MF1034_3 Gestión de recursos laborales,formativos y análisis de puestos de trabajo para la inserción

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MF 1034_3 Gestiรณn de recursos laborales, formativos y anรกlisis de puestos de trabajo para inserciรณn sociolaboral de personas con discapacidad.


MF1034_3. Gestión de recursos laborales, formativos y análisis de puestos de trabajo para la inserción sociolaboral de personas con discapacidad

MF 1034_3 Gestión de recursos laborales, formativos y análisis de puestos de trabajo para inserción sociolaboral de personas con discapacidad.

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Índice • INTRODUCCIÓN...............................................................................

• UNIDAD DIDÁCTICA 1. Caja y terminal punto de venta.................. 1.1. Caja y equipos utilizados en el cobro y pago de operaciones de venta 1.1.1. Funcionamiento.............................................................................. 1.1.2. Características.................................................................................. 1.2. Sistemas tradicionales................................................................................... 1.2.1. Caja registradora.............................................................................. 1.2.2. Datáfono.......................................................................................... 1.3. Elementos y características del TPV.......................................................... 1.4. Apertura y cierre del TPV........................................................................... 1.5. Escáner y lectura de la información del producto................................... 1.6. Otras funciones auxiliares del TPV............................................................ 1.7. Lenguajes comerciales: codificación de la mercancía, transmisión electrónica de datos (sistema EDI u otros)............................................... 1.8. Descuentos, promociones, vales en el TPV.............................................. 1.9. Utilización del TPV (terminal punto de venta)........................................ RESUMEN......................................................................................... AUTOEVALUACIÓN........................................................................

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• UNIDAD DIDÁCTICA 2. Procedimientos de cobro y pago de las operaciones de venta............................................................................. Datos del autor 2.1. Caracterización de los sistemas y medios de cobro y pago.................... 2.1.1. Efectivo............................................................................................ Ana Belén Viña Quintás es diplomada en Trabajo Social y posgraduada en 2.1.2. porTransferencia domiciliación ....................................... Gerontología la Universidady de Santiago de bancaria. Compostela. Desde el año 2007 su experiencia profesional se ha vinculado al trabajo social, 2.1.3. Tarjeta de crédito y débito............................................................. y especialmente al colectivo de la tercera edad, en diferentes ámbitos del sector público. 2.1.4. Pago contra reembolso...................................................................

En el año 2011 realiza el certificado de profesionalidad de Formador Ocupacional, mediante teléfonos móviles, del cual 2.1.5. obtienePago conocimientos relacionados con ulaotros.................................. elaboración de contenidos didácticos, por lo que en la actualidad combina su profesión de trabajadora social 2.1.6. Medios de pago online y seguridad del acomercio con la elaboración de contenidos didácticos asociados diversos electrónico. certificados de profesionalidad. 2.2. Los justificantes de pago..............................................................................

2.2.1. El recibo: elementos y características........................................... 2.2.2. Justificante de trasferencias........................................................... 2.3. Diferencias entre factura y recibo............................................................... 2.3.1. Obligaciones para el comerciante y establecimiento comercial 2.4. Devoluciones y vales.................................................................................... 2.4.1. Normativa........................................................................................ 2.4.2. Procedimientos internos de gestión............................................. 2.5. Registro de las operaciones de cobro y pago............................................ 2.6. Arqueo de caja............................................................................................... 2.6.1. Concepto y finalidad....................................................................... 2.7. Recomendaciones de seguridad e higiene postural en el TPV............... RESUMEN.........................................................................................

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Ficha Gestión de recursos laborales, formativos y análisis de puestos de trabajo para inserción sociolaboral de personas con discapacidad. 1ª Edición Certia Editorial, Pontevedra, 2017 Autor: Ana Belén Viña Quintás Formato: 170 x 240 mm

Gestión

• 259 páginas.

de recursos laborales, formativos y análisis de puestos de

trabajo para inserción sociolaboral de personas con discapacidad.

Servicios

socioculturales y a la comunidad

No está permitida la reproducción total o parcial de este libro, ni su tratamiento informático, ni la transmisión de ninguna forma o por cualquier medio, ya sea electrónico, mecánico, por fotocopia, por registro u otros métodos, sin el permiso previo y por escrito de los titulares del Copyright. Derechos reservados 2017, respecto a la primera edición en español, por Certia Editorial. ISBN: 978-84-16481-93-4 Editor: Cenepo Consult, SLU Depósito legal: PO 419-2017 Impreso en España - Printed in Spain Certia Editorial ha incorporado en la elaboración de este material didáctico citas y referencias de obras divulgadas y ha cumplido todos los requisitos establecidos por la Ley de Propiedad Intelectual. Por los posibles errores y omisiones, se excusa previamente y está dispuesta a introducir las correcciones pertinentes en próximas ediciones y reimpresiones. Fuente fotografia portada: Pixabay, autoriza a copiar, distribuir, comunicar publicamente la obra y adaptar el trabajo.


40 60

MF1037_3: Seguimiento del proceso de inserciรณn sociolaboral de personas con discapacidad

MP0164: Mรณdulo de prรกcticas profesionales no laborales

150

60

420

470

90

MF1036_3 Metodologรญa de empleo con apoyo en la inserciรณn sociolaboral de personas con discapacidad

120

Duraciรณn horas totales certificado de profesionalidad

90

MF1035_3 Entrenamiento en habilidades sociolaborales de personas con discapacidad MF1021_3: Participaciรณn ciudadana

90

90

Duraciรณn horas mรณdulos formativos

UF0799: Desarrollo de habilidades personales y sociales de las personas con discapacidad UF0800: Habilidades de comunicaciรณn y promociรณn de conductas adaptadas de la persona con discapacidad UF0801: Entrenamiento de habilidades laborales

Correspondencia con el Catรกlogo Modular de Formaciรณn Profesional Mรณdulos certificado H.CP Unidades formativas

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H. Q

350

40

90

30

40

60

90

Horas

FICHA DE CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD (SSCG0109) INSERCION LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (RD 721/2011,de 20 de mayo)

ร rea profesional: Actividades Atenciรณn social

Familia profesional: SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD



Índice • INTRODUCCIÓN............................................................................... 13 • UNIDAD DIDÁCTICA 1. Marco de la discapacidad.......................... 15 1.1. Conceptos y terminología............................................................................17 1.1.1. Discapacidad, deficiencia, minusvalía..........................................17 1.1.2. Dependencia y conceptos relacionados.......................................21 1.2. Modelo del funcionamiento y de la discapacidad....................................24 1.2.1. Conceptos y terminología del modelo........................................24 1.3. Clasificación internacional del funcionamiento, de la discapacidad y de la salud CIF. Tipos de discapacidad...........................................................28 1.3.1. Clasificación y tipos de discapacidad...........................................28 1.3.2. Etiología de las discapacidades.....................................................31 1.3.3. Clasificación internacional del funcionamiento, la discapacidad y la salud...........................................................................................32 1.3.4. Necesidades de las personas con discapacidad..........................37 1.4. El certificado de discapacidad. Utilidad y beneficios para la inserción laboral.............................................................................................................42 1.4.1. Certificado de discapacidad...........................................................42 1.4.2. Utilidad y beneficios para la inserción laboral............................47 1.5. Discapacidad y dependencia. La Ley de Promoción de la Autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia...........49 1.5.1. Discapacidad y dependencia..........................................................49


1.5.2. La Ley de Promoción de la Autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia.........................................50 1.6. Protección económica de la discapacidad. Ayudas y prestaciones económicas.....................................................................................................58 1.6.1. Protección económica de la discapacidad..................................58 1.6.2. Ayudas y prestaciones económicas...............................................61 RESUMEN.............................................................................................. 67 ACTIVIDADES....................................................................................... 69 • UNIDAD DIDÁCTICA 2. Recursos sociolaborales y formativos para personas con discapacidad................................................................... 71 2.1. Modalidades de integración sociolaboral..................................................72 2.1.1. Centros ocupacionales....................................................................74 2.1.2. Centro especial de empleo.............................................................76 2.1.3. Enclaves laborales...........................................................................78 2.1.4. Empleo con apoyo..........................................................................80 2.1.5. Empleo ordinario............................................................................81 2.2. Medidas de fomento del empleo................................................................83 2.2.1. Contratación de personas con discapacidad...............................83 2.2.2. Incentivos fiscales...........................................................................88 2.2.3. Apoyo al autoempleo......................................................................91 2.2.4. Centro especiales de empleo. Ayudas...........................................94 RESUMEN.............................................................................................. 99


ACTIVIDADES......................................................................................101 • UNIDAD DIDÁCTICA 3. Recursos formativos para personas con discapacidad........................................................................................103 3.1. Formación Profesional y empleo............................................................. 105 3.2. Formación profesional reglada. Características..................................... 106 3.2.1. Características............................................................................... 108 3.3. Formación Profesional para el Empleo. Características...................... 110 3.3.1. Características............................................................................... 110 3.4. Escuelas taller y casas de oficio................................................................ 112 3.5. Talleres de empleo..................................................................................... 116 3.6. Otras medidas o recursos de inserción................................................... 118 RESUMEN............................................................................................ 121 ACTIVIDADES..................................................................................... 123 • UNIDAD DIDÁCTICA 4. Recogida, análisis y organización de la información en la inserción sociolaboral de personas con discapacidad ............................................................................................................. 125 4.1. Guía de recursos: concepto, características y fases de elaboración.... 126 4.2. Fuentes de información: tipos y características..................................... 130 4.2.1. Concepto....................................................................................... 130 4.2.2. Tipos y características.................................................................. 131 4.3. Técnicas de instrumentos de recogida, análisis y organización de la información................................................................................................. 134


4.3.1. Recogida de información............................................................ 135 4.3.2. Análisis y organización.................................................................. 136 4.4. Clasificación de la información. Normas, sistemas y criterios............ 140 4.5. Síntesis de la información. Formatos. Bases de datos.......................... 143 4.5.1. Síntesis de la información............................................................. 143 4.5.2. Formatos....................................................................................... 144 4.5.3. Bases de datos............................................................................... 145 4.6. Vías de difusión de la información......................................................... 147 4.7. Protección de datos. Medidas de seguridad........................................... 149 4.7.1. Protección de datos........................................................................ 150 4.7.2. Medidas de seguridad.................................................................. 151 RESUMEN............................................................................................ 155 ACTIVIDADES..................................................................................... 157 • UNIDAD DIDÁCTICA 5. Mercado laboral e inserción sociolaboral de personas con discapacidad..................................................................159 5.1. Políticas e iniciativas de integración laboral de las personas con discapacidad a nivel europeo, estatal y autonómico.............................. 160 5.1.1. Iniciativas europeas...................................................................... 161 5.1.2. Iniciativas estatales....................................................................... 163 5.1.3. Iniciativas autonómicas............................................................... 164 5.2. Mercado de trabajo en España................................................................. 164 5.2.1. Oferta, demanda e intermediarios............................................. 165


