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1.5. Superficies de ocupación y de uso

Las superficies de ocupación y uso han sido descritas anteriormente en el apartado «1.3 Delimitación y división del espacio en las obras civiles» del presente manual.

Se explicarán también en el segundo capítulo, en el apartado «2.3. Adecuación urbanística respeto al entorno, viales e infraestructuras», algunas restricciones sobre la ocupación de las zonas de servidumbre.

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Recuerda que, por norma general:

Es posible que se concedan autorizaciones para el uso del subsuelo en la zona de dominio público para la colocación o construcción de infraestructuras necesarias para la prestación de servicios públicos de interés general (como las obras de acceso a estaciones de servicio).

Podrán realizarse obras de reparación o mejora en las construcciones e instalaciones preexistentes en la zona de afección siempre que no supongan un aumento del volumen de la construcción.

No se podrán realizar obras que necesiten una edificación por debajo del subsuelo. Tampoco se pueden realizar instalaciones aéreas o subterráneas que formen parte integrante de industrias o establecimientos, excepto las instalaciones que tengan carácter provisional o se puedan desmontar, si estamos entre el borde exterior de la zona de servidumbre y la línea límite de edificación.

Dentro de la línea límite de edificación es posible realizar obras de conservación y mantenimiento de las construcciones preexistentes u obras de reparación por razones de higiene y ornato de los inmuebles.

32 UF0312 Procesos de trazados de carreteras y vías urbanas

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