MF1442_3 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

Page 1


2

MF1442_3. Programaciรณn didรกctica de acciones formativas para el empleo


MF1442_3. Programaciรณn didรกctica de acciones formativas para el empleo

MF1442_3. Programaciรณn didรกctica de acciones formativas para el empleo

1


Índice • INTRODUCCIÓN...............................................................................

• UNIDAD DIDÁCTICA 1. Caja y terminal punto de venta.................. 1.1. Caja y equipos utilizados en el cobro y pago de operaciones de venta 1.1.1. Funcionamiento.............................................................................. 1.1.2. Características.................................................................................. 1.2. Sistemas tradicionales................................................................................... 1.2.1. Caja registradora.............................................................................. 1.2.2. Datáfono.......................................................................................... 1.3. Elementos y características del TPV.......................................................... 1.4. Apertura y cierre del TPV........................................................................... 1.5. Escáner y lectura de la información del producto................................... 1.6. Otras funciones auxiliares del TPV............................................................ 1.7. Lenguajes comerciales: codificación de la mercancía, transmisión electrónica de datos (sistema EDI u otros)............................................... 1.8. Descuentos, promociones, vales en el TPV.............................................. 1.9. Utilización del TPV (terminal punto de venta)........................................ RESUMEN......................................................................................... AUTOEVALUACIÓN........................................................................

2

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


• UNIDAD DIDÁCTICA 2. Procedimientos de cobro y pago de las operaciones de venta............................................................................. Datos del autor 2.1. Caracterización de los sistemas y medios de cobro y pago.................... Eva Martínez Guldrís es diplomada en Educación Social por la Universidad 2.1.1. Efectivo............................................................................................ de Santiago de Compostela. 2.1.2. Transferencia y domiciliación bancaria........................................ Desde el año 2007 trabaja en el sector de la formación para el empleo en diferentes como son lay programación y planificación de acciones 2.1.3. áreas, Tarjeta de crédito débito............................................................. formativas y la investigación y diseño de metodologías de impartición. 2.1.4. Pago contra reembolso................................................................... A partir del año 2010 amplía su campo profesional con la elaboración de 2.1.5. Pago mediante teléfonos móviles, u otros.................................. contenidos didácticos para la formación. 2.1.6. Medios de pago online y seguridad del comercio electrónico. de Actualmente combina su actividad profesional con la elaboración manuales, y con la actualización permanente de sus conocimientos en el ámbito 2.2. Los justificantes de pago.............................................................................. de la formación para el empleo. 2.2.1. El recibo: elementos y características........................................... 2.2.2. Justificante de trasferencias........................................................... 2.3. Diferencias entre factura y recibo............................................................... 2.3.1. Obligaciones para el comerciante y establecimiento comercial 2.4. Devoluciones y vales.................................................................................... 2.4.1. Normativa........................................................................................ 2.4.2. Procedimientos internos de gestión............................................. 2.5. Registro de las operaciones de cobro y pago............................................ 2.6. Arqueo de caja............................................................................................... 2.6.1. Concepto y finalidad....................................................................... 2.7. Recomendaciones de seguridad e higiene postural en el TPV............... RESUMEN.........................................................................................

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

3


Ficha Programación didáctica de acciones formativas para el empleo. Servicios socioculturales y a la comunidad 1ª Edición Certia Editorial (Cenepo Consult, SLU), 2017 Autor: Eva Martínez Guldrís Formato: 170 x 240 mm

• 173 páginas.

Programación didáctica de acciones formativas para el empleo. Servicios

socioculturales y a la comunidad.

No está permitida la reproducción total o parcial de este libro, ni su tratamiento informático, ni la transmisión de ninguna forma o por cualquier medio, ya sea electrónico, mecánico, por fotocopia, por registro u otros métodos, sin el permiso previo y por escrito de los titulares del Copyright. Derechos reservados 2017, respecto a la primera edición en español, por Certia Editorial. ISBN: 978-84-16481-90-3 Editor: Cenepo Consult, SLU Depósito legal: PO 396-2017 Impreso en España - Printed in Spain Certia Editorial ha incorporado en la elaboración de este material didáctico citas y referencias de obras divulgadas y ha cumplido todos los requisitos establecidos por la Ley de Propiedad Intelectual. Por los posibles errores y omisiones, se excusa previamente y está dispuesta a introducir las correcciones pertinentes en próximas ediciones y reimpresiones. Fuente fotografia portada: Pixabay, autoriza a copiar, distribuir, comunicar publicamente la obra y adaptar el trabajo.


360

30

60

120

90

60

H. Q

MF1445_3: Evaluación del proceso de enseñanzaaprendizaje en formación profesional para el empleo MF1446_3: Orientación laboral y promoción de la calidad en la formación profesional para el empleo MP0353: Módulo de prácticas profesionales no laborales Duración horas totales certificado de profesionalidad

MF1444_3: Impartición y tutorización de acciones formativas para el empleo

MF1442_3: Programación didáctica de acciones formativas .para el empleo MF1443_3: Selección, elaboración, adaptación y utilización de materiales, medios y recursos didácticos en formación profesional para el empleo

30 340

60

30

70

40 380

Duración horas módulos formativos

UF1645: Impartición de acciones formativas para el empleo UF1646: Tutorización de acciones formativas para el empleo

90

60

Horas

30

60

100

90

60

Correspondencia con el Catálogo Modular de Formación Profesional Módulos certificado H.CP Unidades formativas

FICHA DE CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD (SSCE0110) DOCENCIA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO (RD 1697/2011, de 18 de noviembre, modificado por el RD 625/2013, de 2 de agosto)

Área profesional: Formación y educación

Familia profesional: SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD



Índice • INTRODUCCIÓN............................................................................... 11

• UNIDAD DIDÁCTICA 1. Estructura de la formación profesional..... 13 1.1. Sistema Nacional de las Cualificaciones: Catálogo Nacional de Cualificaciones y formación modular, niveles de cualificación..............15 1.2. Subsistema de Formación Profesional Reglada: Programas de Cualificación Profesional Inicial y Ciclos Formativos. Características, destinatarios y duración................................................................................28 1.2.1. Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI)............34 1.2.2. Ciclos Formativos...........................................................................35 1.3. Subsistema de la Formación Profesional para el Empleo: características y destinatarios. Formación de demanda y de oferta: características......42 1.3.1. La formación programada.............................................................46 1.3.2. La oferta formativa para trabajadores desempleados................47 1.4. Programas formativos: estructura del programa......................................48 1.5. Proyectos formativos en la formación en alternancia con el empleo: estructura y características...........................................................................50 RESUMEN.............................................................................................. 53 ACTIVIDADES....................................................................................... 55

