Reglamento de Organización y Funcionamiento v201718

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Reglamento de Organización y funcionamiento.

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Diligencia para hacer constar la aprobación del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO del CEIP Profesora María Doña, de Los Palacios y Vfca. (Sevilla), en una reunión ordinaria celebrada por el CONSEJO ESCOLAR el día 13 de noviembre de 2017. Dicha finalización y aprobación queda recogida en el acta nº3 del libro de actas del CONSEJO ESCOLAR de profesores del curso 2017/2018. En Los Palacios y Villafranca, a 13 de noviembre de 2017 VºBº Director: La secretaria:

Fdo.: Jacinto Juan Quiroga Cantero

Fdo.: Marina Herrera Vicente

[Texto consolidado noviembre 2017]

C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Índice. INTRODUCCIÓN

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1. LOS CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN TODOS LOS ASPECTOS RECOGIDOS EN EL PLAN DE CENTRO. 6 1.1. PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO. 6 1.1.1 FUNCIONES DE L@S DELEGAD@S Y SUBDELEGAD@S DE CLASE. 7 1.1.2. DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO. 8 1.2. PARTICIPACIÓN DEL PROFESORADO. 9 1.2.1. ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO. 9 1.2.1.1. El Claustro de profesores. 9 1.2.1.2. El Consejo Escolar. 10 1.2.1.3. Reglamento para los debates de los órganos colegiados. 10 1.2.2. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE. 11 1.2.2.1. Equipos docentes. 11 1.2.2.2. Equipos de ciclo. 11 1.2.2.3. Equipo de orientación. 13 1.2.2.4. Equipo técnico de coordinación pedagógica. 14 1.2.2.5. Las tutorías 14 1.2.3. DERECHOS, FUNCIONES Y DEBERES DEL PROFESORADO. 15 1.2.4. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL PROFESORADO. 16 1.2.5. FORMACIÓN DEL PROFESORADO. 16 1.3. PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS. 17 1.3.1. DELEGAD@S DE PADRES, MADRES O REPRESENTANTES LEGALES. 17 1.3.2. FUNCIONES DE LAS DELEGADAS/OS DE CLASE 18 1.3.2.1. ¿Qué funciones NO debe tener? 18 1.3.3. JUNTA DE DELEGAD@S DE PADRES, MADRES O REPRESENTANTES LEGALES DEL ALUMNADO. 18 1.3.4. DERECHOS Y DEBERES DE LAS FAMILIAS. 20 1.3.5. ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO. 21 1.4. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Y DE ATENCIÓN EDUCATIVA COMPLEMENTARIA. 22 1.4.1. MONITORES DE EDUCACIÓN ESPECIAL. 23 1.4.2. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PAS Y DE ATENCIÓN EDUCATIVA COMPLEMENTARIA. 24 1.5. OTRAS FÓRMULAS DE PARTICIPACIÓN. 24 1.5.1. VOLUNTARIOS. 24 1.5.2. PRÁCTICAS DE ENSEÑANZA. 25 1.5.3. SINDICATOS. 25 2. LOS CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTICEN EL RIGOR Y LA TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES POR LOS DISTINTOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE, ESPECIALMENTE EN LOS PROCESOS RELACIONADOS CON LA ESCOLARIZACIÓN Y LA EVALUACIÓN DEL ALUMNADO. 25 2.1. CRITERIOS QUE GARANTICEN EL RIGOR Y LA TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES POR LOS DISTINTOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE. 25 2.1.1. EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO. 25 2.1.2. EN MATERIA DE ÍNDOLE PEDAGÓGICA. 26 2.2. LA ESCOLARIZACIÓN. 27 2.3. LA EVALUACIÓN. 28 2.3.1. PROCEDIMIENTOS, TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN. 28 Antonio Gaudí, S/N.EN 41720 Los Palacios y .Vfca. (Sevilla). 2.3.2. PARTICIPACIÓNC/DE LAS FAMILIAS LA EVALUACIÓN 28 Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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2.3.3. INFORMACIÓN A LAS FAMILIAS SOBRE LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN. 2.3.4. OBJETIVIDAD DE LA EVALUACIÓN. 2.3.5. SOLICITUD DE ACLARACIONES Y PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIONES.

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3. LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO, CON ESPECIAL REFERENCIA AL USO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR, ASÍ COMO LAS NORMAS PARA SU USO CORRECTO. 31 3.1. BIBLIOTECA 3.2. SALÓN DE USOS MÚLTIPLES 3.3. SALAS DE PROFESORES 3.4. TUTORÍAS 3.5. GIMNASIO Y PISTAS POLIDEPORTIVAS. 3.6. AULA DE MÚSICA. 3.7. AULA DE INGLÉS. 3.8. REPROGRAFÍA 3.9. SECRETARÍA 3.10. SALA DE LA AMPA Y AULA MATINAL 3.11. PASILLOS. 3.12. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES 3.13. COMEDOR 3.13.3. PERSONAL DE ATENCIÓN AL ALUMNADO. 3.13.4. ATRIBUCIONES DEL COORDINADOR/A. 3.13.5. OTRAS NORMAS REGULADORAS

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4. LA ORGANIZACIÓN DE LA VIGILANCIA DE LOS TIEMPOS DE RECREO Y DE LOS PERIODOS DE ENTRADA Y SALIDA DE CLASE.

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4.1. ORGANIZACIÓN Y VIGILANCIA DE RECREOS. 4.2. HORARIOS DEL CENTRO. 4.2.1. ORGANIZACIÓN DE LAS ENTRADAS Y SALIDAS. 4.2.1.1. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE RETRASOS EN LA RECOGIDA DE LOS ALUMNOS. 4.1.1.2. Actuación ante progenitores separados: 4.2.2. TUTORÍAS 4.2.3. PLAN DE APERTURA. 4.2.3.1. Aula Matinal. 4.2.3.2. Comedor escolar. 4.2.3.3. Actividades extraescolares. 4.2.4. HORARIO DEL PERSONAL DEL CENTRO. 4.2.4.1. Personal docente. 4.2.4.2. Permisos y licencias. 4.2.4.3. Personal docente laboral. 4.2.4.4. Personal no docente laboral. 4.2.4.5. Personal no docente funcionario.

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5. LA FORMA DE COLABORACIÓN DE LOS TUTORES Y TUTORAS EN LA GESTIÓN DEL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LIBROS DE TEXTO. 47 5.1. CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LOS LIBROS DE TEXTO:

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6. EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO.

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7. EL PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LOS EQUIPOS DE EVALUACIÓN. 53 C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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8. LAS NORMAS SOBRE LA UTILIZACIÓN EN EL CENTRO DE TELÉFONOS MÓVILES Y OTROS APARATOS ELECTRÓNICOS, ASÍ COMO EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL ACCESO SEGURO A INTERNET DEL ALUMNADO, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL DECRETO 25/2007, DE 6 DE FEBRERO, POR EL QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS PARA EL FOMENTO, LA PREVENCIÓN DE RIESGOS Y LA SEGURIDAD EN EL USO DE INTERNET Y LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN (TIC) POR PARTE DE LAS PERSONAS MENORES DE EDAD. 55 8.1. MEDIDAS DIRIGIDAS AL USO SEGURO DE LA TECNOLOGÍA. 55 8.2. USO DE LOS MÓVILES Y OTROS APARATOS ELECTRÓNICOS. 58 8.3. UTILIZACIÓN DE APLICACIONES DE MENSAJERÍA INSTANTÁNEA Y DE REDES SOCIALES COMO VEHÍCULO DE COMUNICACIÓN ENTRE LAS FAMILIAS. 59 9. LA POSIBILIDAD DE ESTABLECER UN UNIFORME PARA EL ALUMNADO.

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10. LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES RELATIVAS A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 61 11. OTROS ASPECTOS

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11.1. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES. 11.2. RELACIÓN CENTRO MUNICIPIO. 11.3. MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 11.4. ACCESO A LA INFORMACIÓN.

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12. REVISIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.

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Introducción El Decreto 328/2010, de 13 de julio (Junta de Andalucía, 2010a), donde se establece el Reglamento Orgánico de Colegios de Educación y Primaria, así como la Orden de 20 de agosto (Junta de Andalucía, 2010b) que regula aspectos de Organización y funcionamiento de los colegios de Primaria establecen la obligatoriedad y mecanismos para que cada centro elabore y apruebe su propio Reglamento de Organización y Funcionamiento como el instrumento que debe facilitar la consecución del clima organizativo y funcional adecuado para alcanzar las finalidades del Proyecto Educativo y el desarrollo y organización de la Planificación Anual de Centro dentro del marco legal vigente que establece la Ley de Educación de Andalucía 17/2007, de 10 de diciembre (Junta de Andalucía, 2007). Tal y como queda reflejado en el artículo 24 del Decreto citado, el reglamento de organización y funcionamiento recogerá las normas organizativas y funcionales que faciliten la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el centro se haya propuesto y permitan mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa. El reglamento de organización y funcionamiento, teniendo en cuenta las características propias del centro, contemplará los aspectos citados en el artículo 24 del Decreto 328/2010 (Junta de Andalucía, 2010a). En la elaboración del reglamento de organización y funcionamiento podrán realizar sugerencias y aportaciones el profesorado, el personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria y las asociaciones de padres y madres del alumnado. Intentamos que el ROF establezca mecanismos claros y sencillos para dar respuesta a las exigencias del funcionamiento del centro así como medidas precisas que faciliten la convivencia entre todos los componentes de la Comunidad Escolar. Proponemos un modelo de gestión, de participación y control democráticos en la vida del centro, de manera que todos los sectores comprometidos contribuyan con sus aportaciones a conseguir el objetivo básico del centro, que no es otro que el CEIP Profesora María Doña pueda brindar una Educación de Calidad en un ambiente que lo pueda propiciar. Es por ello que las normas de organización y funcionamiento aquí reflejadas sean de obligado cumplimiento para todas las personas que integran nuestra comunidad educativa. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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1. Los cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa en todos los aspectos recogidos en el Plan de Centro. El alumnado, el profesorado, las familias y el PAS integran la comunidad educativa y formarán parte de todos los órganos de gobierno y coordinación docente, según se contempla en la normativa vigente, y asumirán todos los derechos y obligaciones que le son aplicables a dicha comunidad educativa. La participación de los distintos sectores se llevará a cabo, según se muestra a continuación: 1.1. Participación del alumnado. Constituyen un deber y un derecho del alumnado de educación primaria la participación en el funcionamiento y en la vida del centro a través de los delegados y delegadas de grupo como queda reflejado en el artículo 5 del Decreto 328/2010 (Junta de Andalucía, 2010a). Para ello el alumnado de cada clase de educación primaria elegirá, por sufragio directo y secreto, por mayoría simple, durante el mes de septiembre, un delegado o delegada de clase, así como un subdelegado o subdelegada, que ayudará y sustituirá a la persona que ejerce la delegación en caso de vacante, ausencia o enfermedad, de acuerdo con el procedimiento que establezca el reglamento de organización y funcionamiento del centro. Su mandato se extenderá por el resto del curso escolar Todos l@s alumn@s tienen derecho a votar y a ser votados. El alumnado perteneciente al aula específica podrá hacerlo también en su grupo clase de referencia. Se potenciarán mecanismos que estimulen el espíritu emprendedor del alumnado a la hora de presentar sus candidaturas, llevando a cabo una campaña donde dé a conocer sus cualidades y los motivos por los cuales se presenta a dicha candidatura. En caso de que no surgiesen candidatos/as, todos/as serán considerados elegibles, salvo aquellos/as que, expresamente y por motivos justificados, manifiesten su deseo contrario a desempeñar tal función. El acto de la elección será presidido por el tutor/a del grupo En caso de darse un empate de votos entre los candidatos/as se pasará a una segunda votación para dirimir el empate. Si siguiera persistiendo el empate, la elección sería por sorteo. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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El resultado de dicha votación se recogerá en acta, que será firmada por el tutor/a del grupo y por un secretario/a, que será un alumno/a del propio grupo y que habrá sido elegido por el tutor/a con anterioridad a la votación.

1.1.1 Funciones de l@s delegad@s y subdelegad@s de clase. Los delegados y delegadas colaborarán con el profesorado en los asuntos que afecten al funcionamiento de la clase y, en su caso, trasladarán al tutor o tutora las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representan. Otras funciones atribuidas serán: ! ! !

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Actuará de representante del grupo ante el resto de la comunidad educativa. Velar para que sean atendidas las necesidades materiales que puedan surgir en la clase. Cuidar por el mantenimiento del orden, ambiente y silencio en el grupo durante los cambios de clase y en ausencia del maestro/a hasta que comparezca un maestro/a que se haga cargo del grupo. Si a la hora de comenzar una clase, el profesorado correspondiente se demorase más de lo normal, el delegado/a de clase enviará al subdelegado/a a comunicar la situación a cualquier miembro del Equipo Directivo, para que éstos normalicen la situación a la mayor brevedad posible. Informar al alumnado de cuantas notificaciones o normas le sean comunicadas por los órganos de gobierno del centro. Supervisar que l@s demás encargad@s o responsables de otras tareas de la clase cumplen con sus responsabilidades. Aquellas otras funciones que le sean asignadas por el tutor/a del curso.

Para garantizar el Ejercicio Efectivo de estos derechos tal y como se recoge en el artículo 4 del Decreto 328/2010, el Equipo Directivo favorecerá la organización y celebración de debates u otras actividades análogas adecuadas a su edad, en las que este podrá participar. Asimismo, en las normas de convivencia se establecerá la forma, los espacios y lugares donde se podrán fijar escritos del alumnado en los que ejercite su libertad de expresión. Los delegados y delegadas del último nivel de Ed. Primaria coordinarán las reuniones de Delegad@s y subdelegad@s de clase, las cuales se celebrarán con una periodicidad de al menos una vez al trimestre y con la presencia de algún miembro del Equipo Directivo u otro maestr@ sobre la que se delegue esta responsabilidad. En estas reuniones se tratarán temas que afecten al centro en su totalidad o en un ámbito significativo y se trasladarán al Equipo Directivo las sugerencias o reclamaciones que pudieran surgir. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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1.1.2. Derechos y deberes del alumnado. Derechos

Deberes

a) A recibir una educación de calidad que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y de sus capacidades. b) Al estudio. c) A la orientación educativa y profesional. d) A la evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar. A estos efectos, tendrá derecho a ser informado, de los criterios de evaluación que serán aplicados. e) A la formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de aprendizaje y que estimule el esfuerzo personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad individual. f) Al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en la práctica educativa y al uso seguro de internet en los centros docentes. g) A la educación que favorezca la asunción de una vida responsable para el logro de una sociedad libre e igualitaria, así como a la adquisición de hábitos de vida saludable, la conservación del medio ambiente y la sostenibilidad. h) Al respeto a su libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, así como a su identidad, intimidad, integridad y dignidad personales. i) A la igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas de integración y compensación. j) A la accesibilidad y permanencia en el sistema educativo, en los términos previstos en el artículo 7.2.i) de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. k) A la libertad de expresión y de asociación, así como de reunión en los términos establecidos en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. l) A la protección contra toda agresión física o moral. m) A la participación en el funcionamiento y en la vida del centro y en los órganos que correspondan, y la utilización de las instalaciones del mismo. n) A conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía. ñ) A ser informado de sus derechos y deberes, así como de las normas de convivencia establecidas en el centro, de forma adecuada a su edad.

a) El estudio, que se concreta en: 1.º La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad. 2.º Participar activa y diligentemente en las actividades orientadas al desarrollo del currículo, siguiendo las directrices del profesorado. 3.º El respeto a los horarios de las actividades programadas por el centro. 4.º El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras. 5.º La obligación de realizar las actividades escolares para consolidar su aprendizaje que le sean asignadas por el profesorado. b) Respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado. c) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, así como la igualdad entre hombres y mujeres. d) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente y contribuir al desarrollo del proyecto educativo del mismo y de sus actividades. e) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro. f) Participar en los órganos del centro que correspondan, así como en las actividades que este determine. g) Utilizar adecuadamente las instalaciones y el material didáctico, contribuyendo a su conservación y mantenimiento. h) Participar en la vida del centro. i) Conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, con el fin de formarse en los valores y principios recogidos en ellos.

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1.2. Participación del profesorado.

