El Derecho, la Salud y Yo

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EL DERECHO,

LA SALUD Y YO

GuĂ­a ciudadana para entender el Derecho a la Salud


EL DERECHO, LA SALUD Y YO

Estudio realizado por: Central Ciudadano y Consumidor A.C. con la colaboración del Despacho Ceballos Cossío y Sánchez S.C. Coordinador del proyecto: Jorge Paz Arellano e Ing. José Jarero Valencia. Autores del Estudio: Mtro. David J. Sánchez Mejía y Lic. José Ramón Cossío Barragán. Consejo Editorial CCyC: Mtro. Bernardo Altamirano Rodríguez, Dra. Sofía Vidal de la Fuente, Dra. Daniela Morera González, Mtro. David Sánchez Mejía, Mtra. Jaina Pereyra, Ing. José Jarero Valencia y Jorge Paz Arellano. Diseño Editorial: Francesc Gay. Fecha de publicación: Diciembre 2020. Datos de contacto CCyC Dirección: Camino de Santa Teresa 763 Jardines del Pedregal, CDMX, México. Teléfono: (+52) 55-5652-7440 Website: www.centralcyc.mx E-Mail: contacto@centralcyc.mx Twitter: @centralcyc Facebook: @centralcyc


ÍNDICE 1. Antecedentes. 2. ¿Qué es el Derecho a la Salud? 3.¿Cómo se regula el Derecho a la Salud? 4. ¿Quiénes integran el Sistema Nacional de Salud? 5. ¿Quién protege mi Derecho a la Salud? 6. Anexos. 7. Glosario. 8. Bibliografía.



ANTECEDENTES 1. La Ley General de Salud se publicó en 1984. 2. Esta Ley nos explica ¿qué es el Derecho a la Salud y qué abarca? 3. También nos explica ¿cómo se organizan los Servicios de Salud y el Sistema Nacional de Salud?

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¿QUÉ ES EL DERECHO A LA SALUD? 1. El Derecho a la Salud no debe entenderse como un derecho a estar sano. 2. Es la obligación del Estado para darnos las facilidades, bienes, servicios y condiciones necesarias para garantizar un estado completo de salud. 3. Se trata de que todas las personas contemos con oportunidades iguales para tener servicios de salud, tomando en cuenta tanto las condiciones socioeconómicas esenciales de las personas, como los recursos con que cuenta el Estado. 4. El Derecho a la Salud tiene los siguientes elementos básicos: Disponibilidad: suficientes.

establecimientos

públicos

Accesibilidad: que las personas no sean discriminadas. Aceptabilidad: que se respete la ética médica y la confidencialidad de las personas. Calidad: los servicios deben ser apropiados desde el punto de vista científico y médico. Con personal médico capacitado, medicamentos y equipo hospitalario científicamente aprobados y en buen estado.

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5. La obligación del Estado de promover el Derecho a la Salud de las personas implica también que debe impulsar la cooperación y coordinación entre los sectores público, privado y social para satisfacer de la mejor manera posible este derecho humano. ¿CÓMO SE TRADUCE LO ANTERIOR? Recibir atención en tiempo apropiado y de calidad idónea por parte de profesionales de la salud responsables. Elegir de manera libre y voluntaria al médico, que nos atienda en el primer nivel de atención. Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz sobre nuestro estado de salud. Que conozcamos los riesgos, beneficios y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se nos apliquen o indiquen. Decidir libremente sobre la aplicación de los procedimientos (consentimiento informado). Que nos den facilidades para acceder a una segunda opinión.

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¿CÓMO SE REGULA EL DERECHO A LA SALUD? Además de estar reconocido en nuestra Constitución y en la Ley General de Salud, existen ocho reglamentos que ayudan a ordenar este derecho. El más importante es el Reglamento en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica porque se relaciona directamente con todos los servicios que recibimos. Algunas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) también regulan el Derecho a la Salud que recibimos. Existen más de 140 NOM en materia de salud. Aproximadamente 50 de estas se relacionan directamente con los servicios de atención médica.

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Entre las más importantes encontramos: a) NOM-004-SSA3-2012: del expediente clínico. b) NOM-005-SSA3-2010: que establece requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios. c) NOM-006-SSA3-2011: para la práctica de la anestesiología. d) NOM-026-SSA3-2012: para la práctica de la cirugía mayor ambulatoria. Además de todas las normas mencionadas existen las Guías de Práctica Clínica. Las Guías son utilizadas por los médicos que nos atienden para elaborar diagnósticos y determinar el tipo de tratamiento que nos corresponde. Estas Guías o Protocolos no son obligatorias, son un buen apoyo para nuestros médicos.

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¿QUIÉNES INTEGRAN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD? El Sistema Nacional de Salud organiza las acciones necesarias y a los responsables de llevarlas a cabo para cumplir con el derecho a la salud. Este sistema está dividido en tres sectores: 1. Sector Público: a) IMSS. b) ISSSTE. c) Institutos Nacionales de Salud. d) Hospitales Federales de Referencia. e) Servicios Estatales de Salud. f) ISSFAM. 2. Sector Privado: a) Consultorios de farmacia. b) Consultorios en supermercados. c) Consultorios particulares. d) Clínicas. e) Hospitales. 3. Sector Social: Los que se prestan en instituciones directamente o mediante la contratación de seguros individuales o colectivos, los grupos y organizaciones sociales a sus miembros y a los beneficiarios de los mismos.

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¿QUIÉN PROTEGE MI DERECHO A LA SALUD? En caso de que consideres que tu Derecho a la Salud ha sido o está vulnerado, porque no recibes medicamentos, vacunas, atención o información, por ejemplo, puedes exigir que se respete. Si fuiste atendido en una Institución del Sector Público, puedes defender tu Derecho a la Salud acudiendo a las siguientes autoridades: 1. El Órgano Interno de Control de la Institución que te atendió. 2. La Comisión Nacional de Arbitraje Médico o su equivalente en tu Estado. 3. La Comisión Nacional de Derechos Humanos o su equivalente en tu Estado. 4. Los Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación.

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Si fuiste atendido en una Institución del Sector Privado, puedes defender tu Derecho a la Salud acudiendo a las siguientes autoridades: 1. La Comisión Nacional de Arbitraje Médico o su equivalente en tu Estado. 2. La Comisión Nacional de Derechos Humanos o su equivalente en tu Estado. 3. Un Juez Civil del Poder Judicial de tu estado. Si tienes alguna duda sobre cómo exigir tu derecho a la Salud te invitamos a que revises la Guía: ¿CÓMO DEFIENDO MI DERECHO A LA SALUD?

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BIBLIOGRAFÍA 1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2. Constitución de la Organización Mundial de la Salud. 3. Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José” 4. Protocolo adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 5. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 6. Observación General 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 7. Ley General de Salud. 8. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 9. Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. 10. Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. 16

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