5.2.2. Fuentes de información del mercado de trabajo..................... 167 5.2.3. Vías de acceso al mercado de trabajo: la oferta pública de empleo, la oferta privada y el autoempleo................................ 170 5.3. La empresa. Concepto. Tipos de estructura organizativa. Responsabilidad social de las empresas.................................................. 178 5.3.1. La empresa. Concepto................................................................. 179 5.3.2. Tipos de estructura organizativa................................................ 181 5.3.3. Responsabilidad social de las empresas.................................... 185 5.4. Normativa laboral. Contrato de trabajo. Jornada laboral. El salario. Permisos y vacaciones............................................................................... 187 5.4.1. Normativa laboral........................................................................ 187 5.4.2. Contrato de trabajo...................................................................... 189 5.4.3. Jornada laboral.............................................................................. 193 5.4.4. El salario........................................................................................ 195 5.4.5. Permisos y vacaciones................................................................. 196 5.5. Pautas de actuación con empresas e instituciones para la intermediación laboral............................................................................... 200 5.5.1. Acciones de sensibilización para la contratación de personas con discapacidad.......................................................................... 201 5.5.2. Estudio de perfiles profesionales............................................... 203 5.5.3. Procesos de generación de la oferta de empleo y contratación ........................................................................................................ 207 5.5.4. Flujos de información: inputs y outputs...................................... 207 5.5.5. Relaciones con los departamentos de recursos humanos...... 210


5.5.6. Guía de gestión de la intermediación laboral.......................... 213 RESUMEN............................................................................................ 217 ACTIVIDADES..................................................................................... 219 • UNIDAD DIDÁCTICA 6. Análisis de puestos de trabajo para la inserción sociolaboral de personas con discapacidad.........................221 6.1. Puesto de trabajo: estudio y contextualización...................................... 222 6.2. Funciones, tareas, habilidades y capacidades requeridas...................... 224 6.3. Indicadores y pautas para el análisis de puestos de trabajo................. 226 6.4. Procedimiento para la identificación de necesidades. Evaluación de las condiciones de trabajo............................................................................... 229 6.4.1. Procedimiento para la identificación de las necesidades........ 229 6.4.2. Evaluación de las condiciones de trabajo................................. 230 6.5. Características de la adaptación al puesto de trabajo. Medidas a adoptar ...................................................................................................................... 234 RESUMEN............................................................................................ 237 ACTIVIDADES..................................................................................... 239 • RESUMEN FINAL............................................................................ 241 • AUTOEVALUACIÓN FINAL........................................................... 243 • SOLUCIONES................................................................................... 245 • BIBLIOGRAFÍA/WEBGRAFÍA....................................................... 253


Introducción La inserción laboral para personas con discapacidad pretende abordar una perspectiva global en la intervención con este colectivo de la sociedad. De este modo, cobra importancia el conocimiento de la gestión de recursos laborales, formativos y el análisis de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. El objetivo general que se persigue sería el análisis de la intervención en el ámbito de la inserción sociolaboral, así como la identificación de los recursos formativos y sociolaborales existentes. El contenido del módulo se organiza a través de varios apartados. En el primer epígrafe se contextualizará el marco de la discapacidad, explicando los diferentes conceptos y criterios de clasificación en este ámbito, y se hará referencia a la reciente Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, conocida como Ley de dependencia. A continuación, se abarcará el conocimiento de los recursos sociolaborales y formativos para las personas con discapacidad, visionando las modalidades de integración laboral así como las del fomento del empleo. Los recursos formativos conformarán un tercer apartado, seguido de la formación en la recogida, análisis y organización de la información que podríamos obtener, además, de su análisis e interpretación. En los últimos dos apartados se ampliarán conocimientos sobre la situación del mercado laboral en España, las políticas públicas que llevan a cabo las administraciones, así como el análisis los puestos de trabajo de las personas con discapacidad. Una vez desarrollados los contenidos de cada tema, se establecerán los resúmenes y las actividades de evaluación, cuya realización cuenta con una gran relevancia, ya que nos permitirá comprobar la compresión del módulo y analizar las dificultades encontradas.

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Unidad

Marco de la discapacidad

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• Contenido 1.1. Conceptos y terminología 1.2. Modelo del funcionamiento y de la discapacidad 1.3. Clasificación internacional del funcionamiento, de la discapacidad y de la salud CIF. Tipos de discapacidad 1.4. El certificado de discapacidad. Utilidad y beneficios para la inserción laboral 1.5. Discapacidad y dependencia. La Ley de Promoción de la Autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia 1.6. Protección económica de la discapacidad. Ayudas y prestaciones económicas

• Resumen • Actividades

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as personas con discapacidad forman parte de un colectivo social al que el funcionamiento de la sociedad ha mantenido normalmente en condiciones de exclusión. De este modo, se conforma una restricción de los derechos, así como del uso y disponibilidad de recursos dirigidos a toda la población. Hoy en día, no se puede negar el progreso alcanzado en el ámbito de las personas con discapacidad en cuanto a disposiciones legislativas, servicios sanitarios y sociales, etc. Pero también es innegable que estas personas ven limitados estos avances en cuanto al uso de los mismos, ya que algunos son restrictivos a su participación, o bien no tuvieron en cuenta sus necesidades específicas. El anhelo de una vida participativa y de plena autonomía personal no puede ser correspondida si existe una limitación en los derechos básicos de igualdad y libertad. Entonces, este conglomerado de obstáculos que encuentran las personas con discapacidad en el ejercicio de sus derechos, se traduce en una situación de exclusión social, a la que deben de responder los diferentes agentes sociales, pero sobre todo, las administraciones públicas a través de políticas que eliminen dichas barreras y trabajen por nuevos avances hacia la inserción social.

Imagen que simboliza la integración de una persona con discapacidad

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.1. Conceptos y terminología

El concepto de discapacidad y la tipología de las mismas a lo largo de los años ha evolucionado usando diferentes connotaciones y terminologías. Palabras tales como deficiente, disminuido, minusválido, inválido, etc., y las definiciones y clasificaciones que se hacían de estos conceptos, aportaban significados muy variados de las consecuencias de una discapacidad. Así mismo, no podemos hablar de la terminología relacionada con los conceptos de discapacidad sin hacer una breve alusión al concepto de salud. Según la Organización mundial de la Salud (OMS): «salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones y enfermedades».

1.1.1. Discapacidad, deficiencia, minusvalía Para poder usar bien el lenguaje, y no discriminar a ninguna persona en el uso de la terminología y un mal uso de la misma, es bueno diferenciar de modo preciso estos tres términos que se usan habitualmente, a veces, como si fueran equivalentes. La Organización Mundial de la Salud elaboró un documento publicado en 1980, denominado Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías (CIDDM). Manual de clasificación de las consecuencias de la enfermedad, en el que se aborda el concepto de la discapacidad, no desde el tradicional concepto médico (patología, etiología), sino desde un nuevo modelo de las consecuencias de la enfermedad. En esta clasificación distinguía entre los conceptos de deficiencias, discapacidades y minusvalías1: • Deficiencia: pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica,

fisiológica o anatómica. Estas pérdidas o anormalidades pueden ser temporales o permanentes, e incluyen la existencia o aparición de una anomalía, defecto o pérdida en una extremidad, órgano, tejido u otra estructura corporal, o un defecto en un sistema funcional o mecanismo

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, (2001), Clasificación Internacional del Funcionamiento, Discapacidad y Salud, Madrid, Secretaría del estado de servicios sociales, familias y discapacidad, (pp.3-240). 1

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del cuerpo, incluso los sistemas de la función mental. Representa la exteriorización de un estado patológico, y en un principio, refleja perturbaciones a nivel orgánico.

• Discapacidad: restricción o ausencia, debida a una deficiencia, de la capacidad de realizar una actividad de la forma dentro del margen considerado normal para un ser humano.

Se refiere, por tanto, a excesos o insuficiencias en el desempeño de actividades complejas o disgregadas que se esperan de la persona o del cuerpo en conjunto, afectadas por lo general en elementos esenciales de la vida cotidiana, como pueden ser las representadas por tareas, actitudes y conductas. Pueden ser excesos o insuficiencias temporales o permanentes, reversibles o irreversibles y progresivas o regresivas. Surgen como consecuencia directa de la deficiencia o como una respuesta, sobre todo psicológica, del propio individuo a la deficiencia. Reflejan las consecuencias de las deficiencias, desde el punto de vista del rendimiento y de la actividad del individuo; las discapacidades representan trastornos o alteraciones a nivel de la persona. Facilitan la óptica rehabilitadora.

• Minusvalía: situación desventajosa para un individuo determinado, consecuencia de una deficiencia o discapacidad, que limita o impida el desempeño de un rol que es normal en su caso, en función de la edad, sexo y factores sociales y culturales. Así, la minusvalía representa la socialización de una deficiencia y/o discapacidad y, en cuanto tal, refleja las consecuencias culturales, sociales, económicas y ambientales que para el individuo se deriva de la presencia de la deficiencia y/o la discapacidad. Ocurre cuando dichas personas se enfrentan a barreras culturales, físicas o sociales que les impiden el acceso a los diversos sistemas de la sociedad que están a disposición de los demás ciudadanos.

Ilustración de una ayuda técnica de apoyo a la discapacidad

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A una persona, una enfermedad o un trastorno, le puede producir una deficiencia (en una parte de su cuerpo, por ejemplo), que en consecuencia genera una discapacidad (como una disminución en el funcionamiento de esta parte del cuerpo), la cual puede significar una minusvalía cuando interactúe con el entorno.

Para poder visualizar mejor la diferencia terminológica, veremos un ejemplo: • Una persona posee una discapacidad física (una amputación del miembro inferior derecho, a consecuencia de un accidente de tráfico). Usa una prótesis en dicha estructura corporal que le ayuda a desenvolverse con normalidad en la vida diaria. En este caso, se hablaría de una deficiencia, y no minusvalía. • Una persona presenta una tetraplejia (deficiencia). Utiliza la ayuda técnica de una silla de ruedas, pero a pesar de ello; realiza actividades de ocio en su entorno, aunque a veces tiene dificultades de movilidad en algunos espacios urbanos. En este ejemplo, se referiría a una discapacidad. Sería una minusvalía en el caso de que esta persona no pudiera desarrollar un rol normalizado en su entorno comunitario y cultural. IMPORTANTE No todas las personas con una deficiencia sufren una discapacidad ni todas las que tienen una discapacidad tienen una minusvalía. Poco después de aprobarse la CIDDM, la OMS revisa el trabajo y el 22 mayo de 2001, en la 54º Asamblea, aprueba la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la discapacidad y de la salud (CIF) que veremos en profundidad en el apartado 1.2 de este módulo. La CIDDM se centra en la enfermedad, mientras que las CIF, en el estado de salud. La CIF propone el siguiente esquema conceptual2:

2

Déficit en el funcionamiento: sustituye al término deficiencia (problemas que afectan a una estructura o función corporal).

Limitación en la actividad: dificultades en la ejecución de tareas. Sustituye al término discapacidad.

Ibídem nota 1

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Restricción en la participación: problemas que se pueden experimentar en la implicación en situaciones vitales. Sustituye al término minusvalía.

Discapacidad: déficits, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación. Denota los aspectos negativos de la interacción del individuo con una alteración de la salud y su entorno.

