estamos llamados a vivir juntos. Y vamos a entendernos. Trae acá tu mano. Nos entenderemos. Esteve Alcolea
ÍNDICE
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1. PREÁMBULO ………………………………………………………………………. 2. MARCO LEGAL 3. JUSTIFICACIÓN 4. DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO…………………………………… 5. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES 6. DERECHOS Y DEBERES DEL PROFESORADO ……………………………… 7. COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DE LA DIRECTORA…………… 8. COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DEL JEFE DE ESTUDIOS…… 9. COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DEL PROFESORADO………… 10. COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DEL CONSEJO ESCOLAR….. 11. COMISIÓN DE CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR Y SUS COMPETENCIAS. 12. OBJETIVOS DEL CENTRO EN MATERIA DE CONVIVENCIA……… 13. PRINCIPIOS Y VALORES DE NUESTRO PLAN DE CONVIVENCIA 14. NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO.
De carácter general
Entrevistas y comunicación con los padres.
Normas de acceso y salida del colegio.
Faltas de asistencia y puntualidad.
Convivencia en el aula.
Material escolar.
Recreo.
Actividades complementarias.
Enfermedad y accidentes.
Instalaciones.
Servicio de Comedor Escolar.
Actividades extraescolares.
Evacuación del Centro.
Criterios de calificación.
15. INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA. 16. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA
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1. PREÁMBULO El presente Reglamento nace para facilitar la convivencia en el centro y favorecer la participación de todos en la creación de una verdadera comunidad educativa. Las familias no pueden vivir de espaldas al centro educativo, al igual que los docentes no pueden ignorar a las familias: nuestros menores pasan muchas horas en el colegio. Es por tanto imprescindible la colaboración de todas las partes, pues la educación y la implantación de normas y valores para la convivencia en nuestros niños y niñas es tarea que nos compete a todos. El conjunto de normas que aquí se exponen tienen un claro objetivo: conseguir en el alumnado que la formación y el desarrollo de su personalidad, en la que tratamos de implantar hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, incluya también el conocimiento y el respeto de las normas que facilitan la convivencia. El Reglamento de Régimen Interior del Centro regula los derechos y deberes de los miembros de la Comunidad Educativa tipificando las normas básicas de convivencia y de organización que se deberán respetar por todos. Establece además los mecanismos que permitirán garantizar su cumplimiento. Con la revisión del Reglamento de Régimen Interno, el Equipo Directivo, con el apoyo del Consejo Escolar ha pretendido:
Facilitar la convivencia en el centro, proponiendo normas claras y respaldadas por la mayoría. Garantizar la igualdad en el trato y en la consideración. Impulsar una organización democrática en todos los asuntos del centro. Recordar y defender los derechos y deberes que todos poseemos. Fomentar la colaboración y el trabajo en equipo. Promover la autonomía y responsabilidad personal de todos los integrantes de la comunidad educativa. Establecer un plan de intervención para la convivencia que introduzca los recursos necesarios para afrontar la resolución de conflictos y mejore las pautas de comportamiento. La resolución de conflictos será educativa, pacífica, positiva y eficaz.
El Reglamento de Régimen Interior y el Plan de Convivencia serán de obligado cumplimiento por parte de toda la comunidad escolar, para lo cual la información será pública a través de la página web de nuestro colegio. Con la difusión de este Reglamento queremos crear un espacio educativo abierto que involucre a todas las partes de la Comunidad Educativa: alumnado, profesorado y familias. Os invitamos a leerlo con atención y haceros partícipes de los valores que en él se propugnan.
EL CONSEJO ESCOLAR DEL CEIP CARLOS V
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2.- MARCO LEGAL El marco regulador de las normas de convivencia del colegio Carlos V de Madrid queda definido por la legislación educativa en materia de convivencia definido por el Ministerio de Educación y la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid: Real Decreto 82/1996, de 26 de enero por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de infantil y Colegios de Educación Primaria (B.O.E de 20 de febrero). Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. de 25 de abril). Ley 2/2010, de 15 de junio, de Autoridad del Profesor. (B.O.E. de 10 de octubre). Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la Calidad Educativa (B.O.E. de 10 de diciembre). Orden 3622/2014, de 3 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan determinados aspectos de organización y funcionamiento, así como la evaluación y los documentos de aplicación de la Educación Primaria. Artículo 124. Normas de organización, funcionamiento y convivencia. “1. Los centros elaborarán un plan de convivencia que incorporarán a la programación general anual y que recogerá todas las actividades que se programen con el fin de fomentar un buen clima de convivencia dentro del centro escolar, la concreción de los derechos y deberes de los alumnos y alumnas y las medidas correctoras aplicables en caso de su incumplimiento con arreglo a la normativa vigente, tomando en consideración la situación y condiciones personales de los alumnos y alumnas, y la realización de actuaciones para la resolución pacífica de conflictos con especial atención a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación. 2. Las normas de convivencia y conducta de los centros serán de obligado cumplimiento, y deberán concretar los deberes de los alumnos y alumnas y las medidas correctoras aplicables en caso de incumplimiento, tomando en consideración su situación y condiciones personales. Las medidas correctoras tendrán un carácter educativo y recuperador, deberán garantizar el respeto a los derechos del resto de los alumnos y alumnas y procurarán la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
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Las medidas correctoras deberán ser proporcionadas a las faltas cometidas. Aquellas conductas que atenten contra la dignidad personal de otros miembros de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el género, orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas tendrán la calificación de falta muy grave y llevarán asociada como medida correctora la expulsión, temporal o definitiva, del centro. Las decisiones de adoptar medidas correctoras por la comisión de faltas leves serán inmediatamente ejecutivas. 3. Los miembros del equipo directivo y los profesores y profesoras serán considerados autoridad pública. En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por profesores, profesoras y miembros del equipo directivo de los centros docentes tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad «iuris tantum» o salvo prueba en contrario, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan señalar o aportar los propios alumnos y alumnas. 4. Las Administraciones educativas facilitarán que los centros, en el marco de su autonomía, puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento.»
3.- JUSTIFICACIÓN
La misión fundamental de la escuela es formar personas capaces de asumir la responsabilidad de sus actos, de decidir sobre sus vidas y de contribuir con su esfuerzo al progreso y mejora de la sociedad democrática, abierta y plural en que van a vivir. Es necesario que nuestros escolares respeten las normas de la escuela, respeten a sus profesores y se respeten entre sí, pues, con ello, aprenderán que el respeto a las leyes y a las instituciones es la base de nuestra convivencia democrática e interiorizarán comportamientos que les servirán para su vida presente y la futura. Aprender a convivir y relacionarse formaría parte del aprendizaje. Hablar de convivencia, relaciones, supone tener en cuenta, por una parte una serie de habilidades y procedimientos a desarrollar y, por otra, incluir una serie de valores como aspectos del contenido a enseñar y aprender Aprender a vivir juntos, aprender a convivir con los demás, además de constituir una finalidad esencial de la educación, representa uno de los principales retos para los sistemas educativos actuales. Son muchas las razones que hacen que este aprendizaje se considere no sólo valioso en sí mismo, sino imprescindible para la construcción de una sociedad más democrática, más solidaria, más cohesionada y más pacífica.
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Convivir significa vivir unos con otros en base a unas determinadas relaciones sociales y a unos códigos, en el marco de un contexto social determinado. Por otra parte debemos aceptar el hecho de que los conflictos son inseparables de la convivencia democrática por lo que no podemos pretender que la educación transcurra sin conflictos, ni tampoco pensar que los mismos resultarán necesariamente negativos. Aprender a convivir es uno de los objetivos a los que se deben dedicar los mayores esfuerzos y apoyos. Para ello el primer objetivo y necesidad es afrontar el conflicto y conseguir que familia y escuela unan sus esfuerzos y se conviertan en los auténticos talleres en donde se diseñen los marcos de esa convivencia. La familia prepara para la convivencia familiar en un entorno afectivo, cercano y bastante homogéneo; mientras que la escuela tiene como reto la preparación para una convivencia cívica, en un entorno en que la diversidad (cultural, social, racial, etc.) es predominante. Sabemos que en el ámbito escolar nuestros menores ensayan y aprenden sus futuras relaciones. Por eso, el objetivo prioritario de todo el equipo docente es trabajar para favorecer el desarrollo afectivo-social, intelectual y personal de todos nuestros alumnos-as. Nos preocupan en gran medida los cambios que está experimentando la sociedad y que afectan extraordinariamente a nuestros-as niños-as. Estos cambios se están traduciendo en una mayor permanencia de los alumnos-as en la escuela y en un traspaso al colegio de funciones y cometidos propios de las familias, en cuanto a: o Transmisión de valores como el respeto a uno mismo, a los demás y a las normas. o Desarrollo de la autonomía de los hijos-as a la hora de ordenar materiales, de preocuparse por el cuidado de sus pertenencias, a la hora de comer y/o de ir al baño. o Desarrollo de su autoestima. o Modelos positivos de comportamiento, de lenguaje, de muestras de afecto,… o Dedicación cualitativa de un tiempo para hablar con los hijos-as, para conocer sus inquietudes, sus gustos y sus deseos. o Fomento progresivo de la tolerancia a la frustración, del seguimiento de las normas y del principio de esfuerzo y trabajo. Siguiendo con estos cambios, vemos que ya la escuela no es la única vía de formación, nuestros alumnos-as tienen diferentes canales donde pueden obtener información y mucho más actualizada (TV, Internet,…). Somos conscientes de que la escuela es un reflejo de los valores sociales, familiares y culturales de esta época, de su entorno y de sus vivencias. En la tarea educativa, la escuela no puede actuar sola, es una tarea tan amplia y compleja que un sector solo no tiene las respuestas y menos las soluciones. Por ello la escuela, la familia y otras instituciones deben coordinarse, implicarse, entenderse y ser coherentes en sus competencias para conseguir una educación de calidad que prepare para la vida de cada uno y para la realidad REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CEIPCARLOS V
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multicultural y multiétnica en la que le tocará vivir y desenvolverse a nuestro alumno-a. Tampoco es la escuela, hoy en día, una mera transmisora de conocimientos, el profesorado debe ofrecer una educación integral donde el alumno-a aprenda a aprender, aprenda a hacer, aprenda a ser y aprenda a convivir. Aprender a convivir es la línea que vamos a seguir dentro de este Plan de Convivencia. La respuesta del Equipo Directivo y del profesorado es la de promover la actitud de participación del alumnado mediante el diálogo, el respeto y la comunicación para resolver cualquier conflicto. Nuestras actuaciones irán encaminadas a la mejora de la convivencia en el Centro y a favorecer las relaciones interpersonales. Entendemos la convivencia y la participación como parte del aprendizaje, además de ser objetivos de la educación y finalidades en sí mismas. Para conseguir una buena convivencia en el Centro y para lograr un clima participativo y democrático es necesario potenciar estas conductas. Vamos a desarrollar un enfoque preventivo, con una intervención global y adaptada a los diversos contextos. Nuestro planteamiento va dirigido a fomentar la corresponsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa, parte de una concepción de conflicto como proceso natural, no como hecho puntual, que se desencadena a partir de la contraposición de intereses y que forma parte del desarrollo psico-social de los niños-as. El diálogo y el refuerzo positivo serán nuestros medios para favorecer la convivencia. En definitiva nos proponemos fomentar valores democráticos para la convivencia, tales como: la tolerancia, la igualdad, la justicia, la aceptación de la diversidad y la resolución de conflictos de forma pacífica en todas las etapas. 15/2007, de 19 de abril, por el que s
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Comunidad de Madrid.
4. DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio reguladora del Derecho a la Educación y RD. 732/1995, de 5 de mayo. DERECHOS
DEBERES
A una formación integral que asegure el desarrollo personal. A una orientación escolar y profesional A que su actividad académica se desarrolle en condiciones adecuadas.
A la igualdad de oportunidades que incluye la no discriminación. A ayudas concretas para compensar posibles carencias.
Del estudio, asistiendo a clase y respetando a sus compañeros. Respeto y consideración al profesorado. Respeto del derecho a la educación de sus compañeros. Cuidar y utilizar correctamente las instalaciones y materiales del Centro escolar. Respetar las pertenencias de los demás. No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de raza, sexo o cualquier circunstancia personal o social. Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar.
A una evaluación objetiva que exige criterios claros y públicos.
Participar en las actividades formativas. Seguir las directrices del profesorado respecto a su educación y aprendizaje.
A la libertad de conciencia y a que se respete su intimidad personal. A la integridad física y moral y al respeto a su dignidad personal. A la protección contra toda agresión física o moral. A la privacidad sobre datos personales y familiares. A la libertad de expresión.
El respeto a los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones de los demás, su dignidad, integridad e intimidad. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del Centro. Conservar y hacer buen uso de las instalaciones del Centro y materiales didácticos.
A la participación funcionamiento del Centro. A la información.
en
el
Participar en la vida y funcionamiento del Centro.