• UNIDAD DIDÁCTICA 2. Certificados de profesionalidad................ 59

7


2.1. Certificados de profesionalidad: características y vías de adquisición. Estructura del certificado de profesionalidad: perfil profesional/ referente ocupacional, formación del certificado/referente formativo, prescripciones de los formadores y requisitos mínimos de espacio, instalaciones y equipamiento. Formación profesional y en línea...........60 2.1.1. Certificados de profesionalidad y características........................62 2.1.2. Estructura del certificado de profesionalidad.............................68 2.1.3. Vías de adquisición de los certificados de profesionalidad......84 2.1.4. Formación profesional y en línea.................................................85 2.2. Programación didáctica vinculada a certificación profesional...............90 2.2.1. Planificación didáctica....................................................................89 2.2.2. Programación didáctica..................................................................92 2.2.3. Planificación de la evaluación del aprendizaje............................94 2.2.4. Programa formativo del módulo de formación práctica en centros de trabajo............................................................................95 RESUMEN.............................................................................................. 97 ACTIVIDADES....................................................................................... 99

• UNIDAD DIDÁCTICA 3. Elaboración de la programación didáctica de una acción formativa en formación para el empleo ..................... 101 3.1. La formación por competencias.............................................................. 102 3.2. Características generales de la programación de acciones formativas.. 104 3.3. Los objetivos: definición, funciones, clasificación, formulación y normas de redacción................................................................................. 105 3.4. Los contenidos formativos: conceptuales, procedimentales y

8


actitudinales. Normas de redacción. Funciones. Relación con los objetivos y la modalidad de formación................................................... 109 3.5. Secuenciación. Actualización y aplicabilidad......................................... 111 3.6. Las actividades: tipología, estructura, criterios de redacción y relación con los contenidos. Dinámicas de trabajo en grupo............................ 113 3.7. Metodología: métodos y técnicas didácticas.......................................... 115 3.7.1. Método expositivo ...................................................................... 117 3.7.2. Método interrogativo ................................................................. 117 3.7.3. Método demostrativo ................................................................. 119 3.7.4. Método activo .............................................................................. 119 3.7.5. Método por descubrimiento ..................................................... 120 3.7.6. Método de proyectos .................................................................. 121 3.7.7. Enseñanza programada .............................................................. 121 3.8. Características metodológicas de las modalidades de impartición de los certificados de profesionalidad................................................................ 122 3.9. Recursos pedagógicos. Relación de recursos, instalaciones, bibliografía, anexos: características y descripción....................................................... 125 3.10. Criterios de evaluación: tipos, momento, instrumentos, ponderaciones............................................................................................. 129 3.11. Observaciones para la revisión, actualización y mejora de la programación.............................................................................................. 134 RESUMEN............................................................................................ 135 ACTIVIDADES..................................................................................... 137

9


• UNIDAD DIDÁCTICA 4. Elaboración de la programación temporalizada de la acción formativa................................................. 139 4.1. La temporalización diaria.......................................................................... 140 4.1.1. Características: organización, flexibilidad y contenido ......... 140 4.1.2. Estructura ..................................................................................... 142 4.2. Secuenciación de contenidos y concreción de actividades.................. 144 4.3. Elaboración de la guía para las acciones formativas, para la modalidad de impartición de formación en línea..................................................... 145 RESUMEN............................................................................................ 149 ACTIVIDADES..................................................................................... 151

• RESUMEN FINAL............................................................................ 153

• AUTOEVALUACIÓN FINAL........................................................... 155

• SOLUCIONES................................................................................... 159

• BIBLIOGRAFÍA................................................................................. 167 - Obras............................................................................................................ 167 -

10

Referencias legislativas............................................................................... 168


Introducción El módulo formativo MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo pertenece al certificado de profesionalidad «SSCE0110. Docencia de la formación profesional para el empleo». A lo largo de este manual nos centraremos en dos aspectos fundamentales a la hora de desarrollar la labor docente: - La normativa relacionada y vinculada con la formación profesional para el empleo. - La elaboración de la programación didáctica de la formación que se vaya a impartir. En relación con la normativa, tendremos en cuenta las bases del actual sistema de formación para el empleo, los tipos de formación, los certificados de profesionalidad y los distintos métodos de impartición. En cuanto a la programación didáctica, estableceremos las bases para la coordinación metodológica y la organización del trabajo en el aula.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

11



Unidad

Estructura de la formación profesional

1

• Contenido 1.1. Sistema Nacional de las Cualificaciones: Catálogo Nacional de Cualificaciones y formación modular, niveles de cualificación 1.2. Subsistema de Formación Profesional reglada: Programas de Cualificación Profesional Inicial y Ciclos Formativos. Características, destinatarios y duración 1.3. Subsistema de la Formación Profesional para el Empleo: características y destinatarios. Formación de demanda y de oferta: características 1.4. Programas formativos: estructura del programa 1.5. Proyectos formativos en la formación en alternancia con el empleo: estructura y características

• Resumen • Actividades

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

13


L

a estructura de la Formación Profesional ha pasado por diferentes cambios desde su creación. En un inicio se subdividía en dos subsistemas: la formación reglada o inicial en el ámbito de la educación, y la formación ocupacional, dirigida a trabajadores en situación de desempleo y vinculada a la administración laboral. Posteriormente, se añadió un tercer subsistema para dar cabida a la formación dirigida a trabajadores ocupados o en activo, y así se creó la formación continua. Con la publicación del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional para el Empleo, la formación continua y la formación ocupacional se agrupan creando así el subsistema de la formación para el empleo, estructura que se ha mantenido con la reciente publicación de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el Ámbito Laboral. Por tanto, la Formación Profesional en España actualmente está configurada por el subsistema de Formación Profesional Inicial o Reglada y por el subsistema de Formación Profesional para el Empleo. El primero de ellos depende de la Administración Educativa, es decir, está en manos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de las comunidades autónomas. En el caso del sistema de formación para el empleo, depende de la Administración Laboral, es decir, está vinculado al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, así como, a las comunidades autónomas. A través de estos subsistemas se pretende capacitar a las personas para el desempeño de diversas actividades laborales o profesiones, y para ello se utilizan enseñanzas de la Formación Profesional Inicial, acciones de inserción y reinserción laboral o aquellas dirigidas a la formación continua en las empresas que hacen posible la actualización permanente de capacidades y competencias profesionales. A lo largo de esta unidad estudiaremos estos dos sistemas y las diferentes herramientas, organismos e instrumentos que posee la Formación Profesional en nuestro país y, en especial la Formación Profesional para el Empleo.

14

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


1

.1. Sistema Nacional de las Cualificaciones: Catálogo Nacional de Cualificaciones y formación modular, niveles de cualificación En 1986 se crea el Consejo General de Formación Profesional (CGFP) mediante la Ley 1/1986, de 7 de enero1, modificada posteriormente por la Ley 19/1997, de 9 de junio2. Este consejo nace con el propósito principal de asesorar al Gobierno en materia de Formación Profesional, para lo cual cuenta con 77 miembros pertenecientes a las principales organizaciones de carácter empresarial, las administraciones públicas y las organizaciones sindicales más destacadas.