En resumen, según la OMS, la discapacidad es un término general que abarca las deficiencias (afectan a la estructura o función corporal), las limitaciones de la actividad (ejecución de tareas) y las restricciones de la participación (en relación con el entorno). Se entiende por discapacidad «la interacción entre las personas que padecen alguna enfermedad y los factores personales y ambientales». Con esta modificación en la terminología por parte de la OMS, se pretendía que los gobiernos de los distintos países, aplicarán estas referencias en su normativa sobre discapacidad. En España, la legislación vigente en vigor era el Real Decreto 1971/1999, del 23 de diciembre, del procedimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía3, y para adaptarse a la definición dada por la CIF en 2001, tuvo que modificarse por el Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, del procedimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad; dando lugar a una nueva conceptualización: En el Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, los términos que se usaban para referirse a «minusvalía», quedan sustituidos por el término «discapacidad», y los de «discapacidad» se denominan «limitaciones en la actividad».4 En relación a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, todas las referencias al término «grado de minusvalía» quedan sustituidas por «grado de discapacidad»; todas las referencias al término «grado de discapacidad» quedan sustituidas por «grado de las limitaciones en la actividad».5

REAL DECRETO 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. Boletín oficial del Estado, 26 de enero de 2000, núm.22, pp.3317-3410. 4 REAL DECRETO 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado discapacidad, y por el que se modifica el REAL DECRETO 1971/1999, de 23 de diciembre. Boletín oficial del Estado, 26 de diciembre de 2009, núm.311, pp.110413-110415. 5 Ibídem nota 4 3

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Para determinar el grado de discapacidad, la CIF se basa en usar una misma escala de gravedad en cinco niveles para todos los componentes: funciones y estructuras corporales, actividades y participación, y factores contextuales. A partir de esta escala, las deficiencias podrán graduarse según la limitación para la realización de una actividad y, por tanto, establecerse a su vez distintas definiciones: NO hay deficiencia o insignificante Deficiencia LIGERA Deficiencia MODERADA Deficiencia GRAVE Deficiencia COMPLETA

0-4% 5-24% 25-49% 50-95% 96-100%

Escala para determinar el grado de discapacidad según la CIF

1.1.2. Dependencia y conceptos relacionados La Ley 39/2006, de 14 de diciembre6, en su artículo 2, establece una serie de conceptos que es necesario mencionar, por la importancia que tienen al estudiar a las personas con discapacidad: •

Autonomía: es la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.

Dependencia: el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.

LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia. Boletín oficial del Estado, 15 de diciembre de 2006, núm.299, pp.44142-44156. 6

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Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD): las tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como: el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas.

Necesidades de apoyo para la autonomía personal: las que requieren las personas que tienen discapacidad intelectual o mental para hacer efectivo un grado satisfactorio de autonomía personal en el seno de la comunidad.

Cuidados no profesionales: la atención prestada a personas en situación de dependencia en su domicilio, por personas de la familia o de su entorno, no vinculadas a un servicio de atención profesionalizada.

Cuidados profesionales: los prestados por una institución pública o entidad, con y sin ánimo de lucro, o profesional autónomo entre cuyas finalidades se encuentre la prestación de servicios a personas en situación de dependencia, ya sean en su hogar o en un centro.

Asistencia personal: servicio prestado por un asistente personal que realiza o colabora en tareas de la vida cotidiana de una persona en situación de dependencia, de cara a fomentar su vida independiente, promoviendo y potenciando su autonomía personal.

Tercer sector: organizaciones de carácter privado surgidas de la iniciativa ciudadana o social, bajo diferentes modalidades que responden a criterios de solidaridad, con fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro, que impulsan el reconocimiento y el ejercicio de los derechos sociales.

Además de estos conceptos que nos aporta la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, se puede hacer referencia a otros relacionados con la dependencia y la discapacidad. Es de gran importancia conocer el significado de los mismos, ya que permitirá llevar a cabo una intervención eficaz en la inserción sociolaboral. Así, se pueden citar los siguientes: • Prevención: adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzca un deterioro físico, intelectual, psíquico o sensorial, o incluso evitar que dicho deterioro cause una discapacidad o limitación funcional. La prevención también se puede clasificar en tres tipos, como se señala a continuación en la siguiente tabla:

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PREVENCIÓN Primaria Secundaria (tratamiento) Terciaria (rehabilitación)

OBJETIVOS Evitar la enfermedad o accidente. Reducir riesgos y evitar que las enfermedades y accidentes den lugar a discapacidades. Reducir al mínimo los efectos discapacitantes. Niveles y objetivos de la prevención

• Integración: este concepto, implica que las políticas públicas, los servicios sociales, la comunidad, etc. deben organizarse, planificarse o adaptarse para garantizar la prevención e intervención en situaciones de riesgo, así como la aceptación de diferencias y el desarrollo pleno, libre e independiente en un contexto de reconocimiento sobre la importancia de facilitar acceso a la solución de necesidades en la comunidad, alternativas lo menos institucionalizadas posibles. Sugiere tomar en cuenta la opinión y participación de los sujetos de la acción, respetando y aceptando diferencias, capacidad y necesidades de cada ciudadano. • Normalización: implica la posibilidad de desarrollar una vida lo más similar posible a la considerada habitual en la sociedad, vivir experiencias comunes de desarrollo y tener la posibilidad de elección de opciones de vida y de ser respetado. Este término no hace énfasis en que la persona sea normal, sino en hacer que las condiciones de vida de la sociedad permitan la integración de todas las personas. • Diversidad: hace referencia a las diferencias personales y socioculturales que se ponen de manifiesto en las múltiples expectativas, motivaciones, ritmos de trabajo, capacidades y estilos de aprendizaje. • Igualdad de oportunidades: se entiende como el proceso mediante el cual los diversos sistemas de la sociedad, el entorno físico, los servicios, las actividades, la información y documentación, se ponen a disposición de todas las personas por igual, procuran atender sus necesidades en sus comunidades y en el marco de las estructuras comunes de educación, salud, empleo y servicios sociales. Implica igualdad de derechos, pero asumiendo responsabilidades.

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Estos y otros conceptos relacionados con la discapacidad y dependencia, hay que conocerlos por la gran transcendencia que tienen a la hora de trabajar con personas con discapacidad, ya que son muy utilizados en la legislación aplicable a este colectivo y además, útiles cuando se elaboran proyectos de intervención e itinerarios de inserción.

1

.2. Modelo del funcionamiento y de la discapacidad Como ya se explicó en el apartado anterior, la OMS realizó en un primer momento la CIDDM (1980) y, años más tarde, la CIF (2001). Esta última es la versión más operativa para estudiar el concepto y clasificación de las discapacidades y, por lo tanto, la que se debe tener en cuenta como referente para un buen estudio. El modelo del funcionamiento y la discapacidad proporciona un abordaje, desde una perspectiva múltiple, a la clasificación del funcionamiento y la discapacidad como un proceso interactivo y evolutivo. Según la CIF, el objetivo de este modelo es «brindar un lenguaje estandarizado y unificado, y un marco conceptual para la descripción de la salud y los estados relacionados con la salud».7

1.2.1. Conceptos y terminología del modelo El modelo que propone la CIF se basa en terminología básica que se debe tener en cuenta para entender el desarrollo del mismo. Los conceptos serían los siguientes: • Funciones corporales: funciones fisiológicas de los sistemas corporales. • Estructuras corporales: partes anatómicas del cuerpo. • Deficiencias: desviación o pérdida en las funciones o estructuras corporales. AA.VV, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (2001), Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, Madrid, Instituto de Migraciones y Servicios Sociales. Disponible en: http://www.imserso.es/ InterPresent2/groups/imserso/documents/binomio/435cif/pdf/ [Fecha de acceso: 2/04/16]. 7

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• Actividad: realización de una acción. • Limitaciones en la actividad: dificultades que un individuo puede tener en el desempeño de actividades. • Participación: es el acto de involucrarse en una situación vital. • Restricciones en la participación: problemas que la persona puede experimentar al involucrarse en las situaciones vitales. • Factores ambientales: ambiente físico, social y actitudinal en el que vive una persona. • Dominio: conjunto de ítems que se agrupan bajo un mismo enunciado en cada una de las escalas de la CIF, y que se encuentran a distintos niveles de desarrollo. • Constructo: conjunto de calificadores usados para describir cada uno de los componentes de la clasificación. • Calificador: cada uno de los elementos que forman parte de un determinado constructo para cada uno de los componentes de la CIF y que describe y/o modifica un determinado ítem de la escala, habitualmente en una escala creciente de carácter negativo, excepto para el caso de los factores ambientales que también lo puede hacer en sentido positivo.

La salud en forma positiva vendrá dada por la participación y actividad junto las funciones y estructuras corporales, mientras que en forma negativa se describe por las deficiencias, limitaciones en la actividad y restricciones de participación.

La CIF responde con un esquema de múltiples interacciones en respuesta al modelo lineal y causal que establecía la CDDIM. Para comprender el dinamismo del modelo del funcionamiento y la discapacidad, se puede visualizar la siguiente figura:

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Esquema interacciones componentes del modelo de funcionamiento

De este esquema, se pueden sacar los siguientes razonamientos: • Los componentes del funcionamiento (participación, actividad, corporal), tienen repercusión en el estado de salud, y a su vez, este último tendrá consecuencia en ellos. • Los componentes del funcionamiento se relacionan todos entre sí. • Los factores contextuales (ambientales y personales), condicionan y pueden ser condicionados por los componentes citados. La estructura de la CIF, está dividida en dos partes, subdividiéndose cada una de ellas en otros componentes: • Funcionamiento y discapacidad: -

Funciones y estructuras corporales: o Cambios en funciones corporales (fisiológico). o Cambios en estructuras corporales (anatómico).

-

Actividades y participación: o Capacidad: ejecución de tareas en un entorno uniforme. o Desempeño/realización: ejecución de tareas en el entorno real.

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• Factores contextuales: -

Factores ambientales: influencia externa sobre el funcionamiento y la discapacidad, que pueden ser barreras o facilitadores sobre ellos.

-

Factores personales: la influencia interna de las características de la persona sobre el funcionamiento y la discapacidad. En esta versión de la CIF no se ha desarrollado una escala de niveles para este componente.

Para tratar de proporcionar una visión de conjunto de los conceptos que contiene esta estructura, la siguiente8 tabla la presenta de forma global: Parte 1: Funcionamiento y Discapacidad Funciones/ Actividades y Componentes Estructuras Participación Corporales Funciones Corporales Áreas vitales Dominios (acciones) Estructuras Corporales Capacidad. Cambios en Realización funciones de tareas en corporales un entorno (fisiológicos) uniforme Constructos Cambios en Desempeño/ estructuras realización de corporales tareas en el (anatómicos) entorno real Integridad Aspectos Actividad, funcional, positivos participación estructural CIF

Parte 2: Factores Contextuales Factores Ambientales

Factores Personales

Influencias externas sobre funcionamiento y discapacidad

Influencias internas sobre funcionamiento y discapacidad

Efecto facilitador o de barrera de las Efecto de los características atributos de la del mundo físi- persona co, actitudinal, etc.