1.2.1. Órganos Colegiados de Gobierno. 1.2.1.1. El Claustro de profesores. El Claustro de Profesorado es el órgano propio de participación del profesorado en el gobierno del centro, que tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y, en su caso, decidir o informar sobre todos los aspectos educativos reflejados en el Plan de Centro. Será presidido por el director o directora del centro y estará integrado por la totalidad de los maestros y maestras que presten servicios en el mismo. Ejercerá la secretaría del Claustro de Profesorado el secretario o secretaria del centro. Los maestros y maestras que prestan servicios en más de un centro docente se integrarán en el Claustro de Profesorado del centro donde impartan más horas de docencia. Asimismo, si lo desean, podrán integrarse en los Claustros de Profesorado de los demás centros con los mismos derechos y obligaciones que el resto del personal docente de los mismos. Quedan recogidas como competencias del en el artículo 66 del Decreto 328/2010 (Junta de Andalucía, 2010a) las siguientes: a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Plan de Centro. b) Aprobar y evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro. c) Aprobar las programaciones didácticas y las propuestas pedagógicas. d) Fijar criterios referentes a la orientación y tutoría del alumnado. e) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, de la innovación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro. f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director o directora en los términos establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y demás normativa de aplicación. g) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas candidatas. h) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro. i) Informar el reglamento de organización y funcionamiento del centro. j) Informar la memoria de autoevaluación. k) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar para que éstas se atengan a la normativa vigente. l) ProponerC/medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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m) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por el reglamento de organización y funcionamiento del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. Las reuniones del Claustro de Profesorado deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros (preferentemente en la tarde de los lunes). En las reuniones ordinarias, el secretario o secretaria del Claustro de Profesorado, por orden del director o directora, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros del mismo, con una antelación mínima de cuatro días y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas incluidos en él. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje. Será convocado por acuerdo del director o directora, adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros. La asistencia a las sesiones del Claustro de Profesorado será obligatoria para todos sus miembros, considerándose la falta injustificada a los mismos como un incumplimiento del horario laboral. 1.2.1.2. El Consejo Escolar. Además del Claustro de profesores, l@s maestr@s del centro tendrán en el Consejo Escolar, la posibilidad de participar también en el otro órgano colegiado del centro. Respecto al mismo, todo el profesorado tiene el derecho a elegir a sus representantes y a postularse, él o ella mism@, como tal. Todo lo referente a este apartado ha sido recogido en un “Cuadernillo Informativo” para facilitar su operatividad. Dicho cuadernillo se adjunta como anexo y queda publicado en la web de nuestro centro: http://secretariamariadona.blogspot.com.es/2016/07/cuadernillo-informativo-consejo-escolar.html

1.2.1.3. Reglamento para los debates de los órganos colegiados. 1. En la convocatoria deberá figurar el día, hora y lugar de celebración de la reunión, así como los puntos que se vayan a tratar (Orden del día). 2. El orden del día lo fijará Equipo Directivo del Centro, quien tendrá en cuenta, en su caso, las peticiones formuladas por los demás miembros del órgano colegiado con la suficiente antelación, de una semana al menos. 3. Sólo podrán incluirse en el orden del día y ser, por tanto, objeto de consideración, los temas o materias competentes al órgano colegiado. 4. El Claustro y el Consejo Escolar se reunirán al menos una vez al trimestre y siempre que lo convoque su Presidente o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso serán preceptivas una reunión al principio y otra al final del curso escolar. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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5. Cualquier miembro de estos órganos podrán presentar documentos alternativos, enmiendas, parciales o totales, a la documentación, que para el debate presente el equipo directivo, por escrito y con anterioridad al debate. 6. En el caso de que sean enmiendas pequeñas, de estilo o que no cambie el fondo del documento, se podrá hacer de forma oral en el momento del debate. 7. En el caso de enmiendas o documentos alternativos, cada ponente contará con unos minutos (5 minutos) de intervención para exponer su texto y la defensa del mismo, antes de pasarlo a votación. 8. En el caso de que el ponente del documento asuma las enmiendas, el texto enmendado solo pasará a votación si algún miembro del Claustro o Consejo Escolar mantiene el texto inicial. 9. De cada sesión que celebre el órgano colegiado se levantará acta por el secretario/a, que especificará necesariamente los/as asistentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados. 10. En el acta figurará, a solicitud de los respectivos miembros del órgano, el voto contrario al acuerdo adoptado o su abstención. 11. Cualquier miembro tiene derecho a solicitar la transcripción integra de su intervención o propuesta, siempre que aporte en el acto, o en el plazo 72 horas, el texto que se corresponda fielmente con su intervención, haciéndose así constar en el acta o uniéndose copia a la misma.

1.2.2. Órganos de Coordinación Docente. 1.2.2.1. Equipos docentes. Los equipos docentes estarán constituidos por todos los maestros y maestras que imparten docencia a un mismo grupo de alumnos y alumnas. Serán coordinados por el correspondiente tutor o tutora. ! ! !

Se procurará reunir al menos una vez al mes en función de las circunstancias (miércoles de 14:00 a 15:00 horas) Podrán ser convocadas por el tutor/a o por cualquier miembro del Equipo Docente. El tutor/a de cada grupo se encargará de levantar acta de cada sesión.

Las funciones de l@s Equipo Docente serán las recogidas en los artículos 79 del Decreto 328/2010 (Junta de Andalucía, 2010a). 1.2.2.2. Equipos de ciclo. Cada equipo de ciclo estará integrado por los maestros y maestras que impartan docencia en él. Los maestros y maestras que impartan docencia en diferentes ciclos serán adscritos a uno de éstos por el director o directora del centro, C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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garantizándose, no obstante, la coordinación de este profesorado con los otros equipos con los que esté relacionado, en razón de las enseñanzas que imparte. En nuestro centro existirán los siguientes equipos: ! ! ! !

Equipo de Ed. Infantil. Equipo de primer ciclo de Ed.Primaria. Equipo de segundo ciclo de Ed.Primaria. Equipo de tercer ciclo de Ed.Primaria.

De acuerdo con el artículo 82.3 del Decreto 328/2010, nuestro centro contará con un coordinador o coordinadora para cada uno de los ciclos citados (Junta de Andalucía, 2010a) que será nombrado en la primera semana del mes de septiembre. La dirección de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, oído el Claustro de Profesorado, formulará a la persona titular de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de educación propuesta de nombramiento de los coordinadores o coordinadoras de ciclo, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el centro. Las personas coordinadoras de ciclo desempeñarán su cargo durante dos cursos escolares, siempre que durante dicho período continúen prestando servicio en el centro. Los coordinadores o coordinadoras de ciclo cesarán en sus funciones al término de su mandato o al producirse alguna de las causas siguientes: a) Cuando por cese de la dirección que los propuso, se produzca la elección del nuevo director o directora. b) Renuncia motivada aceptada por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, previo informe razonado de la dirección del centro. c) A propuesta de la dirección, mediante informe razonado, oído el Claustro de Profesorado, con audiencia a la persona interesada. En cualquiera de los supuestos a los que se refiere el apartado anterior el cese será acordado por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación. Producido el cese de la coordinación del ciclo, la dirección del centro procederá a designar a una nueva persona responsable de dicha coordinación bajo los mismos requisitos que el coordinador o coordinadora saliente. En cualquier caso, si el cese se ha producido por cualquiera de las circunstancias señaladas en los párrafos b) y c) citados anteriormente, el nombramiento no podrá recaer en el mismo maestro o maestra. ! Se procurarán reuniones quincenales (Lunes, de 17:00 a 18:00 horas). C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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! Los acuerdos y decisiones que adopten será vinculantes para todos los miembros del Equipo. ! El coordinador/a, levantará acta de cada sesión. Las competencias de l@s Equipo de ciclo y de sus coordinadores serán las recogidas en los artículos 81 y 83 del Decreto 328/2010 (Junta de Andalucía, 2010a). 1.2.2.3. Equipo de orientación. Las escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria y los colegios de educación infantil y primaria tendrán un equipo de orientación del que formará parte un orientador del equipo de orientación educativa a los que se refiere el artículo 144.1 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, (Junta de Andalucía, 2007) que se integrará en el Claustro de Profesorado de aquel centro donde preste más horas de atención educativa. Todo ello sin perjuicio de que, si lo desea, pueda integrarse en los Claustros de Profesorado de los demás centros. En todo caso, el referido profesional tendrá, a todos los efectos, los demás derechos y obligaciones que el resto del profesorado. También formarán parte, en su caso, del equipo de orientación los maestros y maestras especializados en la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, los maestros y maestras especialistas en pedagogía terapéutica o en audición y lenguaje, los maestros y maestras responsables de los programas de atención a la diversidad y los otros profesionales no docentes con competencias en la materia con que cuente el centro (Junta de Andalucía, 2010a). El equipo de orientación asesorará sobre la elaboración del plan de orientación y acción tutorial, colaborará con los equipos de ciclo en el desarrollo del mismo, especialmente en la prevención y detección temprana de las necesidades específicas de apoyo educativo, y asesorará en la elaboración de las adaptaciones curriculares para el alumnado que las precise. Contará con un coordinador o coordinadora cuyas competencias, nombramiento y cese se ajustarán a lo ya citado en el apartado anterior para los coordinadores y coordinadoras de ciclo. El profesional del equipo de orientación educativa que forme parte del equipo de orientación será el orientador de referencia del centro. Su designación será realizada al inicio de cada curso escolar por la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, a propuesta del coordinador o coordinadora del equipo técnico provincial. ! !

La coordinadora del Equipo de Orientación podrá ser la Profesora de PT, AL o el tutor o tutora del Aula Específica. El Equipo se reunirá semanalmente, para lo cual, la coordinadora del Equipo dispondrá de una hora de su horario personal para la organización de dichas reuniones. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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!

La coordinadora levantará acta de cada sesión.

Las funciones del citado orientador u orientadora serán las recogidas en el artículo 86.5 del Decreto 328/2010 (Junta de Andalucía, 2010a). 1.2.2.4. Equipo técnico de coordinación pedagógica. El equipo técnico de coordinación pedagógica estará integrado por la persona que ostente la dirección, que lo presidirá, el jefe o jefa de estudios, los coordinadores o coordinadoras de ciclo y, en su caso, el coordinador o coordinadora del equipo de orientación educativa. Actuará como secretario o secretaria el maestro o maestra que designe la dirección de entre sus miembros. Se integrará, asimismo, en el equipo de técnico de coordinación pedagógica, el orientador u orientadora de referencia del centro cuando fuera posible. Se procurará convocar al menos una reunión al mes al ETCP, pudiéndose invitar al mismo a los coordinadores y coordinadoras de los distintos Planes, Proyectos y Programas desarrollados en el centro o a cualquier miembro del claustro cuando el orden del día invite a tomar esta opción. ! ! ! !

Se reunirá una vez al mes como mínimo. Se levantará acta de cada sesión. Los acuerdos tomados en el ETCP orientarán al Claustro y al Equipo Directivo. Coordinarán sus acciones con los Equipo Docente al formar parte de ella sus coordinadores/as, que serán responsables de cada ciclo como portavoz de los mismos. ! Esta comisión pondrá principal énfasis en el seguimiento de las evaluaciones, la Dificultades de Aprendizaje y en el diseño/ planificación de actividades. ! Colaborará con el equipo directivo en su participación en la elaboración de los documentos pedagógicos del Centro. Las funciones del ETCP serán las recogidas en el artículo 88 del Decreto 328/2010 (Junta de Andalucía, 2010a).

1.2.2.5. Las tutorías Los tutores y tutoras ejercerán la dirección y la orientación del aprendizaje del alumnado y el apoyo en su proceso educativo en colaboración con las familias. El espacio reservado para informar a las familias del progreso de sus hijos, hijas o representados legales se fijará en la tarde de los lunes, concretamente de 18:30 a 19:30. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Cada tutor/a solicitará información al resto del Equipo Docente para comunicársela a la familia en la entrevista. A la finalización de cada trimestre, se convocarán a las familias para la entrega de calificaciones. Las familias tienen derecho a reclamar sobre decisiones de promoción o no promoción, así como sobre las calificaciones. Los tutores/as recogerán por escrito los acuerdos con las familias en las hojas de tutoría, así como los compromisos educativos y de convivencia. Los tutores/as, en su caso, levantarán acta de las posibles asambleas convocadas, que serán firmadas por el propio tutor/a y el delegado/a de clase.

Las funciones de la tutoría serán las recogidas en el artículo 90 del Decreto 328/2010 (Junta de Andalucía, 2010a).

1.2.3. Derechos, funciones y deberes del profesorado. Derechos del profesorado

Funciones y deberes del profesorado

a) Al reconocimiento de su autoridad magistral y a) La programación y la enseñanza de las áreas académica. que tengan encomendadas. b) A emplear los métodos de enseñanza y b) La evaluación del proceso de aprendizaje del aprendizaje que considere más adecuados al nivel alumnado, así como la evaluación de los procesos de desarrollo, aptitudes y capacidades del de enseñanza. alumnado, de conformidad con lo establecido en c) La tutoría del alumnado, la dirección y la el proyecto educativo del centro. orientación de su aprendizaje y el apoyo en su c) A intervenir y participar en el funcionamiento, proceso educativo, en colaboración con las la organización y gestión del centro a través de los familias. cauces establecidos para ello. d) La orientación educativa en colaboración con d) A recibir la colaboración activa de las familias, a los equipos de orientación educativa. que éstas asuman sus responsabilidades en el e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, proceso de educación y aprendizaje de sus hijos e psicomotriz, social y moral del alumnado. hijas y a que apoyen su autoridad. f) La promoción, organización y participación en e) A recibir el apoyo permanente, el las actividades complementarias, dentro o fuera reconocimiento profesional y el fomento de su del recinto educativo, programadas por los motivación de la Administración educativa. centros. f) A recibir el respeto, la consideración y la g) La contribución a que las actividades del centro valoración social de la familia, la comunidad se desarrollen en un clima de respeto, de educativa y la sociedad, compartiendo entre tolerancia, de participación y de libertad para todos la responsabilidad en el proceso educativo fomentar en el alumnado los valores de la del alumnado. ciudadanía democrática. g) Al respeto del alumnado y a que estos asuman h) La información periódica a las familias sobre el su responsabilidad de acuerdo con su edad y nivel proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así de desarrollo, en su propia formación, en la como la orientación para su cooperación en el convivencia, en la vida escolar y en la vida en mismo. sociedad. i) La coordinación de las actividades docentes, de h) A elegir a sus representantes en el Consejo gestión y de dirección que les sean Escolar y a postularse como representante. encomendadas. i) A participar en el Consejo Escolar en calidad de j) La participación en la actividad general del representantes del profesorado de acuerdo con centro. las disposiciones vigentes. k) La participación en las actividades formativas j) A la formación permanente para el ejercicio programadas por los centros como consecuencia C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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profesional. k) A la movilidad interterritorial en las condiciones que se establezcan. l) A ejercer los cargos y las funciones directivas y de coordinación docente en los centros para los que fuesen designados en los términos establecidos legalmente. m) A la acreditación de los méritos que se determinen a efectos de su promoción profesional, entre los que se considerarán, al menos, los siguientes: la participación en proyectos de experimentación, investigación e innovación educativa, sometidas a su correspondiente evaluación; la impartición de la docencia de su materia en una lengua extranjera; el ejercicio de la función directiva; la acción tutorial; la implicación en la mejora de la enseñanza y del rendimiento del alumnado, y la dirección de la fase de prácticas del profesorado de nuevo ingreso.

de los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen. l) La participación en los planes de evaluación que determine la Consejería competente en materia de educación o los propios centros. m) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente. n) El conocimiento y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como herramienta habitual de trabajo en el aula. 2. El profesorado realizará estas funciones incorporando los principios de colaboración, de trabajo en equipo y de coordinación entre el personal docente y el de atención educativa complementaria.

1.2.4. Protección de los derechos del profesorado. Además de las medidas previstas por parte de la Consejería de Educación y Ciencia en el artículo 9 del Decreto 318/2010 (Junta de Andalucía, 2010a) cabe recoger como medida aplicable en el apartado 3 del citado artículo: Las personas que causen daños, injurias u ofensas al personal docente podrán ser objeto de reprobación ante el Consejo Escolar del centro, sin perjuicio de otras actuaciones que pudieran corresponder en los ámbitos administrativo o judicial

.

1.2.5. Formación del profesorado. Se establece como un deber y un derecho, a su vez, la participación de los miembros de la plantilla de maestr@s de este Centro en todos aquellos procesos de formación que como consecuencia de las autoevaluaciones internas o de la consecución de proyectos de formación en centro sean programadas por el Claustro de profesores en colaboración con el CEP de referencia (CEP de Lebrija) y acordadas bajo consenso del citado órgano del gobierno. Se facilitará y potenciará la realización de otras actividades formativas nacidas del interés particular de un grupo de maestr@s, considerándose también como horario de formación, sin menoscabo de lo planteado anteriormente y asumiendo que lo expuesto en el primer punto tiene prioridad sobre esto último. Respetando lo recogido en el artículo 13.3.j de la Orden de 20 de agosto de 2010, la asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento, reconocidas por la Consejería competente en materia de educación u organizadas por la misma, a través de sus Delegaciones Provinciales de los del (Sevilla). profesorado, que podrán ocupar C/ Antonio Gaudí, S/N.o 41720 Loscentros Palacios y Vfca. Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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un máximo de 70 horas a lo largo de todo el año académico y cuya imputación deberá realizarse de manera ponderada a lo largo del curso a este horario, con el fin de que ello no obstaculice el normal desarrollo del mismo. Dichas actividades serán certificadas, en su caso, por el centro del profesorado donde se realicen y de las mismas se dará conocimiento al equipo directivo del centro (Junta de Andalucía, 2010b). Esta reducción, para evitar el normal desarrollo del curso escolar tal y como indicábamos en el apartado anterior, no podrá hacerse efectiva de los momentos en los que se celebren Claustros, Consejos Escolares, horas de tutoría o cualquier otra reunión considerada de importancia para la coordinación docente o planificación de actividades conjuntas con otras unidades. De igual modo, y para evitar lo anterior, tampoco se podrán hacer efectivas de manera seguida sin, tras analizar el calendario de exclusivas, contar con el permiso del Equipo Directivo. 1.3. Participación de las familias. Los padres y las madres o representantes legales, como principales responsables que son de la educación de sus hijos e hijas o pupilos, tienen la obligación de colaborar con los centros docentes y con los maestros y maestras.