Estructura y composición3 del CGFP 1

Ley 1/1986, de 7 de enero, por la que se crea el Consejo General de la Formación Profesional. 2 Ley 19/1997, de 19 de junio, por la que se modifica la Ley 1/1986, de 7 de enero, por la que se crea el Consejo General de la Formación Profesional. 3 Tomado del artículo único, apartado 3.1 de la Ley 1/1986, de 7 de enero, por la que se crea el Consejo General de la Formación Profesional.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

15


Las competencias de este organismo se centran fundamentalmente en: - Elaborar, proponer y ejecutar el Programa Nacional de Formación Profesional. - Informar sobre los diferentes proyectos, planes, grados y especializaciones en materia tanto de Formación Profesional como de Formación Profesional para el Empleo. - Realizar propuestas o recomendaciones relacionadas con la Formación Profesional. - Realizar el seguimiento y evaluar las acciones propuestas. - Proponer acciones de mejora en materia de orientación profesional. El CGFP puede reunirse en pleno o a través de su comisión permanente. El pleno está formado por todos sus representantes y, al menos, se reúnen una vez al año, mientras que la comisión permanente está formada por: - 5 representantes de la Administración General del Estado. - 5 representantes de las comunidades autónomas. - 5 representantes de las organizaciones sindicales. - 5 representantes de las organizaciones empresariales. Por otra parte, el CGFP puede crear comisiones de trabajo con la finalidad de realizar estudios, investigaciones o propuestas concretas. En el marco de este consejo surge el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL), creado a través del RD 375/1999, de 5 de marzo 4 , como un instrumento independiente para el apoyo de este consejo. Los objetivos de este organismo son: - Observar las cualificaciones y su evolución. - Definir y determinar las cualificaciones. 4

16

Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo, por el que se crea el Instituto Nacional de las Cualificaciones.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


- Acreditar las cualificaciones. - Desarrollar la integración de las cualificaciones profesionales. - Llevar a cabo el seguimiento y la evaluación del Programa Nacional de Formación Profesional. Para ello cuenta con una serie de áreas o departamentos que se estructuran del siguiente modo:

Departamentos o áreas que forman el INCUAL

Con estos departamentos, el INCUAL lleva a cabo una serie de funciones enfocadas fundamentalmente a la articulación del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP). La puesta en marcha de este sistema supuso: - Definir los criterios y requisitos que deben reunir las cualificaciones profesionales que forman parte del sistema. - Poner en marcha un procedimiento de identificación de competencias profesionales. - Establecer un método para la acreditación y el reconocimiento profesional.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

17


- Incluir en los procedimientos de trabajo a las agencias o institutos de cualificaciones autonómicos y de los agentes sociales. - Establecer métodos que se deben tener en cuenta en la evaluación de competencias y para la concesión de acreditaciones. - Crear procedimientos de acreditación y actualización de competencias profesionales. - Relacionar los diferentes subsistemas de la Formación Profesional a través de, entre otros, un sistema de equivalencias que incluya la posibilidad de acreditar la experiencia laboral. El SNCFP se establece a través de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio5, y en su artículo 2.1 lo define del siguiente modo: «Se entiende por Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo»

En este sistema, por tanto, se integran una serie de medidas y herramientas que permiten: - El desarrollo de ofertas formativas de Formación Profesional. - La evaluación de competencias profesionales. - La acreditación de la posesión de estas competencias. El SNCFP se sustenta mediante unos principios básicos orientados al desarrollo individual de los trabajadores, así como al del propio sistema productivo. Partiendo de estas premisas, tiene como finalidad: 5 Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

18

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


- Preparar y habilitar a los trabajadores para el ejercicio de determinadas actividades profesionales. - Ofrecer ofertas formativas de calidad. - Orientar e informar en materia de Formación Profesional para el Empleo. - Incluir ofertas formativas encaminadas al emprendimiento y el desarrollo de actividades empresariales por cuenta propia. - Acreditar oficialmente la cualificación profesional. - Promover la inversión pública y privada para la cualificación de los trabajadores. Para la consecución de estos objetivos cuenta con los siguientes instrumentos y acciones:

Instrumentos y acciones del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional

El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP) recoge y ordena las cualificaciones profesionales más significativas del sistema productivo y que son

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

19


susceptibles de acreditación. Por tanto, está formado por las cualificaciones y por la formación asociada a estas, que se organiza, a su vez, en módulos formativos recogidos en un Catálogo Modular de Formación Profesional. El artículo 5 del RD 1128/2003, de 5 de septiembre6, define la cualificación profesional como: «Conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación, así como a través de la experiencia laboral»

Hablamos, por tanto, de una serie de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que capacitan a los profesionales que las poseen para el desarrollo de una actividad laboral identificable en el sistema productivo. La acreditación de una cualificación profesional puede obtenerse a través de la formación o por convocatorias de acreditación de competencias. La acreditación a través de la formación es posible mediante las propuestas formativas que pone a nuestra disposición la Administración educativa, es decir, la Formación Profesional o bien la disponible a través de la Administración laboral y el sistema de Formación Profesional para el Empleo. En el primer caso esta acreditación se obtiene a través de los títulos de Formación Profesional, mientras que en el segundo caso, la acreditación se obtiene mediante los certificados de profesionalidad.

Vías de obtención de las cualificaciones profesionales 6 Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

20

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


Estas cualificaciones que, como hemos indicado anteriormente, están recogidas en el CNCP, se organizan en familias profesionales y en niveles de cualificación profesional. Una familia profesional supone la agrupación de las cualificaciones teniendo en cuenta criterios de afinidad de la competencia profesional. En concreto existen un total de 26 familias profesionales.

Familias profesionales

Los niveles de cualificación se establecen teniendo en cuenta los conocimientos, autonomía o complejidad que requiere la competencia profesional. De este modo se establecen cinco niveles7:

7

Según la descripción de los niveles de cualificación indicados en el Anexo II del RD 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

21


NIVEL

1

CARACTERÍSTICAS - Competencia en un conjunto reducido de actividades de trabajo simples. -

Conocimientos teóricos y capacidades prácticas a aplicar limitadas.

- No son necesarios conocimientos previos. - Competencia en un conjunto de actividades profesionales dirigidas al uso de instrumentos y técnicas propias.

2

- Trabajo de ejecución autónomo. - Necesita de conocimientos previos en cuanto a comprensión y aplicación de procesos. - Competencia en un conjunto de actividades profesionales para el dominio de diversas técnicas que pueden ser ejecutadas de forma autónoma.

3

- Implica responsabilidad de coordinación y supervisión de trabajo técnico y especializado. - Exige conocimientos previos relacionados con la comprensión de fundamentos técnicos y científicos relacionados con el ámbito profesional. - Competencia en un amplio conjunto de actividades profesionales realizables en diferentes contextos.

4

- Implica planificar acciones, definir o desarrollar proyectos, procesos, servicios o productos. - Exige conocimientos previos de tipo técnico, científico, económico u organizativo - Competencia en un conjunto de actividades de gran complejidad y aplicables en diferentes contextos.

5

- Implica gran autonomía personal y responsabilidad para la asignación de recursos y la realización de tareas de análisis, diagnóstico, diseño, planificación, ejecución y evaluación. Descripción de los niveles de cualificación

22

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


Las cualificaciones profesionales se estructuran del siguiente modo: - Denominación oficial: hace referencia al título o nombre de la cualificación que, a su vez, está relacionado con la función que se debe desempeñar y es reconocible en el sector al que pertenece. - Familia profesional: indica el grupo al que pertenece, teniendo en cuenta la afinidad con otras cualificaciones. - Nivel: partiendo de los conocimientos, la autonomía y la complejidad de la cualificación, indica el nivel al que pertenece dentro de los cinco posibles. - Código alfanumérico: indica el código de identificación donde podemos diferenciar la familia profesional y el nivel de la cualificación.