Facilitadores

No aplicable

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, (2001), Clasificación Internacional del Funcionamiento, Discapacidad y Salud, Madrid, Secretaría del estado de servicios sociales, familias y discapacidad, (p.16). 8

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Aspectos negativos

Deficiencia

Limitación a la actividad, restricción a la participación

Barreras

No aplicable

Visión del conjunto de la CIF

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.3. Clasificación internacional del funcionamiento, de la discapacidad y de la salud CIF. Tipos de discapacidad Existen multitud de clasificaciones dadas por diferentes organismos, asociaciones y administraciones públicas y, además, atendiendo a múltiples criterios. A continuación, se va a exponer una clasificación global, y otra propia de la CIF.

1.3.1. Clasificación y tipos de discapacidad En cuanto a la hora de hacer referencia a una clasificación generalizada para identificar las características de las discapacidades, normalmente se tiende a categorizarlas en tres grupos: física, mental, sensorial y mixta. Tipo de discapacidad Físicas

Psíquicas Sensoriales Mixtas

Sistemas Corporales Afectados Aparato circulatorio, respiratorio, digestivo, genito-urinario, nervioso, endocrino-metabólico, locomotor Deficiencia mental Discapacidad intelectual Enfermedad mental Visión, audición, expresión, etc. Confluencia de varias discapacidades (parálisis cerebral, microcefalia, etc.) Clasificación general de las discapacidades

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• Físicas: son aquellas que se refieren a un deterioro en su aparato locomotor en relación al resto de personas. Puede ser a consecuencia de la ausencia o deterioro de algún órgano o sistema corporal y se producen restricciones funcionales: - Aparato circulatorio: en este grupo están incluidas todas las personas que tienen afectado algún órgano o función del sistema circulatorio. Por tanto, comprende alas personas que dependen de válvulas mitrales, marcapasos, etc. Incluye también a las personas que padecen alguna discapacidad originada por una deficiencia circulatoria, soplo cardíaco, arritmia, bloqueo cardíaco, palpitación, taquicardia, etc. -

Aparato respiratorio: comprende a las personas que dependen de aparatos o equipos que actúen sobre el sistema respiratorio para poder mantenerse con vida, como los respiradores. Recoge también a las personas que han manifestado alguna discapacidad originada por una deficiencia respiratoria, como la insuficiencia o alteraciones de la respiración, etc. o también a las personas a las que se les ha practicado una traqueotomía.

- Aparato digestivo: recoge todas las deficiencias del aparato digestivo que dan lugar a discapacidades como ocurre en algunos casos de vómitos, náuseas, diarreas, cólicos intestinales o biliares, hemorroides, colon irritable, úlceras, dificultades graves para masticar o tragar, obstrucción esofágica, etc. o cualquier otro defecto en el esófago, estómago, intestino, recto, vesícula, hígado o bazo, etc. Están comprendidas las personas con orificios artificiales como consecuencia de alguna intervención quirúrgica. -

Aparato genito-urinario: recoge a las personas que dependen de aparatos como el riñón artificial, sondas permanentes u otras ayudas técnicas, así como las que padecen una discapacidad que tiene origen en alguna deficiencia, como la insuficiencia renal, cólico renal, incontinencia urinaria, etc.

-

Sistema nervioso: recoge a las personas con deficiencias en el sistema nervioso que les produce alguna limitación importante, como pueden ser la epilepsia, temblor, incorporación de movimientos,

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ciertos vértigos de origen nervioso, movimientos involuntarios, párkinson, esclerosis múltiple, etc. - Endocrino-metabólicas: incluye a todas aquellas personas que manifiestan alguna discapacidad originada por una deficiencia del metabolismo o en las glándulas endocrinas, como diabetes, obesidad, enanismo, gigantismo, etc. -

Aparato locomotor: comprende a las personas con deficiencias relacionadas con la cabeza-tronco, las extremidades superiores y las inferiores.

• Psíquicas: existe una discapacidad vinculada a la afectación de las funciones psicológicas o bien, algún tipo de desorden psicopatológico. Existen dos grandes grupos: -

Deficiencia mental/discapacidad intelectual: se manifiesta en forma de limitaciones en el desarrollo corriente y se caracteriza por un funcionamiento intelectual significativamente inferior a la media, junto con limitaciones en diferentes áreas de habilidades adaptativas.

-

Enfermedad mental: afecta a las esferas cognoscitiva y emocional y tiene repercusión significativa en las relaciones afectivas y con el mundo exterior. Son la consecuencia de factores biológicos, psicológicos y sociales.

• Sensoriales: es una pérdida total o parcial de la estructura o función de uno o varios sentidos, que ocasiona una alteración en el desarrollo de la persona, por cuyo motivo necesitan tratamiento adecuado. Suele referirse a deficiencias de la visión (ceguera), audición (sordera), de la expresión (lenguaje), etc. Las deficiencias sensoriales pueden tener su origen en alteraciones del sistema nervioso periférico, del central o de ambos a la vez. • Mixtas: no están englobadas en ninguno de los apartados anteriores. A modo de ejemplo, pueden ser: -

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Parálisis cerebral: recoge las personas que padecen una lesión cerebral permanente y no progresiva que se manifiesta por trastornos motores, cómo moverse con dificultad, descoordinación

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de movimientos y que puede ir asociada con trastornos del lenguaje, problemas de audición o de vista, que son de origen central. - Otras: recoge las personas que han declarado padecer alguna discapacidad que tiene su origen en una deficiencia de tipo mixto distinta de la parálisis cerebral, como microcefalia, trastorno psicomotor, etc. Esta es la clasificación más común que se usa en la sociedad, usando una terminología básica, clara y entendible para diferenciar los tipos de discapacidad.

1.3.2. Etiología de las discapacidades Es de importancia, que, al hablar de discapacidades, se tenga un conocimiento general de las causas que pueden conducir a ellas. En cuanto a las etiologías (causas) más frecuentes que se pueden encontrar en las distintas discapacidades, se destacan las siguientes: Neonatalidad

Accidente Enfermedad

Geriatría

CAUSAS DE LAS DISCAPACIDADES Transmisión congénita Problemas en el parto Sufrimiento fetal (nacido con bajo peso) Embarazo de riesgo (malos hábitos durante el embarazo, edad de la madre, estado de salud físico y psíquico) Doméstico, laboral, colegio, otras causas Naturaleza endógena (producido por causas internas: envejecimiento) Naturaleza exógena (producido por causas externas, del medio) Envejecimiento natural Agravamiento del envejecimiento Etiología de las discapacidades

El conocimiento de los factores que pueden causar una discapacidad es importante, ya que a partir de su estudio se puede llegar a llevar a cabo una prevención a nivel clínico y en el ámbito social.

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1.3.3. Clasificación internacional del funcionamiento, la discapacidad y la salud Hasta el momento, en otros apartados del módulo, se analizaron los nuevos conceptos que aporta la CIF (2001)9, en relación con su predecesora (CDDIM, 1980)10; se clarificó la estructura que sigue esta nueva clasificación; y se acaban de exponer alguna otra categorización de discapacidades con carácter general y la etiología principal de las mismas. Visto esto, solo cabe mencionar aquí como se lleva a cabo la codificación de las discapacidades de la CIF, así como sus principales categorías en la clasificación. La CIF11 usa un sistema de codificación alfanumérico. Cada escala/componente se le asigna una letra que corresponde al encabezamiento de un código. Éstas son: • b: funciones corporales. • s: estructuras corporales. • d: actividad y participación. • e: factores ambientales. Después de estas letras, se sitúan de tres a cinco números: • 1º dígito: es el primer nivel, indicando el capítulo de la escala. Así, por ejemplo, si el código fuera b3, haría referencia a un ítem de la escala de funciones corporales (b), en su capítulo 3, funciones de la voz y el habla. • 2º y 3º dígito: ambos indican el segundo nivel. Si se usa el código b140, se trataría de la escala de funciones corporales (b), capítulo de funciones mentales (b1), y afectación de funciones de la atención.

Ibídem nota 1.   NACIONES UNIDAS, (2004) [Clasificación Internacional de las Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías] , Boletín de los discapacitados, Estados Unidos. Disponible en: http://www.un.org/esa/socdev/enable/dpbe19992c. htm, [Fecha de acceso: 15/05/2016] 11   Ibídem nota 1 9

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• 4º dígito: es el tercer nivel de desagregación. A modo de ejemplo, un código b2100, correspondería con el componente de funciones corporales, capítulo de funciones sensoriales y dolor, funciones visuales, con el ítem de funciones de la agudeza visual. • 5º dígito: solo usan este dígito las escalas de funciones y estructuras corporales, codificando ítems de subcategorías del tercer nivel. Excepto en el primer nivel, en el resto de niveles se reservan los dígitos 8 y 9 para indicar otros ítems: • 8: se refiere a ítems conocidos, pero no figura en la lista de la escala, y se acompañará al código de un enunciado apto para dicho ítem. • 9: designa un ítem no recogido ni especificable en la escala que se use. Esta es la codificación existente en las escalas de la CIF, aunque la verdadera utilidad se encuentra en el uso de calificadores12 que especifican los estados relacionados con la salud, describiendo a los ítems, como su pérdida o agravamiento. Los calificadores se indican tras el código, separados por un punto (b1400.3) y en el caso del componente de factores ambientales, si el calificador es un facilitador, se usa el símbolo + (b1400.3+3). • Calificador del constructo de funciones corporales: es un único calificador negativo, ya que expresa la magnitud que alcanza la deficiencia funcional. PRIMER CALIFICADOR 0 No hay deficiencia (ninguna, ausencia, insignificante) 1 Deficiencia ligera (poca, escasa) 2 Deficiencia moderada (media, regular) 3 Deficiencia extrema (mucha, extrema)

PORCENTAJE 0-4% 5-24% 25-49% 50-95%

Calificador del constructo de funciones corporales

Ibídem nota 1

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• Calificadores del constructo de estructuras corporales: lo conforman tres calificadores mediante el dígito numérico.