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5. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DERECHOS
DEBERES
Los padres tienen derecho a: Los padres tienen el deber de: Conocer el Proyecto Educativo y el Respetar todos los derechos de todos los Reglamento de Régimen Interior, los miembros de la Comunidad Educativa, objetivos educativos y la forma de manteniendo una conducta digna y llevarlos a cabo. respetuosa. A la privacidad sobre sus datos Respetar el Proyecto Educativo y el personales y familiares. Reglamento de Régimen Interior. A la participación en el Facilitar la información necesaria para la funcionamiento del Centro. buena marcha educativa de sus hijos. A la elección de sus representantes Colaborar con los maestros reforzando la para el Consejo Escolar. acción educativa. A asociarse a través de la AMPA en Preocuparse de la problemática educativa los términos que marca la de sus hijos. legislación vigente. Proporcionar a sus hijos cuantos medios sean precisos para llevar a cabo las A la información. actividades y tareas que indique el Centro. La relación más directa será a través de los tutores en su período de Facilitar el cumplimiento de las atención a padres. El procedimiento obligaciones de sus hijos respecto al será el siguiente: el tiempo de Centro: asistencia, puntualidad, orden, atención a padres se establece a aseo, tareas encomendadas. principio de curso, de forma general, Justificar y/o comunicar de forma una hora a la semana. Cualquier responsable, las ausencias y retrasos imprevisto o urgencia no debe ser durante el horario escolar. resuelto con el tutor/a en la fila a la Acudir a las reuniones convocadas y hora de entrar a clase. Pueden atender a las citaciones del Centro. pasar por Secretaría donde serán Cuidar el Centro y su material. atendidos. Si después de hablar con el tutor/a sus dudas no hubieran Participar en la vida y funcionamiento del sido resueltas, en segunda instancia Centro. pueden acudir al Equipo Directivo Solicitar por escrito, a través de la agenda del Centro. escolar de sus hijos, las entrevistas con cualquier profesor o tutor. Hacerse cargo, cuando el Centro los avise, en el caso de que su hijo/a sufra un accidente o indisposición durante el horario escolar.
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6. DERECHOS Y DEBERES DEL PROFESORADO DERECHOS
DEBERES
Los maestros tienen el deber de: Los maestros tienen derecho a: A una formación que asegure su desarrollo Respetar todos los derechos de todos los personal. miembros de la Comunidad Educativa, manteniendo una conducta digna y A que su actividad se desarrolle en buenas respetuosa. condiciones de seguridad e higiene, en un clima de orden y respeto. Asistir con puntualidad a las clases y reuniones a las que fueran convocados. A la igualdad de oportunidades que incluye la no discriminación en la elección de Asegurar de manera permanente su tutorías, formación, etc. perfeccionamiento científico y pedagógico. A recibir la ayuda que se precisa para el Respetar las características personales, desarrollo de su actividad profesional. sociales, familiares de aprendizaje de los alumnos. A la libertad de conciencia e intimidad personal. No discriminar a los alumnos por ninguna razón. A la libertad de expresión. Escuchar, comprender y ayudar a los A utilizar los medios con los que cuenta el alumnos para que superen las dificultades. centro, para los fines de docencia, con arreglo a las normas reguladas de uso. Favorecer y estimular el desarrollo de las aptitudes y actitudes positivas de cada A manifestar su discrepancia respecto a las alumno. decisiones educativas que les afecten. Respetar el Proyecto Educativo y el A la integridad física y moral. Reglamento de Régimen Interio. A la participación en el funcionamiento y Atender y aconsejar a los padres en gestión del centro. cualquier información que precisen, sobre Participar en la elección de sus todo en lo referente al proceso educativo y representantes en el Consejo Escolar y en la formativo de sus hijos. selección de Director en los términos Aportar todas las sugerencias para el buen establecidos por la ley. funcionamiento. A la información. Trasmitir la información facilitada por el A ser tratado con dignidad y respeto. Centro. A la libertad de enseñanza, dentro del Participar en los órganos colegiados de respeto a la Constitución, a las leyes y gobierno y de coordinación docente. prescripciones del Proyecto Educativo de Vigilar recreos, según horarios y turnos Centro. establecidos. A reunirse y a constituir asociaciones en los Realizar la programación de aula de común locales del Centro, sin perturbar el desarrollo acuerdo con el equipo de nivel y tramo. normal de las actividades docentes para cualquier tema que tenga relación con su Organizar la marcha cotidiana de sus clases, actividad profesional. de acuerdo con las pautas que establecen los equipos de nivel, ciclo y claustro Avisar a los familiares del alumno/a para que se hagan cargo de él/ella, en caso de accidente o indisposición durante el horario escolar. Si el accidente fuese grave o no se pudiese contactar con ellos, el centro tomará las medidas oportunas Todos los derivados de su función como profesores de un Colegio Público.
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7. COMPETENCIAS DIRECTORA
Y
RESPONSABILIDADES
DE
LA
Velar por la realización de las actividades programadas dentro del Plan de convivencia del centro, garantizar el cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento de Régimen Interior, resolver los conflictos escolares e imponer las sanciones que corresponda a los alumnos-as, sin perjuicio de las competencias que se le atribuyen directamente al profesorado y las que están reservadas al Consejo Escolar. En el ejercicio de estas funciones, la Directora es la competente para decidir la incoación y resolución del procedimiento previsto en el artículo 21 y siguientes, así como para la supervisión del cumplimiento efectivo de las sanciones en los términos que hayan sido impuestas.
8. COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DEL JEFE DE ESTUDIOS Es el responsable directo de la aplicación de las Normas de Conducta y de la disciplina escolar. Deberá llevar control de las faltas de los alumnos-as cometidas contra las citadas Normas de Conducta y de las sanciones impuestas y deberá informar de ellas, periódicamente, a los padres o tutores.
9. COMPETENCIAS PROFESORADO
Y
RESPONSABILIDADES
DEL
En su labor formativa, ejercerán la autoridad sobre sus alumnos-as, y tienen el derecho y el deber de hacer respetar las Normas de Conducta establecidas en el centro y corregir aquellos comportamientos que sean contrarios a las mismas, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 15/2007, de 19 de Abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid. (BOCM del 25), y en el Reglamento de Régimen Interior del centro.
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Corresponde al Profesor-tutor valorar la justificación de las faltas de asistencia de sus alumnos-as, fomentar la participación de estos en las actividades programadas dentro del Plan de Convivencia y mantener el necesario contacto con las familias a fin de que se cumplan los objetivos de dicho Plan. El Claustro de Profesores deberá informar las Normas de Conducta y las actividades incluidas en el Plan de Convivencia. Asimismo, conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velará por que éstas se atengan a la normativa vigente.
10. COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DEL CONSEJO ESCOLAR. Es el competente para valorar el Plan de Convivencia, garantizando que en su elaboración hayan participado todos los sectores de la comunidad educativa, así como que las Normas de Conducta establecidas se adecuen a la realidad del centro. Le corresponde conocer la resolución de conflictos disciplinarios, velar por el correcto ejercicio de los derechos y cumplimiento de los deberes de los alumnos-as y por que la resolución de conflictos se atenga a la normativa vigente.
11. COMISIÓN DE CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR Y SUS COMPETENCIAS PROCEDIMIENTO PARA SU CONSTITUCIÓN: 1. Se constituirá por el Consejo Escolar y sus componentes se elegirán de entre sus miembros, por los sectores del mismo. 2. Formarán parte de ella la Directora, el Jefe de Estudios, un Profesor-a, un padre-madre de alumno-a, y podrá actuar presidida por la Jefa de Estudios por delegación al efecto de la Directora del centro. 3. En el presente R.R.I. figura la composición de esta comisión, pudiendo incluir la participación de aquellos otros miembros que se estime oportuno.
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COMPETENCIAS: a) Promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia, el respeto, la tolerancia, el ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes, así como proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro. b) Proponer el contenido de las medidas a incluir en el Plan de Convivencia del centro. c) Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la observancia de las Normas de Conducta. d) Evaluar periódicamente la situación de convivencia en el centro y los resultados de aplicación de las Normas de Conducta. e) Informar de sus actuaciones al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar del centro, al menos dos veces a lo largo del curso, así como de los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas.
12.- OBJETIVOS DEL CENTRO EN MATERIA DE CONVIVENCIA Fomentar un clima de estudio y aprendizaje positivo, valorando el trabajo y el esfuerzo de cada alumno/a. Promover el respeto y la aceptación personal de todos los alumnos/as Promover la igualdad entre hombres y mujeres Crear las condiciones necesarias para que el personal docente se encuentre seguro, motivado y valorado en su actividad profesional. Mejorar la comunicación Colegio-Familia Desarrollar la capacidad de comprender a los demás e interactuar eficazmente con ellos. Fomentar valores y actitudes de convivencia a través de actitudes dirigidas para que el centro se convierta en un espacio de paz, de diálogo y de ejercicio de libertad responsable. Contribuir al mantenimiento de las instalaciones del centro, el buen uso que se haga de ellas y el cuidado del material propio y ajeno.
Involucrar a toda la Comunidad Educativa en lograr valores educativos y de convivencia.
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13. PRINCIPIOS CONVIVENCIA
Y
VALORES
DE
NUESTRO
PLAN
DE
Estas normas se establecen con la intención de potenciar una actitud positiva y favorable por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa, y en prevención de posibles conflictos. La buena convivencia en la Escuela es la base para la obtención de mejores resultados educativos, del mismo modo las buenas relaciones entre los miembros de la Comunidad Educativa son fundamentales para conseguir mayores avances en la calidad de la enseñanza. La convivencia se establece sobre el respeto a los derechos y deberes de cada cual y las normas de convivencia se convierten en las reglas de juego que todos hemos de respetar. Entendemos que la existencia de unas normas favorece la convivencia de todo colectivo, propiciando que exista un orden y organización interna que sea garantía del máximo de libertad para cada uno de sus miembros. Para que exista un buen clima de convivencia en el Centro, se adoptarán las siguientes medidas educativas y preventivas: 1. Favorecer la asunción de las normas de convivencia por todos los sectores de la comunidad educativa. 2. Informar a toda la comunidad educativa sobre las normas de convivencia y especialmente, en las reuniones generales con los padres que se realizan a principio de curso. 3. Fomentar el aprendizaje y la práctica de conductas de responsabilidad y de respeto y de exigencia de cumplimiento de deberes y ejercicio de los derechos de cada uno. 4. Establecer procedimientos que aumentan la comunicación entre profesor-a/alumno-a y alumno-a/alumno-a, y la reflexión de las causas y consecuencias de las incidencias o conflictos acaecidos. 5. Fomentar y favorecer la intervención de los equipos docentes y el orientador/a para mejorar el proceso educativo del alumno-a.
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6. Dedicar un tiempo en el aula con los alumnos/as, para conocer las normas de convivencia y su significado, analizar su grado de cumplimiento y proponer soluciones a los problemas planteados. 7. Elaborar de forma participativa unas normas de aula, adaptadas a las edades de los diferentes ciclos y etapas educativas. 8. Las medidas a tomar en caso de incumplimiento de estas normas deben ser inmediatas, proporcionar un modelo claro de conducta e incidir en el compromiso de mejora. 9. No se sanciona a la persona sino la conducta, y toda sanción responderá en su aplicación a criterios pedagógicos. 10. Reforzar las conductas positivas y valorar los beneficios individuales y colectivos que éstas producen.
14. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO. 1.
De carácter general El calendario escolar y el horario lectivo se harán públicos para toda la Comunidad Educativa al principio de curso. Así mismo los horarios de atención al público de Dirección, Jefatura de Estudios y Secretaría, se informarán a principio de curso y en la Agenda del colegio. El padre o la madre que necesite hacer alguna gestión, entrevista o consulta en el colegio, lo hará dentro de los días y horarios establecidos a tal fin.
2.
Para tratar temas pedagógicos o cualquier tema relacionado con la educación del alumno/a se acudirá en primer lugar al Tutor/a, en segundo lugar al miembro del profesorado encargado del tema a tratar, después al Jefe de Estudios y por último a la Directora del colegio.
3.
Es responsabilidad de los padres mantener sus datos actualizados en la Secretaría del Centro y especialmente el número de teléfono en el que puedan ser localizados de forma inmediata e informar a la Dirección del Centro, salvaguardando el derecho a la intimidad, sobre cualquier
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circunstancia física o psíquica de sus hijos que pueda entrañar situaciones de riesgo o dificultades de aprendizaje. 4.
El Centro escolar, sin perjuicio del derecho a la privacidad, tiene la obligación de comunicar a las autoridades competentes las circunstancias que puedan implicar malos tratos para el alumno o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por las leyes de protección de menores.
5.
El comportamiento del alumno dentro del recinto escolar es competencia de todos los miembros de la Comunidad, así como su corrección. Para la buena aplicación de las medidas de corrección se tendrá en cuenta la edad y las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno-a, en su caso las necesidades educativas especiales que pudiera presentar el alumno-a, así como todos aquellos factores del entorno que pudiera haber incidido en el conflicto.
6.
La tolerancia ante la diversidad ha de prevalecer en las relaciones con todos los compañeros sin distinción ni discriminación alguna de sexo, raza,
creencias
religiosas,
aspecto
físico
y
otras
características
personales. Sería deseable que siguieran respetando a sus compañeros y al resto de la Comunidad Educativa fuera del recinto escolar. 7.
Se evitarán gritos, carreras y cualquier otra acción que perturbe el orden y el silencio (tono de voz moderado) necesario para la realización de las actividades escolares.
8.
Se cederá el paso a otras personas, en particular a educadores y padres, también a los más pequeños.
9.
El respeto y la colaboración entre todos los miembros de la Comunidad Educativa, en particular entre profesores y alumnos, será siempre signo obligado de educación y cortesía. Para ello se ha de emplear un lenguaje correcto y adecuado, cuidar el tono de voz y escuchar y respetar al otro.