1.3.1. Delegad@s de padres, madres o representantes legales. Dentro del Plan de Convivencia recogido en el presente Reglamento de Organización como reflejo del artículo 22 del Decreto 328/2010 y en la Orden de 20 de junio de 2011 (Junta de Andalucía, 2010ª y 2011 respectivamente) queda estipulado que se contemplará la figura del delegado o delegada de los padres y madres del alumnado en cada uno de los grupos. Será elegido para cada curso escolar por los propios padres, madres o representantes legales del alumnado no más tarde del mes de noviembre. Todos los padres y madres de dicho grupos pueden ser candidatos/as al puesto. Aquellos padres y madres que deseen presentar su candidatura, la realizarán por escrito y se la entregará al Tutor/a del grupo con anterioridad al día de la elección. La elección del delegada/o de clase se llevará a cabo mediante sufragio directo y secreto, por mayoría simple, en la primera Asamblea General de Padres y Madres. Los resultados de dicha votación serán recogidos en el acta de dicha Asamblea General. Las asociaciones de madres y padres del alumnado legalmente constituidas en el centro podrán colaborar con la dirección y con el profesorado que ejerce la tutoría en la difusión de la convocatoria y en el impulso de la participación de este sector de la C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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comunidad educativa en el proceso de elección de las personas delegadas de madres y padres del alumnado en cada uno de los grupos

1.3.2. Funciones de las delegadas/os de clase !

Ser el/la portavoz del resto de madres y padres de la clase y mantener una relación fluida y de colaboración con el/la tutor/a de la clase. o Los grupos de Whatsapp no constituyen un medio de comunicación oficial, por los que se debe conocer si hay algún padre o madre que no esté en esos grupos para que también le llegue la información.

! ! ! ! ! ! ! !

Actuar de intermediari@ en la información que se produzca entre los padres/ madres y tutor@s, Equipo Directivo y AMPA, en cualquiera de las dos direcciones. Difundir entre las familias a las que representa la información que les facilite el AMPA para tal fin. Animar a colaborar al resto de madres y padres en las actividades complementarias y extraescolares que se lleven a cabo en el centro. Informar a las familias de los derechos y deberes que tienen como tal en relación al centro escolar. Facilitar la implicación de las familias en la mejora de la convivencia escolar. Captar las inquietudes de los padres y madres transmitiéndolas al tutor/a. Ayudar al tutor/a y al Centro en aquellas actividades o tareas que haga falta la colaboración de todas las familias del grupo. Representar al aula que le ha elegido en la Junta de delegad@s de madres, padres o representante del alumnado.

1.3.2.1. ¿Qué funciones NO debe tener? !

!

! ! !

Al ser un o una representante de la totalidad del grupo, no debe mediar por situaciones particulares de una familia ni frente al tutor o tutora de esa unidad ni frente al Equipo Directivo. No ha de responder, al no ser el o la responsable, de las dudas u otros tipos de comentarios que haya transmitido a petición del Equipo Directivo o a través del AMPA. Pasar los deberes del día por Whatsapp ni a través de ningún otro medio, pues esta misión es tarea de cada alumno y alumna. Fotocopiar documentos para su difusión. Consideramos que el ser delegad@ no debe conllevar ningún coste económico. Tomar decisiones que no estén consensuadas previamente con el resto de familias a las que representa.

1.3.3. Junta de delegad@s de padres, madres o representantes legales del alumnado. La Orden de 20 de junio de 2011 (Junta de Andalucía, 2011) en su Artículo 17, indica sobre las Juntas de delegados y delegadas de padres y madres del alumnado, lo C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). siguiente: Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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1. Con objeto de facilitar la participación de los padres y madres del alumnado en los centros docentes, en los reglamentos de organización y funcionamiento se podrá contemplar la creación de juntas de delegados y delegadas de padres y madres del alumnado. 2. Las juntas de delegados y delegadas de los padres y madres del alumnado estarán constituidas por las personas delegadas de madres y padres de la totalidad de los grupos del centro. Su finalidad será coordinar las demandas y actuaciones de sus componentes y dar traslado de sus propuestas al equipo directivo y a la comisión de convivencia, en los términos que se establezca en el reglamento de organización y funcionamiento. En nuestro ROF se recogen las siguientes funciones de la Junta de delegados/as de padres/madres del alumnado: a. Analizar y gestionar las propuestas de Los/as diferentes delegad@s. b. Recibir información de los equipos educativos o de los órganos de gestión del Centro, de manera directa o a través del AMPA, y transmitirla al resto de las familias. c. Planificar el trabajo y actuaciones de los padres y madres delegados/as. d. Fomentar y motivar la participación de padres y madres. e. Participar en la actualización del Plan de Convivencia del Centro. f. Cualquiera otras recogidas en el plan de convivencia o plan de acción tutorial. Una vez elegidos los/as delegados/as de padres/madres, el director/a convocará una primera reunión constituyente de la Comisión de Delegados. A la citada reunión podrá asistir un miembro del AMPA y tendrá como objetivo la explicación de las atribuciones de la figura de delegados/as de padres/madres. Se estima conveniente hacer llegar las competencias de los delegados/as de padres/madres, de manera informativa, antes de la votación, es decir, previa a la primera reunión de clase. Si una vez elegido un delegado/a de padre/madre, los padres/madres de su clase proponen, por 1/3 un cambio de la persona elegida, argumentando los motivos, una vez informado el tutor e informado el director, la comisión organizará una reunión para realizar en ese grupo una nuevo votación para elegir un/a nuevo/a delegado/a. Estas reuniones tendrán una periodicidad de mínimo una al trimestre y podrá ser convocada tanto por el Equipo Directivo como por una mayoría de l@s padres, madres o representantes delegad@s de las distintas clases.

C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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1.3.4. Derechos y deberes de las familias. Derechos

Deberes

a) Recibir el respeto y la consideración de todo el personal del centro. b) Participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de enseñanza y aprendizaje de estos. c) Ser informadas de forma periódica sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas. d) Ser oídas en las decisiones que afecten a la evolución escolar de sus hijos e hijas. e) Ser informadas de los criterios de evaluación que serán aplicados a sus hijos e hijas. f) Ser informadas puntualmente de las faltas de asistencia de sus hijos e hijas al centro. g) Suscribir con el centro docente un compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas. h) Conocer el Plan de Centro. i) Ser informadas de las normas de convivencia establecidas en el centro. j) Recibir notificación puntual de las conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia realizadas por sus hijos e hijas. k) Suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales que atienden al alumno o alumna que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares, y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación. l) Recibir información de las actividades y régimen de funcionamiento del centro, así como de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto. m) Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados en el centro. n) Participar en la vida del centro y en el Consejo Escolar. ñ) Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.

a) Estimular a sus hijos e hijas en la realización de las actividades escolares para la consolidación de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado. b) Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado. c) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro. d) Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto y el material didáctico cedido por los centros. e) Cumplirán con las obligaciones contraídas en los compromisos educativos y de convivencia que hubieran suscrito con el centro.

Es obligación de padres y madres comunicar al Centro, de manera privada, cualquier situación familiar (separaciones, divorcios…) que afecten a la relación del centro con la familia.

C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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1.3.5. Asociaciones de madres y padres del alumnado. Las madres, padres y representantes legales del alumnado matriculado en los centros a los que se refiere el presente Reglamento podrán asociarse de acuerdo con la normativa vigente. El equipo directivo del Centro y el AMPA mantendrán reuniones periódicas, a propuesta de cualquiera de las partes, con el fin de coordinar las actuaciones de los padres y madres en las actividades del Centro. Las asociaciones de madres y padres del alumnado tendrán las finalidades que se establezcan en sus propios estatutos, entre las que se considerarán, al menos, las siguientes (Junta de Andalucía, 2010a): a) Asistir a los padres, madres o representantes legales del alumnado en todo aquello que concierna a la educación de sus hijos e hijas o menores bajo su guarda o tutela. b) Colaborar en las actividades educativas del centro. c) Promover la participación de los padres, madres o representantes legales del alumnado en la gestión del centro. c) Servir de interlocutor@s válidos entre los padres, madres y representantes legales del centro. Las asociaciones de madres y padres del alumnado se inscribirán en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, a que se refiere el Decreto 71/2009, de 31 de marzo, por el que se regula el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza. La AMPA reconocida en nuestro centro a fecha de noviembre de 2016 es el “AMPA El Molino” y su horario de atención a las familias será el siguiente: Martes

Jueves

De 9:00 a 10:00h

De 9:00 a 10:00h

Cualquier comunicación que como AMPA quieran hacer llegar al alumnado debe contar con el visto bueno del Equipo Directivo. Derechos del AMPA ! ! ! ! ! ! ! ! ! !

Elevar al Consejo Escolar sugerencias y propuestas al Plan de Centro. Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del Centro que consideren oportuno. Informar a todos los miembros de la comunidad educativa de su actividad Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo. Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de este. Formular propuestas para la realización de actividades complementarias. Conocer los resultados académicos globales y la valoración que de los mismos realice el Consejo Escolar. Recibir un ejemplar del Plan de Centro. Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro. Fomentar la colaboración entre todos los miembros de la comunidad educativa. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

E-mail: 41009214.edu@juntadeandalucia.es Web: cpmariadona.es

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Se facilitará la colaboración del AMPA “El Molino” con el Equipo Directivo y la realización de actividades formativas que en las que participen las familias y el profesorado. Utilizar las instalaciones y servicios del centro: reprografía, teléfono, dispositivos digitales y otros medios audiovisuales y didácticos para el desarrollo de sus funciones siempre que no interfiera en el normal desarrollo de las actividades escolares y que cuente con la debida autorización del Equipo Directivo.

1.4. Personal de Administración y servicios y de atención educativa complementaria. Su función es colaborar con las tareas no docentes necesarias para su correcto funcionamiento, el colegio cuenta con el siguiente personal: 1. Una monitora: Es personal laboral dependiente de la Junta de Andalucía. Sus obligaciones y derechos vienen establecidos en el VI Convenio del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía de esta Consejería. No podrá, en ningún caso, realizar tareas docentes. Su horario se establece a principios de cada curso según las necesidades. Entre sus funciones quedan recogidas las siguientes: ! ! ! ! ! ! ! !

Atención al Público, en general. Trabajo administrativo, registros de entrada y salida, correspondencia,... Atención de la biblioteca, registros y préstamos de libros. Trabajo específico mensual: anexos Plan Apertura, partes, protocolo de ausencias,… Documentos y solicitudes relacionados con la escolarización y el Plan de Apertura. Actualización de Archivos, prioritario el del alumnado. Reprografía. Cualquier tarea que, dentro de sus funciones, se asuma de común acuerdo y que sea para un mejor funcionamiento del Centro.

2. El Conserje: Es un empleado municipal encargado de las labores de vigilancia. Sus funciones, derechos y horarios se establecen en el convenio laboral de los trabajadores del Ayuntamiento para su categoría profesional y en la normativa vigente. No obstante, en todo caso, informará a la dirección de la solicitud de cualquier permiso o baja temporal por motivos de enfermedad u otros. La distribución de tareas en el horario será establecido según las necesidades del centro. Entre sus funciones se incluye la de controlar el acceso de personas al Centro, proporcionándoles las indicaciones e informaciones oportunas, evitándose, así, el peligro e interferencia que supondría que cualquier persona pueda entrar las dependencias del Centro con total libertad. Además de la citada, también se le recogen como funciones en el CEIP Profesora María Doña las siguientes: !

Apertura yC/cierre Antonio del Gaudí, Centro. S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Custodiar el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales. Encenderá y apagará las estufas siguiendo las indicaciones de la dirección. Controlar la entrada de personas ajenas al Centro, recibir sus peticiones relacionadas con el mismo e indicarles la persona u oficina a que deben dirigirse. Custodiar las llaves de las dependencias del Centro. Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que a tales efectos le sean encomendados. Realizar, o en su caso organizar, dentro de las dependencias los traslados de material, mobiliario y enseres que fueren necesarios. Manejar máquinas reproductoras multicopistas, fotocopiadoras, encuadernadoras y otras análogas. Informar al equipo directivo de las deficiencias, reparaciones y mantenimiento necesario en el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales. Servir de enlace entre el centro y el Ayuntamiento para realizar dichas reparaciones. Vigilancia del edificio y realización de pequeñas tareas de mantenimiento. Acompañar y ayudar al alumnado enfermo cuando la ocasión lo requiera. Cualquier tarea que, dentro de sus funciones, se asuma de común acuerdo y que sea para un mejor funcionamiento del Centro.

3. El personal de limpieza del centro: está formado actualmente por cuatro empleados del ayuntamiento a tal efecto. Sus obligaciones, derechos y horario son los establecidos en el contrato que tiene firmado con el Ayuntamiento. Todos ellos recibirán especificaciones de sus tareas así como la organización del centro que les sea necesaria para desarrollar su trabajo diario por escrito al inicio de curso y deberán firmar el haberlas recibido. En caso de no llevarlas a cabo adecuadamente la dirección del centro remitirá un informe por escrito (tantas veces como sea necesario) a sus superiores directos o a la administración correspondiente. Si desean solicitar un permiso o informar de alguna ausencia deben hacerlo por escrito ante la dirección del centro en el horario establecido para ello y del que serán informados cada inicio de curso escolar.

1.4.1. Monitores de Educación Especial. El educador de Educación Especial es el trabajador que, estando en posesión de titulación suficiente, atiende a los alumnos con discapacidad psíquica, sensoriales, físicas o con otras necesidades educativas especiales, bajo la dependencia de la Dirección del Centro y del profesorado especialista, ejerciendo las siguientes funciones: C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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1. Atenderá al alumnado ACNEAE, bajo la supervisión del profesorado especialista. 2. Colaborará en la aplicación de la programación de las aulas de integración y específica. 3. Se integrará con los equipos de orientación, con la misión de colaborar con el profesor tutor y/o con el resto de especialistas en actividades formativas no docentes que fueran de interés. 4. Colaborará cuando sea requerida por los tutores de dichas aulas en la realización de dichas programaciones. 5. Instruirá y atenderá a los ACNEAE en conductas sociales, comportamientos de auto alimentación, hábitos de higiene y aseo personal y autonomía en los desplazamientos. 6. Realizará el control de esfínteres del alumnado que lo requiera en sus diagnósticos. 7. Colaborará en la entrada y salida del alumnado con NEAE. 8. Vigilará a dicho alumnado durante los recreos. 9. Participará con su colaboración en todas aquellas actividades diseñadas por el Centro en las que participe el alumnado con NEAE. 10. Acompañará a los alumnos con NEAE en las actividades complementarias y extraescolares si la jefatura de estudios se lo asigna. 11. Desarrollará, en general, todas aquellas funciones no especificadas anteriormente y que estén relacionadas con la misión básica de su puesto de trabajo, y que no entren en contradicción con las propiamente definidas en las dictadas por la Administración.

1.4.2. Derechos y obligaciones del PAS y de complementaria.

atención educativa

El personal de administración y servicios y de atención educativa y complementaria tendrá los derechos y obligaciones establecidos en la legislación del personal funcionario o laboral que le resulte de aplicación. Asimismo, tendrá derecho a participar en el Consejo Escolar en calidad de representante del personal de administración y servicios o, en su caso, del personal de atención educativa complementaria, de acuerdo con las disposiciones vigentes, y a elegir a sus representantes en este órgano colegiado.

1.5. Otras fórmulas de participación. 1.5.1. Voluntarios. Si algún miembro perteneciente o no a la comunidad educativa quiere colaborar en las labores diarias y propias del centro podrá presentar una propuesta de colaboración a través del anexo correspondiente, siempre sin ánimo de lucro, a través del Equipo Directivo para que lo traslade, si fuera desestimable por el mismo, al Consejo Escolar en los términos establecidos en la legislación correspondiente, este valorará y aprobará o no la propuesta. Estas personas firmarán un documento, al que se le dará entrada y se depositara en la Jefatura de Estudios donde conste su nombre, DNI y que refleje su C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). colaboración de forma voluntaria a las tareas que le puedan ser asignadas, sin ningún Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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tipo de compromiso por parte del centro. Tendrán asignada un maestro o maestra del centro como referente en todo momento.