El primero de ellos tiene escala negativa ya que expresa la extensión de la deficiencia estructural: PRIMER CALIFICADOR 0 No hay deficiencia (ninguna, ausencia, insignificante) 1 Deficiencia ligera (poca, escasa) 2 Deficiencia moderada (media, regular) 3 Deficiencia extrema (mucha, extrema) 4 Deficiencia completa (total) 8 Sin especificar 9 No aplicable

PORCENTAJE 0-4% 5-24% 25-49% 50-95% 96-100%

Primer calificador del constructo de funciones corporales

El segundo calificador indica la naturaleza del cambio en la estructura corporal: SEGUNDO CALIFICADOR 0 No hay cambio en la estructura 1 Ausencia total 2 Ausencia parcial 3 Parte adicional 4 Dimensiones aberrantes 5 Discontinuidad 6 Posición desviada 7 Cambios cualitativos en la estructura, incluyendo la acumulación de fluido Segundo calificador del constructo de funciones corporales

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• Calificadores del constructo de actividad y participación: se conforma por dos tipos de calificadores. El primero describe lo que una persona desempeña/realiza en su entorno actual y real; mientras que el segundo, indica la capacidad y aptitud de la persona para realizar una tarea en un contexto normalizado. PRIMER CALIFICADOR 0 No hay dificultad (ninguna, ausencia, insignificante) 1 Dificultad ligera (poca, escasa) 2 Dificultad moderada (media, regular) 3 Dificultad grave (mucha, extrema) 4 Dificultad completa (total) 8 Sin especificar 9 No aplicable

PORCENTAJE 0-4% 5-24% 25-49% 50-95% 96-100%

Primer y segundo calificador del constructo de actividad y participación

• Calificadores del constructo de factores ambientales: se compone de un único grupo de calificadores a través del dígito numérico correspondiente, separado por un punto si es una barrera, o del símbolo +, si es un facilitador: PRIMER CALIFICADOR 0 No hay barrera (ninguna, ausencia, insignificante) 1 Barrera ligera (poca, escasa) 2 Barrera moderada (media, regular) 3 Barrera grave (mucha, extrema) 4 Barrera completa (total) 8 Barrera sin especificar 9 No aplicable +0 No hay facilitador

PORCENTAJE 0-4% 5-24% 25-49% 50-95% 96-100%

0-4%

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+1 Facilitador ligero +2 Facilitador moderado +3 Facilitador grave +4 Facilitador completo +8 Facilitador sin especificar

5-24% 25-49% 50-95% 96-100%

Primer calificador del constructo de factores ambientales

Una vez visto, como se establecen las clasificaciones alfanuméricas de la CIF, cabe decir, que la misma clasifica las discapacidades en función de las áreas afectadas, y estas serían13: DISCAPACIDADES RELACIONADAS CON ÁREAS CORPORALES • Mentales • Sensoriales y dolor • Voz y habla • Sistema cardiovascular, hematológico, inmunológico FUNCIONES y respiratorio CORPORALES • Sistema digestivo, metabólico y endocrino • Genitourinarias y reproductoras • Neuromusculoesqueléticas y relacionadas con el movimiento • La piel y estructuras relacionadas • Sistema nervioso • Ojo, oído y estructuras relacionadas • Sistema cardiovascular, hematológico, inmunológico y respiratorio. ESTRUCTURAS • Sistema digestivo, metabólico y endocrino CORPORALES • Genitourinarias y reproductoras • Neuromusculoesqueléticas y relacionadas con el movimiento • La piel y estructuras relacionadas

Ibídem nota 1

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ACTIVIDADES Y PARTICIPACIÓN

FACTORES AMBIENTALES

• Aprendizaje y aplicación del conocimiento • Tareas y demandas generales • Comunicación • Movilidad • Autocuidado • Vida doméstica • Interacciones y relaciones interpersonales • Áreas principales de la vida • Vida comunitaria, social y cívica • Productos y tecnología • Entorno natural y cambios en el entorno derivados de la actividad humana • Apoyo y relaciones • Actitudes • Servicios, sistemas y política. Clasificación de la CIF en base a las áreas implicadas 14

Por la complejidad de la clasificación de la CIF, si es de interés, se recomienda visitar algunas páginas web donde encontramos el manual abreviado para su manejo15.

1.3.4. Necesidades de las personas con discapacidad Las necesidades de las personas con discapacidad están sometidas a los cambios sociales y son variables dependiendo del tipo de discapacidad y de las necesidades individuales. En la actualidad se puede señalar, entre otras, las siguientes:

Ibídem nota 1   Ibídem nota 1

14  15

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Necesidades de las personas con discapacidad

• Necesidad de promoción de la autonomía personal: las personas con discapacidad tienen afectada en mayor o menor medida algún área de su autonomía personal (laboral, aseo e higiene, movilidad para acudir a actividades formativas, etc.). La sociedad debe solventar esta carencia a través de las medidas legislativas y de recursos adecuados, que puedan ayudar a ser más independientes en su vida. Por ejemplo, estableciendo mayores subvenciones para suprimir barreras arquitectónicas en el entorno y adquisición de ayudas técnicas, facilitar el acceso a contratar a un asistente personal, menor burocratización en el acceso a servicios incluidos en el sistema de dependencia, etc. • Necesidad de información: la información es un medio normalizado para promover la igualdad de oportunidades en la sociedad. Muchas personas necesitan de medidas estratégicas para acercarse al medio informativo ya que pueden tener barreras en el acceso y uso del susodicho. Es necesario ofrecer el conocimiento de los recursos que cada persona necesite para responder a esta necesidad. • Necesidad de emergencia: muchas personas necesitan ayudas para su subsistencia y satisfacer las necesidades básicas (alimentación, vivienda, etc.). Así pues, a los sectores más vulnerables (como el colectivo de la discapacidad), se agregan otros factores de riesgo que incrementan la magnitud de esta necesidad. Para dar respuesta a ello, hoy en día existen

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diferentes programas que solventan de cierta manera esta necesidad (pensiones no contributivas, ayuda a domicilio, centros residenciales, etc.). • Necesidad de convivencia: existe la demanda dirigida a lograr una convivencia adecuada libremente decidida. La convivencia actual está sometida a factores de riesgo que impiden decidirla libremente, de modo que son muchos los ciudadanos que no pueden realizar esta demanda. El deterioro de la propia discapacidad afecta, en muchos casos, a la convivencia, ya sea en forma de semiabandono o de marginación. Ante esta necesidad, los servicios sociales ofrecen medidas de intervención y alternativas de convivencia ( pisos tutelados, familias de acogida, etc.). • Necesidad de cooperación: la autoayuda dentro de los grupos sociales ha permitido a los grupos primarios responder a sus necesidades. La complejidad de las sociedades modernas ha dificultado estos sistemas, y en ese lugar se han generado grupos, asociaciones de usuarios, movimientos sociales, etc. que desarrollan prestaciones voluntarias entre los ciudadanos. A la necesidad de cooperación se responde mediante dos técnicas: el fomento de programas de autoayuda y la organización de la acción voluntaria. Orientados a este sector, se llevan a cabo las siguientes medidas: de autoayuda, promoción del voluntariado, prestaciones sociales sustitutoria, etc. También se fomenta la cooperación en programas de capacitación profesional y de acción comunitaria. • Necesidad de participación: es la necesidad de sentirse ciudadanos en todos los ámbitos de la actividad social que afecta al bienestar social: salud, educación, cultura, deporte, convivencia. Por esta razón, los servicios sociales son auxiliares de todos los sistemas de protección, ya que fomentan y posibilita la participación en cada uno de ellos. A la necesidad de participación se responde a través de técnicas de animación y organización comunitaria, orientadas a responsabilizar a las poblaciones en la gestión de sus propios objetivos.

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• Necesidad de vivienda: las adaptadas y las susceptibles de adaptación, suelen ser escasas o muy costosas.

Ilustración de un modelo de vivienda

• Necesidad económica: como vía de solución a las mismas, se antepone el ejercicio de la actividad laboral, a la percepción de las ayudas, lo que, sin duda, está relacionado con las experiencias individuales de frustración respecto a las posibilidades actuales del mercado de trabajo para integrar, adecuadamente, a las personas con discapacidad. • Necesidad de movilidad y acceso: muchos sistemas de transporte y edificios públicos siguen siendo inaccesibles, que se ven agravados por las barreras arquitectónicas y de infraestructuras.

Imagen de un modelo de transporte público

• Necesidad de protección económica y social: en el ámbito de la Seguridad Social se proporciona un mínimo nivel de protección y asistencia que resulta insuficiente para hacer frente a los costes adicionales y las necesidades continuas de las personas con discapacidad.

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• Necesidad de trabajo: el desarrollo de una actividad laboral remunerada para las personas adultas es un criterio fundamental de integración social. El paro y la falta de sensibilización social hacen activar perjuicios y reforzar la exclusión del mercado laboral de este colectivo.

Por otro lado, destaca que la baja cualificación profesional de un gran número de personas dificulta su integración laboral. El trabajo protegido es una fórmula de inserción laboral utilizada sobre todo por personas con discapacidades psíquicas y multideficiencias.

Imagen representativa de un icono de trabajo

En cuanto a esta necesidad, se puede decir que las necesidades de trabajo generales afectarían a toda tipología de discapacidades. Ahora bien, se pueden citar algunas de ellas como específicas atendiendo al tipo de discapacidad. -

Discapacidad física: necesita la realización de adaptaciones en el medio así como eliminar las barreras arquitectónicas que existan.

-

Discapacidad psicológica: las personas con este tipo de discapacidad tienen que trabajar en un ambiente laboral exento de presiones y estrés, con un control de su tratamiento y supervisión de sus tareas en el puesto de trabajo.

-

Discapacidad intelectual: requiere que sus funciones no impliquen alto grado de responsabilidad, a través de tareas sencillas y prácticas.

-

Discapacidad sensorial: o Visual: se necesitan apoyos tecnológicos y el uso del braille.

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o Auditiva: las personas del entorno de una persona con discapacidad están implicadas en facilitarle el proceso comunicativo. Hablar con un tono claro, tranquilo, con un lenguaje sencillo, etc. son estrategias útiles para una buena y entendible comunicación.

1

.4. El certificado de discapacidad. Utilidad y beneficios para la inserción laboral Cuando una persona tiene una discapacidad de cualquier tipología debe acudir a los servicios sociales de referencia, donde un trabajador social informa sobre el procedimiento que se debe llevar a cabo para poder reconocer legalmente la discapacidad, así como una posible revisión del mismo, e información para acceder a diferentes beneficios sociales y fiscales para las personas con discapacidad.

Imagen representativa de un símbolo de persona con discapacidad

1.4.1. Certificado de discapacidad En cuanto al correspondiente certificado, en primer lugar, hay que tener en cuenta que la legislación española recoge una ley que establece el procedimiento base y, por lo tanto, es de aplicación a todo el estado. Como consecuencia de ello, el desarrollo reglamentario posterior lo establecen las distintas comunidades

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autónomas en atención a sus características funcionales, pero siempre respetando la norma básica: el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. Este Real Decreto, fundamental en la obtención del certificado de discapacidad, sufrió varias modificaciones en su articulado a lo largo de los años, sobre todo debido a las nuevas necesidades de la sociedad y a la puesta en marcha del Sistema de autonomía y atención a la dependencia, a partir del año 2006. A continuación, se van a exponer las reglas básicas según el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre y sus posterior modificación: el Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre. Los principales puntos a tener en cuenta, expuestos en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre16, son los siguientes: Su objeto es regular el reconocimiento del grado de discapacidad, determinar el procedimiento que se tiene que seguir, así como la competencia de los organismos que se encargan de ello. Los equipos de valoración y orientación que llevarán a cabo el reconocimiento inicial, están formados como mínimo por un médico, psicólogo y trabajador social, conformando de este modo un equipo interdisciplinar. La calificación del grado responde a criterios técnicos a través de baremos que se exponen en el anexo I del Real Decreto, teniendo en cuenta la valoración de la discapacidad y los factores sociales referentes al entorno familiar, situación laboral, educativa y cultural. La valoración se realizará del siguiente modo: • Valoración de la discapacidad, se realizará mediante la aplicación de los baremos del anexo I, apartado A. Se expresará a través de un porcentaje. El porcentaje mínimo de valoración de la discapacidad sobre el que se aplicará el baremo de factores sociales no será inferior al 25%. • Valoración de factores sociales complementarios a través de la aplicación del baremo del anexo I, apartado B. Esta valoración será de quince puntos como máximo y modificará al porcentaje obtenido de la valoración de la discapacidad.   Ibídem nota 3