10. El respeto de las familias hacia todo el equipo docente y el equipo directivo, así como entre ellas, será siempre signo obligado (verbalmente o por escrito) de educación y cortesía. Para ello se ha de emplear un lenguaje correcto y adecuado, cuidar el tono de voz y escuchar y respetar REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CEIPCARLOS V
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al otro. En caso contrario, si las familias no cumplen este punto, el equipo directivo podrá solicitar que abandonen el Centro Educativo. Si reinciden la segunda vez, verbalmente o por escrito, el equipo directivo informará al Consejo Escolar, a través de la Comisión de Convivencia, de las incidencias o hechos acaecidos. La Comisión tomará las medidas oportunas e incluirá dichas acciones en la documentación del Centro. Si se repite su actitud, se informará a Inspección Educativa y a las autoridades correspondientes para que entre todos se tomen las medidas oportunas. 11. Se fomentará una actitud solidaria: El compañerismo, compartir con los demás ha de hacerse con agrado. 12. Al dirigirse al personal no docente (personal de administración y servicios, personal de cocina y comedor, monitores del plan de extensión y mejora y de actividades extraescolares), los alumnos lo harán con la debida corrección, cumpliendo además sus indicaciones, ya que dicho personal siempre actúa según instrucciones del Equipo Directivo. 13. La limpieza es una norma fundamental de convivencia, por lo que se evitará arrojar papeles u otros desperdicios al suelo de cualquier dependencia del Centro. 14. Es obligatoria la asistencia puntual a cada actividad. 15. El alumno que tenga que ausentarse del Centro durante las horas de clase, lo hará siempre acompañado de su padre, madre o persona responsable, previa firma de la correspondiente autorización. 16. Se aconseja a todos los miembros de la Comunidad Educativa con síntomas de enfermedad no acudan a clase con el fin de facilitar su recuperación y evitar posibles contagios. 17. Se utilizará siempre el diálogo como medio para solucionar cualquier conflicto y se mostrará una actitud positiva ante los avisos y correcciones. 18. Todos los miembros de la Comunidad Educativa cumplirán, al asistir al Centro, las normas elementales de higiene y decoro en su aspecto externo.
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Las familias tienen la responsabilidad de mantener a sus hijos-as sin “pediculosis”. El primer día que se descubra su aparición y, dependiendo si es en casa o en el colegio, se comunicará inmediatamente, o bien, a las familias, o bien éstas a los tutores, y se aplicará el tratamiento más adecuado y efectivo. Al día siguiente las familias traerán a sus hijos-as al Centro completamente desinsectados. El equipo directivo decidirá la actuación a seguir en caso de reincidencia de algún niño-a en la pediculosis, llegando incluso a no permitir su entrada en clase En caso de la existencia continuada de pediculosis en el Centro, se tratará como una epidemia y se realizarán las revisiones oportunas por parte del equipo docente y directivo”. 19. Los padres controlarán que sus hijos acudan al colegio correctamente aseados. Tanto la ropa como el calzado estarán limpios y serán los adecuados y respetuosos para la actividad escolar.
Para su mayor
seguridad no podrán llevar la cabeza cubierta ni con gorras, ni pañuelos ni otros accesorios que puedan suponer algún riesgo o provocar un accidente en el transcurso de las actividades educativas diarias, o no les permitan comunicarse entre iguales, ni relacionarse con sus compañeros y profesores con claridad y abiertamente, ni realizar las actividades propias de un Centro Educativo, así pues no se autoriza llevar la cabeza cubierta, salvo que existan razones médicas debidamente justificadas y documentadas. 20. En Educación Infantil los alumnos traerán babi de rayas azules verticales abotonado en la parte delantera. Además, traerán chándal azul marino con rayas roja y blanca, en pantalón y chaqueta, con el escudo del colegio en la chaqueta. Se utilizará con camiseta blanca con el escudo del colegio, según el modelo del centro; así mismo, se recomienda el uso de calzado con velcro. En Educación Primaria, se utilizará una sudadera roja con escudo del colegio con pantalón azul marino que puede ser de algodón o vaquero, junto con camiseta blanca con escudo del colegio. La uniformidad es obligatoria para todas las salidas extraescolares y recomendable para el resto de la jornada lectiva.
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21. Todos los miembros de la Comunidad Educativa están obligados a conocer, aceptar y cumplir el Reglamento de Régimen Interior del Centro, y por tanto deberán colaborar en el desarrollo del mismo, manteniendo con su actitud un clima de aprovechamiento personal, de respeto y ayuda a los demás. 22. El Centro podrá realizar actividades que fomenten el conocimiento y el respeto hacia las diferentes culturas y tradiciones populares. Asimismo se podrán exponer los trabajos referidos a estos temas y realizados por los alumnos-as en el recinto del Centro. 23. Aquellos tutores o profesores que quieran abrir un Blog o página Web, para atención o seguimiento de sus alumnos, deberán ponerlo en conocimiento de la Dirección del Centro para su autorización escrita así como los contenidos e instrumentos que se van a transmitir a las familias. En cualquier caso, ambos padres o tutores legales tras ser informados de los contenidos y enlaces que se van a utilizar, deberán firmar autorización escrita que permita el acceso supervisado de sus hijos. 24. Cualquier información acerca de algún alumno solicitada por terceros (logopedas, médicos, etc. ) deberá ser autorizada por ambos padres a quienes se hará llegar por escrito la petición. Una vez recibida se comprometerán a la guarda y custodia de esa documentación. 25. Los tutores garantizarán la conservación de ejercicios, pruebas y trabajos hechos por los alumnos en los términos y plazos que determine la ley, así mismo, facilitarán el libre acceso a estas pruebas y ejercicios a los padres o tutores legales que así lo soliciten. 26. Ante problemas de conducta contrarias a la convivencia del centro se exigirá la colaboración activa de las familias implicadas. En caso de que esta colaboración no se diera, se pasará automáticamente a aplicar las medidas de corrección recogidas en el Decreto 15/2007 de 19 de abril.
Adscripción a los grupos 27.
El alumnado será asignado a cada aula del mismo nivel por orden alfabético, buscando el equilibrio numérico y la igualdad entre ambos
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sexos. También se tendrá en cuenta el mes de nacimiento de los alumnos a la hora de su distribución en los grupos, buscando así una mayor homogeneidad de los mismos. Al comienzo del curso se tendrán elaboradas las listas de cada clase. 28. Sólo en casos excepcionales podrá adscribirse o readscribirse a algún alumno o alumna a un grupo concreto, cuando razones pedagógicas, psicológicas o sociales así lo aconsejen. Esta decisión la tomará en último lugar el equipo directivo, oído el claustro.
Entrevistas y comunicación con los padres 29. Se destinará una hora semanal para las entrevistas de los padres con los profesores que se fijará a principio de curso siendo obligatorio solicitar cita previa. Se deberá respetar este horario y se podrá modificar sólo cuando sea imprescindible. En todo caso, las obligaciones ante los alumnos tienen carácter preferente. 30. En las reuniones generales o individuales de los maestros con los padres, los alumnos estarán bajo la responsabilidad de sus padres y no podrán permanecer en las aulas. Son los padres quienes deben organizar el procedimiento para su correcta custodia. 31. En el caso del E.O.E.P., éste será quien cite a los padres o tutores legales de los alumnos-as. 32. Las familias tienen la obligación de informar al Equipo Directivo y al Tutora de la situación legal del padre y la madre del alumno en caso de separación o divorcio, especificando a quién le corresponde la guardia y custodia del niño-a y el régimen de visitas. Asimismo si uno de los dos progenitores no tiene la guardia y custodia del niño-a, deberá ver, visitar o recoger a su hijo-a únicamente en los términos que decida el juez en su sentencia judicial. El Centro obedecerá estrictamente lo que diga el juez en su sentencia judicial. En caso de que no exista sentencia judicial, el Centro no se responsabilizará de los conflictos sobre guardia y custodia, ni de las consecuencias que puedan surgir por dichas desavenencias entre los progenitores.
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33. Ante cualquier incidencia acaecida a un alumno-a y que haga necesaria su comunicación a las familias, el Centro llamará a los padres o tutores de los alumnos-as siguiendo el presente protocolo, a no ser que se nos notifique lo contrario por escrito: primero llamaremos a la madre o tutora legal del niño-a, si no la localizamos, llamaremos al padre o tutor legal, después a los otros teléfonos de contacto que nos provean las familias. Si existe algún impedimento legal para llevar a cabo este protocolo, las familias tienen la obligación de informar por escrito al Centro y entregar una copia de cualquier decisión personal o judicial al respecto. Todo comunicado, notificación, información que el Centro deba
enviar
a las familias, relacionados con la educación de sus hijos-as y con el Centro, podrá hacerse utilizando las siguientes modalidades y siguiendo el protocolo interno de información previa al equipo directivo. Se utilizarán según las necesidades del Centro, y siendo de obligado cumplimiento su recepción por parte de las familias: - Comunicación escrita: 1. Documento escrito: 1.1. Podrá entregarse en mano a la familia, dentro del recinto escolar y alrededores, por cualquier miembro del equipo docente, del personal administrativo y de servicios y del personal del servicio de comedor. En caso de urgencia, podrá entregarse en el domicilio. 1.2. Podrá enviarse por correo ordinario, correo certificado, por fax, por buro-fax, por correo electrónico y por otro medio establecido en norma. 1.3. Podrá entregarse al alumno-a dentro de los cauces ordinarios que establezca el profesor-a y el Claustro: carpeta, bolsa preparada para ello, sobre, funda de plástico, mochila o cartera,… 2. Agenda Escolar: se utilizará para escribir cualquier comunicado, notificación o información pedagógica que el profesor-a considere oportuno. Los padres la utilizarán para lo estrictamente estipulado y nunca para desautorizar, ni cuestionar, ni obstaculizar, ni contravenir las decisiones pedagógicas del profesorado. En ningún caso, trata de menoscabar o coartar la posibilidad de comunicación de los padres con REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CEIPCARLOS V
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el Centro Escolar, sino de ofrecer la mejor vía de comunicación entre Centro y Padres, sin perjudicar a los menores. - Comunicación oral: 1. El profesor-a o cualquier miembro del equipo docente, del personal administrativo y de servicios y del personal del servicio de comedor, podrá comunicar a las familias por teléfono o personalmente de forma oral, siguiendo el protocolo interno de información previa al equipo directivo, de cualquier incidencia, comunicado, notificación o información relacionada con la educación de sus hijos-as. 2.5.2. El Centro no se hará responsable de las consecuencias que pudieran ocasionarse por la negativa o rechazo de las familias a recibir cualquier comunicado, notificación o información por parte del Centro. 34. Las familias deberán actualizar e informar al Centro por escrito de los datos personales que afecten directamente a la seguridad del niño-a en caso de accidente escolar, enfermedad repentina o cualquier otra incidencia, como son: teléfonos, direcciones para poder localizar con urgencia a las familias, horarios de trabajo, tipo de Seguridad Social, enfermedades o patologías crónicas, alergias de todo tipo,… datos que estarán protegidos como expone la Ley de Protección de datos. El Centro no se responsabilizará de las consecuencias que se deriven de la negación por parte de las familias de informar al Centro. 35. Las familias deberán informar al Centro por escrito y entregando una copia del original de cualquier decisión judicial que afecte a la seguridad física y mental del alumno-a. El Centro no se responsabilizará de las consecuencias que se deriven de la negación por parte de las familias de informar al Centro.