1.5.2. Prácticas de enseñanza. Consideramos el CEIP Profesora María Doña receptor de alumnos o alumnas que deseen realizar sus prácticas de enseñanzas encomendadas por la Universidad a la que pertenezcan a un Ciclo Superior de Enseñanza siempre y cuando haya maestros o maestras que voluntariamente deseen acogerles, vengan debidamente autentificados por la entidad que se las solicita, su trabajo no interfiera con el normal desarrollo de las aulas y que se comprometan a no realizar ninguna actividad, estudio, investigación sin el visto bueno del maestro o maestra que les tutele. El no respetar los derechos de privacidad del alumnado correrá bajo su responsabilidad. Al no ser personal docente, no podrá ejercer dicha función sin la supervisión directa de su tutor o tutora de prácticas.

1.5.3. Sindicatos. Según la normativa vigente todos los trabajadores tienen derecho a estar sindicados. Para facilitar las relaciones sindicatos-trabajadores el centro tendrán un tablón informativo y se permitirá la entrada al centro a la zona de administración a la hora del recreo al personal sindical. En ningún caso accederán a la zona de aulas ni interrumpir la labor docente de ningún miembro del claustro.

2. Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado.

2.1. Criterios que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente. 2.1.1. En materia de Organización y Funcionamiento. Aunque el Decreto 328/2010 (Junta de Andalucía, 2010a) otorgue la responsabilidad de la planificación y toma de decisiones en los aspectos relacionados con la Organización y Funcionamiento del centro, en el CEIP Profesora María Doña C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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apostaremos por un modelo más democrático que posibilite la participación del resto de la Comunidad Educativa. Cuando el Equipo Directivo toma una decisión, informa debidamente a los distintos ciclos directamente o a través del ETCP para que éstos la analicen, estudien y debatan y, posteriormente, en Claustro, llegar a los acuerdos pertinentes que tendrán que ser valorados y aprobados por el correspondiente Consejo Escolar. Al mismo tiempo, bien porque no exista consenso en el Consejo, o porque puedan surgir nuevos planteamientos, desde el Consejo Escolar, pueden partir nuevas propuestas que además de ser recogidas para su planificación por el Equipo Directivo, pasarían a ser analizadas y estudiadas por el Claustro, lo que llevaría a los Equipos de Ciclo a elaborar propuestas que, a través de su Coordinador, llegarán al Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica quien, si las ve convenientes, las formulará debidamente de nuevo al Equipo Directivo para que entren a formar parte de las variables a tener en cuenta en su nueva planificación. Este proceso, se repetirá continuamente de manera bidireccional con todas las decisiones relativas al funcionamiento, hacen intervenir a todos los sectores afectados por cualquier propuesta y configuran la organización del Centro. En cualquier caso la prerrogativa es del Equipo Directivo como así queda recogido en el citado Decreto.

2.1.2. En materia de índole pedagógica. En este caso, es el profesorado en general y más concretamente los diferentes Equipos de Ciclo o Docentes, quienes han de implicarse más de lleno en la formulación de las propuestas. Por un lado, dichos equipos, han de planificar, llevar a cabo tales planificaciones con su alumnado y evaluar continuamente todas las decisiones implícitas en tal planificación. El Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, que debe conocer, revisar y estudiar la planificación general de todos los ciclos a los que representa, ha de tener al tanto al Equipo Directivo, que pondrá los medios necesarios para que tales planes puedan llevarse a cabo y quien a su vez, las llevará al Claustro para su correspondiente aprobación. Las aprobaciones pertinentes que el Claustro haya efectuado serán notificadas al Consejo Escolar con el fin de que facilite la información a los distintos sectores implicados. En ningún caso podrá el Consejo como tal, desestimar ni desaprobar una decisión de este tipo y, en todo caso, será el propio Claustro el que, tras haber realizado las evaluaciones pertinentes de la puesta en práctica de cada programación, haga propuestas nuevas al Equipo Directivo con el fin de que se valoren y vean nuevas posibilidades en el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica con las que, tras evaluarlas los Equipos de Ciclo, se repita de nuevo el proceso. En cualquier caso la prerrogativa es del Equipo Directivo del centro, en orden a C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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conseguir los objetivos marcados en el proyecto de dirección. De la toma de decisiones a realizar por los distintos órganos representativos del centro (Consejo Escolar, Claustro de Profesores, ETCP, Ciclos, Equipo de Orientación, Equipos Educativos, comisiones del Consejo Escolar) quedarán reflejadas en las actas correspondientes. Las actas podrán ser leídas cuantas veces quieran por las personas que formen parte de ellas, pero no podrán ser fotocopiadas ni ser difundidas a través de ninguna herramienta digital.

2.2. La escolarización. Los criterios y procedimientos a seguir en cuanto a la escolarización serán los establecidos en el Decreto 40/2011 y en la Orden de 24 de Febrero de 2011 (Junta de Andalucía, 2011a y 2011b respectivamente), por la que se desarrolla el procedimiento de admisión de alumnado en los centros docentes públicos de Andalucía. Antes del plazo establecido para la presentación de las solicitudes, los centros docentes deberán publicar en el tablón de anuncios: a) La dirección de Internet en la que la Consejería competente en materia de educación informa sobre el procedimiento de admisión del alumnado. b) La oferta educativa del centro, incluyendo los puestos reservados al alumnado con NEAE, a la que se refiere el artículo 46.2 del Decreto 40/2011 (Junta de Andalucía, 2011a). c) El área de influencia de cada centro, las direcciones catastrales correspondientes y, en su caso, las áreas limítrofes. Asimismo publicarán los mapas facilitados por la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería. d) La adscripción autorizada con otros centros docentes. e) Los recursos autorizados para la atención del alumnado que presenta necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta. f) Los servicios complementarios de la enseñanza autorizados. g) Las referencias relativas a la normativa vigente de aplicación en el procedimiento de admisión del alumnado. Dicha normativa estará a disposición de la ciudadanía. h) Documentación necesaria para solicitar la matriculación. i) Baremación de los distintos apartados a tener en cuenta cuando la demanda supere el número de plazas disponibles. j) El calendario del procedimiento ordinario de admisión del alumnado. k) Instrucciones elaboradas por el centro para explicar, de manera resumida, todo el proceso de escolarización según la normativa vigente (apartados g, h, i y j citados). Dicha información estará expuesta, al menos, hasta la finalización del plazo de presentación de recursos de alzada y reclamaciones al que se refiere el artículo 52 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero (Junta de Andalucía, 2011a). C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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La persona que ejerza la secretaría del centro docente público o la persona que ejerza la dirección del centro docente privado concertado hará constar en el sistema de información Séneca, que se ha efectuado la exposición en los tablones de anuncios de la referida información. El Consejo Escolar de conformidad con lo establecido en la letra e) del art 127 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, decidirá sobre la admisión del alumnado en los términos que por Orden regule la Consejería competente en materia de educación. Es competencia del Consejo Escolar anunciar los puestos escolares vacantes por cursos, dar publicidad al resultado final de las actuaciones y garantizar la máxima transparencia en dicho proceso de escolarización. En el caso que se presente alguna alegación en el plazo previsto, el Consejo Escolar deberá estudiar y valorar dicha alegación de acuerdo a la normativa enunciada al comienzo de este apartado. La dirección del centro deberá asegurar que todo el proceso de escolarización se hace de acuerdo a la normativa vigente y cumpliendo el cronograma establecido por la Consejería de Educación.

2.3. La evaluación. Los referentes que marcarán el proceso de la evaluación reflejarán lo recogido en la Orden de 4 de noviembre de 2015 (Junta de Andalucía, 2015a): a) Los criterios de evaluación y su concreción en estándares de aprendizaje evaluables, tal y como aparecen recogidos en el Anexo I de la Orden de 17 de marzo de 2015. b) Las programaciones didácticas que cada centro docente elabore de acuerdo con lo que establece el artículo 7 del Decreto 97/2015 (Junta de Andalucía, 2015b).

2.3.1. Procedimientos, técnicas e instrumentos de evaluación. El equipo docente llevará a cabo la evaluación mediante la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna y de su maduración personal. Para ello deberá utilizar diferentes procedimientos, técnicas e instrumentos ajustados a los criterios de evaluación, así como a las características específicas del alumnado.

2.3.2. Participación de las familias en la evaluación. De conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 126/2014 (MEC, 2014), los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos, hijas o tutelados, así como conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo C/ Antonio los Gaudí,centros S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. o refuerzo que adopten para facilitar su(Sevilla). progreso educativo, y tendrán Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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acceso a los documentos oficiales de evaluación y a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados. A estos efectos, en los proyectos educativos de los centros docentes se establecerán los procedimientos para facilitar la participación, el conocimiento y la colaboración de los padres, madres o quienes ejerzan la tutela legal, en el proceso de evaluación de sus hijos, hijas o tutelados.

2.3.3. Información a las familias sobre los procesos de evaluación. Con el fin de garantizar el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, los maestros tutores y las maestras tutoras, así como el resto del profesorado, informarán a los padres, madres o a quienes ejerzan la tutela legal sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas. Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y dificultades detectados en el grado de adquisición de las competencias clave y en la consecución de los objetivos de cada una de las áreas. A tales efectos, los maestros tutores y las maestras tutoras requerirán, en su caso, la colaboración de los restantes miembros del equipo docente. Al comienzo de cada curso escolar, con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y alumnas a la evaluación y al reconocimiento objetivo de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar, el profesorado dará a conocer al alumnado y a sus familias los objetivos de cada una de las áreas curriculares, las competencias clave, los criterios de evaluación, calificación y promoción, y los procedimientos de reclamación incluidos en los proyectos educativos y, en su caso, las medidas de apoyo educativo y las adaptaciones curriculares derivadas de las necesidades que presente el alumnado. Al menos tres veces a lo largo del curso, las personas que ejerzan la tutoría informarán por escrito a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela del alumnado sobre el aprovechamiento académico de éste y la evolución de su proceso educativo. Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y dificultades detectadas en el proceso de aprendizaje. Al finalizar el curso, se informará por escrito a los padres, madres o quién ejerza la tutela legal del alumnado acerca de los resultados de la evaluación final. Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas cursadas y el nivel competencial alcanzado cuando corresponda al final de un ciclo. Asimismo, se informará sobre la decisión acerca de su promoción al curso siguiente y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumnado alcance los objetivos establecidos en cada una de las áreas y desarrolle las competencias clave.

2.3.4. Objetividad de la evaluación. El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, así como a conocer los resultados de su aprendizaje para que la C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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información que se obtenga a través de los procedimientos de evaluación tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación. Para garantizar esta objetividad ser harán públicos los criterios e instrumentos que componen las distintas Programaciones de Ciclo, así como las técnicas e instrumentos de evaluación utilizados. Las familias tendrán derecho a ver las pruebas escritas realizadas por sus hijos o hijas en presencia del maestr@ con la que la hayan realizado. También podrán acceder a las pruebas digitales siempre y cuando éstas permitan una grabación de los datos. En las pruebas orales prevalecerá la explicación del docente, siempre que sea argumentada y justificada con los indicadores de evaluación correspondientes.

2.3.5. Solicitud de aclaraciones y procedimiento de reclamaciones. Los padres, madres o quienes ejerzan la tutela legal del alumnado, podrán solicitar las aclaraciones que consideren necesarias acerca de la evaluación final del aprendizaje de sus hijos e hijas, así como sobre la decisión de promoción, de acuerdo con los cauces y el procedimiento que, a tales efectos, determine el centro docente en su proyecto educativo. Dicho procedimiento deberá respetar los derechos y deberes del alumnado y de sus familias contemplados en la normativa en vigor. Si una vez obtenidas dichas aclaraciones los padres, madres o quienes ejerzan la tutela legal del alumnado quisieran manifestar su disconformidad con el resultado de las evaluaciones o con las decisiones finales que se adopten como consecuencia de las mismas, podrán presentar reclamaciones ante el tutor o tutora, según lo establecido por el centro docente en su proyecto educativo. Corresponderá a la dirección del centro docente resolver de manera motivada las reclamaciones presentadas, previo informe del equipo educativo al respecto y comunicar dicha resolución a las personas interesadas antes de la finalización del curso escolar. Todo este apartado estará supeditado a lo recogido en el apartado “e” del Proyecto Educativo.

Para fomentar la política de transparencia del centro y acceder todos los elementos relacionados con el desarrollo curricular planificado para cada nivel educativo, se publicarán los criterios de evaluación, objetivos e instrumentos de evaluación de las distintas áreas en la página web del centro.

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C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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3. La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto. Las llaves de las dependencias estarán identificadas y custodiadas por el Conserje, existiendo un llavero de emergencias en la Secretaría.

3.1. Biblioteca La Biblioteca del centro tiene dos objetivos prioritarios: 1. El Fomento de la lectura. 2. Servir de apoyo al estudio de las distintas áreas. La dirección del centro designará anualmente a un/a docente como responsable de la biblioteca escolar, preferentemente con experiencia y formación en organización y funcionamiento de las bibliotecas. El equipo de apoyo será designado por el coordinador o coordinadora de la Biblioteca y estará formado, en la medida de lo posible, por un maestro/a de cada ciclo. Estos colaborarán con el/la responsable y desempeñarán funciones técnicoorganizativas, tales como: ! ! ! ! ! ! ! ! !

Planificación de actividades para dinamizar la lectura. Integración de la Biblioteca en las distintas Programaciones de Ciclo Apoyar a la persona responsable de la biblioteca en las tareas organizativa y de gestión. Seleccionar materiales de trabajo para el profesorado y el alumnado. Realizar labores de selección de recursos. Atender a las personas usuarias de la biblioteca durante las horas que le hayan sido asignadas para esta función. Colaborar en la difusión de todas las actividades propuestas. Mantener el blog de la biblioteca y el Club de Lectores. Gestionar el programa de apoyo ABIES: altas/bajas, carnés, copias de seguridad, etc.

31 Blog de la Biblioteca Club de lectura http://cpmariadonalee.blogspot.com.es/ C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. http://ratonesleen.blogspot.com.es/ (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Por acuerdo del ETCP se decidió que el trabajo llevado a cabo fuera el eje vertebrador de todas las planificaciones a realizar en el centro, coordinándose con la misma incluso las programaciones de actividades de los demás Planes del centro y programas que pudiéramos acoger: Igualdad, Escuela: espacio de Paz, Creatividad Literaria, Innicia, Familias Lectoras, etc. Tienen acceso a la sala de lectura, así como al préstamo de libros, toda la Comunidad Escolar. Las normas de uso, instrucciones de préstamo, política de préstamos y horarios se actualizarán cada año en función de la disposición que permitan los horarios del profesorado, organizándose normalmente la primera parte de la mañana hasta el recreo para realizar actividades con cada clase o talleres programados y la segunda parte de la mañana, después del recreo, para préstamo de libros.

Se adjuntan en los anexos copias de estas normas.

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La biblioteca escolar podrá permanecer abierta a la Comunidad Educativa en horario no lectivo, pudiendo ser atendida por la persona responsable de la biblioteca, por un profesor/a del centro, por el/la monitor/a escolar o alguna persona de la Comunidad Escolar, con el visto bueno del Director. El encargado/a de biblioteca podrá tomar las medidas oportunas en caso de incumplimiento de las normas. Estas medidas pueden consistir en la prohibición temporal o permanente de acceso a la sala. Todos los fondos bibliográficos serán sellados, registrados y catalogados a través de la aplicación informática: Programa ABIES.

3.2. Salón de Usos Múltiples Durante la jornada escolar, podrá ser utilizado por cualquier miembro de la comunidad escolar para la realización de: ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! !

Actividades escolares propias de cada aula o complementarias. Realización de teatros o bailes y preparación de los mismos. Ubicación de exposiciones. Sesiones de Expresión Corporal en Educación Física Elaboración de materiales: pancartas, disfraces, escenarios, etc. Pruebas de evaluación. Sala de audiovisuales. Fiestas de graduación. Cursos de formación. Realización de jornadas y conferencias. Asambleas de padres, madres o tutores/as legales. Charlas a familias Cualquier otra actividad programada en el Plan de Centro que cuente con el permiso del Equipo Directivo.

! El salón de actos podrá ser utilizado fuera del horario escolar por la AMPA y por cualquier otro organismo o asociación para la realización de actividades que lo haya solicitado previamente y hayan sido aprobadas por el Consejo Escolar, siempre y cuando no interfiera en el normal desarrollo de las clases al día siguiente. Se publicará un cuadrante para que se pueda reservar su uso con antelación, siendo responsable del buen uso del mismo la persona solicitante. En los últimos años se está invirtiendo mucho dinero, tiempo y esfuerzo en adecentarlo, por lo que entre todos y todas debemos contribuir a su cuidado. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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La limpieza, el orden y en su caso la responsabilidad del material que se emplee, correrá a cargo de quien lo utilice que deberá dejar el salón en condiciones idóneas para ser utilizado al día siguiente.

3.3. Salas de Profesores La sala del profesorado se utilizará para la celebración de reuniones del Claustro, Equipos de ciclo, ETCP, Equipos docentes y asambleas generales del profesorado, apoyo a alumnos o alumnas en concreto si no hubiera otra dependencia, así como otras reuniones, tales como asambleas con el alumnado delegado de clase y con los padres y madres delegados y delegadas de clase sin que interfieran en su uso por parte del profesorado. Tanto en el edificio de Ed. Infantil como en el de Ed. Primaria existe una sala para tal fin. Por norma general, el alumnado no tiene acceso a esta estancia.