Datos de identificación de las cualificaciones profesionales de la cualificación «Docencia de formación vial»

- Competencia general: refleja los conocimientos, habilidades y destrezas que adquirirá la persona cuando obtenga la cualificación profesional.

Competencia general de la cualificación «Docencia de formación vial»

- Unidades de competencia: se establece la relación de competencias profesionales asociadas a esta cualificación, que además suponen la unidad mínima de acreditación. Es decir, las personas que adquieran una de las unidades de competencia obtienen una acreditación parcial que certifica la posesión de esos conocimientos y habilidades.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

23


Unidades de competencia de la cualificación «Docencia de formación vial»

- Entorno profesional: describe el ámbito profesional, los sectores productivos y las ocupaciones y puestos de trabajo relevantes relacionados con la cualificación.

Entorno profesional de la cualificación «Docencia de formación vial»

- Formación asociada: se especifican los módulos formativos establecidos para el alcance y logro de la cualificación. También se detallan las capacidades y criterios de evaluación que ayudarán a definir los objetivos que se deben alcanzar y cómo medir ese logro, así como los contenidos de la formación.

Formación asociada de la cualificación «Docencia de formación vial»

24

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


- Requisitos básicos del contexto formativo: en este apartado se indica el perfil profesional de los docentes que pueden impartir la formación asociada y los espacios e instalaciones necesarias.

Requisitos básicos del contexto formativo de la cualificación «Docencia de formación vial»

Como podemos observar, las cualificaciones profesionales se organizan por unidades de competencia que, a su vez, se expresan como realizaciones profesionales entendidas como el comportamiento esperado de las personas a modo de resultados de las tareas que realizan. Cada una de estas realizaciones se evalúa a través de los criterios de realización, que ayudan a determinar el nivel tolerable que debe alcanzar una persona en el desarrollo de la actividad. Estas unidades de competencia están directamente relacionadas con los módulos formativos, compuestos por capacidades que se deben alcanzar y que son evaluadas a través de criterios de evaluación.

Estructura de la formación asociada a una cualificación profesional

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

25


Estos módulos formativos componen el Catálogo modular de Formación Profesional. Este catálogo busca: - Promover una oferta formativa de calidad, actualizada y adecuada a los destinatarios. - Atender a las demandas de formación teniendo en cuenta los sectores productivos y la competitividad. Cada módulo formativo supone un bloque coherente de formación asociada a las unidades de competencia. Tanto el módulo formativo como su unidad de competencia constituyen la unidad mínima de acreditación de la Formación Profesional y los certificados de profesionalidad. Al igual que ocurre en la presentación de las cualificaciones profesionales, los módulos formativos tienen una estructura determinada: - Denominación del módulo formativo, que supone un resumen de la temática de los contenidos que se deben tratar. - Nivel de cualificación, dentro de los cinco niveles relacionados con los conocimientos, la autonomía y complejidad del módulo. - Código alfanumérico que permite su identificación y organización dentro del Catálogo modular de Formación Profesional. - Unidad de competencia asociada al módulo formativo, que supone el objetivo que se debe alcanzar. - Duración de la formación indicada en horas.

Datos identificativos de un módulo formativo de la cualificación «Docencia de formación vial»

- Capacidades y criterios de evaluación, que entendemos como los objetivos que se deben alcanzar durante la formación y los aspectos que es necesario evaluar para determinar si se logran o no esos objetivos.

26

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


Ejemplo de capacidad y sus criterios de evaluación de uno de los módulos de la cualificación «Docencia de formación vial»

- Contenidos, que suponen la relación de aspectos que se van a tratar durante el periodo de formación de cada módulo formativo.

Relación de contenidos dentro de uno de los módulos de la cualificación «Docencia de formación vial»

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

27


- Requisitos básicos del contexto formativo, donde se recogen los espacios e instalaciones y el perfil profesional del formador.

Requisitos básicos del contexto formativo de uno de los módulos de la cualificación «Docencia de formación vial»

Esta estructura de las cualificaciones es muy parecida a la de los certificados de profesionalidad que veremos en el segundo tema.

1

.2. Subsistema de Formación Profesional reglada: Programas de Cualificación Profesional Inicial y Ciclos Formativos. Características, destinatarios y duración Tal y como hemos visto al inicio de la unidad, la Formación Profesional Inicial o Reglada es uno de los subsistemas de los que dispone actualmente la Formación Profesional en España, y depende del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Este subsistema está regulado por: - Ley Orgánica 5/2002, de 19 de julio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. - Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).

28

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


- Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la Ordenación General de la Formación Profesional del Sistema Educativo. - Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE). Fue la Ley Orgánica 1/19908 la que instauró por primera vez un sistema formativo de carácter técnico, presentado como una opción más dentro de las posibilidades que se le ofrecían a los alumnos una vez que terminaban la enseñanza obligatoria. Siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea, se instauraron módulos de nivel 2 y nivel 3 que acercaron el sistema educativo al sistema productivo. Los módulos que componían esta formación se centraban por un lado en áreas formativas específicas de la profesión, dirigidas a la adquisición del nivel de cualificación requerido, que podían ser también transversales, es decir, no necesariamente específicas de la profesión pero si útiles, como por ejemplo el aprendizaje de un idioma. Por otro lado, se impartían módulos de formación en centros de trabajo, obligatorios y evaluables. Por tanto, esta ley estableció las siguientes bases: - La clasificación de los ciclos como Ciclos Formativos de Grado Medio y Ciclos Formativos de Grado Superior. - La organización en módulos formativos y unidades de competencia. - La implantación de prácticas obligatorias en centros de trabajo con una carga equivalente al 20 % del horario de la formación. - La duración de entre 1200 y 2000 horas de formación. - La agrupación en familias profesionales. Tras la creación del SNCP y el INCUAL, se buscó consolidar la Formación Profesional para entenderla como uno de los pilares fundamentales del correcto funcionamiento del mercado laboral, la creación de empleo, la igualdad de oportunidades y la promoción profesional de las personas. A través de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, se integra toda la oferta de la Formación Profesional, y con ella se pretende: 8

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE).

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

29


- Promover el acceso igualitario a la Formación Profesional, especialmente en aquellos colectivos con dificultades de integración social. - Integrar en el proceso a los agentes sociales. - Incluir la orientación e información al ciudadano. - Ofrecer formación relacionada con el emprendimiento y el autoempleo. - Crear un sistema de reconocimiento de las competencias adquiridas por las vías de la educación no formal, informal o la experiencia laboral. De este modo, en el año 2006 se aprueba la Ley Orgánica de Educación (LOE), que deroga a la LOGSE. La LOE, en su artículo 39 define la Formación Profesional como: «El conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica».