Normas de acceso y salida del colegio
35. Las puertas del Centro se abrirán 5 minutos antes de la entrada de la mañana y de la tarde para todos los alumnos-as y permanecerán abiertas durante 5 minutos a partir de la hora de entrada. Se evitarán las continuas interrupciones en el aula de los alumnos-as con retraso y también las llamadas REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CEIPCARLOS V
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al timbre para no interferir con su ruido en la buena marcha de las clases. En cuanto a la salida, la puerta se abrirá 5 minutos antes. El resto de la jornada escolar el Centro permanecerá cerrado. El Centro facilitará la entrada y salida de los alumnos-as con un justificante y acompañados por sus padres o tutores, siempre pasando previamente por Secretaría o Conserjería para poder registrar estas incidencias. 36. Retrasos continuados de las familias - Los retrasos continuados son una falta grave que afecta al aprendizaje del alumno-a. 5 retrasos en un periodo de 30 días se consideran falta grave y, como tal, su consecuencia puede suponer la expulsión del Centro, al menos, durante 1 día y se informará inmediatamente a la Comisión de Absentismo. 37. Las entradas y salidas de los alumnos-as estarán indicadas por un toque de timbre. 38. Los alumnos-as deben entrar y salir con una actitud correcta y con el debido orden. 39.. Los alumnos-as deben ser puntuales para entrar con sus compañeros. La entrada es un acto educativo que forma parte de la jornada escolar. Los que llegan tarde retrasan su participación activa en la clase y rompen el ritmo establecido en la misma. Por tanto, rogamos que, en beneficio de todos, colaboren activamente para que sus hijos adquieran el hábito de la puntualidad. Un retraso de 10 minutos se considera falta de puntualidad. 40. Las faltas de asistencia deberán ser justificadas por los padres por escrito y entregadas al profesor-a. 41. El acceso de los alumnos-as al Centro se llevará a cabo según se reseña a continuación, si no se realizan obras de ampliación del comedor: a) Educación Infantil: Los alumnos de 4 y 5 años harán filas en el patio, delante de la entrada trasera y los de 3 pegados al edificio; entrarán en fila, pegados a la pared por la rampa, acompañados de sus tutoras. b) Educación Primaria:
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Los alumnos-as de 1º y 2º harán fila en el patio, delante de la entrada trasera del edificio principal y entrarán por la parte de las escaleras. Los alumnos-as de 3º, 4º,formarán filas en la parte del edificio cercana a la calle Persuasión, entrarán por la puerta principal pegados a la pared. Los de 5º y 6º de Educación Primaria formarán las filas al lado del “edificio nuevo”; en ambos casos, irán a clase en orden, acompañados por los tutores. 42. El control de las puertas del Centro es responsabilidad de los conserjes dentro de su horario laboral. En su ausencia, será responsabilidad de la Dirección del Centro. 43. Los alumnos-as, independientemente de su edad tienen que saber que no pueden salir del recinto escolar siendo labor de los padres educarles en este sentido. 44. Salvo casos urgentes, justificados y autorizados por la Dirección, ningún padre, tutor legal o persona en quien deleguen, acompañará a sus hijos dentro del edificio escolar en las entradas al Centro. Asimismo, en las horas de salida esperarán a los niños en el patio escolar. 45. Las subidas y bajadas se organizan de la siguiente manera: Los alumnos-as siempre bajarán y subirán acompañados por un profesor-a (el que esté con ellos en el momento de salir) por la escalera correspondiente hasta la puerta por la que entraron. 46. Durante las horas lectivas no se permitirá la entrada de los padres a las aulas excepto si el tutor del alumno así lo requiere, siempre por causa justificada y previa autorización de la Jefatura de Estudios o Dirección. 47. No se permitirá el acceso al recinto escolar de personal ajeno al mismo siendo responsabilidad de los conserjes su control e información a la Dirección del Centro, quien autorizará o denegará su entrada. 48. Las personas que quieran realizar cualquier actividad o acción dentro del Centro, deberán pedir autorización por escrito a la Dirección del Colegio. También pedirán autorización por escrito a la Dirección del Centro si desean utilizar
cualquier material, objetos,
libros,
instrumentos, maquinaria
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dependencias del colegio. Asimismo la realización de fotografías y grabaciones en el recinto escolar requerirá también autorización por parte de Dirección y estará amparada por la Ley de Protección de Datos. Su finalidad
será
estrictamente pedagógica y su uso únicamente familiar. 49. Los profesores supervisarán las entradas: Al sonar el timbre a las horas de inicio de la jornada escolar, todos los profesores recogerán a los alumnos y subirán a sus respectivas aulas. Ante la ausencia o retraso de un profesor, el compañero-a de nivel recogerá la fila de este compañero hasta la subida a su aula. Dicho profesor se encargará de comunicar al Jefe de Estudios la ausencia del compañero correspondiente para tramitar las sustituciones. Todos los alumnos-as subirán y bajarán las escaleras en dos filas paralelas para aligerar los desplazamientos y se mantendrá el orden en las respectivas filas. 50. Los profesores evitarán que los alumnos-as se queden solos-as en las aulas al terminar la actividad escolar y les acompañarán hasta la salida. 51. Los alumnos-as deben abandonar el Centro al término de las actividades lectivas del día siempre y cuando no realicen en el mismo, actividades extraescolares. No está permitido volver a subir a las aulas sin autorización. 52. Los alumnos-as de Educación Primaria son menores, por consiguiente están bajo el cuidado y supervisión de sus padres en las salidas del Centro, quienes deberán acudir puntualmente a recogerlos. Los alumnos desde infantil hasta cuarto de primaria cuando son recogidos por personas que no son sus padres, deberán estar debidamente autorizados por escrito, esta autorización será custodiada por el tutor/a del alumno/a; si la persona que viene a recoger al alumno-a no está debidamente autorizada no podrá llevárselo. A partir de quinto de primaria los padres podrán autorizar por escrito que sus hijos salgan solos del recinto escolar, dicha autorización también será custodiada por el tutor-a. 53. Las familias deben ser puntuales a la hora de recoger a sus hijos/as a la salida del centro. La falta de puntualidad, no solo les inquieta y afecta
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emocionalmente, sino que incumple su deber legal, ya que al terminar la jornada escolar, es responsabilidad suya el cuidado de sus hijos-as. Si existiera un retraso al salir por parte de alguna clase, deberemos respetar el motivo educativo de dicho retraso. 54. Los alumnos-as que deseen esperar a sus hermanos o amigos, nunca lo harán en los pasillos o puertas de las clases. 55. Siempre que el padre/madre o responsable en quien delegue por escrito, recoja al alumno-a antes de finalizar la jornada escolar, firmará en el Registro de Salidas y esperará en la Secretaría al alumno. 56. Cuando un alumno-a tenga que salir del Centro antes de la finalización del período lectivo, deberá entregar un justificante firmado por sus responsables legales, quienes le recogerán pasando por Secretaria para que se avise al alumno, no pudiendo salir del Centro sin ir acompañados de la persona autorizada. 57. Al término de la jornada escolar, los responsables de los alumnos-as son sus padres o las personas designadas por ellos. Ante una situación excepcional en la que dicho responsable no se presentara y no lo hubiera comunicado al Centro, se procederá de la siguiente manera: a) Los Tutores recogerán en el punto de encuentro (entrada de Secretaría) a aquellos alumnos que no hayan sido recogidos para ponerse en contacto telefónico con sus familias. b) Si es mediodía, trascurridos veinte minutos sin que nadie se haga cargo del alumno, éste se incorporará al servicio de comedor debiendo los padres abonar el coste de este servicio. c) Si es al finalizar la jornada escolar, trascurridos treinta minutos sin haber conseguido contactar con sus padres o responsables legales, se dará aviso a los Agentes Tutores o a los Servicios Sociales. d) El alumno nunca saldrá del Centro y tiene la obligación de comunicarlo a su profesor/tutor, el cual le dirigirá a Dirección, Jefatura de Estudios o Secretaria del Centro.
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58. La jornada escolar de junio y septiembre termina a las 13 horas. La jornada escolar de comedor termina a las 15 horas, los retrasos en la recogida de los alumnos-as, reiterados y de más de 30 minutos, el Centro, según normativa establecida por la Comunidad, podrá llamar a la policía o agente tutor, quienes se encargarán de la custodia hasta que contacten con la familia.
Faltas de asistencia y puntualidad 59. Las faltas de asistencia y/o puntualidad serán justificadas directamente por los padres al tutor/a en el momento de la incorporación a la clase, o con antelación si es una falta prevista. Siempre se hará por escrito o aportando justificante médico. 60. El tutor/a pondrá en conocimiento de los padres o tutores legales las faltas de asistencia y las faltas de puntualidad sin justificar de los alumnos. 61. La Jefa de Estudios pondrá en conocimiento de la Comisión de Absentismo del Ayuntamiento, las faltas de asistencia y las de puntualidad sin justificar cuando así se lo comunique el tutor. 62. En el caso de producirse un retraso se procederá de la siguiente manera: a) Si un alumno/a llega tarde, sin haber cerrado las puertas, cuando su fila ya ha subido, deberá esperar a que suban todas las filas para acceder a su aula. b) Si el alumno/a llega tarde, tras haber cerrado las puertas del Centro, debe pasar por Secretaría para justificar el retraso y se quedará en Jefatura de Estudios hasta la siguiente sesión. c) En caso de reincidencias se aplicará la normativa 10-2-f de faltas leves. d) Cuando un profesor llegue tarde, deberá pasar por la Jefatura de Estudios para comunicar su entrada y paralizar el proceso de sustituciones, así como contactar con el profesor/a encargado/a de su fila para conocer las incidencias ocurridas.
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Convivencia en el aula. 63. La convivencia en clase se refleja primordialmente manteniendo una actitud responsable y de respeto hacia las personas y ante el trabajo propio y ajeno. 64. Dentro del aula se mantendrá, en todo momento, el debido comportamiento para el normal desarrollo de las clases. Dicho comportamiento incluye: a) Mantener el ambiente de estudio y de seguimiento de las clases, estando en silencio cuando así se requiera. b) Prestar la máxima atención a las explicaciones del profesor. c) Acudir a clase con el debido aseo e higiene. En caso contrario se hablará con los padres. De persistir el problema, se pondrá en conocimiento de los Servicios Sociales y de los Policías Tutores asignados al Centro. 65. La organización de la clase es competencia del profesor/a que tendrá en cuenta este reglamento y las instrucciones del Equipo Directivo. Los abrigos y demás prendas deben estar colgados en las perchas, nunca tirados en el suelo. Las listas actualizadas de comedor y actividades extraescolares, así como el parte de asistencia mensual del alumnado, deben ser expuestas en las tutorías en lugar visible. 66. Una vez en clase, no se podrá abandonar ésta sin el permiso del profesor/a. En caso de necesidad, los alumnos saldrán individualmente. Así mismo, no se podrá castigar a los alumnos dejándolos solos en los pasillos. 67. La participación de los alumnos/as dentro del aula será un objetivo principal. 68. Durante las horas de clase, los alumnos utilizarán los aseos situados en su planta, siempre con permiso del profesor. Se procurará que los utilicen en los cambios de hora. 69. Los cambios de clase se realizarán con la mayor celeridad y orden 70. Los alumnos deberán permanecer en el aula con la debida corrección hasta que sean conducidos por el profesor que les vaya a dar clase al aula que les corresponda. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CEIPCARLOS V
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71. El profesor especialista que cambia de aula a los alumnos les volverá a llevar una vez finalizada la clase. 72. Los alumnos siempre tendrán que estar acompañados por un profesor/a. 73. El aula, lugar de trabajo y convivencia, deberá presentar un aspecto ordenado y limpio que permita el uso agradable de la misma. 74. El alumno/a recogerá y ordenará su material y equipo personal siempre que salga de clase. 75. Los alumnos están obligados a estudiar y realizar las tareas que el profesor encomiende. En caso de imposibilidad, los padres o tutores legales lo comunicarán al tutor a través de una nota en la agenda del alumno-a. 76. Queda prohibido asomarse por las ventanas, gritar, arrojar papeles u otros objetos. 77. No está permitido el uso de móviles, cámaras fotográficas, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno-a o a sus compañeros-as. Así mismo, queda prohibido venir al colegio con zapatillas o zapatos de ruedas ya que suponen un riesgo para la integridad física de los alumnos.
Material escolar 78. Todos los miembros de la Comunidad Educativa extremarán su cuidado por conservar en perfecto estado el mobiliario, material didáctico y dependencias del colegio. 79. Es obligatorio traer el material necesario para el desarrollo de las actividades de cada clase. 80. Las familias facilitarán al Centro todo el material necesario para realizar las actividades programadas y todas aquellas que vayan surgiendo a lo largo del curso, dentro del Currículo. 81. Las familias del Centro respetarán la organización, los protocolos y las decisiones del Claustro y del Consejo Escolar, relativos a la adquisición de los recursos pedagógicos, didácticos y educativos utilizados en el Centro, cuya
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finalidad será garantizar la igualdad y la no discriminación entre todos los alumnos-as. 82. Será responsabilidad de las familias del centro la aportación de todo el material necesario para realizar las actividades programadas por el profesorado, siguiendo el protocolo establecido, en el Plan de Convivencia del Centro, por el Consejo Escolar y la AMPA del Colegio. 83. La pérdida por negligencia o el deterioro por mal uso del material escolar que en calidad de préstamo el colegio proporciona al alumno, tendrá como consecuencia que no se le vuelva a conceder esta ayuda y estando los padres obligados a su reposición. 84. Está prohibido traer al colegio cualquier material no escolar, así como sustancias y objetos peligrosos (objetos cortantes, objetos punzantes, broches, sustancias tóxicas o materiales que las contengan, spray, tabaco, mecheros, etc.,), dinero y objetos de valor (aparatos electrónicos) siendo responsabilidad de los padres controlar que no los traigan al Centro. 85. Igualmente está prohibido el uso de teléfonos móviles en horario lectivo. Si existe una situación de necesidad por parte de los alumnos, se debe comunicar a la Dirección del Centro. 86. Las actividades de Educación Física deberán realizarse en chándal, calcetines y zapatillas deportivas. 87. El centro no es responsable del uso indebido de las pertenencias personales de los alumnos-as y/o su pérdida: ropa, material, gafas, objetos, juegos, juguetes,…
Recreo 88. Horario de inicio/ finalización del período de recreo: a) Los alumnos de Educación Infantil saldrán al recreo a las 10:30 horas y finalizarán a las 11:00 horas. b) Durante el periodo de adaptación de septiembre de Infantil 3 años, las profesoras lo cuidan todos los días y se desarrolla en
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dos periodos. Los niños-as están separados del resto de los alumnos-as. c) Los alumnos de Educación Primaria saldrán al recreo a las 11:00 horas hasta las 11:30 horas. 89. Acceso a los patios de recreo: a) Educación Infantil: - Los alumnos/as saldrán de la clase acompañados por el tutor hasta el patio de recreo. - Los alumnos/as se colocarán en filas hasta la llegada al patio/clase de forma que se eviten aglomeraciones en los pasillos, empujones… que puedan provocar caídas. b) Educación Primaria: - Los alumnos/as saldrán de clase controlados por el profesor /a que en ese momento esté en el aula. 90. Los tutores y todos los profesores que deban impartir clase tras el período de recreo, recogerán a los alumnos y los acompañarán a sus aulas, quedando así asegurado que todos los grupos tengan la presencia de un profesor ante la posible ausencia de uno de ellos. 91. Funciones y presencia de los profesores encargados de la vigilancia del patio durante el recreo, teniendo en cuenta que el horario del recreo es lectivo para todo el profesorado. a) El profesor/a encargado de la vigilancia del patio, sustituye a todos los efectos a los compañeros/as que no están presentes en ese momento, por lo que deben hacer cumplir las normas del Centro y comunicar las incidencias a los tutores cuando finalice este período. b) En los patios de Infantil y Primaria el número de profesores vigilantes estará establecido según la ratio. Para estos profesores es prioritaria la vigilancia del recreo. Es fundamental la puntualidad a la hora de bajar al patio.