3.4. Tutorías Las salas de tutorías se usarán para las reuniones de los Equipos docentes, de los Equipos de Ciclo y para ofrecer el apoyo educativo o Educación en valores sociales y cívicos. La sala de tutorial ubicada junto a la salida del patio de primer ciclo será utilizada por la Orientadora preferentemente, por el apoyo educativo y, en horario no lectivo, por el comedor escolar. Los grupos de 1º y 2º de Ed. Primaria se ubicarán en las aulas 10, 11, 13 y 14, ubicándose los grupos del mismo nivel en la misma planta. Los grupos de 3º, 4º, 5º y 6º de Ed. Primaria se ubicarán en las aulas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, intentando una progresión lógica que comience ubicando a las aulas de 2º ciclo en la zona más cercana a la calle Antonio Gaudí y las del segundo ciclo en la zona más alejada y situada encima de la secretaría del centro. Los dos grupos del mismo nivel se ubicarán uno frente al otro a cada lado del pasillo favoreciendo la integración y convivencia de estos alumn@s y el apoyo recibido por los compañer@s de nivel. Al final de cada ciclo, además del cambio que permita progresar a lo largo del pasillo antes citado, también se cambiará el lado del pasillo en el que se ubique a cada grupo para así compensar las ventajas e inconvenientes de las aulas situadas a un lado u otro del mismo.

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3.5. Gimnasio y pistas polideportivas. El/la Especialista de E.Física elaborará, a principios de curso, un horario donde refleje las horas de uso de esta dependencia, teniendo en cuenta el horario preferente de uso en Ed Física. El profesorado especialista de la Ed Física dispondrá de una llave del mismo y de las demás dependencias del mismo: vestuarios y sala de materiales. Los maestros o maestras que hagan uso del mismo se harán responsables de los materiales que se encuentran en el mismo, debiendo vigilar por el cuidado y orden de los mismos, especialmente una vez finalizado su uso. Podrá ser utilizado fuera del horario escolar por la AMPA o por cualquier otro organismo o asociación que lo haya solicitado previamente, para la realización de actividades que hayan sido aprobadas por el Consejo Escolar siempre y cuando no interfiera en el normal desarrollo de las clases al día siguiente. Por las pistas polideportivas no podrá circular ningún vehículo, salvo por reparaciones/ tareas de mantenimiento y nunca en horario de recreo.

3.6. Aula de Música. A principios de curso se colocará al lado de la puerta de dicha aula el horario en que será usada por los distintos grupos para la asignatura de música. Esta aula se puede usar también como sala de audiovisuales opera trabajo en grupos, debiendo el profesor/a que desee su uso, anotar el día y la hora en que va a hacer uso de la misma, teniendo en cuenta el horario establecido para la música como área con uso preferente de la misma. Los maestros o maestras que hagan uso del mismo se harán responsables de los materiales que se encuentran en el mismo, debiendo vigilar por el cuidado y orden de los mismos, especialmente una vez finalizado su uso.

3.7. Aula de Inglés. A principios de curso se colocará al lado de la puerta de dicha aula el horario en que será usada por los distintos grupos para la área de Lengua extranjera: Inglés. Esta aula se puede usar también como sala de audiovisuales o para trabajo en grupos, debiendo el profesor/a que desee su uso, anotar el día y la hora en que va a hacer uso de la misma, teniendo en cuenta el horario establecido para la música como área con uso preferente de la misma. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Los maestros o maestras que hagan uso del mismo se harán responsables de los materiales que se encuentran en el mismo, debiendo vigilar por el cuidado y orden de los mismos, especialmente una vez finalizado su uso.

3.8. Reprografía Para las máquinas de reprografía se seguirán las siguientes normas: El conserje y la monitora escolar son los responsables en el mantenimiento de las máquinas de reprografía. ! Los trabajos se entregarán, a ser posible, con dos días de antelación. ! No se permitirá el uso de estas herramientas para cuestiones personales, no profesionales, ni las copias masivas de cuadernillos de para las clases. En caso de necesitar este tipo de copias, se debe contar previamente con el visto bueno del Equipo Directivo. ! Tampoco quedará permitido el acceso del alumnado a esta sala para coger, libremente, otro material como cartulinas, folios, etc. !

3.9. Secretaría ! ! ! !

El horario de Atención al Público de la Secretaría es de lunes a viernes, de 9:15 a 10:30 horas. El uso de la secretaría es responsabilidad del monitor/a escolar. El uso de esta por otras personas deberá ser autorizado por el Secretario/a con el visto bueno del Director, y con las condiciones que se prevean en cada caso. El Equipo directivo también contará con un horario destinado a la atención al público.

3.10. Sala de la AMPA y Aula matinal Esta sala tundra uso de aula matinal de 7:30 a 8:55 horas y, a partir de las 9:00 horas, es de uso es exclusivo de la AMPA. La empresa que gestiona actualmente el aula matinal es AIRES CREATIVOS S.L. y su organización y funcionamiento queda regulado por la Orden 3 de agosto de 2010 (Junta de Andalucía, 2010c).

3.11. Pasillos. Son sitios de paso y no se podrá usar para actividades pedagógicas sin previa aprobación del ETCP y organización de dicho espacio por la jefatura de estudios evitando posibles molestias a otros miembros de la comunidad educativa.

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3.12. Actividades Extraescolares Se llevan a cabo en distintas aulas y dependencias del centro según la naturaleza de las mismas: Ludoteca en el SUM de Infantil, inglés de infantil en un aula de 3 años. Dibujo y Pintura en el SUM de Primaria, Apoyo de Lengua y Matemáticas en la Biblioteca, Inglés o Aula 3 (Informática).

Los maestros o maestras que hagan uso del mismo se harán responsables de los materiales que se encuentran en el mismo, debiendo vigilar por el cuidado y orden de los mismos, especialmente una vez finalizado su uso. Podrá ser utilizado fuera del horario escolar por la AMPA o por cualquier otro organismo o asociación que lo haya solicitado previamente, para la realización de actividades que hayan sido aprobadas por el Consejo Escolar siempre y cuando no interfiera en el normal desarrollo de las clases al día siguiente.

3.13. Comedor Se organiza según lo dispuesto en la Orden de 3 de agosto de 2010 (Junta de Andalucía, 2010c). Nuestro comedor pertenece a la modalidad de contrato con empresa de catering. Se encuentra ubicado en un espacio de unos 80m2 para uso exclusivo de este servicio. El horario del Comedor Escolar será de 14:00 horas a 16:00 horas, con dos turnos de comensales. En el primer turno comen los más pequeños y es de 14:00 a 15:00 horas. El segundo es de 15:00 a 16:00 horas y comen los mayores. Aunque está establecido un precio público para toda Andalucía, las Delegaciones Provinciales de Educación publican órdenes de convocatoria de ayudas individualizadas de Comedor Escolar a las que el alumnado puede acogerse.

3.13.3. Personal de Atención al Alumnado. El Director o directora del centro puede proponer de entre el profesorado voluntario hasta un máximo de dos monitores/as porque se vean necesarios, y, dependiendo del número de comensales, el resto los pondrá la empresa DUJONKA (LA ÚNICA) S.A. Además se contará con: ! Un/a Monitor/a de Ed Especial en el primer turno. ! Dos Asistentes de Cocina y limpieza C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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3.13.4. Atribuciones del Coordinador/a. Las recogidas en la Orden 3 de agosto de 2.010 (Junta de Andalucía, 2010c).

3.13.5. Otras Normas Reguladoras ! ! ! ! ! !

En ningún caso, el alumnado permanecerá sin la atención del personal de atención al Comedor. Las personas colaboradoras deberán velar para que haya un ambiente agradable con el mínimo ruido. Se procurará que el alumnado coma de todo, al menos un poco, con la salvedad de casos concretos. Se favorecerá que los comensales participen en las tareas de reparto y recogida, durante las comidas. Se cuidará, que al finalizar la comida, el comedor quede recogido y lo más limpio posible. Los Monitores/as registrarán diariamente la asistencia de los comensales.

Esta instalación podrá ser utilizada por el claustro de profesores para la realización de actividades lectivas que hayan sido aprobadas por el Consejo Escolar siempre y cuando no interfiera en el normal desarrollo de las comidas.

4. La organización de la vigilancia de los tiempos de recreo y de los periodos de entrada y salida de clase. 4.1. Organización y vigilancia de recreos. El horario de recreo está establecido de 12:00 a 12:30 horas. Sin perjuicio del horario señalado, se permite la flexibilización lógica del mismo a la Etapa de Ed. Infantil por las características de su alumnado y para evitar riesgos derivados de la seguridad que necesitan algunos alumnos y alumnas a la hora de los desayunos. En el centro hay tres patios de recreo. En el patio de Infantil realizará el recreo el alumnado de Ed. Infantil, el alumnado del Primer Ciclo de Primaria lo hará en el patio trasero del Edificio Principal y el de los ciclos 2º y 3º de Primaria en el patio delantero.

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En los patios de Ed. Infantil y de Primer ciclo de Ed. Primaria se establecerá una única zona de vigilancia en la cual, los maestros y maestras encargadas de la vigilancia del mismo, se repartirán de manera que todo el espacio quede cubierto. Los días en los que el suelo arenoso del patio del primer ciclo esté lleno de charcos o barro, estos alumnos y alumnas disfrutarán de su recreo en el patio principal. Se prestará especial importancia en este tiempo pedagógico a que los alumnos y alumnas de Ed. Infantil y Primaria cuiden todas las normas que desde el centro se establezcan para proteger al alumnado que presente alguna alergia o intolerancia alimentaria. En el patio principal de Ed. Primaria (Segundo y tercer ciclo), se establecerán cuatro zonas de vigilancia en el patio delantero: la zona de las escaleras, de los servicios, pistas y zonas de arena. Los recreos estarán vigilados por el profesorado y se consideran, a todos los efectos, como horario lectivo, por lo que su vigilancia será siempre obligatoria y deberá garantizar, la debida atención a todo el alumnado y un total control sobre el buen desarrollo de las actividades lúdicas recreativas que se desarrollen. Para la vigilancia y cuidado de los recreos podrá organizarse un turno entre los maestros/as del centro a razón de un maestro/a por cada dos grupos de alumnos/as o fracción, del que quedarán exentos la persona que ejerza la Dirección del Centro tal y como queda recogido en el artículo 13.2 de la Orden 20 de agosto de 2010b) y el coordinador o coordinadora del Plan de Autoprotección del Centro ratificado por la Orden 16 de abril de 2008 (Junta de Andalucía, 2008). También se podrá eximir de esta función a los miembros del equipo directivo que tengan que recurrir a este tiempo, debido a su carga lectiva, para cubrir el horario dedicado a la función directiva. Para organizar estos turnos de vigilancia se publicará un cartel semanal en el tablón de anuncios de la Jefatura de Estudios para los patios de Ed. Primaria y otro similar para el patio de Ed. Infantil. En dicho cuadrante (turnos de vigilancia del recreo), se añadirá un nuevo rol de sustituciones que irá rotando entre todos los miembros del claustro que puedan realizar esta función y cuyo objetivo será cubrir las posibles bajas que pudieran surgir para que en ninguno de los tres patios disminuya la atención al alumnado. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Se deja bajo la responsabilidad de cada maestro o maestra la posibilidad dejar cubierto su puesto de vigilancia en cada momento, pudiendo confiar a un compañero o compañera un cambio de turno si fuese necesario. No se podrá dejar a ningún alumno/a realizando tareas en las clases ni en otra dependencia del Centro sin la adecuada vigilancia por parte de su tutor/a o del maestro/a que haya establecido la realización de las actividades. Si algún maestr@ necesitara de la presencia de algún/@s alumn@/s dentro del edificio en el tiempo destinado al recreo, deberá cumplimentar la autorización diseñada para tal fin y en la que se detallará el motivo por el que se solicitan, el nombre y apellidos de cada un@ y una declaración manifiesta en la que dicho maestr@ se hace responsable del citado grupo de alumn@s, eximiendo de toda responsabilidad sobre los mismos a los compañer@s que les toque el turno de recreo en ese día. Se utilizará como una oportunidad pedagógica para fomentar la realización de juegos cooperativos y no sexistas, así como para rescatar la práctica de juegos populares/ tradicionales. También se fomentará el hábito del reciclado mediante la colocación de contenedores amarillos para el depósito de los envases de zumos, batidos, etc. El propio centro organizará un turno de préstamo de materiales y uso de algunas instalaciones para facilitar esta labor; no estando permitido el que los alumnos y alumnas se traigan sus propios balones o pelotas de casa. Al terminar el recreo, los responsables de cada unidad deberán devolver este material. En el caso de que algún ciclo atrase, adelante o prolongue el tiempo de recreo por cualquier circunstancia extraordinaria, deberá garantizar su profesorado la vigilancia, así como la no interrupción de la marcha general del Centro. Los días meteorológicamente adversos, (lluvia, frío, viento…) los alumnos/as permanecerán en sus aulas acompañados del maestro/a con el que estaban en la clase en el momento anterior. La señal para que esta situación sea conocida por todas las unidades será el toque de la sirena o el comienzo de una música. Se podrá modificar, de manera excepcional, bajo el visto bueno de la dirección y una vez comunicado a tod@s los afectad@s, el horario general de los recreos por la realización de actividades complementarias que requieran la utilización de estas instalaciones. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Durante el horario lectivo, estas instalaciones son de uso preferente del profesorado de Educación Física, por lo que en horario distinto al indicado en el comienzo de este apartado, no podrá hacerse uso del mismo mientras otra unidad esté realizando su sesión de Educación Física para así evitar interferencias en la misma. El profesorado que en el horario de recreo no tenga turno de vigilancia, se podrá dedicar al desempeño de otras siguientes funciones docentes.

4.2. Horarios del centro. 4.2.1. Organización de las entradas y salidas. El horario de funcionamiento lectivo del centro será, de lunes a viernes, el siguiente: Entrada a las 9:00 horas. Salida a las 14:00 horas. Este horario se dividirá en 7 tramos, siendo 6 de ellos lectivos y el restante dedicado al recreo. 9:00

9:45

10:30

11:15

12:00

12:30

13:15

1º lectivo

2º lectivo

3º lectivo

4º lectivo

Recreo

5º lectivo

6º lectivo

Ed. Primaria

Realizará la entrada y salida al centro por la puerta que da a la calle Perú, excepto la clase situada al lado del porche de entrada que lo hará por la calle Brasil, ya que no tiene puerta directa al patio de recogida

La realizará por la puerta que da acceso al parque de la Plaza de Híspalis. Ningún alumno o alumna podrá hacerlo por la puerta principal del centro y mucho menos por la que accede al parking del centro.

Las personas que acompañen y recojan al alumnado de Ed. Infantil podrán entrar hasta el patio para recogerlos.

Podrán acompañarles hasta la puerta de la valla de la Plaza de Híspalis, el alumnado deberá ir desde allí solo hasta su fila, salvo los días de lluvia en los que podrán acompañarlos hasta la puerta del edificio. Podrán acceder al patio principal las personas debidamente autorizadas que vayan a recoger al alumnado de 1º y 2º.

Entradas

Ed. Infantil

Salidas

Familiares

Alumnado

Las puertas del centro se abrirán 5 minutos antes para la recepción de alumnado y se cerrarán 10 minutos después del comienzo de las actividades escolares. Pasado este tiempo, las puertas del centro permanecerán cerradas.

No se permitirá el acceso a centro a ningún acompañante a las 9:00; quién tenga que hacerlo para realizar alguna gestión en la secretaría o hablar con algún miembro del Equipo Directivo que tenga establecido en ese momento una franja horaria de atención al público, deberá hacerlo a partir de las 9:15 horas. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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La puerta que comunica el edificio principal con el patio trasero permanecerá cerrada hasta las 9:15 horas para impedir el tránsito de acompañantes al centro a excepción de los días de lluvia. Queda terminantemente prohibido que las madres, padres, representantes legales del alumnado o cualquier otro familiar acceda a las aulas en horario lectivo sin la debida autorización. Solo para las salidas se permite la entrada de las familias de 1º y 2º de Ed. Primaria para recoger a sus hij@s al patio principal, que no al edificio. Si queda permitida la entrada en dicho patio a las 9:00h a aquellas familias que previamente hayan sido autorizadas, bien por parte de las distintas tutorías o bien por parte del Eq. Directivo, tras comunicarles los motivos de esta excepción.