Esta definición incluye, por tanto: - Las acciones propias de la Formación Profesional Inicial, es decir, las que competen al sistema educativo. - Las acciones de inserción y reinserción laboral referidas a trabajadores en situación de desempleo. - Las acciones orientadas a la formación continua de las empresas, o lo que se denominaba «formación continua». Esta ley, en su artículo 40, indica que los objetivos de la Formación Profesional son: - Desarrollar las competencias propias de cada título de Formación Profesional. - Comprender la organización y las características del sector productivo correspondiente, así como los mecanismos de inserción profesional. -

30

Conocer la legislación laboral y los derechos y obligaciones que se derivan de las

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


relaciones laborales. -

Aprender por sí mismos y trabajar en equipo, así como formarse en la prevención de conflictos y en la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, con especial atención a la prevención de la violencia de género.

- Fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, así como de las personas con discapacidad, para acceder a una formación que permita todo tipo de opciones profesionales y el ejercicio de las mismas. - Trabajar en condiciones de seguridad y salud, así como prevenir los posibles riesgos derivados del trabajo. - Desarrollar una identidad profesional motivadora de futuros aprendizajes y adaptaciones a la evolución de los procesos productivos y al cambio social. - Afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales. - Preparar al alumnado para su progresión en el sistema educativo. - Conocer y prevenir los riesgos medioambientales.

Para ello, el RD 1538/2006, de 15 de diciembre, ya derogado, y el RD 1147/2011, de 29 de julio, estructuran la Formación Profesional Inicial o Reglada en ciclos, organizados, a su vez, en módulos profesionales constituidos por áreas de conocimiento de acuerdo con las competencias profesionales que se deben alcanzar, que se asocian a unidades de competencia del CNCP. El RD 1147/2011, de 29 de julio, organiza la Formación Profesional dentro del sistema educativo en: - Módulos profesionales específicos de Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI), orientados al logro de competencias profesionales de nivel 1 del CNCP. - Ciclos Formativos de Grado Medio, que hacen posible la obtención de un título de técnico. - Ciclos Formativos de Grado Superior, que conducen a la obtención de

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

31


un título de técnico superior. - Cursos de especialización, para complementar las competencias para aquellas personas que ya dispongan de un título de Formación Profesional. La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) realiza una serie de cambios en esta organización, con las que establece los siguientes ciclos: - Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica, que hacen posible la obtención de un título profesional básico. - Ciclos Formativos de Grado Medio, conducentes a la obtención de un título de técnico. - Ciclos Formativos de Grado Superior, orientados a la obtención de un título de técnico superior. La LOMCE, por tanto, establece un cambio fundamental como es la sustitución de los PCPI por los ciclos de Formación Profesional Básica, aunque de forma gradual. Otros cambios sustanciales son los siguientes: - El currículo se ajusta al SNCP, con lo que corresponde a las administraciones educativas la labor de planificación de Formación Profesional. - El módulo de formación práctica en centros de trabajo será susceptible de exención cuando los alumnos acrediten una experiencia laboral correspondiente con los estudios profesionales. - La formación será impartida por licenciados, ingenieros, arquitectos o graduados, que además cuenten con formación didáctica acreditable. - Los ciclos, independientemente del grado, conducen a títulos de Formación Profesional que, además, están vinculados con el CNCP. - La evaluación es de carácter modular, es decir, se hará por módulos profesionales. De este modo, la superación de un ciclo, independientemente del nivel, implica la superación de cada uno de los módulos que lo

32

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


componen. Por tanto, si un alumno no supera la totalidad de los módulos obtendrá una acreditación parcial acumulable de aquellos módulos que sí supere.

Estructura del subsistema de la FP reglada en España

Podemos destacar, de entre todos los cambios que supuso la LOMCE dentro de la Formación Profesional en el sistema educativo, la incorporación de la Formación Profesional dual. «La formación profesional dual del sistema educativo español es el conjunto de acciones e iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas, tienen por objeto la cualificación profesional de las personas, armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo»

Hablamos, por tanto, de una modalidad dentro de la Formación Profesional que se realiza en alternancia entre el centro educativo y la empresa.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

33


1.2.1. Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) Los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) sustituyen los anteriores programas de garantía social (PGS) que establecía la LOGSE para aquellos alumnos de más de 16 años que no superaban la enseñanza secundaria obligatoria. Los PCPI están dirigidos a aquellos alumnos que no han obtenido el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por lo que se centran en que los alumnos logren las competencias profesionales del nivel 1 según marca el CNCP. Para acceder a este tipo de programas la LOE establece los siguientes requisitos: - Ser mayores de 16 años, cumplidos antes del 31 de diciembre del año de inicio del programa. - No disponer del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO). - De forma excepcional pueden acceder alumnos de 15 años que, aun habiendo cursado el segundo curso de la ESO no estén en condiciones de promocionar a tercero, o hayan repetido curso en secundaria, siempre con el acuerdo de padres y docentes. Su estructura es modular y está compuesta por los siguientes tipos de módulos: - Módulos específicos, referidos a unidades de competencia que corresponden con cualificaciones de nivel 1 del CNCP. - Módulos formativos de carácter general, para la ampliación de competencias básicas, con la finalidad de facilitar la transición desde el sistema educativo al mundo laboral. - Módulos de carácter voluntario, conducentes a la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Esta estructura hace posible que los alumnos: - Alcancen las competencias profesionales correspondientes al nivel 1 del CNCP. - Amplíen sus competencias básicas. 34

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


- Logren la inserción laboral. - Tengan la posibilidad de obtener un título de graduado en ESO. La finalización de los módulos de carácter obligatorio supone la obtención, por parte de los alumnos, de una certificación académica que expide la Administración educativa. Con la publicación de la LOMCE los PCPI son sustituidos por los ciclos de Formación Profesional Básica, aunque de forma progresiva. Tal y como se indica en el punto 4 de la disposición final quinta de la LOMCE: Los ciclos de Formación Profesional Básica sustituirán progresivamente a los Programas de Cualificación Profesional Inicial. El primer curso de los ciclos de Formación Profesional Básica se implantará en el curso escolar 2014-2015, curso en el que se suprimirá la oferta de módulos obligatorios de los Programas de Cualificación Profesional Inicial; durante este curso, los alumnos y alumnas que superen los módulos de carácter voluntario obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. El segundo curso de los ciclos de Formación Profesional Básica se implantará en el curso escolar 2015-2016.

1.2.2. Ciclos Formativos Actualmente, la Formación Profesional Inicial o Reglada está formada por: - Ciclos de Formación Profesional Básica, conducentes a la obtención de un título de profesional básico como puede ser el «título de profesional básico en informática de oficina». - Ciclos Formativos de Grado Medio, que hacen posible la obtención de un título de técnico, como es el caso de «técnico en gestión administrativa». - Ciclos Formativos de Grado Superior, que conducen a la obtención de un título de técnico superior, como por ejemplo «técnico superior en asistencia a la dirección». Su clasificación, al igual que ocurre con las cualificaciones, y como veremos con los certificados de profesionalidad, se realiza dentro de 26 familias profesionales del siguiente modo:

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

35


FAMILIA PROFESIONAL

FP BÁSICA

GRADO MEDIO

GRADO SUPERIOR

ü ü ü

ü ü ü ü

ü ü ü

ü ü ü

ü ü ü

ü ü ü ü ü ü ü ü ü ü ü ü ü

ü ü ü ü ü ü ü ü ü ü ü ü ü ü

Actividades físicas y deportivas Administración y gestión Agraria Artes gráficas Artes y artesanías Comercio y marketing Edificación y obra civil Electricidad y electrónica Energía y agua Fabricación mecánica Hostelería y turismo Imagen personal Imagen y sonido Industrias alimentarias