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c)Se establecen zonas de vigilancia de recreo para cubrir todos los puntos ciegos: uno en la cancela de la entrada principal; otro en el acceso a los baños del patio y otro en la puerta de acceso a los pabellones desde los patios. 92. Durante el horario de recreo no se podrá subir a la clase, por lo que los alumnos deben salir al patio con el abrigo puesto en los días de frío y deben coger el desayuno que traigan para esa hora. 92. Criterios para hacer los turnos de vigilancia de recreo. a) La elaboración del cuadrante de vigilancia de recreos recaerá en la Jefatura de Estudios, y se entregará mensualmente a todos los profesores. b) Los turnos deberán ser equilibrados, entre profesores de diferentes cursos. c) El Equipo Directivo queda excluido de esta función docente (según normativa legal) así como los profesores itinerantes. d) Cuando un profesor tenga que hacer patio y ese día falta al trabajo o tenga alguna actividad complementaria con el alumnado en ese horario, el Jefe de Estudios elaborará una lista de sustituciones de recreo por orden alfabético. 93. Períodos de recreo en días con climatología adversa para los alumnos de Primaria. a) Cuando llueva los alumnos de Ed. Primaria no saldrán al patio, permaneciendo en sus aulas durante el período de recreo. Sólo podrán salir al servicio de su planta. b) Los tutores y especialistas deberán turnarse para que los alumnos/as no estén solos/as.Los especialistas ayudarán en los equipos docentes de tramo en los que están adscritos. c) Los tutores podrán decidir salir con sus alumnos a las zonas cubiertas. d) Cuando habiendo salido al patio comience a llover, se tocará el timbre y los alumnos estarán el período de recreo restante en sus aulas, siguiendo las normas anteriores. 94. Los juegos se realizarán en la zona adecuada del patio y en las pistas deportivas. Los balones blandos sólo se utilizarán en dichas pistas. 95. Se fomentará la realización de todo tipo de juegos en grupo.
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96. Durante el recreo los alumnos no podrán permanecer en clase ni en los pasillos, si no están acompañados por un profesor/a. 97. Salvo casos excepcionales y sólo acompañados por un maestro/a, podrán subir a las aulas durante el recreo. 98. Durante la estancia en el patio, los alumnos utilizarán los aseos del mismo. En circunstancias excepcionales, utilizarán los baños situados en la planta baja del edificio con permiso del profesor que vigila dicha zona 99. No jugarán dentro de los servicios. 100. Están prohibidos los juegos violentos así como el uso de balones duros, peonzas, boomerang, patines, discos duros o cualquier otro objeto que pueda crear situaciones de riesgo para los alumnos/as. Los días en los que haya charcos no se bajarán los balones. 101. En caso de conflicto, deberán siempre ayudar a sus compañeros/as, aunque no estén implicados, comunicándolo a los profesores que estén en el patio. 102. Se utilizarán las papeleras. 103. Los padres no pueden acceder a los patios en hora de recreo. Si necesitan recoger a un alumno/a, deberán pasar por la Secretaría del Centro.
Actividades complementarias 104. Se considerarán actividades complementarias las programadas y realizadas por el profesorado del Centro que impliquen o no salida del recinto escolar, realizadas dentro del horario lectivo, incluidas en la P.G.A. e informadas al Consejo Escolar. 105. Serán supervisadas y coordinadas por la Jefatura de Estudios. 106. Para las que se realicen fuera del recinto escolar y no cuenten con un monitor-a por parte de la organización, la Jefatura de Estudios designará, en la medida de lo posible un profesor-a por cada 20 alumnos o fracción.
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107. Se valorará la especial dificultad o peligro que puedan conllevar algunas actividades (en especial de Educación Infantil) con el fin de que sean acompañados por el máximo número de profesores. 108. Cuando la realización de alguna actividad complementaria implique la necesidad de llevar comida o material, se comunicará oportunamente. Mientras tanto, los alumnos no llevarán nada que pueda entorpecer el normal desarrollo de la actividad. 109. Toda actividad complementaria que implique salir fuera del recinto escolar precisará una información a los padres y su conformidad firmada. En el caso de que el alumno/a no entregue a tiempo esta conformidad firmada al maestro/a tutor/a, no podrá participar en la actividad. 110. Para realizar una actividad complementaria fuera del colegio es necesario que participe al menos el 80% de la clase. 111. Estas actividades son parte del aprendizaje y del trabajo del aula, por tanto el comportamiento que seguirá el alumnado, será el mismo que dentro del colegio.
Enfermedad y accidentes 112. Los alumnos-as que estén enfermos-as no pueden acudir al colegio. 113. En caso de enfermedad contagiosa deben comunicarlo a la Dirección del Centro y se incorporarán a clase cuando así lo indique el médico por escrito. 114. Si el alumno-a se pone enfermo durante el horario lectivo, el tutor-a lo comunicará a algún miembro del equipo directivo que se ocupará de llamar por teléfono a la familia. En el caso de no localizarles, y si se valora la urgencia de atención al alumno-a, se avisará al 112 y seguirá sus instrucciones. 115. El alumno-a enfermo-a permanecerá en el aula hasta que vengan a recogerle, a excepción de la clase de Educación Física o Psicomotricidad, en cuyo caso el niño-a será atendido en Secretaría o en el despacho de Dirección. Se entregará a sus padres o adulto designado por éstos, el cual firmará en el Registro de Salidas.
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116. En caso de accidente leve, y, una vez prestados los primeros auxilios, el niño-a permanecerá en Secretaría o en el despacho de Dirección hasta que la familia venga a buscarlo. 117. El personal docente no puede administrar medicamentos a los alumnosas. Las familias deberán planificar la toma de los mismos en horario no escolar. En caso de imposibilidad: a) Las familias, o adulto designado por ellos, pueden entrar en el Centro a administrarles la medicación a sus hijos. b) Las familias, aportando informe escrito del médico con especificación del nombre del alumno-a, del medicamento, dosis y horario de la toma, deben autorizar por escrito su administración a la Directora o al colegio, siempre y cuando sea imposible su administración en otro horario. 118. En los casos de alumnos-as que sean enfermos-as crónicos, la Dirección del Centro lo comunicará por escrito a la Dirección del Área Territorial y seguirá sus instrucciones. 119. En ningún caso y bajo ningún concepto, los alumnos-as pueden traer medicamentos al colegio siendo responsabilidad de las familias que así sea. En caso de que algún alumno-a traiga un medicamento le será retirado, siendo obligación de las familias recuperarlo en Dirección. 120. En los casos de accidente y dependiendo de su gravedad, se seguirá el siguiente procedimiento: a) El adulto que esté con el niño-a en el momento del accidente, avisará de inmediato al Equipo Directivo. b) Si el accidente es grave no se moverá al accidentado (excepto si existiera algún docente legalmente capacitado) y el maestro-a que en ese momento tuviera a cargo al accidentado, se quedará con él. c) Un miembro del Equipo Directivo llamará inmediatamente a los equipos sanitarios y a la familia. Si necesita ser trasladado en
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ambulancia y no hubiera un familiar, lo acompañará la Directora del Centro, o en su caso, alguien autorizado por el Colegio. d) En los demás casos, el profesor-a bajo cuya responsabilidad está el alumno-a en el momento de producirse el accidente, le prestará los primeros auxilios y avisará al Equipo Directivo del Centro. c) En el caso de no localizar a las familias, algún miembro del Equipo Directivo telefoneará al Servicio de Urgencias del 112 y seguirá sus instrucciones. Si siguiendo las instrucciones del Centro de Salud, tiene que salir del colegio el alumno-a accidentado-a, lo acompañará la directora o un adulto autorizado. d) Si el accidente se produce durante el tiempo de recreo, el accidentado será atendido por el profesor-a vigilante más próximo y se procederá del mismo modo. 121. El profesor-a a cargo del alumno-a accidentado-a, redactará un informe en el que consten los datos del alumno-a, descripción del accidente y actuaciones realizadas y el Secretario le dará entrada en el Registro del Centro. 122. Si el accidente o enfermedad ocurre durante la realización de las actividades complementarias, uno de los profesores o adultos acompañantes llamarán al Servicio de Urgencias del 112 y seguirán sus instrucciones. Después telefonearán al Equipo Directivo comunicando el hecho y éste a las familias. 123. Si el accidente o enfermedad ocurre durante la realización de las actividades extraescolares, el monitor-a o adulto responsable de la actividad atenderá al niño-a, llamará al coordinador de las actividades extraescolares y éste avisará a la familia, y si lo valoran, llamarán al Servicio de Urgencias del 112 y seguirán sus instrucciones.
Instalaciones 124. El colegio merece el respeto y cuidado de todos los que lo utilicen, tanto de sus instalaciones como de su mobiliario y de sus materiales. Los miembros de la
Comunidad Educativa deberán hacer buen uso de unas y otros,
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quedando obligado a su reposición y/o pago de lo deteriorado aquel que haga mal uso del mismo o deliberadamente cause un daño. 125. Todo desperfecto o incidente que se observe en las instalaciones del colegio se pondrá en conocimiento del conserje quien tomará las medidas oportunas e informará a la Dirección del Centro. 126. Cada instalación del Centro será utilizada para el uso específico para el que está destinada. Cualquier otro uso deberá ser autorizado expresamente por la Dirección del colegio. 127. No está permitido comer pipas, cacahuetes, chicles o cualquier producto que por sus características afecte a la limpieza e higiene de todas las instalaciones del Centro. 128. La biblioteca es una sala común abierta a todos los alumnos y maestros del Centro durante el horario que establezca la Jefatura de Estudios a principio de curso. 129. Habrá un profesor responsable de la biblioteca quien coordinará su funcionamiento y programará las actividades de préstamo de libros. 130. Los libros estarán sellados con el sello del Centro e inventariados en el registro de biblioteca por el maestro responsable. 131. Al finalizar el curso escolar se devolverán todos los libros no pudiendo quedar ningún libro de la biblioteca en las aulas. 132. Dentro de esta sala se guardará el debido silencio. 133. Los alumnos serán aconsejados por sus maestros de los libros que más convengan a su edad. 134. Los libros se tratarán con el debido cuidado. En caso de extravío, deterioro o sustracción, los padres del alumno causante del mismo, deberán reponerlo mediante la adquisición de un ejemplar nuevo. 135. El aula de informática es de uso común para ser utilizada por los alumnos y maestros del Centro en el horario lectivo que a tal fin establezca la Jefatura de Estudios al inicio de curso.
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136. El aula de ordenadores es un recurso que el Centro pone a disposición de alumnos y profesores y su utilización debe ser entendida como un recurso más dentro de las materias curriculares. 137. Habrá un maestro coordinador de T.I.C. que controlará el material y funcionamiento del aula y cuyas funciones, responsabilidad y horario será el que se establezca en las Instrucciones de la Dirección General de Centros Docentes. 138. El material del aula de informática no puede salir de la misma no existiendo la actividad de préstamo. En caso de deterioro por mal uso o sustracción, deberá ser repuesto por los padres o tutores legales del alumno causante del daño. 139. El maestro que acompaña al grupo de alumnos será el responsable de su buen uso y de comprobar que una vez finalizada la actividad, el aula queda correctamente ordenada. 140. El gimnasio es una instalación del Centro, que al igual que las demás, debe ser utilizada con respeto y cuidado. 141. La maestra de Educación Física es la responsable del material e instalaciones de esta área en horario lectivo y los alumnos tienen el deber de seguir las directrices que en cuanto a su uso, les marque su profesora. 142. Una vez finalizada la actividad, la profesora cerrará el gimnasio. 143. En el gimnasio no se puede comer ni beber. 144. Las instalaciones del Centro podrán ser utilizadas para actividades extraescolares hasta las 9:00 h. y a partir de las 16:00 h., previa petición y posterior autorización en la Dirección del Centro. La persona física o jurídica organizadora será la responsable de su buen uso y cuidado. 145. En aplicación de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos, no se permitirá fumar en todo el recinto escolar.
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Servicio de comedor escolar
146. El Servicio de Comedor Escolar es un servicio complementario que el colegio ofrece con carácter voluntario exclusivamente a profesores, alumnos y personal de administración y servicios de este Centro. 147. La utilización de este servicio implica la aceptación de sus normas y la obligación del cumplimiento de las mismas. El no cumplimiento de las normas implicaría no poder hace uso de este servicio. 148. Tanto la solicitud como la baja del servicio han de de realizarse por escrito en la Secretaría del Centro. Es obligación de las familias comunicar y aportar informes médicos al Centro de cualquier alergia y/o intolerancia alimentaria que tengas sus hijos. 149. Son objetivos de este servicio: a)
Potenciar
la
interrelación,
colaboración,
solidaridad
y
convivencia entre todo el alumnado. b) Potenciar actividades y recursos humanos y materiales para los alumnos más desfavorecidos. c) Desarrollar la adquisición de hábitos sociales, normas de urbanidad y cortesía y correcto uso y conservación de los útiles de comedor. d) Desarrollar la autonomía personal. e) Fomentar una comida con ritmo adecuado, no excesivamente rápido ni lento. Para ello se propondrá un período de estancia mínima de 45 minutos. 150. La duración del servicio de comedor escolar será desde el primer día lectivo del mes de septiembre hasta el último día lectivo del mes de junio. 151. La empresa de restauración dispondrá de un menú de régimen para atender a aquellos alumnos que, mediante el correspondiente certificado o informe médico, acrediten la imposibilidad de ingerir determinados alimentos de acuerdo con la Orden 4212/2006 de 26 de julio, BOCM nº 195 jueves 17 de agosto de 2006.