El conserje del Centro velará porque se cumpla esta norma. Si el asunto que hubiera que tratar fuera de extrema importancia o urgencia, se procuraría atenderles en cualquier momento, tanto por los tutores/as como por el Equipo Directivo, siempre y cuando no perjudicase el normal desarrollo de las clases. Después de las horas señaladas para el cierre, el alumnado no podrá acceder al recinto escolar salvo en el caso que, por motivos justificados y acompañados de un adulto responsable, no haya podido hacerlo a las 9 de la mañana. En esos casos podrán tener acceso al CEIP pasando previamente por Secretaría donde darán registro a su entrada. En estos casos, será el Conserje quién acompañará al alumnado a su respectiva aula, no sus familiares. De igual forma, si algún alumno o alumna tuviera que marcharse del centro antes de las 14:00 lo hará con la presencia de un familiar mayor de 18 años que registre su salida en Secretaría. En las reuniones informativas realizadas en cada tutoría a comienzos de curso se notificará de estas normas, de igual manera que se recomendará que estas entradas y salidas extraordinarias, siempre que sea posible, se realicen en las horas de cambio de clase para así interferir lo menos posible con la dinámica de las mismas. Si se incumple el horario de entrada con reiteración, será motivo de apercibimiento por parte del tutor/a y de la Dirección y si fuera necesario se comunicaría a los Servicios Sociales del Ayuntamiento. Tanto en las entradas como en las salidas es obligatoria la presencia del maestro/a en los porches de entrada con el fin de controlar y ordenar ésta. Los especialistas estarán también a esta hora al frente del curso en el que tengan clase. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Los maestros o maestras que acaben la jornada con un grupo clase de Ed. Infantil, 1º o 2º de Ed. Primaria, a las 14:00 horas vigilarán con qué familiar se van sus alumnos o alumnas, pudiendo hacerlo solamente con los familiares autorizados por sus padres, madres o representantes legales. (Ver documento anexo correspondiente). En las entradas a clase por la mañana y después del recreo, el alumnado se dirigirá directamente a las aulas por los pasillos y escaleras acordadas, sin entrar a los aseos salvo por necesidad ineludible. Cuando haya que salir de clase para ir a Ed Física, Música, Inglés o cualquier otra actividad para la cual haya que salir del aula, se hará en orden y en silencio para no interrumpir el normal desarrollo de las demás clases, e igualmente acompañados por el profesor/a responsable. En los cambios de clase, el profesorado deberá hacer el cambio a la mayor diligencia posible debiendo solo esperar hasta la llegada del siguiente maestro/a en los cursos bajos (1º a 3º). La salida de clase al terminar, aunque haya sonado la sirena o suene la música, se llevará a cabo cuando lo indique el maestro/a que se encuentre en clase en ese momento. Todo el alumnado de una misma clase saldrá a la vez. Al finalizar la jornada, los familiares tienen el deber y la responsabilidad de recoger al alumnado puntualmente. Se exige puntualidad a los padres, tutores o personas encargadas del niño/a a la hora de recoger al alumnado en la salida. En caso de que el familiar del alumno/a responsable de su recogida no se persone a tiempo, el centro lo comunicará a la Guardia Civil. Es obligación de los familiares el comunicar que se han llevado a los niños a la llegada de una excursión que se realice fuera del horario lectivo.

4.2.1.1. Protocolo de actuación en caso de retrasos en la recogida de los alumnos. Cuando a un alumno o alumna no vengan a recogerle a la salida, se deberán llevar a Dirección para llamar por teléfono a sus padres, si es reiterativo, entrará en funcionamiento el protocolo de actuación. Cuando es algo ocasional, se habla con los padres y se aclara cuál ha sido el problema. Cuando es reiterativo, se pone en marcha el siguiente protocolo: 1º. Aviso personal oral cuando se recoja al alumno/a y cita en tutoría para aclarar problemas. 2º. Aviso por escrito donde se les recuerda el horario de salida y la obligación de recoger al alumno, lo firman los 41720 adultos que lo recojan, C/ Antonio Gaudí, S/N. Los Palacios y Vfca. (Sevilla). una copia se queda en el Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Centro y otra se les entrega. 3º. Aviso por escrito por parte de la dirección del centro donde se les recuerda el horario de salida, la obligación de recoger al alumno y la necesidad de tomar medidas según instrucciones del Servicio de Inspección en posteriores reincidencias lo firman, los tutores legales, una copia se queda en el Centro en registro de entrada y otra se les entrega. 4º. Puesta en conocimiento de la situación a la Guardia Civil. 4.1.1.2. Actuación ante progenitores separados: El término separados hay que tomarlo en el sentido más amplio, es decir, que no convivan en el mismo domicilio por las razones que fueren (separados, divorciados, hijos extramatrimoniales…) En todos los casos estamos hablando de padres/madres con la patria potestad compartida. Es excepcional que un juez desposea a un progenitor de la patria potestad de su hijo, pero siempre debe hacerse mediante sentencia, no por otro documento. Por ello, siempre que un padre/madre quiera ejercer algún derecho debe acreditar que no está desposeído de la patria potestad, aportando la última sentencia que haya dictado el juez ante el proceso. Siempre se ha de cumplir lo dispuesto en documento judicial, en caso de duda se llamará al juzgado o audiencia que lo ha dictado. Carecen de valor documentos de abogados, instituciones… Se recuerda el deber de guardar secreto que todos los funcionarios tienen sobre todo aquello que se conozca en función del puesto o cargo que se ocupe. Su incumplimiento está tipificado como falta grave. Un padre/madre desposeído de la patria potestad no tiene ningún derecho a ser informado, ni tiene capacidad para intervenir en el proceso educativo del menor. Información al progenitor que no tiene la guardia custodia: Al recibir una petición de información sobre el proceso de aprendizaje, absentismo… del hijo se procederá del siguiente modo: ! !

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Se requerirá que se haga por escrito, acompañado por copia de la última sentencia judicial que regule las relaciones familiares. Recibida la petición se comunicará al padre/madre que tenga la custodia de la petición recibida, concediéndole un plazo de 10 días para que pueda formular las alegaciones que estime pertinentes. Se le indicará que puede solicitar copia de la sentencia o documento judicial aportado para que compruebe que es el vigente. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan formulado alegaciones, el Centro procederá a hacer llegar simultáneamente a ambos progenitores toda la información documental requerida. De la misma manera, el tutor y maestros C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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que den clase al alumno facilitarán la información verbal que estimen oportuna. El documento que se entrega al progenitor que no tiene la custodia debe ser devuelto con el “recibí” correspondiente y si esta obligación se incumple reiteradamente, el Centro no estará obligado a continuar con la remisión de los documentos informativos.

4.2.2. Tutorías Las tutorías con los tutores o tutoras del alumnado o con cualquier otro maestr@ se concederán en la franja destinada para tal fin: lunes de 18:30 a 19:30 horas. Se recomienda pedir cita previa con el fin de poder organizar mejor la información a facilitar y buscar un intervalo de tiempo suficiente para poder atender a los padres, madres o representantes legales del alumnado que lo solicite. No se podrán mantener estas reuniones a las 9:00 horas de la mañana, ni en los recreos ni en ningún otro momento que interfiera en el tiempo que los maestros y maestras deben estar atendiendo a su alumnado.

4.2.3. Plan de Apertura. 4.2.3.1. Aula Matinal. Este servicio comenzará a las 7:30 y finalizará a las 8:55 horas. El acceso se realizará a través del parking del centro. A las 8:55, los monitores y monitoras de este servicio, acompañarán a los alumnos y alumnas a sus correspondientes filas. 4.2.3.2. Comedor escolar. Los monitores y monitoras de este servicio se encargarán de la recogida de los alumnos y alumnas de Ed. Infantil usuarios del comedor. Los alumnos y alumnas de Ed. Primaria del primer turno accederán directamente al comedor tras pasar por los vestuarios para lavarse las manos. Los que pertenezcan al segundo turno esperarán, junto a sus monitores o monitoras, en el porche del edificio principal. El alumnado del primer turno podrá salir a partir de las 15:00 horas y el del segundo cuando termine el servicio antes de las 16:00. Los mismos monitores o monitoras, les acompañarán hasta la puerta de salida asegurándose que se marchan con sus padres, madres, representante legal u otra persona debidamente autorizada. 4.2.3.3. Actividades extraescolares. Se facilitará la franja horaria comprendida entre las 16:00 a las 18:00 horas, de lunes a jueves, para la celebración de estas actividades; tanto las que se realizan en las propias aulas como las que se realizan en las instalaciones deportivas del centro. En C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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todos estos casos, las entradas se realizarán por la puerta de la Plaza Híspalis cuando comiencen a las 16:00 horas y por la puerta principal del edificio situada en la calle Antonio Gaudí S/N cuando lo hagan a las 17:00 horas. Las salidas siempre se realizarán por esta misma puerta. Para la entrada los alumnos y alumnas participantes esperarán en el porche de entrada hasta que el monitor o monitora correspondiente les lleve a las instalaciones en las que se vaya a realizar la actividad. Para las salidas, estos mismos monitores o monitoras, les acompañarán hasta la puerta de salida asegurándose que se marchan con sus padres, madres, representante legal u otra persona debidamente autorizada.

4.2.4. Horario del personal del centro. 4.2.4.1. Personal docente. Horario lectivo: De lunes a viernes de 9.00 a 14:00 horas. Horario no lectivo: Día Lunes

Inicio 15:30 16:00

Fin 16:00 17:00

17:00 18:00 18:30 Miércoles 14:00

18:00 18:30 19:30 15:00

Actividad Elaboración de materiales curriculares. Reuniones de Equ. de Coord. de Planes Educ. de Form. Básica y otros planes educativos. Reuniones de Equipo de ciclo. Elab. valorac. periód. y eval. Plan Anual y Memoria. Tutoría de Atención a Padres y Madres Reuniones de coord. docente (tutores, orientador…)

4.2.4.2. Permisos y licencias. Los permisos y licencias del profesorado los concede el director o la Delegación provincial bajo petición por escrito del interesado o interesada. Estos permisos estarán regulados por la legislación vigente. ! !

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En condiciones normales, no será suficiente la comunicación al Jefe de Estudios, aunque será esté el que llevará el control de las ausencias. La solicitud se hará por escrito “antes de”, a fin de poder preparar las correspondientes sustituciones si no puede solicitarse con antelación, se procurará comunicar la ausencia lo antes posible, aunque sea por teléfono. Podría el director “retrasar” la concesión de un permiso atendiendo a circunstancias de organización y funcionamiento. Las justificaciones (documentalmente) entregarán al Director o Jefa de C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios se y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Estudios. El horario lectivo se sumará al complementario.

Cuando se produzca la ausencia de algún maestro se tomarán inmediatamente las medidas oportunas tal y como queda reflejado en el Proyecto de Gestión. Debemos dejar trabajo preparado, independientemente de la duración de la ausencia. Éste se dejará en la Jefatura de Estudios. Si eso no es posible, para una mejor coordinación del trabajo desarrollado y a desarrollar, los sustitutos o sustitutas deberían ir recogiendo el trabajo que han realizado. 4.2.4.3. Personal docente laboral. Horas Lunes Lectivas 5:00 Complementarias 4:00

Martes 5:00 0:00

Miércoles 5:00 1:00

Jueves 5:00 0:00

Viernes 5:00 0:00

Miércoles 8:30 14:30

Jueves 8:30 14:30

Viernes 8:30 14:30

Miércoles 7:00

Jueves 6:00

Viernes 6:00

4.2.4.4. Personal no docente laboral. Horas Entradas Salidas

Lunes 8:30 14:30

Martes 8:30 14:30

4.2.4.5. Personal no docente funcionario. Horas Normales

Lunes 10:00

Martes 6:00

5. La forma de colaboración de los tutores y tutoras en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto. La Orden de 27 de abril de 2005, por la que se regula el Programa de Gratuidad de los Libros de Texto (Junta de Andalucía, 2015), establece que se entiende por libro de texto “el material impreso, no fungible y autosuficiente, destinado a ser utilizado por el alumnado y que desarrolla, atendiendo a las orientaciones metodológicas y criterios de evaluación correspondientes, los contenidos establecidos por la normativa educativa vigente para el área o materia y el ciclo o curso de que en cada caso se trate”. Asimismo, dispone que los libros de texto serán propiedad de la Administración educativa y permanecerán, una vez concluido el curso escolar, en el centro docente donde el alumnado haya cursado las enseñanzas, de forma que puedan ser utilizados por otros alumnos/as en años académicos sucesivos. Si se considerase oportuno y para C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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la seguridad de los mismos, podrían cederse directamente a las alumnas y alumnos del nivel inferior que los fueran a recibir una vez finalizado el curso escolar. Así, desde el centro escolar y las familias se educará al alumnado en su obligación de cuidar el material y mantener los libros en buen estado, para su uso por otro alumnado en cursos futuros. Los/as padres/firmaran documento sobre el estado de recepción de los libros y compromiso de reposición. Impulsar el uso compartido y la reutilización de los libros de texto contribuirá al fomento de la equidad y a poner de manifiesto entre el alumnado y las familias valores como la corresponsabilidad, la solidaridad y la conservación del material para su reutilización por otro alumnado y de atención y cuidado del bien colectivo como propio. Además, el cuidado de los materiales curriculares y su conservación para una reutilización posterior supone un ahorro económico para las familias y profundiza en la idea de desarrollo sostenible. Todo el alumnado de las enseñanzas de educación primaria de este Centro es beneficiario del Programa de Gratuidad de Libros de Texto, aunque las características de los libros de texto que se utilizan en el primer ciclo de educación primaria exigen un tratamiento diferenciado del Programa de Gratuidad, siendo necesaria su adquisición en todos los cursos escolares. En el caso del segundo y tercer ciclo, es decir, los cursos 3º, 4º, 5º y 6º de educación primaria, los centros educativos llevarán a cabo las siguientes actuaciones: 1. El tutor/a preparará y entregará los libros de texto que hayan sido recogidos al finalizar el anterior curso escolar y guardados para su reutilización. 2. El tutor/a se encargará durante los primeros días del curso de identificar los libros de texto nuevos adquiridos con estampillado oficial de la Junta de Andalucía que aparece en la propia Orden de 27 de abril de 2005 (Junta de Andalucía, 2005) y cumplimentar el citado sello con el nombre del alumno/a y curso escolar en todos los libros. 3. El tutor/a supervisará a lo largo del curso la correcta utilización de los libros de texto por parte de sus alumnos/as y que hagan de este uso una ocasión para mejorar la educación en valores y actitudes solidarias, valoración de los libros de texto, materiales de estudio y lectura, respeto al medio ambiente y cuidado de los bienes de uso común. 4. El tutor/a prestará especial atención a que los libros de texto sean devueltos por el alumnado al finalizar el curso, a fin de disponer con tiempo suficiente del fondo de lotes de libros para revisarlos y prepararlos para el curso siguiente, colocando en la casilla correspondiente de la etiqueta de los mismos una B si está en buen estado o una M si está deteriorado. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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5. Informará al Equipo Directivo de aquellos que considera que no reúnen las condiciones necesarias para su uso y aquellos libros que sean necesarios para atender al alumnado que no promocione, así como los que se hayan extraviado, siempre que no fuera por causas imputables al alumnado con el fin de adquirirlos para su reposición. 6. Las normas aprobadas por el Consejo Escolar a través de las propuestas realizadas por la comisión encargada del cuidado, utilización y mantenimiento de los libros de texto sobre extravío y deterioro de los mismos, son las siguientes: a. Extravío: libro perdido y no repuesto. b. Deterioro: Se considera libro deteriorado aquel que: i. Tiene portadas u hojas arrancadas. ii. Está pintarrajeado o garabateado en alguna de sus hojas. iii. Tiene hojas que han sido mojadas. iv. Tiene manchas de distinta índole y el texto no es legible. 7. Para consensuar la apreciación sobre el estado de los libros de las distintas unidades se creará una Comisión en el seno del Consejo Escolar tal y como recoge el artículo 15 de la Orden de 27 de abril de 2005 (Junta de Andalucía, 2005). 8. En estos casos, los tutores de este Centro entregarán a los padres una comunicación (Anexo II de la citada Orden) por escrito del Director que recibirán antes de que terminen las clases. La entrega de estas normas y la observación de la etiqueta de los libros en la casilla del estado de conservación rellenada con una M constituirán en si mismas la citación para asistir a recoger la notificación del Director para que en un plazo máximo de 10 días esos libros sean repuestos o abonados por la familia los libros deteriorados. Caso de no asistir a recoger dicha comunicación o de no responder, implicaría la renuncia a participar en el programa de gratuidad del siguiente curso escolar. 9. En los niveles educativos de 3º a 6º de Educación Primaria, los libros de texto adquiridos durante el curso escolar vigente se cederán de unos a otros siguiendo el orden de lista de los alumnos. Ejemplo: el alumno/a nº 1 de la lista de 3ºA deberá cederlos al nº1 de la lista de 2ºA, el nº 2, al nº 2 y así, sucesivamente. 10. En 6º de Ed. Primaria y en los casos que haya alumnos repetidores, estos conservarán sus libros de texto un año más colocando su nombre en la etiqueta por segunda vez y rellenando las casillas correspondientes de la misma sobre el estado de conservación, el grupo y el curso escolar. 11. El número de clase asignado a estos alumnos repetidores del apartado anterior no será válido para la cesión de libros a los alumnos que vienen del nivel inferior. Con lo cual se correrán en 1,2,3,..., números (según la cantidad de C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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alumnos repetidores) las listas de cesión de 4º 6º. Lo mismo ocurrirá para la recepción en las listas de los cursos de 2º donde haya repetidores. 12. Si existen alumnos de nueva incorporación en los niveles de 3º a 6º que conlleven un aumento del número de alumnos respecto a los existentes en ese nivel del curso anterior, el Colegio, a través de la Consejería de Educación, proporcionaría los lotes de libros correspondientes. 13. Los alumnos de 6º que al finalizar el curso escolar marchen al instituto y los de 3º a 6º que realicen un traslado a lo largo del mismo deberán hacer entrega de sus correspondientes libros de texto y se comunicará al Equipo Directivo que la entrega ha sido realizada correctamente. Así, la Dirección del Centro emitirá un certificado (Anexo IV de las Instrucciones de la Dirección General de Participación e Innovación Educativa sobre el Programa de Gratuidad de los Libros de Texto) en el que se informará al nuevo centro de la entrega y el estado de conservación de los mismos. 14. En el caso de alumnado con necesidades educativas de apoyo específico (ACNEAE) que curse sus estudios en nuestro Centro y utilice materiales curriculares de otros cursos o niveles educativos o un material adaptado a sus necesidades individuales, ya se trate de alumnos integrados en aulas ordinarias o escolarizados en al aula específica, será el Centro el que realice directamente la compra del material, ajustándose a las cantidades económicas dictadas por la Consejería de Educación para cada curso escolar. Será el equipo de orientación junto al tutor los que elijan los materiales. 15. L@s alumn@s estarán en la obligación de protegerlos con un forro, no adhesivo. Para los libros que ya han sido utilizados en cursos anteriores, los alumnos deberán quitar el forro que ya poseen y protegerlos con un forro nuevo, para mejorar y reforzar al comienzo de cada curso escolar la limpieza y conservación del libro. También se podrán conservar en el Centro, organizados en los muebles de cada aula o en las rejillas de los pupitres del alumnado, según el uso que se le dé desde la materia al libro en cuestión. 16. Además de todo lo anterior, se firmará un contrato de depósito al comenzar el programa (alumnos de infantil de 5 años al terminar el curso) que tendrá vigencia durante todos los años que permanezca el/la alumno/a en el centro y que fijará la responsabilidad de las familias para poder disponer de los libros en verano. 17. La Secretaría del Centro se encargará de la entrega de los Cheque-Libros a la finalización del curso escolar y siempre antes del 10 de septiembre a todo el alumnado beneficiario y conservará un registro de entrega generado a través de la aplicación informática Séneca. 18. Los padres pueden renunciar voluntariamente al programa de gratuidad de libros texto expresándolo por escrito. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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5.1. Criterios para la selección de los libros de texto: La elección de los libros de texto a incluir en el cheque – libro será tarea del Claustro (Si fuese necesario y a propuesta del Equipo Directivo, se crearán Comisiones ) y coordinados por el ETCP. Una vez aprobado en su seno el listado de los materiales curriculares, elevarán dicha selección al seno del Consejo Escolar, donde recibirá la aprobación definitiva. Siguiendo las Instrucciones de la dirección general de participación y equidad sobre el programa de gratuidad de los libros de texto para el curso escolar 2016-2017 (Junta de Andalucía, 2016), los centros docentes que tengan que realizar la selección de los libros de texto, libros digitales, o materiales de elaboración propia, deberán usar el Sistema de Información Séneca, y los seleccionarán entre aquellos incluidos en el Catálogo de Gratuidad que pertenecerán al Registro de Libros de Texto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Este Registro, a partir del cual se ha elaborado el catálogo citado, puede consultarse en la página web de esta Consejería. No podrá seleccionarse para el Programa de Gratuidad ningún libro que no se encuentre en el catálogo citado, de acuerdo con el artículo 17.1 del Decreto 227/2011, de 5 de julio (Junta de Andalucía, 2011b) Los Centros Educativos podrán optar, de acuerdo con su proyecto curricular, por el libro de texto, por materiales curriculares de uso común o por materiales de elaboración propia, o por libros digitales para cada materia o asignatura. La vigencia mínima de la selección realizada será de cuatro cursos académicos, para los libros impresos y los materiales de elaboración propia; material curricular de uso común y la del libro en soporte digital estará en función del tiempo establecido en la correspondiente licencia de acceso y uso, que para este Programa de Gratuidad de Libros de Texto se establece también en un mínimo de cuatro cursos académicos. El procedimiento de selección en el Sistema de Información Séneca se realizará para todos los cursos, incluidos aquellos en los que no se generan cheques-libros, cargando la selección del curso anterior en el caso de los cursos que aún no han completado su periodo de vigencia. Una vez realizada la selección, los centros deberán obtener el listado impreso a través del Sistema de Información Séneca, el cual se expondrá en el tablón de anuncios del centro. Una vez confirmada la selección no se podrá modificar, salvo en casos muy justificados y previa autorización por la Dirección General de Participación y Equidad.