ü

Industrias extractivas Informática y comunicaciones Instalación y mantenimiento Madera, mueble y corcho Marítimo-pesquera

ü ü ü ü

Química Sanidad Seguridad y medio ambiente

36

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

ü ü ü ü ü ü


Servicios socioculturales y a la comunidad Textil, confección y piel Transporte y mantenimiento de vehículos Vidrio y cerámica

ü ü ü ü

ü ü ü ü

ü ü ü ü

Familias profesionales recogidas en la formación ofertada dentro de la Formación Profesional Inicial o Reglada

Tal y como establece el artículo 6 del RD 1538/2006, de 15 de diciembre, y el posterior artículo 14 del Capítulo III del RD 1147/2011, de 29 de julio, tenemos dos tipos de ciclos formativos: los Ciclos Formativos de Grado Medio (CFGM) y los Ciclos Formativos de Grado Superior (CFGS). Los CGFM y los CGFS se estructuran en módulos profesionales que los alumnos deben superar de forma positiva para la obtención del título. Cada ciclo tiene una composición mínima de módulos profesionales: CFGM

CFGS

Módulos asociados a unidades de competencia del CNCP

Módulos asociados a unidades de competencia del CNCP

Módulo de formación y orientación laboral

Módulo de formación y orientación laboral

Módulo de empresa e iniciativa emprendedora

Módulo de empresa e iniciativa emprendedora

Módulo de formación en centros de trabajo

Módulo de formación en centros de trabajo Módulo de proyecto

Módulos profesionales que configuran los ciclos formativos

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

37


Cada módulo profesional se estructura del siguiente modo: - Denominación y código, donde se indica el nombre que recibe y se le otorga una codificación numérica para facilitar su identificación.

Ejemplo de denominación y código de un módulo profesional

- En el caso de los CFGS, además, se incluye su equivalencia en el Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS9).

Ejemplo de denominación, código y créditos en un módulo profesional de CFGS

- Duración, en horas, de la formación. - Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación, que vienen a determinar los objetivos de la formación y cómo se evalúa el logro de los mismos.

Ejemplo de resultado de aprendizaje y criterios de evaluación de un módulo profesional

9

38

European Credit Transfer and Accumulation System.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


- Orientaciones pedagógicas, donde se indica la finalidad de la formación, las actividades profesionales asociadas, el objetivo con el que está relacionado y las líneas de actuación.

Ejemplo de orientaciones pedagógicas de un módulo profesional

Una vez enumerados todos los módulos profesionales se establecen los siguientes aspectos: - Espacios, donde se indican los tipos de aulas necesarias.

Ejemplo de espacios necesarios de un ciclo formativo

- Especialidades del profesorado, titulaciones equivalentes a efectos de docencia y titulaciones requeridas, es decir, los requisitos mínimos que deben cumplir los docentes de cada uno de los módulos profesionales.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

39


Ejemplo de especialidades y titulaciones de los docentes de módulos profesionales de un ciclo formativo

Los criterios de acceso para los CFGM y CFGS varían, y es necesario estar en al menos una de las siguientes condiciones:

40

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


CRITERIOS DE ACCESO CFGM Tener al menos uno de los siguientes títulos:

CRITERIOS DE ACCESO CFGS Tener al menos uno de los siguientes títulos:

• Graduado en ESO • Título profesional básico

• Título de bachillerato

• Título de bachillerato

• Título universitario

• Título universitario

• Título de técnico o de técnico superior de Formación Profesional

• Título de técnico o de técnico superior de Formación Profesional

Estar en posesión de un certificado acreditativo de haber superado todas las materias de bachillerato

Haber superado una prueba de acceso y tener 19 años cumplidos en el año de realización de dicha prueba

Haber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio y tener 17 años cumplidos en el año de finalización del curso Haber superado una prueba de acceso y tener 17 años cumplidos en el año de realización de dicha prueba Criterios de acceso a los ciclos formativos

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

41


1

.3. Subsistema de la Formación Profesional para el Empleo: características y destinatarios. Formación de demanda y de oferta: características La Formación Profesional para el Empleo es uno de los sistemas que integran la Formación Profesional en España, y entre sus objetivos principales se encuentran el de organizar las diferentes iniciativas de Formación Profesional para el Empleo, establecer su estructura, llevar a cabo mecanismos de control, definir un sistema de información, evaluación y calidad y buscar la participación institucional. Antes de la creación de este subsistema como tal, y en concreto hasta el año 1993, este tipo de formación estaba dirigida a trabajadores que se encontraban en situación de desempleo a través de la denominada «formación ocupacional». En esta época se puso en marcha el Plan de Formación e Inserción Profesional (FIP) a través de la Orden de 31 de julio10, por el cual se organizaron acciones formativas dirigidas a jóvenes, parados de larga duración, colectivos en riesgo de exclusión, etc., todo ello de acuerdo con las directrices del Fondo Social Europeo (FSE). A partir de este momento, y hasta el año 2000, se firman una serie de acuerdos nacionales de formación continua entre el Gobierno, las principales organizaciones empresariales y las organizaciones sindicales, con la finalidad de financiar la formación continua a través de un sistema de ayudas. La aprobación de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, supuso otro hito dentro de la formación para el empleo, puesto que permitió la integración de nuevas modalidades de Formación Profesional y reconoció la posibilidad de adquirir competencias a través de la formación informal, no formal y la experiencia laboral. Con el Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el 10 Orden de 31 de julio de 1985 por la que se desarrolla el Acuerdo del Consejo de Ministros, en el que se aprueban las Bases del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional y se regulan los Cursos de Formación Profesional Ocupacional a impartir por los Centros Colaboradores del INEM.

42

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


Subsistema de Formación Profesional Continua11, a día de hoy derogado, se marca el final de esos acuerdos de formación continua y se crea un subsistema dentro de la formación Profesional. Además, se crea un sistema de bonificaciones para la formación de demanda. En el 2006 sindicatos, patronal y gobierno acuerdan crear un único subsistema que integre la Formación Profesional para el Empleo, que finalmente se recogió en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional para el Empleo. Recientemente se ha publicado la Ley 30/2015, de 9 de septiembre12, que modifica aspectos relativos a la formación en empresas o a la formación dirigida a trabajadores en situación de desempleo u ocupados. El artículo 4 del RD 395/2007, de 23 de marzo, establecía las iniciativas de formación siguientes: - La formación de demanda, que incluye las acciones formativas de las empresas y los permisos individuales de formación. - La formación de oferta, dirigida a trabajadores ocupados y/o en situación de desempleo a través de los planes de formación que buscan capacitarles y cualificarles para el desempeño de su profesión o para el acceso al empleo. - La formación en alternancia, que incluye los contratos para la formación y los programas de empleo y formación. - Las acciones de apoyo y acompañamiento, que son aquellas que hacen posible la mejora del subsistema del FPE. Con la publicación de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, estas iniciativas quedan establecidas de la siguiente forma: -

La formación programada por las empresas, para sus trabajadores.