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• Complemento por necesidad del concurso de tercera persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria, a través del baremo del anexo II y se tendrá en cuenta siempre que se obtenga un mínimo de quince puntos. • Dificultades de movilidad para el uso de transportes colectivos, mediante el baremo del anexo III. Existe dicha dificultad cuando la persona esté incluida en alguno de los casos de los apartados A, B o C del baremo o, si no lo está, obtiene un mínimo de siete puntos si se encuentra en alguna de las situaciones en los restantes apartados del baremo. Valoración discapacidad % Anexo I, apartado A Anexo I, apartado B (máximo 15 puntos), siempre Valoración factores sociales que la discapacidad no sea inferior al 25% Valoración necesidad Anexo II (mínimo 15 puntos) concurso de tercera persona Real Decreto 1971/1999: Anexo III (situaciones A, Valoración movilidad B o C) o restantes apartados con un mínimo de 7 transportes colectivos puntos. Estructura de la valoración de la discapacidad

El reconocimiento del grado de discapacidad se entiende siempre producido y con efectos legales desde la fecha de solicitud del mismo por parte del interesado. La resolución contendrá la fecha en puede tener la revisión de la discapacidad. Una revisión del grado de discapacidad se realiza siempre que se prevea una mejoría de las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento de la misma, estableciendo en la resolución la fecha que tendrá lugar la revisión. En los demás casos, no se puede solicitar dicha revisión hasta que transcurran un mínimo de dos años desde la resolución, excepto si concurre un error en el diagnóstico o se produjeran cambios sustanciales en las circunstancias que dieron lugar a la discapacidad. En estos últimos casos, no es necesario agotar el plazo mínimo citado. Las modificaciones del Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre17 se refieren principalmente a nivel de la nomenclatura en el articulado   Inídem nota 4.

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del texto legal de origen. La actualización terminológica se debe a la entrada en vigor de la Ley39/2006, de 14 de diciembre y en la nueva clasificación de la OMS (CIF, 2001): • Todo lo referente (incluido el título) a «minusvalía», queda sustituido por el término «discapacidad». • Las referencias hechas a «minusválidos», pasan a denominarse «personas con discapacidad». • El término «discapacidad» se sustituye por «limitaciones en la actividad». • El «grado de discapacidad» pasa a conceptualizarse como «grado de las limitaciones en la actividad». El Real Decreto 1364/2012, de 27 de septiembre 18 establece otras modificaciones: • Por un lado, se aprueban nuevos baremos para la valoración del grado, en concreto el anexo I y II. • También se establece el baremo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre para determinar la necesidad de concurso de tercera persona, y se acredita cuando al aplicar el citado baremo de como resultado cualquier de los tres grados de dependencia. IMPORTANTE El certificado de discapacidad se rige por una normativa básica y sus modificaciones, siendo desarrollada reglamentariamente por cada comunidad autónoma: • Real Decreto 1971/1999, de23 diciembre • Real Decreto 1856/2009, de4 diciembre • Real Decreto1364/2012, de 27 septiembre

REAL DECRETO 1364/2012, de 27 de septiembre, por el que se modifica el REAL DECRETO 1971/1999, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Boletín oficial del Estado, 11 de octubre de 2012, núm.245, pp.72772-72774. 18

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Una vez expuestas las referencias normativas sobre las que versa el certificado de discapacidad, a continuación, se explicará de manera más informal las principales características en su obtención, sin olvidar de que cada comunidad autónoma tiene sus normas específicas, pero hay unas consideraciones básicas y comunes en todo el estado español: • Consiste en la solicitud de valoración de las situaciones de discapacidad que presente una persona de cualquier edad, calificando el grado según el alcance de las mismas. La condición legal de persona con discapacidad se establece con un grado igual o mayor al 33%, que puede ser de disminución física, psíquica, sensorial o mixta (cuando confluyen más de un tipo), en la persona. Se puede presentar durante todo el año y tiene validez legal en todo el estado. • La solicitud normalizada se puede presentar en los servicios sociales comunitarios del ayuntamiento y domicilio de residencia del interesado, aunque también a través de los organismos que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del procedimiento administrativo común. Muchas comunidades autónomas tienen registro telemático, pero se recomienda siempre acudir al trabajador social de los servicios sociales mencionados porque pueden informar, asesorar y orientar debidamente a la persona que presenta la solicitud. • Normalmente, se suele pedir una serie de documentación, como la que se cita: -

Impreso de solicitud en formato normalizado según las diferentes Comunidades Autónomas.

-

DNI del interesado, y en casos de menores de edad, el libro de familia que acredite la identidad del solicitante. Si la persona tiene nacionalidad extranjera, aportará su permiso de residencia legal en España.

- Si el interesado tiene un representante legal, se presentará su documento identificativo junto con el documento que acredite dicha representación. -

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Informe médico en formato normalizado, además de todos aquellos referidos a la discapacidad alegada.

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- Cuando se realiza una revisión del grado de discapacidad, se presentará solicitud normalizada y los informes médicos que puedan acreditar un agravamiento de la situación clínica. El interesado deberá pasar por un reconocimiento realizado por el equipo del Centro de Valoración y Orientación correspondiente, que estará formado por los profesionales de la salud y del ámbito psíquico y social, estableciendo finalmente una resolución final con el reconocimiento de la discapacidad, si es el caso. IMPORTANTE Se considera que una persona tiene una discapacidad cuando es reconocido por el organismo competente y el resultado de la aplicación de los baremos es el: 33%

1.4.2. Utilidad y beneficios para la inserción laboral La obtención de un grado de discapacidad, aporta una serie de beneficios y derechos en algunos ámbitos. Se podrían citar, entre otros, los siguientes: • Acceso a viviendas de protección pública especiales para personas con discapacidad, así como para adaptar nuestra vivienda. • Descuento en transportes públicos. • Programas y servicios especiales de salud. • Reducciones de impuestos. • Solicitud de la tarjeta especial de aparcamiento para personas con movilidad reducida. • Ayudas económicas: pensión no contributiva, prestación familiar por hijo a cargo, etc. • Otras. De estos y otros beneficios se hablará en otros apartados, centrándonos en este momento, en aquellos que atañen a la inserción laboral.

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• Derecho a la integración laboral: este derecho tiene como punto de partida la Constitución Española (artículo 49), según el cual los poderes públicos deberán de realizar una política de integración dirigida a las personas con discapacidad.

Una década más tarde, el poder legislativo hace efectivo este artículo con la ya derogada Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, cuyo articulado reivindica el derecho a la integración laboral en el sistema ordinario del mercado laboral. Así mismo, sienta las primeras bases para este precepto a través de diferentes medidas: constituir centros especiales de empleo u obligar a las empresas con más de 50 trabajadores a contar en su plantilla con un mínimo del 2% de personas con discapacidad.

Desde la publicación del texto legislativo citado, se publicó diversidad de normativa a nivel laboral por parte de la administración estatal, autonómica y local. A modo de ejemplo, se citan las siguientes:

• Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público de personas con discapacidad, desarrollada por el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. • Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad. • Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. • Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo. • Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. Legislación sobre la legislación laboral de las personas con discapacidad

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• Incorporación al sistema ordinario de empleo: en el sistema ordinario, la legislación principal aplicable y por la que se debe regir todo trabajador es el Estatuto de Trabajadores (ET), en el cual no están recogidos derechos específicos para las personas con discapacidad, ya que le son de aplicación los derechos generales como a todo empleado en una empresa. A lo que sí hace referencia es al principio de igualdad y no discriminación, fomentando la igualdad de oportunidades a todos los trabajadores. • El acceso de las personas con discapacidad a la función pública: el estatuto básico del empleado público fue modificado en 2011 estableciendo un avance importante para el acceso a los poderes públicos por parte de las personas con discapacidad: reserva de un porcentaje no inferior al 7% de vacantes a cubrir entre personas con discapacidad (física, psíquica y sensorial).

Por otro lado, el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, expone que cuando se realicen las pruebas selectivas, se realizarán adaptaciones y ajustes razonables a las personas con discapacidad, poniendo a su disposición los medios materiales y humanos, asistencias o ayudas técnicas que necesite para la realización de los ejercicios.

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.5. Discapacidad y dependencia. La Ley de Promoción de la Autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia La dependencia es una situación que se da en aquellas personas que tienen afectada su autonomía personal para realizar las actividades de la vida diaria, a consecuencia de diferentes causas (entre ellas, la discapacidad). A continuación, se expondrá la relación existente entre la situación de dependencia y discapacidad, así como los principales puntos de la ley estatal que la regula.

1.5.1. Discapacidad y dependencia Como se mencionó, la dependencia puede venir dada por diversas circunstancias y con una etiología variada y multifactorial. Por lo general, afecta

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mayormente a las personas mayores, ya que a medida que la persona aumenta su edad, se incrementa el riesgo de la pérdida de la autonomía. Aun así, como las causas son diversas, también se asocia al grado de discapacidad, ya que este último surge a consecuencia de enfermedades, accidentes, etc. IMPORTANTE • Todas las personas con algún tipo de discapacidad no tienen por qué ser personas en situación de dependencia. • La discapacidad no limita en todos los casos para la realización de las ABVD, hay personas con amplio grado de autonomía e inserción social, educativa, laboral, etc.

1.5.2. La Ley de Promoción de la Autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia Esta ley entra en vigor el 1 de enero de 2007, generando diversidad de opiniones en la sociedad y repercusión mediática en algunos agentes sociales, que la visionan como una ley realizada de manera rápida y sin desarrollo. Aun así, esta perspectiva negativa no es percibida por los profesionales ni por la mayor parte de la sociedad española, que la ven como un avance en nuestro sistema de bienestar, que garantiza el derecho subjetivo de toda persona en situación de dependencia a un sistema que contiene prestaciones económicas y servicios. La ley fue modificada por varios reales decretos, debido sobre todo a la crisis económica de nuestro país, que la adaptaron a las circunstancias del déficit presupuestario. De igual manera, las diferentes Comunidades Autónomas aprobaron decretos autonómicos para el desarrollo de la ley. A continuación se van a exponer, a grandes pinceladas, las partes de esta ley (actualizada por última vez el 30 de octubre de 2015) que resultan más importantes para este módulo formativo. La presente ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del «derecho subjetivo de la ciudadanía a la promoción

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de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación de un sistema para la autonomía y atención a la dependencia». Todo ello se llevará a cabo con la coordinación de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas y, además, de las entidades locales. Establece así mismo unas definiciones19 o glosario básico, que son conceptos de importancia para poder entender el sistema de dependencia: •

Autonomía: es la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.

Dependencia: el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.

Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD): las tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como: el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas.

Necesidades de apoyo para la autonomía personal: las que requieren las personas que tienen discapacidad intelectual o mental para hacer efectivo un grado satisfactorio de autonomía personal en el seno de la comunidad.

Cuidados no profesionales: la atención prestada a personas en situación de dependencia en su domicilio, por personas de la familia o de su entorno, no vinculadas a un servicio de atención profesionalizada.