6. El plan de autoprotección del centro. Según la Orden de 16 de abril de 2.008 (Junta de Andalucía, 2008), por la que se regula el procedimiento para la elaboración, aprobación y registro del Plan de Autoprotección de todos los Centros docentes públicos de Andalucía. Curso escolar tras curso escolar intentaremos adaptar el PLAN DE AUTOPROTECCIÓN a dicha orden. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Definición:

Organización:

Temporalización: Personal implicado: Ámbitos de actuación ante una emergencia:

El PAC es el sistema de medidas y actuaciones adoptadas por el CEIP, valiéndose de sus propios medios y dirigidas a prevenir y controlar riesgos de personas y bienes, en función de distintas situaciones de emergencia que se puedan presentar. El PAC consta de 7 capítulos, en los que se incorporan numerosos datos en varios niveles: - Características del CEIP y riesgos posibles - Medios humanos y responsables de las distintas actuaciones - Mantenimiento de las instalaciones - Actuaciones concretas ante emergencias. - Implantación del Plan, información y formación en el mantenimiento del Plan El Plan habrá de actualizarse en el Equipo Operativo cada curso escolar antes de la finalización del mes de noviembre. Está implicado todo el personal del centro. 1. Atención al alumnado por enfermedad o accidente: Accidente leve: asistencia Accidente grave: - Primeros Auxilios y aviso a las familias - Aviso a la ambulancia - Tratamiento e Informe - Traslado centro de salud, hospital o domicilio En los anexos queda recogido el protocolo de actuación a seguir en estos casos. Dicha actuación, además de ser una obligación, consta como una solicitud firmada por los familiares en la Ficha de datos iniciales entregada en la primera reunión de tutoría con las familias en el mes de septiembre. El coordinador o coordinadora del PAC vigilará que los tres botiquines del centro (Edificio principal, edificio de Ed. Infantil y Gimnasio) contengan los útiles necesarios para prestar esta atención de socorro. 2. Incendio: de la fase de detección, se pasaría aviso al equipo directivo que valora y comprueba su incidencia. Este daría la alarma al grupo operativo, el cual actuaría en tres ámbitos: - Control con extintores. - Aviso a los bomberos. - Evacuación hacia el punto de concentración. 3. Inundaciones o temporal de vientos: determina un confinamiento en el interior del centro, con puertas y ventanas cerradas, hasta que protección civil determine una evacuación. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla).

4. Terremoto: nos mantenemos fuera o dentro del edificio, Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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buscando la protección de pilares y dinteles y bajo las mesas. Fuera del edificio nos alejaríamos de este. También evitaremos las fuentes de electricidad.

Responsables: Zonas de concentración o confinamiento:

Vías de salidas de evacuación: Plan simulacros:

de

5. Amenaza de bomba: Se avisa inmediatamente a la policía y no se manipula ningún paquete. Todas las personas que en ese momento se encuentren en el lugar ya sea profesorado o no. Concentración: patios exteriores, cerca de las puertas laterales de los recintos. Confinamiento: aulas y salas de usos múltiples. Esto siempre se hará en orden y controlando el nº de niños. Están recogidas en el Plan de Autoprotección del CEIP Profesora María Doña y están señalizadas con los carteles y señales correspondientes. Se realizará un simulacro de evacuación anual, preferentemente en el segundo trimestre: se concretará la semana, pero no el día y la hora. Su programación y coordinación la realizará el coordinador o coordinadora del Plan de Autoprotección.

Nuestro Centro estima muy conveniente la formación en primeros auxilios tanto para el alumnado como para el profesorado, por lo que realizará las gestiones ante las administraciones oportunas para conseguir una formación en este sentido. Dicha formación se podría realizar cada curso escolar. En dicha formación se atenderá especialmente a la prevención y cuidado de las enfermedades crónicas, alergias e intolerancias alimenticias existentes en el centro, así como a la administración de medicamentos que hayan sido debidamente justificados y autorizados según los anexos correspondientes.

7. El procedimiento para la designación de los miembros de los equipos de evaluación. Como queda recogido en el artículo 26 del Decreto 328/2010 (Junta de Andalucía, 2010a), sin perjuicio del desarrollo de los planes de evaluación de los centros que lleve a cabo la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, las escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria y los centros públicos específicos de educación especial realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje, que será supervisada por la inspección educativa. La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa establecerá indicadores de que faciliten a los centros la realización de su autoevaluación de forma objetiva y homologada en toda la Comunidad Autónoma, sin menoscabo de la consideración de los indicadores de calidad que establezca el equipo técnico de coordinación pedagógica (ETCP). Dicha evaluación tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro e incluirá una medición de los distintos indicadores establecidos que permita valorar el grado del cumplimiento de dichos objetivos, el funcionamiento global del centro, de sus órganos de gobierno y de coordinación docente y del grado de utilización de los distintos servicios de apoyo a la educación y de las actuaciones de dichos servicios en el centro. Corresponde al equipo técnico de coordinación pedagógica la medición de los indicadores establecidos. El resultado de este proceso se plasmará, al finalizar cada curso escolar, en una memoria de autoevaluación que aprobará el Consejo Escolar, contando para ello con las aportaciones que realice el Claustro de Profesorado, y que incluirá: a) Una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores. b) Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro. Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros según los siguientes criterios: Representante de padres, madres o representantes legales del alumnado: Representante del profesorado:

Representante del PAS: Representante del Ayuntamiento:

Miembro que se ofrezca de manera voluntaria o por sorteo entre los miembros cuyos hijos o hijas estén en Ed. Primaria. 1º Miembro definitiv@ que se ofrezca de manera voluntaria o provisional/ interin@ con vacante. 2º Que menor carga de responsabilidad tenga asignada (tutoría, especialidad u otras coordinaciones). 3º En caso de empate, se asignará este rol al maestr@ definitiv@ elegido por sorteo. Será el único miembro que representa a este sector en el seno del Consejo Escolar.

C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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8. Las normas sobre la utilización en el centro de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos, así como el procedimiento para garantizar el acceso seguro a internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad. 8.1. Medidas dirigidas al uso seguro de la tecnología. De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 25/2007 (Junta de Andalucía, 2007), por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de internet y las tecnologías de la información y comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad, establecemos las siguientes medidas: a. Medidas dirigidas a preservar los derechos del alumnado a la intimidad y a la confidencialidad !

!

! ! !

Protección del anonimato, de modo que los datos de carácter personal relativos a los menores no puedan ser recabados ni divulgados sin la autorización de madres, padres o personas que ejerzan la tutoría. Protección de la imagen de las personas menores, de forma que no hagan uso de su fotografía, o cualquier soporte que contenga la imagen del menor, si no es con el previo consentimiento de sus madres, padres o personas que ejerzan la tutoría. Protección a la intimidad ante el posible establecimiento de relaciones con otras personas que puedan resultar inadecuadas para su desarrollo evolutivo. Protección del riesgo derivado del comercio electrónico. Protección frente a los contenidos de juegos u otras propuestas de ocio que puedan contener apología de la violencia, mensajes racistas, sexistas o denigrantes, con respecto a los derechos y la imagen de las personas. Se adjuntará el siguiente aviso en relación a la Ley de protección de datos en la Ficha de datos iniciales (se adjunta una copia en los anexos) entregada en la primera reunión con las familias en el mes de septiembre.

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C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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b. Medidas dirigidas a proteger la imagen del alumnado. Con el fin de respetar el derecho de imagen y de la propiedad intelectual de nuestro alumnado, se le solicitará a las madres, padres o representantes legales que en la Ficha de datos iniciales (se adjunta una copia en los anexos) entregada en la primera reunión con las familias en el mes de septiembre rellenen la siguiente autorización:

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C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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c. Medidas de seguridad para el acceso y uso seguro de internet y las TIC por parte de las personas menores de edad. !

Se incentivará el uso efectivo de sistemas de filtrado, que bloqueen, zonifiquen o discriminen contenidos inapropiados para menores de edad en Internet y TIC.

!

Este sistema de filtrado se establecerá a través del sistema Guadalinex y estará sujeto a los siguientes criterios de configuración: o Aportará información a las personas usuarias sobre los valores, criterios y métodos de filtrado que se utilizan. o Ofrecerá información a las personas usuarias sobre los procedimientos de supervisión y los criterios de los mismos. o Deberá permitir que sea la persona/s bajo cuya guardia o custodia se encuentre el menor quien tome voluntariamente la decisión de activarlos o suspenderlos. o Deberá ofrecer posibilidades de configuración del servicio. C/ Antonio Gaudí,las S/N.mayores 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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!

En ningún caso se permitirá la navegación libre por internet por parte del alumnado. El uso excepcional del ordenador para jugar será según criterio del profesor y con fines didácticos.

!

Está absolutamente prohibido instalar cualquier tipo de programas, ya que esto impide la actualización centralizada de los equipos.

!

Las conexiones a la red tendrá carácter y finalidad profesional.

!

No se accederá a direcciones de internet con contenidos abusivos, ofensivos o atentatorios de la dignidad humana. Tampoco se permitirá el acceso a juegos u otras páginas distintas a las que se estén trabajando en ese momento en el aula.

!

La administración podrá monitorizar los accesos a servidores de la red con informaciones de fecha, páginas, horas, ficheros descargados, usuarios, puesto...

d. Medidas dirigidas a respetar los derechos de las personas menores de edad al acceso y uso seguro de internet y las tics. De acuerdo con la Convención de los Derechos del Niño de las ONU, el profesorado tendrá el deber de orientar, educar y acordar con ellos un uso responsable de Internet y las TIC: ! Tiempos de utilización. ! Uso razonable y seguro de las redes sociales. ! Páginas que no se deben visitar. ! Información que no deben proporcionar, con objeto de protegerles de mensajes y situaciones perjudiciales. ! Qué deben hacer en casos de detectar un mal uso de estos dispositivos o sospechar de las “malas intenciones” con las que terceras personas hayan contactado con ell@s a través de la red. ! Qué hacer en situaciones de cyberacoso.

8.2. Uso de los móviles y otros aparatos electrónicos. 1. El uso de móviles u otros aparatos electrónicos como tabletas, ordenadores portátiles, Mp3 o vídeoconsolas por parte del alumnado en el CEIP, estará sujeto a la autonomía pedagógica de cada maestro así como la supervisión del empleo que se haga de los mismos. 2. El docente dirá a los alumnos y alumnas que enciendan los aparatos en el momento que estime conveniente ya que al centro se traerán siempre apagados, igualmente, no deben bajarse al recreo por seguridad y serán custodiados en al aula. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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3. En salidas al exterior como viajes de estudios y/o actividades extraescolares, si el profesorado lo considera, los alumnos/as podrán llevar el móvil y cámara fotográfica. No siendo responsabilidad del maestro o maestra cualquier pérdida o deterioro de los mismos. 4. Otros usos de los terminales en el centro con fines de maltrato psicológico a cualquier miembro de la comunidad educativa, colgándolo en Internet o cualquier otro medio de difusión, se considerará una falta que atenta gravemente contra la convivencia y se seguirá el protocolo correspondiente a tal tipo de falta descrito en el Plan de Convivencia. 5. El resto de la comunidad educativa podrá hacer uso del móvil de forma racional, en casos de necesidad y sin que interfiera en el normal funcionamiento del centro. 6. Se llamará a casa de los alumnos sólo por causas urgentes o de necesidad. Nunca por olvido de materiales o cualquier otro objeto.