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152. Con el fin de ayudar a los padres que lo necesiten, se admitirán comensales eventuales, siempre que avisen con antelación suficiente, que no será inferior a tres horas, y previo pago en secretaría. 153. El precio del menú será el que para cada curso escolar establezca la Administración. Para los usuarios eventuales se fijará un incremento del 20 % sobre el precio fijado por la Comunidad de Madrid, según acuerdo tomado en el Consejo Escolar del colegio. 154. Se extenderán ocho recibos (de octubre a mayo, ambos meses incluidos) cuyo importe corresponderá al número total de días que se ha utilizado el servicio de comedor cada mes. Los meses de septiembre y junio estarán incluidos pero no se extenderá mensualidad de estos meses, por lo que los usuarios deberán ingresar el importe correspondiente de esos periodos en la cuenta del Centro. 155. Todos los pagos se realizarán siempre en el banco, se evitarán en la medida de lo posible los pagos en el colegio, excepto los transeúntes. 156. El recibo del banco que acredita el pago de este servicio, se entregará en secretaría de 9:00 h. a 10:00 h, por la mañana y de 15:00 a 16:00 h. por la tarde. 157. Los pagos se realizarán al principio de cada mes. El impago de una mensualidad dará lugar a la baja del Servicio de Comedor quedando en obligación de pagar el débito, no pudiendo hacer uso del mismo hasta no estar al corriente de pago. 158. Aquellos alumnos que por enfermedad o causa justificada falten, deberán avisar previamente en Secretaría y al incorporarse presentar el correspondiente justificante extendido por el médico o por el órgano competente. De este modo tendrán derecho a la devolución del 50% de la minuta a partir del cuarto día conforme a la normativa vigente. 159. Si algún alumno usuario habitual de comedor, no fuera a utilizar el servicio, la familia debe comunicarlo por escrito a la Secretaría del Centro, con independencia de que la ausencia sea de uno o varios días. Sin esta comunicación escrita, el alumno deberá quedarse durante este tiempo dentro del Centro. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CEIPCARLOS V
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160. Para ausentarse un alumno del Servicio de Comedor es imprescindible que los padres lo comuniquen por escrito al Secretario/a quien lo pondrá en conocimiento del tutor y del monitor de comedor correspondiente. Si tiene que ausentarse después de comer y antes de las 14:30 h. será el monitor quien entregue el alumno al padre o adulto en quien delegue, que deberá firmar en el Registro de Salidas. 161. Cuando haya alguna actividad complementaria que implique un retraso en la incorporación al comedor, la comida se servirá cuando lleguen los alumnos y en el caso de que la llegada esté prevista después de las 14:30 h. se dará a los comensales una bolsa de comida fría. 162. Entradas y salidas al comedor. a) Los cuidadores de comedor acudirán a buscar a los alumnos de Educación Infantil a sus clases, unos minutos antes de la finalización de las mismas. Después de comer los sacarán al patio, cuidándoles hasta que se inicie la jornada escolar, excepto los de tres años que irán con sus monitores a las aulas a dormir la siesta. b) Los cuidadores de comedor recogerán al resto de alumnos de Educación Primaria al salir de sus aulas, excepto a los de 5º y 6º de Primaria. Las monitoras pasarán a recoger a los alumnos a sus aulas y pasarán lista para comprobar la asistencia de los usuarios. Después de comer volverán a salir al patio con los cuidadores hasta la continuación de la jornada escolar. La reincorporación será: los de Infantil les acompañan a sus filas, hasta que suene el timbre, excepto tres años que están durmiendo la siesta. Y seguirán cuidando al resto de los alumnos hasta que suene el timbre. c) Si algún monitor debe permanecer en el comedor con alumnos que no han finalizado la comida, otro monitor se encargará de sus funciones con los alumnos que están fuera.
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d) La higiene de los alumnos de comedor, lavado de manos, se realizará con los alumnos en los servicios que tengan asignados e) Los días de lluvia, los cuidadores llevarán a los alumnos de Infantil a sus aulas, los de Primaria se dividirán según el número de alumnos por las distintas dependencias del Centro. En otras condiciones de climatología adversa la Dirección valorará las medidas a tomar. 163. Los alumnos comensales tiene la obligación de respetar a los monitores y personal de cocina y de cumplir sus instrucciones. 164. Los cuidadores de este servicio serán los responsables del cuidado y vigilancia de los alumnos comensales. Dependen de la empresa del servicio de comedor, su número y funciones se ajustará a la normativa vigente. 165. Los cuidadores atenderán a los alumnos comensales con el debido respeto y diligencia, exigiéndoles el cumplimiento de las mismas normas que tiene el Centro y comunicando cualquier incidencia a la Coordinadora de comedor quien dará traslado de la misma a la Dirección y/o al profesor tutor. 166. En caso de enfermedad, accidente o cualquier otra circunstancia que les pueda ocurrir a los alumnos comensales durante el horario de comedor, los monitores informarán a la Coordinadora y esta a su vez al Equipo Directivo para que éste contacte con los padres y tomar las medidas oportunas. 167. Los padres podrán interesarse por el funcionamiento del servicio o el comportamiento de sus hijos comensales, a través de Secretaría o Jefatura de Estudios, según corresponda y si dado el caso se considera conveniente, con la Dirección del Centro. 168. Los cuidadores encargados de los alumnos-as de Infantil 3, 4 y 5 años, sólo informarán por escrito de las incidencias especiales y significativas. Rellenarán un informe por trimestre sobre los hábitos de alimentación de los alumnos-as. 169. Los cuidadores encargados de los alumnos-as de Educación Primaria deberán informar a las familias de las incidencias especiales y significativas
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sobre los hábitos de alimentación de los alumnos/as. Rellenarán un informe por trimestre sobre los hábitos de alimentación de los alumnos-as. 170. La Dirección del Centro velará por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de comedores escolares y dará traslado de cualquier anomalía a los responsables de la empresa de comedor y si fuera necesario a la Unidad de Servicios Educativos correspondiente. 171. El Consejo Escolar evaluará el funcionamiento de este servicio al finalizar el curso escolar previo informe de la Comisión de Comedor, siempre que en el Consejo Escolar se haya acordado la existencia de la misma. Esta valoración se recogerá en la Memoria Anual que se remite al Servicio de Inspección Educativa. 173. El Equipo Directivo organizará entrevistas con diferentes empresas de comedor para pode ofrecer alternativas al Consejo Escolar si no se renovara la adjudicación de este servicio a la empresa actual, antes de la finalización del curso escolar. 168. El comportamiento en la mesa será en todo momento correcto:
Hablando en un tono moderado.
Manteniéndose en su sitio sentados y sin jugar con la comida.
Masticando con la boca cerrada y despacio.
Tomando la cantidad de comida adecuada a sus necesidades, evitando tanto dejarla o desperdiciarla como comer en exceso.
174. Puesto que el tiempo de comedor se diferencia parcialmente del período académico, las normas anteriormente expuestas quedarán sumadas a las generales de convivencia del citado RRI, así como los procedimientos de sanción por incumplimiento. 175. El proceso de iniciación ante la falta de cumplimiento de alguna de las normas deberá ser iniciado por las cuidadoras de comedor o coordinadora responsable, anotando por escrito la falta cometida (donde constará el nombre del alumno, el curso y dicha falta cometida) y comunicando este parte al Jefe de Estudios, que lo valorará e informará en caso necesario a su Tutor y a su familia. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CEIPCARLOS V
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Actividades extraescolares 176. Se consideran Actividades Extraescolares las realizadas exclusivamente fuera del horario lectivo, organizadas y programadas por el AMPA, Ayuntamiento,
Consejería
de
Educación,
otros
organismos
de
las
Administraciones Públicas, etc. 177. Estas actividades tienen carácter voluntario, estarán incluidas en la P.G.A. y serán aprobadas por el Consejo Escolar. 178. La entidad organizadora se responsabilizará de coordinar dichas actividades y de vigilar el tránsito de personas por los espacios destinados para estos fines, así como de la apertura y cierre del acceso al colegio. 179. En el caso de las actividades organizadas por el AMPA, éste certificará que el personal encargado de las actividades es ajeno a la plantilla del Centro, no teniendo ninguna vinculación con la Comunidad de Madrid, ni con el colegio; comprometiéndose a entregar la documentación en la que constará de forma fehaciente que la contratación se ha realizado entre este personal y la Asociación como único empresario. El AMPA ha de tener un seguro de responsabilidad civil que cubra sus actividades. En caso de que no lo tenga deberá hacer una declaración escrita haciéndose responsable. En el caso de que fuesen aprobadas en esas condiciones, se informará al Consejo Escolar y tendrá que constar en acta su aprobación. 180. Podrán realizarse actividades antes de la jornada lectiva, “Los Primeros del Cole” de 7:30 a 9:00 h. y de 16:00 h. en adelante. 181. Los responsables de las actividades extraescolares controlarán que los alumnos de cada actividad estén en el lugar destinado hasta que llegue el monitor para acceder al aula correspondiente. 182. Cuando algún monitor/a falte a la actividad, éste deberá comunicarlo al coordinador de la actividad o al AMPA, según corresponda, para que los alumnos queden debidamente atendidos. En todo caso, quien note la ausencia de algún monitor debe comunicarlo a la Dirección, al coordinador de la actividad o al AMPA, quienes tomarán las medidas oportunas.
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183. Los alumnos/as que participen en estas actividades deberán incorporarse a las mismas y ser recogidos puntualmente por sus padres o adulto en quien deleguen no pudiendo permanecer en las dependencias del colegio fuera del horario de la actividad. La impuntualidad reiterada e injustificada, dará lugar a la baja en estas actividades durante todo el curso escolar. 184. Los monitores velarán por el buen uso y cuidado de las instalaciones en las que se desarrolle la actividad, así como del mobiliario y equipamiento. 185. En las actividades extraescolares no se podrá hacer uso del material del Centro. En casos excepcionales se solicitará su utilización a la Dirección del Centro quien podrá o no autorizarlo. 186. En los casos de deterioro o roturas que se deban a negligencia o mal uso, la persona física o jurídica responsable de la actividad, correrá con los gastos de arreglo y/o reposición. 187. En los casos de accidente, enfermedad o cualquier otra incidencia, el responsable de la actividad lo comunicará primero al coordinador que será quien tome las medidas necesarias, quien informe a los padres y quien lo pondrá en conocimiento de la Dirección del Centro. 188. El Centro no interrumpirá las actividades extraescolares. Hay un horario que debe ser respetado por todos. Si el alumno-a debe salir a mitad de actividad, la familia, o bien vendrá a las 16:00 de la tarde a buscarlo, o bien se esperará hasta las 17:00 horas. Tendremos que respetar el trabajo de los monitores y, por supuesto, el de los demás alumnos-as. Los niños-as que no sean recogidos al final de la jornada a su hora, serán custodiados por el responsable de las actividades extraescolares y la familia deberá abonar la cuota correspondiente.
Evacuación del Centro
189. La evacuación del Centro, en cualquier circunstancia, estará indicada por tres toques de timbre o por el toque de emergencia. 190. Se seguirán las instrucciones indicadas en el Simulacro de Evacuación, que se entregará a los tutores en la carpeta de comienzo de curso; éstos lo REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CEIPCARLOS V
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darán a conocer a sus alumnos- as en sus tutorías, repasando con ellos todas las actuaciones a seguir. 191. Cada años, a través de la C.C.P. se revisarán y actualizarán los protocolos de evacuación. 192. Se realizarán, al menos, tres simulacros de evacuación al año, siendo uno de ellos obligatoriamente en el primer trimestre.
Criterios de calificación
Criterios de calificación por los Equipos de Tramo de Educación Primaria: PRIMER TRAMO: DE 1º A 3º DE PRIMARIA CONTROLES
60%
ESFUERZO
20%
REALIZACIÓN DE DEBERES
20%
SEGUNDO TRAMO: DE 4º A 6º PRIMARIA CONTROLES
80%
ESFUERZO
10%
REALIZACIÓN DE DEBERES
10%
Criterios de Calificación por Áreas: PRIMER TRAMO: DE 1º A 3º DE PRIMARIA
LENGUA Y MATEMÁTICAS
Controles
60%
Trabajo en el aula (orden y limpieza)
15%
Deberes
10%
Actitud y comportamiento
15%
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INGLÉS . CIENCIAS NATURALES Y CIENCIAS SOCIALES Controles
70%
Trabajo en el aula (orden y limpieza)
10%
Deberes
10%
Actitud y comportamiento
10%
MATEMÁTICAS Controles: Unidades Didácticas
80%
Problemas Cálculo Tareas de casa: Deberes
10%
Estudio Presentación de trabajos Actitud en clase: Atención
10%
Participación Interés
SEGUNDO TRAMO: DE 4º A 6º PRIMARIA MATEMÁTICAS Controles
75%
Problemas
20%
Trabajos “extra”: Lógica
5%
Cuaderno
LENGUA Controles
75%
Verbos
15%
Comprensión lectora
10%
Dictados
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INGLÉS ,CIENCIAS NATURALES Y CIENCIAS SOCIALES Controles
80%
Deberes y estudio
10%
Proyectos y Talleres
5%
Orden, presentación
5%
ÁREA DE EDUCACIÓN MUSICAL PRIMER TRAMO: DE 1º A 3º DE PRIMARIA
Objetivos específicos de la Unidad
50%
Actitud (interés) Participación (comportamiento) Trabajo de aula
25%
Trae los materiales a clase Orden y limpieza en los trabajos
25%
SEGUNDO TRAMO: DE 4º A 6º PRIMARIA
Objetivos específicos de la Unidad
40%
Actitud (interés) Participación (comportamiento) Trabajo de aula
10%
Trae materiales a clase Orden y limpieza en los trabajos
30%
Controles puntuales y deberes
20%
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ÁREA DE EDUCACIÓN PLÁSTICA TODOS LOS TRAMOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Entrega de los trabajos
75%
Comportamiento en clase: Interés Actitud trabajo
25%
ÁREA DE EDUCACIÓN FÍSICA PRIMER TRAMO: DE 1º A 3º DE PRIMARIA Nivel de logro alcanzado respecto a los objetivos planteados
40%
Puntualidad y actitud correcta en los desplazamientos
10%
Transportar, repartir y recoger los materiales
10%
Traer ropa deportiva, bolsa de aseo y cuidar la higiene personal
10%
Actitud hacia las actividades, compañeros y uno mismo
30%
SEGUNDO TRAMO: DE 4º A 6º PRIMARIA Nivel de logro alcanzado respecto a los objetivos planteados
Comportamiento en clase: Puntualidad Vestimenta Interés Actitud
50%
50%
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15. INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (DECRETO 15/2007 de 19 de abril por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid)
Faltas de disciplina y sanciones: Faltas leves 1. Se calificarán como falta leve cualquier infracción a las normas de conducta establecidas en el Plan de Convivencia y en el presente RRI. 2. Las faltas leves se corregirán de forma inmediata mediante las siguientes sanciones: a) Amonestación verbal o por escrito b) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata. c) Permanencia en el centro después de la jornada escolar. d) La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado. e) La realización de tareas o actividades que contribuyan a reflexionar, a hacer pensar al alumno-a sobre su actuación, y a reconducir su comportamiento. En ningún caso, estas actividades conllevarán la copia reiterada de un escrito. f)
Por
impuntualidad
deberán
pasar
por
Secretaría
o
Conserjería, tal como se especifica en el presente RRI, acompañados
de
sus
padres/tutores.