Cuidados profesionales: los prestados por una institución pública o entidad, con y sin ánimo de lucro, o profesional autónomo entre cuyas finalidades se encuentre la prestación de servicios a personas en situación de dependencia, ya sean en su hogar o en un centro.

Definiciones tomadas de la siguiente fuente: LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia. Boletín Oficial del Estado, 15 de diciembre de 2006, núm. 299, p. 44144. 19

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Asistencia personal: servicio prestado por un asistente personal que realiza o colabora en tareas de la vida cotidiana de una persona en situación de dependencia, de cara a fomentar su vida independiente, promoviendo y potenciando su autonomía personal.

Por otro lado, se enumeran los principios que inspiran dicha ley, de gran importancia por su valor declarativo y de reconocimiento de derechos: PRINCIPIOS DE LA LEY DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA • Carácter público de las prestaciones del sistema. • Universalidad en el acceso, con igualdad y no discriminación. • Atención integral e integrada. • Transversalidad de las políticas de atención a las personas en situación de dependencia. • Valoración de las necesidades con criterios de equidad. • Atención personalizada. • Medidas de prevención, rehabilitación, estímulo social y mental. • Promoción de las condiciones para que puedan llevar una vida con mayor autonomía. • La permanencia de las personas en su entorno, siempre que sea posible. • Calidad, sostenibilidad y accesibilidad de los servicios. • La participación de las personas dependientes, familias y entidades que les representen. • Colaboración de los servicios sociales y sanitarios en la prestación de los servicios. • Participación de iniciativa privada en los servicios y prestaciones del sistema, así como el tercer sector. • Cooperación interadministrativa. • Integración de las prestaciones de la Ley en las redes de servicios sociales de las comunidades autónomas. • Inclusión de la perspectiva de género. • Las personas en situación de dependencia serán atendidas de manera preferente. Principios inspiradores de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre

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Las personas que podrán ser beneficiarias de las prestaciones que contempla la citada ley y que serán titulares20 de los derechos en ella establecidos son: •

Los españoles que se encuentren en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos.

Aquellas personas residentes en España durante al menos cinco años y que hayan residido en este territorio al menos dos años antes de la fecha de presentación de la solicitud. El mismo requisito será exigido para los tutores legales de los menores de cinco años que quieran ser beneficiarios de las prestaciones.

También podrán acceder las personas que carezcan de nacionalidad española, según la legislación específica en materia de extranjería, y los españoles no residentes en España en base a los tratados internacionales.

El sistema de atención a la dependencia es una red de uso por todo ciudadano, integrado por centros y servicios, públicos y privados y con un funcionamiento coordinado. Con esta ley se crea el Consejo Territorial de servicios sociales y del sistema para la autonomía y atención a la dependencia. Este órgano se encargará de articular los servicios sociales y la red del sistema en todo el territorio español. La situación de dependencia se clasificará en los siguientes grados21: •

Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.

Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.

Requisitos tomados de la siguiente fuente: LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia. Boletín Oficial del Estado, 15 de diciembre de 2006, núm. 299, p. 44145. 21   LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia. Boletín oficial del Estado, 15 de diciembre de 2006, núm.299, p.44149. 20

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Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.

Los grados de dependencia, se determinan mediante la aplicación de un baremo que tiene entre sus referentes a la CIF. La valoración considera los informes sanitarios y del entorno, además de tener en cuenta aquellas ayudas técnicas o productos de apoyo que necesite. El procedimiento de valoración se inicia por parte de la persona interesada o su representante legal. Así mismo, puede ser objeto de una revisión por parte de la persona que tenga reconocido el grado de dependencia o de oficio por los poderes públicos, a consecuencia de: • La variación en la gravedad de la situación de dependencia. • El error de diagnóstico o en la aplicación del correspondiente baremo22. La atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal deberán orientarse a la consecución de una mejor calidad de vida y autonomía personal, en atención a los siguientes objetivos23: • «Facilitar una existencia autónoma en su medio habitual, todo el tiempo que desee y sea posible. • Proporcionar un trato digno en todos los ámbitos de su vida personal, familiar y social, facilitando su incorporación activa en la vida de la comunidad». Las prestaciones de atención a la dependencia pueden ser servicios o prestaciones económicas, dirigidas a la promoción de la autonomía personal y, por otro lado, a atender las dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria. En cuanto a ello, hay que reseñar ciertos matices:   REAL DECRETO 174/2011, de 11 de febrero por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Boletín oficial del Estado, 18 de febrero de 2011, núm.42, pp.18567-18691. 23   LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia. Boletín oficial del Estado, 15 de diciembre de 2006, núm.299, p.44147. 22

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• Los servicios son prioritarios y se prestarán mediante centros y servicios públicos o privados concertados. Si no es posible la atención por ellos, se concederá la prestación económica vinculada al servicio. • Se podrá percibir, excepcionalmente, una prestación económica para ser atendido por cuidadores no profesionales, siempre que se den las condiciones adecuadas que establece la legislación. • La prioridad en el acceso a los servicios vendrá determinada por el grado de dependencia y, a igual grado, por la capacidad económica del solicitante. SERVICIOS DEL CATÁLOGO DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA • Prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal. • Teleasistencia. • Ayuda a domicilio: engloba la atención a necesidades del hogar y los cuidados personales. • Centro de día y de noche: abarca el centro de día para mayores, para menores de 65 años, de atención especializada y centro de noche. • Atención residencial: para mayores en situación de dependencia, y centros en atención al tipo de discapacidad. Servicios contemplados en el catálogo de prestaciones del SAAD 24

A continuación, se explicarán cada uno de los elementos que se enumeraron en el anterior cuadro: • Prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal: tiene como objetivo prevenir la aparición o agravamiento de las enfermedades o discapacidades y sus secuelas. Abarca el desarrollo de actuaciones de promoción de la salud, y programas de carácter preventivo y rehabilitador.

LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia. Boletín oficial del Estado, 15 de diciembre de 2006, núm.299, p.44148. 24

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• Teleasistencia: mediante el uso de las TIC, se responde a situaciones de inseguridad, soledad y emergencia, pudiendo ser un servicio independiente o complementario al de ayuda a domicilio • Ayuda a domicilio: actuaciones de carácter personal (aseo, movilizaciones, etc.), y domésticas (limpieza, cocina, lavado, etc.), que se llevan a cabo en el domicilio, para atender a las necesidades de la vida diaria. Las vinculadas al hogar solo se prestarán como complemento a las personales, que son prioritarias. • Centro de día y de noche: ofrece una atención integral para mejorar o mantener el mejor nivel posible de la autonomía personal, apoyando a familias y cuidadores, ofreciendo asesoramiento, prevención, rehabilitación, atención asistencial y personal, etc. • Atención residencial: ofrece servicios continuados de carácter personal y sanitario, desde un enfoque biopsicosocial. La prestación de la atención puede ser de carácter permanente, o temporal (estancias temporales de convalecencia, vacaciones, fines de semana y enfermedades o periodos de descanso de los cuidadores no profesionales). PRESTACIONES DEL CATÁLOGO DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA • Prestación económica vinculada al servicio • Prestación económica para Cuidados en el entorno Familiar (excepcional) • Prestación económica de Asistencia Personal Prestaciones económicas contempladas en el catálogo de prestaciones del SAAD 25

Las prestaciones recogidas en el cuadro, se desarrollan a continuación: • Prestación económica vinculada al servicio: prestación periódica que se reconocerá únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado y que estará vinculada a la adquisición de un servicio (atención residencial, ayuda a domicilio, etc.).

Ibídem nota 24.

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• Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales: periódica, de carácter excepcional, cuando la persona esté siendo atendida por su entorno familiar. • Prestación económica de asistencia personal: periódica, teniendo como finalidad, la promoción de la autonomía de las personas en situación de dependencia, en cualquiera de sus grados. El objetivo es contribuir a la contratación de una asistencia personal, facilitando el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida con mayor autonomía. En cuanto a las prestaciones y servicios, hay una serie de matices que se deben de tener en cuenta: • Las prestaciones económicas son incompatibles entre sí. Es decir, no se puede percibir simultáneamente más de una. • Los servicios y prestaciones económicas también son incompatibles. Solo hay una excepción, los servicios de prevención de la autonomía y la teleasistencia. • Los servicios también serán incompatibles entre sí, a excepción del servicio de teleasistencia que es compatible con el servicio de prevención, con ayuda a domicilio y centro de día y de noche. La percepción de una de las prestaciones económicas previstas en esta ley deducirá de su cuantía cualquier otra prestación de análoga naturaleza y finalidad establecida en los regímenes públicos de protección social. En particular, se deducirán el complemento de gran invalidez, el complemento de la asignación económica por hijo a cargo mayor de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 75%, el de necesidad de otra persona de la pensión de invalidez no contributiva, y el subsidio de ayuda a tercera persona de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos. De esta manera, a través del desarrollo de esta ley, se da base a un derecho subjetivo de todas las personas que se encuentren en situación de dependencia y, por lo tanto, acceso a las citadas prestaciones económicas y servicios específicos.

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.6. Protección económica de la discapacidad. Ayudas y prestaciones económicas A continuación, se exponen aquellas prestaciones de carácter económico a la que podrán acceder las personas que tengan el grado de discapacidad reconocido. Por otro lado, en otros apartados se expondrán los programas, centros, recursos, etc. a nivel formativo y laboral, que ya son objeto más específico de estudio en lo que atañe a este módulo y certificado de profesionalidad.

1.6.1. Protección económica de la discapacidad Las personas con discapacidad, que son aquellas que tienen el certificado de discapacidad con grado igual o mayor al 33%, tienen asegurada su protección económica mínima a nivel contributivo y no contributivo. Además, podrán acceder a una diversidad de prestaciones, ayudas, exenciones económicas, etc. siempre que cumplan los requisitos para cada una de ellas, además de la condición de persona con discapacidad. Antes de adentrarnos en las ayudas y prestaciones económicas, es importante que se diferencien las pensiones a las que puede acceder este colectivo, en la modalidad contributiva (de la Seguridad Social), y no contributiva. • Protección económica del nivel contributivo: - Incapacidad permanente: situación en la que se encuentra un trabajador que presenta una disminución en su capacidad laboral, a consecuencia de reducciones anatómicas o funcionales con previsión de que sean definitivas. Dentro de la misma, se encuentra la siguiente tipología: TIPO DE INCAPACIDAD IP PARCIAL

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CONCEPTO La que, sin alcanzar el grado total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.

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IP TOTAL IP ABSOLUTA

GRAN INVALIDEZ

Inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta. Inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. La situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos. Clasificación de la incapacidad permanente 26

Cada uno de estos grados en que se clasifica la incapacidad permanente dará derecho, en su caso, a la correspondiente prestación económica que regula la diversidad normativa del sistema de Seguridad Social27. • Protección económica del nivel no contributivo: -

Prestación familiar por hijo a cargo: prestación que se concede por tener un hijo menor de 18 años, o menor pero con una discapacidad igual o superior al 65%, que estén a cargo del solicitante. Se entiende en este caso una situación a cargo, cuando los susodichos hijos dependan económicamente y convivan con el solicitante de la asignación económica.