8.3. Utilización de aplicaciones de mensajería instantánea y de Redes Sociales como vehículo de comunicación entre las familias. A pesar de recomendar desde la dirección del centro la creación de listas o canales de difusión, somos conscientes que el uso de aplicaciones de mensajería instantánea (Whatsapp, Line, Telegram…), así como el uso de las Redes Sociales, se ha extendido en los últimos años entre las familias de las distintas unidades del centro. Es por ello que, a propuesta de la Junta de Delegadas de aula y en consonancia con el objetivo “h” del Plan de Convivencia citado en el artículo 3.2 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Junta de Andalucía, 2011), Fomentar y facilitar la participación, la comunicación y la cooperación de las familias, se haya decidido recoger las normas que delimiten el buen uso de estas herramientas, no oficiales y voluntarias, con el fin de mejorar y mantener las relaciones entre los distintos usuarios/as de las mismas y el respeto hacia todas las personas que integran la comunidad educativa del CEIP Profesora María Doña. Para la redacción de estas normas se han tenido en cuenta, además de las prescripciones legales anteriormente citadas, las aportaciones de los distintos miembros de la Comunidad Educativa, las funciones de las Delegadas de cada aula recogidas en el apartado 1.3 de nuestro Reglamento de Organización y Funcionamiento y los derechos y deberes de las familias plasmados en los artículos 10 y 11 del Decreto 328/2010 (Junta de Andalucía, 2010):

C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Funciones de l@s Delegad@s de clase (O. 20 junio de 2011) - Ser el/la portavoz del resto de madres y padres de la clase y mantener una relación fluida y de colaboración con el/la tutor/a de la clase. - Actuar de intermediari@ en la información que se produzca entre los padres/ madres y tutor@s, Equipo Directivo y AMPA, en cualquiera de las dos direcciones. - Difundir entre las familias a las que representa la información que les facilite el AMPA para tal fin. ¿Qué funciones NO debe tener? - Pasar los deberes del día por Whatsapp ni a través de ningún otro medio, pues esta misión es tarea de cada alumno y alumna.

Derechos y deberes de las familias. (D.328/2010) Art.10a. Recibir el respeto y la consideración de todo el personal del centro. Art.11c. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro.

60 9. La posibilidad de establecer un uniforme para el alumnado. Durante el curso 2005/2006, la AMPA, El Molino, llevó a cabo una consulta a todas las familias del centro sobre la idoneidad de establecer el uniforme en el C/ Antonio Gaudí,de S/N. Los Palacios y Vfca. (Sevilla). alumnado. Tras una votación las41720 mismas se aceptó la propuesta que fue aprobada Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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en Consejo Escolar El uso del uniforme, es de uso voluntario y empezó a utilizarse durante el curso 2006/2007. Quedó establecido como uniforme el uso de jersey burdeos, polo blanco y pantalón gris para los alumnos; jersey o rebeca burdeos, polo blanco y pantalón o falda gris para las alumnas. El chándal, para ambos sexos es de color celeste con camiseta blanca. Tanto en el uniforme, como en el chándal deberá aparecer: ! La identificación del Centro. ! En la parte superior izquierda la marca genérica de la Junta de Andalucía asociada a la Consejería de Educación. En la actual revisión del Reglamento y Organización y Funcionamiento del CEIP Profesora María Doña se concede la opción de decidir libremente sobre su uso.

10. Las competencias y funciones relativas a la prevención de riesgos laborales. En el artículo 24 de la LEA (Junta de Andalucía, 2007) y en la Orden de 18 de abril de 2016 haciendo referencia al Ier Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de riesgos laborales (Junta de Andalucñia, 2008), se reconocen los siguientes derechos: ! ! !

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! ! !

! !

Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone un deber general de la Administración Pública referido a dicha materia. La elaboración del Plan de Autoprotección del Centro y el establecimiento de normas sobre la evacuación será de obligado cumplimiento para los centros docentes públicos. La dirección del Centro designará a un profesor o profesora como coordinador o coordinadora, del Ier Plan Andaluz de Salud Laboral, que tendrá las siguientes funciones: Promover las acciones que fuesen necesarias para facilitar el desarrollo e implantación del Ier Plan Andaluz de Salud Laboral. Supervisar la implantación y desarrollo del Plan de Autoprotección Hacer un diagnóstico de las necesidades formativas en materia de autoprotección, primeros auxilios, promoción de la salud en el lugar de trabajo y prevención de riesgos laborales. Determinar los riesgos previsibles que puedan afectar al Centro. Catalogar los recursos humanos y medios de protección, en cada caso de C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). emergencia. Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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Proponer al consejo Escolar las medidas que se considere oportunas para mejorar la seguridad y la salud del Centro. Cuantas acciones se deriven del desarrollo e implantación del Ier Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente.

Prevención significa “anticiparse, actuar antes de que algo suceda, con el fin de impedirlo o para evitar sus efectos”. La prevención de riesgos pretende eliminar o controlar toda condición de trabajo que pueda suponer un daño para la salud de los trabajadores o, en el caso de un centro escolar, del alumnado que acude a él. 1. Principios que deben respetarse según la ley de Prevención de Riesgos Laborales, artículo 15.1: ! ! ! ! !

Evitar los riesgos siempre que sea posible. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. Adaptar el trabajo a la persona. Combatir los riesgos en su origen. Anteponer la protección colectiva a la individual.

2. Las competencias del profesorado en materia de prevención de riesgos son: ! ! ! ! ! ! ! !

Aumentar la seguridad en el empleo. Reconocimiento de competencias adquiridas a través de la experiencia profesional. Aprovechamiento de los recursos humanos disponibles. Facilitar el desarrollo personal. Mejorar la prevención de las enfermedades profesionales (estrés, burnont, mobbing, disfonías, varices, enfermedades comunes). Saber utilizar botiquines. Controlar los productos de limpieza. Evitar los accidentes de trabajo

Normas generals de actuación. Dada la gran casuística que se presenta cada curso conviene establecer aquí unas líneas claras de actuación a seguir por parte de todo el personal adscrito al centro en caso de accidentes: 1. Toda persona está obligada a prestar auxilio a quien por accidente pudiera necesitarlo, estando tipificada y penada por la legislación vigente la omisión de auxilio. 2. Cuando algún alumno sufra un accidente en el colegio el maestro que más cerca se encuentre lo atenderá, valorará la gravedad y aplicará los primeros auxilios. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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3. Si se aprecia que accidente reviste el más mínimo peligro para el alumno (golpes en la cabeza, heridas abiertas, etc.) se avisará al tutor que llamará a los padres para que valoren ellos la pertinencia de llevarlos al medico. 4. Si se aprecia gravedad o riesgo inminente (hemorragia, mareo, fractura, etc.) el tutor, tutora, maestro o maestro con la que sucedió el accidente trasladará al alumno inmediatamente al centro de salud avisando a los padres para que también acudan al centro. (En ese caso seguir el protocolo existente sobre traslados al centro de salud recogido en los anexos de este documento). 5. Si se tratara de un golpe en espalda, cuello, cabeza,... con pérdida de conciencia y/o quedara postrado el alumno, no se le tocará ni moverá de su posición para evitar agravar la posible lesión. Se le arropará y se llamará inmediatamente a urgencias para que venga asistencia médica especializada. Se alejará al resto del alumnado del lugar del suceso. 6. Es obligación de los padres o tutores legales procurar el cuidado y atención necesaria cuando su hijo está enfermo, no teniendo justificación en ningún caso el hecho de enviar un niño enfermo a clase. El centro comunicará a los servicios sociales del Ayuntamiento tal circunstancia si los padres dan muestras de dejación en su obligación de procurar a sus hijos la atención sanitaria necesaria. 7. Cuando algún alumno se pone enfermo en clase el maestr@ que esté en clase en ese momento se encargará de que la familia sea llamada para que venga, salvo que se presente un cuadro que se presuma de gravedad, en cuyo caso se actuará de la misma forma que queda descrita anteriormente. 8. Como norma general, los maestros no proporcionarán al alumnado medicación alguna. Cuando por enfermedad crónica, o por otros motivos, algún alumno necesite administración de algún medicamento durante el periodo lectivo se actuará con el protocol correspondiente: ! ! ! ! !

Firmar la autorización correspondiente para la administración del medicamento. Solicitar informe y receta médica en el que se justifica la necesidad de ese medicamento y así ha sido prescrito. Rellenar el acta de entrega del medicamento por el cual el padre o madre de alumno o alumna en cuestión se hace responsible de la resposición del mismo. Informar al resto del cuerpo docente e inscribirlo en el registro de particularidades de cada aula. Custodiar el medicamento en un lugar accessible por toda la Comunidad Educativa de forma rápida. En los anexos de este ROF se recogen copias de estos documentos. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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9. Si se tratase de acto médico cualificado, la dirección solicitará al centro de salud la realización del mismo por personal sanitario cualificado. En tal caso no podrá el maestro realizar intervención alguna. 10. Si se trata de una actuación para la que no se requiere preparación sanitaria específica, podrá realizarla el maestr@ que esté en ese momento con él o ella, siempre que se cumplan las condiciones antes mencionadas. 11. Al principio de curso el Orientador del E.O.E. de la zona solicitará una información más profesional sobre actuaciones en cada caso. Dicha información la trasladará a los tutores y Equipos Educativos correspondientes. 12. Las familias de este alumnado se comprometen a mantener un contacto telefónico permanentemente para comunicaciones urgentes.

11. Otros aspectos 11.1. Actividades complementarias y extraescolares. Los tutores/as estarán obligados a acompañar a sus alumnos/as en las actividades complementarias y extraescolares que se realicen tanto dentro como fuera del centro siempre que hayan sido programadas por ellos/as y aprobadas por el Consejo Escolar. En las actividades complementarias que se desarrollen en el Centro, el alumnado estará siempre acompañado por los tutores/as y/o especialistas, que le corresponda, según su horario. Los alumnos y alumna del aula específica tendrán derecho a participar tanto en las actividades programadas por su propia aula como en las organizadas por su grupo clase de referencia, arbitrándose, para ello, las medidas de acompañamiento necesarias. Para las salidas de los alumnos/as del Centro, será necesaria la autorización del padre, madre o tutor. Se adjunta un modelo de ejemplo. Dicha autorización, junto con el pago de la misma si fuese necesaria, deberá ser entregada en la forma y tiempo que se concrete. El modo y plazo para entregar estos requisitos variará en función de la actividad y nivel de l@s alumn@s, aunque en ningún caso podrá exceder las 24 horas previas al inicio de la actividad complementaria o extraescolar. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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En el caso que la organización de la actividad necesitara adelantar el citado plazo de entrega de las autorizaciones y el dinero correspondiente si así se requiriese, dicho plazo debe aparecer por escrito en el impreso de autorizaciones entregado al alumnado para la realización de la misma. En todas las salidas que se realicen del centro se procurará que el número de maestros o maestras acompañantes sea superior al número de grupos que realicen la actividad para que en el caso que cualquier maestr@ se tuviera que centrar en la atención de un alumno a alumna por cualquier motivo, no se superase la ratio de un docente por cada grupo de alumn@s. El alumnado del Aula Específica podrá participar de las actividades organizadas tanto por el propio aula como en las propuestas por sus grupos de referencia. En cualquier caso se permitirá que, además de la condición antes citada en relación a la ratio profesores/ grupos de alumn@s, el Personal Técnico en Integración Social asignado al centro acompañe al grupo siempre y cuando esto no produzca un perjuicio en el alumnado que no participe en la actividad. El profesorado especialista podrá acompañar al grupo o ciclo siempre que imparta ese día el mayor número de sesiones en él, evitándose que otros grupos se vean afectados por esa actividad y, para tal fin, turnándose los especialistas que acompañan a cada nivel ciclo en cada ocasión. En ningún caso se saldrá del centro si el grupo no ha conseguido más del 50% de las autorizaciones. Si la salida es por la localidad, en horario lectivo y no requiere de ningún transporte valdrá como autorización la firmada en la “Ficha de datos iniciales” que se adjunta en los anexos. Si algún alumno/a no trae la autorización, el centro se hará cargo de dicho alumnado de la siguiente manera: ! Si es un número considerable de alumnos/as en cada nivel o ciclo, se hará cargo del grupo el profesor/a con la función del apoyo o la persona asignada por la Dirección del Centro. ! Cuando es un número reducido, se repartirá el alumnado entre las clases que queden disponibles. ! Los especialistas que no participen en dicha actividad, las horas que deberían impartir a esos grupos, la dedicarían a la atención del alumnado que no realiza esa actividad. ! Los maestr@s que organicen la actividad, deberán dejar un material alternativo Antonio Gaudí, 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). cuando la C/actividad seaS/N.complementaria (evaluable) para que no se pierdan Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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esos aprendizajes. Se prestará especial atención en las actividades a la atención del alumnado con N.E.E., para ello se distribuirán los recursos humanos de especialistas y monitor/a para una adecuada atención. El Centro procurará arbitrar los medios para que ningún alumno/a se quede sin la actividad por falta de recursos económicos. Tanto l@s coordinador@s de ciclo como cualquier maestr@ que organice una actividad complementaria o extraescolar deberá realizar las siguiente actuaciones en los plazos que se citan a continuación: Actuación 1. Comunicación a la jefatura de estudios de la actividad a realizar y la fecha propuesta. 2. Rellenar la hoja de registro de actividades y complementarias extraescolares para justificar su idoneidad a través de contenido curricular. 3. Factura del servicio contratado para el transporte.

Plazo Tan pronto se acuerde la actividad. Antes de la realización de la actividad.

Debido a que cada actividad está diseñada con un contenido curricular acorde con la programación llevada a cabo por ese o esos grupos de alumn@s y con la intención de no aumentar la ratio profesorado/ alumnado asistente a la misma, no estará permitido que hermanos mayores o menores participen en la misma. Se permite la presencia de las madres, padres, otros familiares o representantes legales del alumnado en la realización de las actividades complementarias y/o extraescolares siempre y cuando el profesorado organizador así lo estime conveniente y no se supere el aforo de la instalación en la que se vaya a llevar a cabo o de la actividad planteada. Cuando en la realización de dichas actividades se unan varios grupos, se deberá llevar una copia del registro de particularidades para controlar las características de los alumnos y alumnas de las demás aulas, los que requieren una atención médica o preventiva preferente, l@s que no tienen permiso para ser fotografiad@s, etc. En consonancia con el plan de Gestión y la transparencia en la rendición de cuentas, nunca se podrán abonar los desplazamientos sin la correspondiente factura. Estos pagos se realizarán a través de transferencia bancaria desde la dirección del centro.

C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

E-mail: 41009214.edu@juntadeandalucia.es Web: cpmariadona.es

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11.2. Relación centro Municipio. Se mantendrán relaciones de coordinación y colaboración con el resto de centros, con los servicios educativos del municipio y con el Ayuntamiento. Participando en cuantas actividades sean ofertadas por dichas entidades y se hayan aprobado previamente en el Consejo Escolar. ! ! !

!

Se potenciará desde nuestro Centro la realización de actividades en colaboración con el Ayuntamiento y todos y cada uno de sus departamentos. Desde nuestro Centro trabajaremos para realizar actividades conjuntas con los restantes Centros educativos de nuestro Municipio. El Centro será un dinamizador de la vida socio-cultural de nuestro Municipio e informará de sus actividades al resto de la ciudadanía, utilizando para ello, de manera prioritaria, su página web. Estas relaciones se podrán extender, a través de los medios telemáticos, a cualquier parte del mundo.

11.3. Medios de comunicación. Se establecen como medios de comunicación del centro, preferentemente, los de carácter telemático: cpmariadona.es

Página web: Secretaría virtual: E-Mail: Facebook:

http://secretariamariadona.blogspot.com.es/ 41009214.edu@juntadeandalucia.es

Twitter: Youtube: Pinterest: Instagram: Blogosfera del CEIP:

https://es-la.facebook.com/CEIP-Profesora-Mar%C3%ADaDo%C3%B1a-123885467643911/ https://www.youtube.com/user/cpmariadona https://twitter.com/ceip_mdona https://es.pinterest.com/cpmariadona/ https://www.instagram.com/cpmariadona/ http://blogs-mariadona.blogspot.com.es/

Además contaremos con aplicación Séneca, la plataforma PASEN o cualquiera otra que pueda desarrollar la Consejería Educación o el propio CEIP. Con la idea de no fomentar la brecha digital y evitar la desinformación en las familias que no dispongan de acceso a Internet, se mantendrán otros medios de comunicación tradicionales: ! Correo ordinario. ! Avisos por escrito. ! Tablones de anuncios. ! Buzón de sugerencias.

C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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11.4. Acceso a la información. El acceso a la información se vincula con el acceso a internet, por lo que el centro facilitará el acceso a internet para cualquier miembro de la comunidad educativa, respetando el horario lectivo. Los tablones de anuncios se ubicarán para que los distintos sectores de la comunidad educativa tengan libre acceso a los mismos.

12. Revisión del Funcionamiento.

Reglamento

de

Organización

y

El presente R.O.F. se estructura como un documento abierto y en constante evolución. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa puede sugerir la revisión de las normas o proponer otras nuevas. La Comisión permanente del Consejo Escolar será la encargada de estudiar las propuestas de modificación del R.O.F, elaborará un informe que se elevará, para su conocimiento, al claustro y para su posible aprobación al Consejo Escolar. El presente ROF entrará en vigor el día siguiente a su aprobación en el Consejo Escolar.

Vº Bº EL DIRECTOR:

LA SECRETARIA:

Fdo: Jacinto Juan Quiroga Cantero

Fdo: Marina Herrera Vicente

El ROF del CEIP Profesora María Doña ha sido aprobado por su Consejo Escolar el 13 de noviembre de 2017 y es de obligado cumplimiento para todas las personas que integran la Comunidad Educativa

68 Los Palacios y Vfca, 13 de noviembre de 2017. C/ Antonio Gaudí, S/N. 41720 Los Palacios y Vfca. (Sevilla). Tlf: 955 83 95 83. Fax: 955 83 95 85.

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