11 Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional Continua. 12 Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el Ámbito Laboral.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

43


-

La formación programada por las empresas, para sus trabajadores.

-

La oferta formativa de las administraciones competentes para trabajadores ocupados, constituida por los programas de formación sectoriales y los programas de formación transversales, así como los programas de cualificación y reconocimiento profesional.

-

La oferta formativa de las administraciones competentes para trabajadores desempleados, que incluye los programas de formación dirigidos a cubrir las necesidades detectadas por los servicios públicos de empleo, los programas específicos de formación y los programas formativos con compromisos de contratación.

-

Otras iniciativas de formación profesional para el empleo, relativas a los permisos individuales de formación, la formación en alternancia con el empleo, la formación de los empleados públicos y la formación no financiada con fondos públicos desarrollada por centros y entidades de iniciativa privada destinada a la obtención de certificados de profesionalidad. Asimismo, se consideran iniciativas de formación las relativas a la formación de las personas en situación de privación de libertad y la formación de los militares de tropa y marinería que mantienen una relación de carácter temporal con las Fuerzas Armadas, previa suscripción de los correspondientes convenios entre las instituciones públicas competentes.

Estas ofertas formativas no incluyen las actividades divulgativas como pueden ser los congresos, jornadas o seminarios. RD 395/2007, de 23 de marzo

Ley 30/2015, de 9 de septiembre

Formación de demanda

Formación programada

Formación de oferta

Oferta formativa para trabajadores ocupados

Formación en alternancia con el empleo

Oferta formativa para trabajadores desempleados

Acciones de apoyo y acompañamiento

Formación en alternancia con el empleo

Modificaciones en las iniciativas de formación del RD 395/2007, de 23 de marzo, a la Ley 30/2015, de 9 de septiembre

44

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


Para impartir esta formación, hasta el momento se hablaba de las siguientes modalidades: - Presencial: esta formación tiene lugar en un aula dotada con recursos necesarios para su impartición, donde trabajan docentes y alumnos. Se desarrolla mediante el uso de estrategias metodológicas. - Distancia convencional: esta formación se caracteriza por la autonomía de los alumnos, que reciben material didáctico (manuales, CD, ejercicios, etc.) necesario para la realización del curso y cuentan con el apoyo de un tutor que les ayuda a resolver cualquier tipo de duda por vía telefónica o correo electrónico. - E-learning o teleformación: esta modalidad tiene lugar a través de plataformas online o e-learning en las que el alumno puede acceder a los contenidos del curso, ejercicios y material complementario. El tutor ayuda al alumno durante el curso mediante tutorías virtuales, corrección de ejercicios, resolución de dudas y otras cuestiones a través, especialmente, de la plataforma online. - Mixta: esta formación supone la combinación de cualquiera de las modalidades anteriores. Con la entrada en vigor de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, la formación a distancia desaparece de las modalidades de formación a partir del 1 de enero de 2016, de modo que desde ese momento las modalidades de impartición se reducen a la presencial, e-learning y a la combinación de ambas.

Diferencias entre el RD 395/2007, de 23 de marzo, y la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en cuanto a modalidades de formación

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

45


Actualmente, este tipo de formación puede ser impartida por: - Empresas que lleven a cabo acciones formativas para sus empleados o para desempleados con compromiso de contratación o algún acuerdo con los servicios públicos de empleo. Para todo ello deberán utilizar medios propios o bien contratados para esta finalidad. - Administraciones públicas con competencias en materia de FPE, utilizando centros acreditados o inscritos para impartir formación que pueden ser propios o en convenio con entidades o empresas públicas. - Entidades de formación públicas o privadas que estén acreditadas y/o inscritas para impartir formación, incluidos los centros integrados de Formación Profesional. Por lo tanto, tal y como hemos visto la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, ha realizado grandes cambios que afectan a la organización de y programación de las acciones formativas.

1.3.1. La formación programada Este tipo de formación es la destinada a los trabajadores que prestan servicios en la empresa que la lleva a cabo. Se incluyen los trabajadores con un contrato fijo-discontinuo en periodos de no ocupación o trabajadores que se encuentren afectados por medidas temporales de suspensión de contrato o empleo. La formación que realiza la empresa debe estar relacionada con su actividad, y su programación deberá correr también a su cargo, informando debidamente a los trabajadores. Para llevarla a cabo la empresa debe comunicar a la Administración el periodo de formación (inicio y fin), y puede utilizar los medios de los que disponga o bien recurrir a la contratación para disponer de ellos. Otra de las opciones es solicitar a una empresa externa a la organización de la formación y la impartición, que puede ser realizada por una entidad que esté acreditada o inscrita en el registro de entidades. Este registro y acreditación de las entidades debe cumplir con lo indicado en el artículo 15 de la Ley 30/2015, de

46

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


9 de septiembre. Su cumplimiento no se le exige a aquellas empresas que opten por utilizar sus medios para organizar o impartir su formación. La financiación de los costes de esta actividad se realiza a través del crédito de formación del que dispone la empresa desde el primer día del ejercicio presupuestario. Este crédito es posible a través de las bonificaciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, y se hace efectivo con la comunicación de la finalización de las acciones formativas. El importe del crédito se establece en función de la cantidad ingresada por la empresa el año anterior en el concepto de cuota de Formación Profesional y el porcentaje que se establezca en los Presupuestos Generales del Estado. A la hora de financiar la formación, las empresas participarán con sus recursos teniendo en cuenta los siguientes porcentajes mínimos sobre el coste total de la formación: - De 6 a 9 trabajadores: 5 %. - De 10 a 49 trabajadores: 10 %. - De 50 a 249 trabajadores: 20 %. - A partir de 250 trabajadores: 40 %. Las empresas de 1 a 5 trabajadores quedarían exentas de esta obligación.

1.3.2. La oferta formativa para trabajadores desempleados Este tipo de formación está dirigida a trabajadores en situación de desempleo y tiene por finalidad ofrecerles una formación acorde a sus necesidades formativas y a las necesidades que se encuentran en el sistema productivo. De este modo busca que la persona adquiera las competencias necesarias en el mercado de trabajo que le permitan alcanzar su inserción laboral. Los encargados del diseño, la programación y la difusión de esta formación son las administraciones públicas.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

47


Esta oferta formativa se desarrolla a través de programas que tratan de cubrir las necesidades formativas que se detectan en las personas desempleadas a través de los itinerarios de inserción y en las ofertas de empleo que se publican. Otras acciones formativas que se desarrollan son las acciones dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad. También se potencian y priorizan acciones orientadas al fomento del espíritu emprendedor, el autoempleo o la economía social, y aquellas que se incluyen dentro del programa de prácticas profesionales no laborales en empresas. Dentro de esta formación se establecen unos colectivos prioritarios, como es el caso de los trabajadores desempleados de baja cualificación, que se incluyen de forma preferente en acciones dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad.