No podrán pasar a clase para no interrumpir a los demás,
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debiendo permanecer en la Jefatura de Estudios
hasta el
inicio de la siguiente sesión.
Tipificación de faltas leves
Prescriben en un plazo de 3 meses Conductas que perturban levemente las normas de convivencia Las faltas de puntualidad se consideran retraso pasados 10 minutos. 5 partes de incidencias leves, separación del grupo-clase por un período de dos días y el alumno/a deberá realizar los trabajos que se determinen y se considera falta grave.
La reiteración de dos o más faltas leves en el mismo trimestre, se considera falta grave. Se consideran faltas leves. a) Interrupción repetida de la clase. b) Falta de material para la realización de las tareas de forma reiterada. c) Falta de puntualidad durante 5 días de forma reiterada. d) No presentar trabajo pendientes. e) Falta de atención a las indicaciones del profesor. f) Falta de asistencia 1 o 2 días sin justificar. Las sanciones leves se corregirán de forma inmediata, entre ellas se contemplan: a) Amonestación verbal o por escrito b) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia ante la directora c) La privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de forma inmediata. d) La realización de tareas o actividades de carácter académico. 1.-La asistencia a clase es el primer deber del alumno-a. El alumno-a que acumule 3 sesiones de clase como ausente en un mes sin justificación avalada por el tutor-a, se considerará que ha cometido una falta leve. Como sanción, tendrá que quedarse
en los recreos, realizando tareas de carácter
académico. Si se negara a cumplir la sanción o a realizar la tarea encomendada se considerará falta grave; y se procederá a
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aplicar la sanción correspondiente con arreglo al artículo 13.1 del decreto. 2.-Los alumnos serán puntuales en todos los aspectos programados por el centro. Se considera retraso cuando un alumno llega a clase cinco minutos tarde después de haber empezado la sesión. A partir de cinco retrasos el profesor correspondiente los considerará falta leve. Se amonestará al alumno. Seis retrasos dentro de la misma materia y mes serán considerados como falta grave, y se procederá conforme al artículo 13.1 del decreto. 3.- En clase se mantendrá una actitud correcta, no permitiéndose el uso de móviles, cámaras fotográficas, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros. Los alumnos/as, en
ningún caso, podrán portar dentro del
recinto escolar ni gorras o gorros, ni gafas de sol, ni otros accesorios o vestimenta que de forma clara sean inapropiadas para un centro escolar, ni inscripciones o consignas vejatorias, soeces o que inciten odio, a la violencia o que a juicio del profesor sean inadecuadas para mantener el adecuado clima en clase o en el centro. Tampoco aquellos cuyo porte suponga menoscabo de los derechos del ser humano por razón de raza, religión o sexo. El uso de móviles, radios, MP3, auriculares y demás aparatos electrónicos, su uso o exhibición en clase constituirá falta leve. Se sancionará con la retirada de dichos aparatos. La reincidencia de considerará falta grave. Los padres o tutores deberán solicitar e ir a buscar el aparato. Cualquier grabación dentro de la clase se considerará falta grave. La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones cometidas se considera falta muy grave (DECRETO, art. 14.e). REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CEIPCARLOS V
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4.- Tanto dentro de la clase como en el resto del recinto escolar los alumnos respetarán la autoridad del profesor. En caso de insultos, agresión física, amenazas a un profesor, se aplicará el artículo 4 del Decreto que tipifica tales faltas como faltas muy graves y establece como sanción, el cambio de centro, cuando no proceda la expulsión definitiva del centro ( art.14, 2. f, g.) 5.- Dentro del recinto escolar los alumnos respetarán al personal no docente. Todos los alumnos deberán mantener el mismo respeto hacia el personal no docente (conserjes, personal administrativo, de comedor,…) y estarán obligados a cumplir las indicaciones que les señalen en el ejercicio de su función.
En caso de
incumplimiento, se procederá de la misma forma que se establece con respecto a los profesores, en el artículo procedente, tanto en la tipificación de las faltas como en las sanciones. 6.-Los alumnos mantendrán hacia sus compañeros un trato correcto no permitiéndose, en ningún caso, el ejercicio de violencia física, verbal o psicológica. Se considerarán faltas leves los conflictos, disputas o confrontaciones manifiestamente contrarias al espíritu de camaradería, compañerismo y cooperación que no alcancen la tipificación de faltas graves o muy graves. Se consideran faltas graves o muy graves las amenazas, insultos,
actos
humillación,
o
comportamientos
vejación
o
que
discriminación
supongan
que
pueden
una ser
susceptibles de provocar daños psicológicos en otro alumno. También los actos o el trato incorrecto o desconsiderado que vulnere, clara e intencionadamente, la dignidad personal, el acoso físico o moral a los compañeros, el uso de la violencia, agresiones, ofensas graves y actos que atenten gravemente contra la intimidad y las buenas costumbres sociales.
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Se considerará un agravante cuando estos actos se realicen de forma planificada o en grupo. Las faltas leves se sancionarán aplicando el artículo 12.2; las graves, el 13.2 y las muy graves el 13.3. 7.- Los alumnos tienen la obligación de realizar los trabajos que los profesores manden realizar fuera de las horas de clase y obviamente los que manden realizar en clase. No cumplir con esta obligación, inherente a la condición de estudiante y de alumno tendrá consecuencias en la calificación de la asignatura en la medida que lo estime el profesor/a o el equipo de profesores del tramo correspondiente. Se llevará el control correspondiente a través de la Agenda del Centro. La inobservancia de este deber se considera falta leve y será sancionada por el profesor de la asignatura. 8.- Los alumnos deberán respetar y cuidar todos los materiales que el centro pone a su disposición, así como las instalaciones y del conjunto del edificio escolar. Cada alumno debe responsabilizarse de todos los materiales (libros, ordenadores,
material de laboratorio y tecnología,
medios audiovisuales, etc.) que el centro pone a su disposición. Aquellos alumnos que sustraigan, extravíen o causen daño intencionadamente a cualquier material del centro deberán devolverlo o hacerse cargo del coste económico, de su reparación o reposición. De la misma manera, los daños causados al mobiliario, instalaciones y material del centro, o de los alumnos, profesores y personal de administración y servicios, de forma intencionada o por negligencia, deberán ser representantes legales asumirán la responsabilidad civil que les corresponde en los términos previstos por la Ley. Cuando el aula permanezca sin alumnos y en los recreos, se cerrara la puerta, con el fin de preservar los bienes comunes y las pertenencias individuales. Forzar la puerta de entrada a cualquiera aula o dependencia constituirá una falta muy grave. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CEIPCARLOS V
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Cuando un alumno ensucie o pinte el mobiliario o instalaciones del centro tendrá la obligación de limpiarlo, con medios propios o asumiendo el coste que ocasione la limpieza, en un plazo no superior a tres días. En este caso se considerara falta leve. Si el alumno infractor negara a efectuar o costear la limpieza, se considerara falta grave. Los profesores y tutores velaran por el orden y limpieza en las aulas. La responsabilidad del orden y limpieza es un asunto que afecta a toda la clase, y se considera un valor educativo muy importante para aprender a convivir. En cumplimiento de su función, cualquier profesor, y especialmente el tutor, o en su caso el jefe de Estudios, cuando se observe un evidente desorden o falta de limpieza, podrá requerir a una clase para que restablezca el orden y la limpieza. 9.-Intervalos entre clase y clase. No esta permitido salir a los pasillos entre clase y clase. Solo se podrá salir al servicio con permiso del profesor. El incumplimiento de esta norma se considera falta leve. Cuando un alumno no cumpla esta norma de forma reiterada, y haya sido apercibido de ello, se considerara falta grave. 10.-Suplencias o ausencias. Cuando un profesor vaya a faltar debe comunicarlo lo antes posible al jefe de Estudios. Cuando un profesor falte, los alumnos permanecerán en su clase a cargo del profesor de guardia. En el caso de que hubiera más grupos sin profesor el Jefe de estudios Programará para que los alumnos estén atendidos. 11.-Comidas No está permitido comer pipas, cacahuetes, chicles o cualquier producto que por sus características afecte a la limpieza e higiene de todas las instalaciones del Centro. El incumplimiento de esta norma será considerado como falta leve.
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12.-Salidas fuera del recinto escolar. Los alumnos no podrán salir del centro dentro del horario lectivo. Si algún alumno no autorizado saliese del centro, incurriría en falta grave. 13.-Actividades complementarias y extraescolares. Será obligatoria la participación en aquellas actividades que no impliquen coste económico, dado su carácter educativo. En aquellas otras que impliquen coste económico, los padres podrán optar entre su realización o la asistencia al centro, donde serán debidamente atendidos, y realizarán el trabajo propuesto por el profesor organizador. 14.- El profesor tiene la obligación de mantener el orden de la clase El profesor tendrá la responsabilidad de que se mantenga dentro del aula, el necesario clima de sosiego para que los alumnos estudien, trabajen y aprendan. (DECRETO 15/2007, articulo 3, punto 5). COLOCACIÓN DE LOS ALUMNOS: Los alumnos se colocaran siempre en el puesto que se les asigne el tutor y todos los profesores del grupo respetaran el criterio del tutor en lo que se refiere a la ubicación de los alumnos. EXPULSIÓN DE CLASE: Cuando un alumno perturbe el desarrollo de una clase, el profesor podrá expulsarlo de clase, enviándolo al jefe de Estudios, con trabajo para realizar, que registrará la falta con vistas a un posible tramite sancionador. Si el alumno no se presentase ante el Jefe de Estudios se considerara falta grave.
Faltas graves Prescriben a los 6 meses Conductas que perturban gravemente las normas de convivencia. Dejar constancia siempre por escrito. Se comunicará a la familia. Ante un parte de incidencia grave se reunirá el tutor, profesor implicado y equipo directivo. 3 faltas graves constituye una falta muy grave.
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1. Se calificarán como faltas graves las siguientes: a) Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del tutor, no estén justificadas. b) Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio. c) Los
actos
de
incorrección
o
desconsideración
con
compañeros u otros miembros de la comunidad escolar. d) Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro. e) Los daños causados en las instalaciones o el material del centro. f)
Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa.
g) La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las Normas de Conducta. h) Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal desarrollo de la actividad escolar que no constituya falta muy grave, según el presente Decreto. i)
La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas leves.
j)
El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve.
2. Las faltas graves se corregirán con las siguientes sanciones: a) Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante el jefe de Estudios o el Director, la privación del tiempo de recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y PLAN DE CONVIVENCIA CEIPCARLOS V
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b) Permanencia en el centro después del fin de la jornada escolar. c) Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados, o dirigidas a mejorar el entorno ambiental del Centro. d) Prohibición
temporal
de
participar
en
actividades
extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de un mes. e) Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos. f)
Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos.
3. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones previstas en las letras d), e) y f) del apartado anterior, durante el tiempo que dure la sanción, el alumno realizará las tareas o actividades que determine el profesorado que le imparte clase.
Faltas muy graves
Prescriben a los 12 meses Se dejará constancia siempre por escrito Se comunicará a la familia. Acumulación de 3 faltas graves, se considerará falta muy grave. Ante un parte de incidencia muy grave, se reunirá la comisión de convivencia para adoptar la medida que se considere más oportuna.
1. Son faltas muy graves las siguientes:
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a) Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes, cometidos hacia los Profesores y demás personal del centro. b) El acoso físico o moral a los compañeros. c) El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales contra los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa. d) La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. e) La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones cometidas. f)
Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las instalaciones, materiales y documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.
g) La
suplantación
de
personalidad
y
la
falsificación
o
sustracción de documentos académicos. h) El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos o sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. i)
La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y, en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta.
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j)
La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves.
k) El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave. 2. Las faltas muy graves se corregirán con las siguientes sanciones: a) Realización de tareas en el centro fuera del horario lectivo, que podrán contribuir al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados. b) Prohibición
temporal
de
participar
en
las
actividades
extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de tres meses y mínimo de uno. c) Cambio de grupo del alumno. d) Expulsión de determinadas clases por un período superior a seis días e inferior a dos semanas. e) Expulsión del centro por un período superior a seis días lectivos e inferior a un mes. f)
Cambio de centro, cuando no proceda la expulsión definitiva por tratarse de un alumno de enseñanza obligatoria.
3. Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las sanciones previstas en las letras b), d) y e) del apartado anterior, el alumno realizará las tareas y actividades que determine el profesorado que le imparte clase. 4. La aplicación de las sanciones previstas en la letra f) del apartado 2 se producirá cuando la gravedad de los hechos cometidos y la presencia del alumno que los cometa en el centro supongan menoscabo de los derechos o de la dignidad para otros miembros de
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la comunidad educativa. Asimismo, se adoptará esta sanción en caso de agresión física, amenazas o insultos graves a un Profesor. 5. El alumno que sea cambiado de centro deberá realizará las actividades y tareas que se determinen, y que se desarrollarán en la forma en que se articule conjuntamente por los equipos directivos de los dos centros afectados.