CUANTÍAS 2016 Hijo a cargo menor de 18 años, con discapacidad en grado igual o superior 1000€ (250€ trimestrales) al 33% Hijo a cargo mayor de 18 años, con discapacidad en grado igual o superior 4414,80€ (367,90€ mensuales) al 65%   MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (2016), Trámites y gestiones [Internet], Ministerio de empleo y Seguridad Social. Disponible en: http:/www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/ [Fecha de acceso:13/05/2016] 27   Ibídem nota 26 26

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Hijo a cargo mayor de 18 años, con discapacidad en grado igual o superior al 75% con asistencia de 3ªpersona

6622,80€ (551,90€ mensuales)

Cuantías de prestación familiar por hijo a cargo con discapacidad

-

Prestación económica de pago único a tanto alzado por nacimiento o adopción de hijo/a en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres con discapacidad igual o superior al 65%: esta prestación abarca varios supuestos, pero uno de ellos es el caso de madres con discapacidad con el antedicho porcentaje. En estos casos, tendrán derecho a una prestación de pago único de 1000€.

-

Pensión no contributiva de invalidez 28: consiste en una prestación económica individual de carácter periódico que cubre contingencias de invalidez o deficiencia y que asegura a todas las personas en situación de discapacidad y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque se tenga cotizado o se cotizara de manera insuficiente para alcanzar el derecho a una pensión contributiva. Sus beneficiarios, ciudadanos españoles o extranjeros con residencia en España, tienen que cumplir una serie de requisitos: o Ser mayor de edad y menor de 65 años. o Residir en territorio español por lo menos 5 años desde que nació de los cuales 2, deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. o Tener una discapacidad o enfermedad crónica en grado igual o superior al 65%. o Carecer de rentas o ingresos suficientes inferiores al importe de la pensión. o Que los ingresos o unidad de convivencia no superen el límite de acumulación de recursos computados según unas fórmulas establecidas en su legislación específica.

Ibídem nota 26.

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Como se puede apreciar, esta y otras prestaciones económicas están muy supeditadas a la situación económica de la unidad familiar. Esto conlleva a que no todas las personas con discapacidad puedan acceder a una pensión mínima que asegure el mínimo vital. Además, las pensiones no contributivas están sometidas a una revisión anual que se presenta por el perceptor antes del 1 de abril de cada año, para que el organismo autonómico pueda comprobar que las circunstancias que dieron lugar al derecho de la pensión no variaron, y si es así, tendrá que variar la cuantía de la misma, e incluso, extinguirla. CUANTÍAS PNC 2016

367,90 91,98

CUANTÍA /€ AÑO (14 pagas) 5150,60 1287,65

183,95

2575,30

551,85 275,96 312,72 294,32

7725,90 3862,95 4378,01 4120,48

CUANTÍA/€ MES Íntegra Mínima 25% Complemento 3ªpersona Íntegra+3ªpersona Mínima+3ªpersona 2 beneficiarios 3 beneficiarios

Cuantías de pensión no contributiva de invalidez

1.6.2. Ayudas y prestaciones económicas A continuación, se citarán y explicarán resumidamente las principales ayudas económicas a las que pueden acceder las personas con discapacidad, a excepción de las educativas y laborales, que se contemplarán en otros apartados del presente módulo. • Complemento Alquiler PNC: establece un complemento de pensión dirigido a personas beneficiarias de pensiones no contributivas que carezcan de vivienda en propiedad y residan de manera habitual en una vivienda alquilada como titular del contrato, siempre que el propietario de la misma no tenga relación de parentesco con el pensionista hasta el tercer grado. La vivienda será habitual cuando la vigencia del alquiler no sea inferior a

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un año y tenga residido en la misma durante un periodo mínimo de 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.

Su cuantía para el año 2016 es de 525€ anuales, que se efectuarán en un pago único.

• Abono social de Telefónica: consiste en una reducción del 70% en la instalación de la línea telefónica (alta inicial), y del 95% en el abono mensual (mantenimiento), para mayores de 64 años o jubilados por incapacidad laboral absoluta. • Bono social eléctrico: es una medida que tiene como finalidad eliminar el déficit de tarifa, es decir, la diferencia entre las tarifas reguladas y los precios de la energía eléctrica, para proteger a los consumidores con menos recursos.

Los beneficiarios tienen que ser personas físicas con 60 años o más de edad, que sean pensionistas, los beneficiarios del seguro obligatorio de vejez e invalidez y de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez mayores de 60 años.

• Accesibilidad: en este apartado se mencionan la deducción en la declaración del IRPF por adecuación de la vivienda habitual. La pueden aplicar los contribuyentes que efectúen obras e instalaciones de adecuación a causa de su propia discapacidad o la de su cónyuge, ascendientes o descendientes que convivan con él, siempre que la vivienda sea ocupada por cualquiera de ellos a título de propietario, arrendatario, subarrendatario o usufructuario.

La base máxima de deducción es de 12,020€, y el porcentaje deductivo estatal es de 13,40%, correspondiendo otro porcentaje autonómico, por lo que dependerá de cada comunidad autónoma.

• Renta Activa de Inserción (RAI): es un programa gestionado por el servicio público de empleo estatal con la colaboración del servicio público de empleo de la comunidad autónoma, de apoyo a la inserción laboral de colectivos con especiales dificultades para la incorporación al mercado de trabajo, en situación de necesidad económica. Conlleva el pago de una renta mensual consistente en el 80% del IPREM mensual vigente en cada momento, por un periodo de 11 meses.

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Abarca a varios colectivos, pero entre ellos, las personas con discapacidad, que tienen que cumplir varios requisitos, entre ellos, con carácter general, no tener ingresos superiores a un límite y tener menos de 65 años. De manera específica, aquellos que: -

Posean una discapacidad de grado igual o mayor al 33% o ser pensionista por incapacidad.

-

Agoten una prestación contributiva o subsidio por desempleo.

-

Estén inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo como mínimo 12 meses.

• Tarjeta Dorada de Renfe: entre sus beneficiarios se encuentran los pensionistas mayores de 18 años, en situación de incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez), las personas con discapacidad igual o superior al 65%, teniendo derecho de ser acompañadas de otra persona, que disfrutará de las mismas condiciones económicas del viaje que el titular de la tarjeta. Los descuentos se realizan en: -

AVE y Grandes Líneas: 40 % de lunes a jueves, y 25% el resto de la semana.

-

Regionales y cercanías: 40% todos los días de la semana.

• Impuesto sobre el valor añadido (IVA): se les aplicará en su compra o recepción de servicios los siguientes tipos impositivos: • Prótesis, órtesis e implantes internos • Servicios de teleasistencia, ayuda en el hogar, centro de día/noche y atención residencial TIPO DEL 4% • Vehículos para personas con movilidad reducida • Sillas de ruedas para uso exclusivo de personas con discapacidad TIPO DEL 10% • Adquisición de gafas graduadas y lentes de contacto IVA sobre productos para personas con discapacidad

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• Tasas de la dirección general de tráfico: tendrán derecho a una bonificación de la tarifa general si por razones de aptitudes psicofísicas vienen obligados a solicitar la prórroga de vigencia de un permiso o autorización administrativa para conducir, con mayor frecuencia a la que normalmente les correspondería por edad. Prórroga de vigencia de los permisos o licencias de conducción (Tarifa General) Prórroga de vigencia de permisos/otras autorizaciones para conducir (BTP) hasta 1 año (80% descuento) Prórroga de vigencia de permisos/otras autorizaciones para conducir (BTP) hasta 2 años (60% descuento) Prórroga de vigencia de permisos/otras autorizaciones para conducir (BTP) hasta 3 años (40% descuento) Prórroga de vigencia de permisos/otras autorizaciones para conducir (BTP) hasta 4 años (20% descuento)

23,20€ 4,70€ 9,30€ 14,00€ 18,60€

Bonificaciones en tasas de la DGT para personas con discapacidad

• Impuesto de matriculación de vehículos: están exentos del impuesto la primera matriculación definitiva los vehículos automóviles a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo, siempre que: -

Transcurrieran por lo menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones. No obstante, este requisito no se exigirá en supuestos de siniestro total de los vehículos, debidamente acreditados.

-

Que no sean objeto de una transmisión inter vivos durante el plazo de los 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.

• Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: están exentos los vehículos para personas con movilidad reducida, entendiendo por tales los que cuya tara no sea superior a 350 kg y que, por construcción, no puedan alcanzar en plano una velocidad superior a 45 km/h, proyectado y construido para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física. Así mismo, están exentos los matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo, tanto los vehículos conducidos por personas con discapacidad como para su transporte.

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• Abono anticipado de deducciones por familia numerosa, monoparental o discapacidad: los contribuyentes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y dados de alta en el régimen de la seguridad social o mutualidad podrán reducir la cuota diferencial del impuesto en las siguientes deducciones: -

Por cada descendiente con discapacidad con derecho a la aplicación el mínimo por descendientes: hasta 1200€ anuales.

-

Por cada ascendiente con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes: hasta 1200€ anuales.

El alcance de la protección económica de la discapacidad, en cuanto a las ayudas y prestaciones económicas existentes en nuestro país, es muy limitado, aunque que bien es cierto que estas representan un gran avance desde la Ley de integración social de los minusválidos en el año 1982. Aún queda mucho trabajo por hacer desde las administraciones públicas y agentes sociales, tanto en el ámbito de garantizar un mínimo económico vital a este colectivo social, como en las áreas formativa y laboral.

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Resumen El término discapacidad ha ido evolucionado a lo largo de los años para adaptarse al cambio de una realidad social dinámica. Es importante clarificar ciertos conceptos en cuanto a esta temática, y es necesario diferenciar muy bien los siguientes términos: • Discapacidad: el concepto de discapacidad tuvo una evolución a lo largo de los años, teniendo como principal referencia la CIF, la cual la define como un término general que abarca las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. • Dependencia: el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía, precisan de la atención de otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria. • Autonomía: es la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria. Hay que recordar que el grado de discapacidad reconocido que otorga el derecho a acceder a los beneficios sociales y económicos del sistema de protección social, es como mínimo el grado igual o superior al 33 %. Con ello se accede a diferentes prestaciones económicas de nivel contributivo y no contributivo, bonificaciones y exenciones fiscales, así como ayudas económicas. Por otro lado, conviene no olvidarse de la importancia de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia, ya que es un hito en el sistema de protección social español. Con ella se pretende dar atención a las personas dependientes, a través de la creación de un derecho subjetivo con acceso a diferentes servicios y prestaciones económicas que intentan mejorar su autonomía y calidad de vida.

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Finalmente, se debe mencionar que las personas con discapacidad, a pesar de la existencia de un buen sistema de protección en nuestro país, encuentran aún dificultades para una reinserción laboral y social en condiciones de igualdad con el resto de la sociedad. Por ello mismo, el estudio de las necesidades de este colectivo en la inserción, abarca el ámbito laboral, educativo, social, etc.

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Actividades 1) Define el concepto de discapacidad actual e indica la clasificación más común de los tipos de discapacidades. 2) Según la vivencia en tu entorno más cercano, reflexiona sobre las principales necesidades y dificultades que tiene una persona con discapacidad física para su reinserción social y laboral. 3) Identifica las principales prestaciones económicas que existen en el sistema de protección español a nivel no contributivo.

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