1

.4. Programas formativos: estructura del programa Inscribir acciones formativas en el fichero de especialidades del SEPE implica la preparación de un programa formativo. Los programas formativos tienen como finalidad establecer las pautas para determinar y explicar cómo se va a llevar a cabo una acción formativa. Se trata, por tanto, de un documento donde se establecen los objetivos, contenidos, duración y todos los aspectos relevantes para el desarrollo de la formación y el logro de la adquisición de competencias. Los programas formativos deben cumplir la siguiente estructura: - Familia profesional: seleccionando una de las 23 familias recogidas por en CNCP. - Área profesional: para delimitar de una forma más concreta la pertenencia a un sector o temática. - Denominación del curso: que sea un reflejo de la formación que se va a impartir.

48

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


- Código: se trata de una codificación alfanumérica que permita identificar la familia y el área a simple vista. Este código lo asignaría el Servicio Público de Empleo Estatal. - Nivel de cualificación: que debe atender a los criterios establecidos para cada uno de los 5 niveles posibles. - Objetivo general: que debe recoger de forma global lo que el alumno será capaz de hacer una vez finalizada la acción formativa. - Prescripción de los formadores: se trata de los requisitos para impartir la formación, y debe recoger su nivel académico, experiencia profesional y competencia docente. - Criterios de acceso del alumnado: hacen referencia a los requisitos de acceso que deben cumplir los alumnos en cuanto al nivel académico mínimo o conocimientos generales necesarios. También se pueden indicar otro tipo de conocimientos a nivel técnico o profesional. - Número de participantes: se debe reflejar el número de alumnos teniendo en cuenta que el máximo de participantes en modalidad presencial es de 25. - Relación secuencial de módulos formativos: en caso de ser acciones agrupadas en módulos es necesario enumerar cada bloque. - Duración: se solicita especificar las horas totales y la distribución de las mismas a lo largo de la formación. - Requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamiento: en este apartado es necesario establecer los metros cuadrados del aula (se contará como mínimo con 2 m2 por cada participante) y la enumeración de los equipos, herramientas e instrumentos. En caso de formación en modalidad online en este espacio es necesario indicar el soporte tecnológico. - Ocupación de la clasificación de ocupaciones: supone indicar las ocupaciones relacionadas con esta formación. - Requisitos necesarios para el ejercicio profesional: si existen requisitos

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

49


legales para el ejercicio de la profesión es necesario indicarlo. - Requisitos oficiales de los centros: este apartado se aplicaría a aquellas acciones formativas que cuenten con algún requisito de homologación u autorización por parte de la administración competente. Como podemos observar, esta estructura responde a la que presentan las cualificaciones profesionales y, como veremos más adelante, a los certificados de profesionalidad.

1

.5. Proyectos formativos en la formación en alternancia con el empleo: estructura y características Entre las iniciativas de la FPE se encuentra la formación en alternancia con el empleo. Esta formación recoge acciones formativas de los contratos para la formación y programas públicos de empleo y formación. El objetivo que persigue es el de contribuir a la adquisición de competencias profesionales a través de un proceso de empleo y formación a través del cual el que el trabajador puede compatibilizar el aprendizaje formal y la práctica profesional en un puesto de trabajo. En el caso de los programas públicos de empleo y formación, estos deben tener en cuenta la adecuación de los contenidos a la formación y que esta debe estar vinculada a certificados de profesionalidad o acciones formativas recogidas en el fichero de especialidades13 del SEPE. Por otra parte, la formación profesional dual también se establece dentro de la formación vinculada a los contratos de formación y aprendizaje. En este caso, la formación puede programarse dentro del centro formativo, en participación

13 Artículo 20.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional para el Empleo

50

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


con la empresa, en una empresa autorizada o acreditada, o entre el centro de formación y la empresa. Al igual que ocurre con el resto de iniciativas de formación, es necesaria la elaboración de un proyecto formativo. Este proyecto debe partir de un análisis que deberá tener en cuenta tanto las necesidades formativas de la empresa como las del alumno. Si la formación necesaria no se encuentra recogida en los certificados de profesionalidad o en las acciones del fichero de especialidades, es posible proponer una nueva especialidad. Para ello debemos indicar los datos que ya hemos señalado en el apartado anterior: - Familia profesional. - Área profesional. - Denominación del curso. - Código. - Nivel de cualificación. - Objetivo general. - Prescripción de los formadores. - Criterios de acceso del alumnado. - Número de participantes. - Relación secuencial de módulos formativos. - Duración. - Requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamiento. - Ocupación de la clasificación de ocupaciones. - Requisitos necesarios para el ejercicio profesional. - Requisitos oficiales de los centros. Este fichero de especialidades está disponible en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (http://www.sepe.es).

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

51



Resumen A lo largo de esta unidad hemos realizado un repaso por los avances y acontecimientos que han ido sucediendo en nuestro país en relación con la Formación Profesional. Destacamos de entre todos estos hitos la creación del Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL), con el que se reconoce la necesidad de crear y definir las cualificaciones profesionales identificables en el sistema productivo. A partir de este momento se empiezan a definir otros instrumentos que hacen posible la labor del INCUAL y que permiten la creación de un subsistema específico de Formación Profesional para el Empleo (FPE), como es el caso del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP) y su Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP). Dentro de la FPE destacamos la creación como tal de este subsistema en el año 2007, y las últimas modificaciones con la nueva Ley 30/2015, de 9 de septiembre, donde se definen sus acciones de formación programada, la oferta formativa para trabajadores ocupados y desempleados y la formación en alternancia con el empleo. Todos estos aspectos definirán el marco legislativo y el contexto donde llevaremos a cabo nuestra labor docente, independientemente del tipo de acciones formativas que se vayan a impartir.

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

53



Actividades 1) La Formación Profesional se estructura actualmente en: a) Dos subsistemas: formación reglada y formación continua b) Tres subsistemas: formación reglada, formación continua y formación ocupacional c) Dos subsistemas: Formación Profesional Inicial o Reglada y Formación Profesional para el Empleo 2) ¿Cuáles son las modalidades de impartición permitidas en Formación Profesional para el Empleo? 3) ¿Qué es una cualificación profesional? 4) El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales: a) Es el encargado de elaborar el Programa Nacional de Formación Profesional. b) Recoger y ordenar las cualificaciones profesionales más significativas del sistema productivo y que son susceptibles de acreditación. c) Evaluar las competencias profesionales. 5) ¿ Cuáles son las vías de obtención de las cualificaciones profesionales? 6) Identifica la familia profesional y el nivel de cualificación de las siguientes cualificaciones profesionales: - AFD502_2 Conducción subacuática e iniciación en buceo deportivo

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

55


o Familia: o Nivel: - AGA001_2 Tratamientos agroquímicos y biológicos o Familia: o Nivel: - EOC581_2 Encofrados o Familia: o Nivel: - FME184_2 Fusión y colada o Familia: o Nivel: - IMS441_3 Producción fotográfica o Familia: o Nivel: -

TCP138_1 Operaciones auxiliares de lavandería industrial y de proximidad o Familia: o Nivel:

7) Busca en el INCUAL14 una cualificación profesional con las siguientes características:

14 Accesible en la siguiente página web: http://www.educacion.gob.es/iceextranet/ accesoExtranetAction.do.

56

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo


-

Familia profesional: energía y agua

-

Nivel de cualificación: 3

-

Duración: inferior a 500 horas

-

Número de módulos formativos: 4

MF1442_3. Programación didáctica de acciones formativas para el empleo

57


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.