Inasistencia a las clases 1. La inasistencia injustificada a las clases será sancionada. La sanción por inasistencia injustificada a una determinada clase será impuesta por el Profesor de la misma, por el tutor o por el Jefe de Estudios. Cuando la inasistencia se produzca en toda una jornada escolar, la sanción será impuesta por el tutor o por el Jefe de Estudios, sin perjuicio de las que puedan imponer los respectivos Profesores. 2. El alumno perderá el derecho a la evaluación continua si el número de faltas por curso, área o materia llega o supera un 50 % del total, (sean justificadas o no). El procedimiento extraordinario de evaluación para los alumnos que superen dicho máximo, consistirá en una prueba en que se demuestre que se han superado los objetivos mínimos, en la consideración de que la falta de asistencia a clase de modo reiterado puede impedir la aplicación de los criterios normales de evaluación y de la evaluación continua.
Órganos competentes para la adopción de sanciones 1. Para determinar la aplicación de sanciones correspondientes a la comisión de una falta leve serán competentes: a) Cualquier Profesor del alumno, dando cuenta de ello al tutor y al Jefe de Estudios. b) El tutor del grupo, dando cuenta al Jefe de Estudios.
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c) Cualquier Profesor del centro dando cuenta al tutor del grupo y al Jefe de Estudios. 2. En la aplicación de las sanciones previstas para las faltas graves serán competentes: a) Los Profesores del alumno, para las sanciones establecidas en las letras a), b) y c) del apartado faltas graves. b) El tutor del alumno, para las sanciones establecidas en las letras b) y c) del apartado faltas graves. c) El Jefe de Estudios y el Director, oído el tutor, las previstas para la letra d) del apartado faltas graves. d) El Director del centro, oído el tutor, podrá establecer las sanciones de las letras e) y f) del apartado faltas graves. 3. La sanción de las faltas muy graves corresponde al Director del centro.
Criterios para la adopción de sanciones En la adopción de sanciones disciplinarias y de medidas provisionales, se deberán tener en cuenta los siguientes criterios generales: a) La imposición de sanciones tendrá finalidad y carácter educativo, y procurará la mejora de la convivencia en el centro. b) Se deberán tener en cuenta, con carácter prioritario, los derechos de la mayoría de los miembros de la comunidad educativa y los de las víctimas de actos antisociales, de agresiones y acoso. c) No se podrá privar a ningún alumno de su derecho a la educación obligatoria.
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d) No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física y la dignidad personal del alumno. e) Se valorarán la edad, situación y circunstancias personales, familiares y sociales del alumno, y demás factores que pudieran haber incidido en la aparición de las conductas o actos contrarios a las normas establecidas. f)
Se deberán tener en cuenta las secuelas psicológicas y sociales de los agredidos, así como la alarma o repercusión social creada por las conductas sancionables.
g) Las sanciones deberán ser proporcionales a la naturaleza y gravedad de las faltas cometidas, y deberán contribuir a la mejora del clima de convivencia del centro.
Circunstancias atenuantes y agravantes 1. Para la graduación de las sanciones se apreciarán las circunstancias atenuantes o agravantes que concurran en el incumplimiento de las normas de conducta. 2. Se considerarán circunstancias atenuantes: a) El arrepentimiento espontáneo. b) La ausencia de intencionalidad c) La reparación inmediata del daño causado. 3. Se considerarán circunstancias agravantes: a) La premeditación y la reiteración b) El
uso
de
la
violencia,
de
actitudes
amenazadoras,
desafiantes o irrespetuosas, de menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro.
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c) Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al centro. d) Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado
por
razón
de
nacimiento,
raza,
sexo,
convicciones políticas, morales o religiosas, así como por padecer discapacidad física o psíquica, o por cualquier otra condición personal o circunstancia social. e) Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro de la comunidad educativa.
Responsabilidad y reparación de los daños 1. Los alumnos quedan obligados a preparar los daños que causen, individual o colectivamente, de forma intencionada o por negligencia, a las instalaciones, a los materiales del centro y a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa, o a hacerse cargo del coste económico de su reparación. Asimismo, estarán obligados a restituir, en su caso, lo sustraído. Los padres o representantes legales asumirán la responsabilidad que les corresponda en los términos previstos por la Ley. En los Reglamentos de Régimen Interior se podrán fijar aquellos supuestos excepcionales en los que la reparación material de los daños pueda sustituirse por la realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro, o a la mejora del entorno ambiental del mismo. La reparación económica no eximirá de la sanción. 2. Asimismo, cuando se incurra en conductas tipificadas como agresión física o moral a sus compañeros o demás miembros de la comunidad educativa, se deberá repara el daño moral causado mediante la presentación de excusas y el reconocimiento de la responsabilidad en los actos, bien en público o bien en privado,
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según corresponda por la naturaleza de los hechos y de acuerdo con lo que determine el órgano cometerte para imponer la corrección.
El procedimiento sancionador: Este procedimiento se ajustará a lo establecido en el Decreto 15/2007 de 19 de abril en los artículos del 20 al 28.
SECCIÓN I
Procedimiento ordinario
Ámbito de aplicación del procedimiento ordinario 1. El procedimiento ordinario es el que se aplicará con carácter general respecto de las faltas leves, así como a las graves cuando, por resultar evidentes la autoría y los hechos cometidos, sea innecesario el esclarecimiento de los mismos. 2. Podrá también sustanciarse el procedimiento ordinario en relación con las faltas muy graves en caso de ser flagrante la falta y, por tanto, resulten evidentes la autoría y los hechos cometidos, siendo innecesario el esclarecimiento de los mismos y la realización de los actos de instrucción previstos en el procedimiento especial. No obstante, si quien vaya a imponer la sanción considera que es de aplicación la sanción de la letra f) del apartado Faltas muy graves punto 2, se abstendrá de resolver, debiendo remitir el asunto al Director, para la tramitación del procedimiento especial regulado en la Sección II.
Tramitación del procedimiento ordinario
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1. Las faltas leves cuyos hechos y autoría resulten evidentes podrán ser sancionadas de forma inmediata por el Profesor. El Profesor comunicará al tutor y al Jefe de Estudios la sanción impuesta. 2. Cuando sea necesaria la obtención de información que permita una correcta valoración de los hechos y de las consecuencias de los mismos, no será de aplicación lo previsto en el apartado anterior. En este caso, el tutor, una vez recibida la comunicación de la falta cometida, oirá al alumno infractor y, en su caso, a cuantas personas se considere necesario. Posteriormente, impondrá la sanción correspondiente de manera inmediata. No obstante, el tutor propondrá la sanción al Jefe de Estudios o al Director en los casos en que el órgano competente para imponer la sanción propuesta sea alguno de estos. 3. En cualquier caso, deberá respetarse el derecho de audiencia del alumno o, en su caso, de sus representantes legales, con carácter previo a la adopción de la sanción. 4. La duración total del procedimiento desde su inicio no podrá exceder de siete días naturales. Se deberá dejar constancia escrita de la sanción adoptada, haciendo constar los hechos y los fundamentos que la sustentan.
SECCIÓN II Procedimiento especial
Ámbito de aplicación del procedimiento especial El procedimiento especial regulado en esta Sección es el que, con carácter general, se seguirá en caso de las faltas muy graves, sin perjuicio de lo dispuesto para el procedimiento ordinario.
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Incoación de expediente y adopción de medidas provisionales El Director del centro, con carácter inmediato, en el plazo de dos días lectivos desde que se tuvo conocimiento de la comisión de la falta, incoará el expediente, bien por iniciativa propia, bien a propuesta del profesorado, y designará a un instructor, que será un Profesor del centro. Como medida provisional, y comunicándolo al Consejo Escolar, podrá decidir la suspensión de asistencia al centro, o a determinadas actividades o clases, por un período no superior a cinco días lectivos. Este plazo será ampliable, es supuestos excepcionales, hasta la finalización del expediente.
Instrucción del expediente 1. La incoación del expediente y el nombramiento del instructor se comunicarán al alumno y, si este es menor de edad, igualmente a sus padres o representantes legales. 2. El instructor iniciará las actuaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos, y en un plazo no superior a cuatro días lectivos desde que se le designó, notificará al alumno, y a sus padres o representantes legales si aquel fuera menor, el pliego de cargos, en el que se expondrán con precisión y claridad los hechos imputados, así como las sanciones que se podrían imponer, dándoles un plazo de dos días lectivos para alegar cuando estimen pertinente. En el escrito de alegaciones podrá proponerse la prueba que se considere oportuna, que deberá aportarse o sustanciarse en el plazo de dos días lectivos. 3. Concluida la instrucción del expediente, el instructor formulará en el plazo de dos días lectivos, la propuesta de resolución, que deberá contener los hechos o conductas que se imputan al alumno, la calificación de los mismos, las circunstancias atenuantes o agravantes si las hubiere, y la sanción que se propone. 4. El instructor dará audiencia al alumno y, si es menor, también a sus padres o representantes legales, para comunicarles la propuesta de
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resolución y el plazo de dos días lectivos para alegar cuanto estimen oportuno en su defensa. En caso de conformidad y renuncia a dicho plazo, esta deberá formalizarse por escrito.
Resolución 1. El instructor elevará al Director el expediente completo, incluyendo la propuesta de resolución y todas las alegaciones que se hubieran formulado. El Director adoptará la resolución y notificará la misma de acuerdo con lo previsto en el apartado Citaciones y notificaciones 2. El procedimiento debe resolverse en el plazo máximo de catorce días lectivos desde la fecha de inicio del mismo. La resolución deberá estar suficientemente motivada, y contendrá los hechos o conductas que se imputan al alumno; las circunstancias atenuantes o agravantes, si las hubiere; los fundamentos jurídicos en que se base la sanción impuesta; el contenido de la misma, su fecha de efecto, el órgano ante el que cabe interponer reclamación y plazo para ello.
SECCIÓN III Disposiciones generales sobre los procedimientos disciplinarios
Citaciones y notificaciones 1. Todas las citaciones a los padres de los alumnos se realizarán por cualquier medio de comunicación inmediata que permita dejar constancia fehaciente de haberse realizado y de su fecha. Para la notificación de las resoluciones, se citará a los interesados según lo señalado en el párrafo anterior, debiendo estos comparecer en persona para la recepción de dicha notificación, dejando constancia por escrito de ello. 2. En el procedimiento sancionador, la incomparecencia sin causa justificada del padre o representante legal, si el alumno es menor de
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edad, o bien la negativa a recibir comunicaciones o notificaciones, no impedirá la continuación del procedimiento y la adopción de la sanción. 3. La resolución adoptada por el órgano competente será notificada al alumno y, en su caso, a sus padres o representantes legales, así como al Consejo Escolar, al Claustro de Profesores del centro y a la Inspección de Educación de la Dirección de Área Territorial MadridCapital.
Reclamaciones 1. Las sanciones, hayan sido adoptadas en un centro público o en un centro privado sostenido con fondos públicos, podrán ser objeto de reclamación por el alumno o sus padres o representantes legales, en el plazo de dos días hábiles, ante el Director de Área Territorial Madrid-Capital. 2. Contra la resolución que, en virtud de lo dispuesto en el apartado anterior, dictara el Director de Área Territorial Madrid-Capital, cabrá recurso de alzada.
Plazos de prescripción 1. Las faltas leves prescribirán en el plazo de tres meses, las graves en el de seis meses y las muy graves en el plazo de doce meses, sendos plazos contados a partir de la fecha en que los hechos se hubieran producido. 2. Asimismo, las sanciones impuestas sobre faltas leves y graves prescribirán en el plazo de seis meses, y las impuestas sobre las muy graves en el plazo de doce meses, ambos plazos contados a partir de la fecha en que la sanción se hubiera comunicado al interesado. 3. Los períodos de vacaciones se excluyen del cómputo de los plazos.
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16.- SEGUIMIENTO CONVIVENCIA
Y
EVALUACIÓN
DEL
PLAN
DE
ÁMBITO AULA-CENTRO PROFESOR: NIVEL:
POCAS VECES
MUCHAS SIEMPRE VECES
POCAS VECES
MUCHAS SIEMPRE VECES
Los alumnos cumplen las normas de convivencia del Colegio, que figuran en la Agenda, y que han sido trabajadas por el profesorado. Los alumnos manifiestan las actitudes que favorecen la convivencia: diálogo, respeto, autocontrol. El profesorado ha actuado en equipo para evitar contradicciones y se ha ofrecido un marco de actuación claro para el alumnado. Se ha mantenido una comunicación fluida con las familias a través de la Agenda, entrevistas individuales, sobre la conducta de su hijo-a en los casos necesarios y se ha llegado a acuerdos para mejorarla. El profesorado ha fomentado la resolución de conflictos entre iguales de forma dialogada. Los alumnos resuelven los conflictos entre iguales de forma dialogada.
ÁMBITO PATIO-COMEDOR
Se observa menos conflicto entre iguales en el patio. Se observa que los alumnos resuelven conflictos entre iguales de forma dialogada y más pacífica. Los alumnos manifiestan menos problemas o conflictos ocasionados en el comedor.
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Entrada en Vigor:
El presente Reglamento entrará en vigor a partir de su valoración por el Consejo Escolar y tendrá carácter indefinido, siendo susceptible de revisión por el Consejo Escolar a fin de adecuarlo a las necesidades del Centro o a la legislación vigente Modificaciones: La Directora del Centro se obliga a modificar y actualizar todos aquellos puntos del Reglamento que pudieran contravenir la legislación vigente en cada momento.
EL PRESENTE REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR, JUNTO CON EL PLAN DE CONVIVENCIA HA SIDO REVISADOS Y VALORADOS POR EL CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO, EL DÍA
EL SECRETARIO Fdo: Luis Herrero.
LA DIRECTORA Fdo: Mª Inmaculada Sáez. EL JEFE DE ESTUDIOS Fdo: Alberto Valdivia.
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